Respuesta a la solicitud de información #0325000080515

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df.gob.mx metro.df.gob.m SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO SUBGERENCIA DE ESTUDIOS LEGALES E INFORMACIÓN PÚBLICA / OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA 21 de septiembre de 2015. C. RUBEN DANIEL VARGAS ZENTENO P R E S E N T E En atención a su Solicitud de Acceso a la Información Pública identificada con el folio número 0325000080515, en el que requiere lo siguiente: “¿Cuántos comerciantes informales al interior del metro se tuvieron registrados hasta el 1 de enero de 2015?." Por lo anterior, se informa que por oficio GSI/003548/2015 de fecha 11 de septiembre de 2015, el Mtro. Marco Antonio Muñoz Valdez, Gerente de Seguridad Institucional, señala lo siguiente: “…es preciso señalar que está prohibido el ejercicio del comercio informal dentro de las instalaciones de este Organismo, tal y como lo prevé el marco normativo que rige a esta Red de Transporte: El Derecho de Creación del Sistema de Transporte Colectivo, Artículo 1º. Reglamento de Transporte del Distrito Federal, Artículo 13 fracción XIV. Decreto que establece las reglas a que deberá sujetarse la vigilancia de las instalaciones destinadas a la prestación del servicio público de transporte de pasajeros a cargo de los organismos descentralizados denominados Sistema de Transporte Colectivo, Servicio de Transporte Eléctricos y Metrobús y sus inmediaciones; Artículo 1 y 3. Acuerdo por el que se emite Resolución que determina el importe de la tarifa aplicable al Sistema de Transporte Colectivo (METRO) Ordenanza de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, para la seguridad del Sistema de Transporte Colectivo, presentada por la Comisión de Gobierno; Artículos Tercero, Quinto y Sexto. Arcos de Belén No.13-PB y 6to piso, esquina con Arandas, Colonia Centro, Colonia Cuauhtémoc, C.P. 06070 Tel: 5709 1133-exts. 4761 y 4768

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SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO SUBGERENCIA DE ESTUDIOS LEGALES E INFORMACIÓN PÚBLICA / OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA

21 de septiembre de 2015.

C. RUBEN DANIEL VARGAS ZENTENO

P R E S E N T E

En atención a su Solicitud de Acceso a la Información Pública identificada con el folio número 0325000080515, en el que requiere lo siguiente:

“¿Cuántos comerciantes informales al interior del metro se tuvieron registrados hasta el 1 de enero de 2015?."

Por lo anterior, se informa que por oficio GSI/003548/2015 de fecha 11 de septiembre de 2015, el Mtro. Marco Antonio Muñoz Valdez, Gerente de Seguridad Institucional, señala lo siguiente:

“…es preciso señalar que está prohibido el ejercicio del comercio informal dentro de las instalaciones de este Organismo, tal y como lo prevé el marco normativo que rige a esta Red de Transporte:

El Derecho de Creación del Sistema de Transporte Colectivo, Artículo 1º.

Reglamento de Transporte del Distrito Federal, Artículo 13 fracción XIV.

Decreto que establece las reglas a que deberá sujetarse la vigilancia de las instalaciones destinadas a la prestación del servicio público de transporte de pasajeros a cargo de los organismos descentralizados denominados Sistema de Transporte Colectivo, Servicio de Transporte Eléctricos y Metrobús y sus inmediaciones; Artículo 1 y 3.

Acuerdo por el que se emite Resolución que determina el importe de la tarifa aplicable al Sistema de Transporte Colectivo (METRO)

Ordenanza de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, para la seguridad del Sistema de Transporte Colectivo, presentada por la Comisión de Gobierno; Artículos Tercero, Quinto y Sexto.

Manual de Organización Institucional del Sistema de Transporte Colectivo.

Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal.

En virtud de lo antes expuesto y por ser una de las facultades de esta Gerencia, se realizan diariamente dispositivos de seguridad a lo largo de toda la Red de Servicio, con personal de vigilancia en conjunto con los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública, con el objeto de evitar y/o erradicar el comercio ambulante dentro de las instalaciones y/o material rodante; razón por la cual NO se cuenta con registro alguno de comerciantes informales.

No obstante lo anterior, le comento que como resultado de los mencionados dispositivos de seguridad, en el periodo comprendido del año 2012 al 2014 se realizaron 70,883 remisiones, como a continuación se detallan.

Arcos de Belén No.13-PB y 6to piso, esquina con Arandas,Colonia Centro, Colonia Cuauhtémoc, C.P. 06070

Tel: 5709 1133-exts. 4761 y 4768

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SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO SUBGERENCIA DE ESTUDIOS LEGALES E INFORMACIÓN PÚBLICA / OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA

AÑO 2012 2013 2014TOTAL 18024 21138 31721

Con el objeto de dar cumplimiento a la normatividad en materia de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, me permito hacer de su conocimiento que de acuerdo al artículo 76 de la Ley en mención, el solicitante podrá interponer Recurso de Revisión, en caso de no recibir respuesta por parte del Ente o no esté conforme con la respuesta del mismo. Para este efecto, deberá acudir ante el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, dentro de los quince días hábiles contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación de la resolución impugnada.

Esperando que la información proporcionada por esta Oficina de Información Pública sea de su entera satisfacción, nos ponemos a sus órdenes al 57091133, Ext. 2845 o directamente en nuestras oficinas.

Sin más por el momento, le envió un cordial saludo.

A T E N T A M E N T E.

LIC. MANUEL CRISPÍN GÓMEZ OROZCO SUBGERENTE DE ESTUDIOS LEGALES E INFORMACION PÚBLICA Y

RESPONSABLE DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA

MCGO/ACC/mgbg

Arcos de Belén No.13-PB y 6to piso, esquina con Arandas,Colonia Centro, Colonia Cuauhtémoc, C.P. 06070

Tel: 5709 1133-exts. 4761 y 4768