Resumen Del Texto Aplicación de Los Principios de La Oralidad Familiar Al Juicio de Salomón

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Resumen del texto Aplicación de los Principios de la Oralidad Familiar al Juicio de Salomón 1. Introducción En la biblia se lee que el Rey Salomón le pidió a Dios: ‘’ Da pues, a tu siervo un Corazón que sepa escuchar, para juzgar a tu pueblo, y para discernir entre lo bueno y lo malo’’ , así tenemos que el Gran Gobernante al momento de juzgar a su pueblo, se valió de ‘’escucharlo’’ para posteriormente, resolver con ‘’sabiduría Contrario al pasaje bíblico citado, nuestra realidad es ilustrada por el jurista Ignacio Burgoa, quien decía que la nuestra ‘’ es una justicia de secretario’`’, ello dado que el juez delegaba tal responsabilidad al secretario de acuerdos Tal abandono llevo al proceso civil familiar, a sostener la escrituras como regla formal casi exclusiva El expediente se volvió laberinto de la verdad, instrumento de aparente veracidad que se redactaba en la privacidad de un inquisidor medieval. Emancipándose de la hegemonía de la tradición escrita la balanza se inclina por la publicidad, la cual implica transparencia en el actuar del juzgador. Roberto Hernández indica al hacer referencia al ‘’Juicio Oral’’, que, se trata de una rendición de cuentas de las varias instituciones que intervienen en el proceso: cada uno aporta testigos y pruebas que tienden a fortalecer, coherentemente, su versión de los hechos. El Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, en su libro quinto, establece el procedimiento predominantemente oral en materia familiar, donde prevalecen los principios de oralidad, inmediación, publicidad, concentración y continuidad.

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Un breve resumen de los principios de oralidad que aplica el rey Salomon para resolver una controversia

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Resumen del texto Aplicacin de los Principios de la Oralidad Familiar al Juicio de Salomn

1. Introduccin

En la biblia se lee que el Rey Salomn le pidi a Dios: Da pues, a tu siervo un Corazn que sepa escuchar, para juzgar a tu pueblo, y para discernir entre lo bueno y lo malo , as tenemos que el Gran Gobernante al momento de juzgar a su pueblo, se vali de escucharlo para posteriormente, resolver con sabidura Contrario al pasaje bblico citado, nuestra realidad es ilustrada por el jurista Ignacio Burgoa, quien deca que la nuestra es una justicia de secretario`, ello dado que el juez delegaba tal responsabilidad al secretario de acuerdos Tal abandono llevo al proceso civil familiar, a sostener la escrituras como regla formal casi exclusiva El expediente se volvi laberinto de la verdad, instrumento de aparente veracidad que se redactaba en la privacidad de un inquisidor medieval.Emancipndose de la hegemona de la tradicin escrita la balanza se inclina por la publicidad, la cual implica transparencia en el actuar del juzgador.Roberto Hernndez indica al hacer referencia al Juicio Oral, que, se trata de una rendicin de cuentas de las varias instituciones que intervienen en el proceso: cada uno aporta testigos y pruebas que tienden a fortalecer, coherentemente, su versin de los hechos.El Cdigo de Procedimientos Civiles del Estado de Mxico, en su libro quinto, establece el procedimiento predominantemente oral en materia familiar, donde prevalecen los principios de oralidad, inmediacin, publicidad, concentracin y continuidad.Son estos principios, el medio orientador de la interpretacin e inagotable fuente de consejo para resolver las cuestiones no previstas por la ley y la costumbre2. Juicio de Salomn El rey salomn no haba pedido a Dios ni riquezas, ni larga vida, ni la vida de sus enemigos, sino la sabidura que viene de Dios que deba de tomar como rey El corazn sensato de Salomn le permiti juzgar a su pueblo en circunstancias difciles.3. Principios que rigen los Juicios Orales El Cdigo de Procedimientos Civiles del Estado de Mxico, establece en su articulo 5.3 lo siguiente: Principios del procedimiento.Articulo 5.3. Las controversias se regirn por los principios de oralidad, inmediacin, publicidad, concentracin y continuidad.

3.1 LA ORALIDAD La palabra oral se relaciona con todo lo expresado por la boca o la va oral y que a su vez se expresa verbalmente, es aquella que realiza ste a travs del sentido del gusto y por el cual el mismo expresa la mayora de sus sensaciones.

De lo anterior, resulta que la oralidad mas que un principio es una herramienta, pues no constituye uno en si misma, sino que es base de los principios, dado que los actos del proceso, en general tienen que llevarse a cabo de viva voz ante el Juez, salvo los que se excepcionan de dicha regla que, normalmente, la ley obliga a formular por escrito. As tenemos que el principio de oralidad se mantiene de modo escrito para las audiencias, fuese cual fuese su finalidad.

3.2 PRINCIPIO DE INMEDIACION Las audiencias orales sern dirigidas y presenciadas por el Juez del expediente lo que implica un contacto directo entre los litigantes, la prueba, y el juzgador, con ello gua a su sabidura para dictar la resolucin judicial.Si tomamos como punto de partida, la ausencia de los jueces en las audiencias; tenemos que este principio rompe con la mala costumbre judicial deponindose al secretario juzgador.Es a travs de este principio por el cual el juez permanecer en contacto permanente con las partes durante el proceso, a fin de que pueda resolver los incidentes que surjan de manera expedita.Se entiende, que solo aquel Juez que ha tenido una conviccin personal sobre los hechos podr juzgarlos, La inmediacin se enfoca en dos vertientes: la psicolgica y la jurdica.La primera, la psicolgica, se da en virtud de que el juzgador por el hecho de estar en todo momento en la Sala y presidir todas las audiencias, podr percatarse si las partes, testigos, peritos o quien comparezca, miente o habla con la verdad. En la vertiente jurdica deber presidir todas las audiencias,, atendiendo los principios generales del derecho, el Juez tiene como irreductible obligacin, la de mediar a las partes, resolver de manera inmediata y presenciar el desahogo de las pruebas con lo cual estar en capacidad para emitir sentencia 3.3 PRINCIPIO DE PUBLICIDAD la palabra publicidad viene de pblico y que pblico es aquellos que pertenece al pueblo. La caracterstica de la publicidad, significa que los actos que lo constituyen, debern desarrollarse en lugares pblicos, donde las personas que as lo desean, tengan libre acceso. El juicio oral debe ser pblico, porque el pueblo, es asiento de la soberana.

Tratndose de las audiencias, el articulo 1.104 del Cdigo Procesal Civil, establece que sean publicas las audiencias o diligencias celebradas dentro del propio proceso. A excepcin de las relativas al divorcio as como a la intimidad de las personas, especialmente de los nios, nias y adolescentes

3.4 PRINCIPIO DE CONCENTRACION. Es la serie de actos procesales de distinta naturaleza que se llevan a cabo en una sola audiencia. El juicio oral exige que el mismo se realice frente a todas las personas relacionadas con el mismo, desde el inicio hasta su terminacin, pero en un solo acto y en forma sucesiva con el propsito de que exista mayor proximidad entre el momento en que reciba la prueba, formulen las partes sus argumentos, expongan sus alegatos para que retirndose por un momento el juez pueda deliberar y de inmediato dicte su sentencia.

3.5 PRINCIPIO DE CONTINUIDAD. En el juicio oral las audiencias deben ser continuadas y no se detienen o suspenden, salvo causales de absoluta necesidad. Lo anterior significa que cerrada una etapa, debe de pasar a la siguiente de manera inmediata , lo que impide que con posterioridad se intente nuevamente, en caso contrario, se generaran tramites lentos y tediosos en perjuicio de la pronta imparticin de justicia.

3.6 PRINCIPIO DE CONTRADICCION Este principio, hace referencia al enunciado lgico y metafsico que consiste en reconocer la imposibilidad de que una cosa sea y no sea al mismo tiempo.

Este principio implica que tratndose de los argumentos y pruebas de las partes, surge la obligacin del Juzgador a dar vista a la parte contraria para manifestar, su conformidad o contrariedad, respetando as el principio de contradiccin en materia probatoria.

3.7 VALORACION DE LA PRUEBA El sistema de valoracin de pruebas que rige la apreciacin de las desahogadas en el juicio oral, es el denominado sana critica, en el que el juzgador tiene libertad para razonar el valor de cada prueba, pero est obligado a hacerlo bajo las reglas de la lgica para evitar la arbitrariedad.

4.0 Aplicacin de los Principios de los Juicios Orales Familiares al Juicio de Salomn El juicio de salomn se refiere a un sabios Juez, en este caso el Rey Salomn que utiliza una estratagema para comprobar la sinceridad de las contendientes.TRIBUNAL Encontramos al Rey salomn como Juez, se advierte que el juicio fue oral, en el cual se presentaron mujeres ante el, cada una presentaba su propia historia y acusacinCompetencias relacionales. Dominar las relaciones interpersonales, tener capacidad para reconocer los posibles, entender el significado de lo que se escucha en el contexto real. Captar y comprender las preocupaciones, los intereses y los sentimientos de las partes Competencias funcionales el juez debe tener herramientas de organizacin y planificacin de su trabajo y el de los otros. Debe saber organizar la informacin, tomando decisiones eficaces y eficientes para alcanzar los objetivos de gestin. Comprender las situaciones globalmente y resolver los problemas a partir de la unin de las partes que lo constituyen. Expresar claramente ideas o hechos, con correccin. Hacerse entender, explicar con claridad el propio punto de vista, motivando las causas de las decisiones.Competencias personales. El juez debe tener una serie de cualidades personales que lo capaciten para desarrollar correctamente su funcin. Tambin actuar sistemticamente con imparcialidad y con coherencia y mantener la efectividad en los distintos entornos.Competencias tcnicas. El juez debe tener un alto conocimiento tcnico jurdico y procesal y tambin debe dominar la expresin oral como herramienta principal de su produccin profesional garantizando la eficacia comunicativa y los principios de coherencia y cohesin de los textos.AUDIENCIA. Una vez que las dos mujeres se hubiesen presentado ante el Rey; envestido como Juzgador, declara abierta la audiencia, solicitando, le sea planteada la demanda NOTA. El principio que aqu se aplica es el de inmediacin, pues es el Juez quien preside personalmente la audiencia. Al igual tenemos al principio de concentracin y continuidad, pues como se puede observar las partes plantean sus argumentos. Si el juicio, fuera en la actualidad, la demanda as como su contestacin, serian escritas y las audiencias, tanto inicial como principal, serian orales.DEMANDA. La primer mujer expuso: una noche poco despus del nacimiento de nuestros hijos, ella se despert, para encontrar que haba ahogado a su bebe en su propio sueo. Pienso, que entre la angustia y los celos, aprovechando que yo me encontraba dormida, intercambio los nios colocando el muerto en mis brazos y el vivo en los suyos. A la maana siguiente que me despert para amamantar a mi hijo, me di cuenta que estaba muerto, pero mirndole con mayor atencin, reconoc que no era el mo, que ella lo haba cambiado por la muerta del suyoNOTA. El Rey Salomn despus de analizar los argumentos de las partes hace uso del principio de inmediacin, en su aspecto psicolgico, planteando un dilema que solo la verdadera madre podr resolver. En la actualidad el Juez tiene la obligacin de hacerse llegar de todas las pruebas que considere oportunas siempre debe suplir la deficiencia en la queja.PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA Dijo entonces el rey: La una dice: Mi hijo es el vivo, el muerto es el tuyo. La otra responde: NO, que tu hijo es el muerto, y el vivo es el moINGENIO DEL JUEZ. Despus de algunas deliberaciones, el rey Salomn pidi una espada declarando que solo haba una solucin justa. el nio vivo debe ser dividido en dos, Dad la mitad a una y la otra mitad a la otra.NOTA. La funcin del Juez no se limita a recibir pruebas, sino que tiene el deber a de adquirirlas cuando la suplencia en materia familiar lo requiere. N la actualidad el juez de lo familiar, tiene la obligacin ante la sociedad de velar por el mayor beneficio de los miembros del grupo familiar, interpretando la ley acorde con la realidad social y atendiendo a los antecedentes de las partes ALEGATO FINAL. La mujer que era madre del hijo vivo, clamo al rey: Dae, te ruego, OH seor, a ella vivo al nio, y no lo mates. Al contrario deca la otra: Ni sea mo ni tuyo, sino divdase SENTENCIA. Entonces el rey pronuncio esta sentencia: Dad a la primera el nio vivo , y ya no hay que matarlo, pues ella es su madre.NOTA. En la sentencia debemos observar que en ella el procuro por el bienestar de la familia fue su sabidura la que le permiti resolver con justicia Ahora hay que reconocer que la sabidura, no solo implica conocimiento, sino el entendimiento de la realidad de las partes, as el Juez Familiar, tendra siempre la innegable responsabilidad de expresar sus conclusiones de maneras logica y humana.PUBLICIDAD Divulgandose por todo Israel la sentencia dada por el rey, y se llenaron todos de un respetuoso temor hacia el, viendo que le asistia la sabiduria de dios para administrar justicia NOTA. La percepcin del Juez, su cercania con las partes, el analisis de lo escuchado, la astucia en la direccion del proceso, cuilmina con una sentencia justa. Justicia, anhelo de toda persona que acude a un Tribunal a defender sus derechos.El juicio oral, es un aherramienta que transparenta los procesos judiaciales, hecho que otorgara certeza a la comuniodad de la sabiduria de sus jueces, y de no ser as, la exigirn, ello dado que un pueblo es soberano solo cuando existe pleno cumplimiento de sus leyes, CONCLUSIN. La injusticia es costumbre del pueblo sometido, el sentir popular, denunciaba que las sentencias eran tan tristes e intiles como un nio muerto, la comunidad harta de ser lacerada exigi un cambio. Reclamo que el Poder Judicial del estado de Mxico, no solo escucho, sino que atendi, dado que ha puesto en manos de los gobernados, Tribunales Orales, con espacios adecuados para el pblico, preparo a sus jueces, quienes cumplen con el perfil profesional de un Juez Familiar, a ellos les otorgo herramientas y conocimientos para impartir, como el rey Salomn, Justicia