Revista convenio atenas
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Preámbulo………… 3
CONVENIO DE ATENAS RELATIVO AL TRANSPORTE DE PASAJEROS Y SUS EQUIPAJES POR MAR...................................................... 4 ¿Qué es el convenio?.................................. 5 A quien va aplicado dicho convenio.......... 5 ¿Cuándo se está exento del convenio?............................................... 7 ¿De qué se encarga el convenio?..................................................... .7 ¿Por qué surgió dicho convenio?...................................................... 8 ¿Cómo nace dicho Convenio?.....................................................10
¿Quién es el responsable por daños a el equipaje y pasajeros?.............................. 10 Daños sufridos a el equipaje...................... 11 Aceptación del convenio............................. 11
Quienes somos
Somos un grupo constituido
por estudiantes, interesados
en la materia, cuyo objetivo
primordial es la divulgación
de esta revista, a nuestros
compañeros y público en
general. Esta actividad no es
solo para el disfrute de los
mismos, si no, tema de
discusión y estudio.
Misión
El grupo de estudiantes
DIFEGA, tiene como misión
fundamental la divulgación
del convenio ATENAS, a la
colectividad en general. A su
vez es nuestra misión
estrechar lazos con los
catedráticos y estudiantes,
con el propósito de compartir
y acrecentar nuestro
conocimiento de todo lo
relacionado con el convenio.
Visión
Constituirnos como un grupo
de referencia, teniendo
fuertes lazos de cooperación
y apoyo con los demás grupos
de la institución.
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Preámbulo
Transporte de Pasajeros y sus Equipajes por Mar, el cual establece un régimen de responsabilidad por los daños que sufran los pasajeros transportados en un buque de navegación por negligencias o faltas de los transportistas.
El objetivo principal del convenio es establecer un régimen de responsabilidad por las pérdidas originadas producto de muertes o lesiones de pasajeros transportados en un buque de navegación marítima. Aunque el transportista puede limitar su responsabilidad, se le declara responsable de los daños sufridos por un pasajero si el suceso se debe a falta o negligencia del transportista.
DIFEGA
Revista oficial de alumnos
Editor responsable:
Alumnos:
DIAZ RODRIGUEZ HECTOR
FERNANDEZ REYES ALEJANDRO
GARCIA DEL ANGEL JORGE
Corrección y estilo:
DIAZ RODRIGUEZ HECTOR
FERNANDEZ REYES ALEJANDRO
GARCIA DEL ANGEL JORGE
Diseño:
FERNANDEZ REYES ALEJANDRO
CONTACTOS:
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Es un régimen de responsabilidad por los daños que sufran los pasajeros transportados en un buque de navegación por negligencias o faltas de los transportistas.
El presente convenio será de aplicación a cualquier transporte internacional siempre que: a) El buque enarbole el pabellón de un Estado Parte en el convenio, o b) El contrato de transporte haya sido concertado en un Estado Parte en el convenio, o c) De acuerdo con el contrato de transporte, el lugar de partida o el de destino estén situados en un Estado Parte en el convenio.
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No aplica cuando el transporte se rija,
en virtud de cualquier otro convenio
internacional relativo al transporte de
pasajeros o equipaje que se realice por
otros medios, por un régimen de
responsabilidad civil establecido de
conformidad con las disposiciones de tal convenio
Del perjuicio originado por la muerte o
las lesiones corporales de un pasajero,
y por la pérdida o daños sufridos por el
equipaje, si el suceso que ocasionó el
perjuicio ocurrió durante la realización
del transporte y es imputable a culpa o
a negligencia del transportista o de sus
empleados o agentes si éstos actuaron
en el desempeño de sus funciones
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A causa principalmente de los hundimientos de barcos o volcaduras debido
al sobrepeso de los mismos. En otros casos son debido a tifones o fuertes
tormentas que producen la volcadura de los mismos y en menores casos
debido a choques entre barcos o con otras superficies marinas como
arrecifes .Estos tipos de accidente marítimos trágicos, están relacionados
directamente con las condiciones de pobreza del país, irresponsabilidad de
sus pueblos y/o autoridades o de tener el infortunio de tener malas
condiciones climáticas que ayudan dramáticamente a generar nuevos
accidentes.
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En 1974, la OMI, centró su atención en el problema del transporte
de los pasajeros y su equipaje, el cual había sido tratado por el CMI,
en dos convenciones separadas de 1974 y 1976 respectivamente.
La OMI unificó ambos convenios, estableciendo en la convención de
Atenas de 1974, un régimen común de responsabilidad de los
perjuicios ocasionados a los pasajeros transportados en buques de
navegación marítima y sus equipajes. En el mismo se declara
responsable al transportista de los daños o pérdidas sufridos por los
pasajeros si el suceso se debe
a su culpa o negligencia.
El transportista será responsable del perjuicio originado por la muerte o las lesiones corporales de un pasajero, y por la pérdida o daños sufridos por el equipaje, si el suceso que ocasionó el perjuicio ocurrió durante la
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realización del transporte y es imputable a culpa o a negligencia del transportista o de sus empleados o agentes si éstos actuaron en el desempeño de sus funciones.
La responsabilidad derivada para el transportista de la pérdida o daños sufridos por el equipaje de camarote no excederá en ningún caso de 12.500 francos por pasajero, por transporte.
El presente convenio entrará en vigor el nonagésimo día siguiente a la fecha en que diez Estados lo hayan firmado sin reserva de ratificación, aceptación o aprobación, o en que hayan depositado los debidos instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.
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Para todo Estado que posteriormente firme el presente convenio sin reserva de ratificación, aceptación o aprobación, o deposite el debido instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, el convenio entrará en vigor el nonagésimo día siguiente a la fecha en que se produjeron tales firmas o depósitos.
El presente convenio ha sido redactado en un solo ejemplar en los idiomas, francés e inglés, y ambos textos tendrán la misma autenticidad. Fuentes: CONVENIO DE ATENAS RELATIVO AL TRANSPORTE DE PASAJEROS Y SUS EQUIPAJES POR MAR
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