Revista digital cs jurídicas del derecho
-
Upload
marieladambrosio -
Category
Documents
-
view
216 -
download
4
description
Transcript of Revista digital cs jurídicas del derecho
ParticiPante: Mariela D’ aMbrosio
Tutora: MARÍA DURAN ASIGNATURA: INTRODUCCIÓN A LAS CS.
JURÍDICAS DEL DERECHO
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del P.P para la Educación Universitaria
Universidad Fermín Toro
Vice – Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
ACTOS O DERECHOS PASADOS DE LOS QUE SE DERIVAN LA CREACIÓN,
MODOFICACIÓN O EXTINCIÓN DE NORMA JURÍDICA.
CLASIFICACIÓN DE LAS FUENTES EL DERCEHO
A Históricas
B) Materiales
C) Formales :
. Directas
. Indirectas
FUENTES DEL DERECHO
VALORACIÓN DE LAS FUENTES DEL DERECHO EN EL
SISTEMA JURÍDICO
VALOR JURÍDICO DE LA DOCTRINA: Fuente formal indirecta del
derecho, su valor depende de la categoría del autor: Independencia-
Autoridad-Responsabilidad.
VALOR JURÍDICO DE LA JURISPRUDENCIA EN VENEZUELA: Fuente
indirecta más importante con carácter vinculante.
DERECHO CONSTITUDINARIO
Se origina de la comunidad por largo uso y es reconocido por el
Estado.
CLASIFICACIÓN:
1( Delegante
2) Delegado
3) Costumbre
LA LEY
Es la fuente primaria y fundamental de Derecho y regula actos de relaciones
humanas.
CARACTERÍSTICAS:
- -Justa
- -Social
- -Obligatoria
- -De orden público
- -Coactiva
- -Normativa
- -Permanente
- -General
- -Abstracta e Impersonal
IMPORTANCIA DE LA LEY: Su aplicación y vigencia nos hace acreedores de
derechos y garantías que nos permite hacer la exigencia al Estado de derecho y
a quienes estén incurriendo ante una falta.
FORMACIÓN DE LAS LEYES EN VENEZUELA: Está regulada desde el Artículo
202 al 218 de CRBV.
COSTUMBRE JURÍDICA
Es cualquier uso o práctica de la vida social, ejemplo: el
convencionalismo de vestir de etiqueta en ciertas ocasiones.
ELEMENTOS:
1-) Externo u Objetivo
2) Interno o Subjetivo
CONDICIONES FUNDAMNETALES DE LA COSTUMBRE:
- - Generalidad
- - Constancia
- - Uniformidad
NATURALEZA: Su naturaleza se basa en teorías o posiciones doctrinales entre
estas se tienen:
A) Teoría Legalista. Obliga sólo cuando es reconocida por el Estado.
B) Valor Intrínseco de la Costumbre. Su valor está en ella misma.
C) Teoría de la Voluntad Social Predominante. Trata sobre la naturaleza y fondo
de la costumbre.
DEFERENCIAS ENTRE USOS Y COSTUBRES Usos Costumbre
Carece del elemento subjetivo de
la costumbre (práctica más o
menos reiterada y constante de
ciertos actos).
Presenta, como es lógico, su
elemento objetivo y subjetivo.
Sirven para completar o
interpretar la voluntad de las
partes solo cuando se estima que
han querido libremente acogerse
a ellos.
Posee idea de necesidad que se halla
indisolublemente ligada ala
verdadera costumbre jurídica.
Este va de la mano con la
costumbre de manera simbiótica,
es decir, que uno le da lugar al
otro.
De no haber costumbre que repetir
no puede dársele uso a ese
determinado comportamiento
CLASES DE COSTUMBRES POR SU RELACIÓN CON LA LEY: --) Conforme a la ley. -) Al
margen de la ley. --) Contra la ley.
Los Principios Generales del Derecho: Están contemplados en el Código Civil
Venezolano Articulo N° 4. En la actualidad se reconoce su carácter como fuentes del
derecho y se puede citar:: A) La Equidad. B) La Doctrina. C) La Analogía. D) La
Jurisprudencia.
FUNCIONES DE LA JURISPRUDENCIA
1) De Adaptación
2( De Promoción de la Uniformidad
OTRAS FUENTES DEL DERECHO