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UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO INFORME AUTORES: ANA GONZALEZ VANESSA PERDOMO JUAN TOVAR BARQUISIMETO; MARZO 2016

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UNIVERSIDAD FERMIN TORO

VICE RECTORADO ACADEMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

ESCUELA DE DERECHO

INFORME

AUTORES:

ANA GONZALEZ

VANESSA PERDOMO

JUAN TOVAR

BARQUISIMETO; MARZO 2016

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INFORME

Es importante mencionar que la LOPNNA fue promulgada en el año 1998, luego en

2007 se realizó una primera reforma para fortalecer la protección de los derechos de los niños

y adolescentes en nuestra sociedad y en ahora en este 2014.

El Estado es el encargado de tomar las medidas administrativas, legislativas,

judiciales, y de cualquier otra índole que sean necesarias y apropiadas para asegurar que

todos los niños y adolescentes disfruten plena y efectivamente de sus derechos y garantías.

El Sistema Penal De Responsabilidad de los menores de edad tiene como objetivo

sancionar a todos aquellos niños, niñas o adolescentes que incurran en hechos de tipo penal;

el mencionado sistema se encuentra integrado por la Sección De Adolescentes Del Tribunal

Penal, La Sala De Casación Penal Del Tribunal Superior De Justicia, El Ministerio Publico,

El Servicio Autónomo De Defensa Publica, La Policía De Investigación, Y Los Programas Y

Entidades De Atención.

La LOPNNA protege las garantías y derechos de cada menor de edad y la

responsabilidad de crianza que tienen sus padres con ellos, sin embargo, esto no asegura el

buen comportamiento de los menores, con el pasar del tiempo se ven más niños inmersos en

el mundo criminal por lo que fue necesario implementar el sistema penal de responsabilidad,

el cual regula cada acción de tipo penal que puedan cometer, no serán juzgados ni

penalizados como adultos porque aún se les consideraría el ser menores de edad y la

esperanza de poder recuperar la inocencia a través de tratamientos psicológicos establecidos

por el tribunal.

En caso de que un menor de edad cometiera un hecho punible este no podrá ser

procesado, ni sancionado hasta tanto se verifique que el hecho realmente se encuentre

regulado por una norma formal del ordenamiento jurídico. Tampoco puede ser objeto de

sanción si su conducta está justificada o no lesiona o pone en peligro un bien jurídico

tutelado. En caso de que un menor de edad sea sorprendido en flagrancia por una autoridad

policial, cometiendo un hecho punible, ésta dará aviso al o la Fiscal del Ministerio Público.

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En otras palabras se define al Sistema Penal de Responsabilidad de los y las

Adolescentes como el conjunto de normas, órganos y entes del Poder Público que

formulan, coordinan, supervisan, evalúan y ejecutan las políticas y programas

destinados a garantizar los derechos de los adolescentes en conflicto así como

establecer la responsabilidad de estos por los hechos punibles en los que ellos

incurran, así como el control de las sanciones que les sean impuestas.

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ANEXOS SKYPE

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