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('ROi'ilJ:'iClAMIENTO :'i" 027.2019/0SCE.DGR Entidad: Autoridad Nacional del Agua Procedimiento: Concurso Público N° SM-6-2018-ANA-l. convocado para la contratación de servicios: "Renovación de Licenciamiento de Platafonna Microsoft •. 1. ANTECEDENTES: A través del Fonnulario de Solicitud de emisión de pronunciamiento con Trámite Documentaría N° 20 18-140&275&.L1MA, recibido el n.DIc.20 18. el presidente del procedimiento de selección de la referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSeE) la solicitud de elevación de cucstionamientos presentada por el participante, en cumplimiento de Jo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 30225. Ley que aprucba la Ley de Contrataciones del Estado. en adelante la Ley. y el artículo 51 de su Reglamento. aprobado por el Decreto Supremo N° 350-20 15-EF. en adelante el Reglamento, y sus modificatorias aprobadas mediante Decreto Legislativo N° 1341 Y Decretos Supremos N° 056.20 17-EF )' N° 147-20 I7.EF, respectivamente. En ese sentido, considerando la numeración del pliego absolutorio l , este Organismo Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera: Cucstionamiento írnico: Respecto de la absolución de la consulta y/u observación N° )7. referida a la "Certificación de Project Managemcnt Profesional (PMP)". I \'l.r~iím Exc...l.

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('ROi'ilJ:'iClAMIENTO :'i" 027.2019/0SCE.DGREntidad: Autoridad Nacional del Agua

Procedimiento: Concurso Público N° SM-6-2018-ANA-l. convocado para la contratación de servicios: "Renovación de Licenciamiento de Platafonna Microsoft •.

1. ANTECEDENTES:

A través del Fonnulario de Solicitud de emisión de pronunciamiento con Trámite Documentaría N° 20 18-140&275&.L1MA, recibido el n.DIc.20 18. el presidente del procedimiento de selección de lareferencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSeE) la solicitud de elevación de cucstionamientos presentada por el participante, en cumplimiento de Jo dispuesto porel artículo 21 de la Ley N° 30225. Ley que aprucba la Ley de Contrataciones del Estado. en adelante la Ley. y el artículo 51 de su Reglamento. aprobado por el Decreto Supremo N° 350-20 15-EF. enadelante el Reglamento, y sus modificatorias aprobadas mediante Decreto Legislativo N° 1341 Y Decretos Supremos N° 056.20 17-EF )' N° 147-20 I7.EF, respectivamente.

En ese sentido, considerando la numeración del pliego absolutoriol, este Organismo Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera:

• Cucstionamiento írnico: Respecto de la absolución de la consulta y/u observación N° )7. referida a la "Certificación de Project Managemcnt Profesional (PMP)".

I \'l.r~iím Exc...l.

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2. PRONUNCIAMIENTO:

Cuestiona miento Unico: Referido a la UCertificación de PrOieet Manae:ement Profesional (PMP)"El participante cuestiona la absolución de la consulta 'ffu obsen:ación ~o 17 scílalando lo siguiente:

"La re!'puesw de /a Entidad 110 logra deS\"ir/uar nuestra observación en relación a que la eerrifieación de Project Management Professional (PJIP) requerida para el Gerenre de Proyecto esexcesiva y consecuentemenle que ello ,'u/nera el Principio de Libre Competencia y Concurrencia. y el de Eficacia y /:,jiciencia que recoge el artículo 2 de la Ley de Contrataciones del Estado:lada ve= que. pese a acoger parcialmente nuestra obsen'qción, sujustijicación técnica de dichq certificación no termina de uña/al' la real necesidad de con/al' con ella. dado ql/e el objeto de lacontratación del presente concurso es: 'CONTRA7~ICION DEL SERVICIO DE REA'OVAClOX DE LlCEXCJAMIEN70 DE PLATAFORMA MICROSOFT", Por lo tanto, nos reiteramos ennuestra obsl!rmciim.Los Bases requieren que el Gerente de Proyecto SI/Steme lo siRuiente:1) Copia ,~imple del certificado vigeme en Project Jlanagemenl Professional (P,\fP)Consideramos que dicha certificación es desmesurada e imparcial debido que 110guarda correlacióII con el servicio contratado y la explicación o sustento técnico que ofrece la elltidad con elfin de defender dicha certificación, excluye la participación de proftsiollales de trc~re('toria comprobada en diversos proyectos con gran exito y esto pudiendo ser amlado por cartas ocertificaciones que respalden dicha experiencia firmada por sus clientes, donde avalen el uso, conocimiento y manejo de metodologias que lIe\'en un proyecto al éxito.Así mismo en el Decreto Legislativo N° 1412 articulo 4.- Finalidad, señala q/le la ley tiene por finalidad Afejorar la Prestación de servicios digitales en condiciones interoperables, seguras,disponibles, escalables, ágiles, accesible y que filciliten la trasparencia para el ciudadano.v personal en general, por mde, el Gerente de Proyeclo puede tener un certificado de haber llevado/In curso de ge,\"Iión de proyectos basado en el PMMHOOK o en su defecto en metodologías áf{iles. }'o que, si la entidad pretende que por eltammlo de la inversión necesita contar con uncertificado en PMI', esto no garantiza de igual forma que el personal a cubrir dicha posición tenga la experiencia necesaria, ya que el certificado te da el conocimiento mas no evalúa laexperiencia que es lo que solicita y necesita la entidad,Cabe mencionar que aparte de dicha cert{ficación, solicitan otras de los productos de ,Hicrosojt, el/mulo se emiende que el Gerente de Proyectos delltro de su fimción, debe encargarse deestimar los tiempos para poder realizar las consultorías que deriven de este concurso, validar la asignación de horas por rol, \'elar por los entreKables y llevar cabo las reuniones respectivascon el personal de la enlidad. El tener una cerlificación P,HP no garallfiza necesariamente el exi/(} de /ill proyecto y más cuando estas horas son valor agregado al verdadero objeto de laco,,\'Ocaloria. "

Pronunciamiento:

De la revisión dd pliego absolutorio, se advierte lo siguienle:

Extr¡U"l()del le 11 ab,w/llturw de consullas 'observacwnaüJnJu/ta 'fu Obserll(lt:/ónN" 17 Abro/ucio"

"f.o.17hmllw,I,I.: U':jál'IIÓII,1'" .1,'/"'I'It'Ú' dI' 1i(t'n("iami,'llwde plult/jQmlUMIC'OI'Ojl':I/(/b/(",.ell ,'It d f/lllm'm/ 13"S,, "b.\('/"'I.I/ tllI':/'1 ."tll</II<I \'ul/lt'''1•.//'rlll<"lpiod,' /.lnr,' ('omp"lenl'i'1y Cfmn,rre/lt.w. y d d.: /:fk¡I("/(/ y t:ji('l•./tClIItI"l' r,'f<J~,' d "rli£"lIlo~lIr11/11íay .wp0rle". lino nmliduJ d.: hora,"d.: .IOP0rl,'tI'I" p'I,'d,.n ,,,'r t'o/ll','rliddl ':1I/",mI dc conmllOria t!(/rtI2 d.:/a Ley d.:('mtlrmllc/OlleIdd 1:',ll<Ido,dado '1m'10(,<"1111'fU,'l'I''''ljil '1l1l"Ollnp/"con ,,,'rt'I Ge"'lII': ,1.:/'roY':C/(I.pO\e,/I(I ('I!r/ljiml.'ió"proW,.IO,'nl// p/al<ljimn(lAficro.lOft(Wim/ml"S.Sky(!t',E:rdulII~e.Sha"'po/lll. ,\I".,lem(',./lI,'r, (./oud)1'11 J'",j •.f1 ,\,f,,,,(/~.'nt<'/1I1''''fi'.H/mwf ("AlP). in}¡uhiIJlamlo/a Ilhr.:emt,,"r,'lIcia)-' plural/dmJd,' t'o."lo,,'."'1u,' cmnplm!<"1m1.'11,',ell 11I 1:../1':.1<".\('nlid"1•.m,'lul"':/1 ,",I,'II/ulo/mp"rl<lnl,'1II1.t'fIiállque ••.mí haci.'ml" la inwiwnón y 101,I.'f\'iciw ,.ríll'.o,l''111<'~/iIjJ(/ P"',I'II//II/'/'1" lt'II~(/ compmhmla .'xp,'f/t'lIciil"11 '" mallel" d.: /''''YI'CIO.I.d•. medianay gran "m.e'}:adura.)' /)0 ."'/" ,I.,dl('(,,/(Ha '/lIIOIII<III;lIraJl 1".,prO(:,',I'O.l"de fa 1n.l/l/lIcuinq"" ,le,Jn "'lullmJo ,l.. /m t''''Y''(./''' ..••. ,,',{,,;,',,:, 1/11.' <'1 f"!"'ll//ul q'l"lin'nciami"/I/oy mane!od" hora.',It' ,\'I'por/e/(Jlycomo /0 ,l'Oli("l/(Ilu ,'lIIldad,,'I I'0r ,'.\0qm' eOI1\I/I.'ramoIque m/lcl/ar dldw ,."'lljinl('IÚn "'''"pla d ",11/" (;",.'111,' lit' /''''.1'''("/0bril1<I.'la ("o/ljiml:ade 1I/)/I;ar1111m,;/od"y h",r//l11/cllla.'d,' (.ml/ra.l/udo,¡XI/O,e.1 d,',I'me.l/m"/,,e ,m/"",.ia! d."!/t/" u IJlleel I.,'n/m"'", ohjeto de la (.om.omIOf/(/e.1 "!l"lIm'IICI';/ld,' S,-,jflHlr,'d,' llwílrlil.1y SI'n.ldo"'s halado ell/a <'XpcrICI"./iJ l''''I.la d,' ,",e/1/O,I'di'mll".1 d" P"'ji:xiOI1I1it'.I.)' ,'mp"'JIJI u /111"<'/mWldial.y '1m',.ue/l/a(l(I.'lm;,nillt:Illes pal'll 10.\pnhlm", In.os (U3)(1110,1y 11(",'11001compl.'m"/1/ilrlll.I',,li,'lIdo"a/or lI~reK1l/loy exlra el hrl/ldar lo bo/"I ,It' x/m 110"1.1nm /1/ I//liIrlaciti/l,/.' mi/es J•.ex(!t'rJo.\,1t'dlcadOIen •.:rc!II.I'iI"(J a la "'I.('.HI~IIC"¡I! y m"}",,, d,' /" m<'l(Jdolo~í(J.\',I'IIl/.1O

I/Inwh',I'd,' 11(1</n'molOy o r,',}("/)I"II 011 .I'I/C,par la/ mO/ll.uWI1,,/(mlO.l ti'''' ,/,' n,'("o'.II/,,, cumplir cOlI,m,locum,'lIIo1/11"O,.",JII':.\11grad" ,1•. 1"pO,I'e.:11/e.(p,'n,'lIciu, ("O/,,,,.,ml<'1I10,1'",'p"t'iull:odo.I,dominio J.: l¿e/lleaIy herruml,'II/IJIdí' (;",\/IiÍnd,' 1'n,)'",'/o,l'.g,'r,'I1I,'de PnJY"I'/I!.I .. \'<'11(/(/ml/ld" /111•.••"Ij;,.lIdo d.: haber lIerad" /In "".\0 '''' míwmo XU/tom.' .'/! (inlu;n d" 1''''Y''ffm ha.,."do<,nla lJut'"un {/{/It'~urarel hilo d<'lproy,,(.lo.r '111<'/1"1,,e.tlo l,' rnp"Id,' 1/ Irm'é,\'11,'/l/lIJ ('IlIIdadilll.'rll<l("jmw/ C"IIIOd"1<'lmlolo~íadd }',\fI, ya <fllt'e.\IOIrarilll!olaf IJI"./10.1<' ,.,\'lorll1I.II/1I<''''lldo /11 nm'p<'I,.lIcill d" (l<JIIor ••.\ y que //0 hay mi'." ..•.•.".o{'lill".1 ,'// I'MI.quc .,.,,/0 "'lrt,,"lr" /JI' t1(/\/<Ir.1'11/1/1•.•. /1 .\lIScertljka<"wm'.I'<""mo,'Imd"d", ya que ,'n .,1,',I/lI<t", d<,111,''',"'',/0 .1',' ¡¡h.len.aIJII.'.1'0/0lomanm':/I Ik /0 IIm.'\ m"/I(w/lIItioN() SJ:'A(.()( il:' /1/ "b,t'/"'I.'II"iÚ/I, debido a qlle un 11".\/1 ",imm/! de XI)110ral('11 ~,'.,Iuilld,'<"l/en/aa 2d•./o,1.¡ /S/' qm. 11•.m. ,\II"'o.Ioj/.'11 d larl/ori" 11<1<'1011111.[lI" eliden/e retllJ,'flmicnl"plle,/" ,'.l/llr.I't',I~(/I/" 11 .10/0 me/mr '1 <'lO.\'pn'Y':,.lo.l 110 ~lInlJlli;/J " (mnplil/liel!/" ,1/J11.'1iu.I,}f1l1 de /a ~"'IU¡II d,' /m rr<~\'e,./o.1'/'1<'jorllla pan.: ,/eldo.\','n la n"'.I,'lI/lIc;';1I d" 1//.1nrom!<'sIUI"'.I'I"I<'C/II.¡H. " N"I!/l'rl/l/Ic/llo, "

En atención al cuestionamiellto planteado el comitt: de selección. cn su infonne tecoico remitido con ocasión de la solicitud de emisión de pronunciamiento, indicó lo siguiente:

"En primer lugar debe indicarse que de conformidad al numeral 16.1 de la Ley de Contrataciolles dell~:\,t(ldo y 8.1 del Ref{lamenlo de la Le,v de Col1/ralaciones del Estado el área l/suariaremlÍen! lo.\' hienes, servicios 11ohras a contratar, siendo reslJonsahle de /imnular las esvecificaciones técnicas, terminas de r~ferellcia o ex Ndieme lécnico de ohra, resvl!ctiml1lel1le,

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De conformidad con el artículo 16 de la Ley y el artículo 8 del Reglamento. el área usuaria es la responsable de formular los términos de referencia que integran el requerimiento. los cuales contienenla descripción objetiva y precisa de las características v/o reuuisitos funcionales rclcvantes para cumplir la finalidad pública de la contratación. y la.o.;l.:ondicionesen las que debe ejecutarse la contratación.

COIIrefereme a que el Jefe de Proyecto deha colllor con certificación PMf' indicamos que el área usuaria requiere que el profesional antes descrito cuellte con dicha certificación a jin degaranti::ar el conocimielllo de herramientas. recursos y liSO de mejores prácticas en la planificación. ejecución y cierre de prt~rectos. minimizando los riesgo.I'durante la gestión de proyectos ymatimiza"do las probahilidades para que el pr(~n:cto se ejecute de manera ej¿'ai\'(l: el contar con /In curso de SO horas en gestión de 1"'(~l'Cct()S110 garamiza el cllmplimiemo de los estándaresen gestión de proyectos,

Asimismo sohre las certificaciolles ,\ficrosoji requeridas en los Términos de Rejerencia estas se encuem!YInligadas al proceso de e.l'lwularizac:iándel Software Microsoft de la h'!IIidad.Por otrolado referenle al f)ecreto Legislativo N° 1./12 - I.ey que aprueba el Gobierno Digital. el objetivo de esta normativo no es aplicable al cuestionamiemo presemado por el,xlrlicilxlIIle. Cabeindicar que producto del estudio de mercado en base al Requerimiento, existen empresas que cumplen <:onel requerimiento, determinando la pluralidad de postores para el procedimiemo deselección. dicha información se refleja en el Resumen Hjeclltil'o publicado en 1:1 SI:"ACE...

En los numerales 4.2 del "Formato de Resumen Ejecutivo del estudio de mercado (/JienesF. se advierte que la Entidad declaró la existencia dc pluralidad de proveedores en capacidad de cumplir concl requerimicnto.

Las "Bases Estándar del Concurso Público para la contratación de servicios en general" disponen que en el numeral 3. l del Capitulo 111de la Sección Específica se debe consignar la descripción ohjetivay precisa de la" características y/o requisitos funcionales relevantes para cumplir la linalidad pública de la contratación. y las condiciones en lao.;quc debe ejecutarse la contratación. en estrictaconcordancia con el requerimiento.

De confornlidad con los mencionados dispositivos legales. la Entidad es responsable de la determinación de su requerimiento. que mediante su informe técnico. el comité de selección ratificó laabsolución realizada en el pliego absolutorio. y que habría ampliado las razones por las cuales no correspondería aceptar el pedido del participante. respecto a la Certilicación de Projcct ManagementProfesional (PMP)"' requerida para el Gerente del Proyecto. estc Organismo Técnico Especializado ha decidido ;\0 '\CO(;EI~el presente del cuestionamiento. máxime si la Entidad ha declaradomediante su formato de resumen ejecutivo la e.\istcncia de pluralidad de provcedores en capacidad de atender el requerimiento,

Sin perjuicio de lo señalado. teniendo en consideración que la" capacitaciones y certificaciones requeridas en el numeral 14"Personal Clave" del Capitulo III Requerimiento. se entenderán acreditadasmediante la presentación de la declaración jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia (Anexo N° 3).

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D1SPOSICI N A IMPLEME:'íTARSEEN LAS BASES INTEG RADAS

Suprimir de la cláusula quinta deprofomla de contrato lo relacionado aprestaciones accesorias.

ANÁLISIS RESPECTO A LA SUPERVISIÓN DE OFICIO

Importante para la Entidad

En ~I caso de confrlltacl61l d~ prestaciones accesorias, se puede incluir la siguiente clausula:

CLAUSULA . PRESTACIONES ACCESORIAS'.

"L.s prestllciones. accesorias ti.nM por objeto lCONSIGNAR,~E(¡~OBJETO' DE LASPREST AC/ONt;S ACCESORIAS}.

El monto de las prestaciones accesorlas aSC/Mde a (CONSIGNAR MONEDA'Y MONTO), que,!.!1cluye lOdos Jos Impuestos eH L.y.

El plaz de ejecución de las prestac,lones IIccesor/ases de 1 ~.1.el mIsmo que se computtldesde l. NSIG,NAR ~I,ES DE~ OrA 'SIGUIENTE DEL CUMPLIMIENTO DE LASPRE,STACIONESPRINCIP LES,'DESDE LA',FECHA- QUE SE.ESTABLEZCA ENELGONTRATO,O:OESDE LA.FECHA N QUE SE CUMPLA/Ii_ LAS CONO/ClONES PREViSTAS EN EL.CONTRATO PARA EL'1t"CJO E ,LA "EJECUCIÓN DE'~S PRESTACIONES""ACCESORfAS, DEBIENPO INDICAR LASMI5M SENESTE'ULTlMOCASD}.

lO SEREL .. CASO,:~NCWIR OTROS ASPECTOS RELACIONADOS A LA EJECUCIÓN DE LASPo ESTACIONES ACCESORIAS]."

Dc la revisión de la cláusula quinta de la profonna del contrato se advierte que consignan el siguiente texlo:

3. ASPECroS SUPERVISADOS DE OFICIOSi bien el procesamiento de la solicitud de pronunciamiento. por nonna. versa sobre la••supuestas irrcgularidadt:s en la absolución de consultas y/u observaciones. a pedido de parte. y no representa laconvalidación de nin ún extremo de las Bases. este Ur anismo Técnico Es ccializado ha visto or conveniente hacer indicaciones untualcs a artir de la revisión de oficio. se ún el si uiente detalle:3.1 Proforma de contrato: Prestaciones accesoriasBASE LEGAL DE LASUPERVISIÓN DE OFICIOBases Estándar del ConcursoPúblico para la contratación deservicios en general

Al respecto. se observa que en las Bases no se sel1alan prestaciones accesoria". por lo que se realizará una disposiciónal resnecto.

!

3.2 De la nroforma de contrato: Adelanto DirectoBASE LEGAL. IIE LA ANÁLISIS RESPECro A LA SUI'ERVISIÓ:'í DE OFICIO

DISPOSICION A IMPL.EME"óTARSESlIPERVISIÓ:'\ DE OFICIO EN L.ASBASES INTEGRADASBases Eslándar del Concurso De la revisión de la clúusula octava de la profonna del contrato se advierte que consignan el siguiente lexto: Suprimir de la cláusula octava de laPúblico para la contratación de CLAusuLA NOVENA: ADELANTO DIRECrofJ

profonna de conlrato 10 relacionado con elservicios en general Z ENTIdAD otorgará [CONSIGNARNUMERODE ADELANTOSA OTORGARSEladelantos

otorgamiento de adelanlo directo.

directos "¡'r lIt [CONSIGNARPORCENTAJEQUENODEBEEXCEDERDEL30% DELMONTODELCON RATOORIGINAL]del monto del contrato original.

~c TRATlSTA debe solicitar los adelanlos dontro de ¡CONSIGNAREL PLAZOYO ¡UNIDADPARALASOLICITUDI.adjuntando a su solicitud fa gaomti. por IIdelllnto,14

me ntv IINDICARTIPO DE GARANTlA,CARTA FIANZAYIO PÓLIZA DE CAUCtÓ:-J]<le mpllt'l8da del comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plalo no procedera la~ ticltud,

/\1 rcspcclO. se observa que en las Bases no se scI1alan aspeclos relacionados al otorgamienlo de adelanto directo. por10 que se fl'alizaní un;l disposición al respecto.

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J.J He la Droforma de contrato; Responsabilidad oor vicios ocullosliASE LEGAL DE L\

ANÁLISIS RESPECTO A LA SUPERVISiÓN DF. OFICIO DISPOSICIOJIi A IMPLEMEJliTARSF.SUPERVISIÓN DE OFICIO EN LAS IIASF.S INTF.GllAIlASBases Estándar del Concurso De la revisión del numeral 3.1. del Capitulo 111de las Bases y de la cláusula duodécima de la profonna del contrato 1. Incluir en el numeral 3.1. del CapítuloPúblico para la contratación de se advierte que no consignan el plazo máximo de responsabilidad del contratista por vicios ocultos, por lo que ~ 111 de las Bases y en la cláusulaservicios en general re4lIi:l.4Irándis()osiciones 411respecto. duodécima de la profonna de contrato el

plazo máximo de responsabilidad delcontratista por vicios ocultos.

2. Publicar en el SEACE un infonnevalidado por el área usuaria y el órganoencargado de Ia.<;contratacioncs (OEC)en el cual se señale si "el plazo máximode responsabilidad por vicios ocultos"fue considerado o no durante la etapa deestudio de mercado que delennin6 lapluralidad de postores en el mercado.

3.4 De la IJrofonna de contrato: Domicilio para efectos de la ejecución contractualliASE LEGAL IlE LA

AN"LISIS RESPECTO A LA SUPERVISIÓN IlE OFICIO IlISPOSICION A IMPLEMENTARSESUPERVISiÓN IlE OFICIO EN LAS liASES INTEGRADASBases Estándar del Concurso De la revisión de la cláusula vigésima de la profonna del contrato se advierte que no consignan el domicilio de la Incluir en la cláusula vigésima de laPúblico para la contratación de entidad para efectos de las notificaciones que se realicen durante la ejccución contractual. por 10que se realizará una profonna del contrato el domicilio de laservicios en general disposición al respecto.

entidad para efectos de las notificacionesque se realicen durante la ejecucióncontmctual.

s

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4. CONCLUSIONESEn virtud de lo expuesto. este Organismo Técnico Especiali/.ado ha dispuesto:

4.1 El comité de selección deberá cumplir con lo dispuesto por este Organismo Técnico Especializado en el presente Pronunciamiento.

-1.2 Oc acuerdo con lo dispuesto por el artículo 52 del Reglamento el Titular de la Entidad es responsable de incorporar todas la" modificaciones que se hayan producido como consecuencia de lasconsultas, observaciones fonnuladas y la implementación del pronunciamiento. así como las modificaciones dispuestas por este Organismo Técnico Especializ<ldo en el marco de sus accionesde supervisión. constituyendo las mismas las reglas definitivas del procedimiento de selección.

4.3 Conforme al mencionado artículo 52 del Reglamento. compete exclusivamente al comité de selección implementar estrictamente lo dispuesto por este Organismo Técnico Especializado en elpresente Pronunciamiento. bajo responsabilidad. no pudiendo continuarse con el trámite del proceso en tanto la~ Bases no hayan sido integradas correctamente. bajo sanción de nulidad de todoslos actos posteriores.

4.4 En caso el presente pronunciamiento requiera la presentación de un informe técniC()o deberá tenerse en euenta que dicho documento es aquel que contiene infonnación adicional a la plasmada enel pliego absolutorio e infonm: remitido con ocasión de la solicitud de elevación. que muestra el resultado de un análisis específico al terna materia de euestionamiento. validado por el órganocompetente de la Entidad (área usuaria. órgano encargado de las contrataciones u otra dependencia de corresponder), siendo importante precisar que dicho documento es un texto expositivo yargumentativo. que se basa no sólo en nomlas legales. sino también en nOm1<IStécnicas u otros sustentos. cuya finalidad es sustentar. de manera detallada. la decisión adoptada por la Entidad.

4.5 Al momento de integrar las Bases el comité de selección deberá modificar las fechas de registro de participantes. integración de Bases. presentación de ofertas y otorgamiento de la buena pro.para lo cual deberá tenerse presente que los proveedores deberán efectuar su registro en fonna electrónica a través del SEACE hasta <lntes de la presentación de propuestas, de acuerdo con 10pre\'isto en el artículo 34 del Reglamento: asimismo. cabe señalar que. conforme a lo dispuesto en el artículo 59 dd Reglamento en concordancia con el artículo 49 del mismo cuerpo legal. entrela integración de Ba<o;esy la presentación de propuestas no podrá mediar menos de siete (7) días hábiles. computados a partir del dia siguiente de la publicación de la'i Ba<o;csintegr<lda, en el

SEACE.

4.6 Finalmente. sc recucrda al Titular de la Entidad que el presente pronunciamiento no convalida extremo alguno del procedimicnto de contralación.

Jesús María. 08 dc encro de 2019

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