Contraposición a Informe Defensoria Del Pueblo Sobre Seguridad
ROL DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO EN EL SISTEMA PENITENCIARIO · Necesidad de evaluar en el caso...
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Constitución Política del Perú.
Art. 161°
Art. 162°
Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría delPueblo.
Art. 9°
Art. 16°
Resolución Defensorial Nº 025-97/DP
BASE LEGAL
La Constitución de 1993 recoge la figura de la
Defensoría del Pueblo, como institución
encargada de:
Defender los derechos constitucionales y
fundamentales de la persona y de la comunidad
Supervisar el cumplimiento de los deberes de
administración estatal (artículo 162º).
RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL
Defensa de los derechos fundamentales y constitucionales de los ciudadanos y de la sociedad.
Supervisión de los deberes de la administración estatal.
Supervisión de la adecuada prestación de
servicios públicos a la ciudadanía.
MISIÓN DE LA DEFENSORÍA DEL
PUEBLO
Deber de cooperación de las autoridades públicas
(art. 161º de la Constitución y art. 16º LODP), deber
de las autoridades, funcionarios y servidores de los
organismos públicos para proporcionar la
información solicitada por el Defensor del Pueblo.
La DP formula a las autoridades, funcionarios y
servidores de la administración pública
advertencias, recomendaciones, recordatorios de
sus deberes legales y sugerencias para la adopción
de nuevas medidas (artículo 26, Ley Orgánica de la
Defensoria del Pueblo).
DEBER DE COOPERACIÓN - PODER DE LA
PERSUASIÓN
Informe Anual del Defensor del Pueblo ante el
Congreso de la República.
Presentación de aportes de sus investigaciones
en el caso de violación de derechos humanos
ante las autoridades competentes.
Amicus curiae en los casos que se considere.
DEBER DE COOPERACIÓN - PODER DE LA
PERSUASIÓN
ANTECEDENTES
2009: Cartilla: La Reforma Procesal Penal y las Personas
Privadas de Libertad
2010; Presentación de Informe sobre Prisión Preventiva
realizado en coordinación con CEJA
Acciones de capacitación a las oficinas de la Defensoría del
Pueblo, a otros actores procesales y a estudiantes o
ciudadanos en general
2012; Informe 154 Sistema Penitenciario
2012; Cartilla sobre Derechos de la Victima
OBJETIVOS
Señalar los derechos que tiene la victima durante el proceso
en el NCPP
Analizar los mecanismos de protección de derechos existentes
durante el proceso penal para la victima.
Establecer las funciones de las diversas instituciones que
tienen como función el atender las necesidades y
requerimientos de las victimas.
Señalar un conjunto de recomendaciones a fin de mejorar la
atención de los derechos de las victimas durante el proceso
penal.
METODOLOGÍA
Visitas a seis (06) Distritos Judiciales en donde la Reforma
Procesal Penal se encuentre ya consolidada (agosto – octubre
2012)
Ica
Cusco
Chiclayo
Trujillo
Piura
Tacna
Coordinación con el Programa Nacional
METODOLOGÍA
Entrevistas a funcionarios:
Unidades de Asistencia y Protección de Victimas y Testigos del Ministerio Publico
Fiscales Penales de Investigación Preparatoria
Defensa Publica
Policía Nacional del Perú
Revisión de la estadística del Programa de Asistencia y Victimas de Victimas y Testigos del Ministerio Publico
Revisión de la normatividad vigente sobre la Materia
METODOLOGÍA
Revisión de la estadística del Programa de Asistencia y
Victimas de Victimas y Testigos del Ministerio Publico
Revisión de la normatividad vigente sobre la Materia
DERECHO DE LAS VICTIMAS
Declaración de Naciones Unidas sobre los principios
fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del
abuso de poder
Acceso real de la víctima a la justicia penal. - Mecanismos
judiciales y administrativos que permitan a la víctima obtener
reparación.
Asistencia a las víctimas. - Médica, material psicológica, y social
a la víctima
Resarcimiento e indemnización
NCPP - INVESTIGACIÓN
PRELIMINAR
Denunciar. - Ante cualquier autoridad, la misma puede ser
formulada por cualquier medio (Arts. 326 y 328 inc. 3 del
NCPP)
Impugnar la decisión fiscal de archivo de denuncia
Propiciar la aplicación del principio de oportunidad
Lograr un Acuerdo Reparatorio con el imputado
NCPP - INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA
Constituirse como parte en el proceso
Solicitar la realización de diligencias
Solicitar medidas l imitativas de derechos
Oponerse a la terminación anticipada
Apelar la Sentencia Anticipada
Solicitar la conclusión del proceso
NCPP – ETAPA INTERMEDIA
Oponerse a la solicitud de sobreseimiento
Impugnar el auto de sobreseimiento
Objetar la acusación
Participar en la audiencia de control de acusación
Impugnar la resolución que estime la excepción o medio de
defensa
NCPP – JUICIO ORAL
Uso de la palabra ante la interposición de incidentes
A exponer su posición
A aportar nueva prueba
A pronunciarse sobre nueva calificación jurídica
Confrontar al perito o testigo
Alegato final
Derecho a impugnar la sentencia
PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA A
VICTIMAS Y TESTIGOS – MINISTERIO PÚBLICO
Rol de asistencia y protección que establece el NCPP para el Ministerio Publico para con la victima y el testigo.
Intervención a solicitud del Fiscal a cargo del caso
Medidas de Asistencia y de Protección
El Programa se dirige y coordina desde Lima
Unidades Distritales (que inician funciones con la vigencia del NCPP) con unidades de asistencia inmediata (en la mayoría de distritos judiciales)
Las unidades están integradas por abogados, psicólogos y asistentes sociales
PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA A
VICTIMAS Y TESTIGOS – MINISTERIO PÚBLICO
Algunas constataciones
Un uso en mayor medida de las fiscalías de familia (60%) en
promedio, frente a los casos que solicitan las fiscalías penales
En su gran mayoría de casos se trata de medidas de asistencia
Las medidas de protección se encuentran en desarrollo,
requiriendo de un mayor grado de inversión
PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA A
VICTIMAS Y TESTIGOS – MINISTERIO PÚBLICO
Algunas constataciones
Conocimiento y coordinación entre fiscales y las unidades que
va mejorando como parte de un proceso de implementación
Procesos de divulgación de esta función hacia los ciudadanos
La función de la unidad es de asistir y proteger a la victima,
pero en ciertos casos existir desde los fiscales la idea que se
trata de un mecanismo de obtención o protección de
elementos probatorios
La información de las unidades y sus profesionales no pueden
ser incorporadas en las audiencias.
DEFENSA PÚBLICA - DIRECCIÓN DE ASISTENCIA
LEGAL Y DEFENSA DE VÍCTIMAS
Implementación a nivel nacional de modo paulatino con
abogados dedicados exclusivamente a esta actividad
Diferencia de criterios respecto a la competencia en materia y
tipo de delito
Necesidad de un rol subsidiario a fin de evitar una saturación
inmediata del servicio
Necesidad de una divulgación del servicio
Posible superposición con otras instituciones como los Centros
de Emergencia Mujer
DEFENSA PÚBLICA - DIRECCIÓN DE ASISTENCIA
LEGAL Y DEFENSA DE VÍCTIMAS
Algunas inquietudes
Desarrollo de una relación de coordinación con el fiscal, pero
al mismo tiempo de oposición y control de su actividad
durante las diversas etapas del proceso.
Necesidad de una capacitación diferenciada sobre la obtención
de material probatorio sobre el daño causado y de
fundamentación del monto de la reparación civil
Necesidad de evaluar en el caso concreto la conveniencia del
desarrollo de un proceso civil
MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES: CENTRO DE EMERGENCIA MUJER
Intervención con asistencia legal, psicológica y social en caso
de victimas de ciertos delitos
IDEAS FUERZA
Desarrollo de funciones e instituciones que buscan atender
desde el Estado
El mayor avance se ha realizado en el Programa de Atención
de Victimas y Testigos: personal comprometido y con claridad
en sus funciones.
Es necesario desarrollar la capacidad institucional para la
aplicación de las medidas de protección, priorizando zonas de
criminalidad organizada
La Defensa Pública de Victimas se encuentra aun en desarrollo
pero debe ya precisarse su competencia y desarrollar líneas de
trabajo con la Fiscalía
IDEAS FUERZA
Necesidad de incorporar un respaldo policial a las medidas de
protección.
Es necesario establecer una adecuada coordinación entre las
diversas instituciones a fin de evitar
Duplicidad innecesarias de declaraciones
Derivaciones excesivas de los casos
Vacios de atención
Necesidad de una capacitación de los derechos de la victima
hacia los diversos actores, incidiendo en la intervención del
litigio
IDEAS FUERZA
Tratamiento prioritario de ciertas victimas
Necesidad de incorporar medidas para otras personas que no
son victimas o testigos de un delito, pero que se ven
involucradas
RECOMENDACIONES AL MINISTRO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
ENCARGAR al Consejo Nacional de Política Criminal, en coordinación con el Programa Nacional de Asistencia a Víctimas y Testigos del Ministerio Público, la elaboración de un Protocolo Único Interinstitucional de Atención para víctimas en el proceso penal.
AMPLIAR el número de abogados/as defensores para las víctimas, debiéndose priorizar su atención en función al tipo de delito o situación de vulnerabilidad.
ENCARGAR a la Dirección General de Defensa Pública establecer mecanismos de coordinación con el Ministerio Público para una adecuada atención de la víctima durante el proceso penal, así como la capacitación permanente de los abogados que ejercen defensa a favor de la víctima.
DIFUNDIR las labores de la Dirección de Asistencia Legal y Defensa a Víctimas a nivel nacional.
RECOMENDACIONES AL MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS
EVALUAR la asignación de un presupuesto adicional para el
Ministerio Público, a fin de que se incrementen los recursos
del Programa Nacional de Asistencia a Víctimas y Testigos, que
le permita fortalecer su labor así como implementar las
medidas de protección.
RECOMENDACIONES AL FISCAL DE LA
NACION
ADOPTAR las medidas necesarias ante el Ministerio de
Economía y Finanzas para que se incrementen los recursos
asignados al Programa Nacional de Asistencia a Víctimas y
Testigos para fortalecer su labor e implementar las medidas
de protección.
ASEGURAR que los fiscales penales cuenten con la debida
capacitación respecto a las labores del Programa Nacional de
Asistencia a Víctimas y Testigos.
RECOMENDACIONES AL FISCAL DE LA
NACION
ADOPTAR las medidas necesarias ante el Ministerio de
Economía y Finanzas para que se incrementen los recursos
asignados al Programa Nacional de Asistencia a Víctimas y
Testigos para fortalecer su labor e implementar las medidas
de protección.
ASEGURAR que los fiscales penales cuenten con la debida
capacitación respecto a las labores del Programa Nacional de
Asistencia a Víctimas y Testigos.
RECOMENDACIONES A LA COORDINADORA DE LA
UNIDAD CENTRAL DE ASISTENCIA
A VÍCTIMAS Y TESTIGOS DEL MINISTERIO PÚBLICO
DIFUNDIR las labores y funciones del Programa Nacional de
Asistencia a Víctimas y Testigos, a través de sus Unidades
Distritales, a los ciudadanos y ciudadanas.
FORTALECER la labor de coordinación con los/as fiscales a
nivel nacional, respecto a las funciones del Programa Nacional
de Asistencia a Víctimas y Testigos.
COORDINAR con el Consejo Nacional de Política Criminal para
la elaboración de un Protocolo Único Interinstitucional de
Atención para víctimas en el proceso penal.