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    GUE LEONCIO PRADO HUNUCOhttps://www.facebook.com/GUELEONCIOPRADOH [email protected] Pgina 1

    MINISTERIO DE EDUCACIN

    Aprueban Norma Tcnica denominada "Normas para la elaboracin y aprobacindel cuadro de distribucin de horas pedaggicas en las instituciones educativaspblicas del nivel de educacin secundaria de la educacin bsica regular y delciclo avanzado de la educacin bsica alternativa para el periodo lectivo 2016"

    RESOLUCIN VICEMINISTERIAL N 081-2015-MINEDU

    Lima, 26 de noviembre de 2015

    VISTOS, el Oficio N 1404-2015-MINEDU/VMGPDIGEDD, el Informe N 374-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDDDITEN, yel Informe N 853-2015-MINEDU/SG-OGAJ;

    CONSIDERANDO:

    Que, el artculo 79 de la Ley N 28044, Ley General de Educacin,establece que el Ministerio de Educacin es elrgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la poltica de educacin, cultura,recreacin y deporte, en concordancia con la poltica general del Estado;

    Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artculo 80 de la referida Ley, el Ministerio de Educacin tiene comofuncin definir las polticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento de personal directivo, docente yadministrativo del sector e implementar la carrera pblica magisterial;

    Que, mediante Oficio N 1404-2015-MINEDU/VMGPDIGEDD, el Director General de la Direccin General deDesarrollo Docente solicita al Despacho Viceministerial de Gestin Pedaggica la aprobacin de las normas para laelaboracin y aprobacin del cuadro de distribucin de horas pedaggicas en las instituciones educativas pblicas delnivel de educacin secundaria de la educacin bsica regular y del ciclo avanzado de la educacin bsica alternativapara el periodo lectivo 2016; para tal efecto se adjunta el Informe N 374-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, enel cual se sustenta la necesidad para emitir las referidas normas;

    Que, el referido informe seala que el documento normativo propuesto constituye un instrumento tcnico decarcter administrativo y pedaggico que permitir determinar las horas efectivas de clase, el empleo de las horasde libre disponibilidad y la carga del personal directivo, jerrquico y docente, de acuerdo a las necesidades deaprendizaje de los estudiantes, en concordancia con el plan de estudios, el proyecto curricular institucional y elnmero de secciones por grado;

    De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N 25762, Ley Orgnica del Ministerio de Educacin, modificadopor la Ley N 26510; el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Educacin, aprobado por DecretoSupremo N 001-2015-MINEDU y la Resolucin Ministerial N 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva denominada"Elaboracin, aprobacin y tramitacin de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio deEducacin";

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.-Aprobar la Norma Tcnica denominada "Normas para la elaboracin y aprobacin del cuadro dedistribucin de horas pedaggicas en las instituciones educativas pblicas del nivel de educacinsecundaria de la educacin bsica regular y del ciclo avanzado de la educacin bsica alternativa para elperiodo lectivo 2016", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolucin.

    Artculo 2.-Encargar a lasDirecciones Regionales de Educacino las que hagan sus veces y a lasUnidades deGestin Educativa Local,la difusin e implementacin de la Norma Tcnica aprobada por el artculo anterior.

    Artculo 3.-Disponer la publicacin de la presente Resolucin y su Anexo, en elSistema de Informacin Jurdica deEducacin - SIJE,ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educacin (www.minedu.gob.pe), el mismo dade la publicacin de la presente Resolucin en el Diario Oficial "El Peruano".

    Regstrese, comunquese y publquese.

    FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRAViceministro de Gestin Pedaggica

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    NORMAS PARA LA ELABORACIN Y APROBACIN DEL CUADRO DE DISTRIBUCIN DE HORASPEDAGGICAS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PBLICAS DEL NIVEL DE EDUCACIN SECUNDARIADE LA EDUCACIN BSICA REGULAR Y DEL CICLO AVANZADO DE LA EDUCACIN BSICA ALTERNATIVA

    PARA EL PERIODO LECTIVO 2016

    I. FINALIDAD

    Establecer normas para la elaboracin y aprobacin del cuadro de distribucin de horas pedaggicas en lasinstituciones educativas pblicas del nivel de educacin secundaria de la Educacin Bsica Regular y del ciclo

    avanzado de la Educacin Bsica Alternativa para el periodo lectivo 2016.

    II. OBJETIVOS

    2.1.Uniformizar procedimientos para la elaboracin y aprobacin del cuadro de distribucin de horas pedaggicasde las reas curriculares, en las instituciones educativas pblicas del nivel de educacin secundaria de la EducacinBsica Regular, en las instituciones educativas comprendidas dentro de la Jornada Escolar Completa (JEC), en losCentros Rurales de Formacin en Alternancia (CRFA) y en los Centros de Educacin Bsica Alternativa (CEBA) -CicloAvanzado.

    2.2.Organizar y distribuir las horas pedaggicas en coherencia con el plan de estudios establecido en el proyectocurricular institucional y la pertinencia pedaggica, considerando la relacin de las especialidades de los docentes delnivel de educacin secundaria de la Educacin Bsica Regular, de las instituciones educativas comprendidas en laJEC, de los CRFA y de los CEBA -ciclo avanzado.

    2.3.Garantizar la adecuada asignacin de las horas de clase del plan de estudios institucional de los CRFA conformea la calificacin profesional del personal docente, y asegurar la prestacin de la asistencia pedaggica del personaldocente en los diferentes escenarios de aprendizaje de los estudiantes.

    2.4.Asegurar la presencia permanente y oportuna del personal directivo, jerrquico y docente desde el primer dadel ao lectivo/periodo promocional establecido para la institucin educativa.

    III. ALCANCE

    3.1.Ministerio deEducacin.

    3.2.Direcciones Regionales de Educacino las que hagan sus veces.

    3.3.Unidades de Gestin Educativa Local.

    3.4.Instituciones Educativas Pblicas del Nivel de Educacin Secundaria de la Educacin Bsica Regular, incluyendolas comprendidas en la JEC y los CRFA.

    3.5.Centros de Educacin Bsica Alternativa- ciclo avanzado.

    IV. BASE NORMATIVA

    4.1.Ley N 28044, Ley General de Educacin.

    4.2.Ley N 29944,Ley de Reforma Magisterial.

    4.3.Resolucin Ministerial N 0440-2008-ED, que aprueba el Diseo Curricular Nacional de Educacin BsicaRegular y su modificatoria.

    4.4.Resolucin Ministerial N 276-2009-ED, que aprueba el Diseo Curricular Bsico Nacional de Educacin BsicaAlternativa.

    4.5.Decreto Supremo N 304-2012-EF, que aprueba el Texto nico Ordenado de la Ley General del SistemaNacional de Presupuesto.

    4.6.Decreto Supremo N 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Educacin.

    4.7.Decreto Supremo N 016-2005-ED, dispone que las instancias de Gestin Educativa Descentralizada que tienennivel de Unidad Ejecutora deben de utilizar los sistemas denominados SIRA, SUP y NEXUS.

    4.8.Decreto Supremo N 004-2013-ED,que aprueba el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial y susmodificatorias.

    4.9.Resolucin Ministerial N 0427-2013-ED, que aprueba la Directiva N 020-2013-MINEDU/MGP-DIGEBAdenominada "Orientaciones para desarrollar la atencin Semi Presencial en los Centros de Educacin BsicaAlternativa".

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    4.10.Resolucin Ministerial N 451-2014-MINEDU, crean el modelo de servicio educativo "Jornada Escolar Completapara las instituciones educativas pblicas del nivel de educacin secundaria".

    4.11.Resolucin de Secretara General N 613-2014-MINEDU, aprueba Normas y Orientaciones para la organizaciny funcionamiento de la forma de atencin a distancia en el ciclo avanzado de los centros de Educacin BsicaAlternativa Pblicos y Privados.

    4.12.Resolucin de Secretara General N 1825-2014-MINEDU, aprueba la "Norma Tcnica denominada Normaspara el proceso de racionalizacin de plazas de personal docente, directivo y jerrquico en las instituciones

    educativas pblicas de Educacin Bsica y Tcnico Productiva".

    4.13.Resolucin de Secretara General N 1624-2014-MINEDU, que aprueba Lineamientos para la EducacinSecundaria en Alternancia.

    4.14.Norma Tcnica que regule el desarrollo del Ao Escolar 2016 en la Educacin Bsica.

    V. DISPOSICIONES GENERALES

    5.1. DEFINICIONES

    Cuadro de distribucin de horas pedaggicas:

    Es el instrumento tcnico administrativo-pedaggico de las instituciones educativas pblicas de Educacin Bsica

    Regular del nivel de educacin secundaria, de las instituciones educativas comprendidas en el modelo JEC, de losCRFA y de los CEBA -ciclo avanzado, en el cual se consigna la carga horaria del personal directivo, jerrquico ydocente, que se realiza en concordancia con el plan de estudios aprobado para el nivel, modalidad y forma deatencin educativa y en funcin a los grados de estudios y nmero de secciones que atiende la institucin educativaconforme al presupuesto aprobado.

    Plan de estudios:

    El plan de estudios es la organizacin y distribucin de las horas de clase destinadas a cada una de las reascurriculares/campos del conocimiento.

    Metas de atencin:

    Las metas de atencin son la proyeccin numrica de los estudiantes de las instituciones educativas a quienes sebrinda el servicio educativo, las cuales son determinadas de acuerdo al nmero de alumnos o estudiantes y elnmero de secciones/perifricos, de conformidad con las "Normas para el Proceso de Racionalizacin de plazas depersonal docente, directivo y jerrquico en las Instituciones Educativas de educacin bsica y tcnico productiva".

    5.2. APROBACIN DE LAS METAS DE ATENCIN

    5.2.1.Las metas de atencin de las instituciones educativas pblicas de Educacin Bsica Regular del nivel deeducacin secundaria, de las instituciones educativas comprendidas en el modelo JEC, de los CRFA y de los CEBA -ciclo avanzado sern determinadas por cada una de ellas; para tal efecto se deben tomar en cuenta los indicadoresestablecidos en el numeral 6.5.2 de las "Normas para el proceso de racionalizacin de plazas de personal docente,directivo y jerrquico en las Instituciones Educativas de educacin bsica y tcnico productiva".

    5.2.2.Para el inicio del ao lectivo y/o periodos promocionales, los cargos con los que cuenta la institucineducativa para la atencin del servicio educativo, deben estar debidamente presupuestados y formar parte delPresupuesto Analtico de Personal (PAP) aprobado para la institucin educativa, de acuerdo al detalle de los cargos

    presupuestados, segn su condicin. Dichos cargos deben registrarse en el anexo 01, 07 o 14, segn corresponda.

    5.3. COMISIN PARA LA ELABORACIN DEL CUADRO DE DISTRIBUCIN DE HORAS PEDAGGICAS ANIVEL DE LA INSTITUCIN EDUCATIVA.

    La propuesta del cuadro de distribucin de horas pedaggicas debe ser elaborada por una comisin conformada porel director de la institucin educativa del nivel de educacin secundaria de la Educacin Bsica Regular, de lasinstituciones educativas comprendidas en la JEC, CRFA; as como los CEBA -ciclo avanzado.

    5.3.1. COMPOSICIN:

    a. Institucin Educativa del Nivel Secundaria de la Educacin Bsica Regular (EBR1 e InstitucionesEducativas comprendidas en la JEC.

    -El director de la institucin educativa, quien la preside.-Un subdirector, quien acta como secretario.

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    De existir ms de un subdirector, ser seleccionado el que tenga mayor escala magisterial.

    En caso de igualdad de escala magisterial el servidor seleccionado ser el que cuente con mayor tiempo deservicios oficiales en la institucin educativa.

    De no existir subdirector ser reemplazado, en orden de prelacin, por un coordinador acadmico, miembro delpersonal jerrquico o profesor de mayor escala magisterial.

    En caso de igualdad de escala magisterial, el servidor seleccionado ser el que cuente con mayor tiempo deservicios oficiales en la institucin educativa.

    -Dos representantes de las y los profesores de la institucin educativa, elegidos por votacin de las y los profesoresnombrados.

    b. Centro Rurales de Formacin en Alternancia

    -El Director del Centro Rural de Formacin en Alternancia.

    -Dos representantes de los profesores de la institucin educativa, elegidos por votacin de sus pares.

    c. Centros de Educacin Bsica Alternativa -ciclo avanzado:

    -Director o subdirector del Centro de Educacin Bsica Alternativa, quien la preside.

    -El profesor que cuente con mayor escala magisterial; en caso de igualdad de escala, el servidor seleccionado serel que cuente con mayor tiempo de servicios oficiales en el cargo y finalmente el que cuente con mayor tiempo deservicios oficiales en el Centro de Educacin Bsica Alternativa.

    -Dos representantes de los profesores elegidos por votacin entre los profesores y profesoras nombradas, del cicloavanzado del CEBA.

    5.3.2. FUNCIONES:

    Las comisiones descritas en el numeral anterior tienen las siguientes funciones:

    a)Formular la propuesta del cuadro de distribucin de horas pedaggicas, de acuerdo al plan de estudios de lainstitucin educativa y al nmero autorizado de secciones por grado, presentado por el director de la institucineducativa del nivel de educacin secundaria de la Educacin Bsica Regular, de las instituciones educativascomprendidas en la JEC (en concordancia con el plan de estudios del modelo de servicio educativo), del CRFA y delCEBA - ciclo avanzado.

    b)Distribuir las horas pedaggicas de conformidad con los criterios establecidos en la presente norma tcnica, bajoresponsabilidad.

    c)Presentar conjuntamente con la propuesta del cuadro de distribucin de horas pedaggicas de las institucioneseducativas, los siguientes documentos:

    Proyecto Curricular Institucional actualizado.

    Presupuesto Analtico de Personal 2015, aprobado por el rea y/o Direccin de Gestin Institucional de laDireccin Regional de Educacin (DRE)y/o Unidad de Gestin Educativa Local (UGEL).

    Cuadro de Asignacin de Personal Docente con los reportes del Sistema de Administracin y Control de Plazas -

    Nexus, actualizado.

    Resolucin directoral, de reconocimiento de la comisin de cuadro de distribucin de horas pedaggicas de lainstitucin educativa.

    Acta de eleccin de los representantes de los profesores.

    5.4. COMISIN PARA LA EVALUACIN Y VALIDACIN DEL CUADRO DE DISTRIBUCIN DE HORASPEDAGGICAS A NIVEL DE LA UGEL O DRE.

    El director de la UGEL o de la DRE o la que haga sus veces, segn corresponda, conforma a la comisin encargadade la revisin y validacin de los proyectos de cuadros de distribucin de horas pedaggicas presentados por lasrespectivas comisiones constituidas a nivel de la institucin educativa (vase el numeral 5.3.1 de la presentenorma), la misma que estar integrada conforme se indica en el siguiente numeral:

    5.4.1. COMPOSICIN:

    a)Director/Jefe del rea de Gestin Pedaggica, quien lo preside.

    https://www.facebook.com/GUELEONCIOPRADOHmailto:[email protected]://www.educacionenred.pe/directorio-minedu-dre-gre-ugel/http://www.educacionenred.pe/directorio-minedu-dre-gre-ugel/http://www.educacionenred.pe/directorio-minedu-dre-gre-ugel/http://www.educacionenred.pe/directorio-minedu-dre-gre-ugel/http://www.educacionenred.pe/directorio-minedu-dre-gre-ugel/http://www.educacionenred.pe/directorio-minedu-dre-gre-ugel/http://www.educacionenred.pe/directorio-minedu-dre-gre-ugel/http://www.educacionenred.pe/directorio-minedu-dre-gre-ugel/mailto:[email protected]://www.facebook.com/GUELEONCIOPRADOH
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    b)Especialista Administrativo en Personal, quien acta como secretario.

    c)Especialista en Racionalizacin del rea de Gestin Institucional.

    d)Especialista en Finanzas y/o Presupuesto del rea de Gestin Institucional.

    e)Un Especialista en Educacin Bsica Regular del Nivel Secundaria; un Especialista en Seguimiento de GestinPedaggica para el monitoreo de las IIEE comprendidas en el modelo se servicio educativo Jornada EscolarCompleta; o un Especialista en Educacin Bsica Alternativa, segn corresponda.

    5.4.2. FUNCIONES:

    a)Convocar a los directores de las instituciones educativas del nivel de educacin secundaria de la Educacin BsicaRegular, de las instituciones educativas comprendidas en la JEC, de los CRFA y de los CEBA -ciclo avanzado.

    b)Elaborar y aprobar el cronograma que deben de cumplir las comisiones de las instituciones educativas (el cualcontempla las fases de formulacin, revisin y aprobacin del cuadro de distribucin de horas pedaggicas).

    c)Verificar la adecuada formulacin e informacin contenida en los proyectos de cuadro de distribucin de horaspedaggicas presentados por las comisiones constituidas a nivel de las instituciones educativas.

    d)Elaborar el proyecto de resolucin de aprobacin del cuadro de distribucin de horas debidamente revisado yvisado por los miembros integrantes del comit de la UGEL o DRE, y remitir al rea u oficina de personal de la UGEL

    o DRE el referido proyecto para su aprobacin mediante acto resolutivo.

    e)Presentar el informe correspondiente sobre los logros obtenidos, situaciones presentadas y sugerenciaspertinentes.

    f)Cumplir con las disposiciones establecidas en la presente norma tcnica.

    Los servidores que integran la comisin no pueden delegar sus funciones a otros servidores, bajo responsabilidad.

    5.5. CRITERIOS PARA LA FORMULACIN DEL CUADRO DE DISTRIBUCIN DE HORAS PEDAGGICAS

    5.5.1. La comisin conformada a nivel de la institucin educativa, segn sea el caso, formular el cuadro dedistribucin de horas pedaggicas, considerando el nmero de secciones y grados aprobados por resolucindirectoral en base al PAP aprobado y vigente, en concordancia con el plan de estudios correspondiente, debidamentefirmado por los integrantes de la comisin, segn el anexo que corresponda, para ello se debe tomar en cuenta larelacin de anexos detallados en el apartado VIII (Anexos) de la presente norma tcnica.

    5.5.2. La distribucin de horas pedaggicas de los profesores y profesoras de las instituciones educativas del nivelde educacin secundaria de la Educacin Bsica Regular y EBA se realiza de acuerdo al anexo 03, de la JEC serealiza conforme al anexo 09 y de los CRFA en virtud al anexo 14 segn corresponda, considerando el siguienteorden de prelacin:

    a)Personal Directivo.

    b)Personal Jerrquico.

    c)Personal Docente.

    5.5.3.A su vez, dentro de cada nivel y/o modalidad educativa, la distribucin de horas pedaggicas de las

    instituciones educativas del nivel de educacin secundaria de la Educacin Bsica Regular, de la JEC, de los CRFA yde los CEBA -ciclo avanzado (presencial, semipresencial y a distancia por reas curriculares), se realiza teniendo encuenta el ttulo profesional pedaggico y especialidad requerida para cada rea curricular/campo del conocimiento,de acuerdo al siguiente orden de prelacin:

    a. Para EBR Nivel Secundara y para el modelo del servicio de Jornada Escolar Completa.

    1.Escala Magisterial.

    2.Tiempo de servicios oficiales como docente en la carrera.

    3.Tiempo de servicios oficiales como docente en la institucin educativa, en el rea curricular correspondiente.

    b. Para Centros Rurales de Formacin en Alternancia:

    1.Escala Magisterial.

    2.Tiempo de servicios oficiales como docente en la carrera en educacin en alternancia.

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    c. Para Educacin Bsica Alternativa (EBA) Avanzado:

    1.Escala Magisterial.

    2.Tiempo de servicios oficiales como docente en la carrera.

    3.Tiempo de servicios oficiales como docente en el rea curricular en el ciclo avanzado de la Educacin BsicaAlternativa.

    La distribucin de horas pedaggicas en la forma de atencin semipresencial y a distancia, del ciclo avanzado deEBA, se organizan por campos del conocimiento (campo de ciencias y campo de humanidades), recaer en un soloprofesor por campo del conocimiento, de acuerdo a lo sealado en el numeral 6.4.1: Para EBA Avanzado:Semipresencial-A Distancia (Virtual/Itinerante por campos de conocimiento), de la presente norma tcnica.

    5.5.4.El t iempo de servicios oficiales como docente en la carrera se refiere al tiempo de servicios acreditados desdesu ingreso a la Carrera Pblica del Profesorado o Carrera Pblica Magisterial.

    No se tiene en cuenta el tiempo de servicios prestados como docente contratado, auxiliar de educacin, docente sinttulo pedaggico (interinos), labor en instituciones educativas del sector privado, ni los brindados en cargos de lacarrera administrativa, tampoco se considera los aos de formacin profesional.

    5.5.5.La comisin de elaboracin del cuadro de distribucin de horas pedaggicas de la institucin educativa,respetar la hora de tutora en la distribucin de horas pedaggicas, segn lo establecido en el artculo 39 del

    Reglamento de la Ley N 28044, Ley General de Educacin, aprobado por el Decreto Supremo N 011-2012-ED.

    5.5.6.La distribucin de horas pedaggicas en las instituciones educativas, debe considerar adems del orden deprelacin, la pertinencia y coherencia entre las disciplinas del rea curricular, la formacin que acredite el docente yla experiencia del docente en el rea curricular correspondiente, respetndose las horas pedaggicas asignadas a lasreas curriculares del plan de estudios para el nivel, modalidad y formas de atencin, las horas de libredisponibilidad establecidas por la institucin educativa.

    5.5.7.En el caso de las instituciones educativas sin jornada escolar completa, las cuatro (04) horas incrementadas ala jornada laboral de 24 horas (jornada inicialmente establecida) del profesor nombrado del nivel secundaria deeducacin bsica regular, en el marco de lo establecido en la Novena Disposicin Complementaria Transitoria y Finalde la Ley de Reforma Magisterial, no forman parte de la distribucin de las horas pedaggicas asignadas; por lo quecorresponde realizar la distribucin en el cuadro de horas de 24 horas pedaggicas. Sin perjuicio de ello las cuatro(04) horas restantes se consideran en el horario semanal del profesor, lo que implica permanencia del docente en lainstitucin educativa durante la semana (de lunes a viernes), encontrndose prohibido conceder da libre al profesor,bajo responsabilidad.

    5.5.8.Las cuatro (04) horas descritas en el prrafo anterior, se destinarn a las siguientes funciones:

    5.5.8.1Dos (02) horas para tareas de diseo, programacin, implementacin, ejecucin y evaluacin de actividadesde reforzamiento, nivelacin y recuperacin de los aprendizajes de los estudiantes que van quedando rezagados enel desempeo de sus competencias y capacidades en el marco del principio de equidad educativa. El horario dereforzamiento, nivelacin y recuperacin pedaggica se realizar en coordinacin con la direccin de la institucineducativa y con los padres de familia.

    5.5.8.2Dos (02) horas para las siguientes actividades, determinadas por el Director, en funcin a las demandasespecficas que se presentan en la institucin educativa:

    a)Planificar y evaluar en forma colegiada las unidades didcticas y sesiones de aprendizaje.

    b)Realizar asesora personalizada a los estudiantes en el rea de su competencia.

    c)Brindar atencin a la familia del estudiante, concertando entrevistas que permitan recoger informacin relevante,as como ofrecer pautas de intervencin.

    d)Apoyar al equipo directivo en el monitoreo y acompaamiento a sus pares en aula.

    e)Participar en procesos de planificacin, organizacin, ejecucin y evaluacin de actividades institucionales quefortalezcan y consoliden las relaciones entre la institucin educativa y la comunidad.

    f)Realizar investigacin diagnstica de la realidad de los estudiantes a nivel cognitivo, emocional y social.

    5.5.9.Para el cumplimiento de las actividades que realizarn los profesores del nivel de educacin secundaria,

    corresponder al Director de la institucin educativa organizar las actividades que desempearan los profesores enel incremento de la jornada laboral, el mismo que ser con permanencia en la institucin educativa, atendiendo lademanda de los estudiantes y las caractersticas sociales, econmicas -productivas del entorno de la institucineducativa.

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    5.5.10.Conforme a las necesidades e intereses de los estudiantes, las instituciones educativas del nivel desecundaria de la educacin bsica regular, pueden disponer ms de una hora de tutora, en el grado o grados que seconsideren necesarios. En las instituciones educativas comprendidas en la JEC, se establecen dos (02) horas detutora, las cuales se desarrollan de manera consecutiva, de acuerdo a su plan de estudios.

    5.5.11.Las instituciones educativas del nivel secundaria de la educacin bsica regular que participan de lasacciones de Fortalecimiento de la Educacin Fsica y el Deporte Escolar y aquellas instituciones educativascomprendidas en el modelo JEC, destinaran tres (03) horas de libre disponibilidad para el rea curricular deeducacin fsica, en el caso de que formen parte de las acciones del referido fortalecimiento.

    5.5.12.Las instituciones educativas pblicas que fueron colegios de variante tcnica harn uso de las horas de libredisponibilidad para el desarrollo del rea de educacin para el trabajo, si as lo determina su proyecto educativoinstitucional. Asimismo, solo si cuentan con la disponibilidad presupuestal podrn realizar el desdoblamiento dehoras, para ello se organizarn en dos grupos de trabajo por cada seccin, considerando como mximo 20estudiantes por cada grupo del rea curricular de educacin para el trabajo. Cuando existen talleres, en una mismahora o grupo de horas trabajan dos docentes cada uno se har cargo de un grupo de estudiantes.

    5.5.13.El director de la institucin educativa del nivel de educacin secundaria de la Educacin Bsica Regular, ascomo de la JEC, del CRFA y de los CEBA - ciclo avanzado, con la resolucin que aprueba el cuadro de distribucin dehoras pedaggicas, elabora el horario de clase con la participacin de los representantes de los docentes. El horariode clases se elaborar teniendo en cuenta las disposiciones correspondientes establecidas en la norma tcnica queregule el desarrollo del Ao Escolar 2016 en la educacin bsica.

    5.5.14.Las 6 horas adicionales a favor de los profesores contratados que laboran en los CRFA sern destinadas parala atencin de estudiantes mediante la tutora personalizada, revisin y correccin del plan de investigacin, trabajode orientacin con la familia, revisin de proyectos productivos y monitoreo (visita) a la unidad productiva delestudiante, a fin de cumplir con el plan de estudios vigente.

    5.5.15.El personal docente contratado por reemplazo del personal titular (con licencia, encargo, sancin,designacin o destaque) asume las horas pedaggicas designadas al profesor titular en el cuadro de distribucin dehoras pedaggicas sin modificacin alguna, al da siguiente de efectuarse la accin de movimiento de personal.

    5.5.16.El cuadro de distribucin de horas pedaggicas, aprobado mediante acto resolutivo debe adecuarseobligatoriamente a los anexos, segn corresponda, que forman parte de la presente norma tcnica, para el nivelsecundaria de EBR, JEC, CRFA y EBA ciclo avanzado, en particular se debe tomar en cuenta el detalle formulado enel apartado VIII (Anexos), de la presente norma tcnica.

    5.5.17.En caso el profesor acredite ms de un ttulo pedaggico, ttulo de segunda especialidad profesional o ttuloprofesional tcnico en la especialidad requerida, podr solicitar indistintamente (considerando su orden de prelacinsegn el numeral 5.5.3 y prioridad de acuerdo a las especialidades sealadas en los procedimientos, criterios yprecisiones en los numerales 6.1.1; 6.2.1; 6.3.1 y 6.4.1) las horas pedaggicas de cualquier especialidad de lasreas curriculares para los cuales acredita el requisito.

    5.5.18.Los profesores y profesoras que tengan ms de una mencin (especialidad) en su ttulo pedaggico podrnacceder, en la asignacin de horas pedaggicas indistintamente a cualquiera de las reas curriculares que leacrediten dichas especialidades, considerando su orden de prelacin segn el numeral 5.5.3 y prioridad de acuerdo alas especialidades sealadas en los numerales 6.1.1; 6.2.1; 6.3.1 y 6.4.1) para los cuales acredite el requisito.

    5.5.19.El personal directivo titular o encargado con 10 o menos secciones del nivel secundaria de la EducacinBsica Regular necesariamente asumir doce (12) horas pedaggicas de dictado de clase en el rea curricular queacredite su ttulo o especialidad, exceptundose de dicha disposicin a los directores titulares o encargados a cargode instituciones educativas que aplican el modelo del servicio educativo Jornada Escolar Completa.

    5.5.20.Las plazas vacantes y las horas pedaggicas para cubrir las metas de atencin, se registran luego de ladistribucin de horas pedaggicas efectuada al personal nombrado, agrupando las especialidades por reascurriculares, las que sern asignadas al personal contratado segn la norma tcnica para el concurso pblico decontratacin de docentes en instituciones educativas pblicas correspondientes.

    5.5.21.En caso de excedencia de personal, el proceso de racionalizacin se realiza de acuerdo al procedimientoestablecido en las "Normas tcnica para el proceso de racionalizacin de plazas de personal docente, directivo yjerrquico en las instituciones educativas pblicas de Educacin Bsica y Tcnico Productiva". Las plazas excedentesdebern ser sealadas segn el formato establecido en el anexo 04 para EBR nivel secundaria, CRFA, EBA - cicloavanzado y el anexo 10 (para JEC), segn corresponda.

    5.5.22.Las resoluciones directorales que aprueben el cuadro de distribucin de horas pedaggicas de lasinstituciones educativas que no cuenten con la certificacin presupuestal concordante con el (PAP), no surten efectos

    y genera responsabilidad.5.6. APROBACIN DEL CUADRO DE DISTRIBUCIN DE HORAS PEDAGGICAS

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    5.6.1.Las fases del cronograma descritas en el literal b) del numeral 5.4.2 de la presente norma y la expedicin dela resolucin de aprobacin del cuadro de distribucin de horas pedaggicas de las instituciones educativas del nivelde educacin secundaria de la Educacin Bsica Regular, de la JEC, de los CRFA y de CEBA -ciclo avanzado,efectuado por la UGEL, DRE o quien haga sus veces, segn corresponda, no deben de efectuarse con posterioridad al10 enero de cada ao.

    5.6.2.Una vez culminada la revisin y validacin de los cuadros de distribucin de horas pedaggicas por parte dela comisin de la DRE o UGEL, segn corresponda, remite al rea y/o equipo de personal de la DRE/UGEL losanteproyectos de cuadro de distribucin de horas pedaggicas de las instituciones educativas del nivel de educacinsecundaria de la educacin bsica regular, de la JEC, de los CRFA y de los CEBA -ciclo avanzado, con el visto bueno

    correspondiente para su aprobacin mediante acto resolutivo por parte de la DRE y/o UGEL.

    5.6.3.Una vez aprobado mediante acto resolutivo el cuadro de distribucin de horas pedaggicas por la DRE y/oUGEL, segn corresponda, dicho cuadro no se podr reajustar o modificar. Solo por excepcin, las institucioneseducativas que tienen una reduccin de metas de atencin podrn modificar el cuadro de distribucin de horaspedaggicas, indicndose la excedencia correspondiente en los anexos 04 y 10, segn corresponda.

    5.6.4.Por incremento de metas de atencin no procede reajustar o modificar el cuadro de distribucin de horaspedaggicas, ya que el referido cuadro se encuentra en funcin al PAP aprobado y vigente de cada institucineducativa.

    5.6.5.En caso no se hubiese realizado modificacin alguna en el cuadro de distribucin de horas pedaggicasrespecto al ao 2015, la comisin conformada en la UGEL o DRE, segn corresponda, remite al rea y/o equipo depersonal el anteproyecto con el sustento respectivo, para la aprobacin del referido cuadro mediante acto

    resolutivo.

    5.6.6.Para proceder con el proceso de contratacin en instituciones educativas de EBR Nivel Secundaria y EBA -ciclo avanzado, la oficina o rea de administracin de la instancia de gestin educativa descentralizadacorrespondiente que tienen la condicin de unidad ejecutora, a travs del especialista administrativo de personal,debe cumplir obligatoriamente con el instructivo para la carga del cuadro de distribucin de horas pedaggicas en elSistema de Administracin y Control de Plazas - NEXUS, en el marco de lo que dispone el Decreto Supremo N 016-2005-ED; el cual debe ser elaborado utilizando como nica herramienta la resolucin del cuadro de distribucin dehoras pedaggicas aprobado.

    5.6.7.Las profesoras y profesores nombrados de las instituciones educativas del nivel de educacin secundaria de laEducacin Bsica Regular, as como de las instituciones educativas comprendidas en la JEC, de los CRFA y de CEBA -ciclo avanzado, que se desplacen va reasignacin, permuta, destaque u otro, con posterioridad a la aprobacin delcuadro de distribucin de horas pedaggicas, asumirn las horas establecidas para dichas plazas durante el periodolectivo correspondiente y al da siguiente del desplazamiento del titular.

    Para los referidos desplazamientos no se aplica el orden de precedencia, ni el orden de prelacin establecido en losnumerales 5.5.2 y 5.5.3 de la presente norma tcnica.

    VI. DISPOSICIONES ESPECFICAS

    6.1. PROCEDIMIENTOS, CRITERIOS Y PRECISIONES DE LA EDUCACIN BSICA REGULAR- NIVELSECUNDARIA.

    6.1.1.Las instituciones educativas del nivel de educacin secundaria de la Educacin Bsica Regular, formularn sucuadro de distribucin de horas pedaggicas conforme a las siguientes especificaciones:

    Para Educacin Bsica Regular nivel Secundaria

    REA CURRICULARPROFESORES 0 LICENCIADOS EN EDUCACIN CON MENCIN EN LAESPECIALIDAD DE (*):

    MATEMTICA MATEMTICA

    COMUNICACIN COMUNICACIN LENGUA Y LITERATURA

    INGLS INGLS

    ARTE EDUCACIN POR EL ARTE ARTE ARTSTICA

    HISTORIA, GEOGRAFA YECONOMA

    HISTORIA GEOGRAFA ECONOMA O AFINES

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    CIENCIAS SOCIALES

    FORMACIN CIUDADANA YCVICA

    CIENCIAS SOCIALES EDUCACIN CVICA HISTORIA GEOGRAFA

    PERSONA, FAMILIA YRELACIONES HUMANAS

    PSICOLOGA. FILOSOFA EDUCACIN FAMILIAR

    CIENCIAS SOCIALES HISTORIA GEOGRAFA ORIENTACIN Y BIENESTAR DEL EDUCANDO PERSONA, FAMILIA Y RELACIONES HUMANAS

    EDUCACIN RELIGIOSA

    EDUCACIN RELIGIOSA 0 TTULO PEDAGGICO EN CUALQUIERMODALIDAD, NIVEL Y ESPECIALIDAD QUE ACREDITE ADEMS ESTUDIOSEN UNA ESCUELA SUPERIOR DE EDUCACIN RELIGIOSA - ESER SE REQUIERE ADEMS LA AUTORIZACIN DE LA ODEC DE SUJURISDICCIN

    EDUCACIN FSICA EDUCACIN FSICA

    CIENCIA,TECNOLOGA YAMBIENTE

    CIENCIAS NATURALES

    BIOLOGA FSICA QUMICA

    EDUCACIN PARA ELTRABAJO

    TTULO PEDAGGICO EN LA ESPECIALIDAD O DOCENTE CON TTULOPEDAGGICO DE CUALQUIER MODALIDAD, NIVEL Y ESPECIALIDAD, QUEACREDITE ADEMS COMO MNIMO TTULO PROFESIONAL TCNICO EN LAESPECIALIDAD REQUERIDA

    TUTORA Y ORIENTACINEDUCATIVA

    UN DOCENTE CON TTULOPEDAGGICO QUE PERTENEZCA A CUALQUIERESPECIALIDAD.

    (*)El orden de las especialidades listadas para cada rea curricular no indica prelacin.

    6.1.2.Considerando que el estudiante construye sus conocimientos y el docente requiere mediar los aprendizajes delos estudiantes a partir de sus diferencias individuales, deber programarse en el horario escolar dos (02) horaspedaggicas secuenciales como mnimo, en todas las reas curriculares de EBR secundaria. El rea de Educacinpara el Trabajo se desarrollar a travs de un solo bloque de horas consecutivas, para permitir el desarrollo de lasactividades y estrategias propias de dicha rea que exigen continuidad en la ejecucin de sus proyectos.

    6.1.3.En el rea de educacin para el trabajo en EBR secundaria, con la finalidad de lograr las competenciasprevistas en el currculo, los tres (03) organizadores de capacidades: (Gestin de Procesos, Ejecucin de Procesos,Comprensin y Aplicacin de Tecnologas), debern ser desarrolladas por un solo docente. Por ningn motivo,podrn ser desarrolladas de forma separada por diferentes docentes. Las Unidades de Gestin Educativa Localdebern verificar el cumplimiento de esta disposicin desde la elaboracin del cuadro de horas.

    6.1.4.A los profesores nombrados del nivel secundaria de Educacin Bsica Regular, por ningn motivo se le

    asignar una jornada laboral menor de 28 horas, en el cual se incluye las cuatro (04) horas de incremento dejornada laboral. Dichos profesores podrn extender su jornada laboral hasta un mximo de dos (02) horasadicionales mediante contrato para completar el plan de estudios, siempre y cuando la necesidad del servicio lojustifique y se cuente con la disponibil idad presupuestal, considerndose como mximo treinta (30) horas de jornadade trabajo.

    6.1.5.Las horas de libre disponibilidad en EBR debern ser asignadas de acuerdo a las prioridades establecidas enel proyecto curricular institucional de la institucin educativa.

    6.1.6.El personal jerrquico de la instituciones educativas tiene asignada una jornada de trabajo de cuarenta (40)horas pedaggicas semanal - mensual, distribuidas en los turnos de funcionamiento de la institucin educativa.Tienen a su cargo el dictado obligatorio de doce (12) horas de clase, las cuales forman parte de su jornada detrabajo.

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    6.2. PROCEDIMIENTOS, CRITERIOS Y PRECISIONES DE LA EDUCACIN BSICA REGULAR NIVELSECUNDARIA - INSTITUCIONES EDUCATIVAS COMPRENDIDAS EN LA JORNADA ESCOLAR COMPLETA -JEC.

    6.2.1.Las instituciones educativas del nivel de educacin secundaria de la Educacin Bsica Regular comprendidasen la JEC formularn su cuadro de distribucin de horas pedaggicas conforme a las siguientes especificaciones:

    Instituciones Educativas (II.EE) comprendidas en la JEC

    REA CURRICULARPROFESORES 0 LICENCIADOS EN EDUCACIN CONMENCIN EN LA ESPECIALIDAD DE (*):

    MATEMTICA MATEMTICA

    COMUNICACIN COMUNICACIN LENGUA Y LITERATURA

    INGLS INGLS

    ARTE EDUCACIN POR EL ARTE ARTE

    ARTSTICA

    HISTORIA, GEOGRAFA YECONOMA

    HISTORIA GEOGRAFA ECONOMA O AFINES CIENCIAS SOCIALES

    FORMACIN CIUDADANAY CVICA

    CIENCIAS SOCIALES EDUCACIN CVICA HISTORIA GEOGRAFA

    PERSONA, FAMILIA YRELACIONES HUMANAS

    PSICOLOGA.

    FILOSOFA EDUCACIN FAMILIAR CIENCIAS SOCIALES HISTORIA GEOGRAFA ORIENTACIN Y BIENESTAR DEL EDUCANDO PERSONA, FAMILIA Y RELACIONES HUMANAS

    EDUCACIN RELIGIOSA

    EDUCACIN RELIGIOSA 0 TTULO PEDAGGICO ENCUALQUIER MODALIDAD, NIVEL Y ESPECIALIDAD QUEACREDITE ADEMS ESTUDIOS EN UNA ESCUELA SUPERIOR

    DE EDUCACIN RELIGIOSA - ESER SE REQUIERE ADEMS LA AUTORIZACIN DE LA ODEC DESU JURISDICCIN

    EDUCACIN FSICA EDUCACIN FSICA

    CIENCIA,TECNOLOGA YAMBIENTE

    CIENCIAS NATURALES BIOLOGA FSICA QUMICA

    EDUCACIN PARA EL

    TRABAJO

    TTULO PEDAGGICO EN LA ESPECIALIDAD O DOCENTECON TTULO PEDAGGICO DE CUALQUIER MODALIDAD,

    NIVEL Y ESPECIALIDAD, QUE ACREDITE ADEMS COMOMNIMO TTULO PROFESIONAL TCNICO EN LAESPECIALIDAD REQUERIDA

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    TUTORA Y ORIENTACINEDUCATIVA

    UN DOCENTE CON TTULO PEDAGGICO QUEPERTENEZCA A CUALQUIER ESPECIALIDAD.

    (*)El orden de las especialidades listadas para cada rea curricular no indica prelacin.

    6.2.2.El plan de estudios de las IIEE comprendidas en la JEC considera las siguientes reas curriculares, en el cualse determina las horas semanales por grado, que deben de considerar de acuerdo a la siguiente especificaciones:

    reas curricularesHoras semanales por grado

    1 2 3 4 5

    Matemtica 6 6 6 6 6

    Comunicacin 5 5 5 5 5

    Ingls 5 5 5 5 5

    Arte 2 2 2 2 2Historia, Geografa y Economa 3 3 3 3 3

    Formacin Ciudadana y Cvica 3 3 3 3 3

    Persona Familia y Relaciones Humanas 2 2 2 2 2

    Educacin Fsica 2 2 2 2 2

    Educacin Religiosa 2 2 2 2 2

    Ciencia Tecnologa y Ambiente 5 5 5 5 5

    Educacin para el Trabajo 3 3 3 3 3

    Tutora y Orientacin Educativa 2 2 2 2 2Horas libre disponibilidad 5* 5* 5* 5* 5*

    Total de horas 45 45 45 45 45

    Distribucin de las horas de libre disponibilidad Las instituciones educativas que cuentan con talleres equipados, personal docente de lasespecialidades ocupacionales que ofertan, o tienen convenio con un centro de educacin tcnico

    productiva destinarn las horas de libre disponibilidad para el rea curricular de educacin para eltrabajo.- Las instituciones educativas que participan de las acciones de fortalecimiento de la educacin fsica yel deporte escolar destinaran tres (3) horas de libre disponibilidad para el rea de educacin fsica.

    - las instituciones educativas fortalecern las reas curriculares en las que los estudiantes tienen mayoresdificultades de aprendizaje

    6.2.3.Los docentes nombrados del nivel de educacin secundaria de la Educacin Bsica Regular, que laboren eninstituciones educativas pblicas que se encuentren comprendidos en la JEC, segn las reas curriculares tendrnuna jornada laboral de 30 horas pedaggicas semanales, de las cuales hasta veintisis (26) horas pedaggicas serndestinadas al trabajo en aula de acuerdo al plan de estudios, incrementndose cuatro (04) horas para la atencin deestudiantes y padres de familia, para garantizar el trabajo colegiado y para la elaboracin de materiales y revisinde logros de estudiantes.

    6.2.4.Los coordinadores pedaggicos comprendidos en el marco de la JEC, asumen una carga de 30 horaspedaggicas semanales de las cuales doce (12) horas pedaggicas de trabajo se desarrollan en aula y las horasrestantes se utilizan para realizar labor de acompaamiento pedaggico y fortalecimiento del trabajo colegiado.

    6.2.5.Los coordinadores de orientacin y bienestar del educando o de actividades y promocin educativa comunal(cargos con jornada laboral de 40 horas pedaggicas, que debieron ser adecuados dentro del marco del proceso de

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    racionalizacin como coordinador de la disciplina escolar y tutora educativa), asumen las funciones de coordinadorde tutora en el marco de la JEC y t ienen a su cargo doce (12) horas pedaggicas de dictado obligatorio de clase.

    Los profesores que asumen la funcin de coordinador de tutora, por encargo de funciones, en el marco de la JEC,tienen una jornada laboral de treinta (30) horas pedaggicas, de las cuales destinar doce (12) horas pedaggicaspara el desarrollo de sesiones de aprendizaje y las horas restantes sern utilizadas para realizar la labor deacompaamiento a los docentes tutores y fortalecer la atencin tutorial integral.

    6.2.6.La cantidad de coordinadores en cada institucin educativa comprendida en la JEC estn en relacin a lacantidad de secciones, se distribuirn considerando el siguiente cuadro:

    INSTITUCIONESEDUCATIVAS

    DIRECTOR SUBDIRECTORCOORDINADORESPEDAGOGICOS

    COORDINADORDE TUTORIA

    DE 7 A MENOSSECCIONES

    1 Coordinador de acuerdo alas reas curriculares afines.

    1

    DE 8 A12SECCIONES

    12 Coordinadores de acuerdoa las reas curricularesafines.

    1

    DE 13 a 19SECCIONES

    13 Coordinadores de acuerdoa las reas curricularesafines.

    1

    DE 20 A 25SECCIONES

    1 14 Coordinadores de acuerdoa las reas curricularesafines.

    1

    DE 26 A 32SECCIONES

    1 15 Coordinadores de acuerdoa las reas curricularesafines.

    2

    DE 33 A 39 1 1

    6 Coordinadores de acuerdo

    a las reas curricularesafines.

    2

    DE 40 A 55SECCIONES

    1 27 Coordinadores de acuerdoa las reas curricularesafines.

    2

    *En el marco de las "Normas para el proceso de racionalizacin de plazas de personal docente, directivo yjerrquico en las instituciones educativas pblicas de Educacin Bsica y Tcnica Productiva".

    6.2.7.El personal directivo de las instituciones educativas comprendidas en el modelo del servicio educativo conJornada Escolar Completa, no asumen horas pedaggicas para el desarrollo de sesiones de aprendizaje, excepto los

    profesores que asuman el cargo de director por encargo de funciones.

    6.3.PROCEDIMIENTOS, CRITERIOS Y PRECISIONES DE LA EDUCACIN BSICA REGULAR NIVEL SECUNDARIA -CENTROS RURALES DE FORMACIN EN ALTERNANCIA.

    6.3.1.Los CRFA, formularn su cuadro de distribucin de horas pedaggicas conforme a las siguientesespecificaciones:

    Para los Centros Rurales de Formacin en Alternancia.

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    REA CURRICULAR TTULOS Y ESPECIALIDADES PEDAGGICAS

    MATEMTICA MATEMTICA

    COMUNICACIN COMUNICACIN LENGUA Y LITERATURA

    INGLS INGLS

    ARTE

    EDUCACIN POR EL ARTE

    ARTE ARTSTICA

    HISTORIA,GEOGRAFA YECONOMA

    HISTORIA GEOGRAFA ECONOMA 0 AFINES CIENCIAS SOCIALES

    REA CURRICULAR TTULOS Y ESPECIALIDADES PEDAGGICAS

    FORMACIN

    CIUDADANA YCVICA

    CIENCIAS SOCIALES EDUCACIN CVICA HISTORIA GEOGRAFA

    PERSONA, FAMILIA YRELACIONESHUMANAS

    PSICOLOGA FILOSOFA EDUCACIN FAMILIAR CIENCIAS SOCIALES HISTORIA GEOGRAFA ORIENTACIN Y BIENESTAR DEL EDUCANDO PERSONA, FAMILIA Y RELACIONES HUMANAS

    EDUCACINRELIGIOSA

    EDUCACIN RELIGIOSA 0 TTULO PEDAGGICOEN CUALQUIERMODALIDAD, NIVEL Y ESPECIALIDAD QUE ACREDITE ADEMSESTUDIOS EN UNA ESCUELA SUPERIOR DE EDUCACINRELIGIOSA - ESER SE REQUIERE ADEMS LA AUTORIZACIN DE LA ODEC DE SUJURISDICCIN

    EDUCACIN FSICA EDUCACIN FSICA

    CIENCIA,TECNOLOGA YAMBIENTE

    CIENCIAS NATURALES BIOLOGA FSICA

    QUMICA

    EDUCACIN PARA ELTRABAJO

    TTULO PEDAGGICO EN LA ESPECIALIDAD O DOCENTE CONTTULO PEDAGGICO DE CUALQUIER MODALIDAD, NIVEL YESPECIALIDAD, QUE ACREDITE ADEMS COMO MNIMO TTULOPROFESIONAL TCNICO EN LA ESPECIALIDAD REQUERIDA 0TTULO PROFESIONAL TCNICO.

    (*)El orden de las especialidades listadas para cada rea curricular no indica prelacin.

    Los talleres sern desarrollados por el equipo docente.

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    6.3.2.La distribucin de horas de clase debe considerar la pertinencia y coherencia entra la naturaleza del rea otaller y la formacin que los profesores tienen, logrndose que se asignen las sesiones de aprendizaje al profesionalmejor calificado para el desempeo de las reas y talleres del plan de estudios.

    6.4. PROCEDIMIENTOS, CRITERIOS Y PRECISIONES DE LA EDUCACIN BSICA ALTERNATIVA - CICLOAVANZADO - EBA

    6.4.1.Los CEBA -ciclo avanzado, formularn su cuadro de distribucin de horas pedaggicas conforme a lassiguientes especificaciones:

    A. Para EBA Avanzado - Presencial (reas curriculares)/A distancia (Virtual/ltinerante por reascurriculares)

    REA CURRICULARPROFESORES O LICENCIADOS EN EDUCACIN CON MENCINEN LA ESPECIALIDAD DE: (*)

    MATEMTICA MATEMTICA

    COMUNICACININTEGRAL

    COMUNICACIN LENGUA Y LITERATURA

    IDIOMA EXTRANJERO(INGLS) 0 LENGUAORIGINARIA

    INGLS QUECHUA

    CIENCIAS SOCIALES

    CIENCIAS SOCIALES HISTORIA GEOGRAFA EDUCACIN CVICA PSICOLOGA

    FILOSOFA ECONOMA 0 AFINES

    EDUCACIN RELIGIOSA

    EDUCACIN RELIGIOSA O TTULO PEDAGGICO ENCUALQUIER MODALIDAD, NIVEL Y ESPECIALIDAD QUEACREDITE ADEMS ESTUDIOS EN UNA ESCUELA SUPERIORDE EDUCACIN RELIGIOSA - ESER SE REQUIERE ADEMS LA AUTORIZACIN DE LA ODEC DESU JURISDICCIN

    CIENCIA, AMBIENTE Y

    SALUD

    CIENCIAS NATURALES BIOLOGA

    FSICA QUMICA

    EDUCACIN PARA ELTRABAJO

    TTULO PEDAGGICO EN LA ESPECIALIDAD O DOCENTE CONTTULO PEDAGGICO DE CUALQUIER MODALIDAD, NIVEL YESPECIALIDAD, QUE ACREDITE ADEMS COMO MNIMOTTULO PROFESIONAL TCNICO EN LA ESPECIALIDADREQUERIDA

    (*)El orden de las especialidades listadas para cada rea curricular no indica prelacin.

    B. Para EBA Avanzado: Semipresencial (Campos del conocimiento) - A Distancia (Virtual/itinerante porcampos del conocimiento).

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    CAMPOS DEL CONOCIMIENTOPROFESOR O LICENCIADO EN EDUCACIN CONMENCIN EN LA ESPECIALIDAD DE: (*)

    Ciencias (**)Matemtica

    Fsica

    (Matemtica y Ciencia, Ambiente y Salud)Ciencias NaturalesBiologa

    Qumica

    Humanidades (***)Comunicacin

    Lengua y Literatura

    (Comunicacin Integral, Ciencias Sociales

    y Educacin Religiosa)

    Ciencias Sociales

    Historia

    Geografa

    Educacin Cvica

    Psicologa

    Filosofa

    Economa o afines

    (*)El orden de las especialidades listadas para cada campo del conocimiento no indica prelacin.

    (**) (***)Cada campo del conocimiento ser atendido por un solo profesor.

    6.4.2.A los profesores nombrados de la especialidad de Educacin Artstica y de Educacin Fsica se le asignar una(01) hora en el Cuadro de Distribucin de Horas Pedaggicas en las reas Curriculares de Comunicacin Integral yCiencia, Ambiente y Salud respectivamente.

    6.4.3.En EBA ciclo avanzado, los plazos de presentacin del cuadro de distribucin de horas pedaggicas tendrnen cuenta la organizacin de los perodos promocionales por formas de atencin (presencial, semipresencial y adistancia), pudiendo ser en la forma de atencin presencial un periodo promocional, en la forma de atencinsemipresencial hasta dos (2) periodos promocionales y en la forma de atencin a distancia hasta dos (2) periodospromocionales por ao acadmico.

    6.4.4.El personal directivo titular o encargado de funciones directivas asumir doce (12) horas pedaggicassemanal/mensual de dictado de clase en el rea curricular que acredite su ttulo o especialidad, cuando el CEBAtenga menos de diez (10) secciones, incluido perifricos en la Educacin Bsica Alternativa.

    6.4.5.En el ciclo avanzado de EBA, el horario de atencin se programar de lunes a domingo y en turnos demaana, tarde y noche.

    6.4.6.En la EBA, las horas de libre disponibilidad se dispondrn en horarios alternos, destinados preferentemente aldesarrollo de proyectos educativos destinados a la complementacin de matemtica, comunicacin integral y alcomponente de formacin tcnica del rea curricular de educacin para el trabajo.

    VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

    7.1.Las situaciones no previstas en la presente norma tcnica sern absueltas por la Direccin General deEducacin Bsica Regular-DIGEBR, Direccin de Educacin Secundaria-DES, Direccin General de DesarrolloDocente-DIGEDD, Direccin Tcnico Normativa de Docentes-DITEN, Direccin Educacin Bsica Alternativa-DEBA yde la Direccin de Servicios Educativos en el mbito Rural-DISER, a solicitud de las Direcciones Regionales deEducacin, las Unidades de Gestin Educativa Local y las instituciones educativas, segn corresponda.

    7.2.Los contratos eventuales para las instituciones educativas del nivel de secundaria de la Educacin BsicaRegular, para los Centros Rurales de Formacin en Alternancia y para el ciclo avanzado de la Educacin BsicaAlternativa, en el marco de lo dispuesto en la presente norma tcnica, sern atendidos por los Gobiernos Regionalesen caso exista disponibilidad presupuestal, conforme a la normatividad vigente sobre esta materia.

    VIII. ANEXOS

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    Educacin Bsica Regular:

    Anexo 01 : Variables para Elaboracin del Cuadro de Distribucin de Horas Pedaggicas del Nivel Secundaria de laEBR/EBA

    Anexo 02 : Distribucin de Horas Pedaggicas por Grados - Segn Plan de Estudios -E.B.R. Nivel Secundaria/EBA

    Anexo 03 : Cuadro de Distribucin de Horas Pedaggicas del Nivel Secundaria de EBR/EBA

    Anexo 04 : Plazas excedentes ocupadas y/o vacantes por reubicar para EBR - Nivel Secundaria, CRFA Y EBA

    Anexo 05 : Resumen del Cuadro de Distribucin de Horas Pedaggicas del Nivel Secundaria de EBR/EBA

    Anexo 06 : Plan de Estudios del Nivel Secundaria de la Educacin Bsica Regular.

    Jornada Escolar Completa:

    Anexo 07 : Variables para Elaboracin del Cuadro de Distribucin de Horas Pedaggicas - con Jornada EscolarCompleta-JEC.

    Anexo 08 : Distribucin de Horas Pedaggicas por Grados - Segn Plan de Estudio del Modelo de Servicio EducativoEBR Nivel Secundaria con Jornada Escolar Completa -JEC.

    Anexo 09 : Cuadro de Distribucin de Horas Pedaggicas segn Plan de Estudio del Modelo de Servicio EducativoEBR Nivel Secundaria con Jornada Escolar Completa - JEC.

    Anexo 10 : Plazas excedentes ocupadas y/o vacantes por reubicar -Jornada Escolar Completa -JEC.

    Anexo 11 : Resumen del Cuadro de Distribucin de Horas Pedaggicas segn Plan de Estudio del Modelo de ServicioEducativo EBR Nivel Secundaria con Jornada Escolar Completa - JEC.

    Centros Rurales de Formacin en Alternancia

    Anexo 12 : Distribucin de Horas por Grados segn Plan de Estudios Alternancia

    Anexo 13 : Variables para la Elaboracin del Cuadro de Horas de Clase

    Anexo 14 : Cuadro de Distribucin de Horas de Clase - CRFA

    Anexo 15 : Resumen del Cuadro de Distribucin de Horas de Clase

    Educacin Bsica Alternativa:

    Anexo 16 : Distribucin de Horas Pedaggicas por Grados: Ciclo Avanzado - Presencial

    Anexo 17-A : Distribucin de Horas Pedaggicas por Grados: Ciclo Avanzado

    Anexo 17-B : - Semipresencial. (Un periodo promocional al ao) Distribucin de Horas Pedaggicas por Grados:Ciclo Avanzado- Semipresencial. (Dos periodos promocionales al ao)

    Anexo 18-A : Distribucin de Horas para el acompaamiento virtual por grados: Ciclo Avanzado - A Distancia (Virtualpor reas curriculares)

    Anexo 18-B : Distribucin de Horas Pedaggicas por Grados: Ciclo Avanzado - A Distancia. (Virtual por campos delconocimiento, un periodo promocional al ao)

    Anexo 18-C : Distribucin de Horas Pedaggicas por Grados: Ciclo Avanzado - A Distancia^ Virtual por campos delconocimiento, dos periodos promocionales al ao)

    Anexo 19-A : Distribucin de Horas Pedaggicas por Grados: Ciclo Avanzado - A Distancia. (Itinerante por reascurriculares)

    Anexo 19-B : Distribucin de Horas Pedaggicas por Grados: Ciclo Avanzado - A Distancia. (Itinerante por camposdel conocimiento, un periodo promocional al ao)

    Anexo 19-C : Distribucin de Horas Pedaggicas por Grados: Ciclo Avanzado - A Distancia. (Itinerante por campos

    del conocimiento, dos periodos promocionales al ao)

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    ANEXO N 01

    Variables para la elaboracin del Cuadro de Distribucin de Horas Pedaggicas del Nivel Secundario de laE.B.R./E.B.A.

    ANEXO N 02

    Distribucin de Horas Pedaggicas por Grados - Segn Plan de Estudios EBR/EBA

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    ANEXO N 03

    Cuadro de Distribucin de Horas Pedaggicas del Nivel Secundaria de EBR/EBA

    INSTITUCIN EDUCATIVA:

    NIVEL/PROGRAMA:

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    ANEXO N 04

    PLAZAS EXCEDENTES OCUPADAS Y/O VACANTES POR REUBICAR PARA EBR - NIVEL SECUNDARIA, CRFAY EBA

    CARGOS EXCEDENTES PRESUPUESTADOS EN LA INSTITUCIN EDUCATIVA

    N CargoLey de Carrera a que

    pertenecerea Cdigo Plaza

    JornadaLaboral

    2 Subdirector 01 Ley 29944rea de GestinInstitucional

    Cdigo Nexus 40 Cronol.

    4 Jerrquico 01 Ley 29944rea de GestinPedaggica

    Cdigo Nexus 40 Cronol.

    5 Jerrquico 02 Ley 29944rea de Gestin

    Pedaggica

    Cdigo Nexus 40 Cronol.

    8Profesor porHoras 01

    Ley 29944rea de GestinPedaggica

    Cdigo Nexus 24 Pedag.

    14 Profesor 01 Ley 29944rea de GestinPedaggica

    Cdigo Nexus 24 Pedag.

    TOTALN PlazasExcedentes

    ANEXO N 05

    Resumen del Cuadro de Distribucin de Horas Pedaggicas del Nivel Secundaria de EBR/EBA.

    INSTITUCIN EDUCATIVA:

    NIVEL/CICLO:

    Total de Horas Pedaggicas Z = (A + B + C) horas

    * Horas Pedaggicas a cargo del Personal Directivo.... A horas...

    * Horas Pedaggicas a cargo del Personal Jerrquico... B horas...

    * Horas Pedaggicas a cargo del Personal Docente...... C horas...

    Resumen de Horas Pedaggicas por rea - nivel secundaria - EBR

    Comunicacin..................... (a) horasIngls........................... (b) horasMatemtica....................... (c) horasArte............................. (d) horasHistoria, Geografa y Economa... (e) horasFormacin Ciudadana y Cvica..... (f) horasPersona, Familia y RRHH.......... (g) horasEducacin Religiosa.............. (h) horasEducacin Fsica................. (i) horasCiencia, Tecnologa y Ambiente... (j) horas

    Educacin para el Trabajo........ (k) horasTutora.......................... (I) horas=======================================================

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    TOTAL --------------------------- Z = (?por rea) horas=======================================================

    (Distrito), xx de xxxxxx del 201

    ANEXO 06

    Plan de Estudios del Nivel Secundaria de la Educacin Bsica Regular

    Plan de Estudios del Nivel Secundaria de la Educacin Bsica Regular

    AREAS CURRICULARESGRADOS DE ESTUDIOS

    1 2 3 4 5

    MATEMTICA 4 4 4 4 4

    COMUNICACIN 4 4 4 4 4

    INGLS 2 2 2 2 2

    ARTE 2 2 2 2 2

    HISTORIA, GEOGRAFA Y ECONOMA 3 3 3 3 3

    FORMACIN CIUDADANA Y CVICA 2 2 2 2 2

    PERSONA FAMILIA Y RELACIONES HUMANAS 2 2 2 2 2EDUCACIN FSICA 2 2 2 2 2

    EDUCACIN RELIGIOSA 2 2 2 2 2

    CIENCIA TECNOLOGA Y AMBIENTE 3 3 3 3 3

    EDUCACIN PARA EL TRABAJO 2 2 2 2 2

    TUTORA Y ORIENTACIN EDUCATIVO 1 1 1 1 1

    HORAS DE LIBRE DISPONIBILIDAD 6 6 6 6 6

    TOTAL 35 35 35 35 35

    ANEXO N 07

    Variables para Elaboracin del Cuadro de Distribucin de Horas Pedaggicas- con Jornada Escolar

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    Completa-JEC

    ANEXO N 08

    Distribucin de Horas Pedaggicas por Grados - Segn Plan de Estudio del Modelo de Servicio Educativo

    EBR Nivel Secundaria con Jomada Escolar Completa - JEC

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    ANEXO N 09

    Cuadro de Distribucin de Horas Pedaggicas Segn Plan de Estudio del Modelo de Servicio EducativoEBR Nivel Secundaria con Jornada Escolar Completa - JEC

    INSTITUCIN EDUCATIVA:

    NIVEL /PROGRAMA:

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    ANEXO N 10

    Plazas Excedentes Ocupadas y/o Vacantes por Reubicar -Jornada Escolar Completa -JEC

    CARGOS EXCEDENTES PRESUPUESTADOS EN LA INSTITUCIN EDUCATIVA

    N CargoLey de Carrera a que

    pertenecerea Cdigo Plaza

    JornadaLaboral

    2 Subdirector 01 Ley 29944 rea de GestinInstitucional

    Cdigo Nexus 40 Cronol.

    4 Jerrquico 01 Ley 29944rea de GestinPedaggica

    Cdigo Nexus 40 Cronol.

    5 Jerrquico 02 Ley 29944rea de GestinPedaggica

    Cdigo Nexus 40 Cronol.

    8Profesor porHoras 01

    Ley 29944rea de GestinPedaggica

    Cdigo Nexus 30 Pedag.

    14 Profesor 01 Ley 29944rea de GestinPedaggica

    Cdigo Nexus 30 Pedag.

    TOTALN PlazasExcedentes

    ANEXO N 11

    Resumen del Cuadro de Distribucin de Horas Pedaggicas Segn Plan de Estudio del Modelo de ServicioEducativo EBR Nivel Secundaria con Jornada Escolar Completa -JEC

    INSTITUCIN EDUCATIVA:

    NIVEL/CICLO:

    Total de Horas Pedaggicas Z = (A + B + C) horas

    * Horas Pedaggicas a cargo del Personal Directivo.... A horas* Horas Pedaggicas a cargo del Personal Jerrquico... B horas* Horas Pedaggicas a cargo del Personal Docente...... C horas

    Resumen de Horas Pedaggicas por rea-EBR

    Comunicacin...................... (a) horasIngls............................ (b) horasMatemtica........................ (c) horasArte.............................. (d) horasHistoria, Geografa y Economa.... (e) horasFormacin Ciudadana y Cvica...... (f) horasPersona, Familia y RRHH........... (g) horasEducacin Religiosa............... (h) horasEducacin Fsica.................. (i) horasCiencia, Tecnologa y Ambiente.... (j) horasEducacin para el Trabajo......... (k) horasTutora........................... (I) horas=======================================================TOTAL --------------------------- Z = (?por rea) horas

    =======================================================

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    ANEXO N 12

    DISTRIBUCION DE HORAS POR GRADOS - SEGN PLAN DE ESTUDIOS ALTERNANCIA

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    ANEXO N 13

    VARIABLES PARA LA ELABORACIN DEL CUADRO DE HORAS DE CLASE

    VARIABLES PARA ELABORACIN DEL CUADRO DE HORAS (*)

    (*)Modelo de Cuadro de Distribucin de Horas para CRFA con 5 secciones (1 a 5}, reajustado al Plan de Estudiosde CRFA - Alternancia, R.S.G. N 056-2014-MINEDU

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    ANEXO N 14

    CUADRO DE DISTRIBUCIN DE HORAS DE CLASES -CRFA

    (*)Modelo de Cuadro de Distribucin de Horas para CRFA con 5 secciones (1 a 5). con Plan de Estudios de CRFA -Alternancia (R.M. N 0622-2013-ED)

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    ANEXO N 15

    RESUMEN DEL CUADRO DE DISTRIBUCIN DE HORAS DE CLASE

    (*)Modelo de Cuadro de Distribucin de Horas para CRFA con 5 secciones (l a 5) reajustado al Plan de Estudios deCRFA - Alternancia, R.S.G. N 056-2014-MINEDU

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    ANEXO N 16

    Distribucin de horas pedaggicas por grados: Ciclo Avanzado - Presencial

    REAS CURRICULARESGRADOS

    1 2 3 4

    Comunicacin Integral 5 5 5 5

    Idioma Extranjero (Ingls) o Lengua Originaria 2 2 2 2

    Matemtica 5 5 5 5

    Ciencia, Ambiente y Salud 4 4 4 4

    Ciencias Sociales 4 4 4 4

    Educacin Religiosa 1 1 1 1

    Educacin para el Trabajo 4 4 4 4

    TOTAL 25 25 25 25

    Horas de Libre Disponibilidad HLD 5 5 5 5

    TOTAL GENERAL 30 30 30 30

    ANEXO N 17-A

    Distribucin de Horas Pedaggicas por Grados: Ciclo Avanzado-Semipresencial.

    (Un periodo promocional al ao)

    CAMPOS (*) ORGANIZACINGRADOS

    1 2 3 4

    CIENCIAS

    (Matemtica y Ciencia, Ambiente y Salud)

    Sesiones presenciales 5 5 5 5

    Tutora 1 1 1 1

    HUMANIDADES(Comunicacin Integral, Ciencias Sociales y Educacin Religiosa)

    Sesiones presenciales 5 5 5 5

    Tutora 1 1 1 1

    Idioma extranjero (Ingls) 0 lengua originaria 1 1 1 1

    Educacin para el trabajo (componente tcnico) 2 2 2 2

    SUB TOTAL 15 15 15 15

    Procesos autnomos de aprendizaje 15 15 15 15

    TOTAL 30 30 30 30

    (*)Se asignar a un docente por cada campo del conocimiento, el mismo que asumir cargo del desarrollo de lashoras de clase de sesiones presenciales y de la tutora.

    (**)Desarrollado por el docente de la especialidad.

    (***)Se le asigna horas pedaggicas al profesor de la especialidad siempre y cuando el CEBA cuente con talleresimplementados y de no contar el CEBA establecer convenio con un CETPRO de su jurisdiccin.

    (****)Desarrollado por el estudiante con materiales de auto aprendizaje.

    Nota:El componente de formacin bsica del rea de educacin para el trabajo es transversal a los campos.

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    ANEXO N 17-B

    Distribucin de horas pedaggicas por grados: Ciclo Avanzado-Semipresencial.(Dos perodos promocionales al ao)1

    CAMPOS (*) ORGANIZACINGRADOS

    1 2 3 4

    CIENCIAS

    (Matemtica y Ciencia, Ambiente y Salud)

    Sesiones presenciales 10 10 10 10

    Tutora 2 2 2 2HUMANIDADES(Comunicacin Integral, Ciencias Sociales y Religin)

    Sesiones presenciales 10 10 10 10

    Tutora 2 2 2 2

    Idioma extranjero (Ingls) o lengua originaria 2 2 2 2

    Educacin para el trabajo (componente tcnico) 4 4 4 4

    SUB TOTAL 30 30 30 30

    Procesos autnomos de aprendizaje 30 30 30 30

    TOTAL 60 60 60 60

    (*)Se asignar a un docente por cada campo del conocimiento, el mismo que asumir el desarrollo de las horas declase de las sesiones presenciales y de tutora.(**)Desarrollado por el docente de la especialidad.(***)Se asigna horas pedaggicas al profesor de la especialidad siempre y cuando el CEBA cuenta con talleresimplementados y de no contar el CEBA suscribir un convenio con un CETPRO de su jurisdiccin.(****)Desarrollado por el estudiante con materiales de auto aprendizaje.1Si el CEBA, programa dos (2) periodos promocionales en un ao acadmico, cada periodo tendr una duracin deseis (6) meses (enero-junio/julio-diciembre) y para cada grado de estudios, distribuir 30 horas semanal/mensual.Nota.- El componente de formacin bsica del rea de educacin para el trabajo es transversal a los campos.

    ANEXO N 18-A

    Distribucin de horas para el acompaamiento virtual por grados: Ciclo Avanzado - A Distancia(Virtual por reas curriculares)

    Distribucin de horas para el acompaamiento virtual por grados: Ciclo Avanzado - A Distancia(Virtual por reas curriculares)

    REAS CURRICULARESGRADOS

    1 2 3 4

    Comunicacin Integral 3 3 3 3

    Idioma Extranjero (Ingls) 0 Lengua Originaria 1 1 1 1

    Matemtica 3 3 3 3

    Ciencia, Ambiente y Salud 3 3 3 3

    Ciencias Sociales 2 2 2 2Educacin Religiosa 1 1 1 1

    Educacin para el Trabajo 1 1 1 1

    SUB TOTAL 14 14 14 14

    Procesos autnomos de aprendizaje 11 11 11 11

    TOTAL 25 25 25 25

    Desarrollo de actividades virtuales 560 horas pedaggicas

    Procesos autnomos de aprendizaje 390 horas pedaggicas

    Perodo promocional 950 horas pedaggicas

    2Carga horaria para las sesiones de aprendizaje en el aula virtual y acompaamiento.

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    ANEXO N 18-BDistribucin de horas pedaggicas por grados: Ciclo Avanzado -A Distancia (Virtual por campos del

    conocimiento, un perodo promocional al ao)

    Distribucin de horas pedaggicas por grados: Ciclo Avanzado -A Distancia(Virtual por campos del conocimiento, un perodo promocional al ao)

    CAMPOS (*)GRADOS

    1 2 3 4CIENCIAS(Matemtica y Ciencia, Ambiente y Salud) Tutora 6 6 6 6HUMANIDADES(Comunicacin Integral, Ciencias Sociales y Religin) Tutora 6 6 6 6

    Idioma extranjero (Ingls) o lengua originaria 1 1 1 1

    Educacin para el trabajo 1 1 1 1SUB TOTAL 14 14 14 14

    Procesos autnomos de aprendizaje 11 11 11 11TOTAL 25 25 25 25Desarrollo de actividades virtuales 560 horas pedaggicas

    Procesos autnomos de aprendizaje 390 horas pedaggicasPerodo promocional 950 horas pedaggicas

    (*)Se asignar un docente por cada campo del conocimiento, el mismo que tendr a cargo las horas de tutora.(**) (***) Se desarrollan de acuerdo a lo establecido en la RSG. N 613-2014-MINEDU(****)Son horas de aprendizaje que el estudiante desarrolla por cuenta propia, de acuerdo a las indicaciones dadas

    por el docente.

    ANEXO N 18-CDistribucin de horas pedaggicas por grados: Ciclo Avanzado -A Distancia(Virtual por campos del conocimiento, dos perodos promocionales al ao)

    Distribucin de horas pedaggicas por grados: Ciclo Avanzado -A Distancia(Virtual por campos del conocimiento, dos perodos promocionales al ao)

    CAMPOS (*) GRADOS/AULA VIRTUAL1 2 3 4

    CIENCIAS(Matemtica y Ciencia, Ambiente y Salud) Tutora 12 12 12 12HUMANIDADESComunicacin Integral, CienciasSociales y Religin) Tutora 12 12 12 12

    Idioma extranjero (Ingls) o lengua originaria 1 1 1 1

    Educacin para el trabajo 1 1 1 1SUB TOTAL 26 26 26 26

    Procesos autnomos de aprendizaje (****) 24 24 24 24

    TOTAL 50 50 50 50Desarrollo de actividades virtuales 560 horas pedaggicas por perodopromocional

    Procesos autnomos de aprendizaje 390 horas pedaggicas por perodopromocional

    Perodo promocional 950 horas pedaggicas por perodopromocional

    (*)Se asignar un docente por cada campo del conocimiento, el mismo que tendr a cargo las horas de tutora.

    (**) (***)Se desarrollan de acuerdo a lo establecido en la RSG. N 613-2014-MINEDU

    (****)Son horas de aprendizaje que el estudiante desarrolla por cuenta propia, de acuerdo a las indicaciones dadaspor el docente.

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    ANEXO N 19-A

    Distribucin de horas pedaggicas por grados: Ciclo Avanzado - A Distancia(Itinerante por reas curriculares)

    Distribucin de horas pedaggicas por grados: Ciclo Avanzado - A Distancia (Itinerante por reascurriculares)

    REAS CURRICULARESGRADOS

    1 2 3 4

    Comunicacin Integral 2 2 2 2

    Idioma Extranjero (Ingls) o Lengua Originaria 1 1 1 1

    Matemtica 2 2 2 2

    Ciencia, Ambiente y Salud 1 1 1 1

    Ciencias Sociales 1 1 1 1

    Educacin Religiosa 1 1 1 1

    Educacin para el Trabajo 2 2 2 2

    SUB TOTAL 10 10 10 10

    Aprendizaje autnomo 15 15 15 15TOTAL 25 25 25 25

    Desarrollo de actividades virtuales 240 horas pedaggicas

    Procesos autnomos de aprendizaje 710 horas pedaggicas

    Perodo promocional 950 horas pedaggicas

    (*)(**)Se desarrollan de acuerdo a lo establecido en la RSG. N 613-2014-MINEDU.(***)Son horas de aprendizaje que el estudiante desarrolla con apoyo de material educativo estructurado.

    ANEXO N 19-B

    Distribucin de horas pedaggicas por grados: Ciclo Avanzado - A Distancia (Itinerante por campos delconocimiento, un perodo promocional al ao)

    CAMPOS (*) TUTORAGRADOS

    1 2 3 4

    CIENCIAS(Matemtica y Ciencia, Ambiente y Salud) Desarrollo de horas de tutora 4 4 4 4

    HUMANIDADES(Comunicacin Integral, Ciencias Sociales y Religin)

    Desarrollo de horas de tutora 4 4 4 4

    Educacin para el Trabajo 1 1 1 1

    Idioma extranjero (Ingls) 0 lengua originaria 1 1 1 1

    SUB TOTAL 10 10 10 10Aprendizaje autnomo 15 15 15 15

    TOTAL 25 25 25 25

    Desarrollo de horas de tutora 240 horas pedaggicas

    Procesos autnomos de aprendizaje 710 horas pedaggicas

    Perodo promocional 950 horas pedaggicas

    (*)Se asignar un docente por cada campo del conocimiento, el mismo que tendr a cargo las horas de tutora.(**) (***)Se desarrollan de acuerdo a lo establecido en la RSG. N 613-2014-MINEDU.(****)Son horas de aprendizaje que el estudiante desarrolla con apoyo de material educativo estructurado.

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    ANEXO N 19-C

    Distribucin de horas pedaggicas por grados: Ciclo(Itinerante por campos del conocimiento, dos perodos danzado - A Distancia promocionales al ao)

    CAMPOS (*) TUTORAGRADOS

    1 2 3 4

    CIENCIAS

    (Matemtica y Ciencia, Ambiente y Salud)

    Desarrollo de horas de

    tutora

    8 8 8 8

    HUMANIDADES(Comunicacin Integral, Ciencias Socialesy Religin)

    Desarrollo de horas detutora

    8 8 8 8

    Educacin para el Trabajo 1 1 1 1

    Idioma extranjero (Ingls) o lengua originaria 1 1 1 1

    SUB TOTAL 18 18 18 18

    Aprendizaje autnomo 32 32 32 32

    TOTAL 50 50 50 50

    Desarrollo de horas de tutora 240 horas pedaggicas por perodopromocional

    Procesos autnomos de aprendizaje710 horas pedaggicas por perodo

    promocional

    Perodo Promocional950 horas pedaggicas por perodo

    promocional

    (*)Se asignar un docente por cada campo del conocimiento, el mismo que tendr a cargo las horas de tutora.

    (**) (***)Se desarrollan de acuerdo a lo establecido en la RSG. N 613-2014-MINEDU.

    (****)Son horas de aprendizaje que el estudiante desarrolla con apoyo de material educativo estructurado.

    www.minedu.gob.pe

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