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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR
UNELLEZ MUNICIPALIZADA EXTENSION SABANETASABANETA- BARINAS
PROFESORA:
Erick Henao
Sabaneta, Abril 2015
LA OFERTA
DE TRABAJ
O Y SALARI
OS
INTEGRANTES:
Marlene NavedaYeximar PérezNinibeth SolórzanoZairelys Zambrano
Contaduría Pública
III Semestre
F/S
INDICE
Pág.
Introducción………………………………………………………………… 3
Los salarios diferencias salariales por turno…………………………. 4
La oferta de trabajo en Venezuela……………………………………… 7
La demanda de trabajo en Venezuela………………………………….. 9
El salario mínimo 2005-2015……………………………………………… 10
Capital humano…………………………………………………………….. 20
El papel de la educación y la formación…………………………………. 21
Los sindicatos………………………………………………………………. 22
El desempleo………………………………………………………………… 23
El estado y la negociación colectiva……………………………………. 23
Inflación……………………………………………………………………… 24
Conclusión……………………………………………………………………. 25
Bibliografía…………………………………………………………………… 26
2
Introducción
Los salarios son un componente fundamental de las condiciones de
trabajo y empleo en las empresas. Dado que se trata de un costo para los
empleadores y de la principal fuente de ingresos de los trabajadores, los
salarios pueden ser objeto de conflictos y se han convertido en uno de los
principales temas de las negociaciones colectivas en todo el mundo. Al
mismo tiempo, los salarios pueden causar situaciones de discriminación y
privación si no se les garantiza a los trabajadores un nivel mínimo que sea
digno.
Desde el punto de vista de la economía, los salarios son parte
importante de los costos laborales y son una variable esencial para la
competitividad de las empresas que requiere ser analizada, también en su
relación con otros factores como el empleo, la productividad y la inversión.
Por estos motivos los Estados, junto con representantes de empleadores y
trabajadores, han reconsiderado sus políticas salariales y han realizado
importantes reformas o han evaluado nuevas estrategias, para lo cual se ha
pedido apoyo a la OIT.
3
Salarios
El salario es la retribución que recibe un empleado por parte de la
parte contratante a cambio de la prestación de un servicio o actividad.
Existen diversas formas de clasificar al salario:
De acuerdo a la manera en que el salario se calcula, encontramos:
Salario Por Unidad De Tiempo :
Este tipo de salario se establece de acuerdo a la duración de la
prestación del servicio. Por ejemplo, por día, por mes, etc.
Salario Por Unidad De Obra :
El salario por unidad de obra, en cambio, se paga de acuerdo a la
cantidad del trabajo que se ha llevado a cabo. Es decir, independientemente
del tiempo que se ha invertido en la ejecución del mismo.
Salario Mixto :
Es aquel que combina el salario por unidad de obra con el salario por
unidad de tiempo.
Según la capacidad adquisitiva, el salario se clasifica en:
Salario Nominal :
Esta clase de salario se constituye por la cantidad de dinero
establecido en contrato individual, de acuerdo al cargo que se ocupe.
Salario Real :
El salario real es aquel que representa la cantidad de bienes y
servicios a los que el sujeto tiene la posibilidad de acceder a partir de la
4
cantidad de salario recibido. Hace referencia al poder adquisitivo. No siempre
un aumento del salario nominal significa un incremento del salario real.
Teniendo en cuenta el medio de pago:
Salario En Metálico :
Éste corresponde al que es pagado con la moneda de curso legal. De
esta manera, quien lo recibe tiene la posibilidad de llevar a cabo pagos en
efectivo.
Salario En Especie :
De manera contraria, el salario en especie es aquel que se paga con
bienes diferentes al dinero. Por ejemplo, con albergue, vehículo, etc.
Otra clasificación divide al salario en:
Salario Fijo :
Constituido por una serie de elementos, de los cuales su monto es
conocido previamente de manera precisa. Por ejemplo, el aguinaldo.
Se denomina así debido a que se presenta cuando se fija un determinado
pago diario por mes, semana, quincena, etc.
Salario Variable :
El salario variable se establece a partir de una serie de elementos, de
los cuales su monto no se conoce previamente de forma exacta. SALARIO
MIXTO: el salario mixto esta compuesto por elementos variables y fijos.
5
Diferencias salariales (por turnos)
La jornada laboral se puede pactar por turnos de manera que las
actividades de la empresa puedan ser desarrolladas durante las 24 horas del
día y los 7 días de la semana.
Se entenderá por salario hora la alícuota resultante de dividir el salario
diario por el número de horas de la jornada diurna, nocturna o mixta, según
sea el caso (artículo 113 de la LOTTT).
Por ejemplo, si un trabajador de turno rotativo devenga un salario de
70 bolívares diarios su salario hora será de: Bs. 70/8horas= Bs. 8,75 cada
hora, si el turno es diurno (7am a 3pm); Bs. 70/7,5horas= Bs. 9,33 cada hora,
si el turno es mixto (3pm a 11pm); y Bs. 70/7horas= Bs. 10 cada hora, si el
turno es nocturno (11pm a 7pm).
El cálculo del salario hora es importante cuando se determina el pago
de los recargos correspondientes a las horas extras y al bono nocturno.
El artículo 118 de la LOTTT establece que las horas extraordinarias
serán pagadas con un cincuenta por ciento de recargo, por lo menos, sobre
el salario convenido para la jornada ordinaria. Si la hora extra se labora al
finalizar el turno diurno (después de las 3pm en nuestro ejemplo) tenemos:
Bs. 8,75 de salario hora diurno + (Bs. 8,75 x 50% de recargo legal) = Bs. 8,75
+ (Bs. 4,375 de recargo) = Bs. 13,125 cada hora extra diurna. Si la hora extra
se labora al finalizar el turno mixto (después de las 11pm en nuestro ejemplo)
como es horario nocturno tenemos: Bs. 10 de salario hora nocturno + (Bs. 10
x 50% de recargo legal) = Bs. 10 + (Bs. 5 de recargo legal) = Bs. 15 cada
hora extra nocturna. Si la hora extra se labora al finalizar el turno nocturno
(después de las 7pm en nuestro ejemplo), aunque se laboren en horas
diurnas, según el artículo 173, numeral 2, se considerará como hora
6
nocturna. Es decir, el valor de la hora extra será de Bs.15 conforme al
ejemplo anterior.
Por otra parte, el artículo 117 de la LOTTT establece que la jornada
nocturna será pagada con un treinta por ciento de recargo, por lo menos,
sobre el salario convenido para la jornada diurna. Respecto de este artículo,
texto similar al de la ley anterior, caben dos interpretaciones: La primera, más
favorable al trabajador, que si el salario establecido para la jornada diurna es
de Bs. 70 diario, el bono nocturno sería de: Bs. 70 x 30 % = Bs. 70 x 0.30 =
Bs. 21. De manera que cada día laborado en guardia nocturna sería de Bs.
70 + Bs. 21 = Bs 91 cada guardia nocturna, independientemente de las horas
ordinarias nocturnas que tenga el turno. La segunda interpretación,
generalmente aplicada por los patronos, es cancelar el bono nocturno a cada
hora nocturna laborada entre las 7pm y las 5 am en la siguiente forma: Bs.
10 de salario hora nocturno en nuestro ejemplo x 30% de recargo legal = Bs.
3. En la semana de pago, estos patronos multiplican en el caso ejemplificado
acá: Bs. 3 de bono nocturno por cada hora nocturna x el número de horas
nocturnas laboradas en la semana = Bono Nocturno (de la semana).
Oferta de Trabajo en Venezuela
El Mercado Laboral es aquel que está conformado por las ofertas de
trabajo o de empleo ofrecido por las organizaciones, en determinado lugar y
en determinada época. Se comporta en términos de oferta y demanda. Es
decir, disponibilidad de empleos y demandas de empleos, respectivamente.
Básicamente, lo definen las organizaciones y sus oportunidades de empleo.
Es la solicitud de trabajadores y trabajadoras realizada por el
empresariado (público o privado) en las oficinas de empleo o agencias
privadas de colocación para cubrir un puesto de trabajo.
7
En Venezuela la oferta de trabajo es la totalidad de tiempo que las
personas están dispuestas a invertir en un empleo remunerado y, según el
Instituto Nacional de Estadística (INE), está constituida por todas las
personas mayores de 15 años con disposición y disponibilidad para trabajar
en el período de referencia; también se le denomina población activa.
Existe otro grupo denominado población inactiva constituido por
personas de 15 años que no trabajan, tampoco buscan empleo y hacen parte
de las siguientes categorías en el período de referencia: estudiantes,
quehaceres del hogar, rentistas, pensionados, jubilados, incapacitados para
trabajar, trabajadores familiares no remunerados con menos de 15 horas
trabajadas. El INE venezolano denomina a ambos grupos todas las personas
mayores de 15 años como fuerza de trabajo (INE, 2005).
Características de la Oferta de Trabajo Actualmente en Venezuela
Transición demográfica “potencialmente” genera una alta oferta
laboral. Es decir, que el número de personas que ingresan al mercado
laboral (personas con más de 15 años) es mucho más elevado que el
número de personas que se retiran (personas mayores de 65 años).
Alta informatización del empleo
Creciente desempleo estructural
El costo económico de la legislación laboral genera efectos adversos
para la generación de empleo. Es decir, la Legislación laboral actual
favorece el empleo, pero promueve indirectamente la informalidad y el
desempleo.
La ley del trabajo otorga muy poco espacio para modalidades de
contratación tiempo determinado. Igualmente, esta cerrando
alternativas no solo laborales sino también industriales.
8
Demanda de trabajo en Venezuela
La demanda es una petición o reclamo de algo que se necesita o que
se considera La demanda de trabajo puede definirse como el conjunto de
decisiones que los empresarios deben tomar en relación a sus trabajadores,
esto es, la contratación, los salarios y las compensaciones, los ascensos y el
entrenamiento (Hamermesh, 1993: 3). De allí que el propósito de la teoría de
la demanda de trabajo, al menos desde el punto de vista neoclásico-
microeconómico, consiste en determinar cuáles son los principios a través de
los cuales los empresarios toman este tipo de decisiones. Desde un punto de
vista más general (o macro si se quiere), la teoría de la demanda de trabajo
tendría como objetivo identificar los principios que explican la cantidad de
trabajadores que demandan las firmas, el tipo de trabajadores que éstas
requieren y los salarios que ellas están dispuestas a pagar a estos
trabajadores.
Un aspecto característico de la demanda de trabajo es que se trata de
la demanda de un factor de producción. Por definición, los factores de
producción se demandan para la producción de otros bienes. En el entendido
que los recursos de producción se demandan para la producción de bienes
que enfrentan una demanda específica por parte de los consumidores, la
demanda de trabajo es una demanda derivada: “depende o se deriva del
producto o servicio que contribuye a producir o suministrar” (McConnel y
Brue, 1997: 131). Lo anterior supone una relación positiva entre la
producción y la cantidad demandada de trabajadores. Si se mantienen todos
los demás factores constantes (los salarios, el costo del capital, la
productividad y la tecnología, las preferencias de los consumidores), el grado
en que puede variar la cantidad demandada de trabajadores frente a
cambios en el nivel de producción se conoce como la elasticidad empleo-
producto de la demanda de trabajo.
9
Ahora bien, el trabajo no es el único factor de producción. Los bienes
de capital y la tecnología también son necesarios como insumos en el
proceso productivo y también experimentan variaciones en su cantidad
demandada frente a variaciones en su nivel de precio. Como se explicará
más adelante, la demanda de trabajo puede verse afectada por el precio de
otros factores. Por ejemplo, frente a una variación del precio del capital, los
empresarios pueden contratar más trabajadores o despedir algunos de los
que tienen actualmente. De esto surge el concepto de la elasticidad de
cruzada entre el trabajo y el capital: si tal elasticidad es negativa, el trabajo y
el capital son complementarios entre si; si es positiva, el trabajo y el capital
son sustitutos. Lo importante por ahora es tener presente que se trata de una
misma elasticidad (elasticidad cruzada) y que ésta nos puede indicar como
se comporta la demanda de trabajo frente a cambios en el precio relativo del
capital y otros factores.
El salario mínimo desde 2005 – 2015
Salario Mínimo Año 2005:
DECRETO 3628 DEL 27/04/2005 - PUBLICADO EN G.O. N° 38.174 DEL
27/04/2005
Vigencia 01/05/2005
Sector Público y Privado.............. Bs. 405.000,00 Mensual y Bs.
13.500,00 Diario
Sect Priv menos 20 Trabajad. ......Bs. 371.232,80 Mensual y Bs.
12.374,40 Diario
Adolescentes Aprendices............. Bs. 303.735,90 Mensual y Bs.
10.124,50 Diario
10
Pensionados IVSS........................ Bs. 405.000,00 Mensual y Bs.
13.500,00 Diario
Pension. -Jubilados Adm. Pública Bs. 405.000,00 Mensual y Bs.
13.500,00 Diario
Salario Minimo 30/01/2006
DECRETO 4247 DEL 30/01/2006 - PUBLICADO EN G.O. N° 38.372 DEL
03/02/2006
Vigencia 01/02/2006
Sector Público y Privado.............. Bs. 465.750,00 Mensual y Bs. 15.525,00
Diario
Sect Priv menos 20 Trabajad. ......Bs. 426,917,72 Mensual y Bs. 14.230,56
Diario
Adolescentes Aprendices............. Bs. 349.296,29 Mensual y Bs. 11.643,18
Diario
Pensionados IVSS........................ Bs. 465.750,00 Mensual y Bs. 15.525,00
Diario
Pension. -Jubilados Adm. Pública Bs. 465.750,00 Mensual y Bs. 15.525,00
Diario
Salario Mínimo Año 2006:
DECRETO 4446 DEL 25/04/2006 - PUBLICADO EN G.O. N° 38.426 DEL
28/04/2006
Vigencia 01/05/2006
Sector Público y Privado............... Bs. 465.750,00 Mensual y Bs.
15.525,00 Diario
11
Adolescentes Aprendices............. Bs. 349.296,29 Mensual y Bs.
11.643,18 Diario
Pensionados IVSS........................ Bs. 465.750,00 Mensual y Bs.
15.525,00 Diario
Pension. -Jubilados Adm. Pública Bs. 465.750,00 Mensual y Bs.
15.525,00 Diario
Vigencia 01/09/2006
Sector Público y Privado.............. Bs. 512.325,00 Mensual y Bs.
17.077,50 Diario
Adolescentes Aprendices............. Bs. 384.225,91 Mensual y Bs.
12.807,53 Diario
Pensionados IVSS........................ Bs. 512.325,00 Mensual y Bs.
17.077,50 Diario
Pension. -Jubilados Adm. Pública Bs. 512.325,00 Mensual y Bs.
17.077,50 Diario
Salario Mínimo Año 2007:
DECRETO 5318 DEL 25/04/2007 - PUBLICADO EN G.O. N° 38.674 DEL
02/05/2007
Vigencia 01/05/2007
Sec. Público y Privado.................. Bs. 614.790,00 Mensual y Bs.
20.493,00 Diario
Adolescentes Aprendices............. Bs. 461.100,00 Mensual y Bs.
15.370,00 Diario
12
Pensionados IVSS........................ Bs. 614.790,00 Mensual y Bs.
20.493,00 Diario
Pension. -Jubilados Adm. Pública Bs. 614.790,00 Mensual y Bs.
20.493,00 Diario
SALARIO MÍNIMO AÑO 2008:
DECRETO 6051 DEL 29/04/2008 - PUBLICADO EN G.O. N° 38.921 DEL
30/04/2008
Vigencia 01/05/2008
Sector Público y Privado..................... Bs. 799,23 Mensual y Bs. 26,64
Diario
Adolescentes Aprendices.................... Bs. 599,43 Mensual y Bs. 19,98
Diario
Pensionados IVSS............................... Bs. 799,23 Mensual y Bs.
26,64 Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 799,23 Mensual y Bs.
26,64 Diario
Salario Mínimo Año 2009:
DECRETO 6660 DEL 30/03/2009 - PUBLICADO EN G.O. N° 39.151 DEL
01/04/2009
Vigencia 01/05/2009
Sector Público y Privado..................... Bs. 879,15 Mensual y Bs. 29,31
Diario
Adolescentes Aprendices.................... Bs. 879,15 Mensual y Bs. 29,31
Diario
13
Pensionados IVSS............................... Bs. 879,15 Mensual y Bs. 29,31
Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 879,15 Mensual y Bs. 29,31
Diario
Vigencia 01/09/2009
Sector Público y Privado..................... Bs. 959,08 Mensual y Bs. 31,97
Diario
Adolescentes Aprendices.................... Bs. 959,08 Mensual y Bs. 31,97
Diario
Pensionados IVSS............................... Bs. 959,08 Mensual y Bs. 31,97
Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 959,08 Mensual y Bs. 31,97
Diario
Salario Mínimo Año 2010:
DECRETO 7237 DEL 09/02/2010 - PUBLICADO EN G.O. N° 39.372 DEL
23/02/2010
Vigencia 01/03/2010
Sector Público y Privado.................... Bs. 1.064,25 Mensual y Bs.
35,48 Diario
Adolescentes Aprendices................... Bs. 791,34 Mensual y Bs.
26,38 Diario
Pensionados IVSS............................... Bs. 1.064,25 Mensual y Bs.
35,48 Diario
14
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 1.064,25 Mensual y Bs.
35,48 Diario
Vigencia 01/09/2010
Sector Público y Privado.................... Bs. 1.223,89 Mensual y Bs.
40,80 Diario
Adolescentes Aprendices................... Bs. 910,04 Mensual y Bs.
30,33 Diario
Pensionados IVSS............................... Bs. 1.223,89 Mensual y Bs.
40,80 Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 1.223,89 Mensual y Bs.
40,80 Diario
Salario Mínimo Año 2011:
DECRETO 8.167 DEL 25/04/2011 - PUBLICADO EN G.O. N° 39.660 DEL
26/04/2011
Vigencia 01/05/2011
Sector Público y Privado.................... Bs. 1.407,47 Mensual y Bs.
46,91 Diario
Adolescentes Aprendices................... Bs. 1,046,54 Mensual y Bs.
34,88 Diario
Pensionados IVSS............................... Bs. 1.407,47 Mensual y Bs.
46,91 Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 1.407,47 Mensual y Bs.
46,91 Diario
15
Vigencia 01/09/2011
Sector Público y Privado.................... Bs. 1.548,21 Mensual y Bs.
51,60 Diario
Adolescentes Aprendices................... Bs. 1.151,19 Mensual y Bs.
38,37 Diario
Pensionados IVSS............................... Bs. 1.548,21 Mensual y Bs.
51,60 Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 1.548,21 Mensual y Bs.
51,60 Diario
Salario Mínimo Año 2012:
DECRETO 8.920 DEL 19/04/2012 - PUBLICADO EN G.O. N° 39.908 DEL
24/04/2012
Vigencia 01/05/2012
Sector Público y Privado.................... Bs. 1.780,45 Mensual y Bs.
59,34 Diario
Adolescentes Aprendices................... Bs. 1.323,86 Mensual y Bs.
44,12 Diario
Pensionados IVSS............................... Bs. 1.780,45 Mensual y Bs.
59,34 Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 1.780,45 Mensual y Bs.
59,34 Diario
16
Vigencia 01/09/2012
Sector Público y Privado.................... Bs. 2.047,52 Mensual y Bs.
68,25 Diario
Adolescentes Aprendices................... Bs. 1.522,43 Mensual y Bs.
50,74 Diario
Pensionados IVSS............................... Bs. 2.047,52 Mensual y Bs.
68,25 Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 2.047,52 Mensual y Bs.
68,25 Diario
Salario Mínimo Año 2013:
DECRETO 30 DEL 30/04/2013 - PUBLICADO EN G.O. Nº 41.157 DEL
30/04/2013
Vigencia 01/05/2013
Sector Público y Privado.................... Bs. 2.457,02 Mensual y Bs.
81,90 Diario
Adolescentes Aprendices................... Bs. 1.826,91 Mensual y Bs.
60,89 Diario
Pensionados IVSS............................... Bs. 2.457,02 Mensual y Bs.
81,90 Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 2.457,02 Mensual y Bs.
81,90 Diario
17
Vigencia 01/09/2013
Sector Público y Privado.................... Bs. 2.702,73 Mensual y Bs.
90,09 Diario
Adolescentes Aprendices................... Bs. 2.009,60 Mensual y Bs.
66,98 Diario
Pensionados IVSS............................... Bs. 2.702,73 Mensual y Bs.
90,09 Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 2.702,73 Mensual y Bs.
90,09 Diario
Vigencia 01/11/2013
Sector Público y Privado.................... Bs. 2.973,00 Mensual y Bs.
99,10 Diario
Adolescentes Aprendices................... Bs. 2.210,56 Mensual y Bs.
73,69 Diario
Pensionados IVSS............................... Bs. 2.973,00 Mensual y Bs.
99,10 Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 2.973,00 Mensual y Bs.
99,10 Diario
Salario Mínimo Año 2014:
DECRETO 1.431 DEL 17/11/2014 - PUBLICADO EN G.O. Nº 40.542 DEL
17/11/2014
Vigencia 01/12/2014
Sector Público y Privado..................... Bs. 4.889,11 Mensual y Bs.
162,97 Diario
18
Adolescentes Aprendices..................... Bs. 3.635,95 Mensual y Bs.
121,20 Diario
Pensionados IVSS................................. Bs. 4.889,11 Mensual y Bs.
162,97 Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 4.889,11 Mensual y Bs.
162,97 Diario
DECRETO 935 DEL 29/04/2014 - PUBLICADO EN G.O. Nº 40.401 DEL
29/04/2014
Vigencia 01/05/2014
Sector Público y Privado...................... Bs. 4.251,40 Mensual y Bs.
141,71 Diario
Adolescentes Aprendices...................... Bs. 3.161,70 Mensual y Bs.
105,39 Diario
Pensionados IVSS................................. Bs. 4.251,40 Mensual y Bs.
141,71 Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 4.251,40 Mensual y Bs.
141,71 Diario
DECRETO 725 DEL 06/01/2014 - PUBLICADO EN G.O. Nº 40.327 DEL
06/01/2014
Vigencia 06/01/2014
Sector Público y Privado..................... Bs. 3.270,30 Mensual y Bs.
109,01 Diario
19
Adolescentes Aprendices.................... Bs. 2.432,10 Mensual y Bs.
81,07 Diario
Pensionados IVSS............................... Bs. 3.270,30 Mensual y Bs.
109,01 Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 3.270,30 Mensual y Bs.
109,01 Diario
Salario Mínimo Año 2015:
DECRETO 1.599 DEL 06/02/2015 - PUBLICADO EN G.O. Nº 40.597 DEL
06/02/2015
Vigencia 01/12/2014
Sector Público y Privado..................... Bs. 5.622,48 Mensual y Bs.
187,42 Diario
Adolescentes Aprendices..................... Bs. 4.181,34 Mensual y Bs.
139,38 Diario
Pensionados IVSS................................. Bs. 5.622,48 Mensual y Bs.
187,42 Diario
Pensionados -Jubilados Adm. Pública Bs. 5.622,48 Mensual y Bs.
187,42 Diario
Capital humano
El capital humano es el conocimiento que posee casa individuo, a medida
que el individuo aumente sus conocimientos mayor será su capital humano.
También lo definimos como la mano de obra dentro de una empresa y es el
recurso más importante y básico ya que son los que desarrollan el trabajo de
20
la productividad de bienes o servicios con la finalidad de satisfacer
necesidades y venderlos en el mercado para obtener una utilidad.
Dentro de las bases de todo capital humano se encuentran las actitudes, en
ellas se ven las conductas de las personas y como toda conducta se puede
modificar esta demás decir que es lo más difícil de modificar, ya que estas
entran a jugar un papel importante en el mundo interno de los recursos
humanos.
La Educación y La Formación
La formación de capital humano es hacer que el conocimiento esté
dispuesto a la cualificación de los recursos humanos y sociales, que giren
alrededor de un solo objetivo, que permita beneficiar a la población y al
desarrollo colectivo de la subregión.
Entendida la formación de capital humano como la preparación
adecuada de amplios sectores de la comunidad, productores rurales,
agentes individuales y actores sociales estratégicos en la perspectiva del
desarrollo rural agroindustrial sostenible.
La educación se ha convertido en una de las variables esenciales del
desarrollo, por varios aspectos: la importancia que ha tomado el
conocimiento como factor esencial en la diferenciación y generación de
ventajas competitivas, asociado a la investigación, estudio y desarrollo
tecnológico, así como el desarrollo de la capacidad de reconocer, estudiar,
diagnosticar y establecer respuestas a las difíciles condiciones sociales y
económicas de nuestro entorno cercano.
La educación ligada al desarrollo del conocimiento, le da sentido al
hecho de que los procesos de formación permiten el crecimiento intelectual
de las personas, el conocer y el reconocerse, la evolución mental y la
21
preparación para comprender y entender los complejos fenómenos sociales
en los cuales el ser humano está implicado.
La educación y la formación de capital humano conllevan a obtener
mejores condiciones de interactuación e intercambio social, la participación
en escenarios de deliberación, diálogo, concertación, decisión y gestión del
desarrollo, la búsqueda de respuestas positivas a la crisis. Las apuestas
colectivas por el desarrollo se harán de manera consciente, con capacidad y
competencias para deliberar, opinar críticamente y actuar en consonancia.
Los sindicatos
Son, efectivamente, instrumentos de incorporación de los trabajadores
en la lucha por la defensa de sus intereses y la elevación de sus condiciones
de vida, al tiempo que ayudan a la formación de una clases obrera
organizada y combativa. Estas luchas reivindicativas –desde el aumento de
salarios, pasando por las demandas de reducción de la jornada de trabajo,
hasta la participación en la ganancia y la cogestión- son el punto de partida
para que la clase obrera asuma su papel protagónico en la lucha por la
liberación y llegue a un cierto grado de autonomía y organización, logrando
una percepción directa de su valor cuantitativo, especialmente en las luchas
federativas y confederativas en el seno de las organizaciones sindicales. En
el texto que C. Marx preparó con relación a los sindicatos y que fue leído en
la I Internacional, señalaba que "Los sindicatos, han formado
inconscientemente hogares de organización para la clase obrera, como los
Municipios y Comunidades de la Edad Media lo hicieron para la burguesía. Si
los Sindicatos, por su primer carácter, son rigurosamente necesarios para las
luchas cotidianas entre el capital y el trabajo –verdaderos combates de
guerrillas-, por su segundo carácter, son mucho más importantes aún como
vehículos organizados para la supresión del salario y de la dominación del
capital".
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El desempleo
“Situación en la que se encuentran las personas que teniendo edad,
capacidad y deseo de trabajar no pueden conseguir un puesto de trabajo
viéndose sometidos a una situación de paro forzoso”.
El desempleo es el ocio involuntario de una persona que desea encontrar
trabajo, esta afirmación común a la que se llega puede deberse a varias
causas. Las mismas que citamos a continuación:
Cuando existe un descenso temporal que experimenta el crecimiento
económico caracterizado por la disminución de la demanda, de la inversión y
de la productividad y por el aumento de la inflación. La actividad económica
tiene un comportamiento cíclico, de forma que los períodos de auge en la
economía van seguidos de una recesión o desaceleración del crecimiento.
Estado y negociación colectiva
La negociación colectiva es el proceso de diálogo entre los
representantes de los trabajadores y el empleador, con el objeto de llegar a
un acuerdo destinado a regular las relaciones laborales entre unos y otros,
tales como remuneraciones y condiciones de trabajo.
Dicho acuerdo se denomina convención colectiva de trabajo, tiene
fuerza vinculante entre las partes que la adoptaron, obligando a éstas, a las
personas en cuyo nombre se celebró y a quienes les sea aplicable.
Asimismo se dice que la negociación colectiva es un instrumento que
sirve como un medio para que empleadores y trabajadores resuelvan sus
conflictos de intereses. Es el conjunto de relaciones y procesos de
acercamiento y diálogo en cuyo seno la autonomía colectiva de trabajadores
y empleadores produce el convenio colectivo. La negociación colectiva es de
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por sí, en realidad, un proceso normativo que expresa una relación entre
organizaciones.
La negociación colectiva no debe ser confundida con el convenio
colectivo. Esto lo aclara el jurista Octavio Bueno cuando dice: “La primera es
un proceso que conduce a la realización del segundo. En esa perspectiva,
puede ser definida como un conjunto de discusiones sobre condiciones de
trabajo, llevadas a cabo entre un empleador, un grupo de empleadores o una
o varias organizaciones de empleadores, por un lado, y un grupo de
trabajadores por otro, con miras a la realización de un acuerdo.
Inflación
Es el aumento generalizado y sostenido de los precios de los bienes y
servicios existentes en el mercado durante un período de tiempo,
generalmente un año. Cuando el nivel general de precios sube, con cada
unidad de moneda se adquieren menos bienes y servicios. Es decir, que la
inflación refleja la disminución del poder adquisitivo de la moneda: una
pérdida del valor real del medio interno de intercambio y unidad de medida
de una economía. Una medida frecuente de la inflación es el índice de
precios, que corresponde al porcentaje anualizado de la variación general de
precios en el tiempo (el más común es el índice de precios al consumidor).
Los efectos de la inflación en una economía son diversos, y pueden
ser tanto positivos como negativos. Los efectos negativos de la inflación
incluyen la disminución del valor real de la moneda a través del tiempo, el
desaliento del ahorro y de la inversión debido a la incertidumbre sobre el
valor futuro del dinero, y la escasez de bienes. Los efectos positivos incluyen
la posibilidad de los bancos centrales de los estados de ajustar las tasas
de interés nominal con el propósito de mitigar una recesión y de fomentar la
inversión en proyectos de capital no monetarios.
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Conclusión
Los salarios son uno de los factores de mayor importancia en la vida
económica y social de toda comunidad. Los trabajadores y sus familias
dependen casi enteramente del salario para comer, vestirse, pagar el alquiler
de la casa en que viven y subvenir a todas sus demás necesidades. En la
industria, los salarios constituyen una parte importante de los costos de
producción de los empleadores. A los gobiernos les interesan sobremanera
las tasas de salarios porque repercuten en el ambiente social del país y en
aspectos tan importantes de la economía como el empleo, los precios y la
inflación, la productividad nacional y la posibilidad de exportar bienes en
cantidad suficiente para pagar las importaciones y así mantener el equilibrio
de la balanza de pagos.
Es lógico que los sindicatos y sus afiliados traten de que los salarios
sean altos, para que los trabajadores puedan satisfacer mejor sus
necesidades esenciales. Los salarios elevados también tienen importantes
ventajas para la economía en su conjunto, pues en primer lugar aseguran
una fuerte demanda de bienes y servicios, y además estipulan el aumento de
la productividad. Si bien lo ideal es que los salarios sean lo suficientemente
elevados como para impulsar la demanda de bienes y servicios, cuando son
demasiado altos exceden la capacidad de producción, y el resultado es la
inflación.
Los problemas fundamentales de salarios son los mismos en todos los
países, pero difieren los procedimientos de solución y los métodos de
reglamentación. En consecuencia, los salarios son un elemento importante
de las politicas de trabajadores, empleadores y gobiernos y de las relaciones
entre ellos.
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Bibliografía
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es.wikipedia.org/wiki/Salario
Salario Mínimo en Venezuela (HISTORICO) - hvm laboral ...
Capital humano - Wikipedia, la enciclopedia libre
es.wikipedia.org/wiki/Capital_humano
hvmlaboral.blogspot.com/p/salario-minimo-historico
El Trabajo - Monografias.com
www.monografias.com › Economia
Oferta de trabajo - Eumed.net
www.eumed.net/libros-gratis/2007c/335/Oferta%20de%20trabajo.htm
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