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N. ° 15/02 Julio de 2015 SERIE DE ESTUDIOS NORMATIVOS Jaime Forteza Saavedra Sergio Huerta Vial Regulación del riesgo de liquidez en la banca: evolución de los estándares internacionales y de la normativa chilena SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS

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N. ° 15/02 Julio de 2015

SERIE DE ESTUDIOSNORMATIVOS

Jaime Forteza SaavedraSergio Huerta Vial

Regulación del riesgo de liquidez en la banca: evolución de los estándares internacionales y de la normativa chilena

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS

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A contar de diciembre de 2014, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras inició la publicación de la

Serie de Estudios Normativos, cuyo objetivo es la divulgación del trabajo de investigación realizado por

profesionales de la Superintendencia, o encargado por ésta a especialistas o consultores externos, en que se apoya

la elaboración de la normativa en las áreas de competencia de este Organismo.

Si bien estos trabajos son utilizados como insumo en las decisiones normativas de este Organismo, la

responsabilidad de las opiniones expresadas en los trabajos de esta serie corresponde exclusivamente a sus

autores y no necesariamente representan la visión de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.

Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. Moneda 1123, Santiago, Chile Copyright ©2015 SBIF Todos los derechos reservados

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SERIE DE ESTUDIOS NORMATIVOS

Nro. 15/02

Regulación del riesgo de liquidez en la banca: Evolución de los estándares internacionales y de la normativa chilena

Jaime Forteza Saavedra

Sergio Huerta Vial1/

Dirección de Estudios

Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras

Resumen Basilea III introdujo por primera vez estándares internacionales para la gestión y limitación del riesgo de liquidez. Las nuevas

normas sobre la materia, emitidas por el Banco Central de Chile y la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras,

además de perfeccionar las mediciones de descalce adoptan los estándares de gestión y de medición de Basilea III, estos

últimos inicialmente solo con fines de monitoreo. De acuerdo con nuestras estimaciones para la Razón de Cobertura de

Liquidez (RCL) en el sector bancario chileno, se observa que un 56% de las instituciones bancarias superaría el límite del 100% y

solamente 16% de los bancos estaría bajo 60%. Además, desde 2011 se observa una tendencia positiva del número de

instituciones con un LCR sobre 100%.

Abstract

Basel III introduced for the first time international standards for managing and limiting liquidity risk. The new regulation issued

by the Central Bank of Chile and the Superintendency of Banks and Financial Institutions aims at adopting these standards on a

monitoring basis and at improving the actual measures. According to our estimates for the Liquidity Coverage Ratio (LCR) in the

national banking industry, 56% of banks in Chile would comply with the indicator at 100% and only 16% of banks would be

under 60%. Furthermore, the number of banks raising their LCR above 100% shows an upward trend since 2011.

1/ Los autores agradecen los valiosos comentarios y aportes de Luis Figueroa, Nancy Silva y David Pacheco.

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CONTENIDO

RESUMEN 3

I. INTRODUCCIÓN 5

II. GESTIÓN DE LIQUIDEZ BAJO LOS ESTÁNDARES DE BASILEA III 6

II.1 Rol del directorio y de la alta administración 7

II.2 Política de Administración de Liquidez (PAL) 8

II.3 Medición del riesgo de liquidez 9

Pruebas de tensión y análisis de escenarios 9 II.3.1

Estándares de Basilea III e indicadores complementarios 11 II.3.2

II.4 Información al público 15

III. NORMATIVA DE LIQUIDEZ CHILENA 16

III.1 Normativa vigente 16

III.2 El nuevo marco normativo 17

IV. ESTIMACIÓN DE LA RCL PARA EL SISTEMA BANCARIO NACIONAL 20

V. MEDICIÓN DE LA RCL EN LA BANCA EUROPEA 22

VI. CONCLUSIONES 30

VII. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 32

VIII. ANEXOS 33

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I. Introducción

La liquidez, entendida como la capacidad de obtener fondos de los activos para cumplir con las

obligaciones de manera oportuna y a un costo razonable, es fundamental para la viabilidad de una

institución bancaria.

La importancia de la liquidez bancaria trasciende a las entidades individuales. Un evento de estrés

idiosincrático puede ser el detonante de un evento de estrés sistémico que podría involucrar al sector

bancario o al sistema financiero y, en casos más extremos, comprometer la cadena de pagos entre las

empresas o personas, afectando a algunos sectores o a la economía real como un todo.

A pesar de la importancia que ostentan las materias de administración de liquidez, no es sino hasta la

irrupción de la crisis financiera global de 2008-09 que ésta se volvió una materia central en la agenda de

los bancos, reguladores e investigadores. Es bajo este contexto en el que los diversos actores llegan a

tener conciencia plena de que aspectos tales como las nuevas tecnologías (operaciones en línea,

nacionales y extrafronterizas), innovaciones financieras y una creciente participación de institucionales

en el fondeo bancario de corto plazo, no estaban siendo recogidos por las metodologías clásicas en

materias de administración de liquidez y que nuevos enfoques debían ser desarrollados para abordar de

manera integral y eficiente la administración de este riesgo. A la luz de esos antecedentes, el Comité de

Supervisión Bancaria de Basilea (CSBB) decidió actualizar la normativa de liquidez.

Este documento busca entregar al lector una visión general del origen, desarrollo y resultado de la

normativa publicada por el CSBB en el contexto de la administración de liquidez. El trabajo se

complementa con una revisión de la experiencia relevante sobre esta materia, una breve reseña de la

evolución de la normativa aplicable a la banca chilena y una estimación de la razón de cobertura de

liquidez (RCL) de Basilea III para el caso chileno.

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II. Gestión de liquidez bajo los estándares de Basilea III

La regulación bancaria en general, así como la consistencia de ésta entre diferentes jurisdicciones, ha

sido una de las principales preocupaciones del CSBB en las última tres décadas. Ello se cristalizó en 1988,

cuando el Comité emitió el “Acuerdo de Basilea” (Basilea I) donde se recomendó a la banca un mínimo

de capital para cubrir riesgo de crédito, que en 1996 se extendió a riesgo de mercado.

Tras la crisis de fines de los noventa, en 2004 el CSBB publicó un segundo acuerdo (Basilea II), que es una

extensión del primero. En términos de capital regulatorio, Basilea II aumentó la cobertura de los riesgos,

introduciendo requerimientos de capital por riesgo operacional, y sus metodologías de cálculo (Pilar 1);

estableció nuevos requerimientos en materias de administración y supervisión de riesgos (Pilar 2); e

introdujo mejoras en la disciplina de mercado (Pilar 3). Estas medidas tienen por objeto: mejorar la

habilidad del sector bancario para absorber shocks que provengan del sistema financiero o estrés de

mercado, mejorar la administración y gobernabilidad de los riesgos y fortalecer la transparencia

bancaria (CSBB, 2006).

Si bien el objetivo de Basilea II era salvaguardar la estabilidad financiera, la crisis financiera global de

2008-09 y sus consecuencias sobre el sistema financiero global y la economía mundial puso en tela de

juicio la efectividad de ese estándar de regulación, dejando de manifiesto la necesidad de

actualizaciones. Éstas se materializaron con la publicación de un tercer acuerdo (Basilea III), que

introdujo mejoras para medir la adecuación de capital regulatorio, en términos de nuevas exigencias

para la composición y nivel de capital regulatorio y, por primera vez, estableció estándares para la

medición, administración y limitación del riesgo de liquidez (CSBB, 2011).

En esta última materia el CSBB ha publicado cuatro documentos, dos de los cuales corresponden a

estándares:

• “Basel III: The Liquidity Coverage Ratio and liquidity risk monitoring tools”, en marzo de 2013,

actualmente en fase de implementación en los países miembros; y

• “Basel III: The Net Stable Funding Ratio”, en octubre de 2014, que sería implementado a partir

de 2018.

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Los dos restantes corresponden a pautas regulatorias (“Guidance for Supervisors on Market-Based

Indicators of Liquidity”, en enero de 2014, y “Principles for Sound Liquidity Risk Management and

Supervision”, en septiembre de 2008). Estos documentos constituyen el piso regulatorio en las

jurisdicciones que forman parte del CSBB y, en la práctica, los estándares internacionales de gestión,

medición y divulgación de la situación de liquidez de la banca.

A continuación, se abordan de manera sucinta las materias contenidas en dichos documentos y el rol

que juega cada una de ellas en el proceso de administración de liquidez.

II.1 Rol del directorio y de la alta administración

Esta materia se aborda con profundidad en el documento de 2008 del CSBB, en que se desarrollan los

aspectos cualitativos y de gestión que deben ser observados por el supervisor e implementados por los

bancos que operan en las jurisdicciones miembros del CSBB. Entre los tópicos que se tratan en el

documento están las responsabilidades del directorio, de la alta administración y de cualquier unidad

del banco que esté involucrada en el proceso de gestión de liquidez, las políticas de gestión de liquidez,

las pruebas de tensión y planes de contingencia, el sistema de alertas tempranas y de límites, y la

información divulgada a terceros.

En particular, al directorio se le atribuye la responsabilidad de definir el nivel de tolerancia al riesgo de

liquidez que asuma el banco, la prudencia en su gestión y de hacer disponibles los recursos necesarios

para llevar a cabo la administración de liquidez de manera eficiente y efectiva. También se le asigna la

responsabilidad de asegurar que la institución cuente con una Política de Administración de Liquidez

(PAL), la que deberá aprobar y revisar anualmente. El directorio debe estar constantemente al tanto de

la situación de liquidez del banco y sus filiales, del cumplimiento de la PAL aprobada y de las medidas

que adopte o pretenda adoptar la alta administración en el cumplimiento de las tareas encomendadas

en esta materia.

Entre las principales responsabilidades que se espera dé cuenta la alta administración están la

obligación de proponer al directorio alternativas de sistemas de administración y control de liquidez, los

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cuales deben estar en línea con la tolerancia al riesgo definida por el directorio, la naturaleza del

negocio, las condiciones de mercado y el marco regulatorio imperante en las jurisdicciones en las que el

banco opere; implementar las políticas aprobadas en la PAL; generar una estructura organizacional

idónea y con los recursos necesarios para desarrollar una administración de liquidez que cumpla con los

estándares definidos por el directorio; desarrollar las estrategias para que el banco se ajuste al nivel de

tolerancia al riesgo aceptado por el directorio; y elaborar los planes de contingencia y protocolos a ser

invocados en caso de transgresión de algún límite.

II.2 Política de Administración de Liquidez (PAL)

Según las directrices de Basilea III (CSBB, 2008), la PAL debe contener todo lo necesario para que cada

una de las unidades involucradas en el proceso de gestión de liquidez pueda desarrollar su labor sin

contratiempos, tanto en escenarios normales como de tensión, de acuerdo con las estrategias y

procedimientos definidos por la alta administración y la tolerancia al riesgo acordada por el directorio.

La PAL debe ser aprobada por el directorio y elaborada por la alta administración. Los equipos de riesgo

y de tesorería, así como cualquier otra unidad, equipo o persona relevante en el proceso de

administración de liquidez, deben estar en cabal conocimiento de las directrices contenidas en la PAL.

La PAL debe indicar la estructura organizacional implementada en el proceso de gestión de liquidez,

precisando funciones y responsabilidades en concordancia con los planes de contingencia y protocolos

definidos por la alta administración; los sistemas de límites y alertas tempranas; los planes de

contingencia y las estrategias de gestión de liquidez de largo plazo.

Las estrategias y mecanismos de gestión de liquidez deben estar diseñados en función de las

necesidades del banco y estar en línea con los resultados de las pruebas de tensión y los análisis de

escenarios llevados a cabo por el banco.

La PAL debe contener protocolos de comunicación internos y externos, claros y bien establecidos.

Dichos protocolos deben indicar cuándo y cómo contactar al regulador, operadores de sistemas de

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pagos, corresponsales e inversionistas en el caso de vulnerarse algún límite o que el banco perciba algún

cambio en el contexto económico que ponga en riesgo su liquidez.

Por último, la PAL debe explicitar con qué frecuencia, a través de qué medio y qué tipo de información

será divulgada para transparentar la situación de liquidez del banco.

II.3 Medición del riesgo de liquidez

En los estándares de Basilea III, el riesgo de liquidez es entendido como la capacidad del banco para

cumplir con sus obligaciones en forma oportuna y a un costo razonable y, dada su naturaleza, es un

riesgo que amerita un monitoreo continuo.

El proceso de gestión de liquidez de un banco debe asegurar el cumplimiento de las obligaciones en

todos los plazos, incluyendo las intra-día. Asimismo, este proceso debe hacer posible anticipar las

necesidades de liquidez futuras, considerando cualquier evento, tanto idiosincrático como sistémico,

que pueda ocasionar situaciones de tensión en la liquidez del banco.

Pruebas de tensión y análisis de escenarios II.3.1

Las directrices de Basilea señalan que las pruebas de tensión deben utilizarse para evaluar cambios

repentinos y severos en la posición de liquidez del banco. Los escenarios evaluados pueden basarse en

eventos históricos, tales como el desplome del mercado accionario en 1987, el colapso de liquidez en

EE.UU. de 1990, los atentados terroristas de septiembre de 2001 y la crisis financiera global de 2008-09.

Los eventos de estrés no necesariamente deben ocurrir en la jurisdicción donde se lleva a cabo el

ejercicio, solo debe tenerse en consideración que la naturaleza del shock sea pertinente al mercado para

el cual se desarrolla el ejercicio.

Adicionalmente, pueden considerarse eventos hipotéticos pero plausibles. Por ejemplo, una paralización

del mercado monetario por un periodo prolongado, la inadmisibilidad de ciertos instrumentos en

operaciones de pactos u operaciones con garantías, la pérdida de fungibilidad de monedas,

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paralizaciones sindicales, reducción en la clasificación crediticia y eventos en cadena. Los escenarios

debieran incluir tanto eventos de carácter idiosincrático o específicos a la institución como eventos de

mercado (riesgos de naturaleza sistémica) o bien una combinación de ambos. Los escenarios de estrés

debieran utilizarse para identificar monedas y filiales que puedan volverse críticas en la gestión de

liquidez del banco.

Asimismo, deben considerarse las potenciales necesidades de liquidez originadas por posiciones fuera

de balance, como líneas de crédito, cartas de crédito y boletas de garantía, créditos que hayan sido

comprometidos, requerimientos de liquidez por desvaloración de garantías entregadas, requerimientos

de margen, thresholds o liquidación por la exposición futura de contratos derivados depreciados y

rebajas en la clasificación crediticia u otro equivalente que pueda gatillar un requerimiento adicional de

liquidez por covenants u opcionalidades incrustadas.

Las pruebas de estrés deben considerar diferentes ventanas temporales, con una duración mínima

sugerida de 8 semanas y más para eventos más ácidos. Estos análisis deben llevarse a cabo en ventanas

móviles, cubriendo un periodo de al menos 12 meses.

Las pruebas de estrés deben permitir que el banco obtenga indicaciones sobre su capacidad para

generar la liquidez necesaria en el cumplimiento de todas sus obligaciones, para cada uno de los

escenarios considerados. Los resultados de las pruebas deben ser contrastados con la tolerancia al

riesgo definida por el directorio y para corregir tempranamente cualquier desviación que pueda

manifestarse respecto a esta última.

Basilea sugiere que tanto los bancos como los supervisores consideren la posibilidad de un

comportamiento de “manada” de sus fuentes de financiamiento, en el caso de un evento de estrés

idiosincrático del banco. En el caso de un evento de estrés sistémico, el banco y el supervisor deben

tener en consideración que tanto el banco como sus contrapartes institucionales podrían estar

atravesando una situación de liquidez compleja, deteriorándose la renovación de depósitos de manera

transversal entre las dichas contrapartes, incluso si éstas parecieran estar bien diversificadas.

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Los resultados de estos ejercicios deben constituirse en una de las principales fuentes de información

para que el banco desarrolle sus planes de contingencia.

Estándares de Basilea III e indicadores complementarios II.3.2

En el marco de Basilea III, el CSBB desarrolló estándares de liquidez sujetos a límites, que tienen el

propósito de constituir una base común para la supervisión y gestión de la liquidez: la razón de

cobertura de liquidez (RCL) y la razón de financiamiento estable neto (RFEN) 2/. Cabe resaltar que esos

estándares apuntan a armonizar la regulación entre los países y, de ninguna manera, pretenden sustituir

las mediciones y los respectivos límites internos que cada banco debe desarrollar para gestionar su

riesgo de liquidez.

Adicionalmente, en el mismo contexto se propone una serie de indicadores complementarios que

debieran ayudar al supervisor y a los bancos a identificar y entender las diversas fuentes de riesgo y la

percepción que el mercado pueda tener del banco.

a) Razón de cobertura de liquidez (RCL)

La primera versión de los estándares de liquidez fue publicada por el CSBB en diciembre de 2010. A

partir de entonces, el CSBB se avocó a estudiar las repercusiones que la implementación de este

estándar podría generar en el mercado financiero, el otorgamiento de crédito y crecimiento económico,

comprometiéndose a resolver cualquier consecuencia indeseada en caso de haberla.

La RCL tiene por objetivo asegurar que los bancos mantengan un colchón mínimo de activos líquidos que

asegure su sobrevivencia por un periodo de al menos 30 días. Su construcción toma como base la

experiencia vivida por las instituciones bancarias del G20 en la crisis financiera global de 2008-09,

considerando un escenario de estrés idiosincrático y sistémico combinado, con una duración de treinta

días. Bajo ese contexto, se consideran los siguientes impactos:

2/ CSBB (2013) y CSBB (2014), respectivamente.

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a) Pérdida de una proporción de las captaciones minoristas (personas y PyMES);

b) Pérdida parcial del financiamiento no garantizado con contrapartes mayoristas no bancarias;

c) Pérdida total del financiamiento no garantizado con contrapartes mayoristas bancarias;

d) Pérdida parcial del financiamiento garantizado, en función del tipo de instrumento y contraparte;

e) Requerimientos adicionales de liquidez derivados de una rebaja en la clasificación crediticia del banco (de tres notches) o del deterioro equivalente de cualquier otra referencia utilizada en contratos con covenants u opcionalidades incrustadas;

f) Requerimiento adicional de liquidez por el deterioro en el valor de las garantías entregadas;

g) Requerimiento de márgenes, rebases de thresholds u otros requerimientos de liquidez asociados al deterioro del valor de contratos derivados;

h) Giros no programados de facilidades de liquidez que hayan sido otorgadas por el banco;

i) Necesidades de liquidez que se originen de obligaciones no contractuales que busquen proteger la reputación del banco.

Para la RCL esos impactos son plasmados en tasas de retiro de depósitos, en ponderadores para

discriminar entre la liquidez de los activos, en tasas de renovación de colocaciones, y en la definición de

otros parámetros que determinarían los flujos de egresos e ingresos bajo escenarios como el descrito.

En esencia, la RCL mide la cobertura que el banco tiene para generar liquidez a partir de su stock de

Activos Líquidos de Alta Calidad (ALAC), para cubrir sus egresos netos durante un período de estrés de

30 días. En consecuencia, los ALAC se definen como aquellos activos que están destinados a cubrir los

egresos netos que pueden originarse en el período de duración del estrés, por lo que deben ser

gestionados con ese fin y no deben estar sujeto a ningún tipo de gravamen que pueda impedir su venta

o cesión, pudiendo ser liquidados en el corto plazo (menor o igual a 30 días) sin incurrir en mayores

descuentos.

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En enero de 2013 el CSBB publicó la última versión de la RCL. Los cambios incorporados en esa versión

incluyeron la expansión del universo de instrumentos que pueden considerarse como ALAC y algunos

refinamientos a las tasas de egreso e ingreso.

En régimen, y en tiempos normales, el ratio de cobertura de liquidez tendrá un piso de 100%. No

obstante, el grupo de “Gobernadores de Bancos Centrales y Directores Generales de Supervisión”

(GDGS) acordó que durante un periodo de estrés sería completamente justificado que los bancos

utilicen el colchón de activos líquidos, bajando de los mínimos requeridos. Sin perjuicio de lo anterior, se

espera que el supervisor local guíe la utilización del colchón de acuerdo a las circunstancias del

momento. En línea con esta decisión, en la última versión de la RCL el CSBB incorporó resoluciones en

que se fundamenta la utilización del colchón de ALAC en periodos de estrés y fija la agenda para la

puesta en marcha del respectivo límite.

Para los miembros del CSBB, el mínimo requerido a partir del 1ro de enero de 2015 se fijó en 60% con

incrementos anuales de 10%, de modo de alcanzar el piso de 100% el 1ro de enero de 2019 (Tabla 1).

Esa gradualidad fue concebida con el propósito de asegurar que la RCL pueda ser implementada sin

perturbar la estabilidad financiera o impactar en la actividad económica de las jurisdicciones que

implementen el estándar.

Tabla 1: Calendario de implementación de la RCL

1ro de enero del año 2015 2016 2017 2018 2019

Requerimiento mínimo 60% 70% 80% 90% 100%

Fuente: BCBS (2013).

Por último, es importante resaltar que el ejercicio de estrés subyacente a esta métrica debe ser

entendido como un mínimo normativo y que, en ningún caso, ha sido concebido para reemplazar los

ejercicios de estrés que el banco debe implementar, los que deben recoger el nivel de actividades,

complejidad de los negocios y el perfil de riesgos que se deriva de sus actividades.

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b) Razón de financiamiento estable neto (RFEN)

La Razón de Financiamiento Estable Neto es otro componente fundamental de los estándares de

liquidez impulsados por Basilea III. El límite definido para este ratio busca que los bancos cuenten con

una matriz de financiamiento estable en relación a sus activos y posiciones dentro y fuera de balance. Su

propósito es reducir la posibilidad de que un colapso en las fuentes de financiamiento regulares

erosione la posición de liquidez del banco, a un nivel que pueda poner en riesgo su estabilidad y,

eventualmente, la del sistema bancario.

Las primeras propuestas del RFEN fueron publicadas el 2009 y la métrica fue incluida en el acuerdo de

Basilea III en diciembre de 2010. Desde entonces, el CSBB ha implementado un proceso de revisión de

este estándar y sus implicancias para el sistema financiero y la economía. En enero de 2014 el CSBB

publicó una revisión del estándar RFEN, concentrando ese esfuerzo en las partidas más riesgosas de la

matriz de financiamiento bancario, alineando conceptos con la RCL y reduciendo quiebres en la

medición del “financiamiento requerido” y “financiamiento disponible”.

Entre los países miembros del Comité, el límite a la RFEN comenzará a ser aplicable a partir del primero

de enero de 2018. En régimen, el requerimiento mínimo de este estándar será de 100%, pero aún no es

claro cuál será su nivel introductorio ni su calendario de implementación.

c) Indicadores complementarios para el monitoreo de la liquidez

Además de los dos ratios ya mencionados, en los estándares de liquidez de Basilea III se incluye una

serie de indicadores, concebidos para ampliar la capacidad de monitoreo del supervisor y de la banca.

Algunos indicadores se derivan de la RCL, incluyendo mediciones de “Otros activos líquidos de alta

calidad” y de las “RCL por moneda significativa”. Los primeros constituyen métricas para capturar

volúmenes, calidad, moneda y país de emisión de instrumentos que podrían, bajo ciertas condiciones,

ayudar a restituir un colchón de ALAC que haya sido mermado por una situación de estrés. La restitución

podría llevarse a cabo vía pactos o facilidades de liquidez con el banco central local. Por otro lado, la RCL

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por moneda significativa permite observar cualquier evento de descalce en desarrollo, permitiéndole al

banco y autoridades locales adoptar las acciones correctivas pertinentes.

En ese contexto, el supervisor debiera evaluar la capacidad del banco para levantar fondos en la moneda

descalzada o bien la capacidad para transferir excedentes de liquidez denominados en monedas

diferentes. Debido a la naturaleza del monitoreo que puede hacerse con las RCL por moneda, el Comité

recomienda fijar, a modo de alerta, niveles de descalce más ajustados. Lo anterior con el propósito de

tener tiempos de reacción suficiente cuando no se tenga capacidad para levantar fondos o transferir

excedentes en los volúmenes y tiempos que las circunstancias requieran.

Aparte de esas dos métricas, los estándares incluyen otros indicadores que permitirían mejorar la

capacidad de monitoreo del banco y el supervisor. Este es el caso de los indicadores de concentración,

los que tienen por objeto identificar las fuentes de financiamiento, en términos de contraparte e

instrumentos de captación, cuyo comportamiento pueda generar mayores presiones de liquidez en caso

de turbulencias financieras.

II.4 Información al público

La información al público es otro tópico importante dentro de los nuevos estándares de liquidez. Según

Basilea III (CSBB, 2008), la divulgación de información sobre liquidez mejoraría la transparencia,

facilitaría la valoración, reduciría la incertidumbre y fortalecería la disciplina de mercado. En este

contexto, los bancos debieran revelar la cantidad de información necesaria como para que el público

pueda tomar decisiones informadas, en particular en lo que concierne a la capacidad del banco para

cumplir con sus obligaciones en toda circunstancia.

Dentro de la información que se espera que los bancos publiquen está la relativa a su estructura

organizacional y a su marco de gestión de la liquidez. En relación con la estructura organizacional, el

banco debiera informar los roles y responsabilidades de todos los comités y equipos técnicos

involucrados en la gestión de liquidez. Adicionalmente, el banco debiera informar el nivel de

centralización/descentralización de las unidades de administración de riesgos y de tesorería. Esa

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información debiera ser presentada en el contexto de la matriz de financiamiento del banco, los límites

implementados y las colocaciones intra – grupo. Cuando la administración de riesgo y tesorería esté

centralizada, el banco debiera explicar la manera en que las unidades de estas áreas se coordinan entre

sí y hasta qué punto tienen la autonomía suficiente como para manejar su propio riesgo de liquidez. Con

respecto al marco de gestión de liquidez, el banco debería referirse a su política de administración de

liquidez, indicando la responsabilidad del directorio y la alta administración; a los aspectos relevantes

considerados en las pruebas de tensión y en los planes de contingencia; al sistema de límites internos y

de alertas tempranas, entre otros aspectos que el banco considere relevantes.

De manera complementaria, los bancos debieran publicar información cuantitativa que permita a los

participantes del mercado formarse una visión objetiva de la situación actual y futura del banco. Algunos

ejemplos de información cuantitativa incluirían límites normativos que se aplican en las jurisdicciones en

que el banco opera, límites internos, descalce de plazos, las razones de liquidez e indicadores de

monitoreo considerados en los estándares de Basilea III, entre otros. Esta información debe ser

entregada con la contextualización necesaria para que sea bien comprendida, es decir, explicando en

qué consiste la métrica, indicando las unidades de medición, incorporando una interpretación de los

resultados y reseñando el plan de corrección o mitigación, de ser necesario.

III. Normativa de liquidez chilena

III.1 Normativa vigente

Hasta la reciente revisión implementada por el Banco Central de Chile (BCCh), que se materializó en el

Acuerdo N° 1879-03-150122 de enero de 2015, bajo el cual se emitió el nuevo Capítulo III.B.2.1

(“Normas sobre la gestión y medición de la posición de liquidez de las empresas bancarias”) de su

Compendio de Normas Financieras (CNF), el marco normativo sobre liquidez estuvo contenido en el

Capítulo III.B.2 (“Normas sobre relación de las operaciones activas y pasivas de los bancos”) de dicho

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compendio y el Capítulo 12-9 (“Relación de operaciones activas y pasivas”) de la Recopilación

Actualizada de Normas (RAN) de la SBIF.

Actualmente, también hacen parte de ese cuerpo normativo el Capítulo 3.1 del CNF del BCCH, sobre

encaje y reserva técnica, y los capítulos sobre encaje (4-1), reserva técnica (4-2) y clasificación de gestión

y solvencia (1-13) de la RAN.

La normativa sobre liquidez para las entidades bancarias chilenas ha incluido límites cuantitativos para

los descalces de plazo desde 19993/. En 2003, esa normativa se revisó para mejorar las mediciones de

descalces, introducir la posibilidad de que los bancos utilicen modelos para estimar el comportamiento

previsto de los depósitos minoristas e incorporar aspectos cualitativos; orientados a asegurar que los

bancos gestionen su liquidez bajo un marco formal de políticas, mantengan un adecuado calce entre

egresos e ingresos, especialmente en plazos más próximos, realicen pruebas de tensión y cuenten con

planes de contingencia.

III.2 El nuevo marco normativo

En esencia, la nueva normativa busca fortalecer las políticas de gestión del riesgo liquidez en la banca,

alineándolas a las orientaciones recientes del CSBB; adaptar los estándares internacionales a la realidad

local, con tiempos prudentes para su calibración e implementación; establecer mayores exigencias a la

gestión y medición del riesgo de liquidez; hacerse cargo de la internacionalización de la banca y de la

integración del país a diversas instancias internacionales; mejorar la calidad y frecuencia de la

información que la banca debe entregar a la SBIF para fines de supervisión y monitoreo; y aumentar la

información que los bancos entregan al público (SBIF, 2015).

3/ Los límites son los siguientes: suma de descalces de plazo hasta 30 días para todas las monedas ≤ capital básico; suma de descalces de plazo hasta 30 días para las monedas extranjeras ≤ capital básico; suma de descalces de plazo hasta 90 días para todas las monedas ≤ 2 veces el capital básico.

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Esta normativa aborda de manera más explícita y comprensiva que la normativa anterior los principios

de Basilea para la adecuada gestión y supervisión del riesgo de liquidez. En línea con los estándares de

Basilea III, la nueva normativa establece exigencias explícitas orientadas a que en la PAL incorpore

directrices que aseguren una adecuada gestión del riesgo de liquidez; y que esta gestión sea acorde con

las estrategias de negocio y de financiamiento, y la tolerancia al riesgo del banco. La gestión de liquidez

de las filiales bancarias debe ser independiente de la de su matriz, y debe contar con una PAL propia,

aprobada por el directorio de la filial.

En concordancia con los principios y estándares de Basilea, la normativa establece un marco mínimo

para el desarrollo de ejercicios de tensión y planes de contingencia. El directorio y la alta administración

del banco deben informarse de los supuestos, de los resultados y de las acciones que se tomen para

mitigar las vulnerabilidades detectadas en las pruebas de tensión. El objetivo es que tengan un

panorama lo más completo posible de las vulnerabilidades o riesgo latentes que enfrenta el banco y, en

función de ello, evaluar ajustes a las estrategias, políticas, límites internos y planes de contingencia del

banco. En todo caso, las pruebas de tensión deben estar insertas dentro de la gestión integral del riesgo

de liquidez del banco, en términos tanto individual como consolidado.

La normativa requiere que los bancos cuenten con un plan de contingencia formal, en que se

establezcan las estrategias a seguir frente a eventuales déficits de liquidez o restricciones de acceso a

fuentes de financiamiento relevantes. El plan debe formar parte de los procesos de programación de

liquidez y análisis del riesgo de liquidez del banco, y estar vinculado a las pruebas de tensión. Por último,

para asegurar su eficacia y viabilidad, el plan debe someterse a revisiones periódicas y, eventualmente,

adecuarlo a cambios en el entorno de negocios o en la liquidez de los mercados.

En el ámbito de la medición de liquidez, la nueva normativa busca perfeccionar los actuales

requerimientos sobre descalces de plazo, incorporando el aprendizaje obtenido de la aplicación de la

normativa chilena desde su última modificación (octubre de 2003) y adaptando, con la gradualidad que

sea necesaria, los estándares cuantitativos de Basilea III. En una primera etapa, estos estándares se

utilizarán para fines informativos y de monitoreo, para avanzar en la calibración de los parámetros

subyacentes a estos indicadores. La información que se capture durante ese periodo de monitoreo se

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utilizará para hacer los ajustes y las calibraciones necesarias para, en una segunda etapa, fijar límites

normativos.

En ese contexto, la nueva normativa contempla diversas mediciones para cuantificar la posición de

liquidez, incluyendo los ya tradicionales descalces de plazo, los estándares de Basilea III (RCL y RFEN) y

cuatro índices de concentración. Estas métricas se aplican a cuatro niveles de consolidación, según

corresponda: para el banco constituido en Chile en forma individual, para el banco constituido en Chile

consolidando sus filiales establecidas en el país, para el banco constituido en Chile consolidando sus

filiales establecidas en el país y en el extranjero; y para cada banco establecido en el exterior, filial de un

banco establecido en Chile, en forma consolidada.

Los descalces de plazo son los únicos que están sujetos a límites, que son los mismos establecidos en la

normativa anterior pero, además de aplicarse al banco constituido en Chile en forma individual, ahora se

aplican también al banco constituido en Chile consolidado con sus filiales establecidas en el país.

Para efectos del seguimiento de los activos líquidos y el cómputo de los mismos en el cálculo de las

razones de liquidez, el BCCh, en su calidad de proveedor sistémico de liquidez en escenarios de estrés,

se preocupó de definir en su norma qué activos califican como de “alta calidad”, primando el criterio de

considerar como ALAC el colateral aceptable por las distintas facilidades de liquidez disponibles para la

banca (Tabla 2).

La definición de los ponderadores y la clasificación de los distintos flujos de ingreso y egreso de efectivo

quedaron en el ámbito normativo de la SBIF que, teniendo en cuenta los objetivos que el BCCh definió

para la incorporación de los estándares RCL y RFEN, para fines de su cómputo y reporte, adoptó las

orientaciones que el CSBB ha dispuesto para ambos estándares.

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Tabla 2: Definición de los Activos Líquidos de Alta Calidad (ALAC)

ALAC Participación Fondos Disponibles, incluido encaje exigido.

Nivel 1 (sin límite)

Bonos del Banco Central. Bonos de la Tesorería. Instrumentos financieros emitidos o garantizados por Estados o bancos centrales de países extranjeros con clasificación de riesgo calificados en primera categoría de riesgo, de acuerdo a metodologías de empresas calificadoras internacionales que figuren en una nómina registrada en la Superintendencia. Instrumentos financieros emitidos o garantizados por Estados, bancos de desarrollo multilaterales o bancos centrales de países extranjeros calificados entre las categorías A- y AA+, o su equivalente, de acuerdo a metodologías de empresas calificadoras internacionales que figuren en una nómina registrada en la Superintendencia. Nivel 2

(hasta un 40%) Las letras de crédito hipotecarias y los bonos hipotecarios sin garantía especial, que no sean de la propia emisión del banco y que sean elegibles para operaciones de compra de títulos de crédito con pacto de retroventa o la Facilidad de Liquidez Permanente del Banco Central de Chile Fuente: Capítulo III.B.2.1 CNF del BCCh.

IV. Estimación de la RCL para el sistema bancario nacional

De acuerdo a estimaciones preliminares para la RCL, obtenidas a partir de la información disponible en

diferentes archivos normativos, se construyó una serie histórica del indicador para cada una de las

instituciones bancarias que operan en Chile. Basados en esta información, observamos que el universo

de instituciones con valores de la RCL por sobre el 100% ha aumentado desde inicios de 2011, a una tasa

relativamente constante. De manera simétrica, el universo de bancos con RCL bajo 60% ha ido

disminuyendo proporcionalmente desde el mismo año (Gráfico 1).

Las estimaciones indican que las instituciones bancarias han llevado a cabo una gestión de activos y

pasivos que ha mejorado sistemáticamente la RCL. Una hipótesis que podría explicar esta evolución es

que la banca haya estado anticipándose a la adopción local de los estándares internacionales de

liquidez, en particular aquellos bancos que son filiales de banco extranjeros, que podrían estar

adoptando estos estándares por determinaciones de sus casas matrices, situadas en jurisdicciones

miembros del CSBB.

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Gráfico 1: Evolución categorías de LCR en sistema bancario nacional (Número de bancos)

Fuente: Estimaciones propias a partir de información de la SBIF.

En general, los bancos chilenos contarían con ALAC suficientes para cumplir con el límite del 60% de la

RCL. No obstante, es importante destacar que cuantificar el grado de adherencia a los estándares de

cumplimiento, enfocándose exclusivamente en los niveles de ALAC, es inadecuado, más aun cuando la

normativa todavía no ha sido implementada. En la práctica, en los países en que se ha implementado la

RCL se ha observado que los bancos gestionan el indicador de liquidez no solo incrementando su stock

de activos líquidos, sino también sustituyendo activos, migrando a fuentes de financiamiento más

estable y/o gestionando el perfil de sus activos y pasivos.

Además, es importante reiterar que la normativa chilena no busca implementar la agenda definida por

el CSBB, sino introducir las razones de liquidez de Basilea III con fines de monitoreo exclusivamente, de

manera de efectuar una calibración ajustada a la realidad del sistema local. Por este motivo, es muy

probable que las necesidades de liquidez que hoy en día puedan existir cambien en el transcurso del

tiempo, en particular si se considera la trayectoria que ha mostrado la RCL en la banca chilena desde el

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2011 hasta la fecha, en la que se observa una tendencia positiva para las instituciones que superan el

tramo del 60% y una tendencia similar para las que han ingresado al tramo sobre 100%.

V. Medición de la RCL en la banca europea

La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) comenzó a capturar desde el cuarto

trimestre del año 2011 datos suficientes para computar la RCL (EBA, 2014). La muestra abarca un

número de 274 bancos entre fines de 2011 y 2013, llegando a cubrir hasta 322 bancos para algunos

periodos en particular.

Ilustrando un comparativo del cumplimiento de la RCL en la Unión Europea (UE) y Chile (Gráfico 2), para

cada uno de los tramos de implementación definidos por el Comité (Tabla 1), corroboramos que existe

una elevada correlación entre la distribución de cumplimiento en ambas economías. Esto es

especialmente cierto al comparar el cuarto trimestre de 2013 de la UE con el promedio del año 2015 en

Chile. Esta relación es interesante, toda vez que la experiencia de jurisdicciones con cierto liderazgo en

materias de gestión de liquidez puede aportar valiosa información del proceso de implementación y

adaptación al nuevo indicador a las jurisdicciones que siguen los estándares de Basilea con cierto rezago.

Al momento de la publicación por parte del EBA”, en diciembre de 2014, del “Segundo Análisis de

Impacto de Métricas de Liquidez, la RCL no constituía un límite pues este comenzó a implementarse en

enero de 2015, cuando comenzó a regir un requerimiento mínimo de 60%. En este contexto, muchas

instituciones bancarias de la UE se encontraban en un periodo de transición, desde niveles de RCL en

incumplimiento (bajo 60%) a niveles que le aseguraran el cumplimiento normativo4/. Dicho proceso es

el que EBA estudia a través de la información recopilada, infiriendo las estrategias implementadas por

los bancos para la gestión de la RCL; procesos que creemos podrían ser relevantes para instituciones que

operan en la plaza local.

4/ No obstante existen jurisdicciones, como Bélgica, con agendas más agresivas que las definidas por el Comité (Tabla A1).

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Gráfico 2: Comparación RCL en Europa y Chile y sus tramos de cumplimiento (porcentaje de bancos)

Fuente: EBA (2014) y estimaciones propias.

Un aspecto fundamental a tener en consideración es la interacción que existe entre límites normativos,

donde bien podría ocurrir que una estrategia que el banco implemente para mejorar la RCL fuera en

detrimento de otro límite o requerimiento, interno o normativo. Es en este escenario complejo y de

múltiples restricciones, donde las estrategias implementadas por los bancos se vuelven un caso muy

interesante de estudio tanto para el organismo europeo, como para jurisdicciones que están en el

proceso de adopción de los nuevos indicadores.

Para determinar las estrategias de gestión utilizadas por los bancos de la UE, el EBA aplica tres métodos,

la de sensibilización del ratio (método 1), la correlación de la concentración de partidas de balance con

el indicador (método 2) y modelos econométricos que intentan explicar las variaciones en la RCL

(método 3). Utilizando los resultados arrojados por cada una de esas metodologías, la autoridad

bancaria europea infiere las estrategias que, con mayor probabilidad, han sido implementadas por las

instituciones que operan en su jurisdicción.

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Tabla 3: Controladores de la RCL – según metodología de sensibilización

Ítem ∆ RCL Monto Bn

EUR Ponderador

prom Activos Líquidos Nivel 1 1.049% 3,231 € 100.00% Activos Líquidos Nivel 2 0.107% 349 € 85.00%

Activos Líquidos Nivel 2B 0.036% 199 € 49.92%

Pactos de retro venta 0.165% 2,093 € 18.70% Ingresos por colocaciones 0.327% 1,113 € 69.50% Otros ingresos 0.147% 598 € 58.26%

Obligaciones a plazo y a la vista de retail y PYMES -0.191% 7,634 € 5.93% Obligaciones a plazo y a la vista, operacionales, de mayoristas no garantizados -0.117% 1,265 € 21.88% Obligaciones a plazo y a la vista, no operacionales, de mayoristas no garantizados -0.676% 2,603 € 61.98% Emisión deuda no garantizada -0.109% 260 € 100.00% Pactos de retro compra -0.178% 2,163 € 19.59% Otros egresos -0.496% 8,271 € 14.28%

Fuente: EBA (2014).

El ejercicio de sensibilización (método 1) se construye en base a un balance consolidado global y tasas

ponderadas de ingreso y egreso para cada una de las partidas. La estructura anterior permite calcular

una RCL consolidada a nivel de sistema; es decir, representar la matriz de financiamiento y portfolio de

inversión del sistema bancario de la UE como un todo. Con este simple modelo se sensibiliza el valor del

ratio incrementando cada partida, de manera independiente, en un 1%. El resultado de ese ejercicio es

un mapa de las partidas más sensibles al modelo de negocio del sistema bancario de la UE (Tabla 3).

De acuerdo con los resultados mostrados en la Tabla 3, se observa que las partidas más sensibles para el

sistema bancario de la UE serían los montos de activos líquidos nivel 1 y, en materia de egresos, las

obligaciones mayoristas a plazo y a la vista no operacionales y no garantizados. Estos resultados son

consistentes con los ponderadores promedios y los montos asociados a ambas partidas.

Es relevante mencionar que la matriz de sensibilización anterior se basa en un análisis “stand – alone”

de la RCL. Es decir, por construcción este análisis ignora la relación entre la RCL y otros límites

normativos, lo que en la práctica no es del todo cierto ya que los bancos, y en particular los de

jurisdicciones que forman parte del CSBB, deben cumplir con múltiples nuevos límites de manera

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simultánea. Dicho esto, la matriz anterior podría no ser una representación fiable de las estrategias

adoptadas por los bancos para gestionar el cumplimiento del ratio de liquidez.

El segundo método, que complementaría los resultados anteriores, se basa en verificar la correlación

que existiría entre la variación de la concentración para ciertas partidas del balance y el nivel de la RCL.

De acuerdo a los resultados obtenidos en el mismo estudio anteriormente citado (EBA, 2014) existirían

cuatro partidas con las cuales se verifica una relación significativa:

• Existe una relación positiva entre la RCL y la concentración de bonos soberanos sobre los activos

totales.

• Existe una relación positiva entre la RCL y la concentración de obligaciones a la vista/plazo con

contraparte PyMES y retail sobre pasivos totales.

• Existe una relación negativa entre la RCL y la concentración de colocaciones comerciales en

instituciones no financieras sobre activos totales.

• Existe una relación negativa entre la RCL y la concentración de las colocaciones no comerciales

sobre activos totales.

Por último, y en línea con el análisis anterior, EBA (2014) lleva a cabo un análisis econométrico (método

3) implementando 4 modelos diferentes (Tabla A2). Los resultados de este ejercicio concluyen que, en

términos de activos líquidos de alta calidad:

• Los excesos de reservas en el banco central jugaron un rol relevante en la gestión de los niveles

de la RCL, en particular en aquellos bancos que se encontraban en incumplimiento en el cuarto

trimestre del año 2011.

• El aumento de activos líquidos de nivel 1 muestra una tendencia de crecimiento positiva entre el

cuarto trimestre de 2011 y el cuarto trimestre de 2013 (Gráfico 3), tendencia que se intensifica

en las instituciones que se encontraban en incumplimiento en el cuarto trimestre del año 2011.

A pesar de la tendencia anterior, los activos líquidos nivel 1 no muestran gran correlación con la

dinámica de la RCL, indicando que la gestión de estos instrumentos estaría relacionada a otras

estrategias de control de riesgos más que a la propia gestión de la RCL.

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• Los bonos garantizados muestran una relación positiva con la RCL, indicando la importancia que

estos instrumentos financieros han adquirido, sobre todo en aquellos bancos en cumplimiento y

que se encuentran lejos del límite de 40% definido como techo para los activos de nivel 2.

Gráfico 3: Dinámicas de las partidas de la RCL en la UE (Porcentaje)

Fuente: EBA (2014).

En relación con las colocaciones:

• Se observa una relación negativa significativa entre la RCL y la exposición a colocaciones no

comerciales (consumo e hipotecarios). Según el EBA, lo anterior corroboraría la hipótesis de que

los bancos reducirían la exposición a estos segmentos para aumentar su razón de cobertura de

liquidez. Sin embargo, este supuesto puede rebatirse pues este comportamiento bien podría ser

consecuencia de las condiciones económicas adversas imperantes en el periodo de medición.

• No se observa ninguna relación entre la RCL e instrumentos financieros con fines de negociación

o “trading”.

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En términos de la matriz de financiamiento:

• Los depósitos a plazo con contrapartes PyMES o retail, muestran una relación positiva con la

RCL, bancos que logran aumentar el volumen de este tipo de instrumentos de captación

mejoran su ratio de liquidez.

• Para los bancos en cumplimiento se observa una relación negativa entre la emisión de

instrumentos de deuda y la RCL. Lo anterior debilita el supuesto de una “estrategia de

apalancamiento” basada en la emisión de deuda para adquirir instrumentos ALAC. Los bancos

en incumplimiento no muestran relación alguna entre emisión de deuda y la RCL.

• Los bancos en incumplimiento en el cuarto trimestre de 2011 muestran una tendencia

decreciente en los flujos de egreso, esto se habría materializado reduciendo la emisión de

instrumentos de deuda y captaciones con instituciones bancarias. A pesar de esta evidencia, los

modelos sugieren que las captaciones con instituciones bancarias no serían un driver para el

ratio de liquidez.

• La dinámica del capital pagado también fue testeada, y aunque este mecanismo mejora todos

los límites, no se encuentra ninguna evidencia de que este mecanismo haya sido utilizado para

gestionar los niveles de RCL. Esto inhabilitaría la hipótesis de que los bancos utilizan esta

estrategia para gestionar el límite de liquidez.

• La estabilidad de los depósitos tampoco muestra ser significativa en ninguno de los modelos,

por lo que no existiría evidencia de que los bancos aumenten la concentración en sus depósitos

estables sobre el resto de los depósitos PyMES y retail como mecanismo de gestión del límite.

• Por último, los depósitos mayoristas con relación operacional muestran una relación positiva y

significativa con el nivel del límite, pero solo para bancos en cumplimiento al inicio del periodo.

Esto indicaría que los bancos que caen en esta categoría utilizaron este mecanismo de gestión

(incluyendo la dedicación de los esfuerzos necesarios para identificar los depósitos que

cumpliesen con los requisitos para considerarlos con relación operacional) para controlar los

niveles de la RCL.

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La Tabla 4 resume las estrategias que un banco tiene a su disposición para controlar la razón de

cobertura de liquidez. Estas estrategias se pueden deducir del análisis de sensibilidad indicado en la

Tabla 3, de la siguiente forma:

• A través de swaps o sustitución entre activos o pasivos, el banco intercambiaría activos de bajo

impacto en el LCR por activos de mayor impacto. Lo mismo, pero de manera contraria aplica

para los pasivos.

• Financiamiento de activos de alto impacto en la RCL con partidas de pasivos de bajo impacto

(apalancamiento).

• Liquidación de partidas de pasivo de alto impacto en la RCL con partidas de activos de bajo

impacto (desapalancamiento). Si bien desde un punto de vista puramente teórico tienen

sentido, estas estrategias podrían generar efectos no deseados sobre otros límites normativos

inhabilitándolas como mecanismos válidos de gestión de liquidez.

En resumen, utilizando el mecanismo de sensibilización, se obtiene un set de estrategias teóricamente

factibles para el sistema bancario de la UE, las cuales se contrastan con el comportamiento de los

bancos a través de correlaciones (método 2) y modelos econométricos (método 3). El resultado, de

aplicar ambos métodos, es un mapa de cada una de las estrategias de gestión de liquidez, con su

correspondiente grado de implementación en la UE (Tabla 4).

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Tabla 4: Estrategias posibles y grado de implementación en la UE

Balance Estrategia Grado implementación

Activos

Reasignación Vender activos no líquidos, comprar activos líquidos Alto

Reducción madurez residual

Acortar la madurez residual de los activos vendiendo activos con madurez de largo plazo y

comprando activos con madurez residual de corto plazo

Nulo

Compromisos de líneas Reducir los compromisos de líneas No hay

estimación

Pasivos Aumento de la

madurez residual

Aumento de la madurez residual financiándose a largo plazo y reduciendo la dependencia en fuentes de financiamiento de corto plazo.

Nulo

Depósitos Aumento de depósitos retail Medio

Activos & Pasivos

Desapalancamiento Vender activos no líquidos para pagar obligaciones de corto plazo Bajo

Apalancamiento Financiarse a largo plazo para adquirir activos líquidos de alta calidad Bajo

Fuente: EBA (2014).

De acuerdo con la Tabla 4, la estrategia más implementada sería la sustitución de activos de baja

liquidez por activos líquidos. Este comportamiento se condice con lo observado en el Gráfico 4, donde se

aprecia una tendencia positiva en la tasa de crecimiento de los activos líquidos, que contrasta con un

crecimiento casi nulo en los activos totales de los bancos considerados en la muestra entre el cuarto

trimestre de 2011 y cuarto trimestre de 2013.

El resultado global, tras la implementación de estrategias de ajuste de la RCL, se puede apreciar en el

Gráfico 4. Esta imagen muestra un claro aumento en el nivel de activos líquidos, la cual se obtiene

implementando la estrategia de “reasignación”, mientras que la reducción de los egresos netos,

observada entre el cuarto trimestre de 2012 y el cuarto trimestre de 2013, se obtendría aplicando la

estrategia de “depósitos”. Vale reiterar, sin embargo, que esa evidencia se ha recogido en un periodo de

restricción de la actividad bancaria (lo que podría explicar la “reasignación”) y que el tiempo

transcurrido desde que la banca europea comenzó a aplicar la RCL ha permitido hacer el trabajo

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minucioso que se requiere para identificar, dentro del universo de depositantes, aquellos con relaciones

operacionales.

Gráfico 4: Dinámica ALAC vs egresos netos (billones de euros)

Fuente: EBA (2014).

VI. Conclusiones

El último acuerdo del CSBB (Basilea III) introduce mejoras a los estándares internacionales de regulación,

recogiendo las lecciones aprendidas de la crisis financiera global ocurrida entre los años 2008-09. Este

acuerdo incorpora nuevos requerimientos a la adecuación de capital regulatorio, en términos de

exigencias para la composición y nivel de capital y, por primera vez, establece estándares para la

medición, administración y limitación del riesgo de liquidez.

La creciente integración de Chile al ámbito financiero internacional, hace indispensable avanzar

decididamente en la adopción de los estándares internacionales en materia de supervisión basada en

riesgos. En este contexto, el nuevo marco normativo que el BCCh y la SBIF están implementando tiene

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como principal objetivo alinearse a los estándares propuestos por Basilea III en materia de gestión de

liquidez, pero adaptándolos a la realidad local. Estos cambios, además de fortalecer las políticas de

gestión del riesgo de liquidez de la banca, permitirán monitorear y aplicar de manera gradual los nuevos

estándares, hacerse cargo de la internacionalización de la banca y de la integración del país a diversas

instancias internacionales, mejorar la calidad y frecuencia de la información con que cuenta el

supervisor y aumentar la información que los bancos entregan al público.

Aunque el nuevo marco normativo aún no ha sido implementado, existe evidencia que indica que las

instituciones bancarias chilenas han llevado a cabo una gestión de activos y pasivos que ha mejorado

sistemáticamente la RCL. Esto podría explicarse porque la banca chilena ha estado anticipándose a la

adopción de los estándares internacionales de liquidez, en particular aquellos bancos que son filiales de

banco extranjeros y cuyas matrices están situadas en jurisdicciones miembros del CSBB.

En efecto, de acuerdo con las estimaciones de la RCL para el sector bancario chileno, presentadas en

este trabajo, se observa que un 56% de las instituciones bancarias supera el nivel de 100% y solamente

el 16% de los bancos tiene un RCL bajo 60%. Asimismo, desde el 2011 hasta la fecha se observa un

aumento sistemático del número de instituciones cuyas RCL estimadas superan el 100%, así como

también del número de bancos que muestran una RCL sobre 60%.

Los estudios para los países donde la RCL ya está en vigencia (Tabla A1) sugieren que los bancos utilizan

diversas estrategias para mejorar este indicador, tendientes a cambiar la composición de sus activos o a

modificar el vínculo con sus depositantes.

Para la banca en Chile, a pesar de la positiva evolución que muestran las estimaciones de la RCL, no

existe evidencia que permita inferir qué estrategias han seguido los bancos para mejorar este indicador.

Lo que sí se observa es un aumento sistemático del tamaño de sus balances, que ha estado acompañado

por un incremento en las posiciones en ALAC que supera al crecimiento de los egresos netos. Es decir,

más que responder a estrategias dirigidas explícitamente a optimizar este indicador, el aumento de la

RCL pareciera ser consecuencia de una mejora progresiva en la gestión de liquidez de la banca local.

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VII. Referencias bibliográficas

SBIF (2015). “Normas Sobre la Gestión y Posición de Liquidez,” Superintendencia de Bancos e

Instituciones Financieras, Recopilación Actualizada de Normas (RAN).

BBCh (2015). “Normas Sobre la Gestión y Medición de la Posición de Liquidez de las Empresas

Bancarias,” Banco Central de Chile, Capítulo III.B.2.1, Compendio de Normas Financieras.

CSBB (1992). “A framework for measuring and managing liquidity,” Basel Committee on Banking

Supervision.

CSBB (2006). “Basel II: International Convergence of Capital Measurement and Capital Standards: A

Revised Framework,” Basel Committee on Banking Supervision.

CSBB (2008). “Principles for Sound Liquidity Risk Management and Supervision,” Basel Committee on

Banking Supervision.

CSBB (2011). “Basel III: A global regulatory framework for more resilient banks and banking systems,”

Basel Committee on Banking Supervision.

CSBB (2013). “Basel III: The Liquidity Coverage Ratio and liquidity risk monitoring tools,” Basel

Committee on Banking Supervision.

CSBB (2014a). “Basel III: the net stable funding ratio,” Basel Committee on Banking Supervision.

CSBB (2014b). “Guidance for Supervisors on Market-Based Indicators of Liquidity,” Basel Committee on

Banking Supervision.

CSBB (2015). “Eighth progress report on adoption of the Basel regulatory framework.” Basel Committee

on Banking Supervision.

EBA (2014). “Second report on impact assessment for liquidity measures under Article 509(1) of the CRR,”

European Banking Authority.

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VIII. ANEXOS

Tabla A1: Mapa de progreso en la implementación de la RCL y normativa de divulgación (*)

País Norma de Liquidez (RCL) Norma RCL Divulgación RCL

Argentina

Normativa final publicada el 8 de enero de 2015 entrando en vigor el 30 de enero del mismo año (comunicación "A" 5693) con el requerimiento de que debe ser cumplida a nivel individual y consolidado por bancos tipo "A" (los 18 bancos más grandes). Las herramientas de monitoreo y requerimientos de divulgación fueron publicados el 30 de marzo de 2015 y entraron en vigor el 31 de marzo del mismo año (comunicación "A" 5733 y 5734)

4 4

Australia

Los estándares finales fueron publicados en diciembre del año 2013. La RCL entró en vigor de lleno el 1ro de enero de 2015, mientras que otros aspectos de liquidez abordados en Basilea III entraron en vigencia el 1ro de enero de 2014. Los estándares para reportar la RCL entraron en vigencia a partir del 30 de junio de 2014. Un proceso consultivo, respecto a la divulgación de los niveles de la RCL, comenzó el tercer trimestre de 2014.

4 2

Brasil Norma final publicada en febrero de 2015. La norma entrará en vigor el 1ro de octubre del mismo año. 3 3

Canada

Norma final publicada en mayo de 2014 entrando en vigor desde el 1ro de enero de 2015. Los estándares finales de divulgación de la RCL, para las instituciones domesticas sistémicamente relevantes, fueron publicados en julio de 2014 y entraron en vigor el segundo trimestre del año 2015.

4 4

China

La norma de liquidez en China rige para la banca comercial, adopta la RCL de manera consistente con el límite de Basilea de 2013 y utiliza el mismo calendario propuesto por el Comité. La normativa en chino, fue publicada en la página web de la autoridad local “Banking Regulatory Commission” (CBRC) el 19 de febrero de 2014. Esta normativa entró en vigor el 1ro de marzo de 2014. El proceso de consulta, para los estándares de divulgación de la RCL, ha sido completado.

4 2

Hong Kong SAR

La normativa final de la RCL entra en vigor el 1ro de enero de 2015. La normativa sobre los requerimientos de divulgación de la RCL entra en vigor el 31 de marzo de 2015.

4 4

India

La normativa final fue publicada en junio de 2014 e implementada a partir del 1ro de enero de 2015.

4 4

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País Norma de Liquidez (RCL) Norma RCL Divulgación RCL

Indonesia

Un documento consultivo de la RCL fue publicado en septiembre de 2014. La autoridad local está elaborando la norma final. Por el momento, se les ha pedido, a algunos bancos designados por el regulador, calcular la RCL usando datos de 2014. La normativa de divulgación de la RCL se implementará el primer trimestre de 2015, en línea con la agenda de BCBS.

2 4

Japón

La normativa final de la RCL fue publicada en octubre de 2014, entrando en vigor a partir de marzo de 2015. La normativa final de divulgación de la RCL fue publicada en diciembre de 2014 y entrará en vigor a fines de 2015.

4 3

Korea

La normativa final de la RCL y los estándares de divulgación del mismo, fueron publicados en diciembre de 2014. La normativa fue de la RCL entro en vigor en enero de 2015, mientras que la normativa sobre los requerimientos de divulgación del ratio entraron en vigor en marzo de 2015.

4 4

México La normativa final de la RCL y los estándares sobre su divulgación, han sido publicados e implementados a partir del 1ro de enero de 2015.

4 4

Rusia La normativa final de la RCL, como ratio prudencial, será publicada el segundo trimestre de 2015. Los estándares de divulgación, para los bancos más grandes, entraron en vigor desde julio de 2014.

2 2

Arabia Saudita

Saudi Arabian Monetary Agency (SAMA) introdujo la RCL en enero de 2012 a través de la circular #BCS 7390 con fecha del 8 de febrero de 2012. SAMA actualiza la normativa de la RCL en junio de 2013 a través de la circular #341000107020 con fecha del 10 de julio de 2013. A través de su circular #351000133366 SAMA publica la norma final que rige los estándares de divulgación de la RCL. La circular anterior entró en vigor en enero de 2015.

4 4

Singapur

Monetary Authority of Singapore (MAS) ha publicado e implementado la RCL para bancos constituidos en el país. La norma entró en vigor en enero de 2015, en línea con la agenda del BCBS. La autoridad local está en proceso de desarrollo del documento consultivo sobre los estándares de divulgación de la RCL.

4 1

Sudafrica

La RCL se aborda en la normativa de liquidez implementada el 1ro de enero de 2013. Las actualizaciones realizadas por el comité se han integrado a la normativa a través de comunicaciones. Actualmente están en proceso de incorporación de algunas actualizaciones a la normativa.

4 4

Suiza

Una ordenanza y circular al respecto están en vigencia desde enero de 2015. Swiss Federal Banking Commission (FINMA) requiere que todos los bancos reporten la RCL mensualmente desde enero de 2015.

4 4

Turquía La normativa final ya ha sido publicada. Los estándares de divulgación entraron en vigor a partir de abril de 2014 4 4

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País Norma de Liquidez (RCL) Norma RCL Divulgación RCL

Estados Unidos

La normativa de la RCL entró en vigor a partir del 1ro de enero de 2015. La autoridad local está desarrollando una propuesta para los estándares de divulgación de la RCL, se espera que salga a consulta pública durante el año 2015.

4 1

Comunidad Europea (UE)

El acta sobre la RCL fue adoptada en octubre de 2014 y publicada en enero de 2015 (en el diario oficial de la EU). La RCL entrará en vigor a partir del 1ro de octubre de 2015. La autoridad bancaria europea está desarrollando la normativa de divulgación con una fecha esperada de publicación para abril de 2016.

3 1

Bélgica Sigue el proceso de la UE. No obstante, los reguladores locales requerirán una RCL de 100% a partir de Octubre 2015 (no habrá periodo de transición como lo estipula la UE).

3 1

Francia Sigue el proceso de la UE 3 1 Alemania Sigue el proceso de la UE 3 1 Italia Sigue el proceso de la UE 3 1 Luxemburgo Sigue el proceso de la UE 3 1 Holanda Sigue el proceso de la UE 3 1 España Sigue el proceso de la UE 3 1

Suecia Sigue el proceso de la UE. Se ha adoptado el marco normativo propuesto por el comité para la medición de la RCL y está actualmente en vigencia.

3 1

Reino Unido Sigue el proceso de la UE 3 1 (*)Los números de la última y penúltima columna indican el grado de implementación de la normativa de liquidez en cada jurisdicción, ordenada de manera ascendente: 1 representa que la normativa está en desarrollo y 4 una implementación total. Fuente: CSBB (2015).

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Tabla A2: Resultados modelos econométricos del EBA

Modelo 1 Modelo 2 Modelo 3 Modelo 4

∂RCL En transición

de observancia

∆RCL ∆RCL dada no observancia en dic 2011

∆RCL dada observancia en dic 2011

ALAC

∆ Exceso reservas banco central 47.26*** 10.27** 2.93

∆ bonos cubiertos 42.10*** -3.26 78.17***

Fond

eo

∆ Dep. a plazo minoristas (<30d) 10.35 **

∆ Emisión deuda no garantizada -22.95** -9.91 -45.27***

∆ Ratio Dep.mayoristas operacDepósitos mayoritas

. 0.18 1.42**

Fina

ncia

mie

nto

∆ Créditos > año, excl.. créd. Comercial, hipotecario y RW>35%

22.65**

∆ exposición a retail y PyMEs -4.38 **

Mod

elo

Constante 0.25 -3.00 *** 0.11 *** 0.08 Observaciones30 114i 114i 412=4t×103i 400=4t×100i Prob>F o Prob>Chi2 (logit, panel) 0.00 0.00 0.00 0.00

R2 ajustado, seudo- R2 (logit) o R2 total (panel) 0.03 0.27 0.08 0.21

*,**,*** denotan niveles de significancia mayor que 90%, 95% y 99%, respectivamente. Fuente: EBA (2014).