Sección de COMPRAS de la - diphuelva.es · La obra tendrá un plazo de ejecución de SEIS MESES a...

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Pliego de Cláusulas Administrativas Ref. 18obA10 CPV-45223000-6 45223200-8 45223210-1 45223110-0 Tipo contrato: obras Procedimiento: Abierto Duranción del Contrato: 6 meses Valor Estimado del Contrato: 211.152,93 € I.V.A.: 44.342,12 € Presupuesto Total (I.V.A. INCLUIDO): 255.495,05 €uros PROYECTO DE MEJORA DEL INVERNADERO CELESTINO MUTIS, EN LA RÁBIDA (PALOS DE LA FRONTERA) 1

Transcript of Sección de COMPRAS de la - diphuelva.es · La obra tendrá un plazo de ejecución de SEIS MESES a...

Pliego de Cláusulas Administrativas

Ref. 18obA10 CPV-45223000-6

45223200-845223210-145223110-0

Tipo contrato: obrasProcedimiento: Abierto

Duranción del Contrato: 6 mesesValor Estimado del Contrato: 211.152,93 €

I.V.A.: 44.342,12 €Presupuesto Total (I.V.A. INCLUIDO): 255.495,05 €uros

PROYECTO DE MEJORA DEL INVERNADERO

CELESTINO MUTIS, EN LA RÁBIDA (PALOS DE LA

FRONTERA)

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ÍNDICE

1º OBJETO DEL CONTRATO............................................................32º RÉGIMEN JURÍDICO...................................................................33º PERFIL DE CONTRATANTE........................................................44º PRESUPUESTOS, TIPOS DE LICITACIÓN.................................45º DURACIÓN DEL CONTRATO Y PLAZO DE GARANTÍA.............56º CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL CONTRATISTA.......................57º GARANTÍA DEFINITIVA...............................................................68º PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.............................7

9º APERTURA DE PLICAS...............................................................1010º CRITERIOS DE SELECCIÓN.......................................................1111º ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.............................................1312º PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL

CONTRATO................................................................................1413º EFECTOS JURÍDICOS DE LA OBLIGACIÓN CONTRACTUAL.1414º SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓ .................................................1615º FINANCIACIÓN Y CUMPLIMIENTOS DE LAS PRESTACIONES

POR LA ADMINISTRACIÓN......................................................1716º PAGO DE GASTOS....................................................................1817º REVISIÓN DE PRECIOS............................................................1818º CLÁUSULAS FACULTATIVAS....................................................1819º EXTINCIÓN DEL CONTRATO....................................................1920º PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN

Y JUSDICCIÓN COMPETENTE................................................20--- MODELO DE PROPOSICIÓN.....................................................21--- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE.........................22

Art. 1ºOBJETO DEL CONTRATO

Constituye el objeto del presente PLIEGO la contratación, mediante procedimiento abierto,de la ejecución de la obra PROYECTO DE MEJORA DEL INVERNADERO CELESTINOMUTIS, EN LA RÁBIDA (PALOS DE LA FRONTERA), conforme a lo establecido en ProyectoTécnico aprobado por Decreto de Presidencia de 23 de enero de 2018.

C.P.V.: 45223000-6 Trabajos de construcción de estructuras45223200-8 Obras de estructura45223210-1 Obras de estructura de acero 45223110-0 Instalación de estructuras metálicas

Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en elpresente PLIEGO, en el Proyecto en el que se especifican los trabajos a realizar, y conforme alas instrucciones que en interpretación técnica de ésta diere al contratista el director facultativode las obras. Cuando dichas instrucciones fueren de carácter verbal deberán ser ratificadas porescrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes para las partes.

Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía, elcontratista es responsable de los defectos que en la construcción puedan advertirse.

El Proyecto a que han de ajustarse la contrata que figura en el expediente como anejoal Pliego de Condiciones y formando parte del mismo, comprende la ejecución completa detodas las obras y detalles de forma, dimensiones y materiales a emplear. Todos los documentosintegrantes revisten carácter contractual.

Los licitadores con dudas de carácter técnico podrán contactar con Dª Ana BáezFornieles [email protected] y Jesús Rodríguez Pardos. [email protected]

Los licitadores con dudas de carácter administrativo podrán contactar conDª Angustias Villaseñor Massoni. [email protected].

El contratista para realizar su propuesta económica podrá visitar el invernadero, enlos días fijados por la Diputación de Huelva.

Art. 2ºRÉGIMEN JURÍDICO

El contrato a que se refiere el presente Pliego es de carácter administrativo y se regiráen todos sus aspectos e incidencias por el presente Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares y en todo aquello que no figura expresamente previsto, se regirá por la Ley 7/85,Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Texto Refundido de la Ley de Contratos delSector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el RealDecreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, deContratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de lasAdministraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, en tanto no se opongan alTexto Refundido. Por el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales a la contratación deobras del Estado aprobado por Decreto 3854/70 y las restantes normas del DerechoAdministrativo. En defecto de este último serán de aplicación las normas de Derecho Privado.

Se regirá asimismo, en su ejecución, por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre dePrevención de Riesgos Laborales, por Real Decreto 105/2008 sobre gestión de residuos, el

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Estatuto de los Trabajadores y restante normativa que le sea de aplicación en materiamedioambiental, laboral y de prevención de riesgos laborales.

La contratación deberá supeditarse a las disposiciones del Tratado de la Unión y a losactos fijados en virtud del mismo, y será coherente con las actividades, políticas y prioridadescomunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendopromover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdadentre hombres y mujeres.

Art. 3ºPERFIL DE CONTRATANTE

En cumplimiento de lo establecido por el Texto Refundido de la Ley de Contratos delSector Público con la denominación PERFIL DE CONTRATANTE, la Diputación Provincial deHuelva facilitará toda la documentación necesaria para concurrir a las licitaciones mediante supágina web www.diphuelva.es.

El PERFIL DE CONTRATANTE incluirá datos e informaciones referentes a la actividadcontractual de la Diputación Provincial de Huelva, tales como licitaciones abiertas o en curso,plazo de presentación de ofertas, fecha de apertura de plicas, adjudicación provisional ycualquier otra información útil de tipo general, como enlaces para acceder a la legislación ypuntos de contacto y medios de comunicación que pueden utilizarse para relacionarse con elórgano de contratación.

Art. 4ºPRESUPUESTO, TIPOS DE LICITACIÓN

El presupuesto de licitación es de 211.152,93 €uros, I.V.A. excluido, siendo elImpuesto sobre el Valor Añadido de 44.342,12 €uros, por lo que el el presupuesto de licitacióntotal, I.V.A. incluido, asciende a 255.495,05.- €uros.

El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo,entendiéndose comprendidos absolutamente todos los gastos derivados del inicio,ejecución, puesta a disposición y recepción de la obra, incluyendo todos los tributos,tasas (incluida licencia municipal1 y ocupación de vía pública), cánones y gastos decualquier índole que se originen para quien resulte adjudicatario/a como consecuencia delcumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego, pliego técnico y demásdisposiciones de aplicación, además de aquellos que por Ley se giren a nombre o puedanrepercutir en la Diputación.

Los gastos que no figuren recogidos en el proyecto objeto de licitación entre loscostes directos e indirectos de ejecución, se considerarán incluidos en el porcentaje de GastosGenerales de Estructura.

Dicho presupuesto servirá de tipo de licitación. Las mejoras serán a la baja.

El licitador en su oferta deberá indicar, como partida independiente, el importe delImpuesto sobre el Valor Añadido que legalmente corresponda, conforme a lo señalado en el art.87.2 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

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CONTRATACIÓN AVM/AMB

Art. 5º

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. DURACIÓN DEL CONTRATO Y PLAZO DE GARANTÍA

La obra tendrá un plazo de ejecución de SEIS MESES a contar desde el acta decomprobación de replanteo, salvo que el adjudicatario haya ofertado otro plazo inferior, en cuyocaso sería este último el plazo de ejecución de la obra.

La Comprobación del Replanteo tendrá lugar en el plazo máximo de un mes desde lafecha de la formalización del contrato. Un ejemplar del Acta que se extienda se remitirá alServicio de Contratación.

Previo a la firma del Acta de Comprobación del Replanteo, la empresa adjudicatariadeberá presentar la documentación requerida en el art.11 del presente pliego.

Duración del contrato. El contrato finalizará una vez concluido el plazo de garantíade la obra establecido en UN año a computar desde la recepción de las obras y liquidada laobra sin incidencia alguna, previo informe de la Dirección Facultativa, aprobación de laliquidación por parte del contratista y del órgano de contratación, salvo que el adjudicatariohaya ofertado otro plazo de garantía superior.

El plazo de garantía de la obra, es de UN AÑO, según lo establecido en el Pliego dePrescripciones Técnicas del Proyecto, salvo que el adjudicatario haya ofertado otro plazo degarantía superior.

Art. 6ºCAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL CONTRATISTA

Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas,españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en unaprohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesionalo, en los casos en que así lo exija el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

La capacidad de obrar de las empresas que fueren personas jurídicas se acreditarámediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en losque consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso,en el Registro público que corresponda. Si es empresario/a individual, mediante el DocumentoNacional de Identidad.

No podrán contratar con el sector público las personas en quienes concurra algunade las circunstancias relacionadas en el art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos delSector Público.

Conforme a lo dispuesto por el art. 11 del Reglamento General de la Ley de Contratosde las Administraciones Públicas, modificado por el Real Decreto 773/2015, los licitadores ocandidatos acreditarán su solvencia de la siguiente forma:

La solvencia económica y financiera por el volumen anual de negocios del licitadoro candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidosdeberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato, cuando su duración no seasuperior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato, si su duraciónes superior a un año, mediante el modelo disponible en el PERFIL DE CONTRATANTE. En lapresente contratación deberá ser igual o superior a 316.729,40 €uros. No obstante lo anterior,podrá ser requerido por la administración contratante la acreditación del volumen anual denegocios del licitador o candidato, o incluso del adjudicatario, mediante la aportación de suscuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el

CONTRATACIÓN AVM/AMB

empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadasen el registro oficial en que deba estar inscrito. Si se trata de empresarias/osindividuales no inscritos en el Registro Mercantil, se les podrá requerir la acreditaciónde su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anualesdeclaradas en el Impuesto de la Renta de Personas Físicas.

En los contratos de obras, la solvencia técnica por la relación de las obrasejecutadas por el interesado en el curso de los diez últimos años, correspondientes almismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados porcertificados de buena ejecución, y el requisito mínimo será que el importe anualacumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimadodel contrato. En la presente contratación deberá ser igual o superior a 147.807,05Euros, y, necesariamente, mediante la inscripción en el REA (Registro deEmpresas Acreditadas) y en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) en elepígrafe correspondiente al objeto del contrato.

No es exigible clasificación, pero en el caso de contar con clasificación en el grupo C Subgrupo 3 categoría 2 (antigua categoría c), la aportación de ésta exime de la obligación de acreditar la solvencia.

Adicionalmente, los licitadores deberán completar la acreditación de su sol-vencia mediante el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato, entre elrestante personal que adscriba al mismo, en todo caso, los medios humanos siguientes:

- Un/a Jefe/a de Obra que deberá poseer la titulación de Ingeniero Superior otécnico, Arquitecto o Arquitecto Técnico, con una experiencia de al menos 5 años en larealización de trabajos de estructura metálica. Su dedicación será del 100%.

- Un/a Encargado/a General con una experiencia de al menos 5 años en tra-bajos en estructuras metálicas. Su dedicación será del 100%.

Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial alos efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el in-cumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad deDiputación de Huelva.

Art. 7ºGARANTÍA DEFINITIVA

De conformidad con lo dispuesto por el art. 95.1 del Texto Refundido de la Leyde Contratos del Sector Público, el licitador que presente la oferta más ventajosadeberá constituir a disposición de la Diputación Provincial de Huelva una garantíadefinitiva de un 5% del importe de adjudicación, excluido el I.V.A.

Según el art. 96, podrá presentarse mediante aval, mediante contrato deseguro de caución o en efectivo, aportando justificante de ingreso en la cuenta de laDiputación Provincial de Huelva.

Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentevariación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debidaproporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desdela fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.

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CONTRATACIÓN AVM/AMB

La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará una vezproducido el vencimiento del plazo de garantía de la obra, y cumplidosatisfactoriamente el contrato, o resuelto éste sin culpa del contratista.

Art. 8ºPRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES

Las proposiciones se presentaran de conformidad con lo establecido por lospliegos que rigen esta contratación, en el plazo que se señale en el PERFIL DECONTRANTANTE. Los sobres se acompañaran, necesariamente, del impreso quepodrá descargarse en el apartado “Modelos” del PERFIL, y únicamente:

- De forma presencial, en el Registro General de la Diputación de Huelva,sito en la Avda. Martín Alonso Pinzón nº 9, entregando los sobres y el impreso, porduplicados si desea obtener copia donde figure la fecha y hora de presentación, A losreferidos efectos se indica que el horario de atención al público del Registro es de 9:00a 14:00 horas, de lunes a viernes, o

- Por correo, dirigiendo los sobres y el impreso al Servicio de Contratación dela Diputación de Huelva, calle Fernando el Católico nº 18 -21003-. Será requisitoimprescindible justificar la fecha de imposición en la oficina de Correos y anunciar suremisión el mismo día, preferentemente mediante correo electrónico a la direcció[email protected], o mediante fax al nº 959 49 47 40.

Su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario delcontenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de los pliegos que rigen estacontratación, sin salvedad alguna.

Transcurridos diez días naturales siguientes al cierre del plazo depresentación sin haberse recibido la proposición, esta en ningún caso será admitida.

El licitador presentará la documentación exigida para tomar parte en lalicitación en TRES sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que lorepresente, haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido. Noobstante, el sobre nº 1 podrá presentarse abierto, con objeto de poder examinar ladocumentación.

El sobre nº 1 se subtitulará “Documentación” e incluirá una DeclaraciónResponsable, según MODELO que adjunta al presente PLIEGO, disponible tambiénen el Perfil del Contratante de la Diputación de Huelva (MODELOS), en la que ellicitador declare bajo su responsabilidad que acepta expresamente las condicionesgenerales y especiales que rigen la contratación, no hallarse comprendido en ningunade las circunstancias relacionadas en el art. 60 del Texto Refundido de la Ley deContratos del Sector Público, se halla al corriente del cumplimiento de las obligacionestributarias y de Seguridad Social y tiene suficiente solvencia económica y financiera ytécnica para la ejecución del contrato; a adscribir los medios personales y materiales,conforme a lo establecido en los pliegos y el compromiso ético de la empresa.

En caso de que el licitador sea una persona jurídica, se sustituirá ladeclaración responsable por una cetificación expedida por la persona que ostentadentro de la misma, cargo con competencia suficiente para ello. En la certificacióndeberán acreditarse los mismos extremos que en la declaración responsable.

En el supuesto de que la entidad licitadora declare que, conforme a lo previstopor el art. 227 a) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, tiene laintención de subcontratar determinadas partidas del proyecto, deberá indicar

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CONTRATACIÓN AVM/AMB

claramente en el Modelo qué partidas va a subcontratar y porcentaje que suponerespecto del total de la obra. El límite máximo de subcontratación es el establecido enel TRLCSP, es decir, el 60% del total de la obra a ejecutar.

Deberá señalar a una persona que sirva para relacionarse con el órganode contratación, facilitando un número de teléfono, una dirección y un correoelectrónico para efectuar las notificaciones, de conformidad con lo establecido en el art.151 del el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el art. 41 de laLey 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas.

Cuando se concurra integrados en una unión temporal deberán incluir en elsobre escrito donde indiquen los nombres y circunstancias de los que la constituyan y laparticipación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirseformalmente en U.T.E. en caso de resultar adjudicatarios del contrato, conforme a loindicado por el art. 59 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Además y en su caso, debe relacionarse las empresas pertenecientes almismo grupo que concurren.

El sobre nº 2 se subtitulará “Proposición Técnica” y contendrá ladocumentación relativa a los criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor.Su contenido se valorará conforme a los criterios de selección establecidos en el art. 10de este pliego.

El licitador deberá indicar qué documentación de la Propuesta Técnica tienecarácter confidencial, no siendo admisible otorgar carácter confidencial a latotalidad de la misma.

La Propuesta Técnica, de conformidad con lo previsto en el Proyecto deEjecución, debe explicar y justificar la forma de abordar los trabajos, con la siguienteestructura, orden y contenido:

- Memoria: con una extensión máxima de 20 A-4 y 5 planos A1 (tamaño mínimo de letra10), se presentará una descripción de la forma de abordar los trabajos propuesta por ellicitador, que demuestre el conocimiento de la problemática y las condiciones en que sedeben realizar las obras, así como el control del proceso constructivo, atendiendo acriterios de seguridad y control del proceso de ejecución de la obra y especificandoclaramente la manera de realizarlos. Se incluirá como punto independiente una descripciónde las medidas a aplicar para garantizar la calidad (con especial incidencia en la ejecuciónde las soldaduras) y seguridad durante la ejecución de las obras.

- Programación de las obras: con una extensión máxima de 10 A-4 (tamaño mínimo deletra 10), memoria explicativa indicando la secuencia de los trabajos por actividades yzonas de obra.

Diagrama de Gantt con calendario semanal y mensual, donde se pueda apreciarel desglose de actividades y su correlación y el camino crítico. En el diagrama figurarán,valorados en ejecución material y euros conforme a proyecto, los importes de losdiferentes capítulos, así como las cantidades que de cada uno de ellos se pretenda ejecutarmensualmente y las cantidades totales a realizar cada mes.

El diagrama en ningún caso reflejará la oferta económica del licitador .

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CONTRATACIÓN AVM/AMB

El licitador podrá aportar además la documentación que complemente alprograma anterior, como programación PERT o estudio de precedencias, tiempo yactividades. En cualquier caso se reseñarán las actividades críticas que puedan incidir en elplazo final.

- Equipos, maquinarias y medios auxiliares: con una extensión máxima de 20 A-4(tamaño mínimo de letra 10), se presentará una descripción de las características, número,días de puesta a disposición y rendimientos medios semanales de los equipos,maquinarias y medios auxiliares, por cada capítulo o parte de la obra, y de instalacionesy construcciones provisionales que la empresa se compromete a poner a disposición delas obras.

Se especificarán, asimismo, las máquinas, equipos, instalaciones y mediosauxiliares de la relación anterior que sean de su propiedad.

Asímismo, se incluirá la relación de los medios humanos de la empresa que sevayan a asignar a la obra, excluidos el/la jefe/a de obra y encargado/a, indicandotitulaciones académicas y experiencia profesional del personal técnico situado al frente de laobra, así como número previsible de operarios de cada especialidad a adscribir a la obra.

El sobre nº 3 se subtitulará “Proposición Económica” y contendrá la ofertaeconómica redactada conforme al MODELO DE PROPOSICIÓN que figura al final de estePLIEGO fechada, firmada y sellada, que servirá para evaluar las ofertas según losCRITERIOS DE SELECCIÓN señalados más adelante. Se deberá especificar además eneste Modelo de proposición, Incremento de Plazo de Garantía.

En la proposición económica se entenderán incluidos a todos los efectos los demástributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos losgastos que se originen para el adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de lasobligaciones contempladas en el presente PLIEGO, según lo señalado por el art. 4º.

El contratista, para realizar su propuesta económica, podrá visitar elinvernadero, en los días fijados por la Diputación de Huelva, que se indicarán enel Perfil del Contratante.

Cada licitador solamente podrá presentar una proposición económica, nosiendo admitidas aquéllas cuyo importe sea superior al presupuesto de licitación.

Con el objeto de facilitar su posterior manejo se interesa la inclusión en lossobres de la documentación anteriormente referenciada, en papel -debidamentefirmada- y en formato digital, mediante CDs, pendrive, etc., en un formato de usogeneral, como PDF.

No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores otachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Administración estimefundamental para la oferta.

En aquellas propuestas con discrepancias entre la documentación aportadaen soporte informático y en soporte papel, se tomarán como válidas las de formatopapel.

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CONTRATACIÓN AVM/AMB

El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditarante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesióny validez de lo lo comprometido mediante la declaración responsable aportada en sobrenº 1:

- La personalidad del licitador y de su representante o apoderado, en sucaso, acompañado en este segundo supuesto de poder de representación .Deberá aportarse, necesariamente, la documentación que acrediteque todas las prestaciones de esta contratación están claramentecomprendidas dentro los fines, objeto o ámbito de actividad dellicitador a tenor de lo reflejado en sus estatutos o reglasfundacionales. Podrá excluirse su presentación si ya se acredito lapersonalidad con anterioridad y no ha sufrido modificaciones, haciéndoloconstar en la declaración responsable.

- la solvencia económica y financiera, y técnica, de conformidad con el art.6º del presente PLIEGO. La presentación del certificado de clasificación enel subgrupo correspondiente exime a los licitadores de acreditar esterequisito.

- La inscripción en el REA (Registro de Empresas Acreditadas) y en el IAE(Impuesto de Actividades Económicas) en el epígrafe correspondiente alobjeto del contrato.

- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributariascon Hacienda Estatal y Autonómica y con la Seguridad Social y haberconstituido la correspondiente garantía definitiva.

- la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad delsubcontratista, justificando suficientemente la aptitud de éste paraejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de quedispone y a su experiencia, así como su inscripción en el REA y en elIAE.

Será causa de resolución del contrato el incumplimiento de lo comprometidoen la Declaración Responsable y lo relativo a subcontratación.

Art. 9ºAPERTURA DE PLICAS

Una vez recibidos los sobres por la secretaría de la Mesa de contratación, lamisma calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma.

Si la Secretaría observase defectos u omisiones subsanables en ladocumentación presentada en el sobre número 1, lo comunicará, verbalmente o pormedios electrónicos, informáticos o telemáticos a los interesados/as, concediéndose unplazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores/as los corrijan o subsanen,bajo apercibimiento de exclusión definitiva de la persona licitadora si en el plazoconcedido no procede a la subsanación de la documentación.

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CONTRATACIÓN AVM/AMB

Una vez adoptado el acuerdo sobre admisión definitiva de las empresaslicitadoras, se reunirá la Mesa de contratación, en el día y hora señalada en el perfil delcontratante de la Diputación de Huelva se procederá en acto público a manifestar elresultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de lasproposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de estasúltimas procediendo, en su caso, a la apertura del sobre nº 2 “Proposición Técnica” delas empresas licitadoras admitidas.

A continuación, se remitirá al Servicio la documentación del citado sobre afin de que por éste se emita el correspondiente informe técnico, en el cual se contendrála valoración de las proposiciones presentadas por las empresas licitadoras.

Por la presidencia de la Mesa de contratación, en el día y hora señalada enel perfil del contratante de la Diputación de Huelva se procederá en acto público amanifestar el resultado de la ponderación asignada al criterio valorable de forma noautomática.

En el mismo acto público, se realizará la apertura del sobre nº 3“Proposición Económica”.

La fecha de celebración de cada mesa de contratación se comunicarámediante el PERFIL DE CONTRATANTE de la Diputación Provincial de Huelva.

Art. 10º

CRITERIOS DE SELECCIÓN

1.- Proposición económica (Sobre nº 3): hasta 35 puntos.

1.1 Oferta económica: (Hasta 30 puntos)

El otorgamiento de los puntos se realizará por regla de tres inversa,obteniendo la mejor oferta (la más baja) la máxima puntuación, y el resto de las ofertasla que resulte proporcionalmente, en aplicación de la siguiente fórmula:

Puntuación Oferta a Valorar=((T-O)/(T-B))*30Tipo=TOferta a Valorar=OOferta más Baja=B

1.2 Incremento del plazo de garantía de la obra: (Hasta 5 puntos)

Se valorará con 5/3 puntos por cada año de incremento en el plazo degarantía, que como mínimo es de UN AÑO, según se establece en el Art. 5º delpresente Pliego, a contar desde la fecha de Recepción de la obra, hasta un máximo de5 puntos.

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CONTRATACIÓN AVM/AMB

Se considerarán, en principio, ofertas desproporcionadas las que seaninferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertaspresentadas.

No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha mediaen más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva mediasólo con las que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el númerode las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tresofertas de menor cuantía.

Apreciada por la Mesa de Contratación esta circunstancia se procederá deconformidad con lo establecido en el art. 152 del Texto Refundido de la Ley deContratos del Sector Público.

Cuando concurran empresas pertenecientes a un mismo grupo se procederáconforme a lo regulado por el art. 86 del Reglamento general de la Ley de Contratos delas Administraciones Públicas.

2.- Proposición Técnica (Sobre nº 2): hasta 25 puntos.

2.1.- Memoria, se evaluará el grado de conocimiento y de análisis del proyecto, elcontrol del proceso constructivo, y en especial la ejecución de las prótesis metálicas,así como los métodos operativos para la realización de la obra.

Se otorgará hasta un máximo de 5 puntos:

0 puntos: Memoria no adecuada para la ejecución del Proyecto. 2,5 puntos: Memoria parcialmente adecuada para la ejecución del

Proyecto. 5 puntos: Memoria muy adecuada para la ejecución del Proyecto

2.2- Programación de Obras, la valoración se realizará en atención a:

- La adecuación y viabilidad de la programación de las obras propuesta. - Coherencia del diagrama de barras con de la documentación complementaria

(Pert, estudio de tiempos, actividades y rendimientos).- Coherencia e idoneidad de los plazos en relación a los equipos y maquinaria

ofertada, estimaciones de tiempos para replanteos, permisos y previsiones detiempos muertos.

Se otorgará hasta un máximo de 15 puntos:

0 puntos: Programación de obras no adecuada, ni coherente. 3 puntos: Programación de obras poco adecuada. 7 puntos: Programación de obras adecuada. 10 puntos: Programación de obras muy adecuada.

2.3.- Equipos, maquinarias, medios humanos y auxiliares. Se valorará:

• Grado de descripción y desglose, idoneidad y suficiencia de los mediospropuestos.

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CONTRATACIÓN AVM/AMB

• Adecuación de las características cualitativas y cuantitativas de los técnicos,equipos,maquinaria y medios auxiliares, a la mayor garantía de calidad de la obray para el mejor cumplimiento del programa de trabajos.

• Previsiones de equipos técnicos y mano de obra.• Previsiones de maquinarias y medios auxiliares.

Se otorgará hasta un máximo de 5 puntos:

0 puntos: Estructura de equipos, maquinaria, medios humanos y auxiliares,insuficientes e inadecuados.

2,5 puntos: Estructura de equipos, maquinaria, medios humanos y auxiliares,parcialmente adecuados y suficientes.

5 puntos: Estructura de equipos, maquinaria, medios humanos y auxiliares,notablemente suficientes y adecuados.

ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

Se procederá en primer lugar al estudio de las ofertas que estén entemeridad y al requerimiento de audiencia que corresponda.

A continuación se procederá a la clasificación de las proposicionesdefinitivamente admitidas por orden decreciente, atendiendo a los criterios deadjudicación señalados en el presente pliego .

La Mesa de contratación, una vez valorados los criterios de adjudicaciónevaluables mediante la aplicación de fórmulas automáticas y visto, en su caso, elinforme técnico de valoración de los criterios de adjudicación cuya ponderacióndependa de un informe técnico, procederá a formular la correspondiente propuesta deadjudicación al órgano de contratación.

El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la ofertaeconómicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, acontar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente ladocumentación que acredite la posesión y validez de lo comprometido mediante ladeclaración responsable y declaración jurada, así como el aval que corresponda.

El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cincodías hábiles siguientes a la recepción de la documentación.

La adjudicación del contrato se notificará a los interesados mediante correoelectrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado alpresentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el art. 151 del TRLCSP y41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas.

El perfeccionamiento del contrato tendrá lugar por la formalización del mismo.Será preceptiva la formalización escrita del contrato pero la falta de este requisito noafectará a la validez de la obligación.

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CONTRATACIÓN AVM/AMB

Art. 12ºPERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

El contrato se perfecciona con su formalización y se entenderá celebrado enel lugar donde se encuentre la sede del órgano de contratación. El perfeccionamientotendrá lugar no más tarde de los 15 días hábiles siguientes a aquel en se remita laadjudicación a los licitadores.

En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios,deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración serácoincidente con la del contrato hasta su extinción.

El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste conexactitud a las condiciones de la licitación no más tarde de los quince días hábilessiguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores ocandidatos, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquierregistro público.

El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública,corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir enel documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de lostérminos de la adjudicación.

La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante delórgano de contratación.

Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado elcontrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobrela garantía definitiva un importe del 3% del presupuesto del contrato.

Art. 13ºEFECTOS JURÍDICOS DE LA OBLIGACIÓN CONTRACTUAL

Son los que se desprenden del presente Pliego de Condiciones, de loestablecido en el Proyecto, y en su defecto, se estará a lo dispuesto en la legislacióncitada en el artículo 2º.

La persona contratista estará obligado al cumplimiento de todas lasdisposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, medioambiental, asícomo cuantas disposiciones sean de aplicación al contrato en materia de Seguridad ySalud en las obras de construcción. (R.D. 1627/97 de 24 de Octubre).

La persona contratista estará obligado, asimismo, a elaborar el Plan deSeguridad y Salud y remitirlo al Coordinador para su informe, en el plazo de UN MESdesde la notificación de la adjudicación definitiva.

Antes de la firma de la Comprobación del Replanteo, deberá acreditar:

1. La apertura del centro de trabajo y comunicarlo al Coordinadory al Director de la obra.

2. Asimismo viene obligado a la colocación de un cartelanunciador de formato y características tipo, cuyo modelo podrádescargar en el PERFIL DE CONTRATANTE de la DiputaciónProvincial de Huelva (Modelos). Los carteles correrán a cargo dela persona contratista, tanto en su ejecución, como su colocacióny conservación a lo largo de la duración de la obra, situándose en

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el lugar que fije la Dirección Técnica de la obra. No se admitiráninguna certificación si el cartel no está colocado en la obra.

3. Relación de Subcontratistas. El adjudicatario deberá presentarpor escrito la intención de celebrar los subcontratos, señalando laparte de las obras que se pretenden subcontratar, presupuestode las mismas y la identidad del subcontratista, justificandosuficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia alos elementos técnicos y humanos de que dispone poniéndolos adisposición de las obras, y su experiencia, con lascorrespondientes referencias de obras en las que han participadoe importes contratados, etc.

La Diputación de Huelva podrá acordar no dar curso a las certificaciones deobra hasta que el contratista haya presentado en debida forma los documentosanteriormente señalados, sin que ello pueda originar derecho al cobro de intereses dedemora por retraso en el pago de dichas certificaciones.

Antes del comienzo de la obra, se presentará por la Empresa Constructorapara su aprobación por la Dirección Técnica, el Plan de ejecución de obra o Programa.Aprobado este, se considerará parte integrante del contrato a efectos de su exigibilidad.Cualquier modificación de este Plan deberá estar sujeta a la aprobación de laDirección.

La persona Contratista estará obligado a cumplir el contrato dentro del plazofijado para la realización del mismo, así como los plazos parciales señalados para suejecución sucesiva.

Cuando la persona contratista, por causas imputables al mismo, hubiereincurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podráoptar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidadesdiarias en la proporción de 1,20€/día por cada 1.000 € de s u p r e c i o , e sd e c i r , 3 0 6 , 6 E u r o s p o r c a d a d í a d e d e m o r a .

Si se optó por la imposición de penalidades, cada vez que estas alcancenun múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, la Diputación estará facultadanuevamente para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de suejecución con imposición de nuevas penalidades.

Esta misma facultad tendrá la Administración respecto al incumplimiento porparte de la persona contratista de los plazos parciales, cuando se hubiere previsto en elPliego de cláusulas administrativas particulares o cuando la demora en elcumplimiento de aquellos haga presumir razonablemente la imposibilidad delcumplimiento del plazo total.

La imposición de penalidades se acordará por el órgano de contratación, apropuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que seráinmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidadesque, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre lagarantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de lasmencionadas certificaciones.

Será obligación de la persona contratista indemnizar todos los daños yperjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones querequiera la ejecución del contrato.

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Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuenciainmediata y directa de una orden de la Administración será ésta responsable dentro delos límites señalados en las leyes. También será la Administración responsable de losdaños que se causen a terceros como consecuencia de los vicios del proyectoelaborado por ella misma en el contrato de obras o en el de suministro de fabricación.

Los terceros podrán requerir previamente, dentro del año siguiente a laproducción del hecho, al órgano de contratación para que éste, oída la personacontratista, se pronuncie sobre a cuál de las partes contratantes corresponde laresponsabilidad de los daños. El ejercicio de esta facultad interrumpe el plazo deprescripción de la acción civil.

La reclamación de aquéllos se formulará, en todo caso, conforme alprocedimiento establecido en la legislación aplicable a cada supuesto.

La ejecución del contrato se realizará por riesgo y ventura de la personacontratista, sin perjuicio de lo establecido para el de obras en el art. 231 del TextoRefundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Art. 14º

SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN

La cesión se regirá por lo dispuesto en el Texto refundido de la Ley deContratos del Sector Público (art. 226)

La subcontratación se regirá por lo dispuesto en el Texto refundido de la Leyde Contratos del Sector Público (art. 227 y 228) y en la Ley 32/2006, de 18 de Octubre,Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción (LRSSC) y R.D.1109/2007, de 24 de agosto, pudiendo la persona contratista subcontratarparcialmente, hasta un porcentaje que no exceda del 60% del importe deadjudicación, la ejecución de la obra en los términos previstos en dicho articulado.

Conforme a lo previsto por el art. 227, el licitador deberá indicar en suoferta la parte del contrato que tiene previsto subcontratar, en todo caso eladjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a esta Diputación,además, la identidad del subcontratista, justificando suficientemente la aptitudde éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos deque dispone y a su experiencia.

Es imprescindible desde el 26 de agosto del año 2008 la inscripción delsubcontratista en el REA (Registro de Empresas Acreditadas) para poder trabajar en elsector de la construcción.

A tenor de lo establecido en el art. 228.bis, la Diputación de Huelva podrácomprobar el estricto cumplimiento de los pagos que los contratistas adjudicatarios han deefectuar a todos los subcontratistas o suministradores que participen en los mismos.

En tal caso, los contratistas adjudicatarios remitirán a la Diputación de Huelva,cuando esta lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores queparticipen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellascondiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relacióndirecta con el plazo de pago. Asimismo, deberán aportar a su solicitud justificante de

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cumplimiento de los pagos a aquellos una vez terminada la prestación dentro de los plazosde pago legalmente establecidos en el artículo 228 y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre,por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operacionescomerciales, en lo que le sea de aplicación.

Cuando la persona contratista incumpla las condiciones para la subcontrataciónestablecidas en el presente pliego y en el art. 227.2 del texto refundido de la Ley de Contratosdel Sector Público o el límite máximo especial establecido para la subcontratación, seimpondrá la penalidad regulada en el artículo 227.3, con sujeción a lo siguiente:

- Se hará efectiva mediante deducción de las cantidades que, en concepto depago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conformeal artículo 212.8 del texto refundido de la LCSP.

- Como regla general, su cuantía será un 5% del importe del subcontrato, salvoque, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento esgrave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar hasta un 10% o hasta elmáximo legal del 50%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento, asícomo el porcentaje de subcontratación, podrá tenerse en cuenta para valorar lagravedad.

Las obligaciones recogidas en este artículo se consideran condicionesesenciales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de las consecuenciasprevistas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidadesque a tal efecto procedan.

Art. 15ºFINANCIACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE

LAS PRESTACIONES POR LA ADMINISRACIÓN

Las obligaciones económicas derivadas de los contratos a que hace referenciaeste PLIEGO se financiará con cargo a los Presupuestos Provinciales, existiendoconsignación presupuestaria suficiente en la aplicación 00500 93317 63700 22017006743Rehabilitación del invernadero Celestino Mutis.

El contratista tendrá derecho al abono de las obras que realmente ejecute, conarreglo a los precios convenidos.

A los efectos del pago se expedirán mensualmente certificaciones, cuyo modelopodrá descargar en el PERFIL DE CONTRATANTE de la Diputación Provincial de Huelva(Modelos), que comprendan la obra ejecutada durante dicho período de tiempo, cuyosabonos tienen el concepto de pagos a buena cuenta sujetos a las rectificaciones yvariaciones que se produzcan en la medición final y sin suponer, en forma alguna,aprobación y recepción de las obras que comprenden.

El pago del precio se efectuará tras la presentación de las correspondientesfacturas, las cuales deben venir acompañadas de las certificaciones de obra aprobadas aque correspondan. Desde el momento de la presentación de la factura en el registroadministrativo por la empresa adjudicataria, la Diputación de Huelva dispondrá de 30 díaspara su aprobación.

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El tipo de interés de demora aplicable, en su caso, será el establecido en el art.9.1 de la Ordenanza General Reguladora del Procedimiento de Gestión, Tramitación yRegistro Contable de Facturas de la Diputación Provincial de Huelva.

Art. 16ºPAGO DE GASTOS

Serán de cuenta del contratista los gastos de los materiales, de su propio personaly los de los representantes de la Administración que sean necesarios para la realización dela Comprobación del Replanteo. Debiendo hacer efectivos los últimos en forma, plazo ycuantía que regulen las disposiciones vigentes que serán ingresadas por el contratista en elmismo plazo y dependencia a que alude el artículo anterior.

Igualmente correrán a cargo del adjudicatario cuantos tributos, impuestos, tasas,cánones, etc, se devenguen como consecuencia del presente contrato, incluso aquellos quepor Ley se giren a nombre o puedan repercutir en la Diputación.

Será de cargo del adjudicatario el pago de la licencia de obras y el ICIO.

La solicitud de licencia de obra corre a cargo de Diputación de Huelva, la cualabonará inicialmente el coste de ambos conceptos y repercutirá posteriormente dicho costea la empresa adjudicataria mediante una deducción de pago en la primera y siguientescertificaciones de obra, según corresponda.

Art. 17ºREVISIÓN DE PRECIOS

En tanto que el contrato a que se refiere el presente Pliego, tiene una duracióninferior a un año, no se revisarán los precios.

Art. 18ºCLÁUSULAS FACULTATIVAS

Todas las instalaciones electromecánicas y de fontanería deberán ejecutarsepor instalador con calificación suficiente otorgada por el Organismo competente.

Serán de cuenta del contratista la gestión y abono de las que impongan losOrganismo correspondientes para el correcto funcionamiento de las referidasinstalaciones electromecánicas y de fontanería proyectadas o auxiliares.

Podrán designarse delegados inspectores con amplias facultades devigilancia, acceso a locales y examen de documentos en relación con el cumplimientodel contrato y su objeto con independencia de las que están atribuidas a la direccióntécnica de las obras.

El presente PLIEGO se entenderá automáticamente modificado sin necesidadde declaración especial, en el sentido que señalen las disposiciones legales oreglamentarias, que sobre Contratación de obras públicas, sus incidencias o derivados,puedan dictarse con fuerza obligatoria para las obras a que se refiere el presentePliego, por los Organismos competentes.

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El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y enlos pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere alcontratista el órgano de contratación.

El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos quedesarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuenciasque se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores,métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

Art. 19º

EXTINCIÓN DEL CONTRATO

El contrato se extinguirá por cumplimiento o por resolución.

El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste hayarealizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración,la totalidad de su objeto.

En todo caso su constatación exigirá por parte de la Administración un actoformal y positivo de Recepción o conformidad dentro del mes siguiente a suterminación.

A la Recepción de las obras, a su terminación, concurrirá un facultativodesignado por la Administración representante de ésta, el facultativo encargo de ladirección de las obras y el contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo.

Si se encuentran las obras en buen estado y con arreglo a las prescripcionesprevistas, el funcionario técnico designado por la Administración contratante yrepresentante de ésta las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta ycomenzando entonces el plazo de garantía.

Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar asíen el Acta y el director de las mismas señalará las instrucciones precisas fijando unplazo para remediar aquéllas. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiereefectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto elcontrato.

El plazo de garantía de la obra será de UN AÑO, a contar desde la fecha deRecepción, o, en su caso, el comprometido por el adjudicatario en su oferta.

Dentro del plazo de tres meses contados a partir de la recepción el órgano decontratación deberá aprobar la Certificación final de las obras ejecutadas, que seráabonada al contratista a cuenta de la liquidación del contrato.

Si la obra se arruina con posterioridad a la espiración del plazo de garantíapor vicios ocultos de la construcción, debido a incumplimiento del contrato por parte delcontratista, responderá éste de los daños y perjuicios durante el término de quince añosa contar desde la recepción.

Transcurrido este plazo sin que se haya manifestado ningún daño o perjuicio,quedará totalmente extinguida la responsabilidad del contratista.

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Son causas de Resolución del Contrato, las señaladas en el art. 223 y en elart. 237 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, considerándoseobligaciones contractuales esenciales a los efectos previstos en el apartado f) del citadoart. 223, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones en materia de Seguridad ySalud y las restantes indicadas como tales en este pliego y en el proyecto.

Art. 20ºPRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN

COMPETENTE

Dentro del límite y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley,el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver lasdudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordarsu resolución y determinar los efectos de ésta.

Los acuerdos correspondientes podrán fin a la vía administrativa y seráninmediatamente ejecutivos.

El orden jurisdiccional contencioso - administrativo será el competente pararesolver las controversias que surjan entre las partes.

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MODELO DE PROPOSICIÓN(sobre nº 3)

D./Dª________________________________________________________________ con domicilio en___________________________________________________________________________________________________________________________________________NIF_________________ actuando en nombre propio, o, en su caso, en representación de____________________________________________________________________________con domicilio para notificaciones en _______________________________________________

____________________________________________________________________________ NIF_________________ declaro que este licitador no se encuentra incurso en caso alguno deincompatibilidad para contratar, conforme al artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratosdel Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que estáal corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y que, enterado delprocedimiento que se sigue por la Diputación de Huelva para contratar la ejecución de obras delPROYECTO DE MEJORA DEL INVERNADERO CELESTINO MUTIS, EN LA RÁBIDA (PALOS DELA FRONTERA), Ref. 18obA10 acepta expresamente las condiciones generales y especiales querigen dicha contratación, que conoce en su integridad, y afirma que las prestaciones quecomprende están claramente comprendidas dentro de nuestros fines, objeto o ámbito de actividada tenor de lo reflejado en los estatutos o reglas fundacionales, teniendo la suficiente solvenciaeconómica y financiera y técnica para la ejecución de la misma, ofreciendo los precios, incluidostodos los tributos y gastos necesarios para su ejecución de:

Oferta, excluido I.V.A.

I.V.A. vigente ( 21 %)

Total oferta, incluido I.V.A.

Compromiso de incremento sobre el plazo de garantía (años)

Lugar, fecha y firma del proponente.

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MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE(sobre nº 1)

D./Dª _______________________________________________________________________ condomicilio en ___________________________________________________________________________________________________________________________________________NIF_________________ actuando en nombre propio, o, en su caso, en representación de____________________________________________________________________________ condomicilio para notificaciones en ___________________________________________________________________________________________________________________________ NIF_________________ declaro que este licitador no se encuentra incurso en caso alguno deincompatibilidad para contratar, conforme al artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratosdel Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, esta alcorriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y que, enterado del procedimientoque se sigue por la Diputación de Huelva para contratar la ejecución de obras del PROYECTO DEMEJORA DEL INVERNADERO CELESTINO MUTIS, EN LA RÁBIDA (PALOS DE LAFRONTERA), Ref. 18obA10, acepta expresamente las condiciones generales y especiales querigen dicha contratación, que conoce en su integridad, y afirma que todas sus prestaciones estánclaramente comprendidas dentro de nuestros fines, objeto o ámbito de actividad a tenor de loreflejado en nuestros estatutos o reglas fundacionales, teniendo la suficiente solvencia económica yfinanciera y técnica para la ejecución de la misma, comprometiéndose a adscribir los mediospersonales y materiales que resulten necesarios, CERTIFICANDO como COMPROMISO ÉTICOque:

Se obliga respecto del personal que emplee en la ejecución del contrato adjudicado, al exactocumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social, de integración socialde personas discapacitadas, de igualdad efectiva de hombres y mujeres y de prevención de riesgoslaborales de acuerdo con los principios y derechos fundamentales recogidos en la Declaración dela Organización Internacional del Trabajo.

A seguir una política comprometida de gestión sostenible, respecto al medio ambiente y consumoresponsable.

Asimismo se compromete a que por parte de las empresas subcontratistas (si procede) se cumplala legislación vigente en materia laboral con respecto a sus personas trabajadoras y en materiamedioambiental. Para acreditar este punto se aportará, en caso de ser propuesto adjudicatario, ladocumentación solicitada por el Órgano de Contratación.

A efecto de lo previsto por el art. 86,1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de lasAdministraciones Públicas en relación con el párrafo segundo del art. 145.4 del TextoRefundido de la Ley de Contratos del Sector Públicio, relaciono las empresas pertenecientesal mismo grupo que concurren a la licitación:

Conforme a lo previsto por el art. 227 a) del Texto Refundido de la Ley de Contratos delSector Público, este licitador indica que tiene la intención de subcontratar las siguientespartidas:

Lugar, fecha y firma del proponente.

Persona de contacto ___________________________________________________________Correo electrónico ___________________________________ Teléfono __________________

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