Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y...

22
Grupo Funcional Desarrollo Económico 1 Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto Carretero Toluca-Palmillas. Tramo Atlacomulco-Palmillas, en el Estado de México Auditoría de Inversiones Físicas: 11-0-09100-04-0262 DE-044 Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017. Objetivo Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se licitaron, contrataron, ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable, que se aplicaron correctamente los precios unitarios autorizados; y que su funcionamiento y puesta en operación se realizó de acuerdo con lo previsto. Alcance Miles de Pesos Universo Seleccionado 195,174.3 Muestra Auditada 156,272.7 Representatividad de la Muestra 80.1 % De los cinco contratos de obras públicas y uno de servicios relacionados con las mismas que tuvieron vigencia en 2011 en el Proyecto Carretero Toluca-Palmillas, Tramo: Atlacomulco- Palmillas, en el Estado de México, se revisaron muestras de conceptos que comprendieron la ejecución de las obras por 156,272.7 miles de pesos, que representaron el 80.1% de los montos ejercidos por 195,174.3 miles de pesos, por ser susceptibles de verificar y cuantificar, tanto en planos como en campo, de conformidad con la tabla que se presenta a continuación.

Transcript of Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y...

Page 1: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Grupo Funcional Desarrollo Económico

1

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Proyecto Carretero Toluca-Palmillas. Tramo Atlacomulco-Palmillas, en el Estado de México

Auditoría de Inversiones Físicas: 11-0-09100-04-0262

DE-044

Criterios de Selección

Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017.

Objetivo

Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se licitaron, contrataron, ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable, que se aplicaron correctamente los precios unitarios autorizados; y que su funcionamiento y puesta en operación se realizó de acuerdo con lo previsto.

Alcance

Miles de Pesos Universo Seleccionado 195,174.3 Muestra Auditada 156,272.7

Representatividad de la Muestra 80.1 %

De los cinco contratos de obras públicas y uno de servicios relacionados con las mismas que tuvieron vigencia en 2011 en el Proyecto Carretero Toluca-Palmillas, Tramo: Atlacomulco-Palmillas, en el Estado de México, se revisaron muestras de conceptos que comprendieron la ejecución de las obras por 156,272.7 miles de pesos, que representaron el 80.1% de los montos ejercidos por 195,174.3 miles de pesos, por ser susceptibles de verificar y cuantificar, tanto en planos como en campo, de conformidad con la tabla que se presenta a continuación.

Page 2: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

2

Conceptos Revisados

(Miles de pesos y porcentajes)

Número de contrato Conceptos Importe de los conceptos

Alcance de la

revisión (%) Ejecutados Revisados Ejercido Revisado

9-Ø-CE-A-568-W-0-9

1-Ø-CE-A-543-W-0-1

3

115

2

9

24,934.1

28,250.4

24,467.9

20,396.3

98.1

72.2

1-Ø-CE-A-544-W-0-1 202 32 42,219.0 34,417.5 81.5

1-Ø-CE-A-546-W-0-1

1-Ø-CE-A-707-W-0-1

129

54

18

11

81,008.2

16,500.4

62,967.9

12,362.7

77.7

74.9

1-Ø-CE-A-582-Y-0-1 78 15 2,262.2 1,660.4 73.4

Total 581 213 195,174.3 156,272.7 80.1

FUENTE: Expedientes de los contratos proporcionados por la entidad fiscalizada.

Antecedentes

El Proyecto Carretero Atlacomulco-Palmillas En El Estado De México Se Localiza Entre La Ciudad De Atlacomulco, En El Estado De México, Y El Entronque Con La Autopista México-Querétaro (Palmillas), Con Una Longitud Total De 70.0 Km; Su Sección Original Es De Dos Carriles De Circulación, Con Un Ancho De Corona De 7.0 M, Sin Acotamientos. Ante El Incremento Del Tránsito Que Utiliza La Carretera Federal Toluca-Palmillas Y Debido Al Tránsito Pesado Que Circula Por Esta Importante Vía, Se Planteó La Modernización Y Ampliación Del Tramo Atlacomulco-Palmillas A Cuatro Carriles De Circulación Del Km 62+000 Al Km 132+000.

Dicha Modernización Consiste En Ampliar La Carretera De 7.0 M A Una Sección De 21.0 M De Ancho De Corona, Para Alojar Cuatro Carriles De Circulación De 3.5 M Cada Uno, Acotamientos Exteriores De 2.5 M E Interiores De 1.0 M Cada Uno; El Costo De La Obra Se Estimó En 1,200,000.0 Miles De Pesos Con Un Periodo De Ejecución De 2007 A 2010, Se Incluyó El Costo Por La Liberación Del Derecho De Vía, La Obra Civil, La Supervisión, La Rectificación De Curvas Y Las Acciones De Mitigación De Impacto Ambiental.

El Contrato De Obra Pública A Precios Unitarios Y Tiempo Determinado Núm. 9-Ø-CE-A-568-W-0-9 Tuvo Por Objeto La Ampliación A Cuatro Carriles Mediante La Construcción De Terracerías, Pavimento De Concreto Asfáltico, Puentes Peatonales, Señalamiento Horizontal Y Vertical, Así Como Obras Complementarias De La Carretera Toluca-Palmillas, Tramo Atlacomulco Límites De Los Estados De México Y Querétaro, Del Km 91+000 Al Km 109+335, En El Estado De México. Dicho Contrato Fue Adjudicado Mediante Licitación Pública Nacional, Por La Secretaría De Comunicaciones Y Transportes Mediante Del Centro SCT Estado De México A La Contratista Grupo Constructor Diamante, S.A. De C.V., Con Un

Page 3: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Grupo Funcional Desarrollo Económico

3

Importe De 315,797.2 Miles De Pesos Y Un Plazo De Ejecución Del 1o. De Julio De 2009 Al 26 De Enero De 2010 (210 Días Naturales).

Durante La Ejecución De Los Trabajos Se Formalizaron Diversos Convenios Modificatorios Del Contrato De Obras Públicas A Precios Unitarios Y Tiempo Determinado Núm. 9-Ø-CE-A-568-W-0-9, Por Suspensiones De Los Trabajos, Como Se Detalla En La Tabla Siguiente:

Número de contrato/ convenio

Objeto

Periodo

Días

Observaciones

Inicio Término

Acta Circunstanciada (13-jul-09)

Suspensión de los trabajos

13-jul-09 31-oct-09 111 Derivado de la problemática social y derecho de vía de 20.0 m.

Acta Circunstanciada (2-nov-09)

Inicio de los trabajos

1-nov-09 29-may-10 210 Reinicio de los trabajos

Acta Circunstanciada (17-nov-09)

Suspensión de los trabajos

16-nov-09 1-feb-10 78 Derivado de la problemática social y derecho de vía de 20.0 m.

Acta Circunstanciada (2-feb-10)

Reanudación de los trabajos

2-feb-10 15-ago-10 195 Reinicio de los trabajos

Convenio núm. 9-Ø-CE-A-568-W-0-9

(2-feb-10)

Reanudación de los trabajos

2-feb-10 15-ago-10 195 Reinicio de los trabajos

Acta Circunstanciada (16-nov-10)

Suspensión de los trabajos

16-nov-10 31-ene-11 77 Derivado de la problemática social y derecho de vía de 20.0 m.

Acta Circunstanciada (1-feb-11)

Reanudación de los trabajos

1-feb-11 6-mar-11 34 Reinicio de los trabajos

Convenio núm. 9-Ø-CE-A-568-W-4-1

(15-feb-11)

Reprogramación de inicio y

término de los trabajos (reducir

conceptos y volúmenes)

7-mar-11 2-jun-11 88 Debido a la problemática social y se da inicio de la construcción de los

puentes superiores vehiculares

Acta Circunstanciada (16-abr-11)

Suspensión de los trabajos

16-abr-11 28-jun-11 74 Derivado de la problemática social y trabajos no considerados en el

contrato Acta Circunstanciada

(04-jul-11) Terminación Anticipada

04-jul-11 Derivado de la problemática social

Page 4: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

4

El 4 de julio de 2011, el Centro SCT Estado de México y la contratista celebraron el acta circunstanciada de terminación anticipada al contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 9-Ø-CE-A-568-W-0-9, debido a la problemática existente en el lugar de los trabajos.

Al 6 de julio de 2011, fecha de la estimación de finiquito, se había ejercido un importe de 161,317.8 miles de pesos, desglosado de la manera siguiente: 5,185.3 miles de pesos en el ejercicio de 2009, 131,198.4 miles de pesos, en el ejercicio de 2010 y 24,934.1 miles de pesos en el ejercicio de 2011. A la fecha de revisión (septiembre de 2012) la obra se volvió a licitar por lo que los trabajos se encontraban en proceso de construcción.

El contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1 tuvo por objeto ejecutar los trabajos faltantes de la ampliación a cuatro carriles, mediante la construcción de terracerías, pavimento de concreto asfáltico, señalamiento horizontal y vertical, así como obras complementarias de la carretera: Toluca-Palmillas, tramo Atlacomulco-Acambay, subtramo del km 68+600 al km 77+800, del km 79+ 400 al km 81+200 y del km 81+ 900 al km 82+ 500, en el Estado de México. Dicho contrato fue adjudicado mediante licitación pública nacional, por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a través del Centro SCT Estado de México, al grupo formado por las contratistas Asfaltos Modificados Mexicanos, S.A. de C.V., y Servicios y Conecciones para Carreteras de Oaxaca, S.A. de C.V., con un monto de 90,526.0 miles de pesos y un periodo de ejecución del 16 de febrero al 14 de agosto de 2011 (180 días naturales).

El 8 de marzo de 2011, el Centro SCT Estado de México y la contratista celebraron el convenio de diferimiento al plazo de ejecución del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1, cuyo objeto fue diferir las fechas de inicio y terminación de los trabajos debido a la entrega extemporánea del anticipo, pactándose como nueva fecha de inicio el 8 de marzo y de terminación el 3 de septiembre de 2011 (180 días naturales).

Posteriormente, con fecha 2 de septiembre de 2011, el Centro SCT Estado de México y la contratista celebraron el convenio adicional núm. 1-Ø-CE-A-543-W-1-1 para ampliar el plazo de ejecución de los trabajos en 88 días naturales por lo que el nuevo plazo de ejecución se estableció del 4 de septiembre al 30 de noviembre de 2011, lo que representó un incremento del 48.9%, debido a que se cambió el procedimiento constructivo de corte en roca con explosivos, por el de medios mecánicos (martillo neumático).

Posteriormente, con el oficio núm. SCT.6.10.339/2011 del 15 de noviembre de 2011, el Director General del Centro SCT Estado de México notificó a la contratista el inicio del procedimiento de rescisión administrativa del contrato de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1, debido al atraso del 49.4% en la ejecución de los trabajos de las terracerías, los pavimentos, las obras de drenaje y las obras complementarias.

Al 15 de septiembre de 2011, fecha de la estimación núm. 13, se había ejercido un importe de 28,250.4 miles de pesos, sin que se pagaran ajustes de costos. A la fecha de revisión

Page 5: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Grupo Funcional Desarrollo Económico

5

(septiembre de 2012) la obra se volvió a licitar por lo que los trabajos se encontraban en proceso de construcción.

El Contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-544-W-0-1 tuvo por objeto realizar la ampliación a cuatro carriles, mediante la construcción de terracerías, pavimento de concreto asfáltico, puentes peatonales, señalamiento horizontal y vertical, así como obras complementarias de la carretera: Toluca-Palmillas, en el subtramo del km 90+000 al km 94+000, así como la construcción de los entronques; Bañe-Polotitlán y San Sebastián, ubicados en los km 114+694 y km 126+990, así como los trabajos faltantes del km 124+500 al km 132+000, en el Estado de México. Dicho contrato fue adjudicado mediante licitación pública nacional, por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto del Centro SCT Estado de México, a la contratista grupo formado por RYMSA Infraestructura Carretera, S.A. de C.V., y Constructora e Impulsora CÓNDOR, S.A. de C.V., con un importe de 113,998.1 miles de pesos y un plazo de ejecución del 16 de febrero al 14 de agosto de 2011 (180 días naturales).

El 9 de marzo de 2011, el Centro SCT Estado de México y la contratista celebraron el convenio de diferimiento al plazo de ejecución de los trabajos del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-544-W-0-1, cuyo objeto fue diferir las fechas de inicio y terminación de los trabajos, debido a la entrega extemporánea del anticipo, pactándose como nueva fecha de inicio el 9 de marzo de 2011 y de terminación el 4 de septiembre de 2011 (180 días naturales).

Posteriormente, con fecha 20 de julio de 2011, el Centro SCT Estado de México y la contratista celebraron el convenio adicional núm. 1-Ø-CE-A-544-W-1-1 para ampliar en 87 días naturales el plazo de ejecución de los trabajos por lo que el nuevo plazo de ejecución se estableció del 5 de septiembre al 30 de noviembre de 2011, lo que representó un incremento del 48.3%, debido a las adecuaciones y al perfeccionamiento del proyecto ejecutivo.

El 18 de noviembre de 2011, el Centro SCT Estado de México y la contratista celebraron el convenio de terminación anticipada al contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-544-W-0-1 debido a la problemática existente en el lugar de los trabajos; el contratista mediante el escrito del 15 de noviembre de 2011 solicitó al Centro SCT Estado de México la terminación anticipada del contrato de referencia. Además, que por el cierre de ejercicio fiscal 2011, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público efectuó una reducción al ejercicio presupuestal de dicho año, lo cual impidió que se concluyeran los trabajos.

Al 25 de septiembre de 2011, fecha de la estimación de finiquito, se había ejercido un importe de 42,219.0 miles de pesos, que incluye 1,508.7 miles de pesos por concepto de ajustes de costos.

Finalmente el 30 de diciembre de 2011, el Centro SCT Estado de México y la contratista elaboraron el finiquito y el acta de extinción de derechos y obligaciones. A la fecha de revisión (septiembre de 2012) la obra se volvió a licitar por lo que los trabajos se encontraban en proceso de construcción.

Page 6: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

6

El contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-546-W-0-1 tuvo por objeto la construcción de estructuras elevadas en la carretera Toluca-Palmillas, tramo: Atlacomulco-Acambay del km 68+600 al km 82+500, en el Estado de México. Dicho contrato fue adjudicado mediante licitación pública nacional, por conducto del Centro SCT Estado de México, a la contratista Grupo Constructor ZEA, S.A. de C.V., con un monto de 56,687.7 miles de pesos y un periodo de ejecución del 16 de febrero al 14 de agosto de 2011 (180 días naturales).

El 9 de marzo de 2011, el Centro SCT Estado de México y la contratista celebraron el convenio para diferir las fechas de inicio y término de los trabajos debido a la entrega extemporánea del anticipo, y se pactó como nueva fecha de ejecución del 10 de marzo de 2011 al 5 de septiembre de 2011 (180 días naturales).

Posteriormente, con fecha 1 de septiembre de 2011, el Centro SCT Estado de México y la contratista celebraron el convenio adicional núm. 1-Ø-CE-A-546-W-1-1 para ampliar el monto en 21,100.8 miles de pesos (37.2%) y el plazo de ejecución de los trabajos en 45 días naturales, lo que representó un incremento de un 25.0%, del monto del contrato y ascendió a 77,788.5 miles de pesos, por lo que el nuevo plazo de ejecución se estableció del 6 de septiembre al 20 de octubre de 2011, debido a que se cambió el procedimiento constructivo de corte en roca con explosivos, por el de medios mecánicos (martillo neumático) y a los volúmenes adicionales no contemplados en el catalogo de obra.

Al 20 de octubre de 2011, fecha de la estimación de finiquito, se ejerció un importe de 81,008.2 miles de pesos, que incluye un importe de 3,220.8 miles de pesos por ajuste de costos. A la fecha de la revisión (septiembre de 2012) la obra se encontraba concluida y en operación.

El Contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-707-W-0-1 tuvo por objeto la construcción de estructuras para dos puentes ubicados en el km 92+700 y km 102+400 de la carretera Toluca-Palmillas, tramo: Acambay-Aculco, en el Estado de México. Dicho contrato fue adjudicado mediante licitación pública nacional, por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto del Centro SCT Estado de México, a la contratista Multiconstrucciones Calvario, S.A. de C.V., con un importe de 16,869.3 miles de pesos y un plazo de ejecución del 3 de octubre al 31 de diciembre de 2011 (90 días naturales).

Al 31 de diciembre de 2011, fecha de la estimación de finiquito, se ejerció un importe de 16,385.3 miles de pesos, que incluye un importe de 305.6 miles de pesos por concepto de ajustes de costos. A la fecha de la revisión (septiembre de 2012) la obra se encontraba concluida y en operación.

El contrato de servicios relacionados con la obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-582-Y-0-1 tuvo por objeto la supervisión para la modernización del km 90+000 al km 94+000, los trabajos faltantes del km 109+335 al km 132+000 y los entronques "Bañe" y "San Sebastián" ubicados en el km 114+694 y km 126+990 de la carretera: Toluca-Palmillas, tramo Atlacomulco-Limites de los estados de México y Querétaro, en el Estado de México. Dicho contrato fue adjudicado mediante invitación a

Page 7: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Grupo Funcional Desarrollo Económico

7

cuando menos a tres personas, por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto del Centro SCT Estado de México, a la empresa Ingeniería y Gestión MARSA, S.A. de C.V., con un importe de 2,262.2 miles de pesos y un plazo de ejecución del 4 de abril al 30 de octubre de 2011 (210 días naturales).

Al 30 de octubre de 2011, fecha de la estimación núm. 14, se ejerció un importe de 2,262.2 miles de pesos.

Resultados

1. En la revisión del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1, se observó que por incumplimiento al programa de obra autorizado el Centro SCT Estado de México notificó la rescisión administrativa del contrato a las empresas Asfaltos Modificados, S.A. de C.V., y Servicios y Conecciones para carreteras de Oaxaca, S.A. de C.V., el 17 de noviembre de 2011; sin embargo, el finiquito de los trabajos no se celebró dentro de los 30 días naturales siguientes a dicha notificación, en virtud de que el finiquito se elaboró el 5 de enero de 2012, es decir, 49 días después que se notificó la rescisión; y en dicho finiquito se incluyeron penas convencionales por un monto de 9,641.8 miles de pesos, las cuales se determinaron en función del importe de los trabajos que no fueron ejecutados; sin embargo, se omitió calcular el sobrecosto de los trabajos aún no realizados conforme al programa de obra vigente, y no se fundaron, ni motivaron las causas de la aplicación de las penas convencionales, en lugar del sobrecosto.

Mediante el oficio núm. SCT.6.10.415.609/2012 del 10 de agosto de 2012, el Director General del Centro SCT Estado de México proporcionó copia del oficio núm. C.SCT.6.10.350/2011 del 13 de diciembre de 2011 con el que se notificó a la contratista la resolución de la rescisión administrativa de la cual tuvo conocimiento el 17 de noviembre de ese año, cumpliéndose con los tiempos procesales dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación; en relación con el sobrecosto, indicó que se optó por las penalizaciones, las cuales representan un importe de 9,641.7 miles de pesos que es más conveniente a la dependencia, ya que el sobrecosto por un importe de 7,753.8 miles de pesos resultó inferior a las penas convencionales, según se establece en el acta de liquidación de adeudo y crédito exigible del 27 de julio de 2012, producto de la diferencia entre el monto ejercido y el importe de los trabajos que no fueron ejecutados conforme al programa vigente, que fue de 62,275.5 miles de pesos.

Posteriormente, mediante el oficio núm. SCT.6.10.415.653/2012 del 3 de septiembre de 2012, el Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Centro SCT Estado de México aclaró que el impacto inflacionario que se manejó en 2011 fue del 3.8%, y como la rescisión administrativa fue el 16 de diciembre del mismo año, fue la causa de que se tomaran los factores que a esa fecha correspondían a los trabajos faltantes por ejecutar por lo que el sobrecosto obtenido fue de 7,753.8 miles de pesos, por lo que dicho centro SCT ya inició el procedimiento por la vía correspondiente para requerir la cantidad de 9,641.7 miles de pesos por concepto de penas convencionales, cantidad que depara menos perjuicio a la SCT, no obstante, esta dependencia mediante oficio núm. SCT.6.10.415.651/2012, de fecha 31 de agosto de 2012, está corriendo traslado por la diferencia de 307.9 miles de pesos a la Unidad de Asuntos Jurídicos para que se requiera a la contratista.

Page 8: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

8

Después de analizar la información proporcionada, la ASF considera que la observación se atiende parcialmente, toda vez que, aun cuando la entidad fiscalizada comprobó que el acta de finiquito se elaboró dentro del plazo establecido; optó por aplicar el sobrecosto determinado por la ASF, mismo que resulta de la aplicación de penas convencionales más un importe faltante de 307.9 miles de pesos, por lo que se solicitó a la Unidad de Asuntos Jurídicos se requiera a la contratista dicho faltante, se considera que se debe de fundamentar o motivar las causas de la aplicación de las penalizaciones o el sobrecosto.

Véase acción(es): 11-9-09112-04-0262-01-001

2. Se observó que en el contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1 el Centro SCT Estado de México no hizo efectiva la garantía de cumplimiento del contrato por un importe de 12,455.1 miles de pesos correspondiente al 20.0% del importe de 62,275.5 miles de pesos por los trabajos no ejecutados.

Mediante el oficio núm. SCT.6.10.415.609/2012 del 10 de agosto de 2012, el Director General del Centro SCT Estado de México informó que en la formalización del acta de liquidación de adeudo y crédito exigible del 27 de julio de 2012 elaborada por el área de asuntos jurídicos de ese Centro SCT se requirió a la contratista el reintegro de 12,455.1 miles de pesos por concepto de la fianza de cumplimiento; asimismo, señaló que con el oficio núm. C.SCT.6.10.305.-3046/2012 del 2 de agosto de 2012 se solicitó al Director de Garantías de la Tesorería de la Federación (TESOFE) iniciar el procedimiento para hacer efectiva la garantía, por el incumplimiento de las obligaciones a cargo del grupo formado por las empresas Asfaltos Modificados, S.A. de C.V,. y Servicios y Conecciones para carreteras de Oaxaca, S.A. de C.V.

Posteriormente, mediante el oficio núm. SCT.6.10.415.653/2012 del 3 de septiembre de 2012, el Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Centro SCT Estado de México proporcionó la documentación mediante la cual gestionó a través de la Unidad General de Asuntos Jurídicos el importe de 12,455.1 miles de pesos con cargo a la fianza núm. 3315-00235-2 reportado en el acta de liquidación de adeudo y crédito exigible de la obra.

Después de analizar la información y documentación proporcionada, la ASF considera que la observación subsiste, toda vez que aun cuando se informó que mediante el acta de liquidación de adeudo y crédito exigible del 27 de julio de 2012, se requirió a la contratista el reintegro de 12,455.1 miles de pesos y se solicitó al Director de Garantías de la TESOFE iniciar el procedimiento para hacer efectiva la fianza de cumplimiento, así como a la Unidad General de Asuntos Jurídicos de la SCT, no se remitió la documentación que compruebe que se hizo efectiva dicha garantía.

Véase acción(es): 11-0-09100-04-0262-03-001

3. Se observó que en el contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1 se otorgó a la contratista un anticipo de 27,157.8 miles de pesos y que por el incumplimiento del programa de obra autorizado se inició el proceso de rescisión administrativa del contrato el 27 de noviembre de 2011; sin embargo, la contratista no reintegró dentro de los 10 días naturales siguientes a la notificación de la

Page 9: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Grupo Funcional Desarrollo Económico

9

rescisión el anticipo pendiente de amortizar por un importe de 18,682.7 miles de pesos, ni la entidad fiscalizada hizo efectiva la garantía del anticipo pendiente de amortizar.

Con el oficio núm. SCT.6.10.415.609/2012 del 10 de agosto de 2012, el Director General del Centro SCT Estado de México informó que no fue omiso en requerir al grupo contratista la devolución del anticipo no amortizado, lo cual se demuestra con el oficio núm. C.SCT.6.10.350/2011 del 13 de diciembre de 2011 y que se le notificó el 16 del mismo mes y año, en cuyo resolutivo tercero se le requirió en el término de 10 días naturales el anticipo no amortizado y que debería reintegrar a favor de la TESOFE a partir de la fecha en que se le comunicó la determinación de dar por rescindido el contrato importe que fue considerado en el finiquito del contrato y en el que se consideran los intereses correspondientes hasta que se pongan a disposición de la dependencia las cantidades señaladas. Asimismo, manifestó que dicho finiquito se elaboró sin la presencia del contratista, no obstante habérsele notificado con el oficio núm. CSCT.6.10.350/2011; lo que se refiere al faltante por amortizar, indicó que la situación se comunicó al área jurídica para que se tomen las medidas correspondientes.

Posteriormente, con el oficio núm. SCT.6.10.415.653/2012 del 3 de septiembre de 2012, el Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Centro SCT Estado de México proporcionó la documentación mediante la cual gestionó a través de la Unidad General de Servicios Jurídicos de la SCT el importe de 18,682.7 miles de pesos con cargo a la fianza núm. 3315-00234-9 más los intereses correspondientes de 1,468.0 miles de pesos reportado en el acta de liquidación de adeudo y crédito exigible de la obra, objeto del contrato de referencia.

Después de analizar la información proporcionada, la ASF considera que la observación subsiste, en virtud de que aun cuando el Centro SCT Estado de México informó que en el resolutivo tercero del oficio núm. C.SCT.6.10.350/2011 del 13 de diciembre de 2011 se requirió a la contratista que en un término de 10 días naturales reintegrara el anticipo pendiente de amortizar y que éste se consideró en el finiquito de la obra y se gestionó ante la Unidad General de Asuntos Jurídicos de la SCT el reintegro del importe de 18,682.7 miles de pesos con cargo a la fianza núm. 3315-00234-9, a la fecha de la revisión (agosto de 2012) no había proporcionado la documentación que compruebe la recuperación del importe de 18,682.7 miles de pesos, ni la que acredite que se hizo efectiva la garantía del anticipo pendiente de amortizar.

Véase acción(es): 11-0-09100-04-0262-03-002

4. En el recorrido por la obra por personal de la Auditoría Superior de la Federación y de la Residencia General de Carreteras Federales del Centro SCT Estado de México en marzo de 2012, se observó que en el contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-707-W-0-1 la contratista continuaba ejecutando trabajos en las dos estructuras, las cuales se encontraban con avances físicos de 50.0%, no obstante que el periodo contractual concluyó el 31 de diciembre de 2011 y sin que la residencia de obra de ese Centro SCT hubiera aplicado las sanciones correspondientes en el periodo de ocho quincenas comprendido de enero a abril de 2012 por importes de 3,016.0 y 375.0 miles de pesos respectivamente, que resultan de la aplicación de la retención en la última quincena por atraso en la ejecución del programa.

Page 10: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

10

Con el oficio núm. SCT.6.10.415.609/2012 del 10 de agosto de 2012, el Director General del Centro SCT Estado de México informó que, después de una revisión exhaustiva realizada conjuntamente con la residencia de obra, de la documentación generada con motivo del pago de las estimaciones correspondientes a los trabajos ejecutados y de acuerdo con los reportes del avance físico y financiero y los reportes fotográficos, se confirmó la existencia del atraso reportado por un importe de 2,212.0 miles de pesos con relación al monto contratado, desglosados de la manera siguiente: 443.3 miles de pesos en la partida de superestructura; 264.0 miles de pesos en la partida de losas de acceso; 779.8 miles de pesos en la partida de accesos; 412.5 miles de pesos en la partida de señalamiento y dispositivos de seguridad; 8.7 miles de pesos en la partida de obras marginales; 289.5 miles de pesos en la partida de obras inducidas y 14.2 miles de pesos en la partida de obras complementarias; por ello, se aplicaron las penalizaciones por 110.6 y 774.2 miles de pesos por atrasos en el cumplimiento del programa y la terminación de los trabajos, lo que da un total por resarcir de 884.8 miles de pesos en favor de la TESOFE, monto que se requirió a la contratista Multiconstrucciones Calvario, S.A. de C.V., mediante el oficio núm. SCT.6.10.514.580/2012 del 1 de agosto de 2012.

Posteriormente, mediante el oficio núm. SCT.6.10.415.653/2012 del 3 de septiembre de 2012, el Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Centro SCT Estado de México informó que de la revisión a las estimaciones pagadas resultó un importe faltante por ejecutar de 3,258.4 miles de pesos del contrato original respecto a las cantidades objetadas por la ASF, por lo que se proporcionaron los soportes justificativos de los cuales se obtuvieron penalizaciones de 1,303.3 miles de pesos más 85.5 miles de pesos por concepto de intereses resultando un total de 1,388.8 miles de pesos a resarcir; sin embargo, como ya se habían resarcido 895.9 miles de pesos mediante el formato 16P1A009 del Servicio de Administración Tributaria, que incluye el resarcimiento de 884.2 miles de pesos, por concepto sanciones por el atraso de obra y por la aplicación de retenciones en la última quincena de la ejecución conforme al programa de obra autorizado.

Adicionalmente, proporcionó copia del oficio núm. SCT.6.10.415.644/2012 del 28 de agosto de 2012, con el que instruyó al Residente General de Carreteras Federales, al Jefe de Departamento de Contratos y Estimaciones y a los Residentes de Obra del Centro SCT Estado de México, para que adopten medidas necesarias que aseguren su puntual atención y en lo sucesivo eviten incurrir en este tipo de observaciones.

Por último el Residente General de Carreteras Federales del Centro SCT Estado de México envió a la ASF copia del oficio núm. SCT.6.10.415.671/2012 del 10 de septiembre de 2012, mediante el cual solicitó al Administrador Único de la Empresa Multiconstrucciones Calvario S.A. de C.V. el resarcimiento de 1,681.6 miles de pesos a favor de la TESOFE.

en virtud de que aun cuando se resarció un monto de 884.2 miles de pesos y presentó los números generadores, el cuadro comparativo y la evidencia fotográfica con la que justificó un importe de 868.1 y 106.5 miles de pesos, de los montos originalmente observados de 3,016.0 y 375.0 miles de pesos, y solicitó a la contratista los resarcimientos de los importes de 1,263.7 y 268.5 miles de pesos, por concepto de la aplicación de las sanciones por atraso de obra correspondientes en el periodo de ocho quincenas

Page 11: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Grupo Funcional Desarrollo Económico

11

comprendido de enero a abril de 2012 y de la aplicación de la retención en la última quincena por atraso en la ejecución del programa respectivamente, la entidad fiscalizada no ha presentado la documentación que compruebe el resarcimiento de 1,532.2 miles de pesos.

Véase acción(es): 11-0-09100-04-0262-03-003

5. Se observó que en el contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-707-W-0-1 se pactó un periodo de ejecución de los trabajos del 3 de octubre al 31 de diciembre de 2011 y un importe por ejercer de 16,869.3 miles de pesos; sin embargo, en la visita previa al sitio de la obra realizada por personal de la ASF y del centro SCT en marzo de 2012 se observó que la contratista aún no concluía los trabajos, ya que las dos estructuras, aún se encontraban en proceso de construcción, por lo que se considera que al término del plazo contractual que se fijó para el 31 de diciembre de 2011, solamente había ejecutado el 50.0% de la obra; no obstante, el Centro SCT Estado de México ya había pagado a la contratista un importe de 15,080.4 miles de pesos, es decir, el 89.4% del total contratado. Al respecto, se determinó que la entidad fiscalizada omitió exigir a la contratista el pago de los intereses generados por 226.2 miles de pesos, derivados del pago anticipado por 7,540.2 miles de pesos y que resulta de la aplicación del 0.75% mensual sobre el importe no ejecutado en el periodo de enero a abril de 2012.

Con el oficio núm. SCT.6.10.415.609/2012 del 10 de agosto de 2012, el Director General del Centro SCT Estado de México informó que, después de una revisión exhaustiva realizada conjuntamente con la residencia de obra, se determinó que al momento de la visita a la obra por parte de los auditores existía un atraso en la ejecución de los trabajos de 2,212.0 miles de pesos, más no el señalado por el personal auditor, ya que al término del plazo contractual se había ejecutado el 86.9% correspondiente a un monto de 14,657.2 miles de pesos y pagado 15,080.4 miles de pesos en relación con el monto contratado, por lo que sobre este importe de 2,212.0 miles de pesos se penalizó a la contratista hasta que concluyó los trabajos a satisfacción de la SCT, y sólo se pagaron de manera anticipada 423.2 miles de pesos; y aclaró que sobre esta cantidad solamente procede la aplicación de intereses, tomando en consideración el importe que se había pagado de 15,080.4 miles de pesos, por lo que únicamente corresponden por concepto de intereses 11.7 miles de pesos, cantidad que se requirió a la contratista mediante el oficio núm. SCT.6.10.514.599/2012 del 6 de agosto de 2012; asimismo, comentó que al cierre del periodo contractual existía un puente peatonal por un importe aproximado de 2,600.0 miles de pesos en el km 78+500 que no pudo pagarse por razones de recorte presupuestal, sino hasta febrero de 2012.

Posteriormente, mediante el oficio núm. SCT.6.10.415.653/2012 del 3 de septiembre de 2012, el Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Centro SCT Estado de México proporcionó copia del formato 16P1A009 del Servicio de Administración Tributaria, medio por el cual la contratista resarció a favor de la TESOFE un importe de 895.5 miles de pesos por concepto de sanción por atraso de obra pública, en el cual incluye el resarcimiento de 11.7 miles de pesos por concepto de intereses pagados en exceso.

Por último el Residente General de Carreteras Federales del Centro SCT Estado de México envió a la ASF copia del oficio núm. SCT.6.10.415.671/2012 del 10 de septiembre de 2012,

Page 12: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

12

mediante el cual solicitó al Administrador Único de la Empresa Multiconstrucciones Calvario S.A. de C.V., el resarcimiento de 1,681.6 miles de pesos a favor de la TESOFE.

Al respecto, una vez analizada la información y documentación proporcionada la ASF atendida la observación, en virtud de que aun cuando la entidad

fiscalizada presentó la documentación mediante la cual resarció un monto de 11.7 miles de pesos y presentó los números generadores, el cuadro comparativo y la evidencia fotográfica con la que justificó un importe de 2,170.3 miles de pesos, del originalmente observado de 7,540.1 miles de pesos, resultando un importe de faltante por ejecutar de 5,369.8 miles de pesos y solicitó a la contratista el resarcimiento de 149.4 miles de pesos por concepto del pago de los intereses, que resulta de la aplicación del 0.75% mensual sobre el importe no ejecutado en el periodo de enero a abril de 2012, no ha presentado la documentación que compruebe el resarcimiento correspondiente.

Véase acción(es): 11-0-09100-04-0262-03-004

6. Con la revisión del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 9-Ø-CE-A-568-W-0-9, se constató que el Centro SCT Estado de México suspendió los trabajos en cuatro ocasiones, del 13 de julio de 2009 al 28 de junio de 2011, debido a la problemática de la posesión del derecho de vía de vecinos de las comunidades aledañas al eje del camino y a los cierres de los ejercicios fiscales de 2009 y 2010, por lo que en la estimación de finiquito, con un periodo de ejecución del 1 de noviembre de 2009 al 28 de junio de 2011, se pagaron gastos no recuperables por un monto de 10,212.1 miles de pesos. Sobre el particular, se considera que el Centro SCT debió tomar la decisión de una terminación anticipada del contrato desde la primera suspensión, en virtud de que en la cláusula décima cuarta, párrafo quinto, del contrato se pactó que ésta procedería cuando existieran causas justificadas que le impidieran dar continuidad a los trabajos y se demostrara que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio al Estado, o bien, no fuera posible determinar la temporalidad de la suspensión.

Con el oficio núm. SCT.6.10.415.653/2012 del 3 de septiembre de 2012, el Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Centro SCT Estado de México hizo hincapié que en la cláusula segunda contractual se manifestó una asignación inicial aprobada de 140,000.0 miles de pesos, correspondiente al programa con el plazo de ejecución que se tenía proyectado y que la obra estaría sujeta a las disposiciones presupuestarias, no obstante, que en ocasiones parte de los recursos son recortados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, lo cual ocasiona efectuar la suspensión de obra y su reinicio una vez que nuevamente se asignen recursos en el siguiente ejercicio fiscal.

Después de revisar y analizar la información y documentación proporcionada, la ASF determinó que la observación subsiste, en virtud de que en las suspensiones que se presentaron durante la ejecución de los trabajos no se valoraron los gastos que éstas ocasionarían en los pagos de los gastos no recuperables a la contratista y con ello evitar pagos adicionales que pudieran ocasionar daños o perjuicios a la Hacienda Pública Federal.

Véase acción(es): 11-9-09112-04-0262-08-001

Page 13: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Grupo Funcional Desarrollo Económico

13

7. En el contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 9-Ø-CE-A-568-W-0-9, se estableció que el plazo de ejecución de los trabajos sería del 1 de julio de 2009 al 26 de enero de 2010 (210 días naturales), el cual se difirió por la entrega extemporánea del anticipo, por lo que el nuevo periodo se fijó del 13 de julio de 2009 al 7 de febrero de 2010; sin embargo, se observó que el Centro SCT Estado de México suspendió los trabajos del 13 de julio al 31 de octubre de 2009 (111 días naturales) por la falta de liberación del derecho de vía. Posteriormente, debido a los cierres de los ejercicios fiscales de 2009 y de 2010, se suspendieron por segunda y tercera ocasiones los trabajos del 16 de noviembre de 2009 al 1 de febrero de 2010 (78 días naturales) y del 16 de noviembre de 2010 al 31 de enero de 2011 (77 días naturales), respectivamente, y los trabajos se reanudaron una vez que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público radicó los recursos correspondientes; por último, los trabajos se suspendieron por cuarta ocasión del 16 de abril al 28 de junio de 2011 (74 días naturales), debido a reclamos sociales de las poblaciones circunvecinas, como son la exigencia de que se construyeran retornos y pasos vehiculares y peatonales a lo largo del tramo; por ello, el 4 de julio de 2011, al sumar un total de 340 días de suspensión, por lo que a solicitud del contratista se llevó a cabo la terminación anticipada del contrato, por lo que el Centro SCT efectuó un pago a la contratista de 14,255.8 miles de pesos en la estimación de finiquito por concepto de ajuste de sus costos indirectos, debido a que del monto contratado por 315,797.2 miles de pesos solamente se ejercieron 114,231.2 miles de pesos. Sobre el particular, se considera que el Centro SCT debió tomar la decisión de una terminación anticipada del contrato desde la primera suspensión, en virtud de que en la cláusula décima cuarta, párrafo quinto, del contrato se pactó que ésta procedería cuando existieran causas justificadas que le impidieran dar continuidad a los trabajos y se demostrara que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio al Estado, o bien, no fuera posible determinar la temporalidad de la suspensión.

Con el oficio núm. SCT.6.10.415.609/2012 del 10 de agosto de 2012, el Director General del Centro SCT Estado de México informó a la ASF que el contratista, al integrar su proposición, sólo consideró los gastos que resultarían necesarios en función del monto y el plazo establecidos originalmente en las bases, de tal forma que en el cálculo efectuado se obtienen los gastos que resultaron necesarios con motivo de la modificación del contrato, los cuales no se consideraron en la proposición original; dichos gastos, en conjunto con el resto de los indirectos inicialmente previstos en el contrato, representan el costo indirecto total que se requirió para la ejecución de la obra, de tal manera que el nuevo porcentaje se aplicó a las estimaciones ya generadas y pagadas, considerando la diferencia entre el nuevo factor y el originalmente contenido en la propuesta del contratista.

Posteriormente, mediante el oficio núm. SCT.6.10.415.653/2012 del 3 de septiembre de 2012, el Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Centro SCT Estado de México informó que no se conocía el alcance de la problemática que la obra en particular sufriría a lo largo de su ejecución, primeramente por la intransigencia de los pobladores al exigir un deslinde puntual de los terrenos que se encontraban a lo largo del eje de la carretera por ampliar y que presumiblemente consideraban se les afectaría sus propiedades, seguidamente por los recortes y cambio de asignación presupuestales y la exigencia de obras que no son del ámbito de sus facultades y atribuciones de dicho centro SCT, como la pavimentación de calles, construcción de auditorios, unidades deportivas, etc. Es evidente que los conflictos

Page 14: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

14

de los pobladores obligaron a dar por terminado anticipadamente el contrato, justamente a efecto de evitar más gastos.

Después de analizar la información y documentación proporcionada, la ASF determinó que la observación subsiste, en virtud de que en las suspensiones que se presentaron durante la ejecución de los trabajos no se valoraron los gastos que éstas ocasionarían en los costos indirectos de la contratista y con ello evitar pagos adicionales que pudieran ocasionar daños o perjuicios a la Hacienda Pública Federal.

Véase acción(es): 11-9-09112-04-0262-08-002

8. De la revisión del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 9-Ø-CE-A-568-W-0-9 se observó que el Centro SCT Estado de México no puso oportunamente a disposición del contratista el sitio de ejecución de los trabajos, debido a que el derecho de vía se encontraba en su mayor parte en posesión de los vecinos de las comunidades de Ñado, Buenavista, San Antonio, El Zethe, Tixiñu, Gunyo y los Ailes, quienes manifestaban que dicho derecho era de su propiedad, por lo que la entidad fiscalizada suspendió los trabajos en dos ocasiones, la primera, del 13 de julio al 31 de octubre de 2009 (111 días naturales), y la segunda, del 16 de abril al 28 de junio de 2011 (74 días naturales). Con ello, la entidad fiscalizada originó que en la estimación de finiquito, con periodo de realización del 1 de noviembre de 2009 al 28 de junio de 2011, se pagaran a la contratista gastos no recuperables por importes de 1,114.3 y 4,263.1 miles de pesos, respectivamente, y que el contrato se diera por terminado anticipadamente el 4 de julio de 2011, de acuerdo con el acta circunstanciada de esa misma fecha.

Mediante el oficio núm. SCT.6.10.415.609/2012 del 10 de agosto de 2012, el Director General del Centro SCT Estado de México proporcionó a la ASF copia del Diario Oficial de la Federación del 10 de septiembre de 1956 en que se fija el derecho de vía de los caminos federales de la República ya construidos a la fecha, en el cual se considera una amplitud mínima absoluta de 20.0 m a cada lado del eje del camino. Además, manifestó que mediante la nota de bitácora núm. 5 del 13 de julio de 2009 se puso a disposición de la contratista el lugar donde se efectuarían los trabajos y se le entregó el proyecto correspondiente; asimismo, señaló que durante el desarrollo de los trabajos se presentaron vecinos de diversas comunidades aledañas al eje del camino que exigían diversas obras de tipo social, lo cual ocasionó suspensiones en diversos periodos por caso fortuito o fuerza mayor.

Posteriormente, con el oficio núm. SCT.6.10.415.653/2012 del 3 de septiembre de 2012, el Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Centro SCT Estado de México proporcionó copia del escrito del 9 de julio de 2009 con el que las autoridades ejidales y el Delegado Municipal de Aculco Estado de México reconocen el derecho de vía establecido en el Diario Oficial de la Federación del 10 de septiembre de 1956. Asimismo, diversas comunidades solicitaron se deslindarán los predios por donde pasa físicamente el cero de los hombros de la carretera, con la finalidad de verificar que no se rebasara el ancho de los 20 metros establecidos como derecho de vía, por lo que dicho deslinde se efectuó con cada uno de los propietarios de los ejidos y con la presencia de las autoridades ejidales, así como con los certificados parcelarios dictaminados por la PROCEDE, con ello se acredita que la liberación del derecho de vía se realizó con anterioridad; sin embargo, aclaró que la suspensión de los trabajos fue

Page 15: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Grupo Funcional Desarrollo Económico

15

porque las comunidades no permitieron a la contratista ejecutar los trabajos, hasta que no se tuviera el trazo y el deslinde con mojoneras en cada uno de los terrenos aledaños al eje de la carretera.

En cuanto a la suspensión del 16 de abril al 28 de junio de 2011, manifestó que mediante los escritos del 3, 6, 11 y 14 de abril de 2011, las autoridades de las comunidades de San Antonio el Zethe, Ñado, Buenavista y Tixiñu solicitaron la construcción de retornos, pasos vehiculares y peatonales y diversas obras sociales para beneficio de sus comunidades. Además, proporcionó copia del oficio circular núm. SCT.6.10.415.644/2012 del 28 de agosto de 2012, con el cual el Director General del Centro SCT Estado de México instruyó al Residente General de Carreteras Federales, al Jefe de Departamento de Contratos y Estimaciones y a los Residentes de Obra del Centro SCT Estado de México adopten las medidas necesarias para que se aseguren que se cuente con la liberación del derecho de vía y en lo sucesivo se evite incurrir en este tipo de observaciones.

La Auditoría Superior de la Federación determinó atendida la observación, en virtud de que la entidad fiscalizada instruyó a sus áreas operativas para que en lo sucesivo cumplan la normativa correspondiente.

9. Se observó que en el contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-546-W-0-1 el Centro SCT Estado de México realizó pagos en las estimaciones núms. 01-AC y de finiquito de ajuste de costos de los meses de abril a octubre de 2011 por montos de 108.5 y 3,112.3 miles de pesos, respectivamente, lo que arrojó un total de 3,220.8 miles de pesos; sin embargo, omitió integrar al expediente la documentación de soporte del pago de la estimación de finiquito de ajuste de costos y de los factores considerados en dichas estimaciones; además, la entidad fiscalizada no aplicó los factores de ajuste de costos conforme al programa autorizado, por lo que al realizar el cálculo correspondiente se determinó que debió pagar un importe de 1,445.9 miles de pesos, obteniéndose una diferencia de 1,774.9 miles de pesos respecto al monto pagado.

Con el oficio núm. SCT.6.10.415.609/2012 del 10 de agosto de 2012, el Director General del Centro SCT Estado de México informó que, mediante oficio núm. SCT.6.10.415.549/2012 del 23 de julio de 2012, proporcionó a la ASF documentación adicional y que la contratista realizó los trabajos conforme al programa diferido por el pago tardío del anticipo y conforme al programa del convenio adicional en monto y plazo, y que por error se entregó a la ASF un programa que había sido desechado por contener errores e incongruencias en su desarrollo, no obstante haber sido firmado por los que en él intervienen.

Posteriormente, el Director General del Centro SCT Estado de México informó que, mediante el oficio núm. SCT.6.10.415.625/2012 del 22 de agosto de 2012 dirigido al Apoderado legal de la empresa, grupo constructor ZEA, S.A. de C.V., con la finalidad de solventar la observación antes indicada, deberá presentar un cheque a favor de la TESOFE por un importe de 330.5 miles de pesos, más los intereses generados desde la fecha en que fueron pagados hasta la fecha en que en que se haga efectivo el reintegro correspondiente, plazo que no deberá exceder de cinco días hábiles.

Page 16: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

16

Adicionalmente, con el oficio núm. SCT.6.10.415.653/2012 del 3 de septiembre de 2012, el Director General del Centro SCT Estado de México proporcionó copia del formato 16P1A009 de la Secretaría de Administración Tributaria, con el que comprueba que la contratista resarció a favor de la TESOFE un importe de 344.1 miles de pesos, cantidad que incluye el importe observado de 330.5 miles de pesos más 13.6 miles de pesos por los intereses generados hasta la fecha del resarcimiento.

Al respecto, una vez analizada la información y documentación proporcionada, la ASF determinó atendida la observación en virtud de que el Centro SCT Estado de México proporcionó la documentación que comprueba que la contratista resarció un importe de 330.5 miles de pesos, más 13.6 miles de pesos por concepto de intereses, el cual se considera correcto, de acuerdo con la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada.

10. Se constató que en términos generales, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto del Centro SCT Estado de México, cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la licitación y contratación de los contratos de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núms. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1, 1-Ø-CE-A-544-W-0-1, 1-Ø-CE-A-546-W-0-1, 1-Ø-CE-A-707-W-0-1 y del contrato de servicios relacionados con la obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-582-Y-0-1.

11. Se comprobó que los trabajos amparados por los contratos de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núms. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1, 1-Ø-CE-A-544-W-0-1 y 1-Ø-CE-A-546-W-0-1 y los convenios respectivos contaron con el soporte documental justificativo y comprobatorio correspondientes.

12. Se comprobó que en los conceptos seleccionados en el contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-544-W-0-1 se cumplieron las normas de calidad de los materiales de la SCT, ya que durante la ejecución de los trabajos se aplicaron los sistemas de control de calidad establecidos en el contrato y se obtuvieron resultados satisfactorios.

13. Se constató que, en el contrato de servicios relacionados con la obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-582-Y-0-1, la empresa de supervisión Ingeniería y Gestión MARSA, S.A. de C.V., verificó la correcta ejecución de los trabajos correspondientes a los conceptos establecidos en el proyecto que contenía la verificación de los controles de volúmenes de los trabajos, revisión de los números generadores y de control de calidad.

14. Se comprobó que, los precios unitarios aplicados en los conceptos de los contratos de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núms. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1, 1-Ø-CE-A-544-W-0-1, 1-Ø-CE-A-546-W-0-1, 1-Ø-CE-A-707-W-0-1 y de servicios relacionados con la obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-582-Y-0-1, fueron aplicados correctamente en las cantidades de obra estimadas, así como la aplicación e integración del precio unitario extraordinario.

Page 17: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Grupo Funcional Desarrollo Económico

17

15. Se comprobó que, en el contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 9-Ø-CE-A-568-W-0-9, el pago de los trabajos ejecutados durante el ejercicio 2011 fue de 24,934.1 miles de pesos, mediante la presentación, trámite y autorización de dos estimaciones y que se aplicaron correctamente tanto el IVA por 3,989.5 miles de pesos, como el derecho de inspección y vigilancia de la Secretaría de la Función Pública por 124.7 miles de pesos.

Se comprobó que, en el contrato de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1, el pago de los trabajos ejecutados durante el ejercicio 2011 fue de 28,250.4 miles de pesos y se efectuó mediante la presentación, trámite y autorización de 18 estimaciones; que se otorgó un anticipo de 27,157.8 miles de pesos, quedando un saldo pendiente por amortizar de 18,686.6 miles de pesos; que se aplicaron correctamente tanto el IVA por 4,520.1 miles de pesos, como el derecho de inspección y vigilancia de la Secretaría de la Función Pública por 141.3 miles de pesos.

Se comprobó que, en el contrato de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-544-W-0-1, el pago de los trabajos ejecutados durante el ejercicio 2011 fue de 42,219.0 miles de pesos y se efectuó mediante la presentación, trámite y autorización de 16 estimaciones, se otorgó un anticipo de 34,199.4 miles de pesos que se encuentra amortizado; que se aplicaron correctamente tanto el IVA por 6,755.0 miles de pesos, como el derecho de inspección y vigilancia de la Secretaría de la Función Pública por 211.1 miles de pesos.

Se comprobó que, en el contrato de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-546-W-0-1, el pago de los trabajos ejecutados durante el ejercicio 2011 fue de 81,008.2 miles de pesos y se efectuó mediante la presentación, trámite y autorización de 27 estimaciones, se otorgó un anticipo por 17,006.3 miles de pesos que se encuentra amortizado; se aplicaron correctamente tanto el IVA por 12,961.3 miles de pesos, como el derecho de inspección y vigilancia de la Secretaría de la Función Pública por 405.0 miles de pesos.

Se comprobó que, en el contrato de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-707-W-0-1, el pago de los trabajos ejecutados durante el ejercicio 2011 fue de 16,500.4 miles de pesos y se efectuó mediante la presentación, trámite y autorización de 11 estimaciones, se otorgó un anticipo de 5,060.8 miles de pesos, que se encuentra amortizado y que se aplicaron correctamente tanto el IVA por 2,621.7 miles de pesos, como el derecho de inspección y vigilancia de la Secretaría de la Función Pública por 81.9 miles de pesos

Se comprobó que, en el contrato de servicios relacionados con la obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-582-Y-0-1 el pago de los trabajos ejecutados durante el ejercicio 2011 fue de 2,262.2 miles de pesos y se efectuó mediante la presentación, trámite y autorización de 14 estimaciones; y que se aplicaron correctamente tanto el Impuesto al Valor Agregado (IVA) por 362.0 miles de pesos, como el derecho de inspección y vigilancia de la Secretaría de la Función Pública por 11.3 miles de pesos.

Page 18: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

18

Acciones

Recomendaciones

11-9-09112-04-0262-01-001.- Para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes implemente los mecanismos de control con objeto de que el Centro SCT Estado de México por conducto de su residencia de obra, en la rescisión administrativa de los contratos, antes de aplicar las penalizaciones por incumplimiento del programa de ejecución de los trabajos, obtenga el sobrecosto de los trabajos aún no ejecutados, con el fin de optar entre aplicar las penas convencionales o el sobrecosto, lo cual deberá estar debidamente fundado y motivado. [Resultado 1]

Solicitudes de Aclaración

11-0-09100-04-0262-03-001.- Para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes aclare y proporcione la documentación justificativa o comprobatoria de 12,455.1 miles de pesos, debido a que no se ha hecho efectiva la garantía de cumplimiento por el 20.0% del importe de 62,275.5 miles de pesos por los trabajos no ejecutados. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 2]

11-0-09100-04-0262-03-002.- Para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes aclare y proporcione la documentación justificativa o comprobatoria de 18,682.7 miles de pesos, debido a que no se ha recuperado el anticipo pendiente de amortizar, ni la entidad fiscalizada hizo efectiva la garantía del anticipo pendiente de amortizar. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 3]

11-0-09100-04-0262-03-003.- Para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes aclare y proporcione la documentación justificativa o comprobatoria de 1,532.2 miles de pesos debido a la aplicación de las sanciones correspondientes en el periodo de ocho quincenas comprendido de enero a abril de 2012 y de la aplicación de la retención en la última quincena por atraso en la ejecución del programa respectivamente. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 4]

11-0-09100-04-0262-03-004.- Para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes aclare y proporcione la documentación justificativa o comprobatoria de 149.4 miles de pesos por concepto de intereses pagados en exceso de la aplicación del 0.75% mensual sobre el importe de 5,369.8 miles de pesos por concepto de obra faltante por ejecutar en el periodo de enero a abril de 2012. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 5]

Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

11-9-09112-04-0262-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su

Page 19: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Grupo Funcional Desarrollo Económico

19

caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos del Centro SCT Estado de México que en su gestión no llevaron a cabo la terminación anticipada del contrato de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núm. 9-Ø-CE-A-568-W-0-9 desde la primera suspensión, con ello se originaron pagos de gastos no recuperables por un monto de 10,212.1 miles de pesos, no obstante que en él se pactó que cuando existieran causas justificadas y se demostrara que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio al Estado. [Resultado 6]

11-9-09112-04-0262-08-002.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos del Centro SCT Estado de México que en su gestión no llevaron a cabo la terminación anticipada del contrato de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núm. 9-Ø-CE-A-568-W-0-9 desde la primera suspensión, lo que originó un pago de 14,255.8 miles de pesos por concepto de ajuste de costos indirectos, sin tomar en consideración que en el contrato se pactó que cuando existieran causas justificadas y se demostrara que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio al Estado. [Resultado 7]

Recuperaciones Operadas y Probables

Se determinaron recuperaciones por 34,059.4 miles de pesos, de los cuales 1,240.0 miles de pesos fueron operados, y 32,819.4 miles de pesos corresponden a recuperaciones probables.

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 9 observación(es), de la(s) cual(es) 2 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. La(s) 7 restante(s) generó(aron): 1 Recomendación(es), 4 Solicitud(es) de Aclaración y 2 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

Dictamen: negativo

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto del Centro SCT Estado de México, no cumplió con las disposiciones normativas, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde destacan los siguientes: 12,455.1 miles de pesos por omisión en hacer efectiva la garantía de cumplimiento; 18,682.7 miles de pesos por la falta de recuperación de anticipo no amortizado en rescisión del contrato; 2,416.4 miles de pesos por la omisión de aplicación de sanciones por incumplimiento en la terminación de trabajos; 161.1 miles de pesos por

Page 20: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

20

intereses de obra pagada no ejecutada y 344.1 miles de pesos por la incorrecta aplicación de los factores de ajustes de costos.

Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Verificar que se realizaron correctamente los procedimientos de licitación, contratación, ejecución y pago de los trabajos amparados por los contratos de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núms. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1, 1-Ø-CE-A-544-W-0-1, 1-Ø-CE-A-546-W-0-1, 1-Ø-CE-A-707-W-0-1 y 1-Ø-CE-A-582-Y-0-1.

2. Revisar la rescisión administrativa del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1, para verificar que se efectuó correctamente el procedimiento.

3. Verificar los concentrados de estimaciones de los contratos de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núms. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1, 1-Ø-CE-A-544-W-0-1, 1-Ø-CE-A-546-W-0-1, 1-Ø-CE-A-707-W-0-1 y de servicios relacionados con las mismas a precios unitarios y tiempo determinado núm.1-Ø-CE-A-582-Y-0-1, realizados por la entidad fiscalizada en el ejercicio 2011, para verificar que se efectuaron las deducciones contractuales, la amortización de los anticipos otorgados a las contratistas y que el IVA se aplicó de acuerdo con la normativa.

4. Efectuar la selección de conceptos con objeto de obtener la muestra representativa del proyecto, revisar los precios unitarios aplicados en los conceptos de obra seleccionados; y constatar que las cantidades de obra estimadas, correspondieran a las ejecutadas en los contratos de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núms. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1, 1-Ø-CE-A-544-W-0-1, 1-Ø-CE-A-546-W-0-1, 1-Ø-CE-A-707-W-0-1 y de servicios relacionados con las mismas a precios unitarios y tiempo determinado núm.1-Ø-CE-A-582-Y-0-1; así como la correcta aplicación e integración del precio unitario extraordinario del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1.

5. Revisar los convenios modificatorios y adicionales de los contratos de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núms. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1, 1-Ø-CE-A-544-W-0-1 y 1-Ø-CE-A-546-W-0-1, que contaron con el dictamen y con el soporte documental justificativo y comprobatorio.

6. Revisar los programas de obra autorizados de los contratos de obras públicas a precios unitarios y tiempo determinado núms. 1-Ø-CE-A-543-W-0-1, 1-Ø-CE-A-546-W-0-1 y 1-Ø-CE-A-707-W-0-1 para verificar que los trabajos se ejecutaron conforme a lo convenido y, en su caso, que se hayan aplicado las retenciones o sanciones contractuales, así como los ajustes de costos correspondientes.

Page 21: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Grupo Funcional Desarrollo Económico

21

7. Revisar una muestra de las pruebas de control de calidad aplicadas, para garantizar que los conceptos de obra seleccionados, se ejecutaron de conformidad con las especificaciones particulares y generales conforme a lo estipulado en el contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-544-W-0-1.

8. Revisar que los pagos por concepto de gastos de indirectos, financiamiento y gastos no recuperables, en el contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 9-0-CE-A-568-W-0-9, se efectuaron conforme a la normativa.

9. Verificar que se supervisaron los trabajos y que la empresa de supervisión externa cumplió con los alcances de los términos de referencia del contrato de servicios relacionados con la obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. 1-Ø-CE-A-582-Y-0-1.

Áreas Revisadas

El Centro SCT Estado de México.

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos de las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Ley de Ingresos de la Federación: Artículo 8o., fracción I, del ejercicio fiscal 2011.

2. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: Artículos 50, párrafos penúltimo y último; 55, párrafo segundo; 60, párrafo segundo; 62, fracción II, párrafos primero y segundo.

3. Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: Artículos 116; 72; 132 fracción IV; 163 fracción II, vigente a la fecha de la firma del contrato.

4. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Cláusulas contractuales décima cuarta; décima quinta, párrafo sexto; décima tercera, fracciones I, párrafo segundo y II; sexta, párrafo sexto.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones derivadas de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto y fracción IV, párrafos primero y penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Page 22: Secretaría de Comunicaciones y Transportes Proyecto ... · Secretaría de Comunicaciones y Transportes . Proyecto Carretero Toluca -Palmillas. Tramo Atlacomulco -Palmillas, en el

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

22

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32; 39; 49, fracciones I, II, III y IV; 55; 56, y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.