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Grupo Funcional Desarrollo Económico 1 Secretaría de Economía Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 11-0-10100-02-0336 DE-080 Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017. Objetivo Fiscalizar la gestión financiera del presupuesto asignado en el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para comprobar que se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas aplicables; asimismo, verificar el cumplimiento de sus objetivos y metas. Alcance Miles de Pesos Universo Seleccionado 682,030.9 Muestra Auditada 667,581.2 Representatividad de la Muestra 97.9 % Se revisaron 667,581.2 miles de pesos, que representaron el 97.9% del presupuesto ejercido por 682,030.9 miles de pesos en el PROSOFT y que correspondieron a la partida 43301 “Subsidios para Inversión” ejercida por la Unidad Responsable 410 “Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital”. Además, se realizaron pruebas de cumplimiento con los Organismos Promotores y Beneficiarios del PROSOFT al revisar 87 proyectos, por 301,268.5 miles de pesos, que representaron el 45.2% de los recursos transferidos a la partida 43301 “Subsidios para Inversión” (667,581.2 miles de pesos) por la instancia ejecutora. También se realizaron inspecciones físicas a 50 proyectos, por 125,905.7 miles de pesos, que representaron el 18.9% de los recursos ejercidos en la partida 43301 “Subsidios para Inversión” (667,581.2 miles de pesos). Antecedentes En el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2007-2012, se describe en uno de los objetivos del segundo eje “Economía Competitiva y Generadora de Empleos”, potenciar la productividad y competitividad de la economía mexicana para lograr un crecimiento económico sostenido y acelerar la creación de empleos; para lo cual se establece como estrategia diseñar agendas sectoriales para la competitividad de sectores económicos de alto valor agregado y

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Grupo Funcional Desarrollo Económico

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Secretaría de Economía

Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT)

Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 11-0-10100-02-0336

DE-080

Criterios de Selección

Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017.

Objetivo

Fiscalizar la gestión financiera del presupuesto asignado en el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para comprobar que se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas aplicables; asimismo, verificar el cumplimiento de sus objetivos y metas.

Alcance

Miles de Pesos Universo Seleccionado 682,030.9 Muestra Auditada 667,581.2 Representatividad de la Muestra 97.9 %

Se revisaron 667,581.2 miles de pesos, que representaron el 97.9% del presupuesto ejercido por 682,030.9 miles de pesos en el PROSOFT y que correspondieron a la partida 43301 “Subsidios para Inversión” ejercida por la Unidad Responsable 410 “Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital”.

Además, se realizaron pruebas de cumplimiento con los Organismos Promotores y Beneficiarios del PROSOFT al revisar 87 proyectos, por 301,268.5 miles de pesos, que representaron el 45.2% de los recursos transferidos a la partida 43301 “Subsidios para Inversión” (667,581.2 miles de pesos) por la instancia ejecutora. También se realizaron inspecciones físicas a 50 proyectos, por 125,905.7 miles de pesos, que representaron el 18.9% de los recursos ejercidos en la partida 43301 “Subsidios para Inversión” (667,581.2 miles de pesos).

Antecedentes

En el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2007-2012, se describe en uno de los objetivos del segundo eje “Economía Competitiva y Generadora de Empleos”, potenciar la productividad y competitividad de la economía mexicana para lograr un crecimiento económico sostenido y acelerar la creación de empleos; para lo cual se establece como estrategia diseñar agendas sectoriales para la competitividad de sectores económicos de alto valor agregado y

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contenido tecnológico, y de sectores precursores, así como la reconversión de sectores tradicionales, a fin de generar empleos mejor remunerados. El mismo plan estratégico considera establecer condiciones para que México se inserte en la vanguardia tecnológica.

Asimismo, el Programa Sectorial de Economía (PSE) 2007-2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de mayo de 2008, establece como uno de sus objetivos rectores, elevar la competitividad de las empresas mediante el fomento del uso de las tecnologías de información, la innovación y el desarrollo tecnológico en sus productos y servicios; realizar acciones tendentes a fomentar la innovación en las empresas mexicanas; promover la participación del sector industrial en el desarrollo de tecnologías que incrementen su calidad, competitividad y productividad, así como aumentar los programas de financiamiento para el sector tecnológico.

La Secretaría de Economía diseñó, en coordinación con representantes de la industria, la academia y diversas dependencias del Gobierno Federal, el PROSOFT, el cual tiene como objetivo general contribuir al desarrollo del sector de tecnologías de la información buscando su crecimiento en el largo plazo en el país favoreciendo la competitividad nacional e internacional. Sus objetivos específicos son los siguientes:

a) Promover las exportaciones y la atracción de inversiones;

b) Elevar la cantidad y calidad del capital humano;

c) Promover la adopción de un marco legal que impulse el uso y la producción;

d) Incentivar el acercamiento entre usuarios de Tecnologías de Información (TI) con empresas del sector ubicados en el país;

e) Crear una base más amplia de empresas y agrupamientos del sector de TI, así como elevar la competitividad de los mismos;

f) Promover que las empresas alcancen niveles internacionales en capacidad de procesos, y

g) Aumentar las opciones y posibilidades de acceso a recurso financieros para el sector de TI.

El PROSOFT tiene cobertura nacional y su población objetivo es sujeta de ser beneficiaria para obtener apoyos para la realización de proyectos. Los recursos destinados a dichos apoyos provienen de subsidios previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación. En el ejercicio 2011, la Subsecretaría de Industria y Comercio, por medio de la DGCIED, fue la instancia ejecutora para operar, administrar y controlar el PROSOFT y, para tales efectos, se emitió el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2011, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de marzo de 2011.

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Resultados

1. Se comprobó que el Manual de Organización General de la Secretaría de Economía, vigente en 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación del 8 de julio de ese año y se encuentra actualizado de acuerdo con las funciones y atribuciones contenidas en el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 22 de noviembre de 2002 y reformado el 17 de agosto de 2009, así como de conformidad con la estructura orgánica autorizada por las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la Función Pública (SFP) en el ámbito de sus atribuciones.

Cabe señalar que a partir del 21 enero de 2011, la Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital (DGCIED) de la Subsecretaría de Industria y Comercio quedó nuevamente como responsable de coordinar la operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT), de conformidad con la instrucción del Secretario de Economía del 24 de noviembre de 2010.

Por otro lado, el 4 de mayo de 2012, el Oficial Mayor autorizó el Manual de Organización Específico de la DGCIED; asimismo, los Manuales de Procedimientos relativos al PROSOFT fueron dictaminados por la DGPOP el 12 de diciembre de 2011; además, se comprobó que los documentos mencionados se encuentran actualizados y se difundieron en la página web de la SE.

2. De acuerdo con las cifras reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2011, el presupuesto original autorizado en el Programa Presupuestario S151 "Programa para el Desarrollo de la Industria del Software" (PROSOFT) por un importe de 694,279.4 miles de pesos, se modificó con ampliaciones por 98,176.7 miles de pesos y reducciones por 110,425.3 miles de pesos, lo que dio como resultado un presupuesto modificado de 682,030.8 miles de pesos, que se ejerció en su totalidad.

Al respecto, el presupuesto ejercido por 682,030.8 miles de pesos se aplicó en las partidas presupuestales 12201 "Sueldos Base al Personal Eventual" por 13,585.1 miles de pesos, 33501 "Estudios e Investigaciones" por 272.6 miles de pesos, 37104 "Pasajes Aéreos Nacionales para Servidores Públicos de Mando en el Desempeño de Comisiones y Funciones Oficiales" por 457.2 miles de pesos, 37104 "Pasajes Terrestres Nacionales para Servidores Públicos de Mando en el Desempeño de Comisiones y Funciones Oficiales" por 16.7 miles de pesos, 37504 "Viáticos Nacionales para Servidores Públicos en el Desempeño de Funciones Oficiales" por 118.0 miles de pesos y 43301 "Subsidios para Inversión" por 667,581.2 miles de pesos.

En relación con la partida 43301 "Subsidios para Inversión", se constató que su presupuesto original autorizado ascendió a 677,479.4 miles de pesos, el cual se modificó con ampliaciones por 98,176.8 miles de pesos y reducciones por 108,075.0 miles de pesos, lo que resultó en un presupuesto modificado por 667,581.2 miles de pesos que se ejerció en su totalidad. Al respecto, el presupuesto modificado se sustentó, registró y autorizó en el Módulo de Adecuaciones Presupuestarias (MAP) del Sistema para el Proceso Integral de Programación y Presupuesto (SPIPP) de la SHCP, una vez que se cumplió con todos los requisitos establecidos para ello. Asimismo, las cifras del presupuesto original, modificado y ejercido reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2011 coincidieron con las

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consignadas en el Estado del Ejercicio del Presupuesto del ejercicio 2011 elaborado por la entidad fiscalizada.

Cabe señalar que los apoyos a los beneficiarios que se otorgaron con cargo en la partida 43301 "Subsidios para Inversión" absorbieron el 97.9% del total ejercido en el programa S151 "Programa para el Desarrollo de la Industria del Software" (PROSOFT). El 2.1% restante, equivalente a 14,449.6 miles de pesos, se utilizó para sufragar gastos asociados a la supervisión y evaluación del PROSOFT, que se registraron en los capítulos 1000 "Servicios Personales" y 3000 "Servicios Generales", por lo que no se rebasó el 2.8% establecido en la normativa para esos conceptos.

3. Para ministrar el presupuesto autorizado del Programa Presupuestario S151 "Programa para el Desarrollo de la Industria del Software" (PROSOFT), específicamente de la partida 43301 "Subsidios para Inversión", la SE emitió 68 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) por un importe de 675,486.0 miles de pesos, de las cuales, se comprobó que contaron con su número de folio, fecha de expedición y de aplicación, clave presupuestaria, beneficiario, importe y firmas electrónicas; que se registraron en el Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF) dentro de los plazos establecidos y que se sustentaron en su respectiva documentación justificativa (Actas del Consejo Directivo del PROSOFT 2011, Convenios de Coordinación y Colaboración) y comprobatoria (Facturas y recibos expedidos por los organismos empresariales y las entidades federativas que fungieron como Organismos Promotores).

Del importe ministrado por 675,486.0 miles de pesos, se reintegraron a la Tesorería de la Federación (TESOFE) 7,904.8 miles de pesos que correspondieron a proyectos cancelados; por tanto, el presupuesto ejercido en la partida 43301 "Subsidios para Inversión" ascendió a 667,581.2 miles de pesos; importe que coincide con el Estado del Ejercicio del Presupuesto y en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, ambos del ejercicio 2011.

4. Se observó que la Instancia Normativa del PROSOFT es el Consejo Directivo, el cual está integrado por siete miembros: el Titular de la Subsecretaría de Industria y Comercio, el Director General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología, el Director General Adjunto de Operación de la Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital (DGCIED), un representante de la DGCIED, el Director Adjunto de Desarrollo Tecnológico e Innovación del CONACYT, un representante de la Unidad de Inteligencia de Negocios de PROMÉXICO y el Coordinador General de Delegaciones Federales de la SE. Adicionalmente, se invitará de manera permanente a un representante de la Dirección General de Programación Organización y Presupuesto, uno de la Unidad de Asuntos Jurídicos, uno del Órgano Interno de Control, y a dos expertos que determine la Instancia Ejecutora, quienes tendrán voz sin voto en las sesiones de dicho Consejo.

También se comprobó que, durante el ejercicio 2011, el Consejo Directivo sesionó al menos una vez cada tres meses en forma ordinaria conforme a la normativa y que se efectuaron cuatro sesiones ordinarias y ocho extraordinarias, en cumplimiento de las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2011.

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5. Se analizaron las Reglas de Operación para el Otorgamiento de Apoyos del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT), para el ejercicio fiscal 2011, publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 23 de marzo de 2011 y, como resultado, se determinó que presentan opacidad en los procedimientos sustantivos para la operación y control del PROSOFT, como se menciona a continuación:

1. Se observa que la SE no interactúa con los Beneficiarios, ya que esas funciones se dejan bajo la responsabilidad de los Organismos Promotores (OP). Asimismo, la intervención de los OP afecta el flujo de los recursos y retrasa su aplicación, lo que disminuye el impacto de los apoyos entregados a los beneficiarios.

2. Aunque se señala que la instancia ejecutora y los OP serán responsables de dar seguimiento a las acciones de los beneficiarios, así como de tomar las medidas necesarias para subsanar los incumplimientos que se presenten, no se considera un programa de visitas obligatorio, permanente y periódico hasta la conclusión de los proyectos, que permita establecer acciones de mejora y detectar recursos no devengados o mal utilizados.

Además, el seguimiento se limita a la entrega y eventual validación de la documentación comprobatoria y de los reportes de avance parciales y finales de los beneficiarios. No obstante, se considera que los resultados reales de los apoyos se reflejan una vez que el proyecto terminó. Sobre el particular, no existe un proceso que permita dar seguimiento a proyectos cerrados, por lo que no es posible verificar si los resultados fueron alcanzados o si se sostienen en el tiempo.

3. No se establecen los criterios con los cuales se deberá demostrar que se cuenta con la infraestructura física y humana suficiente para cumplir con las obligaciones inherentes de un Organismo Promotor.

4. No se establece una calendarización de las aportaciones aprobadas que tenga como propósito garantizar el eficiente ejercicio de los recursos.

5. No hay mecanismos que establezcan la obligación de dejar constancia de las razones por las que un proyecto es rechazado, lo que fortalecería la transparencia de la evaluación de los proyectos.

6. No se especifican los mecanismos de coordinación ni las actividades que se deben realizar para garantizar que las acciones del PROSOFT no se dupliquen con otros programas de la Administración Pública Federal.

Cabe señalar que las situaciones anteriormente señaladas ya se contemplaron en las Reglas de Operación del PROSOFT 2012.

7. En la Regla 3.5.1, inciso e), se señala que los beneficiarios deberán abstenerse de utilizar el apoyo del PROSOFT para el pago de pasivos; sin embargo, existe una incongruencia en las mismas, toda vez que en la Regla 3.5.4, inciso a), se establece que como comprobación del ejercicio de los recursos, "Se podrá presentar documentación comprobatoria y justificativa del proyecto con fecha a partir del primero de enero en

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adelante del ejercicio vigente en el que se apruebe la Solicitud de Apoyo. En su caso, el Consejo Directivo podrá autorizar la presentación de documentación del ejercicio fiscal inmediato anterior, siempre y cuando ésta esté directamente relacionada con la ejecución del proyecto y se haya previsto en la Solicitud de Apoyo."; lo anterior podría propiciar que se cubran pasivos con recursos provenientes del PROSOFT o, en su caso, reembolsos, situación que le restaría transparencia al otorgamiento de los recursos.

En respuesta, la Secretaría de Economía informó que no existe incongruencia en las Reglas de Operación, ya que en el numeral 3.5.4, inciso a), está indicado que la documentación comprobatoria está directamente relacionada con el proyecto aprobado y sobre todo que se encuentre prevista en los entregables descritos en la Solicitud de Apoyo.

Además, que en el proyecto de las Reglas de Operación 2013 se contempla lo siguiente: "4.5.1 e) Los Beneficiarios deberán abstenerse de utilizar el apoyo de PROSOFT para cubrir pasivos (…)", y en el "4.5.4 a) Se podrá presentar documentación comprobatoria y justificativa del proyecto, con fecha a partir del primero de enero en adelante del ejercicio vigente en el que se apruebe la Solicitud de Apoyo, siempre y cuando el Consejo Directivo así lo autorice; salvo en los casos vinculados con el proyecto de Banco Mundial o en que el Consejo Directivo apruebe un caso distinto". Asimismo, la SE señaló que para el ejercicio 2011 se contó con los mecanismos de control necesarios, los cuales garantizaron que los recursos autorizados a los proyectos no se destinaron para el pago de conceptos diferentes al objetivo del PROSOFT 2011 y para el ejercicio 2012 se reforzaron dichos mecanismos con precisiones en las Reglas de Operación.

No obstante lo señalado por la entidad fiscalizada, se considera que dichas modificaciones estipuladas en el proyecto de las Reglas del 2013 no son suficientes para garantizar que no se cubran pasivos con recursos provenientes del PROSOFT o, en su caso, se efectúen reembolsos.

Véase acción(es): 11-0-10100-02-0336-01-001

6. Para controlar y dar seguimiento a los apoyos otorgados en 2011, el Consejo Directivo del PROSOFT aprobó 24 Entidades Federativas y 3 Organismos Empresariales para fungir como Organismos Promotores (OP) del PROSOFT. Al respecto, se comprobó que en términos generales se cumplieron los requisitos solicitados por la SE, ya que los OP pertenecen al sector de TI; contaron con una estrategia o programa para el desarrollo del sector de TI y con un mecanismo interno de operación; presentaron su carta de intención para fungir como Organismo Promotor ante la Instancia Ejecutora; la mayoría demostró estar al corriente en sus obligaciones y presentó con oportunidad su documentación jurídica, entre otros, con las excepciones que se mencionan a continuación:

• Los Organismos Promotores del Gobierno del Distrito Federal y del Gobierno del Estado de Nuevo León, a los cuales se les aprobaron recursos por 40,092.5 y 39,406.0 miles de pesos, respectivamente, fueron autorizados como tales sin estar al corriente en sus obligaciones. En el caso del Gobierno del Distrito Federal, aún tiene pendiente el reintegro de cargas financiera determinadas por la Tesorería de la Federación por 274.6 miles de pesos, correspondientes a tres proyectos del PROSOFT 2010; y por lo que respecta al Gobierno del Estado de Nuevo León, éste no presentó los reportes de

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avance y finales correspondientes a 6 proyectos por 4,833.1 miles de pesos, provenientes del PROSOFT 2010.

• No se presentó la totalidad de la documentación jurídica solicitada por la SE con la cual se acreditan los poderes para actos de administración para suscribir los instrumentos jurídicos correspondientes a 24 Entidades Federativas, toda vez que no ingresaron al sistema informático del Fondo “PROSOFT 2.0" el Reglamento Interior de la Dependencia Estatal.

En respuesta, la SE informó lo siguiente:

1. Mediante los Acuerdos núms. 2011-I-O-079 y 2011-IV-E-003, de fechas 30 de marzo y 2 de septiembre de 2011, se autorizaron como Organismos Promotores a los Gobiernos del Estado de Nuevo León y del Distrito Federal, respectivamente, condicionándolos en el caso del Gobierno del Distrito Federal a solventar en un término de 20 días hábiles las faltas e inconsistencias en sus obligaciones como Organismo Promotor en 2010, contados a partir de la fecha de notificación del acuerdo; y en relación al Gobierno del Estado de Nuevo León, a la presentación del mecanismo interno de operación adecuado.

Asimismo, indicó que con el oficio núm. 410.1.1.12/927 del 8 de junio de 2012, la Dirección de Economía Digital envió a la Unidad de Asuntos Jurídicos de la SE el expediente relativo a la omisión del reintegro de las cargas financieras por 274.6 miles de pesos por parte del Gobierno del Distrito Federal; situación que se encuentra en proceso. Respecto del Organismo Promotor de Nuevo León manifestó que los proyectos núms. 20104537, 20104568, 20104573, 20104723, 20104603 y 20104565 otorgados del PROSOFT 2010 fueron cancelados por el Consejo Directivo en su primera y segunda sesión extraordinaria del 2012 y que se está integrando el expediente para su envío a la Unidad de Asuntos Jurídicos y gestionar la recuperación de los recursos.

Sin embargo, es importante mencionar que el 28 de octubre y 16 de diciembre de 2011, la Instancia Ejecutora ministró recursos a los Organismos Promotores de referencia por 28,486.6 miles de pesos y 35,000.0 miles de pesos, no obstante que la autorización fue condicionada y que no habían subsanado las faltas e inconsistencias en sus obligaciones correspondientes a 2010.

2. Respecto de la documentación jurídica para acreditar los poderes para actos de administración, la SE señaló que las Leyes Orgánicas de los Estados se encuentran jerárquicamente por encima de los Reglamentos Interiores de las dependencias estatales, de tal modo que las facultades para la firma de instrumentos jurídicos de los servidores públicos se encuentran consagradas en la Constitución Política Estatal y/o en las Leyes Orgánicas correspondientes. Por tal motivo, en todos aquellos casos en los que las facultades se encuentran establecidas en los ordenamientos jurídicos mencionados, no es necesario contar con los Reglamentos Interiores de las dependencias.

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De lo anterior, se concluye que existen deficiencias en la aprobación de los Organismos Promotores, en contravención de la norma.

Véase acción(es): 11-0-10100-02-0336-01-002 11-9-10104-02-0336-08-001

7. Se constató que la SE no presentó evidencia de los mecanismos de coordinación que se tienen establecidos con otras dependencias y entidades del Gobierno Federal, con la finalidad de garantizar que el PROSOFT no se contraponga, afecte o presente duplicidades con otros programas o acciones del Gobierno Federal; en su normativa interna no se define qué actividades y qué tipo de estudios y análisis deberán realizarse para garantizar lo anterior; únicamente en la Regla 3.3.2, inciso g), se establece que el Beneficiario presentará una carta bajo protesta de decir verdad emitida por su Representante Legal, en la cual señale que no se han recibido apoyos de otros programas federales para el mismo concepto, que impliquen sustituir su aportación o duplicar apoyos; no obstante, esta medida no es suficiente. Lo anterior contravino el artículo 75, fracción VII, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

En respuesta, la SE informó que la presentación de la carta bajo protesta de decir verdad, considerada dentro de los requisitos para la población objetivo, establecida en el numeral 4.6.2, inciso g) "No duplicar apoyos federales y no incumplir disposiciones de la Secretaría" de las Reglas de Operación (no señala el ejercicio) es suficiente control, ya que la carta debe presentarse firmada por el apoderado legal de la empresa, lo cual implica un compromiso como tal y, en caso de falsedad, se haría acreedor a las sanciones legales correspondientes como se señala en el artículo 247 del Código Penal Federal.

Además, señaló que, para el ejercicio fiscal 2012, la conformación del Consejo Directivo se amplió con la participación de un representante de cada subsecretaría de la entidad fiscalizada; y en el oficio con el que se convoca a las sesiones del Consejo Directivo se contempla como mecanismo de coordinación, que los miembro del Consejo que, en su caso, cuenten con información que sustente que los proyectos se contraponen, afectan o presentan duplicidades con otros programas o acciones de la Secretaría, se notifique antes de la sesión a la que se convoca con la información correspondiente.

No obstante lo manifestado por la entidad fiscalizada, los mecanismos de control establecidos para evitar que se autoricen proyectos que se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del Gobierno Federal no son suficientes toda vez que sólo se refieren a los programas de la Secretaría de Economía y no se contemplan acciones para vigilar los correspondientes de programas ejecutados en otras dependencias y entidades del Gobierno Federal.

Véase acción(es): 11-0-10100-02-0336-01-003

8. Se comprobó que el 25 de abril, 21 de julio y 21 de octubre de 2011, y 20 de enero de 2012, la Instancia Ejecutora del PROSOFT 2011 remitió a la Cámara de Diputados los cuatro Informes Trimestrales de los programas presupuestarios sujetos a Reglas de Operación y de Otros Subsidios, entre los que se encuentran el programa "S151 Programa para el Desarrollo de la Industria del Software", correspondientes al ejercicio de 2011. Al

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respecto, en los informes, se comunicó el presupuesto ejercido y los apoyos entregados a los beneficiarios; de conformidad con la normativa.

9. Se verificó que los objetivos del PROSOFT 2011 están vinculados con el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, específicamente con el Eje 2 "Economía Competitiva y Generadora de Empleos" y con los Objetivos del Eje de Política Pública referentes a "Potenciar la productividad y competitividad de la economía mexicana para lograr un crecimiento económico sostenido y acelerar la creación de empleos"; así como con el Programa Sectorial 2007-2012, específicamente con el Objetivo 7 que señala "elevar la competitividad de las empresas mediante el fomento del uso de las tecnologías de información, la innovación y el desarrollo tecnológico en sus productos y servicios".

Asimismo, en el numeral 6.1 de las Reglas de Operación PROSOFT 2011 se establece que se contará con los indicadores que se señalan en la matriz de marco lógico aprobada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; sobre el particular, con base en las recomendaciones de evaluación Específica de Desempeño 2009-2010 y al análisis interno de la DGCIED, se modificó la Matriz de Indicadores para Resultados. Los indicadores de fin y de propósito se mantuvieron, pero los referentes a los componentes y actividades fueron modificados como sigue:

Jerarquía de objetivos Nombre del Indicador Fin Tasa de crecimiento del Sector de Tecnologías de la Información Propósito Empleo potencial en el sector Tecnologías de la Información Componente Número de capacitaciones de los proyectos aprobados

Componente Certificaciones y/o verificaciones organizacionales apoyadas por el PROSOFT

Actividad (transversal) Potenciación de la inversión del Programa Actividad (transversal) Días promedio para evaluar las solicitudes de apoyo

Actividad (transversal) Días promedio requeridos para la revisión de reportes de avance y final

Fuente: Secretaría de Economía DGCIED.

Para alcanzar sus objetivos, el PROSOFT consideró siete procedimientos de operación, los cuales se señalan en el Anexo C de las Reglas de Operación del programa, y buscan la gestión eficiente de proyectos que solicitan apoyo al programa y consisten en la difusión, autorización de Organismos Promotores, solicitudes de apoyo, selección de beneficiarios, formalización y entrega de apoyos, y seguimiento a beneficiarios.

Asimismo, de los siete indicadores registrados en el Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda (PASH), en la Cuenta de la Hacienda Pública de 2011 se reportó el indicador estratégico "Empleo potencial en el sector Tecnologías de la Información (TI)", indicador de eficacia que mide el número de empleos potenciales comprometidos en los proyectos apoyados por el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT). La meta programada fue la de generar 12,174 empleos potenciales en el sector TI, y al fin de año se alcanzó una meta de 15,621 empleos potenciales generados en el sector del software y servicios relacionados con TI, lo que significó un porcentaje de cumplimiento del 128.3% respecto de la meta original programada.

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10

Lo anterior fue consecuencia de que en 2011, el Consejo Directivo aprobó 391 proyectos y se amplió la cobertura de atención, incorporándose 20 Organismos Promotores. Asimismo, se implementó la aplicación del modelo paramétrico, el cual fue aprobado por el Consejo Directivo, con la finalidad de ponderar una calificación a las solicitudes de apoyo recibidas, en función de los elementos de impacto para el cumplimiento de los objetivos del programa. También, con el apoyo otorgado a los 391 proyectos, se generaron 15,621 empleos potenciales y se alcanzó la preservación de 24,286 empleos mejorados, con la capacitación laboral y/o certificación en el manejo de herramientas técnicas, modelos de calidad y capacidades de negocios. Además, se lograron 40,519 capacitaciones y se otorgaron 206 certificaciones a empresas apoyadas.

Lo anterior cumplió con la normativa aplicable.

10. Se constató que durante 2011, la SE publicó seis convocatorias en las cuales se señalaron los plazos para presentar Solicitudes de Apoyo al PROSOFT a través de los Organismos Promotores autorizados; sin embargo, se identificó que de 27 Organismos Promotores, cuatro cumplieron con su obligación de difundir las seis convocatorias emitidas por la SE, las cuales señalan las fechas que permanecerá abierta y los medios para conocer el mecanismo interno de operación del PROSOFT 2011; un organismo no celebró el convenio de coordinación, nueve organismos no publicaron la totalidad debido a que en seis casos se agotaron los recursos otorgados por el PROSOFT 2011, y en los otros tres, a la fecha de las convocatorias todavía no se encontraban autorizados como organismos promotores. No obstante, trece organismos promotores no cumplieron con la obligación de realizar las seis convocatorias, como se describe a continuación:

CONVOCATORIAS PUBLICADAS POR ORGANISMO PROMOTOR DEL PROSOFT 2011 Cantidad Organismo Promotor Número de

Convocatorias Publicadas

Justificación de la no publicación

1 Querétaro 0 No firmó el convenio de colaboración

6

Baja California, Morelos y Puebla. Tabasco e Hidalgo. Cámara Nacional de la Industria Electrónica de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI).

1 3 4

Se agotaron los recursos del PROSOFT 2011

3

Distrito Federal. Zacatecas. Oaxaca

1 3 4

A la fecha de las convocatorias todavía no estaban aprobados como Organismos Promotores.

7 Colima, Campeche, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Tlaxcala.

1

No cumplen 4 Chiapas, Chihuahua, Quintana Roo y Yucatán. 2 2 Aguascalientes y Guerrero 3

4 Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de Información A. C. (AMITI), Asociación Mexicana Empresarial de Software Libre A.C. (AMESOL), Jalisco y San Luis Potosí.

6 Cumplen

FUENTE: Convocatorias proporcionadas por la Instancia Ejecutora del PROSOFT 2011.

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Grupo Funcional Desarrollo Económico

11

Lo anterior no coadyuva a captar un mayor número de población objetivo y cumplir con los objetivos del PROSOFT 2011.

Véase acción(es): 11-0-10100-02-0336-01-004

11-9-10104-02-0336-08-002

11. Se seleccionaron 55 proyectos ( 20115583, 20115590, 20115591, 20115620, 20115628, 20115840, 20115896, 20115925, 20116003, 2011,6576, 20116639, 20116649, 20116728, 20116747, 20116748, 20116762, 20116766, 20116772, 20116799, 20116800, 20116801, 20116804, 20116826, 20116835, 20115581, 20116602, 20116621, 20116647, 20116658, 20116677, 20116775, 20116796, 20116905, 20115690, 20115872, 20116651, 20116653, 20116661, 20116819, 20116901, 20116906, 20116909, 20116919, 20116925, 20116928, 20116935, 20116062, 20116551, 20116841, 20116581, 20116585, 20116663, 20116895, 20116902 Y 20116903) que ejercieron recursos por 308,036.5 miles de pesos del PROSOFT 2011, para verificar la información y documentación proporcionada por la SE y el sistema de información del PROSOFT, y se constató, con excepción de los resultados que se mencionan en particular, que cumplieron con lo siguiente:

La DGCIED (Instancia Ejecutora) supervisó la correcta integración y cumplimiento de los requisitos establecidos por la SE para ser considerado beneficiario de los apoyos del PROSOFT, como son: Ser parte de la población objetivo; haber presentado la Solicitud de apoyo anexando los documentos correspondientes de conformidad con el Anexo B de las Reglas de Operación; la aportación del solicitante de apoyo al menos fue del 50.0% del total del proyecto; la presentación de la documentación jurídica de los Beneficiarios; haber demostrado no formar parte de las estructuras que administran y canalizan los apoyos, y estar al corriente en sus obligaciones fiscales, entre otros.

Asimismo, la DGCIED cumplió con los criterios de selección de beneficiarios establecidos en la normativa del PROSOFT 2011; y los montos por Solicitud de Apoyo fueron aprobados en función de los rubros de gasto, montos, y consideraciones previstas en el Anexo A de las Reglas de Operación del PROSOFT 2011.

12. Se verificó que el Consejo Directivo del PROSOFT 2011 aprobó 391 solicitudes de apoyo. Al respecto, se comprobó que 204 fueron presentadas dentro del periodo establecido en las convocatorias de los Organismos Promotores y que los apoyos no rebasaron los montos y porcentajes máximos establecidos; sin embargo, las 165 solicitudes restantes, se presentaron de forma extemporánea a los periodos de la publicación de las convocatorias de los Organismos Promotores, ya que 12 de ellas se presentaron de uno a 94 días previos a la publicación de la convocatoria, y 153 solicitudes de uno a 110 días posteriores a la convocatoria.

Sobre el particular, la SE informó que "Una vez que el Consejo Directivo (CD) del PROSOFT emite la Convocatoria, la Instancia Ejecutora (IE) recibe las cartas de intención por parte de los interesados en fungir como Organismos Promotores (OP), los cuales deben cumplir con los requisitos establecidos en las Reglas de Operación (ROP), ser autorizados y notificados; una vez concluido el proceso de autorización están en posibilidad de recibir, evaluar, autorizar y enviar (conforme al mecanismo interno que hayan establecido para tal efecto) la Solicitudes de Apoyo (SA) que presentan sus potenciales beneficiarios, observando dar

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

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estricto cumplimiento a la normatividad aplicable y vigente; así como a los periodos establecidos en las convocatorias emitidas por el CD del PROSOFT, lo anterior conforme lo establece: (…) b) La Regla 9. Glosario de términos, párrafo sexto, en la que se indica que la convocatoria es el acuerdo que establece el Consejo Directivo para determinar el plazo que deberán observar los organismos promotores para someter Solicitudes de Apoyo al Programa." y "(…) los Organismos Promotores previo al envío de las Solicitudes de Apoyo que presenten sus beneficiarios, deben verificar su contenido y la documentación anexa, evaluarlas e ingresarlas al sistema del fondo, observando los plazos determinados en las convocatorias que emita el Consejo Directivo".

Considerando lo señalado por la entidad fiscalizada, y lo establecido en las Reglas de Operación de PROSOFT 2011 que estipulan como obligación de los Organismos Promotores en la Regla 3.6.2.1 inciso e) que "Se deberá difundir al menos en un periódico local las fechas durante las cuales estará abierta la convocatoria acordada por el Consejo Directivo, así como los medios para conocer el mecanismo interno de operación", éste Órgano Superior de Fiscalización considera que las convocatorias publicadas por los Organismos Promotores se deben difundir considerando el mismo plazo de la convocatoria que emite el Consejo Directivo del PROSOFT, toda vez que 144 solicitudes de apoyo que fueron aprobadas de forma previa o posterior a los plazos de las convocatorias de 12 Organismos Promotores, se identificó que no coinciden con los plazos establecidos en las convocatorias emitidas por el Consejo Directivo, como se muestra a continuación:

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Grupo Funcional Desarrollo Económico

13

DIFERENCIAS DE LOS PLAZOS DE LAS CONVOCATORIAS APROBADAS POR EL CONSEJO DIRECTIVO Y LAS DIFUNDIDAS

POR LOS ORGANISMOS PROMOTORES.

Consec. Organismo Promotor Núm. de

proyectos Plazo Convocatoria del

Consejo Directivo Plazo Convocatoria del Organismo Promotor

Fecha de Presentación

1 CAMPECHE 1 14/06/11 al 08/07/11 23/09/11 al 07/10/11 21/06/2011

2 CANIETI 1 14/06/11 al 8/07/11 16/06/11 al 05/07/11 14/06/2011

3 COLIMA 2 31/03/11al 20/04/11l 14/06/11 al 07/07/11 20/04/2011

2 29/04/11 al 3/06/11 14/06/11 al 07/07/11 03/06/2011

4 BAJA CALIFORNIA 2 29/04/11 al 3/06/11 FECHA DE CIERRE 08/04/2011 02/06/2011

2 14/06/11 al 08/07/11 FECHA DE CIERRE 08/04/2011 28/06/2011 y 04/07/2011

5 CANIETI

19 14/06/11 al 08/07/11 16/06/11 al 05/07/11 08/07/2011

9 14/07/11 al 31/08/2011 15/07/11 al 25/08/11 26/08/2011

1 14/07/11 al 31/08/11 15/07/11 al 25/08/11 29/08/2011

19 14/07/11 al 31/08/2011 15/07/11 al 25/08/11 31/08/2011

2 2/09/11 al 9 y 20/09/11 15/07/11 al 25/08/11 12/09/2011

9 2/09/11 al 9 y 20/09/11 15/07/11 al 25/08/11 15/09/2011

3 2/09/11 al 9 y 20/09/11 15/07/11 al 25/08/11 20/09/2011

6 CHIAPAS

1 29/04/11 al 03/06/11 FECHA DE CIERRE 13/05/2011 03/06/2011

1 14/07/11 al 31/08/2011 FECHA DE CIERRE 13/05/2011 08/07/2011

2 14/07/11 al 31/08/2011 FECHA DE CIERRE13/05/2011 31/08/2011

7 CHIHUAHUA 1 14/07/11 al 31/08/2011 19/06/11 al 08/07/11 09/08/2011

8 GUERRERO 1 14/06/11 al 8/07/11 29/04/11 al 03/06/11 29/06/2011

9 MORELOS

2 29/04/11 al 03/06/11 28/04/11 al 27/05/11 03/06/2011

2 14/06/11 al 8/07/11 28/04/11 al 27/05/11 27/06/2011

1 14/06/11 al 8/07/11 28/04/11 al 27/05/11 30/06/2011

1 14/06/11 al 8/07/11 28/04/11 al 27/05/11 07/07/2011

1 14/06/11 al 8/07/11 28/04/11 al 27/05/11 08/07/2011

10 NUEVO LEON

5 14/06/11 al 8/07/11 29/04/11 al 03/06/11 14/06/2011

2 14/06/11 al 8/07/11 29/04/11 al 03/06/11 07/07/2011

2 14/06/11 al 8/07/11 29/04/11 al 03/06/11 08/07/2011

1 14/07/11 al 31/08/11 29/04/11 al 03/06/11 03/08/2011

1 14/07/11 al 31/08/11 29/04/11 al 03/06/11 08/08/2011

2 14/07/11 al 31/08/11 29/04/11 al 03/06/11 10/08/2011

1 14/07/11 al 31/08/11 29/04/11 al 03/06/11 11/08/2011

4 14/07/11 al 31/08/11 29/04/11 al 03/06/11 18/08/2011

2 14/07/11 al 31/08/11 29/04/11 al 03/06/11 22/08/2011

1 14/07/11 al 31/08/11 29/04/11 al 03/06/11 23/08/2011

1 14/07/11 al 31/08/11 29/04/11 al 03/06/11 30/08/2011

1 14/07/11 al 31/08/11 29/04/11 al 03/06/11 31/08/2011

1 2/09/11 al 9 y 20/09/11 29/04/11 al 03/06/11 08/09/2011

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

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Consec. Organismo Promotor Núm. de

proyectos Plazo Convocatoria del

Consejo Directivo Plazo Convocatoria del Organismo Promotor

Fecha de Presentación

11 SINALOA

1 14/06/11 al 08/07/11 29/04/11 al 03/06/11 16/06/2011

2 14/06/11 al 08/07/11 29/04/11 al 03/06/11 04/07/2011

1 14/06/11 al 08/07/11 29/04/11 al 03/06/11 05/07/2011

5 14/06/11 al 08/07/11 29/04/11 al 03/06/11 07/07/2011

2 14/06/11 al 08/07/11 29/04/11 al 03/06/11 08/07/2011

1 14/07/11 al 31/08/11 29/04/11 al 03/06/11 26/08/2011

3 14/07/11 al 31/08/11 29/04/11 al 03/06/11 30/08/2011

3 14/07/11 al 31/08/11 29/04/11 al 03/06/11 31/08/2011

2 2/09/11 al 9 y 20/09/11 29/04/11 al 03/06/11 09/09/2011

1 2/09/11 al 9 y 20/09/11 29/04/11 al 03/06/11 12/09/2011

12 SONORA

3 14/06/11 al 08/07/11 26/06/11 al 04/07/11 08/07/2011

1 14/07/11 al 31/08/11 21/06/11 al 04/07/11 14/07/2011

1 14/07/11 al 31/08/11 26/06/11 al 04/07/11 18/07/2011

1 14/07/11 al 31/08/11 26/06/11 al 04/07/11 19/07/2011

2 14/07/11 al 31/08/11 26/06/11 al 04/07/11 25/08/2011

2 14/07/11 al 31/08/11 21/06/11 al 04/07/2011 26/08/2011

2 14/07/11 al 31/08/11 21/06/11 al 04/07/2011 29/08/2011

2 14/07/11 al 31/08/11 21/06/11 al 04/07/2011 31/08/2011

TOTAL 144

FUENTE: Convocatorias presentadas por el Consejo Directivo y los Organismos Promotores del PROSOFT y Solicitudes de Apoyo.

La situación anterior vulnera la seguridad de que los recursos se aplican de forma transparente y oportuna.

Véase acción(es): 11-0-10100-02-0336-01-005

13. Durante el ejercicio 2011, el Consejo Directivo del PROSOFT aprobó a 27 Organismos Promotores del PROSOFT por 658,596.8 miles de pesos; sin embargo, se identificó que sólo 20 Organismos Promotores ejercieron recursos por 667,581.2 miles de pesos, de los cuales, se formalizaron 17 Convenios de Coordinación con Entidades Federativas y 3 Convenios de Colaboración con Organismos Empresariales; además, se suscribieron 6 Addendas y/o Convenios Modificatorios, derivados de aumentos de aportación por parte de la SE, de los cuales, 5 fueron con Organismos Empresariales y 1 con el Gobierno de Nuevo León.

Asimismo, en los Convenios de Coordinación, la Instancia Ejecutora estableció con los Gobiernos de las Entidades Federativas la aportación conjunta de recursos, en donde se comprobó que la aportación tanto de la SE como de los Gobiernos se efectuó en partes iguales, es decir, 1 a 1; con excepción del Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación núm. C420/2011, formalizado con el Organismo Promotor del Estado de Nuevo León, en el que la aportación federal fue de 55,805.1 miles de pesos y la del Gobierno de Nuevo León por 38,783.0 miles de pesos, es decir, un 30.5% menos que lo

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Grupo Funcional Desarrollo Económico

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aportado por la Federación, siendo lo finalmente ministrado; sin embargo, dicha situación se justificó en la falta de suficiencia presupuestal, condición que se permite en las Reglas de Operación del PROSOFT 2011.

También, se constató que la Instancia Ejecutora transfirió recursos de más a dos Organismos Promotores de acuerdo con lo establecido en los Convenios, sin que se formalizara una modificación a los Convenios de Coordinación suscritos, como se señala a continuación:

• En relación con el Organismo Promotor del Gobierno del Distrito Federal, en la cláusula segunda del Convenio de Coordinación se estableció que la aportación federal correspondería a 40,092.5 miles de pesos y la del Gobierno del Distrito Federal a 30,092.5 miles de pesos, es decir, un 25.0% menos que lo aportado por la Federación, por lo que se transfirieron de más 10,000.0 miles de pesos.

• En el caso del Organismo Promotor del Estado de Jalisco, en la cláusula segunda del Convenio de Coordinación se estableció que la aportación federal correspondería a 60,000.0 miles de pesos y la del Gobierno de Jalisco a 60,000.0 miles de pesos. Sin embargo, finalmente se ministraron recursos federales por 77,574.7 miles de pesos y la aportación estatal fue por 72,486.6 miles de pesos, es decir, se otorgó una aportación federal mayor en 5,088.1 miles de pesos, en relación con la aportación estatal.

También, se constató que los Convenios de Colaboración y de Coordinación no se formalizan oportunamente, ya que se identificó que se suscribieron entre 49 y 252 días después de que el Consejo Directivo aprobó la participación de los Organismos Promotores del PROSOFT.

En respuesta, la SE envió la documentación justificativa consistente en el Convenio de Coordinación C395/2011 y la Addenda al Convenio de Coordinación C861/2011, formalizados con los Gobiernos del Distrito Federal y del Estado de Jalisco, los días 28 de noviembre y 28 de septiembre de 2011, respectivamente, los cuales sustentan y justifican los recursos federales transferidos a los Organismos Promotores del Distrito Federal por 40,092.5 miles de pesos y Jalisco por 77,574.7 miles de pesos, en cumplimiento de la normativa.

Respecto a la formalización de los Convenios de Colaboración y de Coordinación, la SE manifestó que el proceso de firma de los instrumentos jurídicos se desfasa en tiempos por la intervención de cada una de las secretarías firmantes, así como por la revisión de la oficina de los Gobernadores correspondientes; además, señaló que el autorizar a un Organismo Promotor no implica que deba celebrarse un Convenio de Coordinación (Entidad Federativa) o un Convenio de Colaboración (Organismo Promotor) en un plazo determinado.

También informó que la SE ha implementado mecanismos de control, tales como llamadas telefónicas y correos electrónicos a los funcionarios responsables a fin de dar seguimiento al proceso de formalización y garantizar que se realicen en el menor tiempo posible, los cuales garantizan que los convenios de Coordinación y Colaboración que se celebran con los Organismos Promotores autorizados, se formalicen en tiempos razonables.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

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Sin embargo, la entidad fiscalizada no presentó evidencia documental de los mecanismos de control de referencia, por lo que la observación subsiste.

Véase acción(es): 11-0-10100-02-0336-01-006

14. Durante 2011, el Consejo Directivo del PROSOFT aprobó 65 prórrogas a proyectos por 271,240.5 miles de pesos; sin embargo, se identificó que las prórrogas de 35 proyectos por 153,328.2 miles de pesos (23.0% del total de proyectos autorizados) se aprobaron entre 10 y 201 días después de la fecha de conclusión del proyecto, como se señala a continuación:

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Grupo Funcional Desarrollo Económico

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PRÓRROGAS APROBADAS EXTEMPORÁNEAMENTE POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL PROSOFT 2011

No. NÚM.

PROYECTO

Fecha término proyecto s/ Solicitud

de Apoyo

Fecha de Autorización prórroga Consejo

Directivo

Autorización posterior a conclusión (días)

1 20115408 20/03/2012 12/04/2012 23

2 20115581 02/07/2012 12/07/2012 10

3 20115619 20/03/2012 12/04/2012 23

4 20115643 29/03/2012 12/07/2012 105

5 20115648 26/04/2012 12/07/2012 77

6 20115723 13/03/2012 12/07/2012 121

7 20115724 15/04/2012 12/07/2012 88

8 20115783 22/05/2012 12/07/2012 49

9 20115895 21/03/2012 12/07/2012 113

10 20116002 27/02/2012 10/07/2012 134

11 20116003 20/04/2012 10/07/2012 81

12 20116226 22/03/2012 12/07/2012 112

13 20116227 22/03/2012 12/07/2012 112

14 20116257 22/12/2011 10/07/2012 201

15 20116319 08/05/2012 12/07/2012 65

16 20116468 16/05/2012 12/07/2012 57

17 20116509 11/06/2012 12/07/2012 31

18 20116523 30/03/2012 12/07/2012 104

19 20116597 21/02/2012 10/07/2012 140

20 20116639 19/03/2012 10/07/2012 113

21 20116747 20/03/2012 10/07/2012 112

22 20116748 21/02/2012 12/07/2012 142

23 20116762 05/04/2012 10/07/2012 96

24 20116766 13/02/2012 07/03/2012 23

25 20116801 23/02/2012 07/03/2012 13

26 20116804 02/04/2012 12/07/2012 101

27 20116833 20/03/2012 12/04/2012 23

28 20116834 20/03/2012 12/07/2012 114

29 20116849 20/03/2012 12/04/2012 23

30 20116851 20/03/2012 10/07/2012 112

31 20116800 13/02/2012 07/03/2012 23

07/05/2012 12/07/2012 66

32 20115840 26/01/2012 07/03/2012 39

16/04/2012 12/07/2012 87

33 20116854 13/02/2012 07/03/2012 23

18/06/2012 12/07/2012 24

34 20115925 14/05/2012 10/07/2012 57

35 20116649 29/03/2012 10/07/2012 103

FUENTE: Actas de las Sesiones del Consejo Directivo del PROSOFT 2011, y escritos de solicitud de prórrogas por parte de los Organismos Promotores y Beneficiarios.

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Además, se constató que las prórrogas de 8 proyectos, por 109,821.0 miles de pesos, se otorgaron sin que se hubieran presentado los Informes de Avances en el Sistema del PROSOFT; y en 9 proyectos por 23,344.3 miles de pesos, se identificaron informes de avances en el Sistema del PROSOFT que establecían un 0% de avance realizado.

Al respecto, la SE informó que en 18 proyectos se autorizaron ampliaciones de vigencia a los proyectos con fundamento en la Regla 3.9.2 inciso g) de las Reglas de Operación del PROSOFT 2011 que establece como facultad de Consejo Directivo "Analizar y, en su caso aprobar las modificaciones o prórrogas que soliciten los Beneficiarios a los proyectos, siempre y cuando éstas no afecten el impacto, la población objetivo, y no impliquen un incremento del apoyo federal, ni comprometan recursos de ejercicio posteriores". También, señala que la obligación prevista para los Beneficiarios en las Reglas de Operación referidas, no establece que las solicitudes de modificaciones o prórrogas deben requerirse solamente durante el periodo de duración del proyecto previsto en la solicitud de apoyo, y considera que el Consejo Directivo cuenta con facultades para poder otorgar prórrogas que amplían la duración de los proyectos aún cuando éstas no se hayan solicitado previas a la fecha de cierre de los mismos.

Sobre la respuesta de la entidad fiscalizada, este Órgano Superior de Fiscalización considera que no es congruente la aseveración de que las solicitudes realizadas por los Beneficiarios para modificaciones o prórrogas a los proyectos pueden presentarse aun después del cierre de los mismos, ni que el Consejo Directivo pueda otorgar prórrogas aun cuando éstas no se hayan solicitaron en forma previa a la fecha de cierre del proyecto, ya que se entiende que los proyectos están sujetos al seguimiento por parte de la Instancia Ejecutora y de los Organismos Promotores; además, tienen un plazo aprobado para realizarse y por ende comprobar la aplicación de los recursos, con lo que se va previendo el cumplimiento del plazo para ejecutar el proyecto y, en su caso, solicitar la modificación o prórroga previamente a que fenezca el tiempo de ejecución. Por lo anterior, la observación persiste.

Véase acción(es): 11-0-10100-02-0336-01-007 11-9-10104-02-0336-08-003

15. En 2011 se apoyaron 379 proyectos, los cuales ejercieron recursos por 667,581.2 miles de pesos mediante 20 Organismos Promotores; al respecto, se verificaron las transferencias realizadas por la SE a 19 de los 20 Organismos Promotores que recibieron apoyos del PROSOFT 2011, mediante 111 estados de cuenta bancarios proporcionados por la Instancia Ejecutora, y como resultado se determinó lo siguiente:

a) Según los estados de cuenta bancarios del Organismo Promotor de Baja California Norte, éste recibió recursos por 4,632.1 miles de pesos, de los cuales el Organismo Promotor realizó una transferencia a un Beneficiario por 1,132.1 miles de pesos; de los 3,500.0 miles de pesos restantes, se identificó que el 1° de diciembre de 2011 el Organismo Promotor transfirió ese monto con el concepto "28 Pago a entrega de patrimonio", sin que se señale el nombre del cuentahabiente; no obstante, hasta el 19 de diciembre de 2011 se identificó en el estado de cuenta del Beneficiario "Centro de Tecnologías de la Información de Baja California, A.C." el depósito salvo buen cobro de los 3,500.0 miles de pesos referidos. Al respecto, no se proporcionó evidencia del reintegro de los intereses generados por el manejo de los recursos durante los 18 días

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que no permanecieron en las cuentas bancarias, así como la justificación y evidencia de donde permanecieron dichos recursos.

Sobre el particular, la SE sólo informó que hasta el 19 de diciembre de 2011 el beneficiario depositó en su cuenta bancaria el cheque por los 3,500.0 miles de pesos, y que el 16 de marzo de 2012 realizó un entero por 0.7 miles de pesos por los rendimientos generados en su cuenta bancaria anexando la documentación justificativa y comprobatoria; quedando pendiente lo relativo del manejo de los recursos durante los 18 días señalados en el párrafo anterior.

b) El Organismo Promotor AMESOL recibió recursos por 15,326.3 miles de pesos el 20 de septiembre de 2011, sin que se presentara evidencia de que la cuenta bancaria en la que se recibieron los recursos fuera productiva. Al respecto, la SE presentó escrito del Organismo de fecha 17 de febrero de 2012, mediante el cual informó a la Secretaría Técnica del Consejo Directivo del PROSOFT que mantiene una cuenta productiva y que se pueden identificar los intereses generados; no obstante lo señalado, el 24 y 27 de octubre de 2011 se entregaron a los beneficiarios 1,125.0 y 14,201.3 miles de pesos, respectivamente, es decir, 35 y 37 días después de la recepción de los recursos por parte de Organismo Promotor; sin embargo, en los estados de cuenta no se observan rendimientos financieros, o en su defecto no se presentó evidencia emitida por el banco de que se trata de una cuenta productiva y no se generaron rendimientos.

c) Se determinó que 11 Organismos Promotores (Baja California, Chiapas, Campeche, Chihuahua, Colima, Hidalgo, Morelos, Nuevo León, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas) recibieron apoyos por 86,336.1 miles de pesos, los cuales se depositaron en cuentas de inversión hasta su traspaso a los beneficiarios sin que se proporcionara la documentación justificativa y comprobatoria de los reintegros a la Tesorería de la Federación por los rendimientos generados de dichas cuentas.

Al respecto, la SE proporcionó los avisos de reintegro, líneas de captura de la TESOFE, fichas de depósito o transferencias electrónicas de diez Organismos Promotores (Baja California, Campeche, Chiapas, Colima, Hidalgo, Morelos, Nuevo León, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas) que sustentan el entero por 335.1 miles de pesos correspondientes a los rendimientos generados; de los cuales 7.6 miles de pesos fueron por la intervención de la Auditoría Superior de la Federación.

Del Organismo Promotor del Gobierno del Estado de Chihuahua el cual recibió apoyos por 2,854.4 miles de pesos, sólo se presentó correo electrónico de fecha 9 de noviembre de 2012 mediante el cual la SE le solicita que presente el entero de los rendimientos financieros generados.

Por lo anterior, se determinan deficiencias en el control y seguimiento de los recursos provenientes del PROSOFT 2011, por parte de la Instancia Ejecutora, así como de los Organismos Promotores.

En respuesta a los resultados finales, la Instancia Ejecutora informó que se está recopilando la documentación correspondiente, debido a que una parte está en poder de los

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Organismos Promotores, y una vez que se cuente con la misma se hará llegar a la brevedad a éste Órgano Superior de Fiscalización.

Véase acción(es): 11-0-10100-02-0336-01-008 11-0-10100-02-0336-03-001

16. Se analizaron los estados de cuenta bancarios de 34 Beneficiarios, los cuales llevaron a cabo 55 proyectos por 250,795.4 miles de pesos (37.6% del total de recursos) apoyados por el PROSOFT 2011, con la revisión se determinó lo siguiente:

• En 44 proyectos que recibieron recursos por 134,665.0 miles de pesos, la Instancia Ejecutora presentó evidencia del entero a la TESOFE por 851.6 miles de pesos, consistente en líneas de captura de la TESOFE, fichas de depósito y transferencias electrónicas derivados de los rendimientos financieros generados en las cuentas bancarias en donde se recibieron los recursos del PROSOFT 2011.

• De 6 proyectos (20116935, 20116909, 20116841, 20116653, 20116651 y 20116658) que recibieron recursos por 4,653.6 miles de pesos, no se proporcionó evidencia del entero a la TESOFE de los rendimientos financieros generados en las cuentas bancarias donde se recibieron los recursos del PROSOFT 2011, los cuales permanecieron entre 40 y 190 días.

• En el proyecto 20115581 por 102,000.0 miles de pesos realizado por el beneficiario “MEXICO FEDERAL INSTITUTE FOR REMOTE SERVICES AND TECHNOLOGY A.C.”, se identificó que, al 30 de diciembre de 2011, en la cuenta bancaria notificada al Organismo Promotor para recibir los recursos del PROSOFT 2011, sólo se habían ejercido recursos por 9,724.2 miles de pesos (9.5% del total del proyecto), y se transfirió en esa fecha el saldo de 92,275.8 miles de pesos a otra cuenta bancaria. No obstante, en el estado de cuenta bancario de la cuenta que no estaba notificada para recibir los recursos se identificó un cargo de fecha 30 de diciembre de 2011 por 92,007.3 miles de pesos, y quedó pendiente de aclarar un monto por 268.5 miles de pesos.

Cabe señalar que se presentó la documentación comprobatoria que sustenta los enteros a la TESOFE por 331.1 miles de pesos correspondientes a los rendimientos financieros generados en la cuenta bancaria notificada para recibir los apoyos del PROSOFT. También, se envió la evidencia documental del entero a la TESOFE por 396.4 miles de pesos de los rendimientos financieros generados en la cuenta bancaria que no fue notificada para recibir los recursos.

• En 4 proyectos, no se presentó evidencia de los enteros por los rendimientos financieros por 24.4 miles de pesos correspondientes a los proyectos 20116772, 20116804, 20116766 y 20116906.

Cabe señalar que de los importes reintegrados a la TESOFE, 753.3 miles de pesos se realizaron con motivo de la auditoría.

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Al respecto la SE informó que se está recopilando la documentación correspondiente, debido a que una parte está en poder de los Organismos Promotores.

Véase acción(es): 11-0-10100-02-0336-01-009 11-0-10100-02-0336-03-002 11-0-10100-02-0336-03-003 11-0-10100-02-0336-03-004

17. Se llevaron a cabo visitas domiciliarias a tres Organismos Promotores, de los cuales, dos son Organismos Empresariales (AMITI y la CANIETI) y uno es el Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología de Jalisco (COECYTJAL), representante del Estado de Jalisco, con el propósito de verificar el otorgamiento, administración, control y seguimiento de los recursos proporcionados a 232 proyectos autorizados del PROSOFT 2011 por un monto de 476,495.6 miles de pesos, de los cuales, se ejercieron 473,715.7 miles de pesos (70.0 % del monto total ejercido) por 226 proyectos; y 13 proyectos por 2,779.9 miles de pesos, fueron cancelados total y parcialmente, como se señala a continuación:

VISITAS DOMICILIARIAS REALIZADAS A LOS ORGANISMOS PROMOTORES QUE RECIBIERON RECURSOS DEL PROSOFT 2011

(Miles de pesos)

Organismos Promotores

Proyectos Autorizados Proyectos Ejercidos Proyectos Cancelados Totalmente

Proyectos Cancelados Parcialmente

Número Monto Número Monto Número Monto Número Monto CANIETI 114 151,628.1 109 149,459.0 5 2,141.3 2 27.8 AMITI 46 247,292.8 46 247,094.6 0 0.0 3 198.2 COECYTJAL 72 77,574.7 71 77,162.1 1 393.2 2 19.4 TOTAL 232 476,495.6 226 473,715.7 6 2,534.5 7 245.4

FUENTE: Padrón de Beneficiarios PROSOFT 2011, Proyectos cancelados y Actas administrativas de las visitas domiciliarias

realizadas a los Organismos Promotores.

Sobre el particular, se constató que los Organismos Promotores AMITI y COECYTJAL no proporcionaron evidencia documental a la Instancia Ejecutora que demostrara que contó con la infraestructura física y humana suficiente para cumplir con las obligaciones inherentes para ser un Organismo Promotor del PROSOFT. Además, se identificó que a la fecha de las visitas (agosto y septiembre de 2012) los Organismos Promotores no habían realizado visitas de supervisión a los proyectos aprobados, solamente el COECYTJAL presentó evidencia de las visitas a dos proyectos.

En respuesta, la SE informó que para determinar la infraestructura física y humana en cada Organismo Promotor depende del número de proyectos aprobados que tengan en cada ejercicio, así como de factores particulares de cada Organismo Promotor, en el caso de AMITI y COECYTJAL, se proporcionó información consistente en:

• El Organismo Promotor AMITI proporcionó una carta informativa de fecha 12 de noviembre de 2012, donde menciona que existe un área exclusiva para los proyectos del Fondo PROSOFT, así como las personas designadas para fungir como Gerente encargado de coordinar los proyectos de Banco Mundial; una Coordinadora de Fondos Sectoriales, que da seguimiento y evaluación de los proyectos 2010, 2011, 2012; y un Auxiliar de

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Fondos sectoriales que da seguimiento administrativo de todos los proyectos 2011 y 2012, además, se envió el mecanismo que se maneja para operar el PROSOFT en el cual se describen los procedimientos utilizados para solicitar, otorgar y dar seguimiento a los proyectos del PROSOFT.

• En relación con el COECYTJAL, se proporcionó su organigrama en el cual se identifica el personal encargado de dar seguimiento y control a los proyectos beneficiados con los recursos del PROSOFT 2011.

En relación con las visitas de supervisión, el Organismo Promotor CANIETI envió un escrito dirigido a la Directora de Economía Digital en la SE, en el cual manifiesta que toda vez que en la Regla 3.6.2.1, incisos j) y k), de las Reglas de Operación que señalan que “en su caso, realizar visitas de inspección física de los proyectos aprobados”, no se han programado ya que la ministración de los recursos se realizó en el mes de noviembre y diciembre de 2011, lo cual no permitió que las empresas ejecutaran en el tiempo programado los proyectos, lo que forzó a que más del 75.0% solicitara prórrogas; por lo anterior y considerando el número de proyectos aprobados, la Dirección de Fondos de la Cámara evaluará y programará las vistas de los proyectos que considere necesario, una vez que se reflejen avances en el reporte final del 70.0%; no obstante, se han remitido al área de seguimiento del PROSOFT 109 reportes de avance y 62 reportes finales.

Respecto del Organismo Promotor AIMITI, mediante escrito dirigido a la Directora de Economía Digital en la SE, se informó que no ha realizado ninguna visita toda vez que de acuerdo con su mecanismo de operación del PROSOFT se revisan los reportes de avance y/o final en línea; y sólo en caso de ver un proyecto con situación crítica es cuando se realiza la visita de inspección física. Hasta la fecha se están ejecutando los proyectos en tiempo y forma.

Sobre el particular, se considera que independientemente de que se estén reportando los informes de avance y/o finales se deben de realizar visitas de inspección aleatorias para verificar la veracidad de lo reportado por los Beneficiarios en relación al ejercicio de los recursos, y no esperar hasta que se identifique una situación crítica.

Véase acción(es): 11-0-10100-02-0336-01-010

18. Se realizaron visitas domiciliarias a 36 Beneficiarios a los cuales les autorizaron 50 proyectos por un monto de 125,905.7 miles de pesos (18.9% del total ejercido), con la finalidad de verificar las obligaciones de los beneficiarios que son entre otras: la aplicación eficiente de los apoyos de acuerdo con lo previsto en las solicitudes de apoyo de los proyectos aprobados, la entrega de los reportes de avance y final y, en su caso, el reintegro de recursos no aplicados o por reducción de alcance. Los beneficiarios visitados fueron los siguientes:

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VISITAS DOMICILIARIAS A LOS BENEFICIAROS DE LOS PROYECTOS DEL PROSOFT 2011. (Miles de pesos)

Organismo Promotor

Número de Beneficiarios

Nombre de los Beneficiarios Número de Proyectos

Importe

AMITI 1

Cámara Nacional de la Industria Electrónica de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI)

4 41,881.3

SIN OP CANIETI 3 14,354.6

CANIETI 8

LODIPRO S.C. 1 1,432.2 FONDO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN PARA LA INDUSTRIA (INFOTEC)

5 13,825.2

INTELISIS ASPEL S.A. DE C.V. 1 3,205.6 ASOCIACIÓN MEXICANA DE INTERNET A.C. 1 1,528.3 EMERGYS MÉXICO S.A. DE C.V. 1 1,252.6 BRAINWORKS S.A. DE C.V. 1 940.0 SOLUTIA INTELLIGENCE S.A. DE C.V. 1 1,239.6 AMITI 3 5,902.9 TELETECH MÉXICO S.A. DE C.V. 1 3,551.2

COECYTJAL 27

TELETECH MÉXICO S.A. DE C.V. 1 5,000.0 DIGITRAIN, S. C. 1 317.6 PROTERA TECHNOLOGIES S. DE R. L. DE C. V. 1 687.5 MEDISIST, S.A. DE C.V. 1 715.0 GRUPO EDUCATIVO VHOS A. C. 1 1,000.0 HOSPITAL SANTA MARIA CHAPALITA S.A. 1 957.0 ONCOFARMACOS DE MÉXICO S.A. DE C.V. 1 890.0 COMERCIALIZACIÓN DIRECTA DE COMPUTO S.A. DE C.V. 1 573.5 FABRICA MEXICANA DE SOFTWARE S.A. DE C.V. 1 588.3 INGENIERIA EN TELECOMUNICACIONES E INFORMATICA S.A. DE C.V.

1 815.0

BIOTECNOLOGÍA MEXICANA DE MICROALGAS S.A. DE C.V. 1 999.9 AMBAR INDUSTRIAL. S.A. DE C.V. 1 1,000.0 NEGOCIOS ENTRE AMIGOS S.A. DE C.V. 1 461.1 SEVICIOS DE INVESTIGACIÓN MÉXICO S.A. DE C. V. 1 4,000.0 DW IT SERVICES S.A. DE C.V. 2 773.5 PLASTICOS Y MATERIAS PRIMAS S. A. DE C.V. 1 1,500.0 OXIGENO 3D S. DE R. L. DE C. V. 1 4,000.0 PULSAR STUDIO S. DE R. L. DE C. V. 1 4,000.0 HOSPITAL REAL SAN JOSÉ S. C. 1 1,500.0 VISION T.V. S. A. DE C. V. 1 920.6 TEQUILA SCANDALO S. DE R. L. DE C. V. 1 904.8 MKIDEAS TECH S.A. DE C.V. 1 814.1 KIRE INFORMATICA S. A. DE C.V. 1 499.0 INTERNACIONAL DE SISTEMAS DE IMAGEN S. A. DE C.V. 1 483.1 GOPAC SOLUCIONES INTEGRALES S.A. DE C.V. 1 717.0 ADMINISTRACIÓN Y SOLUCIONES ARH, S.A. DE C. V. 1 2,186.6

COMPUCAD S.A. DE C.V. 1 488.6

Total 36 50 125,905.7

FUENTE: Actas Administrativas Circunstanciadas formalizadas en las visitas domiciliarias con los Beneficiarios.

Sobre el particular, se identificó lo siguiente:

a) Se observó que 34 Beneficiarios no presentaron la carta bajo protesta de decir verdad en la que debían manifestar el tamaño de la empresa, especificando los datos utilizados para el cálculo de la fórmula prevista en la estratificación de MiPyMES; cabe señalar que fueron autorizados después de la autorización de los lineamientos para las Solicitudes de apoyo del 13 de julio de 2011.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

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Sobre el particular, la SE informó que la documentación de las empresas fue aprobada en el sistema del fondo antes de las modificaciones de los Criterios de Operación de fecha 13 de julio de 2011; no obstante lo señalado, no se presentó evidencia del documento referido por parte de la entidad fiscalizada ni por el beneficiario.

b) En 4 beneficiarios (CANIETI, Negocios entre amigos, S.A. de C.V., DW IT Services, S.A. de C.V., y Solutia Intelligence, S.A. de C.V.) encargados de realizar los proyectos núms. 20115606, 20116565, 20116663, 20116917 y 20116919, por 7,341.459 miles de pesos, los cuales ya se encontraban concluidos a la fecha de la visita, no habían presentado el reporte final y la documentación comprobatoria de la aplicación de los recursos en el Sistema del PROSOFT. También, del proyecto núm. 20116766, por 1,971.1 miles de pesos, a cargo de la CANIETI, a la fecha de la visita no se encontraba registrado en el Sistema el Informe de Avance.

Al respecto, de los proyectos núms. 20115606, 20116917 y 20116766, la SE presentó las pantallas que genera el Sistema de información del PROSOFT de los reportes de avance y finales, que no están validados por la Instancia Ejecutora porque aún se encuentran en revisión; de los proyectos núms. 20116565 y 20116663 se informó que mediante los acuerdos núms. 2012-IX-E-026 y 2012-IX-E-067 se autorizaron prórrogas para la conclusión de los proyectos; sin embargo, no se proporcionó la evidencia documental de los acuerdos mencionados.

En relación con el proyecto núm. 20116919 del O.P. CANIETI con fecha de cierre original del 02/11/2012, se proporcionó el reporte de avance aprobado.

Lo anterior demuestra deficiencias en el control y seguimiento de los Beneficiarios por parte de los Organismos Promotores y la Instancia Ejecutora, así como incumplimientos de los requisitos y obligaciones de los Beneficiarios del PROSOFT 2011.

Véase acción(es): 11-0-10100-02-0336-01-011

19. Se realizaron visitas domiciliarias a 14 proveedores de 13 Beneficiarios que recibieron apoyos del PROSOFT 2011, con la finalidad de constatar que los recursos se aplicaron de conformidad con las solicitudes de apoyo de los proyectos, como se muestra a continuación:

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Grupo Funcional Desarrollo Económico

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PROVEEDORES VISITADOS QUE HICIERON OPERACIONES CON BENEFICIARIOS DEL PROSOFT 2011 (Miles de pesos)

BENEFICIARIO PROYECTO PROVEEDOR MONTO CONTRATADO

Oxigeno 3D S. de R.L. de C.V. 20115922 Kaxan Games, S. de R.L. de C.V. 16,000.0

Hospital Real San Jose S.C. 20117007 Pounce Consulting, S.A. de C.V. 6,000.0

Plásticos y Materias Primas S.A. de C.V. 20117008 Pounce Consulting, S.A. de C.V. 5,379.3

Biotecnología mexicana de microalgas, S.A. de C.V. 20115606

Tecnología en Informática y Administración, S.A. de C.V. 3,999.6

Administración y Soluciones ARH, S.A. de C.V. 20115943

Tecnología en Informática y Administración, S.A. de C.V. 8,746.4

Tequila Scandalo, S. de R.L. de C.V. 20116450 Tecnología en Informática y Administración, S.A. de C.V. 3,619.2

Grupo Educativo VHOS, A.C. 20116180 Consultores en sistemas Informáticos de RH, S.A. de C.V. 4,000.0

Ingeniería en Telecomunicaciones S.A. de C.V. 20116448

Advanced Soluciones de Telecomunicación, S.A. de C.V. 2,845.7

Servicios de Investigación México S.A. de C.V. 20116579 Chidoware S.A. de C.V. 16,000.0

Ámbar Industrial S.A. de C.V. 20116519 Gopac Soluciones Integrales, S.A de C.V. 4,160.0

Hospital Santa María Chapalita S.A. 20115996 Medisist, S.A. DE C.V. 3,828.0

Intelesis Aspel S.A. de C.V. 20115613 Solutions Profesionales Mar S. de R.L. de C.V. 3,732.5

Intelesis Aspel S.A. de C.V. 20115613 Util Soluciones en Recursos Humanos S.A. de C.V. 7,950.0

Brainworx, S.A. de C.V. 20115905 HPK Eventos S.A. de C.V. 3,460.0

Intelisis Aspel S.A. de C.V. 20115613 Lodes Consultores S.A. de C.V. 851.3

Teletech México S.A. de C.V. 20116627 y 20116751 Hewlett Packard, México, S.de R.L. de C.V.

517.9 dlls.

Teletech México S.A. de C.V. 20116627 y 20116751 Dell Mexico S.A. de C.V. 965.8

dlls.

Teletech México S.A. de C.V. 20116627 y 20116751 Dell Mexico S.A. de C.V. 259.7

Fuente: Actas administrativas circunstanciadas de las visitas realizadas a los proveedores

Al respecto, se identificó lo siguiente:

• Se detectó que el 6 de diciembre de 2011 el Beneficiario Hospital Real San José S.C., pagó por concepto de anticipo el monto de 1,500.0 miles de pesos por la prestación de servicios del proyecto 20117007 al proveedor Pounce Consulting, S.A. de C.V., sin contar con el contrato de prestación de servicios que ampara el pago respectivo, el cual no se formalizó sino hasta el 3 de enero de 2012.

• En la cláusula primera del contrato sin número de fecha 1 de diciembre de 2011, formalizado entre el Beneficiario Grupo Educativo VHOS, A.C. y el proveedor Consultores en Sistemas Informáticos de RH, S.A. de C.V., del proyecto 20116180 se otorgó un primer pago por 1,000.0 miles de pesos y se estableció que se realizarían

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

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pagos subsecuentes conforme al avance del calendario de actividades, sin embargo, no se anexó al contrato dicho calendario. Además, en el contrato se omitió la cláusula correspondiente a la vigencia.

• En el Contrato de obra por encargo sin número de fecha 30 de diciembre de 2011, formalizado entre el Beneficiario Servicios de Investigación de México, S.A. de C.V. y el proveedor Chidoware, S.A. de C.V., del proyecto 20116579 por 16,000.0 miles de pesos; se identificó que el proveedor no entregó reportes mensuales por escrito al beneficiario, como se estableció en la cláusula tercera del contrato referido. También, se omitió la cláusula de vigencia en el contrato, y no se estableció la fecha de los entregables del proyecto.

• En los contratos formalizados entre los beneficiarios Biotecnología Mexicana de Microalgas “BIOMEX”, Administración y Soluciones ARH, S.A. de C.V., Tequila Scandalo, S de R.L. de C.V. con el proveedor Tecnología en Informática y Administración, S.A. de C.V., se identificó que en su cláusula octava se estipuló que se obligaba a entregar totalmente desarrollado el objeto del contrato mediante un acta formal de entrega-recepción de los trabajos; sin embargo, se omitió la realización de la misma.

Por lo anterior se determina que existen deficiencias en el seguimiento y control de los proyectos por parte de los Organismos Promotores, así como en la asesoría a los beneficiarios para asegurar que los contratos que se formalicen con los proveedores cumplan con los requisitos mínimos jurídicos y no queden los beneficiarios en estado de indefensión; así como en la verificación de la aplicación correcta de los recursos provenientes del PROSOFT 2011.

Al respecto, la Instancia Ejecutora informó que considera conveniente reforzar los mecanismos establecidos al seguimiento por parte de los Organismos Promotores a los beneficiarios y a los instrumentos jurídicos que celebren con terceros, para lo cual preparó el proyecto del oficio de instrucción, en el cual se solicita a los Organismos Promotores que brinden asesoría a los Beneficiarios para asegurar que los contratos que se formalicen con los proveedores cumplan con los requisitos mínimos jurídicos y contemplen las condiciones y características de los proyectos aprobados, además, que se verifique el cumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos que celebren los beneficiarios y sus proveedores. No obstante, no se presentó evidencia de su envío y recepción por parte de los Organismos Promotores.

Véase acción(es): 11-0-10100-02-0336-01-012

20. Se constató que los Organismos Promotores y los Beneficiarios del PROSOFT 2011 enteraron a la TESOFE 7,878.8 miles de pesos (1.2% del total ejercido) por la cancelación total de 10 proyectos por 7,004.5 miles de pesos y la cancelación parcial de 12 proyectos por 874.3 miles de pesos, por la falta de cumplimiento de obligaciones en algunos casos, lo cual se sustentó con los avisos de reintegro, las líneas de captura de la TESOFE, las fichas de depósito y transferencias electrónicas. En lo anterior, se identificó que siete proyectos (20115686, 20115776, 20116211, 20116445, 20116723, 20116755 y 20116909) que recibieron recursos por 7,745.8 miles de pesos, realizaron reintegros extemporáneos de 2 a 23 días por 2,028.8 miles de pesos.

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Al respecto, la SE envió la evidencia documental del entero a la TESOFE por 3.6 miles de pesos de las cargas financieras de cinco proyectos (20115686, 20116211, 20116445, 20116723 y 20116909), consistente en el oficio emitido por la TESOFE con el cálculo de las cargas generadas, líneas de captura, fichas de depósito y transferencias electrónicas. Sin embargo, no se presentó evidencia del entero de los proyectos núms. 20115776 y 20116755, como se muestra a continuación:

PROYECTOS QUE REALIZARON REINTEGROS EXTEMPORÁNEOS DE LOS RECURSOS ASIGNADOS POR EL PROSOFT 2011.

(Miles de Pesos)

FOLIO

ORGANISMO PROMOTOR

BENEFICIARIO APORTACIÓN

SE

REINTEGRO FECHA LÍMITE

DEL REINTEGRO DIAS DE

EXTEMPORANEIDAD FECHA IMPORTE

1 20115776 COLIMA PAPER2BITS, S.A. DE C.V.

305.8 25/01/2012 305.8 16/01/2012 9

2 20116755 ZACATECAS T. I. CONSULTING S.C. 745.7 30/01/2012 25.1 16/01/2012 14

1,051.5

330.9

FUENTE: Archivo de los reintegros efectuados a la TESOFE por concepto de recursos no utilizados por el PROSOFT 2011,

fichas de depósito y transferencias electrónicas.

Al respecto, la SE informó que se está recopilando la documentación correspondiente, debido a que una parte está en poder de los Organismos Promotores y lo relacionado con el cálculo de las cargas financieras será proporcionado por la Tesorería de la Federación, por lo que una vez que se cuente con la información se hará llegar a la brevedad a la Auditoría Superior de la Federación.

Véase acción(es): 11-0-10100-02-0336-01-013 11-0-10100-02-0336-03-005

21. Se verificaron los informes finales, así como la documentación comprobatoria presentada en el Sistema del Programa PROSOFT 2011, de los 379 proyectos revisados por 667,581.2 miles de pesos, de lo que se determinó que, al mes de octubre de 2012, se han comprobado en su totalidad 138 proyectos por 192,665.8 miles de pesos, 73 proyectos concluidos están pendientes de comprobar por 69,936.0, y los 168 proyectos restantes por 404,979.4 miles de pesos todavía se encuentran en ejecución y concluyen hasta el mes de agosto de 2013, como se muestra a continuación:

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

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REVISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA DE LOS PROYECTOS DE LA MUESTRA DE AUDITORÍA. (Miles de pesos)

CONCEPTO PROYECTOS APORTACIÓN

SE TOTAL

COMPROBADO POR

COMPROBAR %

PROSOFT COMPROBADO

138 192,665.8 192,665.8 0.0 29

PROYECTOS QUE TERMINAN ENTRE OCTUBRE DE 2012 Y JULIO DE 2013

168 404,979.4 0.0 0.0 61

PROYECTOS QUE DEBERÍAN ESTAR COMPROBADOS

73 69,936.0 0.0 0.0 10

TOTAL 379 667,581.2 192,665.8 474,915.4 100.0

FUENTE: Documentación comprobatoria aprobada en el sistema del PROSOFT 2011.

Adicionalmente, se verificó en el Sistema del Programa PROSOFT 2011 que a la fecha de la auditoría (octubre de 2012), de los 379 proyectos ejecutados, 60 proyectos (15.8% del total de proyectos) por 187,384.5 miles de pesos, no contaban con su Informe de Avance respectivo; en 23 proyectos por 40,768.8 miles de pesos, no obstante que contaban con dicho Informe en el Sistema, éstos señalaban el 0% de avance.

De lo anterior se concluye que la Instancia Ejecutora (DGCIED) y los Organismos Promotores no cumplieron con su responsabilidad de darle seguimiento oportuno a la aplicación y comprobación de los recursos.

Véase acción(es): 11-0-10100-02-0336-01-014 11-0-10100-02-0336-03-006

Acciones

Recomendaciones

11-0-10100-02-0336-01-001.- Para que la Secretaría de Economía se asegure de que en forma continua se revisen las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software y en ellas se consideren aspectos que coadyuven a garantizar que los recursos autorizados a los proyectos no sean destinados para el pago de conceptos diferentes al objetivo del PROSOFT, y que la documentación comprobatoria y justificativa de los proyectos contenga la fecha a partir de la aprobación de la Solicitud de Apoyo. [Resultado 5]

11-0-10100-02-0336-01-002.- Para que la Secretaría de Economía fortalezca sus mecanismos de control y seguimiento con objeto de que se asegure de que el Consejo Directivo del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software PROSOFT apruebe a los Organismos Promotores que cumplieron con los requisitos establecidos en las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software PROSOFT vigentes, entre estos, el de estar al corriente en sus obligaciones. [Resultado 6]

11-0-10100-02-0336-01-003.- Para que la Secretaría de Economía implemente mecanismos de control para que se asegure de que los proyectos que se autoricen en el Programa para

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Grupo Funcional Desarrollo Económico

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el Desarrollo de la Industria del Software no se contrapongan, afecten o presenten duplicidad con otros Programas o acciones del Gobierno Federal. [Resultado 7]

11-0-10100-02-0336-01-004.- Para que la Secretaría de Economía fortalezca sus mecanismos de control y supervisión con el fin de que la Instancia Ejecutora del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software verifique que los Organismos Promotores cumplan en tiempo y forma con la publicación de las convocatoria para la recepción de solicitudes de apoyo, de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software vigentes. [Resultado 10]

11-0-10100-02-0336-01-005.- Para que la Secretaría de Economía fortalezca mecanismos de control y supervisión para que los Organismos Promotores autorizados difundan las convocatorias considerando los plazos de las convocatorias aprobadas por el Consejo Directivo del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software. [Resultado 12]

11-0-10100-02-0336-01-006.- Para que la Secretaría de Economía implemente mecanismos de control y supervisión a fin de garantizar que los Convenios de Coordinación y Colaboración formalizados entre la Secretaría de Economía y los Organismos Promotores, para la operación de Programa para el Desarrollo de la Industria del Software, sean formalizados en forma oportuna. [Resultado 13]

11-0-10100-02-0336-01-007.- Para que la Secretaría de Economía implemente mecanismos de control y supervisión, a fin de garantizar que el Consejo Directivo del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software autorice prórrogas de proyectos que presenten su solicitud en tiempo; además, que se cumpla con la presentación de los Informes de Avance en el Sistema del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software, los cuales reflejen un avance. [Resultado 14]

11-0-10100-02-0336-01-008.- Para que la Secretaría de Economía fortalezca sus mecanismos de control y supervisión para que garantice que la Instancia Ejecutora verifique que los recursos ministrados a los Organismos Promotores del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software se depositen en cuentas bancarias que generen rendimientos financieros y, se asegure que los rendimientos que se generen se reintegren a la Tesorería de la Federación en tiempo y forma, de conformidad con la normativa vigente. [Resultado 15]

11-0-10100-02-0336-01-009.- Para que la Secretaría de Economía fortalezca sus mecanismos de control y supervisión para que garantice que la Instancia Ejecutora verifique que los recursos ministrados a los Beneficiarios del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software se depositen en cuentas bancarias que generen rendimientos financieros y, en caso de generar dichos rendimientos, se asegure de que se reintegren a la Tesorería de la Federación en tiempo y forma, de conformidad con las Reglas de Operación vigentes. [Resultado 16]

11-0-10100-02-0336-01-010.- Para que la Secretaría de Economía fortalezca sus mecanismos de control y supervisión que garanticen que los Organismos Promotores del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software realicen visitas de supervisión a los beneficiarios del Programa, durante la ejecución de los proyectos, con la finalidad de

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

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verificar que el proyecto se esté llevando a cabo de conformidad con la solicitud de apoyo. [Resultado 17]

11-0-10100-02-0336-01-011.- Para que la Secretaría de Economía fortalezcan los mecanismos de control y supervisión que garanticen que la Instancia Ejecutora y los Organismos Promotores verifiquen que los Beneficiarios del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software cumplan con sus obligaciones establecidas en las Reglas de Operación, tales como: la presentación de la carta bajo protesta de decir verdad en la que deben manifestar el tamaño de la empresa, especificando los datos utilizados para el cálculo de la fórmula prevista en la estratificación de MiPyMES; presentar el reporte final y la documentación comprobatoria de la aplicación de los recursos en el Sistema del Programa a la conclusión de los proyectos; así como la presentación de la carta de participación/satisfacción emitida por las empresas atendidas de dicho proyecto. [Resultado 18]

11-0-10100-02-0336-01-012.- Para que la Secretaría de Economía fortalezca los mecanismos de control y supervisión que garanticen el seguimiento por parte de los Organismos Promotores a los beneficiarios, para que los asesoren con la finalidad de asegurar que los contratos que formalicen con los proveedores cumplan con los requisitos mínimos jurídicos y contemplen las condiciones y características de los proyectos aprobados, asimismo, que se verifique el cumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos que celebren los beneficiarios y sus proveedores. [Resultado 19]

11-0-10100-02-0336-01-013.- Para que la Secretaría de Economía implemente mecanismos de control y supervisión que garanticen que los Organismos Promotores y los Beneficiarios del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software depositen los reintegros en la Tesorería de la Federación provenientes de los recursos del Programa en tiempo y forma, de acuerdo con la normativa aplicable. [Resultado 20]

11-0-10100-02-0336-01-014.- Para que la Secretaría de Economía implemente mecanismos de control y supervisión que garanticen que los beneficiarios del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software registren en el Sistema Informático, implementado para tales efectos, la documentación comprobatoria de los proyectos apoyados, una vez validada por los Organismos Promotores. [Resultado 21]

Solicitudes de Aclaración

11-0-10100-02-0336-03-001.- Para que la Secretaría de Economía aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria que demuestre el entero a la Tesorería de la Federación de los intereses generados en las cuentas bancarias por el manejo de recursos: por 3,500.0 miles de pesos que el Organismo Promotor del Gobierno del Estado Baja California Norte mantuvo en su cuenta bancaria durante 18 días ya que fue hasta que el 19 diciembre de 2011 que los entregó al Beneficiario Centro de Tecnologías de la Información de Baja California, A.C.; por 15,326.3 miles de pesos que el Organismo Promotor Asociación Mexicana Empresarial de Software Libre, A.C. mantuvo en sus cuentas bancarias entre 35 y 37 días hasta que los transfirió a los Beneficiarios; así como, los correspondientes a los generados en la cuenta de inversión en la cual permanecieron los recursos recibidos por el Organismo Promotor del Gobierno del Estado de Chihuahua por 2,854.4 miles de pesos. En

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Grupo Funcional Desarrollo Económico

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caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 15]

11-0-10100-02-0336-03-002.- Para que la Secretaría de Economía aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria que demuestre los reintegros de los rendimientos y las cargas financieras generadas de 4,653.6 miles de pesos obtenidos en las respectivas cuentas productivas de seis proyectos (20116935, 20116909, 20116841, 20116653, 20116651 y 20116658). En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 16]

11-0-10100-02-0336-03-003.- Para que la Secretaría de Economía aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria que demuestre el entero a la Tesorería de la Federación de 268.5 miles de pesos correspondientes al proyecto 20115581 del Beneficiario MEXICO FEDERAL INSTITUTE FOR REMOTE SERVICES AND TECHNOLOGY A.C., de los cuales no se identificó a dónde fueron destinados esos recursos, toda vez que se traspasaron de la cuenta bancaria registrada para la recepción de los recursos del Programa a otra cuenta bancaria. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá en el plazo establecido, a la Recuperación del Monto Observado. [Resultado 16]

11-0-10100-02-0336-03-004.- Para que la Secretaría de Economía aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria que demuestre el entero a la Tesorería de la Federación de los rendimientos financieros y, en su caso, las cargas financieras generadas de 24.4 miles de pesos correspondientes a los proyectos 20116772, 20116804, 20116766 y 20116906 que recibieron apoyos del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software 2011. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 16]

11-0-10100-02-0336-03-005.- Para que la Secretaría de Economía aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria que demuestre el entero a la Tesorería de la Federación de las cargas financieras generadas por el reintegro extemporáneo por 330.9 miles de los proyectos núms. 20115776 y 20116755 apoyados por el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software 2011. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 20]

11-0-10100-02-0336-03-006.- Para que la Secretaría de Economía aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 69,936.0 miles de pesos, correspondientes a 73 proyectos, por concepto de la aportación del recurso federal de los proyectos del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software 2011. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 21]

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

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Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

11-9-10104-02-0336-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión aprobaron a los Organismos Promotores de los Gobiernos del Distrito Federal y del Estado de Nuevo León, no obstante que la autorización fue condicionada y que dichos Organismos Promotores no estaban regularizados en sus obligaciones provenientes de los recursos del ejercicio 2010. [Resultado 6]

11-9-10104-02-0336-08-002.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no vigilaron que los Organismos Promotores publicaran las convocatorias para recepción de solicitudes de apoyo del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software dentro de los plazos establecidos. [Resultado 10]

11-9-10104-02-0336-08-003.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión aprobaron prórrogas a 35 proyectos (23.0% del total de proyectos autorizados) entre 10 y 201 días posteriores a la fecha de conclusión del proyecto; además de que no habían presentado el Informe de Avance en el Sistema del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software. [Resultado 14]

Recuperaciones Operadas y Probables

Se determinaron recuperaciones por 70,993.7 miles de pesos, de los cuales 764.5 miles de pesos fueron operados, y 70,229.2 miles de pesos corresponden a recuperaciones probables.

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 14 observación(es) la(s) cual(es) generó(aron): 14 Recomendación(es), 6 Solicitud(es) de Aclaración y 3 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

Dictamen: negativo

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, la Secretaría de Economía no cumplió con las disposiciones normativas aplicables, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde destacan los siguientes: las Reglas de Operación

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continúan presentado opacidad en los procedimientos sustantivos para la operación y control del PROSOFT, ya que en ellas subsiste la posibilidad de que con los recursos del PROSOFT se puedan estar cubriendo pasivos o se realicen reembolsos de gastos efectuados con anterioridad. Asimismo, se presentaron deficiencias en la operación del Consejo Directivo del Programa, toda vez que aprobó Organismos Promotores que no cumplieron con los requisitos establecidos en la normativa interna como el de estar al corriente en sus obligaciones, y solicitudes de apoyo, las cuales fueron presentadas fuera de los plazos de las convocatorias de los Organismos Promotores, ya que los plazos establecidos no coinciden con los aprobados en las convocatorias del Consejo Directivo; además, de que autorizó prórrogas a proyectos que ya habían concluido su ejecución y no se habían presentado Informes de Avance en el Sistema del Programa.

Tampoco se tiene establecido un mecanismo de control para evitar que se autoricen proyectos que se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del Gobierno Federal.

Existen deficiencias en los participantes involucrados en la operación, control y ejercicio de los recursos del PROSOFT 2011, como es el caso de la Instancia Ejecutora en la cual no se dio seguimiento oportuno a las acciones de los Organismos Promotores y Beneficiarios y, en consecuencia, no se publicó la totalidad de las convocatorias por parte de los Organismos Promotores, lo que no coadyuva a captar un mayor número de población objetivo y cumplir con los objetivos del PROSOFT 2011; así como la suscripción de los Convenios de Colaboración y de Coordinación entre 49 y 252 días después de la aprobación de los Organismos Promotores.

En relación con los Organismos Promotores visitados, éstos no realizaron visitas de supervisión a los beneficiarios del Programa, durante la ejecución de los proyectos, lo que no colabora a verificar si el proyecto se está llevando a cabo de conformidad con la solicitud de apoyo; y no le dieron seguimiento y asesoría a los Beneficiarios en la formalización de los contratos con terceros, los cuales no cumplieron con los requisitos mínimos jurídicos y, en algunos casos, no cumplieron con las condiciones pactadas en mismos.

Con respecto a los Beneficiarios visitados, éstos no cumplieron con la totalidad de sus obligaciones establecidas en la norma.

Por otro lado, en el ejercicio de los recursos también se determinaron deficiencias en el control y seguimiento por parte de la Instancia Ejecutora y de los Organismos Promotores, ya que se ministraron recursos en cuentas bancarias que no generaron rendimientos financieros; omisión en el entero a la Tesorería de la Federación de los intereses financieros generados en las cuentas bancarias por 26,334.3 miles de pesos, los cuales permanecieron entre 18 y 190 días; cabe señalar que 268.5 miles de pesos fueron transferidos, el 30 de diciembre de 2011, a una cuenta bancaria diferente a la registrada para recibir los apoyos del PROSOFT.

Aunado a lo anterior, los beneficiarios del PROSOFT no cargaron en el Sistema Informático de la SE, implementado para dar seguimiento a los proyectos autorizados, la documentación comprobatoria por 69,936.0 miles de pesos (10.0% del total ejercido); y los OP tampoco dieron seguimiento ni informaron a la instancia ejecutora de los avances en el ejercicio de

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los recursos, con las metas, indicadores y objetivos de los proyectos aprobados. Asimismo, se omitió el entero de cargas financieras generadas por el reintegro extemporáneo por 330.9 miles de 2 proyectos.

Por último, como consecuencia de la auditoría se reintegraron recursos a la TESOFE por 760.9 miles de pesos por rendimientos financieros generados en las cuentas bancarias utilizadas para la recepción de los recursos del PROSOFT.

Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Constatar que el Manual de Organización General de la SE, los manuales de organización específicos y de procedimientos de las áreas relacionadas con las operaciones del programa sujeto a revisión se encuentran autorizados, actualizados y fueron difundidos en el ejercicio de 2011, y se corresponden con el Reglamento Interior y la estructura orgánica. Asimismo, identificar las funciones y atribuciones de las áreas que intervienen en la operación del PROSOFT.

2. Analizar los mecanismos normativos e identificar las fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas que afecten la operación y el cumplimiento del programa; además, verificar que se cumplieron las obligaciones determinadas en las Reglas de Operación del PROSOFT emitidas para el control y administración de los recursos asignados al programa.

3. Confirmar que la información reportada en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2011 es congruente con la registrada en el Estado del Ejercicio del Presupuesto al 31 de diciembre de 2011; que los movimientos presupuestarios (ampliaciones y reducciones internas y externas) que afectaron las operaciones se sustentaron en los oficios de afectación presupuestaria correspondientes, están debidamente autorizados, tramitados y registrados conforme a la normativa en el Sistema de Control de Adecuaciones Presupuestarias que administra la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), y que se efectuaron sin afectar el cumplimiento de metas y objetivos.

4. Verificar que las Cuentas por Liquidar Certificadas se elaboraron y registraron conforme a la normativa, y que se respaldaron en la documentación comprobatoria respectiva; en caso de existir compromisos devengados y no pagados al 31 de diciembre, confirmar el cumplimiento de la normativa aplicable, y comprobar que los recursos que no se devengaron al término del ejercicio se reintegraron en tiempo y forma a la Tesorería de la Federación.

5. Verificar la integración del Consejo Directivo que es la Instancia Normativa del PROSOFT; asimismo, que se celebraron sesiones en forma ordinaria, y que las actas se encuentran firmadas. Además, que se cumplió con las obligaciones.

6. Comprobar que la Instancia Ejecutora coordinó con los gobiernos de las Entidades Federativas, en su caso, la aportación conjunta de recursos procurando que sea en

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partes iguales (1 a 1); asimismo, que tiene establecidos mecanismos de control que garanticen que los beneficiarios del PROSOFT no sean servidores públicos de la Subsecretaría de Industria y Comercio o de las Delegaciones de la SE o de las dependencias que funjan como Organismos Promotores en las Entidades Federales, sus cónyuges o parientes por afinidad.

7. Comprobar que la SE estableció mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que el PROSOFT no se contraponga, afecte o presente duplicidades con otros programas o acciones de la SE.

8. Comprobar que la base de datos (padrón) de beneficiarios del PROSOFT correspondiente al ejercicio de 2011, más sus gastos de administración coincide con el total reportado como ejercido en el Estado del Ejercicio del Presupuesto y la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2011; además, verificar que la SE envió los informes de avance trimestral a la Cámara de Diputados.

9. Verificar que la autorización para que las Entidades Federativas u Organismos Empresariales participen como Organismos Promotores del PROSOFT 2011, se otorgó una vez cubiertos los requisitos señalados en las Reglas de Operación y en los Criterios de Operación del PROSOFT para el ejercicio fiscal 2011.

10. Comprobar que el proceso de las convocatorias para el PROSOFT 2011, se realizó en tiempo y forma conforme a la normativa aplicable.

11. Constatar que los instrumentos jurídicos (Convenios de Coordinación, Colaboración y de Asignación de Recursos) formalizados con los organismos promotores y con los beneficiarios para la operación del PROSOFT 2011, se elaboraron y suscribieron conforme a la normativa aplicable.

12. Confirmar que las solicitudes de apoyo y sus modificaciones, así como el otorgamiento de los recursos a los organismos promotores y, en su caso, a los beneficiarios del programa, se realizaron conforme a la normativa aplicable.

13. Constatar que la documentación justificativa y comprobatoria de los apoyos otorgados a los organismos promotores y/o beneficiarios provenientes del PROSOFT, cumple con la norma aplicable.

14. Constatar que los reportes de avances y reportes finales de los proyectos apoyados se realizaron en cumplimiento de la normativa aplicable; también, que se llevó a cabo el seguimiento correspondiente por parte de la instancia ejecutora y los organismos promotores.

15. Comprobar el cumplimiento de las metas y objetivos del PROSOFT; así como la formulación de los indicadores de impacto y de gestión.

16. Verificar, mediante una muestra, que los apoyos otorgados se utilizaron para los fines autorizados por medio de visitas domiciliarias a Organismos Promotores, Beneficiarios y Proveedores seleccionados.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

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Áreas Revisadas

Las direcciones generales de Comercio Interior y Economía Digital (DGCIED) y la de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP), adscritas a la Subsecretaría de Industria y Comercio; así como la Oficialía Mayor de la Secretaría de Economía (SE), respectivamente.

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos de las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Artículo 1, párrafo segundo; 75, fracciónes V, VII; y 77, párrafo último.

2. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Artículos 85 párrafo segundo y 176 párrafo primero.

3. Ley General de Contabilidad Gubernamental: Artículo 42.

4. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2011, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 23 de marzo de 2011, Reglas 3.3.1, incisos e) y h); 3.3.2, inciso g), i) y j); 3.6.2.1, incisos b), e), h), j), k) y l); 3.6.2.2, incisos a), c), d), i), j) y l); 3.9.2, inciso g); 5.1; 9, párrafo sexto, y Anexo C.

Acuerdo del Consejo Directivo del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) que establece los: Criterios de Operación del PROSOFT para el Ejercicio Fiscal 2011 aprobados por el Consejo Directivo el 30 de marzo de 2011 con última modificación el 13 de julio de 2011, apartados A, numeral 2, inciso c); B, numerales 1, incisos a), fracción V, inciso 1) y 3); y 2, inciso a), fracción II, inciso 1); C, numeral 1, inciso b), fracción iv, y g), fracción v y vi; F, numeral 1, inciso a) y b); G, numeral 1, inciso a), c), k) y n); H, numerales 1, incisos a) y b) y 3, inciso a), fracciones i y ii, b) y e).

Convenios de Coordinación y de Colaboración, celebrados entre la Secretaria de Economía y los Organismos Empresariales AMESOL y AMITI; y los Gobiernos de los Estados de Chihuahua, Nuevo León, Sinaloa, Tabasco, Baja California, Chiapas, Campeche, Colima, Hidalgo, Morelos, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas; Cláusulas Sexta, Séptima y Octava.

Convenios de Asignación de Recursos, celebrados entre la Secretaría de Economía, los Organismos Promotores CANIETI, AMITI, COECYTJAL y los beneficiarios Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de la Información, A.C., Fondo de Información y Documentación para la Industria (INFOTEC), Ingeniería de Cómputo y Aplicaciones, S.A. de C.V., Redes y Soporte en Microcomputación S.A., Solutia Intelligence S.A. de C.V., Emergys México S.A. de C.V., Human Box, S.A. de C.V., Computación XXI, S.A. de C.V., Susoc & Vates, S.A. de C.V., Susoc Guadalajara, S.A. de C.V., S&C Constructores de Sistemas S.A. de C.V.,

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Cuallisys, S.A. de C.V., y la Asociación Academia Industria Gobierno en Tecnologías de la Información, A.C.; Cláusulas Tercera, Párrafo Quinto y Sexto y Novena.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones derivadas de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto y fracción IV, párrafos primero y penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32; 39; 49, fracciones I, II, III y IV; 55; 56, y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.