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ba08010002 vac 1 SECRETARÍA DE SALUD IMSS ISSSTE SEDENA A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE ADQUISICIONES, SUMINISTROS Y SERVICIOS GENERALES LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS DE LIBRE COMERCIO No. 00012005-010-08 “VACUNAS”

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SECRETARÍA DE SALUD IMSS

ISSSTE SEDENA

A TRAVÉS DE LA

SECRETARÍA DE SALUD

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE ADQUISICIONES, SUMINISTROS Y SERVICIOS GENERALES

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS DE LIBRE COMERCIO

No. 00012005-010-08

“VACUNAS”

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Í N D I C E PRESENTACIÓN ..................................................................................................................... 4

GLOSARIO ............................................................................................................................... 5

GENERALIDADES DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN. ............................................ 8

1 REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN ESTA LICITACIÓN. .................................. 8

2 INSTRUCCIONES GENERALES PARA LA PREPARACIÓN E INTEGRACIÓN DE PROPOSICIONES. ................................................................. 9

2.1 PROPOSICIONES POR ESCRITO. ..................................................................... 11

2.2 PROPOSICIONES POR VÍA ELECTRÓNICA. ..................................................... 11

3 PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN. .................................................................... 13

3.1 JUNTA DE ACLARACIONES. .............................................................................. 13

3.2 DESARROLLO DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. ............................................................................................... 14

3.3 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN. ............................................ 15

3.3.1 EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. ......................................................... 16

3.4 ACTO DE FALLO.................................................................................................. 17

3.5 ASISTENCIA A LOS ACTOS Y NOTIFICACIONES. ............................................ 17

4 DESECHAMIENTO. .............................................................................................. 18

5 SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN. ..................................................................... 19

6 CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN, PARTIDA(S). ............................................ 19

7 DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN, PARTIDA(S) . ..................................... 20

8 INCONFORMIDADES. ......................................................................................... 20

9 CONTROVERSIAS. .............................................................................................. 20

10 INFRACCIONES Y SANCIONES. ........................................................................ 20

11 SITUACIONES NO PREVISTAS EN LAS BASES................................................ 20

12 NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE) ANEXO D SECCIÓN V DE LAS BASES. ............................................................. 21

SECCIÓN II ............................................................................................................................ 22

PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE ESTA LICITACIÓN. ................................................ 22

SECCIÓN III ........................................................................................................................... 33

OBLIGACIONES CONTRACTUALES GENERALES ......................................................... 33

1. CELEBRACIÓN DEL CONTRATO/PEDIDO ........................................................ 33

1.1 MODIFICACIONES A LOS CONTRATOS/PEDIDOS........................................... 38

2 FACTURACIÓN. ................................................................................................... 38

3 PAGO AL PROVEEDOR. ..................................................................................... 38

4 IMPUESTOS Y DERECHOS. ............................................................................... 38

5 PROPIEDAD INTELECTUAL. .............................................................................. 39

6 PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS BIENES. ................. 39

7 INSPECCIÓN Y RECEPCIÓN DE BIENES. ......................................................... 39

8 DEVOLUCIONES. ................................................................................................ 39

9 GARANTÍAS. ........................................................................................................ 40

9.1 DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO/PEDIDO. .............................................. 40

9.2 DE LOS BIENES................................................................................................... 40

9.3 CADUCIDAD ........................................................................................................ 40

10 CONSECUENCIAS POR INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR. ..................... 41

10.1 RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS CONTRATO/PEDIDOS. ...................... 41

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10.2 PENAS CONVENCIONALES. .............................................................................. 42

10.3 DEDUCCIONES. .................................................................................................. 42

10.4 EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. ....................................... 42

11 TERMINACIÓN ANTICIPADA DE LOS CONTRATOS/PEDIDOS. ....................... 43

12 CONCILIACIÓN. ................................................................................................... 43

SECCIÓN IV ........................................................................................................................... 44

OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESPECÍFICAS. ...................................................... 44

B. DE LOS BIENES. ........................................................................................................... 79

b. CADUCIDAD ........................................................................................................ 79

PARA EL CASO ESPECIFICO DEL IMSS Y SEDENA SE SOLICITAN MUESTRAS SIN COSTO ADICIONAL AL LICITANTE GANADOR (PARA ANALISIS DE COFEPRIS) .... 86

SECCIÓN V ............................................................................................................................ 90

MODELOS DE ANEXOS.................................................................................................... 90

ANEXO 1 FORMATO DE ACLARACIÓN DE BASES ............................................. 90

ANEXO 1A INSTRUCCIONES PARA EL FORMATO DE ACLARACIÓN DE BASES. ........................................................................................................... 91

ANEXO 2 CARTA PODER. ..................................................................................... 92

ANEXO 3 ACREDITAMIENTO DE PERSONALIDAD JURÍDICA. .......................... 93

ANEXO 4 MANIFIESTO DE NO EXISTIR IMPEDIMENTO PARA PARTICIPAR. 94

ANEXO 5 DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD. ........................................................ 95

ANEXO 6 RELACIÓN DE ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN. ............................. 96

ANEXO 7 FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE QUE LOS BIENES IMPORTADOS CUMPLEN CON LAS REGLAS DE ORIGEN O REGLAS DE MARCADO, SEGÚN PROCEDA, ESTABLECIDAS EN EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO QUE CORRESPONDA PARA EFECTOS DE COMPRAS DEL SECTOR PÚBLICO. .......................................... 97

ANEXO 8 FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE QUE LOS BIENES DE ORIGEN NACIONAL CUMPLEN CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 28 FRACCIÓN I, DE LA LEY DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. ........................... 98

ANEXO 9 DESCRIPCIÓN DEL BIEN. ..................................................................... 99

ANEXO 10 MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA. ......................................... 100

ANEXO A MODELO DE FIANZA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. ............................................................................................... 101

ANEXO B CARTA DE GARANTIA CONTRA, DEFECTOS DE FABRICACION Y VICIOS OCULTOS ....................................................................................................... 105

ANEXO C FORMATO DE REMISIÓN. .................................................................. 106

ANEXO D NOTA INFORMATIVA O.C.D.E. ........................................................... 108

ANEXO E MODELO DE CONTRATO ................................................................... 110

SECCIÓN VI ......................................................................................................................... 167

ANEXO TÉCNICO ............................................................................................................ 167

CALENDARIO DE ENTREGAS 2009 .............................................................................. 171

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SECRETARÍA DE SALUD SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y

SERVICIOS GENERALES DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE ADQUISICIONES, SUMINISTROS Y

SERVICIOS GENERALES

PRESENTACIÓN La Secretaría de Salud a través de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales por conducto de la Dirección General Adjunta de Adquisiciones, Suministros y Servicios Generales, ubicada en Av. Paseo de la Reforma No. 10, piso 3, Torre Caballito, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06030, México, Distrito Federal, teléfono 50 63 82 00 ext. 2030, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 26, fracción I, 27 y 28 fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; y demás disposiciones legales aplicables en la materia, realizará un procedimiento de licitación pública internacional bajo la cobertura de Tratados, para la adquisición consolidada de “VACUNAS” conforme a las siguientes:

B A S E S

La presente licitación se lleva a cabo con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para el caso de la Secretaría de Salud, IMSS, ISSSTE y SEDENA, en el entendido que el ejercicio de los recursos queda sujeto a la disponibilidad financiera y presupuestaria que apruebe la H. Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2009 y el calendario de gasto que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Sección I

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GLOSARIO

Para efectos de estas bases, se entenderá por:

ADVALOREM Impuesto al Comercio Exterior que se paga por la importación de mercancía

AFM Asociación Farmacéutica Mexicana

ÁREA SOLICITANTE: La que de acuerdo a sus necesidades requiera la adquisición de bienes muebles y que para este caso son: la Secretaría de Salud (la Dirección del Programa de Atención a la Salud de la Infancia y la Adolescencia del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia), para el IMSS (Dirección De Prestaciones Medicas), para el ISSSTE (Subdirección de Prevención y Protección a la Salud) y SEDENA (Subdirección de Adquisiciones).

ÁREA TÉCNICA: La que establezca especificaciones y normas de carácter técnico, de los bienes requeridos y que para este caso son: : la Secretaría de Salud (la Dirección del Programa de Atención a la Salud de la Infancia y la Adolescencia del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia), para el IMSS (Dirección De Prestaciones Medicas), para el ISSSTE (Subdirección de Prevención y Protección a la Salud) y SEDENA (Dirección General de Sanidad)

BASES: Al Documento que contiene los requisitos y especificaciones técnicas que se deberán observar para participar en la presente licitación.

BIENES: Los que se solicitan con motivo de la presente licitación y se especifican en el anexo técnico de las bases.

BIENES DE IMPORTACIÓN DIRECTA:

Bienes de origen extranjero que no han sido internados al país previamente a la fecha de realización de esta licitación y que requieren de trámite aduanal al momento de su arribo para su importación por cualquier aduana de entrada al país.

CECOBAN: Centro de Compensación Bancaria.

CIP: (INCOTERMS 2000): Termino comercial definido en la edición 2000 de la Cámara Internacional de Comercio; Porte, Seguro Pagado hasta (Indicando el punto de destino convenido) obliga al proveedor a contratar y pagar el transporte de la mercancía hasta el lugar convenido. Efectuar el despacho de exportación de la mercancía y contratar una póliza de seguro de protección de la mercancía en el transporte por un importe mínimo de 110% de su valor.

COFEPRIS: Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios,

COMPRANET: Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales desarrollado por la Secretaría de la Función Pública.

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Sección I

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CONTRATO(S)/PEDIDO(S): Acuerdo de voluntades que crea derechos y obligaciones entre la Dependencia o Entidad y el proveedor derivados de la presente licitación.

CONVOCANTE: La Secretaría de Salud a través de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.

CUADRO BASICO: Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos del Sector Salud, vigente expedido por el Consejo de Salubridad General.

DDP (Delivered Duty Paid) (entregado con pago de derechos)

En este término el vendedor realiza la entrega de la mercancía al comprador, despachada para la importación y no descargada de los medios de transporte a su llegada al lugar convenido del país de la importación. El vendedor asume todos los gastos y riesgos, incluidos derechos, impuestos y otras cargas por llevar la mercancía hasta aquel lugar, una vez despachada en aduana para la importación.

DEPENDENCIA O ENTIDAD:

Secretaría de Salud, IMSS, ISSSTE Y SEDENA.

DOF Diario Oficial de la Federación.

EMA Entidad Mexicana de Acreditación, A.C

FEUM: Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos.

IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social

ISSSTE: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

LEY: La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

LICITANTE(S): La persona física o moral que participe en la presente licitación.

OIC: El Órgano Interno de Control en cada Dependencia o Entidad.

OMS: Organización Mundial de la Salud.

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Sección I

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PROGRAMA INFORMÁTICO

El medio de captura desarrollado por la SFP que permite a los licitantes, así como al área adquirente, enviar y recibir información por medios remotos de comunicación electrónica, así como generar para cada licitación pública un mecanismo de seguridad que garantice la confidencialidad de las propuestas que reciban las convocantes por esa vía; y que constituye el único instrumento con el cual podrán abrirse los sobres que contengan las proposiciones en la fecha y hora establecidas en la convocatoria para el inicio de los actos de presentación y apertura.

PROPOSICIONES: Documentación que contiene las propuestas técnicas y económicas de los licitantes, así como aquella distinta a éstas.

PROVEEDOR(ES): La persona física o moral con quien la Secretaría celebre el contrato/pedido derivado de la presente licitación.

PARTIDA La división o desglose de los bienes o servicios, contenidos en un procedimiento de contratación o en un contrato o pedido, para diferenciarlos unos de otros, clasificarlos o agruparlos.

REGLAMENTO: El Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

SAI En el caso del IMSS, Sistema de Abasto Institucional. Conjunto de acciones programadas en medios electrónicos que permiten realizar actividades comprendidas en el proceso de abastecimiento y suministro, de manera automatizada en red.

SECRETARÍA: La Secretaría de Salud.

SEDENA Secretaria de la Defensa Nacional

SFP: La Secretaría de la Función Pública.

SOBRE CERRADO Cualquier medio que contenga la proposición, cuyo contenido puede ser consultado hasta el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, en términos de la Ley.

TESOFE: La Tesorería de la Federación.

TRATADOS: Los convenios celebrados entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y uno o varios sujetos de derecho internacional público.

UNIDAD ALMACENARÍA O ALMACÉN

Es el área donde se reciben guardan, almacenan, controlan y despachan bienes de consumo, dentro de la circunscripción que le corresponde y donde se encuentra el responsable de firmar la Remisión del Proveedor y en su caso, la Remisión del Pedido, de los bienes recibidos

USCy: Dólares de los Estados Unidos de América (United States Currency).

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Sección I

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SECCIÓN I

GENERALIDADES DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN.

1 REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN ESTA LICITACIÓN.

Sólo podrán participar PROVEEDORES mexicanos y extranjeros y, en su caso, los bienes que oferten serán de origen nacional o de países con los que los Estados Unidos Mexicanos, tenga celebrado un tratado de libre comercio que contenga un título o capítulo de compras del sector público vigente y bajo la cobertura de los cuales se realiza esta licitación. No encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en los artículos, 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la LEY. Presentar PROPOSICIONES conforme a las BASES. Adquirir las BASES de esta licitación y haberse pagado en Institución Bancaria o TESOFE, ya sea mediante el formulario SAT 16 ó a través del recibo que genera el sistema electrónico COMPRANET en la dirección http://compranet.gob.mx. El costo de las BASES se determina en la Sección II de las BASES. Para los LICITANTES que opten por presentar sus PROPOSICIONES por vía electrónica, deberán adquirir las BASES a través del sistema de pago en Institución Bancaria por medio de los formatos que para este efecto expide COMPRANET. Las BASES se pondrán a disposición de los interesados, tanto en el domicilio y horario señalados en la Sección II de las BASES como en COMPRANET, a partir del día en que se publique la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES, conforme al calendario señalado en la Sección antes referida, siendo responsabilidad exclusiva de los interesados adquirirlas oportunamente durante este período. Quien efectúe el pago mediante formulario SAT 16 deberá presentar a la CONVOCANTE copia fotostática del comprobante de pago en el que conste el sello o sellos de la Institución Bancaria o TESOFE y original para su cotejo, a efecto de que le sea entregada copia de las BASES correspondientes, en el domicilio señalado en la Sección II de las BASES. Quien adquiera las BASES a través de COMPRANET, deberá imprimir las mismas, así como el recibo de pago que genera dicho sistema y pagar en la Institución Bancaria correspondiente.

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Sección I

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Es importante destacar que ninguna de las condiciones contenidas en las BASES, así como las PROPOSICIONES presentadas por los LICITANTES podrán ser negociadas. Una vez recibidas las PROPOSICIONES en la fecha, hora y lugar establecidos en la Sección II de las BASES, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de la presente licitación hasta su conclusión. Por el hecho de presentar PROPOSICIONES, el LICITANTE acepta y se obliga a cumplir con las condiciones establecidas en estas BASES y en la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones, no pudiendo renunciar a su contenido y alcance en el entendido que solo podrá presentar una PROPOSICIÓN para esta licitación. 2 INSTRUCCIONES GENERALES PARA LA PREPARACIÓN E INTEGRACIÓN DE PROPOSICIONES.

Elaborar sus PROPOSICIONES por escrito, en idioma español, preferentemente en papel membretado del LICITANTE.

Las PROPOSICIONES deberán abarcar mínimo el 60% del volumen total de los BIENES requeridos en cada partida según lo indicado en la Sección VI de las BASES.

Evitar tachaduras y enmendaduras.

Los LICITANTES deberán cumplir, en su caso, con las licencias, autorizaciones y/o permisos señalados en la Sección II de las BASES. Los BIENES objeto de la presente licitación, deberán cumplir con las normas oficiales mexicanas o las normas mexicanas, y a falta de estas las normas internacionales o, en su caso, las normas de referencia o especificaciones en términos de lo dispuesto en el artículo 13 del REGLAMENTO, señaladas en la Sección II de las BASES.

Todos los documentos que se soliciten como obligatorios en la Sección II de las BASES, deberán elaborarse con toda claridad y precisión a fin de evitar errores de interpretación, considerando todos y cada uno de los requisitos solicitados en estas BASES.

Reproducir y requisitar los modelos de anexos de la Sección V de las BASES, de acuerdo con la información solicitada en los mismos y preferentemente en papel membretado del LICITANTE. Para el caso de la propuesta económica, deberá considerarse entre otros aspectos lo siguiente:

1) Los precios cotizados deberán cubrir los costos de los BIENES, así como gastos inherentes a la entrega, impuestos, seguros, fianzas, derechos, licencias, fletes, empaques, carga y descarga.

2) Cotizar en la moneda indicada en la Sección II de las BASES.

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Sección I

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3) Establecer precios fijos considerando que la cotización deberá presentarse hasta centavos.

4) Cuidar que las operaciones aritméticas realizadas sean correctas en los importes unitarios y totales.

De señalarse en la Sección II de las BASES, los LICITANTES podrán presentar PROPOSICIONES conjuntas cumpliendo con los siguientes aspectos:

a) Haber obtenido alguno de los integrantes del grupo solamente un ejemplar de BASES.

Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en términos de la legislación aplicable en donde se establezca lo siguiente:

Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas

integrantes, identificando, en su caso los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas

agrupadas, identificando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación

La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y

suficiente, para atender todo lo relacionado con la PROPOSICION en el procedimiento de licitación, mismo que firmará la proposición;

La descripción de las partes objeto del CONTRATO/PEDIDO que

corresponda cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y

Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado

en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del CONTRATO/PEDIDO que se firme.

No encontrarse ninguno de los miembros de la agrupación en alguno de los supuestos establecidos en los artículos, 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la LEY.

Las PROPOSICIONES deberán ser firmadas por el representante común que haya sido designado por los integrantes de la agrupación.

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2.1 PROPOSICIONES POR ESCRITO. Los LICITANTES que opten por presentar sus PROPOSICIONES por escrito, lo harán en un sobre cerrado debidamente identificado con el nombre del LICITANTE, el número y nombre de la presente licitación, el cual contendrá la información solicitada en la Sección II de las BASES. No obstante, la documentación distinta a las proposiciones podrá presentarse fuera del sobre. Las PROPOSICIONES deberán estar firmadas autografamente por persona facultada legalmente para ello en la última hoja del documento que las contenga y en el caso de los modelos de anexos de la Sección V de las BASES, deberán firmarse en la parte que se indique. De preferencia las hojas deberán foliarse.

2.2 PROPOSICIONES POR VÍA ELECTRÓNICA. A elección del LICITANTE, podrá presentar sus PROPOSICIONES por vía electrónica, conforme al “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas (PROPOSICIONES en la presente licitación) dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía”, publicado en el DOF el 9 de Agosto del año 2000. Los LICITANTES que opten por enviar sus PROPOSICIONES por vía electrónica, deberán previamente haber certificado sus medios de identificación electrónica en la SFP y haber obtenido el programa informático para ello, conforme a las disposiciones de esa dependencia y deberá cumplirse con los siguientes requisitos:

a) Reconocerán como propia y auténtica la información que por vía electrónica envíen a través de COMPRANET, y que a su vez, se distinga por medio de identificación electrónica que les certifique la SFP. En dicha información quedarán comprendidas las PROPOSICIONES; la documentación distinta a éstas, y las manifestaciones bajo protesta de decir verdad que le requiera la CONVOCANTE.

b) Notificarán oportunamente a la SFP, bajo su responsabilidad, respecto de

cualquier modificación o revocación de las facultades otorgadas a su apoderado o representante al que le haya sido entregado un certificado digital.

c) Aceptarán que el uso de su certificado digital por persona distinta a la autorizada

quedará bajo su exclusiva responsabilidad.

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Sección I

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d) Admitirán que se tendrá por no presentadas las PROPOSICIONES y la demás documentación requerida por la CONVOCANTE, cuando los sobres en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo del LICITANTE.

e) Aceptarán que se tendrán por notificados del fallo y de las actas que se levanten

con motivo de ésta licitación, cuando éstos se encuentren a su disposición a través de COMPRANET.

f) Consentirán que será motivo de que la SFP invalide su certificado digital, cuando

haga mal uso de la red privada de comunicaciones de COMPRANET.

g) En caso de que se suscite alguna controversia relacionada con el uso de COMPRANET, aceptarán someterse a la jurisdicción, de los tribunales federales competentes con residencia en el Distrito Federal.

h) Preferentemente, deberán identificar cada una de las páginas que integren sus

PROPOSICIONES, con los datos siguientes: Registro Federal de Contribuyentes, número de licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación, deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de apertura de las PROPOSICIONES. A fin de agilizar los actos de apertura de PROPOSICIONES, se sugiere no utilizar papel membretado.

i) En las licitaciones que se realicen bajo la cobertura de tratados de los que

México sea parte, será necesario que el LICITANTE nacional o extranjero confirme mediante correo electrónico o fax indicados en la Sección II, que las PROPOSICIONES enviadas corresponden al propio LICITANTE, dentro de los tres días hábiles siguientes al acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES, en el entendido de que si no se cumple este requisito sus PROPOSICIONES serán desechadas.

j) Los LICITANTES deberán incluir en las PROPOSICIONES que presenten por

medios electrónicos, una declaración en la que manifiesten que aceptan todas las cláusulas y condiciones de la convocatoria y BASES de la licitación.

Asimismo deberán concluir el envío de sus PROPOSICIONES, a más tardar una hora antes de la fecha y hora establecida en la convocatoria y en la Sección II de las BASES, para el inicio del acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES.

La SFP a través de COMPRANET, emitirá a los LICITANTES un acuse de recibo electrónico con el que acreditará la recepción de sus PROPOSICIONES.

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3 PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN.

La licitación pública inicia con la publicación de la convocatoria en el DOF, y concluye con la firma del CONTRATO/PEDIDO.

3.1 JUNTA DE ACLARACIONES.

La CONVOCANTE celebrará una junta de aclaraciones de conformidad con lo señalado en la Sección II de las BASES; en la que solamente podrán formular preguntas los LICITANTES que hayan adquirido las BASES correspondientes, lo cual deberá acreditarse con copia del comprobante de pago de las mismas, en caso contrario únicamente se le permitirá su asistencia, en el entendido que se abstendrán de participar de cualquier modo en el acto.

En el acta de la junta de aclaraciones podrá señalarse día, hora y lugar para la celebración de una segunda o ulteriores juntas, debiendo indicar cual de ellas es la última.

Se recomienda a los LICITANTES obtener copia del(las) acta(s) de dicha(s) junta(s) ya que cualquier modificación o aclaración será considerada como parte integrante de las BASES, y por lo tanto obligatorias para todos los LICITANTES, aún y cuando no se hubiesen presentado a este acto.

A fin de agilizar el presente acto, se recomienda a los LICITANTES elaborar y presentar sus preguntas por escrito preferentemente desde la fecha de publicación y hasta antes del inicio del acto, (presentando de manera opcional éstas en disquete en programa word) y preferentemente en papel membretado del LICITANTE conforme al modelo de anexo de la Sección V de las BASES, o a través del correo electrónico señalado en la Sección II de las BASES. Las anteriores recomendaciones no impiden la formulación espontánea de preguntas durante la realización del acto, de las que el LICITANTE deberá dejar constancia por escrito de cada una de ellas.

Las preguntas formuladas por los LICITANTES, las respuestas y modificaciones que haga la CONVOCANTE, se leerán en voz alta, identificando el nombre del LICITANTE que formula las preguntas, las que constarán en acta que al efecto se levante y contendrá la firma de los asistentes y en consecuencia formarán parte integrante de las BASES. La falta de firma de algún LICITANTE no invalidará su contenido.

Las preguntas recibidas con posterioridad al último día de venta de bases de licitación, por resultar extemporáneas, no serán contestadas y se integrarán al expediente respectivo, excepto que la convocante estime conveniente programar una nueva reunión para ello, respetando los plazos previstos en la Ley.

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Sección I

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3.2 DESARROLLO DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.

Previo al acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES, la CONVOCANTE verificará que los LICITANTES que participan por medios electrónicos hayan realizado el pago de las BASES, mediante la consulta que realice a través de COMPRANET, con lo cual se dará por acreditado el pago.

Los LICITANTES o cualquier otra persona interesada deberán registrar su asistencia.

Se realizará en el domicilio, horario y fecha señalados en la convocatoria y en la Sección II de la BASES, o en su caso, a lo establecido en la junta de aclaraciones; llegada la hora programada para la realización del acto, será cerrado el recinto, de tal suerte que no se permitirá el acceso a más LICITANTES ni observadores, excepto servidores públicos, así mismo los LICITANTES no podrán recibir documentación del exterior de dicho recinto; se declarará iniciado el acto; se procederá a la presentación de los servidores públicos, y se pasará lista de asistencia a los LICITANTES y demás participantes.

El acto será presidido por el servidor público designado por la CONVOCANTE, quien será la única autoridad facultada para aceptar o desechar PROPOSICIONES, y en general, para tomar cualquier decisión durante la realización del acto.

Los LICITANTES serán nombrados conforme a la lista de asistencia por el servidor público que presida el acto, procediendo en primer término a la recepción de los sobres que presumiblemente contienen las PROPOSICIONES. Posteriormente se verificará en la bóveda de COMPRANET si existen PROPOSICIONES presentadas por vía electrónica.

Acto seguido se procederá a la apertura de las PROPOSICIONES que en su caso se hayan recibido por vía electrónica y posteriormente los sobres que presumiblemente contengan las PROPOSICIONES presentadas en papel.

En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES, por causas ajenas a la voluntad de la SFP o de la CONVOCANTE, no sea posible abrir los sobres que presumiblemente contengan las PROPOSICIONES enviadas por medios electrónicos, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción, salvo lo previsto en el inciso d) de la disposición sexta del Acuerdo señalado en el punto 2.2 de esta Sección.

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Sección I

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Se procederá a la revisión cuantitativa de la documentación solicitada como obligatoria en la Sección II de las BASES, sin entrar al análisis detallado de su contenido.

Si de la revisión cuantitativa se desprende que algún LICITANTE omitió la presentación de algún documento solicitado como obligatorio en la Sección II de las BASES, se procederá a desecharle en su totalidad las PROPOSICIONES o la(s) partida(s).

Por lo menos un LICITANTE, si asistiere alguno y el servidor público de la CONVOCANTE facultado para presidir el acto o el servidor público que éste designe, rubricarán la documentación presentada por los LICITANTES, en el entendido que solo se rubricará aquella solicitada como obligatoria en la Sección II de las BASES.

Las PROPOSICIONES presentadas a través de medios electrónicos, se imprimirán para su rúbrica.

Se dará lectura al precio unitario de cada una de las partidas que integran las PROPOSICIONES, así como al importe total de cada proposición, ó en su caso, la CONVOCANTE podrá omitir dar lectura al precio de cada una de las partidas, cuando éstos se incluyan en el acta del evento, o se anexen a la misma.

Se levantara acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las PROPOSICIONES, en la que se harán constar las PROPOSICIONES aceptadas para su posterior evaluación y el importe de cada una de ellas, así como las que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron, las PROPOSICIONES que por medios electrónicos fueron recibidas en tiempo y forma, así como el lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación. El acta será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma, la falta de firma de algún LICITANTE no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido o se hayan retirado, para efectos de su notificación.

3.3 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la CONVOCANTE, que tengan como propósito facilitar la presentación de las PROPOSICIONES y agilizar la conducción de los actos de la licitación, la inobservancia por parte de los LICITANTES respecto a dichas condiciones, no será motivo para desechar sus PROPOSICIONES. La forma de adjudicación se llevará a cabo de acuerdo a lo establecido en la Sección II de las BASES.

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Sección I

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En su caso se realizarán visitas a las instalaciones de los LICITANTES en los términos que se señalen en la Sección II de las BASES. La CONVOCANTE, en su caso, solicitará muestras físicas, catálogos, fichas técnicas o folletos en los términos establecidos en la Sección II de las BASES. Una vez hecha la evaluación de las PROPOSICIONES, el CONTRATO/PEDIDO se adjudicará al (los) LICITANTE(S) que reúna(n) las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la CONVOCANTE. Asimismo, en caso de empate en el precio de dos o más propuestas económicas, la CONVOCANTE adjudicará a favor del LICITANTE que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la CONVOCANTE en el propio acto del fallo; el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta económica que resulte empatada y depositada en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto del LICITANTE ganador. En caso de que el fallo no se celebre en junta pública se requerirá previa invitación por escrito, la presencia de los LICITANTES y de un representante del OIC y se levantará acta que firmarán los asistentes sin que la inasistencia o la falta de firma de los LICITANTES invalide el acto. Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas económicas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la CONVOCANTE, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse. Si el LICITANTE no acepta la corrección de la propuesta económica, ésta se desechará, o sólo las partidas que sean afectadas por tal error. Cuando la CONVOCANTE no establezca en la Sección II de las BASES, para la evaluación el criterio de costo beneficio, se procederá a realizar la evaluación de conformidad a lo señalado en el punto 3.3.3 de esta SECCIÓN, considerando en su caso, las dos PROPOSICIONES más bajas, de no resultar aceptadas éstas por no reunir los requisitos establecidos en las BASES, se procederá a la evaluación de las siguientes PROPOSICIONES más bajas y así sucesivamente, hasta contar si fuera posible, con dos PROPOSICIONES solventes. 3.3.1 EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Una vez concluido el acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES, el ÁREA CONVOCANTE pondrá las PROPOSICIONES presentadas por los LICITANTES a disposición del ÁREA SOLICITANTE de cada DEPENDENCIA o ENTIDAD, para que

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Sección I

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ésta y/o el ÁREA TÉCNICA de cada DEPENDENCIA O ENTIDAD lleven a cabo la evaluación cualitativa de las mismas, conforme a lo dispuesto en la Sección II de las BASES y elaboren el dictamen, el cual deberá especificar las partidas y/o agrupación de partidas que cumplen o no con lo solicitado en las BASES y las causas sobre el desechamiento de aquellas partidas o agrupación de partidas que no aprobaron la evaluación, considerando que la documentación correspondiente a las condiciones legales, será evaluada por el área que designe la CONVOCANTE. El resultado de todo lo anterior, servirá como base a la CONVOCANTE para la elaboración del dictamen a que se refiere el artículo 36 Bis de la LEY y, para la emisión del fallo respectivo. Para realizar la comparación de ofertas, al precio de la oferta CIP (productos ofertados por Importación Directa), contra los nacionales, se agregará el porcentaje promedio de 2.5% (dos punto cinco por ciento) generados por gastos de importación, el costo del flete asegurado hasta el almacén y el derecho de trámite aduanero (DTA). 3.4 ACTO DE FALLO. En junta pública o por escrito de conformidad con lo establecido en la Sección ll de las BASES, se dará a conocer el fallo respectivo. De llevarse a cabo en junta pública lo anterior, se levantará el acta respectiva que firmarán los asistentes, a quienes se les entregará copia de la misma. La falta de firma de algún LICITANTE no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido o se hayan retirado, para efectos de su notificación. En caso de que el fallo se de a conocer por escrito, la CONVOCANTE lo notificará a cada uno de los LICITANTES, dentro de los cinco días naturales siguientes a su emisión. 3.5 ASISTENCIA A LOS ACTOS Y NOTIFICACIONES. Los actos correspondientes a la(s) junta(s) de aclaraciones, presentación y apertura de PROPOSICIONES y de ser el caso, el fallo, tendrán el carácter de públicos y se levantará acta de los mismos. A dichos actos, podrán asistir los LICITANTES cuyas PROPOSICIONES hayan sido desechadas durante la presente licitación. También podrá asistir cualquier persona que sin haber sido invitada manifieste su interés de estar presente en dichos actos, así como los representantes de las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras Organizaciones no Gubernamentales, con la condición de que deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir de cualquier forma en los mismos.

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Sección I

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El hecho de que los LICITANTES opten por utilizar medios electrónicos para enviar sus PROPOSICIONES, no limita en ningún caso que asistan a los diferentes actos derivados de la LICITACIÓN. Aceptarán que se tendrán por notificados del fallo y de las actas que se levanten con motivo de esta licitación, cuando éstas se encuentren a su disposición a través de COMPRANET.

El aviso que contendrá la información en donde serán proporcionadas las copias de las actas que se levanten de cada uno de los actos, se pondrá al finalizar los mismos en cualquiera de los tableros informativos de licitaciones, ubicados en Av. Paseo de la Reforma No. 10, piso 3, Torre Caballito, Colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06030, México, D.F., dicho aviso permanecerá por un término no menor a cinco días hábiles, siendo exclusiva responsabilidad de los LICITANTES acudir a enterarse de su contenido y obtener la copia correspondiente, en el entendido que dicho procedimiento sustituye a la notificación personal.

4 DESECHAMIENTO.

Se desecharán las PROPOSICIONES, partida(s) que se ubiquen en cualquiera de las siguientes situaciones:

a) Cuando no se cumpla con alguno de los requisitos solicitados como obligatorios en las BASES, así como los que deriven del acto de junta de aclaraciones y con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la propuesta, conforme a lo previsto en el ultimo párrafo del articulo 36, de la LEY, así como cuando se compruebe que algún LICITANTE ha acordado con otro u otros elevar los precios de los BIENES objeto de esta licitación, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás LICITANTES.

b) Cuando la Secretaria de Economía, determine mediante comunicado que alguno

de los participantes en esta licitación hubiera contravenido el Código Antidumping, del Acuerdo General Sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, así como el Reglamento Contra Prácticas Desleales de Comercio Internacional

c) Cuando se compruebe que el LICITANTE se encuentra en alguno de los supuestos a que se refieren los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la LEY.

d) Cuando se presente más de una PROPOSICIÓN para el mismo bien, por un

mismo LICITANTE.

e) Cuando habiéndose presentado un error de cálculo en la propuesta económica, el LICITANTE no acepte la rectificación por parte de la CONVOCANTE, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios.

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Sección I

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f) Cuando la autoridad facultada compruebe la presentación de documentos alterados, o apócrifos. incluidos los registros sanitarios y proyectos de marbetes.

g) Cuando el precio ofertado no sea aceptable, conforme a la investigación de precios realizada por el ÁREA SOLICITANTE.

h) La falta de confirmación mediante correo electrónico o fax, dentro del plazo establecido (en el punto 2.2 inciso i), de esta sección, de que las PROPOSICIONES enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica corresponden al propio LICITANTE.

i) Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la LEY, REGLAMENTO o a cualquier otro ordenamiento legal o normativo vinculado con este procedimiento.

j) Cuando omita ofertar al menos el 60% de la demanda total por partida.

5 SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN.

La SFP o el OIC con base en sus atribuciones, podrán suspender la presente licitación al dar trámite a alguna inconformidad o realizar las investigaciones que conforme a sus facultades resulten pertinentes.

Recibida la notificación de la SFP o del OIC, la CONVOCANTE suspenderá todo acto relacionado con el procedimiento de licitación. En tal situación, la CONVOCANTE se compromete a informar por escrito a los LICITANTES en un término no mayor de 5 días hábiles, independientemente de asentar tal circunstancia en el acta que al efecto se levante y que se pondrán para efectos de su notificación a disposición de los LICITANTES, fijándose en los tableros informativos señalados en el punto 3.5 de esta Sección. El procedimiento se reanudará en los términos de la orden o resolución que emita la SFP o el OIC, lo que se deberá hacer del conocimiento a los LICITANTES por escrito.

6 CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN, PARTIDA(S).

La CONVOCANTE podrá cancelar una licitación o partida(s) por caso fortuito o fuerza mayor. De igual manera se podrá cancelar cuando existan circunstancias debidamente justificadas que provoquen la extinción de la necesidad para contratar los BIENES, y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la SECRETARÍA.

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Sección I

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La determinación de dar por cancelada la licitación o partida(s), deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los LICITANTES.

7 DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN, PARTIDA(S) .

La CONVOCANTE, procederá a declarar desierta la licitación o partida(s) cuando:

a) Vencido el plazo de venta de las BASES, ningún interesado las adquiera. b) No se presenten PROPOSICIONES en el acto de presentación y apertura. c) Las PROPOSICIONES presentadas no reúnan los requisitos de las BASES. d) Sus precios no fueran aceptables o convenientes, conforme a la investigación de

precios realizada por el ÁREA SOLICITANTE. Cuando una, varias partidas se declaren desiertas, la CONVOCANTE podrá, sólo respecto a las mismas celebrar una nueva licitación, o bien un procedimiento de invitación a cuando menos tres personas, o de adjudicación directa según corresponda. 8 INCONFORMIDADES. El procedimiento, plazos y formalidades para la presentación y substanciación de la inconformidad, serán los que se establecen en el Título Séptimo de la LEY y Capítulo Segundo del Título Sexto del REGLAMENTO. 9 CONTROVERSIAS. Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de la LEY o de los CONTRATOS/PEDIDOS derivados de esta licitación, serán resueltos por los tribunales federales. Los actos, CONTRATOS/PEDIDOS y convenios que celebre la CONVOCANTE en contravención a lo dispuesto por la legislación aplicable a la materia, serán nulos previa declaración de la autoridad competente. 10 INFRACCIONES Y SANCIONES. Conforme a lo dispuesto en el Título Sexto de la LEY y Capítulo Primero del Título Sexto del REGLAMENTO.

11 SITUACIONES NO PREVISTAS EN LAS BASES. Cualquier situación no prevista en las BASES podrá ser resuelta por la CONVOCANTE apegándose a la legislación y demás disposiciones administrativas aplicables. De cualquier manera la CONVOCANTE estará facultada para realizar las consultas que

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Sección I

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estime necesarias a la SFP, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Secretaría de Economía, con base en las atribuciones conferidas a éstas. 12 NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE) ANEXO D SECCIÓN V DE LAS BASES.

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Sección II

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SECCIÓN II

PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE ESTA LICITACIÓN.

A continuación se establecen las particularidades aplicables al presente procedimiento de licitación:

CALENDARIO DE EVENTOS:

PUBLICACIÓN DE CONVOCATORIA

9 de septiembre de 2008

JUNTA DE ACLARACIONES

(Sección I, punto 3.1)

23 de septiembre de 2008 11: 00 horas

PRESENTACIÓN Y APERTURA DE

PROPOSICIONES (Sección I, punto 3.2)

6 de octubre de 2008 12:00 horas

FALLO (Sección I, punto 3.4)

SE DARA A CONOCER: EN JUNTA PUBLICA ( X ) La fecha del fallo se dará a conocer en el acto de presentación y apertura de proposiciones.

LOS EVENTOS SERÁN REALIZADOS EN:

En la sala de eventos de la Dirección General Adjunta de Adquisiciones, Suministros y Servicios Generales de la Secretaría de Salud, ubicada en Av. Paseo de la Reforma No. 10, piso 3, Torre Caballito, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F. C.P. 06030.

COSTO DE LAS BASES (Sección I, punto 1)

$996.00 (novecientos noventa y seis pesos 00/100 M.N.)

DOMICILIO Y HORARIO PARA OBTENER COPIA

DE LAS BASES PAGADAS MEDIANTE FORMULARIO SAT 16

(Sección I, punto 1)

En la Secretaría de Salud (Subdirección de Adquisiciones de Insumos Médicos), ubicada en Av. Paseo de la Reforma No. 10, piso 3, Torre Caballito, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F. C.P. 06030, en un horario de las 10:00 a las 15:00 horas, en días hábiles de lunes a viernes.

MONEDA EN QUE SE DEBERA COTIZAR

(Sección I, numeral 2) USCy, hasta con cuatro decimales.

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Sección II

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JUNTA DE ACLARACIONES

(Sección I, punto 3.1)

Las preguntas para las juntas de aclaraciones se podrán presentar: - A través de la dirección del correo electrónico

[email protected] y/o al fax 50-63-82-00 ext. 2030 ó 50-63-82-01.

- En la Subdirección de Adquisiciones de Insumos Médicos de la Dirección General Adjunta de Adquisiciones, Suministros y Servicios Generales, con domicilio en Av. Paseo de la Reforma No 10, Edificio Torre Caballito, 3er. Piso, Col. Tabacalera, C.P. 06030 México D.F. de manera personal en los días previos a la junta de aclaraciones en un horario de 10:00 a 15:00 horas en días hábiles.

- y/o al inicio de la junta de aclaraciones o durante el desarrollo de esta.

Para estos efectos podrá ser utilizado el modelo de anexo 1 y 1A de la Sección V de las BASES.

NOTA: Deberán anexar copia del comprobante de pago de BASES. Asimismo, en el caso de que el FAX no sea legible o el correo electrónico no pueda abrirse, la CONVOCANTE no asume la responsabilidad de este hecho, por lo que se sugiere confirmar el envío.

LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y/O

PERMISOS (Sección I, punto 2)

Aplica ( X ) Licencia Sanitaria vigente y Registro Sanitario vigente. No aplica ( )

PARTICIPACIÓN CONJUNTA

(Sección I, punto 2)

Aplica ( X ) No aplica ( )

EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES

(Sección I, punto 3.3.3)

Para aquellos LICITANTES que hayan optado por

presentar sus PROPOSICIONES por vía electrónica deberán con

excepción de los documentos 1 y 2, ajustarse

a lo solicitado en el punto 2.2, de la Sección I.

DOCUMENTACION DISTINTA A LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONOMICA:

Documento 1.- (Obligatorio). “Copia legible del comprobante de pago de BASES” (y original para su cotejo en caso de presentar sus PROPOSICIONES por escrito). Evaluación: Se verificará que el pago haya sido en tiempo y forma, que corresponda al presente procedimiento de licitación, que contenga el nombre del LICITANTE y que se encuentre debidamente sellado por la Institución Bancaria o TESOFE.

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Sección II

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En el caso de las PROPOSICIONES presentadas por vía electrónica, la verificación se hará conforme al listado proporcionado por COMPRANET. Documento 2.- (Opcional).- Quien concurra en representación de una persona física o moral con el objeto de entregar y recibir documentación; comparecer a los actos de presentación y apertura de PROPOSICIONES, del fallo; solicitar aclaraciones que deriven en dichos actos; oír y recibir notificaciones; deberá presentar “CARTA PODER” firmada autógrafamente por la persona facultada legalmente y aquellas que se señalan, en el modelo de anexo 2 de la Sección V de las BASES; así como copia legible de su identificación oficial y original para su cotejo. Evaluación: Se verificará que quien concurra en representación del LICITANTE presente dicho documento a su nombre, en términos del modelo de anexo referido conteniendo las firmas autógrafas solicitadas, se cotejara que la identificación corresponda a la persona señalada en la “CARTA PODER”. Nota Únicamente podrán participar con derecho a voz en los diferentes actos de la presente licitación, la persona facultada legalmente o en su caso a quien se le haya otorgado la facultad mediante la carta poder. Documento 3.- (Obligatorio).- “ACREDITAMIENTO DE PERSONALIDAD JURÍDICA”, documento “Bajo Protesta de Decir Verdad”, firmado autógrafamente por la persona facultada legalmente para ello según modelo de anexo 3 de la Sección V de las BASES. Evaluación: Se verificará que dicho documento contenga la manifestación “Bajo Protesta de Decir Verdad”; que esté firmado autógrafamente por la persona facultada legalmente para ello, que lo manifestado se apegue a lo solicitado en el modelo de anexo referido y que la descripción del objeto social señalado en dicho anexo, Indique que se dedica a la venta de los BIENES solicitados.

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Sección II

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Documento 4.- (Obligatorio).- “MANIFIESTO DE NO EXISTIR IMPEDIMENTO PARA PARTICIPAR”, documento “Bajo Protesta de Decir Verdad” firmado autógrafamente por la persona facultada legalmente para ello según modelo de anexo 4 de la Sección V de las BASES. Evaluación: Se verificará que dicho documento contenga la manifestación “Bajo Protesta de Decir Verdad”; que esté firmado autógrafamente por la persona facultada legalmente para ello y que lo manifestado se apegue a lo solicitado en el modelo de anexo referido. Documento 5.- (Obligatorio).- “DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD”; firmado autógrafamente por la persona facultada legalmente para ello, según modelo de anexo 5 de la Sección V de las BASES.

Evaluación: Se verificará que dicho documento contenga la manifestación requerida; que esté firmado autógrafamente por la persona facultada legalmente para ello, y que lo manifestado se apegue a lo solicitado en el modelo de anexo referido.

Documento 6.- (Obligatorio para los LICITANTES que presenten PROPOSICIONES conjuntas) “CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA”, previsto en el punto 2 de la Sección I de las BASES, así como presentar manifestación por cada uno de los miembros de la agrupación, de no existir impedimento para participar, según modelo de anexo 4 de la Sección V de las BASES y declaración de integridad de cada uno de los miembros de la agrupación, según modelo de anexo 5 de la Sección V de las BASES.

Evaluación: Se verificará que dicho convenio contenga los requisitos enlistados en el punto referido, y que el manifiesto de no existir impedimento para participar y la declaración de integridad de cada uno de sus miembros se acompañe y se apegue a lo solicitado en los anexos 4 y 5.

En caso de resultar adjudicado, éste documento se deberá presentar a la firma del CONTRATO/PEDIDO, como se indica en la Sección III punto 1 de las BASES.

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Sección II

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PROPUESTA TECNICA

Documento 7.- (Obligatorio). “Descripción amplia y detallada del BIEN”, deberá estar firmado autógrafamente por la persona facultada legalmente para ello en la última hoja del documento que la contenga, según modelo de Anexo 9 de la Sección V de las BASES. Este documento deberá ser presentado por cada una de las partidas ofertadas y de conformidad a lo solicitado en el Anexo Técnico de la Sección VI de las BASES. Evaluación: Se verificará que el documento referido esté firmado autógrafamente por la persona facultada legalmente para ello en la última hoja del documento que lo contenga y que la información contenida, corresponda a las especificaciones solicitadas en el Anexo Técnico. Documento 8.- (Obligatorio).- Manifiesto de cumplimiento de normas, firmado autógrafamente por la persona facultada legalmente para ello, en donde manifieste que los BIENES ofertados cumplen con las normas señaladas en el apartado de “normas de esta misma sección”

Este documento será presentado por el LICITANTE en formato libre preferentemente en papel membretado del LICITANTE, identificando el número y nombre de la licitación. Evaluación: Se verificará que el documento esté firmado y que contenga la relación de las normas solicitadas para cada bien ofertado. Documento 9.- (Obligatorio para los LICITANTES que oferten BIENES de importación, de conformidad a los TRATADOS). Escrito en el que, el LICITANTE y el fabricante de los BIENES, manifiesten “Bajo Protesta de Decir Verdad” que los BIENES importados cumplen con las reglas de origen o reglas de marcado, según proceda, establecidas en el tratado de libre comercio que corresponda para efectos de compras del sector público, conforme al formato del anexo 7 de la Sección V, o en escrito libre, idéntico al contenido de dicho anexo y firmado autografamente en la parte inferior del documento por el LICITANTE o su representante legal y por el FABRICANTE de los BIENES ofertados o por su

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Sección II

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representante legalmente autorizado.

Según lo dispuesto en el Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio publicado en el D.O.F. el 28 de febrero de 2003. Evaluación: Se verificará que el escrito referido contenga la manifestación “Bajo Protesta de Decir Verdad”; que esté firmado autógrafamente en la parte inferior del documento por el licitante o su representante legal y por el fabricante de los bienes ofertados o por su representante legalmente autorizado y que lo manifestado sea idéntico a lo solicitado en dicho anexo asimismo se verificará que con el país de origen de los bienes exista un título o capitulo de compras vigente dentro del tratado de libre comercio celebrado por México, Documento 10.- (Obligatorio para los LICITANTES que oferten BIENES de origen nacional). Escrito en el que, el LICITANTE y el fabricante de los BIENES, manifiesten “Bajo Protesta de Decir Verdad”, que los BIENES de origen nacional cumplen con lo establecido en el artículo 28 fracción I, de la LEY, conforme al formato de Anexo 8 de la Sección V de las BASES, o con las reglas de marcado publicadas en el DOF el 9 de julio de 2002, utilizando el formato del anexo 7, firmado autógrafamente por el licitante o su representante legal y por el fabricante de los bienes ofertados o su representante legalmente autorizado.

Según lo dispuesto en el Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio publicado en el D.O.F. del 28 de febrero de 2003.

Evaluación: Se verificará que el ESCRITO referido, contenga la manifestación “Bajo Protesta de Decir Verdad”; que esté firmado autógrafamente por el LICITANTE o su representante legal y por el fabricante de los BIENES ofertados o por su representante legalmente autorizado y que lo manifestado sea idéntico a lo solicitado en dicho anexo, asimismo se verificará el origen de los bienes .

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Sección II

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Documento 11.- ( Obligatorio para los LICITANTES que presenten PROPOSICIONES por vía electrónica).-“Manifiesto de aceptación de todas las cláusulas y condiciones de la convocatoria y BASES de la licitación”.

Evaluación: Se verificará que dicho documento se apegue a lo solicitado, de conformidad al “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas (PROPOSICIONES en la presente licitación) dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía”, publicado en el DOF el 9 de Agosto del año 2000. Documento 12.- (Obligatorio).- Copia legible del Registro Sanitario vigente, expedido y firmado por la Autoridad Sanitaria de la SECRETARIA (actualmente COFEPRIS) con la descripción y autorización para la clave, así como copia del proyecto de marbete, según lo solicitado en el anexo técnico de la Sección VI de las BASES. En caso de haber modificaciones en las condiciones del Registro inicial cuando esté relacionado a la clave deberá anexar copia legible y de la modificación que contenga la información de la clave solicitada en el anexo técnico,. Documento(s) expedidos por la Autoridad Sanitaria de la SECRETARIA (actualmente COFEPRIS). Estos documentos deberá integrarse a cada formato de propuesta técnica presentada .

Evaluación: Se verificará que dichos documentos estén legibles, que estén expedidos y firmados por la Autoridad Sanitaria de la SECRETARIA (actualmente COFEPRIS), que el registro y proyecto de marbete corresponda(n) con las características y especificaciones técnicas del bien ofertado y solicitado y que contengan la descripción y autorización para la presentación de la clave solicitada en el anexo técnico de la Sección VI de la BASES. Si presentan modificaciones a las condiciones del Registro inicial estas deberán estar legibles, firmadas y selladas y que contengan la descripción y autorización para la presentación de la clave solicitada en el anexo técnico de la Sección VI de la BASES

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Sección II

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Documento 13 (Obligatorio).- Copia legible completa y vigente de la Licencia Sanitaria del LICITANTE, ya sea fabricante o distribuidor, especificando la autorización para la línea de fabricación, comercialización, distribución, y almacenamiento, según sea el caso de los BIENES ofertados. Documento expedido por la Autoridad Sanitaria de la SECRETARÍA (COFEPRIS).

Evaluación: Se verificará que dicho documento se encuentre legible, vigente, completo, con la autorización para la línea de fabricación, comercialización, distribución y almacenamiento de medicamentos para uso humano según sea el caso de los BIENES ofertados. Que este expedido por la Autoridad Sanitaria de la SECRETARÍA (COFEPRIS) y que se encuentre a nombre del LICITANTE, ya sea fabricante o distribuidor. Documento 14 (Obligatorio).- Copia legible completa y vigente del Aviso del Responsable Sanitario del LICITANTE,. Documento expedido por la Autoridad Sanitaria de la SECRETARÍA (COFEPRIS).

Evaluación: Se verificará que dicho documento se encuentre legible, vigente, completo. Que este expedido por la Autoridad Sanitaria de la SECRETARÍA (COFEPRIS).

Documento 15.- (Obligatorio).- Escrito del LICITANTE en papel preferentemente membretado del mismo, que contenga domicilio, teléfono y con firma autógrafa del LICITANTE o su representante legal, donde se señale que de resultar adjudicado se compromete a:

1. Proporcionar al momento de la entrega de los bienes los reactivos no comerciales o exclusivos de los productos adjudicados.

2. Proporcionar al momento de la entrega de los bienes los Estándares ” In House” requeridos para las pruebas y los protocolos de producción correctos y completos de los lotes que se someten a análisis .

3. Surtir las cantidades de dosis en el menor número de lotes.

4. Que se ajustará a los programas de ingreso de muestras a la Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura (CCAyAC).

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Sección II

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Evaluación: Se verificara que dicho escrito contenga domicilio, teléfono, la firma autógrafa del LCITANTE o su representante legal y que el contenido cumpla con lo solicitado. Documento 16.- (Obligatorio).- Escrito del LICITANTE en papel preferentemente membretado del mismo, que contenga domicilio, teléfono y con firma autógrafa del LICITANTE o su representante legal, en donde indique la cantidad de lotes a entregar así como el numero de dosis que integrara cada lote, por cada una de las entregas programadas para cada dependencia o entidad. Evaluación:

Se verificara que dicho escrito contenga domicilio, teléfono, la firma autógrafa del LCITANTE o su representante legal y que el contenido cumpla con lo solicitado. Documento 17.- (Obligatorio).- Copia legible y completa del documento expedido por la Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura (CCAyAC), en el que se señale que el LICITANTE presentó ante esa Comisión, la metodología de análisis de calidad sanitaria del biológico que se oferta y certifique que la misma se encuentra montada y validada por dicha Comisión. Para tal efecto, los licitantes deberán dirigirse a la Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura (CCAyAC), ubicada en Calzada de Tlalpan No. 4492, Col. Toriello Guerra, Deleg. Tlalpan, México, D.F. a la atención de la M. en C. Elvira Espinosa Gutiérrez, titular de la comisión en comento. Evaluación:

Se verificara que el documento este expedido y firmado por la (CCAyAC) y que el contenido se apegue a lo solicitado.

PROPUESTA ECONÓMICA

Documento 18 (Obligatorio).- “Propuesta Económica” firmada autógrafamente en la última hoja del documento que lo contenga por la persona facultada legalmente para ello, según modelo de Anexo 10 de la Sección V de las BASES.

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Sección II

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Evaluación: Se verificará que el documento referido esté debidamente requisitado de acuerdo al modelo de anexo 10 y firmado por la persona facultada legalmente para ello.

Nota: Se recomienda a los LICITANTES lo siguiente:

Presentar “RELACIÓN DE ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN”, según modelo de anexo 6 de la Sección V de las BASES. Dicho formato servirá a cada uno de los LICITANTES como constancia de entrega de la documentación a la CONVOCANTE, en caso de que el LICITANTE no lo presente, la CONVOCANTE elaborará dicho documento para su entrega correspondiente al LICITANTE.

Aquellos que presenten sus PROPOSICIONES por escrito, podrán acompañarlas de una versión electrónica, en programa Word para PC. La no presentación de lo anterior, no será motivo de desechamiento de su PROPOSICION.

Observar lo dispuesto en el punto 2 de la Sección I de las BASES.

VISITAS A LAS INSTALACIONES DE

LOS LICITANTES (Sección I, punto 3.3)

Aplica ( ) No aplica ( X )

MUESTRAS FÍSICAS, CATÁLOGOS, FICHAS

TÉCNICAS O FOLLETOS. (Sección I, punto 3.3)

Aplica ( ) No aplica ( X )

FORMA DE ADJUDICACIÓN

(Sección I, punto 3.3)

Por partida ( )

Agrupación de partidas ( )

Abastecimiento simultáneo (X) TIPO DE ABASTECIMIENTO. Para efectos de adquirir los bienes objeto de esta licitación, mediante el procedimiento de abastecimiento simultáneo, las fuentes de abastecimiento requeridas, los porcentajes que se

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Sección II

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asignarán a cada una y el porcentaje diferencial en precio se determinarán como sigue:

Una vez determinada la propuesta solvente más baja y, se cuente con 1 o más licitantes, cuyo diferencial de precio se encuentre dentro del rango de 2.5%, respecto de la propuesta solvente más baja, la adjudicación se realizará:

Para 2 (dos) fuentes de abasto:

Los LICITANTES podrán ofertar hasta el 100% de cada partida, en virtud de que si Alguna cantidad queda pendiente de asignación se podrá adjudicar al LICITANTE seleccionado en primer lugar.

NORMAS (Sección I, punto 3.3)

NOM-036-SSA2-2002.- Prevención y control de enfermedades. aplicación de vacunas, toxoides, sueros, antitoxinas e inmunoglobulinas en el humano. NOM-059-SSA1-1993.- Buenas prácticas de fabricación para establecimientos de la industria químico farmacéutica dedicada a la fabricación de medicamentos. NOM-072-SSA1-1993.- Etiquetado de medicamentos. NOM-073-SSA1-2005.- Estabilidad de fármacos y medicamentos. NOM-164-SSA1-1998.- Buenas prácticas de fabricación para fármacos. NOM-176-SSA1-1998.- Requisitos sanitarios que deben cumplir los fabricantes, distribuidores y proveedores de fármacos utilizado en la elaboración de medicamentos de uso humano. En caso de existir modificaciones a las normas citadas, deberán ser consideradas para su cumplimiento.

CONFIRMACIÓN DEL ENVÍO DE

PROPUESTAS POR MEDIOS REMOTOS DE

COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA.

(Sección I, punto 2.2 inciso i)

[email protected] y/o al fax: 50 63 82 01

La omisión de este requisito dentro de los tres días hábiles siguientes a la presentación de PROPOSICIONES será motivo de desechamiento de su PROPOSICIÓN.

PRIMER LUGAR SEGUNDO LUGAR

60% 40%

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Sección III

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SECCIÓN III

OBLIGACIONES CONTRACTUALES GENERALES

1. CELEBRACIÓN DEL CONTRATO/PEDIDO

El(los) LICITANTE(S) adjudicado(s) deberá(n) presentarse a firmar el CONTRATO/PEDIDO (según modelo de anexo E de la Sección V de las BASES) de acuerdo con lo señalado en la Sección IV de las BASES, entregando la siguiente documentación en cada DEPENDENCIA O ENTIDAD en donde se formalice el contrato:

Si es persona Moral: - Copia simple para su archivo, del acta constitutiva y, en su caso, de la última

modificación a la misma y copia certificada para su cotejo. - Copia del poder notarial para su archivo, en el cual conste la facultad para

contratar y copia certificada para su cotejo. - Copia de identificación oficial vigente, (cartilla del servicio militar, cédula

profesional, credencial de elector o pasaporte) del representante legal y original o copia certificada para su cotejo.

- Copia simple del Registro Federal de Contribuyentes (Cédula de Identificación Fiscal) y original o copia certificada para su cotejo.

- Copia simple del formulario R-1 (de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público) y original o copia certificada para su cotejo.

- En caso de resultar adjudicada una PROPOSICION conjunta, deberá presentar copia simple y original o copia certificada para su cotejo de la escritura publica en donde conste el convenio señalado en la Sección I punto 2 de las BASES y la acreditación de las facultades del apoderado legal que formalizará el CONTRATO/PEDIDO respectivo, salvo que éste sea firmado por todas las personas que integran la propuesta conjunta o sus apoderados, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad.

Si es persona Física: - Copia del acta de nacimiento y copia certificada para su cotejo. - En caso de que se presente el representante legal del LICITANTE adjudicado,

deberá presentar copia del poder notarial para su archivo, en el cual conste la facultad para contratar y copia certificada para su cotejo.

- En caso de ser mexicano por naturalización, deberá presentar la documentación que así lo acredite, en copia simple y en original o copia certificada para su cotejo.

- Copia de identificación oficial vigente, (cartilla del servicio militar, cédula profesional, credencial de elector o pasaporte) del LICITANTE adjudicado o de su representante legal y original o copia certificada para su cotejo.

- Copia simple del Registro Federal de Contribuyentes (Cédula de Identificación Fiscal) y original o copia certificada para su cotejo.

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Sección III

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- Copia simple del formulario R-1 (de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público) y original o copia certificada para su cotejo.

- En caso de resultar adjudicada una PROPOSICION conjunta, deberá presentar copia simple y original o copia certificada para su cotejo de la escritura pública en donde conste el convenio señalado en la Sección I punto 2 de las BASES y la acreditación de las facultades del apoderado legal que formalizará el CONTRATO/PEDIDO respectivo, salvo que éste sea firmado por todas las personas que integran la propuesta conjunta, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad.

Asimismo, para efectos de su cumplimiento, se describe de manera enunciativa la Regla I.2.1.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, manifestación que deberá entregar el LICITANTE adjudicado a la firma del CONTRATO/PEDIDO.

Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del CFF, cuando la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 sin incluir el IVA, se observará lo siguiente, según corresponda:

I. Por cada contrato, las dependencias y entidades citadas exigirán de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, les presenten documento actualizado expedido por el SAT, en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar la opinión sobre el cumplimento de obligaciones conforme a lo siguiente:

1. Presentar solicitud de opinión por Internet en la página del SAT, en la opción “Mi portal”

2. Contar con clave CIEC

3. En la solicitud deberán incluir los siguientes requisitos:

a. Nombre y dirección de la dependencia en la cual se licita.

b. Nombre y RFC del representante legal, en su caso.

c. Monto total del contrato.

d. Señalar si el contrato se trata de adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública.

e. Número de licitación o concurso.

El contribuyente solicitante con el acto de registrar su solicitud en la página de Internet del SAT para efectos del artículo 32-D primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del CFF, manifieste bajo protesta de decir verdad que:

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Sección III

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a) Han cumplido con sus obligaciones en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento, la situación actual del registro es activo y localizado.

b) Se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de la declaración anual del ISR por el último ejercicio fiscal que se encuentre obligado.

c) Que no tienen créditos fiscales determinados firmes a su cargo por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IMPAC, IETU, IDE, impuestos generales de importación y de exportación (impuestos al comercio exterior) y sus accesorios. Así como créditos fiscales determinados firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.

d) Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF.

e) En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no han incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.

5. En el caso que existan créditos fiscales determinados firmes manifestará que se compromete a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagarlos con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, en la fecha en que las citadas autoridades señalen, en este caso, se estará a lo establecido en la regla II.2.1.9.

a. La ALSC que corresponda al domicilio fiscal del proveedor o prestador de servicios, emitirá opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales indicadas a través del portal de Internet del SAT, para los efectos de lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, según sea el caso, a más tardar en los 20 días siguientes a la recepción de la solicitud de opinión, salvo en los casos en que el contribuyente se hubiera comprometido a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar los créditos fiscales firmes que tengan a su cargo, supuesto en el cual la opinión se emitirá a más tardar en los 30 días siguientes a la de la solicitud de opinión. Dicha opinión se hará también del conocimiento de la Dependencia o entidad de que se trate.

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Sección III

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III. En caso de detectar el incumplimiento de obligaciones fiscales a que se refiere esta regla o de la existencia de créditos fiscales determinados firmes o del incumplimiento de garantizar debidamente el interés fiscal, la ALSC mediante comunicado a través de la página del SAT notificará al contribuyente las omisiones detectadas y éste contará con 10 días para manifestar ante dicha ALSC lo que a su derecho convenga. La autoridad fiscal procederá a emitir la opinión correspondiente, conforme a lo siguiente:

a) Si el contribuyente dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, comprueba el pago de los créditos, el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o realiza la aclaración o pago de los créditos fiscales respectivos ante la Administración que le haya notificado las omisiones, una vez validado el cumplimiento, la autoridad fiscal, podrá emitir opinión en sentido favorable dentro del plazo de 20 días indicado en la fracción II de la presente regla.

b) Si el contribuyente dentro del plazo señalado en el primer párrafo de esta fracción, no atiende o no aclara las inconsistencias señaladas o en su caso si de la información o documentación presentada se detecta la persistencia del incumplimiento de las obligaciones fiscales, la autoridad fiscal emitirá opinión en sentido negativo, vencido el plazo de 10 días que se le otorgó.

c) Cuando el contribuyente manifieste su interés de celebrar convenio para pagar sus créditos fiscales determinados firmes, con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de 15 días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de 15 días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo, en los términos de lo señalado por la regla II.2.1.9., emitiendo la opinión dentro de los 30 días a que se refiere la fracción II de esta regla.

La opinión prevista en esta fracción, así como el documento al que se hace referencia en la fracción I, se emite para fines exclusivos del artículo 32-D del CFF, considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, y no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.

Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y los contribuyentes que no hubieran estado obligados a presentar, total o parcialmente, la declaración a que se refiere la fracción I, inciso b) de esta regla, así como los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México,

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Sección III

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asentarán estas manifestaciones en la solicitud a que se refiere el primer párrafo de la citada fracción.

Para los efectos de esta regla, tratándose de créditos fiscales determinados firmes, se entenderá que el contribuyente se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales entre otros, si a la fecha de presentación de la solicitud a que se refiere la fracción I, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Cuando el contribuyente cuente con autorización para pagar a plazos.

b) Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 65 del CFF.

c) Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales.

Es responsabilidad del contribuyente solicitante de la opinión, verificar mediante consulta en la página de Internet del SAT, en la opción “Mi portal”, la respuesta o la solicitud de información adicional que requiera la autoridad, a partir de la fecha sugerida que se informa en el acuse de la solicitud de servicio.

CFF 32-D, 65, 66-A, 141, RMF 2008 II.2.1.9., (RMF 2007 2.1.16.) Si el(los) LICITANTE(S) adjudicado(s) no firmare(n) el CONTRATO/PEDIDO por causas imputables al(los) mismo(s), dentro del plazo señalado, la DEPENDENCIA O ENTIDAD, podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el CONTRATO/PEDIDO al LICITANTE que, en su caso, haya presentado la siguiente proposición solvente más baja y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al diez por ciento. El(los) LICITANTE(S) adjudicado(s) que no firme(n) el CONTRATO/PEDIDO por causas imputables al mismo será sancionado en los términos de lo dispuesto en el Título Sexto de la LEY y Capítulo Primero del Título Sexto del REGLAMENTO.

El(los) LICITANTE(S) a quien(es) se hubiere(n) adjudicado el CONTRATO/PEDIDO, no estará(n) obligado(s) a suministrar los BIENES, si la DEPENDENCIA O ENTIDAD, por causas imputables a la misma, no firmare el CONTRATO/PEDIDO. El atraso de la DEPENDENCIA O ENTIDAD en la formalización del CONTRATO/PEDIDO respectivo, prorrogará en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.

Los derechos y obligaciones que se deriven del CONTRATO/PEDIDO, no podrán cederse en forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de la DEPENDENCIA O ENTIDAD.

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Sección III

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1.1 MODIFICACIONES A LOS CONTRATOS/PEDIDOS. La DEPENDENCIA O ENTIDAD podrá, dentro de su presupuesto aprobado y disponible, bajo su responsabilidad y por razones fundadas y explícitas, acordar el incremento en la cantidad de los BIENES solicitados, mediante modificaciones en sus CONTRATOS/PEDIDOS vigentes, dentro de los doce meses posteriores a su firma, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los BIENES sea igual al pactado originalmente. Tratándose de CONTRATOS/PEDIDOS en los que se incluyan BIENES de diferentes características, el porcentaje se aplicará para cada partida o concepto de los BIENES de que se trate. Cualquier modificación a los CONTRATOS/PEDIDOS deberá formalizarse por escrito y los convenios modificatorios respectivos serán suscritos por el servidor público que lo haya hecho en el CONTRATO/PEDIDO o quien lo sustituya o esté facultado para ello. En este caso el PROVEEDOR deberá obtener de la afianzadora, el endoso correspondiente a la póliza de garantía de cumplimiento por la modificación efectuada, mismo que deberá presentar a la firma del convenio modificatorio. 2 FACTURACIÓN.

La factura correspondiente deberá tener como requisitos aquellos que se señalan en la Sección IV de las BASES, para cada DEPENDENCIA O ENTIDAD. 3 PAGO AL PROVEEDOR.

No se otorgarán anticipos.

El pago al PROVEEDOR se realizará en cada DEPENDENCIA o ENTIDAD en el domicilio, horario y términos señalados en la Sección IV de las BASES.

4 IMPUESTOS Y DERECHOS. Para el caso de los bienes de importación directa con entrega CIP, cada DEPENDENCIA o ENTIDAD se obliga a cubrir los impuestos y derechos que cause la importación en el cruce del sistema de aduanas (IGI; DTA; Prevalidación e IVA), siempre y cuando corresponda su pago según las disposiciones fiscales vigentes. Cualquier otro impuesto o derecho, deberá ser cubierto por el PROVEEDOR, por lo que el importe de éstos, deberán estar incluido en el precio unitario ofertado.

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Sección III

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5 PROPIEDAD INTELECTUAL. El PROVEEDOR será responsable de las consecuencias jurídicas en caso de infringir derechos sobre patentes, marcas, registros, derechos de autor y otros derivados de la propiedad intelectual por lo que se libera a la DEPENDENCIA o ENTIDAD de cualquier responsabilidad civil, penal, fiscal o mercantil. 6 PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS BIENES.

Los BIENES se entregarán de conformidad con lo señalado en la Sección IV de las BASES. En caso de aplicar prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones contractuales se deberá observar lo estipulado en la Sección IV de las BASES. En caso de no otorgarse prórrogas, el PROVEEDOR deberá dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de este procedimiento de contratación en tiempo y forma, de no hacerse así, se hará acreedor a las penas convencionales a que se refiere ésta Sección. En caso de que exista necesidad de efectuar cambios de domicilio para la entrega de los BIENES, el PROVEEDOR estará obligado a entregar éstos en el nuevo domicilio y horario establecidos, previa notificación por escrito de la DEPENDENCIA O ENTIDAD sin cargo extra para la misma; el nuevo domicilio sólo podrá ser considerado dentro de la entidad federativa de que se trate. 7 INSPECCIÓN Y RECEPCIÓN DE BIENES. La inspección y recepción de BIENES se realizará de conformidad con lo señalado en la sección IV para cada DEPENDENCIA Y ENTIDAD. 8 DEVOLUCIONES. Una vez recibidos los BIENES y cuando se compruebe la existencia de defectos o vicios ocultos, la DEPENDENCIA O ENTIDAD, procederá a la devolución total o parcial de los BIENES durante el período de garantía según lo indicado en la Sección IV de las BASES. El PROVEEDOR se obliga a reponer a la DEPENDENCIA O ENTIDAD, el 100% de los BIENES devueltos a partir de la fecha de notificación por escrito en el plazo indicado en la Sección IV de las BASES. Cuando el PROVEEDOR no efectúe la reposición en el plazo señalado, éste se obliga a reintegrar a la DEPENDENCIA O ENTIDAD las cantidades pagadas, más los intereses correspondientes conforme al procedimiento establecido en la Ley de Ingresos de la

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Sección III

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Federación como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas y se computarán por días naturales desde la fecha de pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la DEPENDENCIA O ENTIDAD. De no reintegrarse las cantidades pagadas más los intereses correspondientes en forma voluntaria y después del plazo establecido, la DEPENDENCIA O ENTIDAD se reserva el derecho de ejercer ante los tribunales competentes, las acciones legales correspondientes, incluidas las que les restituyan los daños y perjuicios causados. 9 GARANTÍAS. 9.1 DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO/PEDIDO. A fin de garantizar el cumplimiento del CONTRATO/PEDIDO celebrado por cada DEPENDENCIA O ENTIDAD y el PROVEEDOR, éste último se obliga a otorgar póliza de fianza por un importe que no podrá ser inferior del 10% ni superior al 20% del monto total del CONTRATO/PEDIDO antes de IVA según se indique en la Sección IV de las BASES. La póliza de fianza deberá ser expedida por empresa afianzadora constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas señalándose como beneficiaria de la misma a la TESOFE, debiendo observar los requisitos del modelo de anexo A de la Sección V de las BASES, para cada DEPENDENCIA O ENTIDAD. Para proceder a la devolución de la garantía de cumplimiento del CONTRATO/PEDIDO será se procederá de conformidad a lo establecido por cada DEPENDENCIA O ENTIDAD en la Sección IV de las BASES. 9.2 DE LOS BIENES.

El PROVEEDOR queda obligado ante la DEPENDENCIA O ENTIDAD a responder por los defectos o vicios ocultos de los BIENES, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el CONTRATO/PEDIDO respectivo y en la legislación aplicable. El período de garantía de los BIENES requerido en este punto, se establece en la Sección IV de las BASES. 9.3 CADUCIDAD En caso de que los BIENES contengan caducidad, en la Sección IV de las BASES, se establecerá el período mínimo requerido.

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Sección III

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10 CONSECUENCIAS POR INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR. 10.1 RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS CONTRATO/PEDIDOS.

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que asuma el PROVEEDOR por virtud del CONTRATO/PEDIDO derivado de esta licitación, faculta a la DEPENDENCIA O ENTIDAD a dar inicio al procedimiento de rescisión administrativa del CONTRATO/PEDIDO sin ninguna responsabilidad a su cargo. Dicha acción operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que la DEPENDENCIA O ENTIDAD comunique al PROVEEDOR por escrito y en forma fehaciente tal determinación, además también será causal del inicio de procedimiento de rescisión administrativa si el PROVEEDOR incurre en alguno de los siguientes supuestos mismos que se señalan de manera enunciativa más no limitativa:

a) Si no otorga la fianza de garantía, cheque certificado o de caja (según corresponda), en su caso el endoso de ampliación correspondiente, en los términos que se establecen en esta Sección y en la Sección IV de las BASES, siendo a su cargo los daños y perjuicios que pudiera sufrir la DEPENDENCIA O ENTIDAD.

b) Cuando hubiese transcurrido el plazo que se conceda al PROVEEDOR para reemplazar los BIENES devueltos.

c) Cuando el PROVEEDOR no entregue los BIENES en el plazo establecido en el CONTRATO/PEDIDO y se hubiese agotado el monto límite de aplicación de penas convencionales.

d) Si cede total o parcial a favor de cualquier otra persona, los derechos y obligaciones que se deriven del CONTRATO/PEDIDO, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso, se deberá contar con la conformidad previa de la DEPENDENCIA O ENTIDAD.

e) Si el PROVEEDOR es declarado en concurso mercantil o quiebra por autoridad competente, o por alguna situación distinta que sea análoga o equivalente y afecte el cumplimiento de las obligaciones consignadas en las BASES, a cargo del PROVEEDOR.

f) Por incumplimiento de cualquier otra obligación a cargo del PROVEEDOR consignadas en la Sección IV de las BASES y demás estipuladas en las BASES y CONTRATO/PEDIDO respectivo, de ser el caso.

La DEPENDENCIA O ENTIDAD podrá en cualquier momento iniciar la rescisión administrativa de los CONTRATOS/PEDIDOS cuando el PROVEEDOR incurra en incumplimiento de sus obligaciones, conforme lo establece el Artículo 54 de la LEY.

En caso de que el PROVEEDOR sea quien decida rescindir el CONTRATO/PEDIDO, será necesario que acuda ante la autoridad judicial federal y obtenga la declaración correspondiente.

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Sección III

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10.2 PENAS CONVENCIONALES. Cuando el PROVEEDOR se atrase en la entrega de los BIENES, en las fechas o plazos pactados en el CONTRATO/PEDIDO, se hará acreedor a la pena convencional correspondiente, cuyo porcentaje se determina en la Sección IV de las BASES, para cada DEPENDENCIA O ENTIDAD, calculado sobre el valor de los BIENES no entregados oportunamente, misma que no deberá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del CONTRATO/PEDIDO, la que será calculada y aplicada por el ÁREA SOLICITANTE.

El pago de los BIENES quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto de penas convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el CONTRATO/PEDIDO, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Las penas convencionales se harán efectivas mediante deducción que efectúe la DEPENDENCIA O ENTIDAD al momento de realizar el pago respectivo al PROVEEDOR. La DEPENDENCIA O ENTIDAD no autorizará la condonación de penas convencionales por atraso en la entrega de los BIENES. 10.3 DEDUCCIONES. De señalarse en la Sección IV de las BASES, la DEPENDENCIA O ENTIDAD aplicará las deducciones al pago de los BIENES con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el PROVEEDOR respecto a las partidas y/o agrupación de partidas o conceptos que integran el CONTRATO/PEDIDO, estableciéndose en dicha sección el limite del incumplimiento a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente las partidas y/o agrupación de partidas o conceptos no entregados, o bien iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO/PEDIDO.

10.4 EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.

Una vez concluido el procedimiento de rescisión administrativa del CONTRATO/PEDIDO respectivo, cada DEPENDENCIA O ENTIDAD aplicará en la forma y términos de la legislación aplicable, la ejecución de la garantía respectiva ante el incumplimiento de las obligaciones a cargo del PROVEEDOR; en este caso, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.

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Sección III

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En el caso que por las características de los BIENES entregados, éstos no puedan funcionar o ser utilizados por la DEPENDENCIA O ENTIDAD, por estar incompletos, en cuyo caso, la aplicación será por el total de la garantía. Todo lo anterior, no exime al PROVEEDOR de las responsabilidades subsistentes que no se encuentren amparadas por la póliza de fianza. 11 TERMINACIÓN ANTICIPADA DE LOS CONTRATOS/PEDIDOS.

La DEPENDENCIA O ENTIDAD podrá dar por terminados los CONTRATOS/PEDIDOS cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los BIENES originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al CONTRATO/PEDIDO, conforme a los dispuesto en el Artículo 54 último párrafo de la LEY. 12 CONCILIACIÓN. Los PROVEEDORES podrán presentar quejas ante la SFP o el OIC, con motivo de incumplimiento de los términos y condiciones pactados en los CONTRATOS/PEDIDOS que tengan celebrados con la DEPENDENCIA O ENTIDAD. Una vez recibida la queja respectiva, la SFP, señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. El anterior procedimiento se desarrollará conforme al Capítulo Segundo del Título Séptimo de la LEY, así como al Capítulo Tercero, del Título Sexto del REGLAMENTO.

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Sección IV

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SECCIÓN IV

OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESPECÍFICAS.

CELEBRACIÓN DEL CONTRATO/PEDIDO (Sección III, punto 1)

Asimismo el LICITANTE adjudicado deberá presentar ante cada DEPENDENCIA o ENTIDAD el “Acuse de recepción” con el que compruebe que realizó la solicitud de opinión prevista en la regla I.2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2008; por lo que deberá:

Realizar la consulta de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente.

En la solicitud de opinión al SAT deberá incluir el correo electrónico que se indica a continuación, para que el SAT envíe el “Acuse de Respuesta” que emitirá en atención a su solicitud de opinión.

Para la Secretaria: [email protected] Para el IMSS: [email protected] Para el ISSSTE: [email protected] Para SEDENA: [email protected]

En caso de propuestas conjuntas, El LICITANTE adjudicado deberá presentar el “Acuse de Recepción” a que se hace en el párrafo anterior, por cada uno de los obligados en dicha propuesta.

En el supuesto de que se reciba del SAT el “acuse de

respuesta” de la solicitud realizada por el (los) licitante (s) que resulten adjudicados, sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en términos de la fracción I de la Regla I2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, en sentido negativo o desfavorable, previo a la formalización del (los) contrato (s), conforme a lo dispuesto en el artículo 32D del Código Fiscal de la Federación, se remitirá a la SFP la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción, por la falta de formalización del (los) contrato (s), por causas imputables al (los) licitante (s) que se le haya adjudicado.

En el supuesto de que el SAT emita respuesta en sentido

negativo o desfavorable para el (los) proveedor (es) con quien ya haya formalizado el (los) contrato (s) derivado de

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Sección IV

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la presente licitación, sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en términos de la fracción I de la Regla I2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, dicha circunstancia será comunicada al OIC, para efectos de lo dispuesto en los artículos 59 y 60 de la Ley, sin que tal circunstancia sea óbice para que dicho (s) instrumento (s) jurídico continúe (n) surtiendo sus efectos legales, por lo que no será motivo para que se retengan los pagos debidamente devengados por el (los) proveedor (s), ni tampoco dará lugar a la terminación anticipada o a la rescisión administrativa del (los) respectivo (s) contrato (s).

En el caso de proveedores o contratistas residentes en el extranjero que resulten adjudicados y que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y los contribuyentes que no hubieran estado obligados a presentar, total o parcialmente la declaración anual del ISR, así como los que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones en la solicitud de opinión ante el SAT que corresponda al domicilio de cada DEPENDENCIA O ENTIDAD.

SECRETARIA DE SALUD El (los) LICITANTE(S) adjudicado(s) deberá(n) firmar el(los) CONTRATO(S) correspondiente(s), dentro de los 20 días posteriores a la notificación del Fallo en: la Dirección de Coordinación y Contratos, ubicada en Av. Paseo de la Reforma No. 10, edificio Torre Caballito, piso 3, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06030, México, Distrito Federal, con un horario de 10:00 a 15:00 horas en días hábiles. IMSS El contrato se firmará en la fecha que se señalara el día de la emisión del fallo, la cual estará comprendida dentro del veinte días naturales siguientes a la notificación del fallo, en la Calle de Durango 291, décimo Piso, Colonia Roma Sur, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal, 06700, México, Distrito Federal, en un horario de las 10:00 a las 18:00 horas. Si el licitante a quien se le hubiere adjudicado contrato, por causas imputables a él, no formaliza el mismo en la fecha señalada en el

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Sección IV

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párrafo anterior, se estará a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley y, se dará aviso a la SFP para que resuelva lo procedente en términos de los artículos 59 y 60 de la Ley. En la fecha que se formalice el contrato, el licitante que resulte adjudicado deberá presentar el original o copia certificada del original del Registro Sanitario, para su cotejo. En caso de no presentar el documento señalado a la formalización del contrato, se considerará que el contrato no se formalizó por causa imputable al licitante adjudicado; procediendo de acuerdo a lo indicado en el párrafo anterior. Para firmar el contrato, el representante legal de la empresa deberá presentar original o copia certificada y copia simple de la documentación a que se alude en el Anexo Número1 (uno) el cual forma parte de estas bases y presentar identificación vigente (pasaporte, licencia de manejo, cartilla del servicio militar nacional o credencial para votar con fotografía) además, en tratándose de personas físicas, se deberá presentar, preferentemente, copia legible del Registro Único de Población (CURP). ISSSTE El contrato se formalizará por parte del Licitante adjudicado dentro de los veinte días naturales siguientes a la notificación del fallo, en un horario y días hábiles de 09:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 en la Jefatura de Servicios de Adquisición de Medicamentos, sita en Callejón Vía San Fernando No. 12, 4º piso, Col. Barrio de San Fernando C.P. 14070 Tlalpan, D.F. La vigencia del contrato será a partir de la formalización del mismo y hasta el 31 de diciembre de 2009. SEDENA

A. El (los) LICITANTE(S) adjudicado(s) deberá(n) presentarse a firmar el CONTRATO según anexo “D” de las BASES dentro de los 20 días posteriores a la notificación del Fallo en la Dirección General de Administración, Subdirección de Adquisiciones (Sección de Suministros Médicos)de la Secretaría de la Defensa Nacional, ubicada en Avenida Industria Militar esquina con Boulevard Manuel Ávila Camacho, Colonia Lomas de Sotelo, D.F., C.P. 11640, con número de teléfono 26-29-83-41 y de fax 53-87-52-16

B.Si el (los) LICITANTE (S) adjudicado (s) no firmare (n) el CONTRATO

por causas imputables al(los) mismo(s), dentro del plazo señalado,

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Sección IV

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la SEDENA, podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el CONTRATO al LICITANTE que, en su caso, haya presentado la siguiente proposición solvente más baja y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al diez por ciento.

C. El(los) LICITANTE(S) adjudicado(s) que no firme(n) el CONTRATO por causas imputables al mismo será sancionado en los términos de lo dispuesto en el Título Sexto de la LEY y Capítulo Primero del Título Sexto del REGLAMENTO. D. El(los) LICITANTE(S) a quien(es) se hubiere(n) adjudicado el

CONTRATO, no estará(n) obligado(s) a suministrar los BIENES, si la SEDENA, por causas imputables a la misma, no firmare el CONTRATO. El atraso de la SEDENA en la formalización del CONTRATO respectivo, prorrogará en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.

E. Los derechos y obligaciones que se deriven del CONTRATO, no

podrán cederse en forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de la SEDENA.

FACTURACIÓN (Sección III, punto 2)

SECRETARIA DE SALUD La facturación deberá ser a nombre de: Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia Francisco de P. Miranda No. 177, 1er piso., Col. Merced Gómez, Delegación Álvaro Obregón, 01600, México, D. F., RFC: SSA 630502 CU1. IMSS LA FACTURA DEBERA ESTAR A NOMBRE DEL IMSS CON DOMICILIO EN PASEO DE REFORMA NUMERO 476 SEXTO PISO COLONIA JUAREZ CP 06600 MEXICO DF. ISSSTE La Factura, deberá reunir los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia.

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Sección IV

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Factura debidamente firmada, conteniendo nombre genérico de los BIENES, precio unitario y total expedida a nombre del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con domicilio en Fray Servando Teresa de Mier No. 32 2º piso Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F. C.P. 06080 con R.F.C. ISS6001015A3. SEDENA El proveedor expedirá las facturas a nombre de SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL, con domicilio en: Avenida Industria Militar esquina con Boulevard Manuel Ávila Camacho, Colonia Lomas de Sotelo, D.F., C.P. 11640, con RFC SDN8501014D2, asentando en la factura comercial que ampare la mercancía objeto del contrato, número de contrato, su clave de identificación fiscal, toda vez que el importe de las multas que se originen por falta de observancia a esta disposición, será imputable al proveedor y no a la SEDENA; asimismo, será objeto a la pena de incumplimiento por el retraso que llegara a ocasionarse motivada por dicha situación, en la entrega de la mercancía objeto del contrato.

PAGO AL PROVEEDOR (Sección III, punto 3)

SECRETARIA DE SALUD El pago de los BIENES, se efectuará una vez liberada la vacuna a los 20 (veinte) días naturales a partir de la entrega de la factura original que reúna los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia en la que se indique los bienes entregados y el número de contrato, en su caso, la(s) orden(es) de reposición, que ampara(n) dichos bienes, sellada por el área que será informado por el AREA REQUIRENTE, a mas tardar 5 días naturales antes de la primera entrega, copia de Contrato/pedido debidamente firmado, Acta de liberación por parte de la COFEPRIS. y demás documentos en que conste la debida entrega de los BIENES en los términos del CONTRATO/PEDIDO, sellados y firmados por los responsables, en el domicilio, horario y términos señalados en esta Sección, así mismo deberá entregar el Anexo B correspondiente a la carta garantía contra defectos de fabricación y vicios ocultos. El pago se realizará en Moneda Nacional mediante transferencia electrónica (orden de pago) al tipo de cambio vigente publicado por el Banco de México en el D.O.F. a la fecha de la entrega de la facturación. Esta documentación deberá entregarse en la Coordinación Administrativa del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia con domicilio en Francisco de P. Miranda No. 177, 1er piso., Col. Merced Gómez, Delegación Álvaro Obregón, 01600, México, D.F., de lunes a viernes de 9:30 hrs. a 14:30 hrs.

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Sección IV

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En caso de que las facturas entregadas por el PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, (LA SECRETARÍA) dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido en la cláusula denominada Condiciones y Forma de Pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado. El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la citada factura, no dará lugar a la reprogramación del plazo pactado en este contrato, sin embargo, si el atraso es por causas imputables a (LA SECRETARIA), se diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes. Tratándose de proveedores extranjeros, el pago se podrá hacer en el extranjero en la moneda determinada en las BASES (USCy). Al efectuar el pago, se aplicaran las penas convencionales en que haya incurrido el proveedor, debiendo entregar el cheque certificado o de caja a nombre de la Tesorería de la Federación, el cual podrá ser efectuado antes del cobro por la entrega de los bienes o en su caso debiendo presentar la Nota de Crédito respectiva. IMSS BIENES DE IMPORTACION INDIRECTA O NACIONALES.

El pago se efectuará en pesos mexicanos, a los 30 días naturales posteriores previa entrega del proveedor, de los siguientes documentos:

a. Original y copia de la factura que reúna los requisitos fiscales respectivos, en la que se indique los bienes entregados, número de proveedor, número de contrato, en su caso, el número de la(s) orden(es) de reposición que ampara(n) dichos bienes, número de alta, número de fianza y denominación social de la afianzadora, misma que deberá ser entregada División de Trámite de Erogaciones, dependiente de la Coordinación de Presupuesto, Contabilidad, Evaluación, sita en Durango 167, 3er. Piso, Col. Roma Sur, C. P. 06700, México, Distrito Federal en el horario de 9:00 a 15:00 horas.

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Sección IV

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b. En caso de que el proveedor presente su factura con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos del artículo 62 del Reglamento.

c. El proveedor podrá optar porque el Instituto efectúe el pago de los bienes suministrados, a través del esquema electrónico intrabancario que el IMSS tiene en operación, con las instituciones bancarias siguientes: Banamex, S.A., BBVA, Bancomer, S.A., Banorte, S.A. y Scotiabank Inverlat, S.A., para tal efecto deberá presentar en, la División de Trámite de Erogaciones, dependiente de la Coordinación de Presupuesto, Contabilidad, Evaluación, sita en Durango 167, 3er. Piso, Col. Roma Sur, C. P. 06700, México, Distrito Federal en el horario de 9:00 a 15:00 horas, petición escrita indicando: razón social, domicilio fiscal, número telefónico y fax, nombre completo del apoderado legal con facultades de cobro y su firma, número de cuenta de cheques (número de clave bancaria estandarizada), banco, sucursal y plaza, así como, número de proveedor asignado por el IMSS.

En caso de que el proveedor solicite el abono en una cuenta contratada en un banco diferente a los antes citados (interbancario), el IMSS realizará la instrucción de pago en la fecha de vencimiento del contra recibo y su aplicación se llevará a cabo al día hábil siguiente, de acuerdo con el mecanismo establecido por CECOBAN.

Anexo a la solicitud de pago electrónico (intrabancario e interbancario) el proveedor deberá presentar original y copia de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes, Poder Notarial e identificación oficial; los originales se solicitan únicamente para cotejar los datos y les serán devueltos en el mismo acto.

Asimismo, el Instituto aceptará del proveedor, que en el supuesto de que tenga cuentas liquidas y exigibles a su cargo, aplicarlas contra los adeudos que, en su caso, tuviera por concepto de cuotas obrero patronales, conforme a lo previsto en el artículo 40 B, de la Ley del Seguro Social.

Los proveedores que entreguen bienes al Instituto, y que celebren contratos de cesión de derechos de cobro, deberán notificarlo al Instituto, con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los contra-recibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión,

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Sección IV

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de igual forma los que celebren contrato de cesión de derechos de cobro a través de factoraje financiero conforme al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., institución de Banca de Desarrollo.

El pago de los bienes quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto de penas convencionales por atraso en la entrega de los bienes y los canjes.

BIENES DE IMPORTACIÓN DIRECTA

a) El pago será mediante Carta de Crédito irrevocable y confirmada contra un banco del país de origen, éste se efectuará una vez que el proveedor presente en dicho banco: original de guía de embarque, original de la factura correspondiente debidamente requisitada y copia de la remisión del pedido que emita el instituto, con número de alta de recepción de los bienes a entera satisfacción del mismo, a los 30 días naturales posteriores a la fecha de entrega en el banco corresponsal de la totalidad de la documentación antes descrita; haciendo la aclaración que el establecimiento de las cartas de crédito se realizará únicamente para el pago correspondiente al proveedor y que esto es totalmente independiente de las condiciones y fecha de entrega de los bienes, quedando claro que la entrega de los bienes por parte del proveedor, en las fechas establecidas en los contratos correspondientes, no estará sujeta, en ningún momento, al establecimiento de las cartas de crédito y que el no establecimiento de dichas cartas, previo a alguna fecha de entrega de los bienes, no será impedimento para que el proveedor cumpla con la misma.

b) El establecimiento de las Cartas de Crédito está sujeto a lo

establecido en las reglas y Usos Uniformes para créditos documentados, folio 600, de la Cámara Internacional de Comercio.

IMPUESTOS Y DERECHOS:

Todos los impuestos y derechos que causen los contratos, serán pagados por el proveedor.

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Sección IV

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ISSSTE Bienes Nacionales.

Los pagos correspondientes a las Cuentas por Liquidar Certificadas (C.L.C.’s), se realizarán sin excepción, a través del Sistema de Banca Electrónica y con el fin de agilizar el pago oportuno, así como la seguridad del mismo, los licitantes que resulten adjudicados deberán proporcionar de manera oficial a la Tesorería General de este Instituto, ubicada en Río Rhin No. 3, Piso 10, Colonia y Delegación Cuauhtémoc, D.F. 06500, en el horario de 9:00 a 14:30 hrs., la siguiente información relativa a su empresa:

Nombre o Razón Social

Domicilio Fiscal

Teléfono y Dirección de Correo Electrónico

Registro Federal de Contribuyentes

Número de Cuenta Bancaria

Número de Sucursal

Nombre del Banco

El pago de los BIENES se efectuará en pesos mexicanos moneda nacional, siempre y cuando el proveedor entregue sin excepción alguna el día hábil siguiente a la entrega de los bienes, la siguiente documentación que se requiere para el pago:

a) Factura, deberá reunir los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia.

b) Original del Contrato.

c) Remisiones originales debidamente selladas y firmadas por personal autorizado para la recepción de los bienes.

Esta documentación deberá presentarse en el Departamento de Presupuesto Central, ubicado en Av. San Fernando No. 547, Sotano del edificio B, Col. Toriello Guerra, Tlalpan, D.F., C.P. 14050, en el horario comprendido de las 9:30 a las 14:30 hrs.

La fecha de pago no excederá de cuarenta y cinco días naturales posteriores a la presentación de la documentación respectiva, previa entrega de los bienes. A dicho pago se le efectuarán las retenciones que las disposiciones legales establezcan.

En caso de que el proveedor no presente en tiempo y forma la documentación requerida, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso.

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Sección IV

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El Instituto no otorgará anticipos a los licitantes adjudicados en esta Licitación

CIP. Bienes de Importación Directa

a) Para los BIENES cuyo importe supere 10,000.00 USCy, la forma de pago será mediante Carta de Crédito Internacional Irrevocable, las cartas se establecerán en el Banco Nacional de Comercio Exterior, y pagaderas en el banco corresponsal designado por el Banco Nacional de Comercio Exterior en el país de origen de los BIENES ofertados, o bien, en el país señalado por su representante; siempre y cuando la dirección se encuentre registrada en el ISSSTE.

La Carta de Crédito Irrevocable se pagará al fabricante en el banco corresponsal contra la entrega de los siguientes documentos:

1.- Contrato original del ISSSTE. 2.- Factura debidamente firmada en original y una copias, conteniendo nombre genérico de los BIENES, precio unitario y total expedida a nombre del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con domicilio en Fray Servando Teresa de Mier No. 32 2º piso Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F. C.P. 06080 con R.F.C. ISS6001015A3.

3.-Lista de empaque en original y una copias. 4.-Guía aérea o conocimiento de embarque en original y una copias. 5.-Certificado de origen, en original y una copias. 6.-Copia del aviso telegráfico, telex o fax num. 56 06 75 08 dirigido al ISSSTE, en atención al Departamento de Adquisición de Equipo Médico e Importaciones, informando la fecha de embarque y número de guía aérea. 7.-Constancia escrita emitida por el beneficiario de la Carta de Crédito Irrevocable, certificando que ha colocado en un lugar visible de la caja de empaque:

Copia de lista de empaque.

2 copias de la factura comercial debidamente firmada, no con facsímil.

8.-Póliza de seguro de transporte cubriendo todo riesgo desde la bodega de la Compañía transportadora hasta el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México por el 110% del valor de la Factura. 9.-Oficio original emitido por el titular de la Jefatura de Servicios de

Adquisición de Instrumental y Equipo Médico, informando sobre la recepción de los BIENES.

10.-Copia de la remisión del contrato, con sello del Almacén Regional

Centro.

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Sección IV

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Con el objeto de presentar al Banco Nacional de Comercio Exterior la solicitud de la carta de crédito irrevocable debidamente requisitada, el proveedor deberá de informar por escrito, el país de origen y de procedencia de los BIENES, así como de los transbordos, el que deberá ser el mismo de su propuesta. La Carta de Crédito está sujeta a usos y reglas uniformes para créditos documentarios, revisión 1993, de la Cámara Internacional de Comercio, publicación 500. Cualquier comisión adicional que cargue al Banco Nacional de Comercio Exterior, originada por incumplimiento en el plazo de entrega de la mercancía, de la documentación o BIENES por cualquier acto en que incurra el proveedor extranjero, deberá ser pagada por el representante en México, mediante cheque certificado o de caja a favor del ISSSTE. b) Para bienes con importe hasta 10,000.00 dólares (USCy) la forma de pago será mediante giro bancario a nombre del fabricante de origen. Para recibir el giro, el representante en México deberá presentar, en las oficinas del Departamento de Adquisición de Equipo Médico e Importaciones, ubicado en Callejón Vía San Fernando No. 12, Edificio Anexo, P.B., Col. Barrio de San Fernando, Delegación Tlalpan, C.P. 14070 en días hábiles y con horario de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas, la siguiente documentación: 1.-Contrato original del ISSSTE. 2.-Factura debidamente firmada en original y una copias. 3.-Lista de empaque original y una copia. 4.-Guía aérea o conocimiento de embarque original y una copia. 5.-Original del certificado de origen. 6.-Póliza de seguro de transporte que cubra todo riesgo de la bodega de la Compañía transportadora al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México por el 110% del valor de la factura. 7.-Copia del acta administrativa emitida por el Departamento de Almacenaje y Distribución de Alta Especialidad del ISSSTE 8.-Copia de la remisión del contrato, con sello del almacén. Una vez obtenido el Oficio de Notificación Oficial de Liberación expedido por la COFEPRIS, el PROVEEDOR deberá elaborar la remisión correspondiente de los bienes, así como de las muestras respectivas, mismas que deberán incluirse sin costo en la misma remisión, de conformidad con el formato del Anexo C de la Sección V

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Sección IV

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de estas bases, debiendo presentarla en Original y 15 copias en la Oficina de Recepción Documental, ubicada en Av. San Fernando No. 547, entrada puerta 2 Almacén de varios, Col. Toriello Guerra, Del. Tlalpan, México, D.F., C.P. 14050, en un horario de 9:00 a 13:00 hrs., de lunes a viernes.

Posteriormente, deberá acudir al Departamento de Control de Calidad ubicado en Av. San Fernando Num. 547, Almacén Central a un costado de la puerta 4, Col. Toriello Guerra, Del. Tlalpan, México, D.F. C.P. 14070, en un horario de 9:00 a 13:00 hrs de lunes a viernes, a fin de que éste lleve a cabo la Inspección por Atributos, y en su caso, selle de aprobado la remisión correspondiente, debiendo presentar para tal efecto la siguiente documentación: Copia del contrato. Remisión original y 15 copias. Original de la carta compromiso por defectos y vicios ocultos. Copia del Acta de Toma de Muestras, derivada de la visita de

verificación de la COFEPRIS. Copia del Registro Sanitario, por ambos lados. Copia del protocolo de fabricación de los lotes a entregar Copia del Oficio de Notificación de Liberación Oficial expedido

por la COFEPRIS. La liberación de la Carta de Crédito Irrevocable, se efectuará una vez que el Departamento de Control de Calidad haya sellado de aprobado la remisión correspondiente. SEDENA A. El pago se efectuara en pesos mexicanos en un plazo no mayor de 45

días naturales posteriores a la entrega de la factura que reúna los requisitos fiscales respectivos, en la que se indique los bienes entregados y el número de contrato, que ampara(n) dichos bienes, sellada por el área de los Almacénes Generales de Sanidad, misma que deberá ser entregada en la Dirección General de Administración, Subdirección de Adquisiciones (Módulo 7) de la Secretaría de la Defensa Nacional, ubicada en Avenida Industria Militar esquina con Boulevard Manuel Ávila Camacho, Colonia Lomas de Sotelo, D.F., C.P. 11640, con número de teléfono 26-29-83-41 y de fax 53-87-52-16, en un horario de 08:00 a 13:00 horas.

B. En caso de que el proveedor presente su factura con errores o

deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos del artículo 62 del Reglamento.

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Sección IV

ba08010002 vac 56

C. No se otorgarán anticipos. D. A dicho pago se le efectuarán las deducciones por el incumplimiento

parcial o deficiente en la entrega de los BIENES, así como las correspondientes por las penas convencionales establecidas en las BASES.

E. El proveedor, podrá optar porque SEDENA, efectúe el pago de los

bienes suministrados a través del esquema electrónico interbancario. F. Los proveedores que entreguen bienes a SEDENA, y que celebren

contratos de cesión de derechos de cobro, deberán notificarlo con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los contra-recibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión.

G. El pago de los bienes quedará condicionado proporcionalmente al pago

que el proveedor deba efectuar por concepto de penas convencionales. H. Impuestos y derechos.

a. SEDENA únicamente pagará el impuesto al valor agregado (IVA), siempre y cuando corresponda su pago según las disposiciones fiscales vigentes.

b. Cualquier otro impuesto o derecho, deberá ser cubierto por el

PROVEEDOR.

PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS

BIENES. Sección III, punto 6

ENTREGAS: LAS FECHAS DE ENTREGA SERAN DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL CALENDARIO DE ENTREGAS PARA CADA DEPENDENCIA O ENTIDAD, CONTENIDO EN LA SECCION VI DE LAS BASES. Los BIENES de importación directa deberán entregarse bajo las condiciones CIP. Los BIENES de fabricación nacional o DDP serán entregados de conformidad con lo señalado para cada DEPENDENCIA o ENTIDAD El PROVEEDOR entregará los BIENES preferentemente por lote completo.

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Sección IV

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El PROVEEDOR deberá entregar los BIENES en empaques refrigerantes a una temperatura entre +2°C y + 8°C, de manera tal que no se alteren sus características durante la transportación y almacenamiento; para este efecto deberá identificar los BIENES con el nombre o razón social de su empresa, número de licitación, número de contrato, descripción del BIEN, clave de Cuadro Básico, número de lote, cantidad y caducidad en el envase colectivo; no se recibirán BIENES que no cumplan con este requisito.

El PROVEEDOR deberá garantizar que durante el traslado, el producto no sufra ninguna alteración en sus condiciones y propiedades, por medio de registradores gráficos de temperatura que indiquen que el producto se mantuvo durante su traslado entre +2°C y +8°C. Los BIENES a entregar serán de acuerdo a especificaciones y presentaciones que marca el CUADRO BASICO Y CATALOGO DE MEDICAMENTOS y/o sus actualizaciones publicadas en el D.O.F., y a las Normas señaladas en la Sección II de las BASES. El proveedor asumirá totalmente la responsabilidad legal, en el caso de que al suministrar los BIENES, infrinja o viole la normatividad sanitaria.

No se otorgarán prórrogas, por lo que el PROVEEDOR deberá dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de este procedimiento de contratación en tiempo y forma, de no hacerse así, se hará acreedor a las penas convencionales correspondientes. IDENTIFICACION Y EMPAQUE DE LOS BIENES A ENTREGAR Los envases deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y sus Reglamentos, a la Norma Oficial Mexicana NOM-072-SSA1-1993, Etiquetado de medicamentos. D.O.F. 10 de abril del 2000 y conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS. En el caso de que el proveedor sea un distribuidor, llevará en el envase secundario y/o colectivo, etiqueta sobrepuesta sin cubrir leyendas de origen indicando la razón social y domicilio del proveedor, número de contrato, número de licitación, descripción del artículo, clave de cuadro básico, lote, cantidad y caducidad.

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Sección IV

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No se recibirán bienes que no cumplan con este requisito. El proveedor deberá empacar y embalar los BIENES de tal forma que preserven sus características originales durante el flete, las maniobras de estiba y almacenaje.

El proveedor, bajo su responsabilidad deberá transportar y asegurar los BIENES hasta el lugar señalado en estas bases y en el contrato respectivo. En los casos donde los BIENES requieran de instructivos y manuales de uso, se deberán presentar en idioma español conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS. Los envases primarios y secundarios serán los que determine el proveedor en la inteligencia que deberán garantizar que los BIENES se conserven en condiciones óptimas de empaque y embalaje durante el transporte y almacenaje, así como que la calidad del bien se mantenga durante el período de garantía y/o vida útil. Los empaques colectivos deberán estar apegados a los “Requisitos para Empaques Colectivos de Artículos de Consumo”, debiendo contener en forma impresa en el diseño del empaque el código de barras en simbología DUN-14 o en su caso podrá ser utilizada etiqueta autoadherible con la misma simbología DUN-14 que permita la lectura correspondiente. Todos los insumos médicos que requieren refrigeración, por la distancia recorrida, el transporte deberá tener cabina con refrigeración (thermoking) funcionando, además el insumo (medicamento o vacuna) debe estar empacado con las cajas de poliuretano correctas, con gel refrigerante congelado, teniendo en todo momento la temperatura adecuada en el interior de las cajas de poliuretano, así como de la cabina de refrigeración para el tipo de insumo, conforme lo indique las etiquetas autorizadas del fabricante y de acuerdo a lo estipulado por la Ley General de Salud. Además se deberá considerar para cada DEPENDENCIA o ENTIDAD lo siguiente: SECRETARIA DE SALUD

Los BIENES de importación directa serán bajo las condiciones CIP, que obliga al proveedor a cubrir todos los gastos y absorber los riesgos por todo el proceso de suministro del bien requerido, hasta el

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Sección IV

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Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, con su respectivo permiso de importación. Para los BIENES de importación directa, una vez que lleguen al Aeropuerto Internacional de la Cd. De México, se realizará la inspección por la COFEPRIS conforme a la Ley General de Salud y su Reglamento, preferentemente con la presencia de un representante designado por LA SECRETARÍA. El proveedor entregara documentos e información necesarios, a mas tardar 3 días hábiles posteriores a la notificación, en el domicilio que será informado por el AREA REQUIRENTE, a mas tardar 5 días naturales después de la fecha de fallo

Copia del Registro Sanitario actualizado del producto

Copia de los proyectos de marbete actualizados

Carta del titular del Registro autorizando a CENSIA el uso del registro indicando que es para importar, vender y distribuir el producto

Nombre y dirección del fabricante

Nombre y dirección del facturador

Nombre y dirección del titular del registro

País de origen del producto

País de procedencia

Fracción arancelaria

Cantidad (dosis del producto a utilizar más muestras)

Unidad de medida

Presentacíon

El PROVEEDOR entregará los BIENES por partida y preferentemente por lote completo de lunes a jueves. El proveedor, cinco días hábiles previos al arribo de la(s) vacuna (s) deberá entregar, en la Coordinación Administrativa del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, ubicada en Francisco De P. Miranda N° 177,1er piso., Col. Merced Gómez, México, Distrito Federal, la siguiente documentación:

Copia de la factura.

Copia de la lista de empaque.

Copia del certificado de origen de los bienes, que ampare cada lote.

Copia de la guía aérea.

Copia del certificado de seguro.

Copia del certificado de control analítico por lote.

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Sección IV

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Original del protocolo resumido por lote ó de fabricación.

Copia del registro sanitario con el proyecto de marbete autorizado.

Copia del certificado de buenas practicas.

Copia de oficio para la liberación. Los BIENES de fabricación nacional y de importación indirecta, serán entregados, una vez que son autorizados para venta y distribución por la COFEPRIS, en la Ciudad de México en el domicilio que será informado por el AREA REQUIRENTE, a más tardar 10 días naturales antes de la primera entrega. En los plazos estipulados en el Programa de Entregas de conformidad con lo establecido en la Sección VI. En BIENES de fabricación nacional y de importación indirecta el proveedor notificara la entrega de de las vacunas con 5 días hábiles de antelación en una carta en la que se indique el día de la entrega junto con la siguiente documentación:

Copia de factura.

Copia de certificado de análisis por lote.

Copia del protocolo resumido por lote ó de fabricación

Acta de liberación u oficio de liberación por parte de la COFEPRIS.

Acta de toma de muestras En el caso que los BIENES sean de origen nacional, la recepción e inspección se llevará a cabo en la Cd. De México, por el personal y en domicilio designado por LA SECRETARÍA; dicho domicilio será notificado al PROVEEDOR con cuando menos cinco días hábiles previos a la fecha de entrega del biológico. IMSS Los bienes deberán ser entregados, conforme al programa establecido, en el cual se indican cantidades en el CALENDARIO DE ENTREGAS contenido en la Sección VI de las BASES.

El proveedor, podrá entregar los bienes antes del plazo de entrega establecido en el CALENDARIO DE ENTREGAS, contenido en la Sección VI de las BASES; para tal efecto, previa autorización por escrito de la Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes y Servicios Terapéuticos, así como del Titular de Suministros de Nivel Central (Almacén de Programas Especiales y Red Fría)

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Sección IV

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En el caso de productos de procedencia nacional o importación indirecta, entregados al Instituto, una vez que son autorizados para venta y distribución por la COFEPRIS, el proveedor los deberá presentar en el Almacén de Programas Especiales y Red Fría con una caducidad mínima de 18 meses al momento de su entrega. No obstante lo anterior, el proveedor podrá entregar los bienes con una caducidad menor a 18 (dieciocho) y hasta 12 (doce) meses, vigentes al momento de su entrega en el almacén del Instituto, siempre y cuando entregue una carta compromiso en papel membreteado de su empresa, en la cual se comprometa a que, en caso de no ser consumidos estos bienes dentro de su vida útil, serán canjeados sin costo alguno para el Instituto, en un plazo no mayor a 60 días naturales a partir de la fecha de la notificación por escrito del IMSS

Para los productos biológicos adquiridos por Importación Directa mediante el INCOTERM CIP, cuyo procedimiento de liberación ante la COFEPRIS para la autorización de uso y distribución es realizado por el Instituto, éstos deberán tener una caducidad mínima de 18 meses al momento de su arribo al Almacén de Programas Especiales y Red Fría, a excepción de la vacuna Anti-influenza clave 020-000-3822, la cual podrá ser de 8 meses, entregando su respectiva carta compromiso de canje.

El Instituto, no otorgará ampliaciones a los plazos de entrega que se establecidos, aún cuando el atraso en la entrega sea derivado del proceso de liberación realizado por la COFEPRIS. Para tal caso aplicara lo establecido en el numeral 16 de estas bases.

LUGAR DE ENTREGA: Los bienes Nacionales y de Importación Indirecta, deberán ser entregados en el Almacén de Programas Especiales y Red Fría, sito en Calzada Vallejo No. 675, Col. Magdalena de las Salinas, C.P. 07760, México D. F.

Por necesidades del Instituto, sin obligación adicional para éste, al mismo precio pactado inicialmente y previo acuerdo de las partes, se podrá modificar el lugar de entrega de los bienes, sin que esto signifique incremento de los lugares de entrega.

CONDICIONES DE ENTREGA: BIENES DE IMPORTACIÓN DIRECTA: En todos los casos, estos se adquirirán mediante el INCOTERM (términos de comercio internacional) y absorber todos los riesgos por todo el proceso del suministro del bien requerido, desde el lugar de origen hasta el anden del Almacén de Programas Especiales y Red Fría, el cual es el sitio

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Sección IV

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convenido de entrega, incluye la descarga de los bienes en el anden del sitio convenido. El Instituto únicamente pagará los impuestos (IVA, IGI, DTA y pre-validación) y derechos que causen el cruce por el Sistema de Aduanas Nacional, así como realizará el trámite ante la COFEPRIS del permiso de importación, del cual el proveedor realizará el pago de los derechos. En el caso de Importación Directa, los costos de traslado y su aseguramiento del aeropuerto de la Ciudad de México al Almacén de Programas Especiales y Red Fría serán cubiertos por el proveedor bajo este termino de Comercio Internacional CIP O DDP, el Instituto deberá designar al Agente Aduanal que realice el desaduanamiento de los bienes. La fecha que se tomará para efectos de contabilizar la entrega de los bienes a entera satisfacción del Instituto, será la consignada en la remisión correspondiente por el Almacén de Programas Especiales y Red Fría. Es importante mencionar que el plazo de entrega de los bienes es totalmente independiente del establecimiento de las Cartas de Crédito, es decir, que NO SERÁ IMPEDIMENTO para que el proveedor cumpla con el programa de entregas establecido en el CALENDARIO DE ENTREGAS contenido en la Sección VI de las BASES y, las Cartas de Crédito se realicen en fecha posterior a la de la entrega. Así también, con objeto de que se elaboren los documentos requeridos en la aduana y realizar el desaduanamiento de los bienes, el licitante que resulte adjudicado se compromete a entregar en el Área de Importaciones, con un mínimo de 5 días hábiles de anticipación al arribo de cada lote, los documentos que enseguida se indican:

Escrito en el que se indique sobre el producto: Número de lotes, dosis a entregar, caducidades, fecha y hora del arribo al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, peso y volumen del producto, así como número de bultos y agente aduanal designado.

Copia de la factura correspondiente. Copia de la Guía de Embarque. Copia de la lista de empaque Copia del Registro Sanitario del bien, vigente y amparando la razón

social y país de origen del fabricante, así como al titular de dicho registro, emitido por la Autoridad Competente en México.

El proveedor deberá cumplir entregando los bienes en palets que cumplan con las dimensiones de 85 cms. de ancho y hasta 1.80 de altura, dichos palets deberán garantizar la conservación de red frío dentro de los rangos de temperatura establecidos.

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Sección IV

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Todos los gastos y cargos que impliquen los trámites inherentes al proceso establecido por la COFEPRIS para análisis y liberación de los productos biológicos, serán cubiertos por el proveedor y cualquier atraso del citado proceso originado por demora del pago correspondiente, será absoluta responsabilidad del proveedor. El horario de recepción en el Almacén de Programas Especiales y Red Fría será de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 hrs., en caso de no cumplirse este horario, los gastos derivados por almacenaje refrigerado (vehículo con TermoKing en el interior del Almacén) serán con cargo al proveedor, así como su resguardo y aseguramiento, hasta la recepción de los mismos.

El proveedor conjuntamente con los bienes, deberá entregar, por cada lote del producto, el Certificado de análisis y Protocolo de fabricación del país de origen, en caso de que se presente en idioma extranjero se deberá acompañar de una traducción simple al idioma español en papel membreteado de la empresa indicando “bajo protesta de decir verdad que los datos ahí consignados están correctamente traducidos y corresponden al lote del bien que en ese momento está entregando. Así como el protocolo de fabricación resumido que solicita la COFEPRIS en caso de ser requerido. Por cada uno de los lotes, el proveedor entregará el certificado de pruebas (ensayos) realizadas al producto a nombre del fabricante, que contenga todas las pruebas y especificaciones técnicas del bien, indicadas en estas bases; así como los resultados obtenidos en cada caso (expresado en el Sistema Internacional de Unidades) y demás datos, entre ellos: Domicilio, teléfono y fax del fabricante, nombre genérico y comercial del bien, número y tamaño del lote fabricado, fecha de caducidad, firmado por el responsable de control de calidad de la empresa. Protocolo de fabricación que cumpla como mínimo lo recomendado por la O.M.S. en su serie de reportes técnicos y avalado por el responsable de calidad de la empresa fabricante. En el caso de que el bien, requiera de un instructivo y manual de uso, se deberá entregar en idioma español conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS. Además el proveedor conjuntamente con los bienes, deberá entregar, por cada lote del producto las muestras correspondientes para su análisis y liberación para su uso y distribución por parte de COFEPRIS, mismas que se indican en esta misma Sección. Cabe resaltar que mientras no se cumpla con las condiciones de entrega establecidas en las presentes bases, el Instituto no dará por recibidos y aceptados los bienes.

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Sección IV

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Cabe resaltar que mientras no se cumpla con las condiciones de entrega establecidas en las presentes bases, el Instituto no dará por recibidos y aceptados los bienes. BIENES NACIONALES Y DE IMPORTACIÓN INDIRECTA: Estos bienes se adquieren mediante el INCOTERM L.A.B. y el proveedor, deberá avisar, por escrito y con 7 días naturales de anticipación a la fecha de arribo del biológico en el Almacén de Programas Especiales y Red Fría y, al entregar el producto en dicho almacén, deberá presentar la documentación siguiente:

La remisión del proveedor, haciendo referencia al número y fecha del contrato, así como el número de lote, fecha de caducidad y dosis.

Protocolo de fabricación, emitido por el fabricante para cada lote.

Certificado de análisis del país de origen, correspondiente a cada

lote. Oficio o acta donde la COFEPRIS, autoriza, la venta y distribución

del lote correspondiente.

Para los bienes de procedencia nacional e importación Indirecta, el lugar de entrega, será el Almacén de Programas Especiales y Red Fría. La transportación de los bienes, las maniobras de carga y descarga en el andén del lugar de entrega, así como el aseguramiento de los bienes, hasta que estos sean recibidos de conformidad en el Almacén ya mencionado, serán totalmente a cargo del proveedor. En este caso de productos nacionales o de importación indirecta, todos los gastos y cargos generados por los trámites realizados ante la COFEPRIS para la liberación de los productos biológicos, serán cubiertos por los proveedores. El horario de recepción será de 8:00 a 14:00 horas en días hábiles para el Instituto Todos los bienes que entregue el proveedor, deberán apegarse a lo indicado en estas bases y contener el Código de Barras UPC-A, UPC-E, EAN-13 o EAN-8, de acuerdo a las Normas Internacionales de Codificación y estar incluidos en Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos del Sector Salud y/o actualizaciones publicadas en el DOF y/o Cuadros Básicos Institucionales de Productos Biológicos (Vacunas) y/o Reactivos de Diagnóstico vigentes del IMSS y/o Catalogo General de Artículos, los que no deberán modificarse durante la vigencia del Contrato.

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Sección IV

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En el caso de que los bienes contengan en su fórmula algún hemoderivado como estabilizador, deberán entregar además de lo antes señalado; Certificado oficial que avale la realización de pruebas de detección de ácidos nucleicos, de Hepatitis A, Hepatitis B, Hepatitis C, Parvovirus B19 y el virus de la inmunodeficiencia humana VIH-1 y VIH-2, las pruebas de detección, deberán ser validadas por el laboratorio fabricante, quién deberá demostrar la ausencia de estos virus. Además de las pruebas de dos o más procedimientos validados de inactivación y/o eliminación viral de acuerdo a lo establecido por la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos vigente.

En todos los casos, el proveedor deberá entregar los bienes en vehiculo termoking garantizando la conservación del biológico a una temperatura de entre +2º C y +8º C,y para el caso de la vacuna antipoliomielitica sera de entre -20°C y -25°C de manera tal que no se alteren sus características durante su transportación, almacenamiento y distribución. Para este efecto, deberá identificar los bienes con el nombre o razón social de su empresa, número de contrato, descripción del artículo, clave del cuadro básico, lote, cantidad y caducidad en el envase colectivo (no se recibirán bienes que no cumplan con este requisito). En el embarque deberán integrar un minimo de tres monitores de temperatura electrónicos en cada vehiculo colocados en el fondo,parte media y al final de las puertas del vehiculo, si se trata de trailer para el caso de vehiculo tipo camioneta con dos monitores sera suficiente en la parte delantera y trasera, todo esto permitirá la impresión de la grafica de temperatura de traslado, que nos permitan obtener un reporte grafico de las temperaturas a la que fue expuesto el producto durante su traslado. IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES. Los envases primarios y secundarios, deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y sus Reglamentos, Normas Oficiales Mexicanas aplicables, conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS. En el producto de fabricación nacional o de importación indirecta, la identificación descrita deberá ser en los envases primarios y secundarios; en productos de importación directa la identificación será en envases secundarios y colectivos. Indicarán además de lo establecido en la Ley General de Salud, el nombre genérico, descripción del bien, clave del Cuadro Básico Institucional, número de lote, fecha de caducidad, fecha de fabricación, cantidad, razón social y domicilio del fabricante, el número de registro otorgado por la SSA y otras características del bien que el proveedor, considere importantes para la identificación respectiva.

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Sección IV

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Cuando el proveedor sea distribuidor, llevará en el envase secundario, y de no existir éste, en el primario contra-etiquetas sin cubrir las leyendas de origen, indicando la razón social y domicilio del proveedor. Los marbetes de los envases para productos de importación directa, así como los instructivos y otra información adicional anexa al producto, deben estar impresos en idioma español, independientemente de que puedan estar en otro(s) idioma(s), estarán perfectamente identificados, de acuerdo a lo señalado en estas Bases, indicándose la fórmula, el lote, fecha de caducidad, nombre genérico y clave del Cuadro Básico, Razón Social y dirección completa del fabricante. Asimismo los instructivos y la documentación técnica que acompaña al bien, deberán ser en idioma español sin detrimento de que venga además en otro(s) idioma(s). Los envases primarios y secundarios, serán los que determine el proveedor, en la inteligencia que éstos deberán garantizar que el bien se conserve en condiciones óptimas de calidad durante el período de garantía señalado en estas bases. y los empaques y embalajes deben conservarse inviolados durante el transporte y almacenamiento, en cumplimiento a la NOM-072-SSA1-1993, “Etiquetado de Medicamentos”, publicada en el DOF, el 10 de abril de 2000. INSPECCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS BIENES. El Instituto, a través del personal responsable de recibir los bienes en el Almacén de Programas Especiales y Red Fría realizará, previo a la recepción de los bienes, una inspección física por atributos, de acuerdo al procedimiento operativo correspondiente y considerando también lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas o Normas Mexicanas, Normas Internacionales o Especificaciones Técnicas del IMSS, vigentes para el producto correspondiente. Cuando no exista norma de referencia, se considerarán las especificaciones del fabricante aplicables a cada una de las claves. Considerando que los biológicos requieren condiciones especiales de refrigeración, el proveedor deberá garantizar que durante el traslado, el producto no sufra ninguna alteración en sus condiciones y propiedades, por lo que en cada embarque deberán integrar un mínimo de tres monitores de temperatura electrónicos en cada vehiculo colocados en el fondo, parte media y al final de las puertas del vehiculo si se trata de trailer, para el caso de vehiculo tipo camioneta con un monitor sera suficiente,todo esto permitirá la impresión de la grafica de temperatura de traslado. Para los productos comprendidos en esta Licitación, será absoluta responsabilidad del proveedor, entregar en la Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura (CCAYAC), el número de muestras que esta dependencia le solicite para la realización de los análisis y duplicados de muestras requeridas para efectos de autorización de venta y/o distribución.

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Sección IV

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ISSSTE

El lugar de entrega de los bienes será:

a) Bienes Nacionales:

En el Almacén de Alta Especialidad, sito en Av. San Fernando No. 547, Puerta 2, Edificio E, Colonia Barrio de San Fernando, C.P. 14070, Tlalpan, D.F., en días hábiles de 9:00 a 14:00 hrs., de conformidad con lo estipulado en estas BASES, razón por la cual no será aceptada condición alguna en cuanto a cargos adicionales por concepto de fletes, maniobras de carga y descarga, seguros u otros costos adicionales para el Instituto.

b) CIP BIENES de Importación Directa:

En la Aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

En los plazos estipulados en el Programa de Entregas de conformidad con lo establecido en la Sección VI.

Una vez que los bienes se encuentren en el Almacén de alta Especialidad, se llevará a cabo el Acto de Revisión, en dicho Almacén sito en Av. San Fernando No. 547, Puerta 2, Edificio E, Col. Barrio de San Fernando, C.P. 14070, Tlalpan, D.F.

Bajo ninguna circunstancia, el Instituto realizará Actos de Revisión en el recinto fiscalizado de la Aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, todas las aperturas se llevarán a cabo en el Almacén de Alta Especialidad.

Será responsabilidad total del proveedor la transportación de los bienes hasta el lugar de entrega señalado. El licitante al ser adjudicado deberá señalar mediante carta preferentemente membreteada en un término de 72 horas, la vía adecuada de embarque (aéreo, marítimo y/o terrestre), y precisar el lugar de envío de los BIENES (país, estado, ciudad o puerto de embarque). El proveedor deberá enviar oportunamente el aviso de embarque a las oficinas del Departamento de Adquisición de Equipo Médico e Importaciones de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Instrumental y Equipo Médico.

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Sección IV

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El proveedor deberá entregar los bienes con las características y la documentación solicitadas en estas Bases, lo cual será verificado por las áreas almacenarías y en su caso por las áreas solicitantes o de control de calidad.

Transportación: En el caso de entregas de bienes nacionales, la transportación de los bienes y las maniobras de carga y descarga en el andén del lugar de entrega, será por cuenta y riesgo del proveedor hasta el Almacén del Instituto y en el caso de entregas CIP, la transportación de los bienes desde el lugar de origen, será por cuenta y riesgo del proveedor hasta el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

El proveedor será responsable del aseguramiento de los bienes hasta que estos sean recibidos de conformidad por el Instituto en el lugar de entrega señalado. SEDENA

A. PLAZO.

La entrega de los bienes para las partidas de material termograficador y reactivos para agua (de la 18 a la 23) se realizará dentro de los 20 días naturales, posteriores a la firma del contrato, y las partidas correspondientes a vacunas conforme a la calendarización descrita en el anexo del contrato de esta dependencia.

B. LUGAR DE ENTREGA.

DDP (Entregada Derechos Pagados), Almacenes Generales de Sanidad, Campo Militar No. 1-A, México, D.F., INCOTERMS 2000.

C. CONDICIONES DE ENTREGA.

a. El PROVEEDOR entregará los bienes en un horario de 08:00

a 14:00 horas de lunes a viernes. b. El proveedor deberá avisar con 2 días de anticipación a la

fecha de arribo de los bienes. c. Para el caso de las vacunas deberá presentar la siguiente

documentación:

1. Copia del contrato. 2. Numero de lote, fecha de caducidad y dosis, protocolo de

fabricación emitido por el fabricante, certificado de análisis del país de origen, oficio o acta donde la COFEPRIS autoriza la venta y distribución del lote

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Sección IV

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correspondiente y registro gráfico de temperatura durante el traslado.

3. El PROVEEDOR deberá entregar los BIENES en

empaques refrigerantes a una temperatura entre +2°C y + 8°C, de manera tal que no se alteren sus características durante la transportación y almacenamiento; para este efecto deberá identificar los BIENES con el nombre o razón social de su empresa, número de licitación, número de contrato, descripción del BIEN, clave de Cuadro Básico, número de lote, cantidad y caducidad en el envase colectivo; no se recibirán BIENES que no cumplan con este requisito.

4. Los BIENES a entregar serán de acuerdo a

especificaciones y presentaciones que marca el CUADRO BASICO y/o sus actualizaciones publicadas en el D.O.F., a las Normas: NOM-059-SSA1-1993.- Buenas prácticas de fabricación para establecimientos de la industria farmacéutica dedicada a la fabricación de medicamentos , NOM-072-SSA1-1993: Norma Oficial Mexicana para etiquetado de medicamentos, NOM-073-SSA1-1993: Norma Oficial Mexicana, de Estabilidad de Medicamentos, y NOM-176-SSA1-1998.- Requisitos sanitarios que deben cumplir los fabricantes, distribuidores y proveedores de fármacos utilizado en la elaboración de medicamentos.

5. El proveedor asumirá totalmente la responsabilidad legal,

en el caso de que al suministrar los BIENES, infrinja o viole la normatividad sanitaria.

6. No se otorgarán prórrogas, por lo que el PROVEEDOR

deberá dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de este procedimiento de contratación en tiempo y forma, de no hacerse así, se hará acreedor a las penas convencionales correspondientes.

7. Los envases deberán identificarse de acuerdo a lo

establecido en la Ley General de Salud y sus Reglamentos, a la Norma Oficial Mexicana NOM-072-SSA1-1993, Etiquetado de medicamentos. D.O.F. 10 de abril del 2000 y conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS.

8. En el caso de que el proveedor sea un distribuidor,

llevará en el envase secundario y/o colectivo, etiqueta sobrepuesta sin cubrir leyendas de origen indicando la razón social y domicilio del proveedor, número de

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Sección IV

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contrato, número de licitación, descripción del artículo, clave de cuadro básico, lote, cantidad y caducidad, no se recibirán bienes que no cumplan con este requisito.

9. El proveedor deberá empacar y embalar los BIENES de

tal forma que preserven sus características originales durante el flete, las maniobras de estiba y almacenaje.

10. El proveedor, bajo su responsabilidad deberá transportar

y asegurar los BIENES hasta el lugar señalado en estas bases y en el contrato respectivo.

11. En los casos donde los BIENES requieran de instructivos

y manuales de uso, se deberán presentar en idioma español conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS.

12. Los envases primarios y secundarios serán los que

determine el proveedor en la inteligencia que deberán garantizar que los BIENES se conserven en condiciones óptimas de empaque y embalaje durante el transporte y almacenaje, así como que la calidad del bien se mantenga durante el período de garantía y/o vida útil.

13. Todos los gastos y cargos generados por los trámites

realizados ante la COFEPRIS para la liberación de los productos biológicos, serán cubiertos por los proveedores.

14. En el caso de que los bienes contengan en su fórmula

algún hemoderivado como estabilizador, deberán entregar además de lo antes señalado; Certificado oficial que avale la realización de pruebas de detección de ácidos nucleicos, de Hepatitis A, Hepatitis B, Hepatitis C, Parvovirus B19 y el virus de la inmunodeficiencia humana VIH-1 y VIH-2, las pruebas de detección, deberán ser validadas por el laboratorio fabricante, quién deberá demostrar la ausencia de estos virus. Además de las pruebas de dos o más procedimientos validados de inactivación y/o eliminación viral de acuerdo a lo establecido por la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos vigente.

15. En el embarque deberán integrar monitores de

temperatura o termograficadores que nos permitan obtener un reporte grafico de las temperaturas a la que fue expuesto el producto durante su traslado.

d. Todos los bienes que entregue el proveedor, deberán

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apegarse a lo indicado en estas bases y contener el Código de Barras UPC-A, UPC-E, EAN-13 o EAN-8, de acuerdo a las Normas Internacionales de Codificación.

e. Inspección y recepción de bienes.

1. Identificación de los bienes.

i. Los envases primarios y secundarios, deberán

identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y sus Reglamentos, Normas Oficiales Mexicanas aplicables, conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS.

ii. La identificación descrita deberá ser en los envases

primarios y secundarios, además de lo establecido en la Ley General de Salud, el nombre genérico, descripción del bien, número de lote, fecha de caducidad, fecha de fabricación, cantidad, razón social y domicilio del fabricante, el número de registro otorgado por la SSA y otras características del bien que el proveedor, considere importantes para la identificación respectiva.

iii. Cuando el proveedor sea distribuidor, llevará en el

envase secundario, y de no existir éste, en el primario contra-etiquetas sin cubrir las leyendas de origen, indicando la razón social y domicilio del proveedor. Los marbetes de los envases, así como los instructivos y otra información adicional anexa al producto, deben estar impresos en idioma español, independientemente de que puedan estar en otro(s) idioma(s), estarán perfectamente identificados, de acuerdo a lo señalado en estas Bases, indicándose la fórmula, el lote, fecha de caducidad, nombre genérico, Razón Social y dirección completa del fabricante.

iv. Los envases primarios y secundarios, serán los que

determine el proveedor, en la inteligencia que éstos deberán garantizar que el bien se conserve en condiciones óptimas de calidad durante el período de garantía señalado en estas bases. y los empaques y embalajes deben conservarse inviolados durante el transporte y almacenamiento, cumplimiento a la NOM-072-SSA1-1993, “Etiquetado de Medicamentos”, publicada en el DOF, el 10 de abril de 2000.

2. Inspección y recepción de los bienes.

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Sección IV

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i. La SEDENA, a través del personal responsable de recibir los bienes en los Almacenes Generales de Sanidad realizará, previo a la recepción de los bienes, una inspección física por atributos, de acuerdo al procedimiento operativo correspondiente y considerando también lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas o Normas Mexicanas, Normas Internacionales vigentes para el producto correspondiente. Cuando no exista norma de referencia, se considerarán las especificaciones del fabricante aplicables a cada una de las partidas.

ii. Considerando que los biológicos requieren condiciones

especiales de refrigeración, el proveedor deberá garantizar que durante el traslado, el producto no sufra ninguna alteración en sus condiciones y propiedades por medio de un indicador desechable o físico-químico e irreversible, que mediante reacción térmica visualmente dé una marcación que cubra la temperatura de conservación establecida en los marbetes por la SSA de acuerdo con la NOM-072-SSA1-1993 “Etiquetado de Medicamentos”.

iii. En caso de que exista necesidad de efectuar cambios de

domicilio para la entrega de los BIENES, el PROVEEDOR estará obligado a entregar éstos en el nuevo do micilio y horario establecidos, previa notificación por escrito de la SEDENA sin cargo extra para la misma; el nuevo domicilio sólo podrá ser considerado dentro de la entidad federativa de que se trate.

PRORROGAS (Sección III, punto 6)

Aplica ( ) No aplica ( X )

DEVOLUCIONES (Sección III, punto 8)

El plazo para la reposición de los BIENES devueltos no excederá de 60 días naturales, contados a partir de la fecha de notificación por escrito por parte de la DEPENDENCIA o ENTIDAD. CANJE: El proveedor deberá realizar el canje de los bienes que presenten defectos a simple vista, especificaciones distintas a las establecidas en el contrato o sus anexos o vicios ocultos, debiendo notificar cada DEPENDENCIA O ENTIDAD por escrito al proveedor dentro del período de 10 días hábiles siguientes al momento en que se haya percatado del vicio o defecto; el

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Sección IV

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canje lo deberá realizar dentro de 60 días naturales posteriores a la notificación por parte del Instituto. El canje aplicará también para aquellos proveedores cuyos productos sean susceptibles de liberación documental por la COFEPRIS, previo al análisis correspondiente y que motivado por los resultados de análisis obtenidos no sean aprobados por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) de la SECRETARIA o bien, en caso de detectarse algún defecto crítico a la recepción del producto. Para aquellos biológicos que durante su vida útil, es decir, antes de la fecha de caducidad, o bien, durante la vigencia del contrato, presenten algún defecto o el área usuaria manifieste alguna queja en el sentido de que el uso del bien pueda afectar la calidad del servicio proporcionado al derechohabiente, éstos serán resguardados en calidad de cuarentena en el área donde se emitió la queja y se notificará a la SECRETARIA, además de proceder a solicitar el canje, de conformidad con los plazos establecidos para tal efecto, en el presente numeral.

Cuando la SECRETARIA notifique a cada DEPENDENCIA O ENTIDAD que la calidad de los bienes pudiera afectar la atención a la población, el proveedor deberá subsanar dicha situación, mediante el canje de los bienes por un nuevo lote, el cual deberá ser previamente autorizado por la SECRETARIA para su venta y distribución. En caso de que la DEPENDENCIA O ENTIDAD, durante la vigencia del contrato, o la garantía de cumplimiento, reciba comunicado por parte de la SECRETARÍA, en respuesta a las quejas o defectos notificados, manifestando que se ha sancionado al proveedor o se le ha revocado el Registro Sanitario derivado de las quejas o defectos reportados, se procederá a la devolución del(os) bien(es) y, por consecuencia, la rescisión administrativa del contrato, debiéndose notificar dicha circunstancia a la SECRETARIA. Todos los gastos que se generen por motivo del canje, correrán por cuenta del proveedor, previa su notificación, sin responsabilidad alguna para el Instituto. El proveedor, deberá reponer los bienes sujetos a canje, en un plazo que no excederá de 60 días naturales contados a partir de la fecha de su notificación. En caso de que el plazo antes establecido para el canje de los bienes, sea insuficiente para el proveedor, éste deberá justificar por escrito las causas por las que no puede dar atención al mencionado plazo; quedando a criterio del área usuaria, el aceptar o no la ampliación del plazo solicitado por el proveedor. El escrito de justificación deberá ser entregado al área responsable de cada DEPENDENCIA O ENTIDAD, el que se pondrá a consideración del área usuaria para su aceptación en su caso.

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Sección IV

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El proveedor se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por su inobservancia o negligencia de su parte, llegue a causar a cada DEPENDENCIA O ENTIDAD y/o a terceros. Los bienes que hayan sido contratados, deberán conservar las especificaciones bajo las cuales fueron aceptados en este procedimiento, respecto al genérico, fabricante, marca, país de origen, envases, vidas útiles e instructivos. SEDENA

A. Una vez recibidos los BIENES y cuando se compruebe la

existencia de defectos o vicios ocultos, la SEDENA procederá a la devolución total o parcial de los BIENES durante el período de garantía, el cual no excederá de 120 días naturales contados a partir de la fecha de notificación.

B. El PROVEEDOR se obliga a reponer a la SEDENA, el 100% de

los BIENES devueltos a partir de la fecha de notificación por escrito en el plazo que no exceda de 60 días.

C. Cuando el PROVEEDOR no efectúe la reposición en el plazo

señalado, éste se obliga a reintegrar a la SEDENA las cantidades pagadas, más los intereses correspondientes conforme al procedimiento establecido en la Ley de Ingresos de la Federación como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas y se computarán por días naturales desde la fecha de pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la SEDENA.

D. De no reintegrarse las cantidades pagadas más los intereses

correspondientes en forma voluntaria y después del plazo establecido, la SEDENA se reserva el derecho de ejercer ante los tribunales competentes, las acciones legales correspondientes, incluidas las que les restituyan los daños y perjuicios causados.

E. El proveedor deberá realizar el canje o devolución de los bienes

que presenten defectos a simple vista, especificaciones distintas a las establecidas en el contrato o sus anexos o vicios ocultos, debiendo notificar la SEDENA por escrito al proveedor dentro del período de 60 días naturales siguientes al momento en que se haya percatado del vicio o defecto.

F. El canje o devolución aplicará también para aquellos proveedores

cuyos productos sean susceptibles de liberación documental por la COFEPRIS, previa al análisis correspondiente y que motivado por los resultados de análisis obtenidos no sean aprobados por la

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Sección IV

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Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), o bien, en caso de detectarse algún defecto crítico al arribo del producto a los Almacenes Generales de Sanidad.

G. Para aquellos biológicos que durante su vida útil, es decir, antes

de la fecha de caducidad, o bien, durante la vigencia del contrato, presenten algún defecto o el área usuaria manifieste alguna queja en el sentido de que el uso del bien pueda afectar la calidad del servicio proporcionado al militar o derechohabiente, éstos serán resguardados en calidad de cuarentena en el área donde se emitió la queja y se notificará a la SSA, además de proceder a realizar el canje o devolución, de conformidad con los plazos establecidos para tal efecto, en los numerales 30.1 y 30.2.

H. Cuando la COFEPRIS notifique a la SEDENA que la calidad de

los bienes pudiera afectar la atención al militar o derechohabiente, el proveedor deberá subsanar dicha situación, mediante el canje de los bienes por un nuevo lote, el cual deberá ser previamente autorizado por la COFEPRIS para su venta y distribución.

I. En caso de que la SEDENA, durante la vigencia del contrato, o la

garantía de cumplimiento, reciba comunicado por parte de la Secretaría de Salud, en respuesta a las quejas o defectos notificados, manifestando que se ha sancionado al proveedor o se le ha revocado el Registro Sanitario derivado de las quejas o defectos reportados, se procederá a la devolución del(os) bien(es) y, por consecuencia, la rescisión administrativa del contrato, debiéndose notificar dicha circunstancia a la Secretaría de Salud.

J. Todos los gastos que se generen por motivo del canje o

devolución, correrán por cuenta del proveedor, sin responsabilidad alguna para la SEDENA.

K. En dado caso que el plazo antes establecido para el canje o

devolución de los bienes, sea insuficiente para el proveedor, éste deberá justificar por escrito las causas por las que no puede dar atención al mencionado plazo; quedando a criterio del área usuaria, el aceptar o no la ampliación del plazo solicitado por el proveedor.

L. El proveedor se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los

daños y/o perjuicios que por su inobservancia o negligencia de su parte, llegue a causar a la SEDENA y/o a terceros.

M. Los bienes que hayan sido contratados, deberán conservar las especificaciones bajo las cuales fueron aceptados en este procedimiento, respecto al genérico, fabricante, marca, país de origen, envases, vidas útiles e instructivos.

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Sección IV

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GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO/PEDIDO

(FIANZA) (Sección III, punto 9.1)

SECRETARIA DE SALUD

El importe de la garantía será mediante fianza expedida a favor de la Tesorería de la Federación por un importe del 10% del monto total de cada CONTRATO/PEDIDO adjudicado antes de I.V.A. El PROVEEDOR deberá entregar la fianza original, en la Dirección de Coordinación y Contratos, ubicada en Av. Paseo de la Reforma No. 10, piso 3, Torre Caballito, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06030, México, Distrito Federal, en un horario de 10:00 a 15:00 horas, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del CONTRATO. En el caso de no cumplir con la presentación de esta garantía, el LICITANTE adjudicado se sujetara a las sanciones establecidas en los artículos 59 y 60 de la LEY. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA

Para proceder a la devolución de la garantía de cumplimiento del CONTRATO será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la SECRETARÍA de liberar las fianzas correspondientes. Para lo anterior se requerirá finiquito total de las obligaciones estipuladas en el CONTRATO. Asimismo la garantía otorgada será liberada a petición del PROVEEDOR, una vez que el ÁREA SOLICITANTE (Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia) manifieste que los BIENES se han recibido a satisfacción y no existe adeudo pendiente con la SECRETARÍA. IMSS GARANTÍA DE LOS BIENES: En el caso de productos de procedencia nacional o importación indirecta, una vez que son autorizados para venta y distribución por la COFEPRIS, deberán contar con una caducidad mínima de 18 meses al momento de su entrega. No obstante lo anterior, el proveedor podrá entregar los bienes con una caducidad menor a 18 (dieciocho) y hasta 12 (doce) meses, vigentes al momento de su entrega en el almacén del Instituto, siempre y cuando entregue una carta compromiso en papel membreteado de su empresa, en la cual se comprometa a que, en caso de no ser consumidos estos bienes

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Sección IV

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dentro de su vida útil, serán canjeados sin costo alguno para el Instituto, en un plazo no mayor a 60 días naturales a partir de la fecha de la notificación por escrito del IMSS

Para los productos biológicos adquiridos por Importación Directa mediante el INCOTERM CIP, cuyo procedimiento de liberación ante la COFEPRIS para la autorización de uso y distribución es realizado por el Instituto, éstos deberán tener una caducidad mínima de 18 meses al momento de su arribo al Almacén de Programas Especiales y Red Fría, a excepción de la vacuna Anti-influenza clave 020-000-3822, la cual podrá ser de 8 meses, entregando su respectiva carta compromiso de canje. Los escritos en los que obre la garantía de los bienes a que se hace referencia en los párrafos que anteceden, deberán constar en papel membreteado de la empresa y ser firmados por su representante. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES: El licitante ganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto, conforme al Anexo A (IMSS) el cual forma parte de estas bases.

La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato, únicamente podrá ser liberada mediante autorización que sea emitida por escrito, por parte del Instituto. Esta garantía deberá presentarse dentro del plazo establecido en el artículo 48 de la Ley. ISSSTE

La Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes al de la formalización del contrato por parte del Licitante adjudicado. El proveedor, para garantizar el cumplimiento del contrato deberá otorgar cheque certificado o de caja emitido a favor de la Tesorería del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado por un importe del 10% del monto total del contrato, sin considerar el I.V.A., siempre que este no se a superior a $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.), en caso de rebasar esta cantidad deberá constituir fianza expedida por afianzadora debidamente

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Sección IV

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constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE.

La póliza de fianza podrá presentarse de conformidad con el anexo A, o en formato libre, que deberá contener además de las cláusulas que la Ley Federal de Instituciones de Fianzas establezca, lo siguiente:

a) Que la fianza se otorga para garantizar todas y cada una de la obligaciones contractuales derivadas de la presente licitación

b) A elección del ISSSTE podrá reclamarse el pago de la fianza por cualquiera de los procedimientos establecidos en los artículos 93 y/o 94 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas; o bien a través del artículo 63 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de los Servicios Financieros. Asimismo, la Institución Afianzadora otorga su consentimiento en lo referente al artículo 119 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

c) Que la fianza continuará vigente aún cuando se otorguen prórrogas o esperas al PROVEEDOR, para el cumplimiento de las obligaciones que se afianzan.

d) Que la fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente.

e) Que la fianza permanecerá en vigor por dos años contra defectos de fabricación y funcionamiento, contados a partir de la entrega de los BIENES a satisfacción del ISSSTE.

f) Para la liberación de la fianza será requisito indispensable la conformidad expresa y por escrito del ISSSTE.

g) La aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.

La garantía de cumplimiento del contrato deberá ser entregada en la Jefatura de Servicios de Adquisición de Medicamentos, sita en Callejón Vía San Fernando No. 12, 3º piso. Col. Barrio de San Fernando, 14070, Tlalpan, D.F.

Devolución de la garantía

El ISSSTE dará al PROVEEDOR su autorización por escrito, para que éste pueda cancelar la fianza correspondiente a la garantía de cumplimiento del contrato, en el momento que demuestre plenamente haber cumplido con la totalidad de sus obligaciones adquiridas en el contrato.

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Sección IV

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SEDENA

A. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES.

a. El licitante ganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de SEDENA, conforme al Anexo E, el cual forma parte de estas bases.

b. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de SEDENA.

c. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato,

únicamente podrá ser liberada mediante autorización que sea emitida por escrito, por parte de SEDENA.

d. Esta garantía deberá presentarse dentro del plazo de los 10

días naturales posteriores a la firma del contrato, de conformidad con el artículo 48 de la Ley.

B. DE LOS BIENES.

a. El PROVEEDOR queda obligado ante SEDENA a responder

por los defectos o vicios ocultos de los BIENES, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el CONTRATO respectivo y en la legislación aplicable.

b. CADUCIDAD

1. El Proveedor se obliga a entregar a la SEDENA a mas tardar

el día de la firma del contrato escrito en papel membretado y firmado por su representante legal, por el que se garantice que el periodo de caducidad de los BIENES no podrá ser menor a 18 meses contados a partir de la fecha de entrega de los mismos.

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Sección IV

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2. No obstante lo anterior, el Proveedor podrá entregar los BIENES con una caducidad mínima de 12 meses, siempre y cuando entregue una carta compromiso a la SEDENA, en la cual se obligue a canjear sin costo alguno para la SEDENA, aquellos BIENES que no sean consumidos por la SEDENA, dentro de su vida útil, en el contenido de dicha carta, se deberá indicar la clave, descripción, fabricante y numero de lote deberá estar firmada por el representante legal.

GARANTÍA DE LOS BIENES.

(Sección III, punto 9.2)

El periodo de garantía de los BIENES será la correspondiente a la fecha de caducidad impresa en el marbete

CADUCIDAD (Sección III, punto 9.3)

Aplica ( X ) El periodo de caducidad de los BIENES será mínimo de 18 meses a partir de la fecha de entrega de los BIENES, la cual deberá ampararse con el certificado analítico del producto terminado del fabricante para cada lote en el momento de la entrega de los BIENES. Quedará a criterio de cada DEPENDENCIA O ENTIDAD la aceptación de BIENES con caducidad inferior a 18 meses y hasta 12 meses, contada a partir de la entrega de los BIENES, para lo cual en caso de ser aceptada, el proveedor deberá entregar carta compromiso de canje al momento de la entrega de los BIENES. No aplica ( )

OTRAS CAUSAS DE RESCISIÓN

ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO/PEDIDO

(Sección III, punto 10.1)

Aplica ( ) No aplica ( X )

PENAS CONVENCIONALES (Sección III, punto

10.2)

SECRETARIA DE SALUD

La pena convencional se calculará a razón del 1% por cada día natural de atraso sobre el valor de los bienes no entregados oportunamente, la cual será calculada y aplicada por el ÁREA REQUIRENTE, misma que no excederá del monto de la garantía de cumplimiento del contrato.

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Sección IV

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Las penas convencionales se harán efectivas mediante:

a) Cheque certificado o de caja a nombre de la Tesorería de la Federación, el cual podrá ser efectuado antes del cobro por la entrega de los bienes.

b) La Secretaría podrá deducir el monto de la pena convencional que se derive del incumplimiento al momento de realizar el pago al proveedor incumplido.

IMSS El Instituto aplicará una pena convencional por cada día de atraso en la entrega de los bienes, por el equivalente al 2.5%, sobre el valor total de lo incumplido, sin incluir el IVA, en cada uno de los supuestos siguientes: a) Cuando el proveedor no entregue los bienes que le hayan sido

requeridos conforme al plazo establecido en el Programa de Entregas, considerándose este plazo como entrega oportuna, y un máximo de cuatro días de entrega con atraso.

b) Cuando el proveedor no reponga dentro del plazo señalado en el

apartado de DEVOLUCIONES de esta Sección, de las presentes bases, los bienes que el Instituto haya solicitado para su canje.

La pena convencional por atraso, se calculará por cada día de incumplimiento, de acuerdo con el porcentaje de penalización establecido en las presentes bases, que es del 2.5 % (dos punto cinco por ciento), aplicado al valor de los bienes entregados con atraso, la que no deberá de ser mayor a la parte proporcional del importe de la garantía de cumplimiento de la partida, orden de reposición o concepto, según corresponda. La suma de las penas convencionales no deberá exceder el importe de dicha garantía. ISSSTE

Cuando el PROVEEDOR no entregue los BIENES, objeto de esta Licitación en las fechas establecidas, se obliga a pagar el 2.5% por cada día natural de mora, hasta que alcance el monto de la Garantía de Cumplimiento, sobre el valor de los BIENES pendientes de entregar, hasta su cumplimiento a satisfacción del ISSSTE, procediendo el PROVEEDOR a efectuar el pago directo mediante cheque de caja o certificado a favor del ISSSTE, el cual para el caso de BIENES de importación deberá ser entregado en la Jefatura de Servicios de Adquisición de Instrumental y Equipo Médico, ubicada en Callejón Vía San Fernando No. 12, tercer piso Col. Barrio de San Fernando, Tlalpan, C.P. 14070, teléfono 56-06-91-33 y fax 56-06-75-

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Sección IV

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08, en un horario de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 hrs. de lunes a viernes y para el caso de BIENES nacionales se realizará en la Tesorería General del ISSSTE ubicada en Río Rin No. 3, Col Cuauhtémoc, en un horario de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 hrs. de lunes a viernes

Independientemente de la aplicación de la pena convencional, se hará efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, cuando el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de sus obligaciones contractuales, por causas a él imputables, teniendo el ISSSTE la facultad potestativa de rescindir el contrato. SEDENA

A. Cuando el PROVEEDOR se atrase en la entrega de los BIENES, en las fechas o plazos pactados en el CONTRATO, se hará acreedor a la pena convencional correspondiente, cuyo porcentaje será el equivalente al 2.5% (dos punto cinco por ciento), sobre el valor total de lo incumplido, sin incluir el IVA, por cada día de atraso y sin que exceda del 10% del valor total de lo incumplido, en cada uno de los supuestos siguientes:

Cuando el proveedor no entregue los bienes que le hayan sido requeridos en el contrato o programa de entregas correspondiente, dentro del plazo señalado en dichos documentos.

Cuando el proveedor no reponga dentro del plazo establecido en las presentes bases, los bienes que SEDENA haya solicitado para su canje o devolución.

B. Por ningún concepto la aplicación de penas convencionales podrá exceder el importe de la garantía de cumplimiento del contrato.

C. El pago de los BIENES quedará condicionado, proporcionalmente,

al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto de penas convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el CONTRATO, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento.

D. Las penas convencionales se harán efectivas mediante deducción

que efectúe la SEDENA al momento de realizar el pago respectivo al PROVEEDOR.

E. La SEDENA no autorizará la condonación de penas

convencionales por atraso en la entrega de los BIENES.

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Sección IV

ba08010002 vac 83

DEDUCCIONES (Sección III, punto

10.3)

Aplica ( ) No aplica ( X )

OTRAS CONSIDERACIONES

Al formalizar los contratos correspondientes, la DEPENDENCIA o ENTIDAD no establecerá penalización en su contra, en caso de que ocurra una variación de las asignaciones presupuestarias, por la conformación y cuantía del presupuesto que apruebe el Legislativo, caso en el cual no sería reconocida. ISSSTE TRÁMITES DE LIBERACIÓN ANTE LA COFEPRIS

La documentación que deberá presentar el PROVEEDOR para llevar a cabo el trámite de liberación para uso o distribución de los BIENES ante la COFEPRIS por lote, son los siguientes: 1) Original de los Protocolos de Producción. 2) Original de los Certificados Analíticos. 3) Copia del Registro Sanitario del Producto por ambos lados. 4) Copia del Proyecto de Marbete. 5) Copia de la Factura

Esta documentación deberá entregarse, en un plazo que no excederá de 48 horas, a partir de la fecha de arribo al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México de los BIENES, directamente en la Jefatura de Servicios de Adquisición de Instrumental y Equipo Médico, ubicada en Callejón Vía San Fernando No. 12, tercer piso Col. Barrio de San Fernando, Tlalpan, C.P. 14070, teléfono 56-06-91-33 y fax 56-06-75-08, en un horario de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 hrs., de lunes a viernes.

Por lo anterior, resulta conveniente que con los BIENES solo viajen copias para los trámites de importación a los que haya lugar.

Una vez que los bienes hayan sido desaduanados por el ISSSTE o entregados por el PROVEEDOR y se encuentren en el Almacén Central de Alta Especialidad, se procederá de la siguiente manera: a) No se aceptarán entregas parciales de los BIENES. b) El PROVEEDOR o su representante en México, deberán estar

presentes en el Acto de Revisión de los BIENES en el Almacén Central de Alta Especialidad.

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Sección IV

ba08010002 vac 84

c) El Jefe de Servicios de Adquisición de Instrumental y Equipo Médico, notificará por escrito a los PROVEEDORES, así como a la Jefatura de Departamento de Almacenaje y Distribución de Alta Especialidad, a la Jefatura de Servicios de Programas de Prevención y Atención de Enfermedades Crónicas y Degenerativas, a la Jefatura de Servicios de Adquisición de Medicamentos, a la Compañía Aseguradora, al OIC, la fecha y hora de revisión de los BIENES, la cual se llevará a cabo en el citado almacén, ubicado en: Av. San Fernando Nº 547, Col. Barrio de San Fernando, Tlalpan, D.F., 14070, con el fin de verificar las condiciones de arribo de los BIENES.

d) El Representante del Almacén, elaborará el Acta Administrativa Circunstanciada, en la que se asentarán las condiciones en las que se recibieron los BIENES. Asimismo, la Compañía Aseguradora levantará el Certificado de Inspección correspondiente. En caso de que el PROVEEDOR no se presente, en el plazo o fecha fijados, facultará al ISSSTE para revisar los bultos, levantando para el efecto, acta circunstanciada donde se hará constar las condiciones en que fueron recibidos los BIENES. Es responsabilidad del PROVEEDOR subsanar cualquier anomalía que se presente.

f) En el caso de que se detecten daños o faltantes en los BIENES, se determinará si son de origen o a consecuencia de la transportación, lo que se asentará en el acta circunstanciada con la finalidad de hacer la reclamación correspondiente al PROVEEDOR o a la aseguradora.

En el caso que se detecten daños en los BIENES suministrados, el PROVEEDOR se obliga a subsanarlos en un plazo de 40 días naturales; si requiere un plazo mayor deberá solicitarlo de inmediato por escrito al ISSSTE, aclarando plenamente el motivo por el cual necesita de un término mayor para reponer el daño o la deficiencia presentada, en el entendido de que la aplicación de las penas convencionales referidas en el numeral 9.2 de la Sección III y lo establecido en esta Sección se hará efectivo.

Cuando se detecten faltantes, el proveedor hará las gestiones necesarias ante su compañía aseguradora a fin de reponer los BIENES faltantes, en el entendido de que la aplicación de las penas convencionales referidas en el numeral 9.2 de la Sección III y lo establecido en esta Sección se hará efectivo.

El ISSSTE no autorizará condonación de sanciones por retraso en las entregas cuando las causas sean imputables al proveedor.

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Sección IV

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De conformidad con lo establecido por la Ley General de Salud, el ISSSTE gestionará ante la COFEPRIS la Visita de Toma de Muestras y Liberación, cuya fecha es desconocida y de la cual se derivará el muestreo por triplicado de los BIENES, de acuerdo con lo señalado en el numeral 5.1 de la Sección III.

Una vez llevada a cabo dicha visita, el Jefe del Departamento de Almacenaje y Distribución de Alta Especialidad, notificará por escrito al PROVEEDOR, en un plazo que no excederá de 48 hrs. Posteriores a la entrega del Acta respectiva, que las muestras se encuentran a su disposición para ser entregadas al Laboratorio Nacional de Salud Pública, entrega que deberá llevarse a cabo en un plazo que no excederá de 48 hrs. Posteriores a la notificación y cuyos gastos absorberá el PROVEEDOR, debiendo entregar copia del oficio expedido por el Laboratorio Nacional de Salud Pública, donde conste la recepción de las muestras, en el Departamento de Fortalecimiento a Programas Preventivos, sito en Av. San Fernando No. 547, Edificio A 4º Piso, Col. Toriello Guerra, Del. Tlalpan, México, D.F. C.P. 14050; en un horario de 9:00 a 15:00 hrs., de lunes a viernes; asimismo, el PROVEEDOR deberá dar seguimiento al resultado de los análisis hasta obtener el Oficio de la Notificación de Liberación Oficial por Lote que expide la COFEPRIS, entregando el original del mismo al mencionado Departamento, en los mismos días y horario referidos.

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Sección IV

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PARA EL CASO ESPECIFICO DEL IMSS Y SEDENA SE SOLICITAN

MUESTRAS SIN COSTO ADICIONAL AL LICITANTE GANADOR (PARA ANALISIS DE COFEPRIS)

CLAVE DESCRIPCIÓN PRESENTACIÓN

NO. DE MUESTRAS POR LOTE ENTRE GADO

(PIEZAS)

IMSS SEDENA

020 920 0146

VACUNA ANTINEUMOCOCCICA. SOLUCIÓN INYECTABLE. Cada dosis de 0.5 ml contiene: Poliósidos purificados del Streptococcus pneumoniae serotipos 1, 2, 3, 4, 5, 6B, 7F, 8, 9N, 9V, 10A,11A, 12F, 14, 15B, 17F, 18C, 19A, 19F, 20, 22F, 23F Y 33F, cada

uno con 25 g. Envase con frasco ampula de 0.5 ml o 2.5 ml o jeringa prellenada de 0.5 ml.

ENVASE CON FRASCO ÁMPULA DE 0.5 ML. Ó 2.5 ML O JERINGA PRELLENADA DE 0.5 ML

234 77

020 000 2526 VACUNA RECOMBINANTE CONTRA LA HEPATITIS B SUSPENSIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula contiene:

AgsHb 20 g /ml. Envase con un frasco

ámpúla con 1 ml.

ENVASE CON UN FRASCO ÁMPULA CON 1 ML.

111 25

020 000 0150 VACUNA CONTRA ROTAVIRUS. SUSPENSIÓN Cada frasco ámpula con liofilizado contiene: Rotavirus vivo atenuado humano cepa RIX4414 no menos de 10

6

DICT 50

Envase con frasco ámpula y una jeringa prellenada con diluyente de 1 ml y con dispositivo de transferencia.

ENVASE CON FRASCO ÁMPULA Y UNA JERINGA PRELLENADA CON DILUYENYE DE 1 ML Y CON DISPOSITIVO DE TRANSFERENCIA

168 168

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Sección IV

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CLAVE DESCRIPCIÓN PRESENTACIÓN

NO. DE MUESTRAS POR LOTE ENTRE GADO

(PIEZAS)

IMSS SEDENA

020 000 2522 VACUNA ACELULAR

ANTIPERTUSSIS CON TOXOIDES

DIFTÉRICO Y TETÁNICO

ADSORBIDOS, CON VACUNA

ANTIPOLIOMIELÍTICA INACTIVADA

Y CON VACUNA CONJUGADA DE

HAEMOPHILUS INFLUENZAE TIPO

B SUSPENSION INYECTABLE

Cada dosis de 0.5 ml de vacuna

reconstituida contiene:

Toxoide diftérico

Purificado 30 UI

Toxoide tetánico

Purificado 40 UI

Toxoide pertússico

purificado adsorbido 25 g

Hemaglutinina filamentosa

purificada adsorbida 25 g

Virus de la poliomielitis

tipo 1 inactivado 40 UD*

Virus de la poliomielitis

tipo 2 inactivado 8 UD*

Virus de la poliomielitis

tipo 3 inactivado 32 UD*

Haemophilus influenzae

Tipo b 10 g

(conjugado a la proteína tetánica) *Unidades de antígeno D

Envase con 1 o 20 dosis en jeringa prellenada de Vacuna acelular Antipertussis con Toxoides Diftérico y Tetánico Adsorbidos y Vacuna Antipoliomielítica inactivada y 1 o 20 dosis en frasco ámpula con liofilizado de Vacuna conjugada de Haemophilus influenzae tipo b, para reconstituir con la suspensión de la jeringa.

ENVASE CON 1 O 20 DOSIS EN JERINGA PRELLENADA DE VACUNA ACELULAR ANTIPERTUSSIS CON TOXOIDES DIFTÉRICO Y TETÁNICO ADSORBIDOS Y VACUNA ANTIPOLIOMIELÍTICA INACTIVADA Y 1 O 20 DOSIS EN FRASCO ÁMPULA CON LIOFILIZADO DE VACUNA CONJUGADA DE

HAEMOPHILUS INFLUENZAE TIPO B, PARA RECONSTITUIR CON LA SUSPENSIÓN DE LA JERINGA.

309 309

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Sección IV

ba08010002 vac 88

CLAVE DESCRIPCIÓN PRESENTACIÓN

NO. DE MUESTRAS POR LOTE ENTRE GADO

(PIEZAS)

IMSS SEDENA

20 000 3800 VACUNA DOBLE VIRAL (SR). SARAMPIÓN Y RUBÉOLA SUSPENSIÓN INYECTABLE. Cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: Virus atenuados del sarampión cepa Edmonston-Zagreb (cultivados en células diploides humanas) o cepa Enders o cepa Schwarz (cultivados en fibroblastos de embrión de pollo) 3.0 log10 a 4.5 log10 DICC50 o 1000 a 32000 DICC50 o 10

3 a 3.2 X 10

4 DICC50.

Virus atenuados de la rubéola cepa Wistar RA 27/3 (cultivados en células diploides humanas MRC-5 ó WI-38) > 3.0 log10 DICC50 o >1000 DICC50 o > 10

3 DICC50. Envase con

liofilizado para 10 dosis y diluyente.

ENVASE CON LIOFILIZADO PARA 10 DOSIS Y DILUYENTE

87

NO SE REQUIERE

020 000 3801 VACUNA BCG SUSPENSIÓN INYECTABLE. Cada dosis de 0.1 ml de la suspensión reconstituida de bacilos atenuados contiene la cepa: Francesa 1173P2 200 000 - 500 000 UFC o Danesa 1331 200 000 - 300 000 UFC o Glaxo* 1077 800 000 - 3 200 000 UFC o Tokio 172 200 000 - 3 000 000 UFC o Montreal 200 000 - 3 200 000 UFC o Moscow 200 000 – 1 000 000 UFC (*) Semilla Mérieux. Envase con un frasco o ampolleta con liofilizado para 10 dosis y ampolleta con diluyente de 1 ml. ó (1) Envase con frasco ámpula con liofilizado para 10 dosis y ampolleta con diluyente de 1 ml.

ENVASE CON UN FRASCO O AMPOLLETA CON LIOFILIZADO PARA 10 DOSIS Y AMPOLLETA CON DILUYENTE DE 1 ML ENVASE CON FRASCO ÁMPULA CON LIOFILIZADO PARA 10 DOSIS Y AMPOLLETA CON DILUYENTE DE 1 ML.

240

NO SE REQUIERE

NOTA: 1.- LA CANTIDAD DE PIEZAS A ENTREGAR DE CADA LOTE CORRESPONDIENTE AL EMBARQUE; LA

CANTIDAD DE LA ENTREGA REALIZADA POR EL LICITANTE GANADOR NO DEBERA SER MENOR A LA CANTIDAD DE LA MUESTRA

2.- DURANTE EL PROCESO DE MUESTREO POR PARTE DE LA COFEPRIS SE ELABORAN TRES

PAQUETES DE MUESTRAS: PRIMER PAQUETE: ES PARA SU INGRESO A LA CCAYAC(COMISION DE CONTROL ANALITICO Y

AMPLIACION DE COBERTURA)

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Sección IV

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SEGUNDO PAQUETE: SE RESGUARDA COMO DUPLICADO PERO A DISPOSICION DE LA COFEPRIS TERCER PAQUETE: COMO MUESTRA DE RETENCION PARA SU ANALISIS EN UN LABORATORIO

AUXILIAR DE LA REGULACION SANITARIA. SI EL IMSS Y/O SEDENA LO REQUIERE

ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE UNA VEZ LIBERADO EL SEGUNDO PAQUETE POR LA COFEPRIS SERA REINTEGRADA LA CANTIDAD AL PROVEEDOR CORRESPONDIENTE

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Sección V

ba08010002 vac 90

SECCIÓN V MODELOS DE ANEXOS.

ANEXO 1 FORMATO DE ACLARACIÓN DE BASES

PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE. Licitación No. _____________ Nombre de la Licitación:_________________ México, D.F., a _______ de _________________de 200___ Secretaría de Salud Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales. Dirección General Adjunta de Adquisiciones, Suministros y Servicios Generales. Presente. Por medio de la presente, nos permitimos solicitar a la Secretaría de Salud, la aclaración de las siguientes dudas: a).- De carácter administrativo

Preguntas Respuestas

b).- De carácter técnico

Preguntas Respuestas

c).- De carácter legal

Preguntas Respuestas

Atentamente

Nombre del representante legal

Cargo en la empresa Firma

Nota: Este documento podrá ser reproducido cuantas veces sea necesario; se recomienda entregarlo en disquete de 3.5” en programa Word.

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Sección V

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ANEXO 1A INSTRUCCIONES PARA EL FORMATO DE ACLARACIÓN DE BASES.

Nota importante: este formato deberá presentarse preferentemente en papel membretado del LICITANTE. En el apartado a).- de carácter administrativo Deberá asentar detalladamente y de forma clara la pregunta de aspectos administrativos que solicite sea aclarada en el evento de aclaración a las BASES, absteniéndose de hacer anotaciones en el espacio correspondiente a respuestas, ya que esta reservado para que el área de la SECRETARÍA a la que va dirigida la pregunta, de respuesta a la misma. En el apartado b).- de carácter técnico Deberá asentar detalladamente y de forma clara la pregunta de aspectos técnicos que solicite sea aclarada en el evento de aclaración a las BASES, absteniéndose de hacer anotaciones en el espacio correspondiente a respuestas, ya que esta reservado para que el área de la SECRETARÍA a la que va dirigida la pregunta, de respuesta a la misma. En el apartado c).- de carácter legal Deberá asentar detalladamente y de forma clara la pregunta de aspectos legales que solicite sea aclarada en el evento de aclaración a las BASES, absteniéndose de hacer anotaciones en el espacio correspondiente a respuestas, ya que esta reservado para que el área de la Secretaría a la que va dirigida la pregunta, de respuesta a la misma. Nombre del representante, cargo y firma. Deberá anotar el nombre, cargo y estar firmada por el LICITANTE o su representante legal.

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Sección V

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ANEXO 2 CARTA PODER. PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE. (Nombre) bajo protesta de decir verdad en mi carácter de _________________________, de la empresa denominada (nombre, denominación o razón social de quien otorga el poder) según consta en el testimonio notarial número __________ de fecha __________________otorgado ante notario público número ____________ de (ciudad en que se otorgó el carácter referido) y que se encuentra registrado bajo el número ______________________ del registro público de comercio de (lugar en que se efectuó el registro) por este conducto autorizo a (nombre de quien recibe el poder), para que a nombre de mi representada, se encargue de las siguientes gestiones: Entregar y recibir documentación, comparecer a los eventos de presentación y apertura de proposiciones y de fallo, hacer las aclaraciones que se deriven de dichos eventos, así como recibir y oír notificaciones con relación al procedimiento de la Licitación Pública ____(Nombre y No.)____ relativa a la contratación de ________ convocada por la Secretaría de Salud.

_____________________________________

(lugar y fecha de expedición)

Nombre, domicilio y firma de quien otorga el poder

Nombre, domicilio y firma de quien recibe el poder

Testigos

Nombre, domicilio y firma Nombre, domicilio y firma

Nota: En caso de que el Licitante sea persona física, adecuar el formato.

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Sección V

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ANEXO 3 ACREDITAMIENTO DE PERSONALIDAD JURÍDICA. PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE. (Nombre) manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para comprometerse y suscribir las PROPOSICIONES en la presente Licitación Pública, a nombre y representación de: (Nombre, denominación o razón social del LICITANTE). Licitación Pública nombre y número ____________________________________ DATOS DEL LICITANTE:

Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio.-

Calle y número:

Colonia: Delegación o municipio:

Código postal: Entidad federativa:

Teléfonos: Fax:

Correo electrónico:

No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha: Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se dio fe de la misma:

Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio

Descripción del objeto social:

Relación de accionistas.- Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s):

Reformas al acta constitutiva (Señalar nombre, número y circunscripción del notario o fedatario públicos que las protocolizó, así como la fecha y los datos de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad):

DATOS DE LA PERSONA FACULTADA LEGALMENTE

Nombre, RFC, domicilio completo y teléfono del apoderado o representante:

Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.

Escritura pública número: Fecha:

Nombre, número y lugar del notario público ante el cual se otorgó:

(lugar y fecha) Protesto lo necesario

(nombre y firma)

Nota: En caso de que el Licitante sea persona física, adecuar el formato.

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Sección V

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ANEXO 4 MANIFIESTO DE NO EXISTIR IMPEDIMENTO PARA PARTICIPAR. PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.

México, D.F., a _____ de ___________________ del 200___ Secretaría de Salud

P r e s e n t e . (Nombre de la persona facultada legalmente) , con las facultades que la empresa denominada _______________________________________ me otorga. Declaro bajo protesta de decir verdad lo siguiente: Que el suscrito y las personas que forman parte de la sociedad y de la propia empresa que represento, no se encuentran en alguno de los supuestos señalados en los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, lo que manifiesto para los efectos correspondientes con relación a la Licitación Pública ______(Nombre y No.)______

_______________________________________________

NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA LEGALMENTE

Nota: En caso de que el Licitante sea persona física, adecuar el formato.

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Sección V

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ANEXO 5 DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD. PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.

México, D.F., a _____ de ___________________ de 200___ Secretaría de Salud

Presente. (Nombre del representante legal) , en mi carácter de representante legal de la empresa denominada _______________________________________. Declaro bajo protesta de decir verdad lo siguiente: Que el suscrito y las personas que forman parte de la sociedad y de la propia empresa que represento nos abstendremos por sí o por interpósita persona de adoptar conductas para que los servidores públicos de la Secretaría de Salud induzcan o alteren las evaluaciones de las PROPOSICIONES, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, lo que manifiesto para los efectos correspondientes con relación a la Licitación Pública ______(Nombre y No.)______

_____________________________________________

NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA LEGALMENTE

Nota: En caso de que el Licitante sea persona física, adecuar el formato.

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Sección V

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ANEXO 6 RELACIÓN DE ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN. Nombre o razón social del Licitante inscrito:___________________________________

Nombre y Número del procedimiento licitatorio:________________________________

No. Documentos de la Sección II Sí No

DOCUMENTACION DISTINTA A LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONOMICA:

1 Copia del recibo de pago de BASES

2 Carta poder simple (ANEXO 2).

3 Acreditamiento de Personalidad Jurídica (ANEXO 3).

4 Manifiesto de no existir impedimento para participar (ANEXO 4).

5 Declaración de integridad (ANEXO 5).

6

En su caso, Convenio de participación conjunta (Formato Libre) y manifiestos de no existir impedimento para participar (ANEXO 4) de cada uno de los miembros de la agrupación. Declaración de Integridad (ANEXO 5) de cada uno de los miembros de la agrupación. Estos

documentos son obligatorios para los Licitantes que presenten PROPOSICIONES conjuntas

PROPUESTA TÉCNICA:

7 Formato “Descripción del BIEN” (ANEXO 9).

8 Manifiesto de cumplimiento de Normas (Formato libre)

9 Manifestación conjunta del LICITANTE y el fabricante de los bienes, de que los bienes importados cumplen con las reglas de origen o de marcado…(ANEXO 7).

10 Manifestación conjunta del LICITANTE y el fabricante de los bienes, de que los bines de origen nacional cumplen con lo establecido en el artículo 28 fracción I de la LAASSP……..(ANEXO 8).

11 Manifiesto de aceptación de todas las cláusulas y condiciones de la convocatoria y bases de la licitacion. (Medios remotos de comunicación electrónica)

12 Copia del Registro sanitario

13 Copia de la Licencia sanitaria y Aviso de Funcionamiento

14 Copia legible completa y vigente del Aviso del Responsable Sanitario del LICITANTE

15 Escrito del licitante en donde señale que de resultar adjudicado se compromete a:………………..

16 Escrito en donde indique la cantidad de lotes a entregar así como la cantidad de dosis por lote .

17 Copia de documento expedido por la CCAyAC

PROPUESTA ECONÓMICA

18 Propuesta Económica (ANEXO 10).

ENTREGO DOCUMENTACION

________________________________________ (NOMBRE Y FIRMA)

RECIBIÓ DOCUMENTACIÓN

____________________________ (NOMBRE Y FIRMA)

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Sección V

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ANEXO 7 FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE QUE LOS BIENES IMPORTADOS CUMPLEN CON LAS REGLAS DE ORIGEN O REGLAS DE MARCADO, SEGÚN PROCEDA, ESTABLECIDAS EN EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO QUE CORRESPONDA PARA EFECTOS DE COMPRAS DEL SECTOR PÚBLICO.

PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE

_______ DE _________________DEL ____(1) __________(2)_____________ P r e s e n t e . Me refiero a la licitación pública internacional No.____(3)___ en el que mi representada, la empresa ________________(4)_______________ participa a través de la propuesta de la empresa ________________(5)______________que se contiene en el presente sobre. Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales conforme a los tratados de libre comercio, para la adquisición de bienes, de conformidad con las disposiciones establecidas en los títulos o capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio, manifestamos que los que suscriben, declaramos bajo protesta de decir verdad, que la totalidad de los bienes que oferta la licitante en dicha propuesta, bajo la partida___(6)___,son originarios de___(7)___, país que es parte del tratado de libre comercio___(8)___que contiene y título o capítulo de compras del sector público y cumple con las reglas de ___(9)___ , para efectos de compras del sector público establecidas en dicho tratado, en el supuesto de que le sea adjudicado el contrato respectivo al licitante.

ATENTAMENTE

____________________(10)___________________ NOMBRE Y FIRMA

ATENTAMENTE

____________________(11)__________________ NOMBRE Y FIRMA

INSTRUCTIVO DEL ANEXO 9

NUMERO DESCRIPCIÓN

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.

3 Indicar el número respectivo

4 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa fabricante.

5 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante.

6 Señalar el número de partida que corresponda.

7 Anotar el nombre del país de origen del bien.

8 Indicar la denominación del tratado de libre comercio bajo cuya cobertura se realiza el procedimiento

9 Regla de origen o regla de marcado, según corresponda

10 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa fabricante.

11 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

NOTAS: a) Si el licitante y el fabricante son la misma empresa, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

b) En el supuesto de que el licitante o el fabricante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formado en su parte conducente.

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Sección V

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ANEXO 8 FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE QUE LOS BIENES DE ORIGEN NACIONAL CUMPLEN CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 28 FRACCIÓN I, DE LA LEY DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.

_______ DE _________________DEL _____(1)

__________(2)_____________ P r e s e n t e .

Me refiero a la licitación pública internacional No.____(3)___ en el que mi representada, la empresa ________________(4)_______________ participa a través de la propuesta de la empresa ________________(5)______________que se contiene en el presente sobre.

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales conforme a los tratados de libre comercio, para la adquisición de bienes, de conformidad con las disposiciones establecidas en los títulos o capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio, manifestamos que los que suscriben, declaramos bajo protesta de decir verdad, que la totalidad de los bienes que oferta la licitante en dicha propuesta, bajo la partida___(6)___,son originarios de los Estados Unidos Mexicanos y cumplen con las reglas de:

Contenido nacional establecidas en el artículo 28 fracción I de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en el supuesto de que le sea adjudicado el contrato respectivo al licitante

ATENTAMENTE

____________________(7)___________________ NOMBRE Y FIRMA

ATENTAMENTE

____________________(8)___________________ NOMBRE Y FIRMA

INSTRUCTIVO DEL ANEXO 10.

NUMERO DESCRIPCIÓN

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.

3 Indicar el número respectivo

4 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa fabricante.

5 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante.

6 Señalar el número de partida que corresponda.

7 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa fabricante.

8 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

NOTAS: a) Si el licitante y el fabricante son la misma empresa, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

b) En el supuesto de que el licitante o el fabricante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formado en su parte conducente.

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ANEXO 9 DESCRIPCIÓN DEL BIEN.

PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.

México, D.F., a _____ de ___________________ de 200___ Secretaría de Salud P r e s e n t e.

Con relación a la Licitación Pública (nombre y número) , , me permito ofertar lo siguiente:

Hoja No.___ de ___

No. De Partida

Clave de cuadro básico

Descripción de conformidad con el Cuadro Básico y Catalogo de Medicamentos Unidad de

medida Cantidad De Dosis

No. registro sanitario:

Fabricado por: _________________ Distribuido por:

Nombre Comercial:

Origen del bien: __________________

Plazo de entrega:

Período de: Garantía __________ Caducidad _________

Atentamente

(Nombre de la persona facultada legalmente)

(Cargo en la empresa) (Firma)

Nota 1: En caso de que el Licitante sea persona física, adecuar el formato.

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ba08010002 vac 100

ANEXO 10 MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA.

PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.

México, D.F., a _____ de ___________________ del 200___

Secretaría de Salud P r e s e n t e.

Con relación a la Licitación Pública (nombre y número) , me permito someter a su consideración la siguiente propuesta económica:

Hoja No.____ de ____

CIP ( )

DDP ( )

No. Partida Clave de cuadro básico

Descripción de conformidad con el Cuadro Básico y Catalogo de Medicamentos

Unidad de medida

Cantidad de Dosis

Precio unitario en UScy

Importe total

Sub-total: Total:

Bajo protesta de decir verdad Atentamente

(Nombre de la persona legalmente facultada)

(Cargo en la empresa) (Firma)

Nota 1: En caso de que el Licitante sea persona física, adecuar el formato.

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SECRETARIA DE SALUD ANEXO A MODELO DE FIANZA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

DEL CONTRATO.

(LA FIANZA SE OTORGA A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN) Para garantizar por la empresa (o persona física con actividad empresarial),__________________________________ en lo sucesivo "EL PROVEEDOR" con domicilio en la calle______________ No.___,Colonia _____________,.Delegación ___________ , C.P.________, en la ciudad de México, Distrito Federal, el fiel y exacto cumplimiento de las obligaciones a su cargo, derivadas del CONTRATO/PEDIDO No.__________, de fecha_____de_______del _______, que tiene por objeto (especificar el objeto) derivado de la Licitación Pública No. 00012005-___-___, (señalar si fue por LPN, LPI, con apego a los tratados, invitación a cuando menos tres o por adjudicación directa) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal a través de la Secretaria de Salud, representada por el C.P. Miguel Villaseñor Miranda, Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales, y por la otra parte “DEL PROVEDOR” (o persona física con actividad empresarial) __________________ a través de su .________________ el C.________________________, con un (importe total de $__________________ (___________________ pesos _____/100 M.N.), antes del I.V.A. (NOMBRE DE LA AFIANZADORA) expresamente declara: A) Que esta fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el CONTRATO/PEDIDO y sus anexos. B) Que la fianza se otorga de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48 fracción II y último párrafo, y 49 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás normatividad aplicable .en los términos del CONTRATO/PEDIDO No._________, y se hará efectiva cuando "EL PROVEEDOR" no cumpla con las obligaciones establecidas en dicho instrumento, o incurra en alguno o algunos de los supuestos de incumplimiento establecidos en el citado CONTRATO/PEDIDO; C) En caso de que la presente fianza se haga exigible (NOMBRE DE LA AFIANZADORA) acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía; procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el articulo 95 Bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida D) Esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de la ejecución del CONTRATO/PEDIDO principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que la Secretaria de Salud otorgue prórrogas o esperas al fiado para el cumplimiento de sus obligaciones, por lo que (NOMBRE DE LA AFIANZADORA) manifiesta su consentimiento, a través del a presente fianza. E) Que la fianza continuará vigente en caso de defectos y/o responsabilidades hasta que se corrijan los defectos y se satisfagan las responsabilidades; F) Esta garantía de cumplimiento de CONTRATO/PEDIDO podrá ser cancelada únicamente mediante un escrito expedido por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Secretaria de Salud, cuando el PROVEEDOR haya cumplido con todas las obligaciones que se deriven del CONTRATO/PEDIDO que garantiza; G) Toda estipulación que aparezca impresa por formato por parte de (NOMBRE DE LA AFIANZADORA), que contravenga las estipulaciones aquí asentadas, las cuales comprenden el proemio y los incisos de la A) al H) se consideran como no puestas. H) Que (NOMBRE DE LA AFIANZADORA) se somete expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de México, D.F., renunciando a la que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.

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ISSSTE ANEXO A MODELO DE FIANZA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL

CONTRATO/PEDIDO.

(LA FIANZA SE OTORGA A FAVOR DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO) Para garantizar por la empresa (o persona física con actividad empresarial),__________________________________ en lo sucesivo "EL PROVEEDOR" con domicilio en la calle_“____________”No.___,Colonia _____________,.Delegación ___________ , C.P.________, en la ciudad de México, Distrito Federal, el fiel y exacto cumplimiento de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato No.__________, de fecha_____de_______del _______, que tiene por objeto (especificar el objeto) derivado de la Licitación Pública No. 00012005/___/___, LPI---, bajo la cobertura de los tratados, con un importe total de $__________________ (___________________USCy, dólares americanos), (NOMBRE DE LA AFIANZADORA) expresamente declara: A) Que esta fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato y sus anexos. B) Que la fianza se otorga de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48 fracción II y último párrafo, y 49 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás normatividad aplicable .en los términos del contrato No._________, y se hará efectiva cuando "EL PROVEEDOR" no cumpla con las obligaciones establecidas en dicho instrumento, o incurra en alguno o algunos de los supuestos de incumplimiento establecidos en el citado contrato; C) En caso de que la presente fianza se haga exigible (NOMBRE DE LA AFIANZADORA) acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 94 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, con exclusión de cualquier otro; procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el articulo 95 Bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe. D) Esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de la ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que el ISSSTE otorgue prórrogas o esperas al fiado para el cumplimiento de sus obligaciones, por lo que (NOMBRE DE LA AFIANZADORA) manifiesta su consentimiento, a través del a presente fianza. E) Que la fianza continuará vigente en caso de defectos y/o responsabilidades hasta que se corrijan los defectos y se satisfagan las responsabilidades; F) Esta garantía de cumplimiento de contrato podrá ser cancelada únicamente mediante un escrito expedido por el ISSSTE, cuando el proveedor haya cumplido con todas las obligaciones que se deriven del contrato que garantiza; G) Toda estipulación que aparezca impresa por formato por parte de (NOMBRE DE LA AFIANZADORA), que contravenga las estipulaciones aquí asentadas, las cuales comprenden el proemio y los incisos de la A) al H) se consideran como no puestas. H) Que (NOMBRE DE LA AFIANZADORA) se somete expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de México, D.F., renunciando a la que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.

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Sección V

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IMSS ANEXO A

MODELO DE GARANTIA DEL IMSS

FORMATO PARA FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

(NOMBRE DE LA AFIANZADORA), EN EJERCICIO DE LA AUTORIZACIÓN QUE LE OTORGÓ EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 5° Y 6° DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, SE CONSTITUYE FIADORA POR LA SUMA DE: (ANOTAR EL IMPORTE QUE PROCEDA DEPENDIENDO DEL PORCENTAJE AL CONTRATO SIN INCLUIR EL IVA.)----- ANTE: EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA GARANTIZAR POR (nombre o denominación social de la empresa). CON DOMICILIO EN (domicilio de la empresa), EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO, DERIVADAS DEL CONTRATO DE (especificar que tipo de contrato, si es de adquisición, prestación de servicio, etc.) NÚMERO (número de contrato) DE FECHA (fecha de suscripción), QUE SE ADJUDICÓ A DICHA EMPRESA CON MOTIVO DEL (especificar el procedimiento de contratación que se llevó a cabo, licitación pública, invitación a cuando menos tres personas, adjudicación directa, y en su caso, el número de ésta), RELATIVO A (objeto del contrato); LA PRESENTE FIANZA, TENDRÁ UNA VIGENCIA DE (se deberá insertar el lapso de vigencia que se haya establecido en el contrato), CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO, ASÍ COMO DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS Y MEDIOS DE DEFENSA LEGALES QUE, EN SU CASO, SEAN INTERPUESTOS POR CUALQUIERA DE LAS PARTES Y HASTA QUE SE DICTE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE; AFIANZADORA (especificar la institución afianzadora que expide la garantía), EXPRESAMENTE SE OBLIGA A PAGAR AL INSTITUTO LA CANTIDAD GARANTIZADA O LA PARTE PROPORCIONAL DE LA MISMA, POSTERIORMENTE A QUE SE LE HAYAN APLICADO AL (proveedor, prestador de servicio, etc.) LA TOTALIDAD DE LAS PENAS CONVENCIONALES ESTABLECIDAS EN LA CLÁUSULA (número de cláusula del contrato en que se estipulen las penas convencionales que en su caso deba pagar el fiado) DEL CONTRATO DE REFERENCIA, MISMAS QUE NO PODRÁN SER SUPERIORES A LA SUMA QUE SE AFIANZA Y/O POR CUALQUIER OTRO INCUMPLIMIENTO EN QUE INCURRA EL FIADO, ASÍ MISMO, LA PRESENTE GARANTÍA SOLO PODRÁ SER CANCELADA A SOLICITUD EXPRESA Y PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL; AFIANZADORA (especificar la institución afianzadora que expide la garantía), EXPRESAMENTE CONSIENTE: A) QUE LA PRESENTE FIANZA SE OTORGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO EN EL CONTRATO ARRIBA INDICADO; B) QUE EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL (proveedor, prestador de servicio, etc.), A CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO, EL INSTITUTO PODRÁ PRESENTAR RECLAMACIÓN DE LA MISMA DENTRO DEL PERIODO DE VIGENCIA ESTABLECIDO EN EL MISMO, E INCLUSO, DENTRO DEL PLAZO DE DIEZ MESES, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE EN QUE CONCLUYA LA VIGENCIA DEL CONTRATO, O BIEN, A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE EN QUE EL INSTITUTO NOTIFIQUE POR ESCRITO AL (proveedor, prestador de servicio, etc.), LA RESCISIÓN DEL INSTRUMENTO JURÍDICO; C) QUE PAGARÁ AL INSTITUTO LA CANTIDAD GARANTIZADA O LA PARTE PROPORCIONAL DE LA MISMA, POSTERIORMENTE A QUE SE LE HAYAN APLICADO AL (proveedor, prestador de servicio, etc.) LA TOTALIDAD DE LAS PENAS CONVENCIONALES ESTABLECIDAS EN LA CLÁUSULA (número de cláusula del contrato en que se estipulen las penas convencionales que en su caso deba pagar el fiado) DEL CONTRATO DE REFERENCIA, MISMAS QUE NO PODRÁN SER SUPERIORES A LA SUMA QUE SE AFIANZA Y/O POR CUALQUIER OTRO INCUMPLIMIENTO EN QUE INCURRA EL FIADO; D) QUE LA FIANZA SOLO PODRÁ SER CANCELADA A SOLICITUD EXPRESA Y PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL; E) QUE DA SU CONSENTIMIENTO AL INSTITUTO EN LO REFERENTE AL ARTÍCULO 119 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE SE AFIANZAN; F) QUE SI ES PRORROGADO EL PLAZO ESTABLECIDO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, O EXISTA ESPERA, LA VIGENCIA DE ESTA FIANZA QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA EN CONCORDANCIA CON DICHA PRÓRROGA O ESPERA; G) QUE LA FIANZA CONTINUARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS Y MEDIOS DE DEFENSA LEGALES QUE, EN SU CASO, SEAN INTERPUESTOS POR CUALQUIERA DE LAS PARTES, HASTA QUE SE DICTE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, AFIANZADORA (especificar la institución afianzadora que expide la garantía), ADMITE EXPRESAMENTE SOMETERSE INDISTINTAMENTE, Y A ELECCIÓN DEL BENEFICIARIO, A CUALESQUIERA DE LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 93 Y/O 94 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS EN VIGOR O, EN SU CASO, A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 63 DE LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS VIGENTE. FIN DE TEXTO.

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Sección V

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SEDENA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL.

DIR.GRAL.ADMÓN. SUBDIR.DE ADQS. (SEC.SUM.MÉD).

(ANEXO N°. 3)

FORMATO PARA FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

( NOMBRE DE LA AFIANZADORA ), EN EJERCICIO DE LA AUTORIZACION QUE LE OTORGO EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, EN LOS TERMINOS DE LOS ARTICULOS 5º Y 6º DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, SE CONSTITUYE FIADORA POR LA SUMA DE: ( ANOTAR EL IMPORTE QUE PROCEDA DEPENDIENDO DEL PORCENTAJE DEL CONTRATO SIN INCLUIR EL I. V. A. ).

A FAVOR: DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN Y A DISPOSICIÓN DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL.

PARA GARANTIZAR POR PARTE DE ( NOMBRE DEL PROVEEDOR ), CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES ( ANOTARLO ) Y CON DOMICILIO EN ( ANOTARLO ), EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO, DERIVADAS DEL CONTRATO DE ADQUISICIÓN NUMERO ( ANOTARLO ), DE FECHA ( ANOTARLA ), QUE SE ADJUDICÓ A DICHA EMPRESA CON MOTIVO DEL (ESPECIFICAR EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE SE LLEVÓ A CABO: LICITACIÓN PÚBLICA, INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ADJUDICACIÓN DIRECTA Y EN SU CASO EL NUMERO DE ESTA ), RELATIVO A ( OBJETO DEL CONTRATO ); LA PRESENTE FIANZA TENDRA UNA VIGENCIA DE (DE CONFORMIDAD CON LA VIGENCIA ESTIPULADA EN EL CONTRATO), CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO, ASI COMO DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS Y MEDIOS DE DEFENSA LEGALES QUE, EN SU CASO SEAN INTERPUESTOS POR CUALQUIERA DE LAS PARTES Y HASTA QUE SE DICTE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE; AFIANZADORA ( ESPECIFICAR LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA QUE EXPIDE LA GARANTÍA ), EXPRESAMENTE SE OBLIGA A PAGAR A LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL, LA CANTIDAD GARANTIZADA O LA PARTE PROPORCIONAL DE LA MISMA, POSTERIORMENTE A QUE SE LE HAYAN APLICADO AL ( PROVEEDOR ), LA TOTALIDAD DE LAS PENAS CONVENCIONALES ESTABLECIDAS EN LA CLÁUSULA ( NÚMERO DE LA CLÁUSULA DE CONTRATO EN QUE SE ESTIPULEN LAS PENAS CONVENCIONALES QUE EN SU CASO DEBA PAGAR EL FIADO ) DEL CONTRATO DE REFERENCIA, MISMAS QUE NO PODRAN SER SUPERIORES A LA SUMA QUE SE AFIANZA Y / O POR CUALQUIER OTRO INCUMPLIMIENTO EN QUE INCURRA EL FIADO, ASIMISMO LA PRESENTE GARANTÍA SOLO PODRÁ SER CANCELADA A SOLICITUD EXPRESA Y PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL; AFIANZADORA ( ESPECIFICAR LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA QUE EXPIDE LA GARANTÍA ), EXPRESAMENTE CONSIENTE: A) QUE LA PESENTE FIANZA SE OTORGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO EN EL CONTRATO ARRIBA INDICADO; B) QUE EN CASO DE INCUMPLIMENTO POR PARTE DEL ( PROVEEDOR ), A CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO, LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL, PODRÁ PRESENTAR RECLAMACIÓN DE LA MISMA DENTRO DEL PERIODO DE VIGENCIA ESTABLECIDO EN EL MISMO, E INCLUSO, DENTRO DEL PLAZO DE 10 MESES, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE EN QUE SE CONCLUYA LA VIGENCIA DEL CONTRATO, O BIEN, A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE EN QUE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL, NOTIFIQUE POR ESCRITO AL PROVEEDOR LA RESCISIÓN DEL INSTRUMENTO JURÍDICO; C) QUE PAGARÁ A LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL, LA CANTIDAD GARANTIZADA O LA PARTE PROPORCIONAL DE LA MISMA, POSTERIORMENTE A QUE SE LE HAYAN APLICADO AL ( PROVEEDOR ) LA TOTALIDAD DE LAS PENAS CONVENCIONALES ESTABLECIDAS EN LA CLAUSULA RESPECTIVA DEL CONTRATO DE REFERENCIA, MISMAS QUE NO PODRÁN SER SUPERIORES A LA SUMA QUE SE AFIANZA Y/O POR CUALQUIER OTRO INCUMPLIMIENTO EN QUE INCURRA EL FIADO; D) QUE LA FIANZA SOLO PODRÁ SER CANCELADA A SOLICITUD EXPRESA Y PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL; E) QUE DA SU CONSENTIMIENTO A LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL, EN LO REFERENTE AL ARTÍCULO 119 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE SE AFIANZAN; F) QUE SI ES PRORROGADO EL PLAZO ESTABLECIDO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, O EXISTA ESPERA, LA VIGENCIA DE ESTA FIANZA QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA EN CONCORDANCIA CON DICHA PRÓRROGA O ESPERA; G) QUE LA FIANZA CONTINUARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS Y MEDIOS DE DEFENSA LEGALES QUE, EN SU CASO, SEAN INTERPUESTOS POR CUALQUIERA DE LAS PARTES, HASTA QUE SE DICTE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, AFIANZADORA (ESPECIFICAR LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA QUE EXPIDE LA GARANTÍA ), ADMITE EXPRESAMENTE SOMETERSE INDISTINTAMENTE Y A ELECCIÓN DEL BENEFICIARIO, A CUALQUIERA DE LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 93 Y/O 94; ASIMISMO, ACEPTA SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 95, 95 BIS Y 118 Y RENUNCIA AL CONTENIDO DEL ARTÍCULO 119 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS EN VIGOR O, EN SU CASO, A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 63 DE LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE

SERVICIOS FINANCIEROS VIGENTE. FIN DE TEXTO. LUGAR Y FECHA DE EXPEDICION

NOMBRE Y FIRMA DEL AGENTE

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ANEXO B CARTA DE GARANTIA CONTRA, DEFECTOS DE FABRICACION Y VICIOS OCULTOS

EN PAPEL PREFERENTEMENTE MEMBRETADO DEL LICITANTE.

MÉXICO, D.F. A _______ DE _________________DEL 200___ DEPENDENCIA o ENTIDAD

P R E S E N T E . (NOMBRE DE LA PERSONA FACULTADA LEGALMENTE), EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL

DE LA EMPRESA DENOMINADA________________________________________________________,

MANIFIESTO QUE, ME COMPROMETO A QUE LOS BIENES PROPUESTOS EN LA LICITACION

No.____________________________ CUENTA CON GARANTÍA MINIMA POR _____________ Y/O DURANTE

TODA SU VIDA UTIL CONTRA DEFECTOS DE FABRICACIÓN Y VICIOS OCULTOS, A PARTIR DE LA FECHA

DE SU ENTREGA A ENTERA SATISFACCION DE LA DEPENDENCIA o ENTIDAD; CONSIDERANDO

INCLUSO LA SUSTITUCION DE LOS ARTICULOS DEFECTUOSOS O DAÑADOS CANJE DE LOS MISMOS

EN UN PLAZO NO MAYOR A 60 DIAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE LA NOTIFICACION POR

PARTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD.

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD

______________________________________________________

FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA LEGALMENTE

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ba08010002 vac 106

ANEXO C FORMATO DE REMISIÓN. (SECRETARIA DE SALUD)

REMISIÓN NÚMERO DE FACTURA FECHA DE REMISIÓN HOJA NÚMERO

DIA MES AÑO DE

DATOS DEL PROVEEDOR NÚMERO DE PEDIDO UNIDAD ADMINISTRATIVA SOLICITANTE

NOMBRE: No: NOMBRE:

CONCURSO

NÚMERO FECHA LUGAR DE ENTREGA

DIRECCIÓN DIA MES AÑO

MOTIVO DE LA REMISIÓN

ADQUISICIÓN CANJE DONATIVO CONDUCTO

R.F.C.

RENGLÓN CLAVE DEL ARTÍCULO DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD DE

MEDIDA PRECIO

UNITARIO IMPORTE

SELLO CON FECHA

SUBTOTAL:

I.V.A. NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA QUE RECIBE (CON LETRA DE MOLDE) IMPORTE TOTAL

IMPORTE TOTAL CON LETRA

NÚMERO DE ALTA DESTINO O PROGRAMA PARTIDA ENTRADA

TOTAL

PARCIAL

A los PROVEEDORES que resulten adjudicatarios se les podrá proporcionar el presente formato en disquete de 3.5” en la Dirección General Adjunta de Adquisiciones, Suministros y Servicios Generales.

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ANEXO C FORMATO DE REMISIÓN (ISSSTE)

ANVERSO REVERSO

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ANEXO D NOTA INFORMATIVA O.C.D.E.

Para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico y firmantes de la Convención para combatir el cohecho de Servidores Públicos extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.

La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada– en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.

El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.

Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999.

Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.

Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o BIENES a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

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Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o BIENES.

Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.

El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

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ANEXO E MODELO DE CONTRATO (SECRETARIA DE SALUD)

CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN DE VACUNAS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, EN LO SUCESIVO “LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. C.P. MIGUEL VILLASEÑOR MIRANDA, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA DRA. VESTA L. RICHARDSON LÓPEZ-COLLADO, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA, Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA “___________________”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL/LA C. _______________________, SU CARÁCTER DE ____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

I. "LA SECRETARÍA", por conducto de su representante, declara:

I.1. Que de conformidad con los artículos 2º, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, “LA SECRETARÍA” es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, la cual tiene a su cargo proveer lo necesario para el exacto cumplimiento de sus funciones, dentro de la esfera de su competencia..

I.2. Que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales es una Unidad Administrativa subordinada de “LA SECRETARÍA”, que tiene entre otras atribuciones elaborar, suscribir, formalizar y tramitar los contratos de arrendamiento, de prestación de bienes en general y de conservación y mantenimiento para las unidades administrativas de la “LA SECRETARÍA”, de conformidad con lo establecido por los Artículos 2, literal B, fracción XIV y 30 fracciones VI y XVII, de su Reglamento Interno.

I.3. Que el Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia es un Órgano Administrativo Desconcentrado jerárquicamente Subordinado a “LA SECRETARÍA”, que tiene entre otras facultades y competencia, coordinar las acciones de las instituciones del Sistema Nacional de Salud en materia de salud de la infancia y la adolescencia y de vacunación para toda la población en el territorio nacional; proponer los mecanismos que permitan el control en el suministro y la distribución oportuna, suficiente y de calidad de los insumos de los programas en materia de salud de la infancia y la adolescencia, así como de los utilizados para la vacunación; de conformidad con lo establecido en las fracciones IV y VII del artículo 47 del Reglamento Interior.

I.4. Que el presente Contrato fue adjudicado con base en la Licitación Pública Internacional (bajo la Cobertura de los Tratados) No. 00012001-___ -08, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 fracción I, 27 y 28 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para la “Adquisición Consolidad de Vacunas”.

I.5. Que la C. Directora General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia interviene en el presente instrumento, como responsable administrativo de los bienes objeto de este contrato.

I.6. Que las erogaciones que se deriven del presente instrumento, serán con cargo a la partida presupuestal 2504 “Medicinas y Productos Farmacéuticos” de “LA SECRETARÍA”.

I.7. Que para los efectos del presente contrato y su anexo señala como su domicilio el ubicado en la Avenida Paseo de la Reforma No. 10, piso 3, Colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06030, en la Ciudad de México, Distrito Federal.

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Sección V

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II. “EL PROVEEDOR”, a través de su representante declara:

II.1. Que mediante Escritura Pública Número ______ de fecha __ de __________ de ____, otorgada ante la fe del Licenciado _________ _________. __________, Notario Público No. ___ del _______________; instrumento inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del _______________ bajo el folio mercantil No. _______, se constituyó la empresa denominada “_________________________________”, asimismo, manifiesta que a su representada le fue asignada como Clave del Registro Federal de Contribuyentes el No. ____________ y Clave Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social No. ____________,

II.2. Que acredita la personalidad y facultades con que se ostenta con la Escritura Pública número _______ de fecha __ de agosto de ____, otorgada ante la fe Licenciado ___________________________, Notario Público No. __ del __________. Asimismo manifiesta que a la fecha de celebración del presente Contrato no le han sido limitadas, modificadas o revocadas las facultades que le fueron conferidas mediante la Escritura Pública antes citada.

II.3. Que de conformidad con los Estatutos vigentes de las Sociedades, entre su objeto social se contempla el servicio objeto del presente contrato, por lo que cuenta con la capacidad jurídica para contratar y obligarse a la ejecución de los bienes objeto del presente Contrato.

II.4. Que cuentan personal suficiente capacitado, disponen de la organización, elementos, conocimiento y experiencia suficiente para llevar a cabo los bienes materia del presente contrato.

II.5. Que desea entregar los bienes que le son requeridos por el Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia de la “LA SECRETARIA” y que es materia de este Contrato, en los términos y condiciones que en él se estipulan.

II.6. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad que ni él ni ninguno de los socios de su representada, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que le impidan contratar.

II.7. Que para todos los efectos derivados del presente contrato y sus anexos, tiene establecido su domicilio en Av. __________ No. _____, Colonia __________________, Código Postal _________, en la Ciudad de ____________________; teléfonos, ____-____, ____-____ y ____-____; mismos que señala para todos los fines y efectos legales de este Contrato.

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Sección V

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Expuesto lo anterior, las partes sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las Siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA: OBJETO.- “EL PROVEEDOR” se obliga a suministrar a "LA SECRETARÍA", un total de ____, dosis de vacunas, distribuidas de la siguiente manera: ___ de la partida 1; ___ de la partida 2; ___ de la partida 3; ___ de la partida 4; ___ de la partida 5; ___ de la partida 6; ___ de la partida 7; ___ de la partida 8; ___ de la partida 9; ___ de la partida 10; ___ de la partida 11; ___ de la partida 12; y ___ de la partida 13, que son solicitadas por el Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de conformidad con la descripción, especificaciones, condiciones técnicas y calendario de entrega, que se señalan en anexo del presente Contrato, el cual debidamente firmado por las partes forma parte integrante de este instrumento legal.

SEGUNDA: MONTO DEL CONTRATO “LA SECRETARÍA” cubrirá a “EL PROVEEDOR”, por concepto de la entrega de los bienes objeto del presente contrato, un monto total de $__________ (___ ________ __________ _______ _ ____ ___ ___________ _____ _____ .); dicha cantidad se pagará en __ (____) exhibiciones vencidas, contra la entrega de los bienes objeto del presente contrato, a entera satisfacción de "LA SECRETARÍA"; los pagos antes referidos se realizarán conforme a lo establecido en la Cláusula Tercera del presente Instrumento.

Las cantidades a las que se hace referencia en el párrafo anterior no generan el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), Cualquier otro impuesto o derecho, deber ser cubierto por “EL

PROVEEDOR”, por lo que el importe de éstos, deberá estar incluido en el costo de los bienes.

Tratándose de bienes de importación, “EL PROVEEDOR” deberá efectuar los trámites de importación y pagar los impuestos y derechos que se generen.

El costo de los bienes materia de este contrato, se pagará en moneda nacional y será fijo e inalterable durante su plazo de ejecución y hasta el total cumplimiento de la entrega de los bienes, y compensará a “EL PROVEEDOR” por materiales, sueldos, honorarios, traslado para la entrega de los bienes, organización, dirección técnica propia, administración y todos los demás gastos que se originen como consecuencia del presente Instrumento, así como su utilidad, por lo que “EL PROVEEDOR” no podrán exigir mayor retribución por ningún otro concepto, durante la plazo de ejecución del presente Contrato.

TERCERA: FORMA DE PAGO.- El pago de los bienes objeto del presente Instrumento, se realizará en exhibiciones vencidas, una vez liberada la vacuna, dentro de los 20 (VEINTE) días naturales posteriores a la presentación de la factura que reúna los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia, una copia del contrato debidamente firmado, Acta de liberación por parte de la Comisión Federal para la Protección contra riesgos Sanitarios y demás documentos en que conste la debida entrega de los bienes en los términos del presente contrato, sellados y firmados por los responsables, en el domicilio de la Coordinación Administrativa del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia con domicilio en Francisco de P. Miranda No. 177, piso 1, Colonia Merced Gómez, Delegación Álvaro Obregón, 01600, México, D.F., de lunes a viernes de 9:30 hrs. a 14:30 hrs.

Asimismo “EL PROVEEDOR” deberá entregar la carta garantía contra defectos de fabricación y vicios ocultos.

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Sección V

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El pago se realizará en Moneda Nacional mediante transferencia electrónica (orden de pago) al tipo de cambio vigente en la fecha en la fecha en que se haga dicho pago que publique el Banco de México en el Diario .Oficial de la Federación a la fecha de la facturación.

El pago de los bienes contratados por cada exhibición quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de las deducciones por el incumplimiento parcial o deficiente en la entrega de los bienes, así como las correspondientes por las penas convencionales a que, en su caso, haya sido acreedor, de conformidad con lo estipulado en el

presente Instrumento legal, por lo que la Coordinación Administrativa del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, bajo su responsabilidad, deberá calcular el monto total de

las penas pendientes de cobro, con objeto de que lleve a cabo la deducción correspondiente.

EL pago de los bienes objeto del presente contrato se realizará en Moneda Nacional a través del transferencia electrónica (orden de pago).

En caso de que la factura presentada para su pago por “EL PROVEEDOR” presente errores o deficiencias, "LA SECRETARÍA" dentro de los 3 (TRES) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que “EL PROVEEDOR” presente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido para el pago.

Cuando los bienes objeto del presente contrato no se ajuste a las características de los bienes ofrecido por “EL PROVEEDOR”, "LA SECRETARÍA" no liquidará a “EL PROVEEDOR” el importe de los bienes objeto de este Contrato.

Las partes manifiestan su conformidad en que si por causas directamente imputables a “EL PROVEEDOR”, no se entregan los bienes objeto de este contrato, en los términos y condiciones que en el mismo y su anexo se establecen, “EL PROVEEDOR” no tendrá derecho a cobrarlos.

La liquidación total de los bienes no significará la aceptación de los mismos, por lo tanto "LA SECRETARÍA" se reserva expresamente el derecho de reclamar el cumplimiento de los bienes faltantes o por pago de lo indebido.

CUARTA: PLAZO DE EJECUCIÓN.- “EL PROVEEDOR” se obliga a iniciar la entrega de los bienes objeto de este contrato a partir de las 00:00 horas del __ (_______) de ______ de 2008 a las 24:00 horas del día __ (___________) de __________ de 2008.

QUINTA: MODIFICACIONES AL CONTRATO.- "LA SECRETARÍA" podrá, dentro de su presupuesto aprobado y disponible, bajo su responsabilidad y por razones fundadas y explícitas, acordar el incremento de la cantidad de los bienes solicitados, mediante modificaciones al presente Instrumento, durante su plazo de ejecución, siempre que el total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% (VEINTE POR CIENTO) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en este Contrato, y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente. Igual porcentaje se aplicará a las modificaciones que por ampliación de la vigencia se haga del presente Instrumento, cuya prestación se realice de manera continua y reiterada.

Cualquier modificación al presente Contrato deberá formalizarse por escrito y los convenios modificatorios respectivos serán suscritos por el servidor público que lo haya hecho en el presente Contrato o quien lo sustituya o esté facultado para ello. En este caso “EL PROVEEDOR” deberá obtener de la afianzadora, el endoso correspondiente a la póliza de garantía de cumplimiento por la modificación efectuada, mismo que deberá presentar a la firma del convenio modificatorio.

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Sección V

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No se aceptarán opciones ni modificaciones que demeriten las especificaciones y calidad del servicio materia del presente Instrumento.

“LA SECRETARIA” se abstendrá de hacer modificaciones que se refieran a precios, anticipos, pagos progresivos, especificaciones y, en general, cualquier cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a “EL PROVEEDOR” comparadas con las establecidas originalmente.

SEXTA: DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.- “EL PROVEEDOR” será responsable de las consecuencias jurídicas en caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, patentes, marcas, registros y derechos de autor, con respecto al uso de los bienes o técnicas de que se vale para proporcionar el servicio objeto de este Contrato, liberando a “LA SECRETARÍA” de cualquier responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.

SÉPTIMA: OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”.- “EL PROVEEDOR” se obliga a:

Prestar los servicios materia de este contrato conforme a las especificaciones detalladas en el Anexo del presente Instrumento;

Hacer del conocimiento inmediato de “LA SECRETARÍA”, cualquier hecho o circunstancia que pueda traducirse en beneficio, daño o perjuicio a los intereses de “LA SECRETARÍA”;

Atender puntualmente las indicaciones que, para la eficaz prestación del servicio reciba del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia de "LA SECRETARÍA";

Que los bienes importados cumplen con las reglas de origen o reglas de marcado, según proceda, establecidas en el tratado de libre comercio que corresponda para efectos de compras del sector público;

Que los bienes de origen nacional cumplen con lo establecido en el artículo 28 fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;

Cumplir con las siguientes normas de los bienes ofertados;

NOM-036-SSA2-2002.- Prevención y control de enfermedades, aplicación de vacunas, toxoides, sueros, antitoxinas e inmunoglobulinas en el humano.

NOM-059-SSA1-1993.- Buenas prácticas de fabricación para establecimientos de la industria químico farmacéutica dedicada a la fabricación de medicamentos.

NOM-072-SSA1-1993.- Etiquetado de medicamentos.

NOM-073-SSA1-2005.- Estabilidad de fármacos y medicamentos.

NOM-164-SSA1-1998.- Buenas prácticas de fabricación para fármacos.

NOM-176-SSA1-1998.- Requisitos sanitarios que deben cumplir los fabricantes, distribuidores y proveedores de fármacos utilizado en la elaboración de medicamentos de uso humano.

Proporcionar al momento de la entrega de los bienes los reactivos no comerciales o exclusivos de los productos adjudicados;

Proporcionar al momento de la entrega de los bienes los Estándares” In House” requeridos para las pruebas y los protocolos de producción correctos y completos de los lotes que se someten a análisis;

Surtir las cantidades de dosis en el menor número de lotes;

Ajustarse a los programas de ingreso de muestras a la Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura (CCAyAC);

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Sección V

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En caso de existir modificaciones a las normas citadas, deberán ser consideradas para su cumplimiento.

Cualquier omisión en la observancia de las obligaciones mencionadas en la presente Cláusula, será considerada como incumplimiento a las condiciones pactadas por las partes, por lo que serán aplicables las penas convencionales y las sanciones estipuladas en las Cláusulas Vigésima Primera y Vigésima Cuarta, según la omisión de la que se trate.

OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD.- La información proporcionada por “LA SECRETARÍA” es confidencial, por lo que “EL PROVEEDOR” se obliga utilizarla únicamente para los fines de este contrato.

Asimismo “EL PROVEEDOR” se compromete y obliga a no divulgar la información proporcionada por “LA SECRETARÍA” y aquella que resulte de la prestación de los servicios, a través de ningún medio de comunicación impreso, medios remotos de comunicación electrónica, magnéticos, conferencias, con fines políticos, sociales, económicos, comerciales, culturales, académicos, y los que resulten aún cuando se hayan recibido los producto entregables objeto de este instrumento legal y terminado la vigencia del mismo, se obliga por tiempo indefinido, pues son propiedad y se constituyen a favor de la Federación por conducto de "LA SECRETARÍA".

Por lo que sí “EL PROVEEDOR” incurriere en lo preceptuado anteriormente, será sancionado de conformidad con la normatividad vigente en la materia, independientemente de las sanciones de tipo penal y civil a que se hiciera acreedor.

NOVENA: RELACIONES DE “EL PROVEEDOR” CON SU PERSONAL.- “EL PROVEEDOR”, como empresario y patrón del personal que ocupe para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas por la celebración del presente Instrumento, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. “EL PROVEEDOR” conviene, por lo mismo, en responder de todas las reclamaciones que en relación con los servicios objeto de este Contrato, llegaren a presentar sus trabajadores en contra de “LA SECRETARIA”.

DÉCIMA: RECURSOS HUMANOS.- Para efectos del cumplimiento del presente Contrato, “EL PROVEEDOR” se obliga a proporcionar el personal especializado para la ejecución de los servicios contratados y será responsable de los buenos antecedentes de su personal garantizándolos de forma adecuada.

Queda expresamente estipulado que el presente Contrato se suscribe en atención a que "EL ASESOR" cuenta con el personal necesario, experiencia, materiales, equipo e instrumentos de trabajo propios para ejecutar los servicios objeto del mismo, y por tanto en ningún momento se considerará como intermediario de “LA SECRETARIA”, respecto de dicho personal, eximiendo desde ahora "EL ASESOR" a “LA SECRETARIA” de cualquier responsabilidad fiscal, laboral y de seguridad social, civil, penal o de cualquier otra índole, que pudiera darse como consecuencia directa de la prestación de los servicios materia del presente instrumento, obligándose "EL ASESOR" a otorgar a “LA SECRETARIA” al término de la vigencia de este Contrato, el finiquito correspondiente

DÉCIMA PRIMERA:

CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.- Los derechos y obligaciones que se deriven del presente Instrumento, no podrán cederse por “EL PROVEEDOR” en forma parcial ni total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “LA SECRETARÍA”.

DÉCIMA SEGUNDA:

PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS BIENES.- “EL PROVEEDOR” queda obligado ante “LA SECRETARÍA” a entregar los bienes de acuerdo a lo establecido en el calendario de entregas contenido en señalado en el Anexo del presente contrato

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Sección V

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Los bienes de importación directa serán bajo las condiciones CIP, que obliga a “EL PROVEEDOR” a cubrir todos los gastos y absorber los riesgos por todo el proceso del suministro del bien requerido, hasta el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, con su respectivo permiso de importación.

Los bienes de fabricación nacional serán entregados en la Ciudad de México en el domicilio que será informado por “LA SECRETARÍA”, a más tardar 5 días naturales antes de la primera entrega, en los plazos estipulados en el Programa de Entregas de conformidad con lo establecido en el anexo del presente contrato

El proveedor, cinco días previos al arribo de la(s) vacuna (s) deberá entregar, en la Coordinación Administrativa del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, ubicada en Francisco De P. Miranda No. 177, piso 1, Colonia Merced Gómez, México, Distrito Federal, la siguiente documentación:

Copia de la factura.

Copia de la lista de empaque.

Copia del certificado de origen de los bienes, que ampare cada lote.

Copia de la guía aérea.

Copia del certificado de seguro.

Copia del certificado de control.

Original del protocolo de análisis.

Copia del registro sanitario con el proyecto de marbete autorizado.

“EL PROVEEDOR” deberá entregar los bienes por partida y preferentemente por lote completo de lunes a jueves.

Para los bienes de importación directa, una vez que lleguen al Aeropuerto Internacional de la Cd. de México, se realizará la inspección por la COFEPRIS conforme a la Ley General de Salud y su Reglamento, preferentemente con la presencia de un representante designado por “LA SECRETARÍA”.

En el caso que los bienes sean de origen nacional, la recepción e inspección se llevará a cabo en la Cd. De México, por el personal y en domicilio designado por “LA SECRETARÍA”; dicho domicilio será notificado “EL PROVEEDOR” con cuando menos cinco días hábiles previos a la fecha de entrega del biológico.

Además se deberá considerar lo siguiente:

“EL PROVEEDOR” deberá tener un antecedente de análisis de su biológico en COFEPRIS por lo menos de un año.

“EL PROVEEDOR” deberá entregar los bienes en empaques refrigerantes a una temperatura entre +2°C y + 8°C, de manera tal que no se alteren sus características durante la transportación y almacenamiento; para este efecto deberá identificar los bienes con el nombre o razón social de su empresa, número de licitación, número de contrato, descripción del bien, clave de Cuadro Básico, número de lote, cantidad y caducidad en el envase colectivo; no se recibirán bienes que no cumplan con este requisito.

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Sección V

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“EL PROVEEDOR” deberá garantizar que durante el traslado, el producto no sufra ninguna alteración en sus condiciones y propiedades, por medio de registradores gráficos de temperatura que indiquen que el producto se mantuvo durante su traslado entre +2°C y +8°C.

Los bienes a entregar serán de acuerdo a especificaciones y presentaciones que marca el cuadro básico y/o sus actualizaciones publicadas en el Diario Oficial de la federación, a las Normas: NOM-059-SSA1-1993.- Buenas prácticas de fabricación para establecimientos de la industria farmacéutica dedicada a la fabricación de medicamentos, NOM-072-SSA1-1993: Norma Oficial Mexicana para etiquetado de medicamentos, NOM-073-SSA1-1993: Norma Oficial Mexicana, de Estabilidad de Medicamentos, y NOM-176-SSA1-1998.- Requisitos sanitarios que deben cumplir los fabricantes, distribuidores y proveedores de fármacos utilizado en la elaboración de medicamentos.

“EL PROVEEDOR” asumirá totalmente la responsabilidad legal, en el caso de que al suministrar las vacunas, infrinja o viole la normatividad sanitaria.

No se otorgarán prórrogas, por lo que “EL PROVEEDOR” deberá dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de este procedimiento de contratación en tiempo y forma, de no hacerse así, se hará acreedor a las penas convencionales correspondientes.

Identificación y empaque de los Bienes a entregar:

Los envases deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y sus Reglamentos, a la Norma Oficial Mexicana NOM-072-SSA1-1993, Etiquetado de medicamentos. D.O.F. 10 de abril del 2000 y conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS.

En el caso de que el proveedor sea un distribuidor, llevará en el envase secundario y/o colectivo, etiqueta sobrepuesta sin cubrir leyendas de origen indicando la razón social y domicilio del proveedor, número de contrato, número de licitación, descripción del artículo, clave de cuadro básico, lote, cantidad y caducidad.

No se recibirán bienes que no cumplan con este requisito.

“EL PROVEEDOR” deberá empacar y embalar los bienes de tal forma que preserven sus características originales durante el flete, las maniobras de estiba y almacenaje.

“EL PROVEEDOR”, bajo su responsabilidad deberá transportar y asegurar los bienes hasta el lugar señalado en estas bases y en el contrato respectivo.

En los casos donde los bienes requieran de instructivos y manuales de uso, se deberán presentar en idioma español conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS.

Los envases primarios y secundarios serán los que determine el proveedor en la inteligencia que deberán garantizar que los BIENES se conserven en condiciones optimas de empaque y embalaje durante el transporte y almacenaje, así como que la calidad del bien se mantenga durante el período de garantía y/o vida útil.

Los empaques colectivos deberán estar apegados a los “Requisitos para Empaques Colectivos de Artículos de Consumo”, debiendo contener en forma impresa en el diseño del empaque el código de barras en simbología DUN-14 o en su caso podrá ser utilizada etiqueta autoadherible con la misma simbología DUN-14 que permita la lectura correspondiente.

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Sección V

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Todos los insumos médicos que requieren refrigeración, por la distancia recorrida (almacenes del proveedor a los almacenes de “LA SECRETARÍA” el transporte deberá tener cabina con refrigeración (thermoking) funcionando, además el insumo (medicamento o vacuna) debe estar empacado con las cajas de poliuretano correctas, con gel refrigerante congelado, teniendo en todo momento la temperatura adecuada en el interior de las cajas de poliuretano, así como de la cabina de refrigeración para el tipo de insumo, conforme lo indique las etiquetas autorizadas del fabricante y de acuerdo a lo estipulado por la Ley General de Salud.

En caso de que exista necesidad de efectuar cambios de domicilio para la entrega de los bienes, “EL PROVEEDOR” estará obligado a prestar éstos en el nuevo domicilio y horario establecidos, previa notificación por escrito de “LA SECRETARÍA” sin cargo extra para la misma; el nuevo domicilio sólo podrá ser considerado dentro de la entidad federativa de que se trate.

DÉCIMA TERCERA:

INSPECCIÓN Y RECEPCIÓN DE BIENES.-“LA SECRETARIA” a través del Centro Nacional para la salud de la Infancia y la Adolescencia esta facultadas para supervisar, vigilar, validar y verificar en todo tiempo, el debido cumplimiento de las obligaciones contraídas por “EL PROVEEDOR”, según el Anexo del presente Instrumento. De igual forma "LA SECRETARÍA" tendrá las más amplias facultades para reportar a “EL PROVEEDOR” las irregularidades que en el servicio se presenten durante su plazo de ejecución.

Asimismo, "LA SECRETARÍA", podrá proporcionar a “EL PROVEEDOR” por escrito, las instrucciones que estime convenientes relacionadas con el servicio contratado de acuerdo a las especificaciones descritas en el presente contrato y su anexo.

“EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad que sí por causas directamente imputables a él, no se prestan los servicios objeto de este contrato de conformidad con las especificaciones términos y condiciones que en el mismo se establezcan, no se tendrán por aceptados y por lo tanto no procede el pago correspondiente.

DÉCIMA CUARTA:

DEVOLUCIONES.- Una vez recibidos los bienes y cuando se compruebe la existencia de defectos de fabricación o vicios ocultos “LA SECRETARIA” procederá a la devolución total o parcial de los bienes durante el período de garantía que se establece en la Cláusula Décima Octava.

“EL PROVEEDOR” se obliga a reponer a “LA SECRETARIA”, el 100% de los bienes devueltos con las características y especificaciones requeridas, en un plazo no mayor a ciento veinte días naturales,, contados a partir de la fecha de notificación por escrito por parte de “LA SECRETARIA”, sujetándose nuevamente a la inspección y autorización por “LA SECRETARIA”.

Cuando “EL PROVEEDOR” no efectúe la reposición en el plazo señalado, éste se obliga a reintegrar a “LA SECRETARIA”, las cantidades pagadas, más los intereses correspondientes conforme al procedimiento establecido en la Ley de Ingresos de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas y se computaran por días naturales desde la fecha de pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la “LA SECRETARIA”.

De no reintegrarse las cantidades pagadas más los intereses correspondientes en forma voluntaria y después del plazo establecido, “LA SECRETARIA”, se reserva el derecho de ejercer, ante los tribunales competentes, las acciones legales correspondientes, incluidas las que le restituyan los daños y perjuicios causados.

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Sección V

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DÉCIMA QUINTA:

SUPERVISIÓN.- "LA SECRETARÍA" a través del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia está facultadas para supervisar, vigilar, validar y verificar en todo tiempo, el debido cumplimiento de las obligaciones contraídas por “EL PROVEEDOR”, según el Anexo del presente Instrumento, teniendo "LA SECRETARÍA" las más amplias facultades para reportar a “EL PROVEEDOR”, las irregularidades que en los bienes se presenten durante su plazo de ejecución.

Asimismo, "LA SECRETARÍA", podrá proporcionar a “EL PROVEEDOR” por escrito, las instrucciones que estime convenientes relacionadas con los bienes contratados de acuerdo a las especificaciones, así como a las modificaciones que en su caso ordene.

Personal autorizado del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia de “LA SECRETARIA”, supervisarán y verificarán que “EL PROVEEDOR” entregue los bienes, de conformidad con de las especificaciones contenidas en el presente instrumento legal.

“EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad que sí por causas directamente imputables a él, no se entregan los bienes objeto de este contrato de conformidad con las especificaciones términos y condiciones que en el mismo se establezcan, no se tendrán por aceptados y por lo tanto no procede el pago correspondiente.

DÉCIMA SEXTA:

TERMINACIÓN ANTICIPADA.- "LA SECRETARÍA", podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes objeto del presente contrato y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a "LA SECRETARÍA" o al Estado, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, conforme a lo dispuesto en el artículo 54 último párrafo de la ley.

DÉCIMA SÉPTIMA:

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- A fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato, “EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar dentro de los 10 (DIEZ) días siguientes a la fecha de firma del presente Instrumento, fianza por un valor igual al 10% (DIEZ POR CIENTO) del importe total señalado en la Cláusula Segunda de este documento, de conformidad con lo establecido en los Artículos 48 fracción II y ultimo párrafo y 49 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público. El texto de la fianza será proporcionado por “LA SECRETARÍA”.

La póliza de fianza deberá ser expedida por empresa afianzadora constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas señalándose como beneficiaria a la misma Tesorería de la Federación, el texto de la fianza deberá contener las siguientes declaraciones expresas:

Para garantizar por las empresas y/o persona física con actividad empresarial),__________________________________ en lo sucesivo “EL PROVEEDOR” con domicilio en la Calle ______________ No .___, Colonia _____________,Delegación ___________, C.P.________, en la Ciudad de México, Distrito Federal, (anotar el domicilio completo del proveedor) el fiel y exacto cumplimiento de las obligaciones a su cargo, derivadas del Contrato para la adquisición de Vacunas No. ___-DCC-S-___/08, de fecha ___ de ______ de 200__, con una vigencia del ___ de ______ de 200__ al ___ de ______ de 200__, emanado de la Licitación Pública Internacional (Bajo la Cobertura de los Tratados) No. 00012005-___-08, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal a través de la Secretaria de Salud, representada por el C.P. Miguel Villaseñor Miranda, Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales, asistido por la/el C. ___________________, (anotar cargo del Servidor Público) de _____________ y por la otra parte la empresa denominada (anotar nombre empresa y/o persona física con actividad empresarial) a quien en lo sucesivo se le denominará “EL PROVEEDOR”, representada por la/el C.________________________, en su carácter de Administrador con un importe total de $__________________ (___________________ pesos _____/100 M.N), antes del I.V.A.

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Sección V

ba08010002 vac 120

NOMBRE DE LA AFIANZADORA expresamente declara:

a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato y sus anexos.

b) Que la fianza se otorga de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48 fracción II y último párrafo, y 49 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás normatividad aplicable en los términos del contrato No. ___-DCC-S-___/08, y se hará efectiva cuando “EL PROVEEDOR” no cumpla con las obligaciones establecidas en dicho instrumento, o incurra en alguno o algunos de los supuestos de incumplimiento establecidos en el citado contrato;

c) En caso de que la presente fianza se haga exigible NOMBRE DE LA AFIANZADORA acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el 95 Bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.

d) Esta garantía continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, salvo que las partes se otorguen el finiquito de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de la ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia, por lo que NOMBRE DE LA AFIANZADORA manifiesta su consentimiento, a través de la presente fianza.

e) Que la fianza continuará vigente en caso de defectos y/o responsabilidades hasta que se corrijan los defectos y se satisfagan las responsabilidades;

f) Esta garantía de cumplimiento de contrato podrá ser liberada únicamente mediante un escrito expedido por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Secretaria de Salud, cuando “EL PROVEEDOR” hayan cumplido con todas las obligaciones que se deriven del contrato que garantiza;

g) Toda estipulación que aparezca impresa por formato por parte de NOMBRE DE LA AFIANZADORA que contravenga las estipulaciones aquí asentadas, las cuales comprenden el proemio y los incisos de la A) al H) se consideran como no puestas.

h) Que NOMBRE DE LA AFIANZADORA se somete expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de México, D.F., renunciando a la que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.

Asimismo, “EL PROVEEDOR” se obliga a que en caso de que el presente Instrumento se modifique en los términos de la Cláusula Quinta, entregará a la firma del Convenio respectivo, el endoso de ampliación de monto y/o vigencia, de la póliza de fianza que garantiza el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente Contrato.

La devolución de la garantía se realizará contra la presentación de la constancia expedida por la Dirección General de Evaluación del Desempeño de que “EL PROVEEDOR” no tiene obligación pendiente de cumplir, con respecto a los servicios objeto del presente Instrumento legal.

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Sección V

ba08010002 vac 121

DÉCIMA OCTAVA:

GARANTÍA DE LOS BIENES.- “EL PROVEEDOR” queda obligado ante “LA SECRETARÍA” a responder tanto por los defectos o vicios ocultos de los bienes la calidad de los bienes, como en caso de negligencia, mala fe, impericia y dolo de los productos derivados de los bienes, de la respuesta inmediata en la atención y entrega, derivados de los mismos, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el presente Instrumento y en la legislación aplicable.

El periodo de garantía de los bienes objeto del presente contrato, será el correspondiente a la fecha de caducidad impresa en el marbete.

“EL PROVEEDOR” será responsable en todo momento del personal que ocupe para la entrega de los bienes, deslindando a “LA SECRETARÍA” de cualquier responsabilidad de tipo laboral, civil, penal o de cualquier otra índole derivada de la entrega de los mismos.

DÉCIMA NOVENA:

CADUCIDAD.- El periodo de caducidad de los bienes será __________ meses a partir de la fecha de entrega de los mismos, la cual deberá ampararse con el certificado analítico del producto terminado del fabricante para cada lote en el momento de la entrega de los bienes.

VIGÉSIMA: RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.- El incumplimiento de las obligaciones que asume “EL PROVEEDOR” por virtud de éste Contrato, faculta a "LA SECRETARÍA" a dar inicio al procedimiento de rescisión administrativa del presente instrumento legal, sin ninguna responsabilidad a su cargo. Dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que "LA SECRETARÍA" comunique a “EL PROVEEDOR” por escrito y en forma fehaciente tal determinación; además también será causal de inicio del procedimiento de rescisión administrativa si “EL PROVEEDOR” incurre en alguno de los siguientes supuestos, mismos que se señalan de manera enunciativa más no limitativa:

a) Si “EL PROVEEDOR” no otorga la fianza de garantía y en su caso el endoso de ampliación correspondiente, en los términos que se establecen en la Cláusula Décima Séptima de este Contrato, siendo a su cargo los daños y perjuicios que pudiere sufrir “LA SECRETARÍA” por la no ejecución de los bienes contratados;

b) Cuando hubiese transcurrido el plazo que se conceda “EL PROVEEDOR” para reemplazar los bienes devueltos antes de su pago;

c) Cuando “EL PROVEEDOR” no entregue los bienes en el plazo establecido en el presente Contrato, y se hubiese agotado el monto límite de aplicación de penas convencionales;

d) Si cede total o parcial a favor de cualquier otra persona, los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso, se deberá contar con la conformidad previa de “LA SECRETARIA”;

e) Si “EL PROVEEDOR” es declarada en concurso mercantil por autoridad competente, o por alguna situación distinta que sea análoga o equivalente y afecte el cumplimiento de las obligaciones consignadas en este Contrato, a cargo de “EL PROVEEDOR”;

f) Cuando la COFEPRIS emita el acta, que contenga el resultado de las pruebas de las vacunas y estas no reúnan los requisitos para su liberación y aplicación, basada en la farmacopea mexicana;

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Sección V

ba08010002 vac 122

g) Por incumplimiento de cualquier otra obligación a cargo de “EL PROVEEDOR” consignada en las bases, este contrato y su anexo.

Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados “LA SECRETARIA” quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, aplicando las sanciones convenidas o rescindirlo, siendo una facultad potestativa.

En caso de rescisión la aplicación de la garantía de cumplimiento señalada en la Cláusula Décima Quinta del presente instrumento, será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas, así mismo, en dicho supuesto no procederá el cobro de las penas convencionales a que se haya hecho acreedor “EL PROVEEDOR” ni la contabilización de las mismas, para hacer efectiva la garantía de cumplimiento.

Una vez concluido el procedimiento de rescisión administrativa del contrato, “LA SECRETARIA” solicitará a la TESOFE en la forma y términos de la legislación aplicable, la ejecución de la garantía respectiva ante el incumplimiento de las obligaciones a cargo de “EL PROVEEDOR”; en este caso, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.

Todo lo anterior, no exime a “EL PROVEEDOR” de las responsabilidades subsistentes que no se encuentren amparadas por la póliza de fianza.

Para tales efectos “LA SECRETARÍA” deberá realizar el procedimiento a que se refiere el Artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

VIGÉSIMA PRIMERA:

PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN.- "LA SECRETARÍA" podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato:

a) A partir del incumplimiento de “EL PROVEEDOR” de alguna de las obligaciones que derivan de este Contrato, o en caso de que se actualice una o varias de las hipótesis previstas en la cláusula anterior.

b) A partir de que se hubiere agotado el monto limite de aplicación de la pena convencional por atraso en la entrega estipulada en este instrumento.

En ambos casos, "LA SECRETARÍA" requerirá por escrito a “EL PROVEEDOR”, para que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles, contados a partir del acuse de recibo del escrito en el que se señalan el o los incumplimientos, exponga lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que estime pertinentes.

Transcurrido dicho término, considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer “EL PROVEEDOR”, "LA SECRETARÍA" emitirá la resolución correspondiente, la cual deberá ser comunicada por escrito dentro de un plazo de 15 (QUINCE) días naturales siguientes al término señalado en el párrafo que precede, debidamente fundada y motivada.

Cuando se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar el Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, por concepto de los bienes prestados hasta el momento de rescisión.

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Sección V

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Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se prestarán los bienes, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia de que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.

“LA SECRETARIA” a través del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, podrá determinar no dar rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del contrato pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, deberá elaborar un dictamen a través de la Coordinación Administrativa del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.

Al no dar por rescindido el contrato, “LA SECRETARIA” establecerá con “EL PROVEEDOR” otros plazos, que permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de esta Ley.

VIGÉSIMA PRIMERA:

PENAS CONVENCIONALES.- Cuando “EL PROVEEDOR”, se atrase en la entrega de los bienes, en las fechas o plazos pactados en el presente Contrato, se hará acreedor a la pena convencional correspondiente, cuyo porcentaje se calculará a razón del 1% por cada día natural de atraso, sobre el valor de los bienes no entregados oportunamente, misma que no deberá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del presente contrato, la que será calculada y aplicada por la Coordinación Administrativa del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia.

Las penas convencionales se harán efectivas mediante:

a) Cheque certificado o de caja a nombre de la Tesorería de la Federación, la cual podrá ser aplicada antes del cobro por la entrega de los bienes o el procedimiento que establezca la Dirección General de Programación, organización y Presupuesto de "LA SECRETARÍA";

b) "LA SECRETARÍA" podrá deducir del monto de la pena convencional que se derive del incumplimiento, al momento de realizar el pago respectivo a “EL PROVEEDOR”.

El pago de los bienes por cada exhibición quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de penas convencionales; en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento.

"LA SECRETARÍA" no autorizará la condonación de penas convencionales por atraso en la entrega de los bienes.

Es responsabilidad de la Coordinación Administrativa del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, el vigilar, controlar, calcular y hacer efectivas las penas convencionales que se susciten en la entrega de los bienes objeto del presente instrumento.

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Sección V

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VIGÉSIMA SEGUNDA:

SUSPENSIÓN.- Cuando en la entrega de los bienes se presente caso fortuito o de fuerza mayor, “LA SECRETARIA” podrá suspender la entrega de los bienes, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados.

Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LA SECRETARIA”, esta pagará a “EL PROVEEDOR” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato, durante el tiempo que dure ésta suspensión. El pago antes mencionado se realizará a los 20 (VEINTE) días posteriores a la presentación de la documentación requerida para el pago, a entera satisfacción de “LA SECRETARIA”.

En cualquiera de los casos mencionados se pactará entre las partes el plazo de suspensión y una vez concluido éste podrá iniciarse la terminación anticipada del presente contrato.

VIGÉSIMA TERCERA:

COSTOS.- Ambas partes acuerdan que, las condiciones, y términos del presente Contrato serán fijos, incluyendo todos los costos involucrados, por lo que no podrá agregar alguno adicional y serán inalterables durante la vigencia del Contrato y hasta el cumplimiento total de los bienes contratados.

VIGÉSIMA CUARTA:

SANCIONES.- Independientemente de la efectividad de la garantía de cumplimiento y/o de las penas convencionales a favor de la Tesorería de la Federación, que requieran ser aplicables por el incumplimiento o atraso en el cumplimiento de las obligaciones de “EL PROVEEDOR”, se podrán aplicar multa e inhabilitación en términos de los artículos 59, 60 y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público independientemente de las civiles o penales que puedan derivar.

VIGÉSIMA QUINTA:

INTERVENCIÓN.- Las Secretarias de la Función Pública, de Hacienda y Crédito Público, y en su caso, de Economía, tendrán la intervención que las Leyes y Reglamentos en la materia les señalen, en la celebración y cumplimiento de este Contrato. En tal virtud, “EL PROVEEDOR” deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con el presente contrato que en su momento le requiera la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de control en “LA SECRETARÍA", con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que practiquen

VIGÉSIMA SEXTA:

LEGISLACIÓN.- Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de los bienes objeto del presente Contrato, a todas y cada una de las cláusulas y anexo que lo integran, a las Bases y Junta de Aclaraciones respectivas, a las propuestas técnica y económica de “EL PROVEEDOR”, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establecen la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, y normatividad derivada de las mismas, y en todo lo no previsto por éstas, serán aplicables supletoriamente el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.

VIGÉSIMA SÉPTIMA:

JURISDICCIÓN.- Para la interpretación y cumplimiento del presente Instrumento, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, “EL PROVEEDOR” se somete a la Jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, con residencia en el Distrito Federal, por lo tanto renuncia al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro pudieran corresponderle, o por cualquier otra causa.

Leído que fue el presente Contrato y enteradas las partes de su valor y consecuencias legales, se firma en 6 (SEIS) ejemplares en la Ciudad de México, Distrito Federal, el día __ (______) de _______ de 2008.

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Sección V

ba08010002 vac 125

POR “LA SECRETARÍA” POR “EL PROVEEDOR” "____________________________”

C. P. MIGUEL VILLASEÑOR MIRANDA DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES

Y SERVICIOS GENERALES

REVISÓ

DRA. VESTA L. RICHARDSON LÓPEZ-COLLADO DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL

PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

ELABORÓ:

LIC. HÉCTOR DOMÍNGUEZ DEL CASTILLO DIRECTOR DE COORDINACIÓN Y CONTRATOS

Las firmas y antefirmas que constan en la presente hoja corresponden al Contrato para la Adquisición de Vacunas No..

___-DCC-S-___/08 que celebran “LA SECRETARIA” y la empresa denominada "___________________", con fecha __ (_________________) de _______ de 2008.

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Sección V

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Anexo del Contrato para a Adquisición de Vacunas que celebran "LA SECRETARÍA" y la empresa denominada "______________________”, con fecha __ (_________________) de _______ de 2008.

LA REFERENCIA AL ANEXO Y LOS ESPACIOS EN BLANCO DEL CONTRATO SERÁN DEBIDAMENTE REQUISITADOS CON LA OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA DEL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO, CONSIDERANDO EN SU CASO LO QUE DERIVE DE LA (S) JUNTA (S) DE ACLARACIONES

CORRESPONDIENTES.

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Sección V

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Sección V

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Sección V

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ANEXO J MODELO DE CONTRATO/PEDIDO (ISSSTE)

NÚMERO

DIA MES AÑO DE

DIA MES AÑO

PARTIDA PRESUPUESTAL (No. Y NOMBRE)

FIRMA

CARGO

TELEFONO Y FAX

FECHA

PRECIO TOTAL NETO M.N.

MÍNIMA MÁXIMA MÍNIMO MÁXIMO

DIA MES AÑO

RECIBIÓ EN LA SUBDIRECCIÓN DE ABASTO DE INSUMOS MÉDICOS

Instituto de Seguridad

y Servicios Sociales

de los Trabajadores

del Estado

FECHA HOJA NO.

TOTAL CON LETRA TOTAL

PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, FUNDAMENTO LEGAL,

No. DEL PROCEDIMIENTO Y FECHA DE FALLO

AUTORIZACIÓN (NOMBRE, FIRMA Y CARGO)

UNIDAD PRECIO UNITARIOCANTIDAD

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL

ESCRITURA PÚBLICA NOTARÍA PÚBLICA

RENGLÓN CLAVES Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES

DIA MES AÑO

NUEVA ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA NEP (39 DÍGITOS)

REQUISICIÓN DE COMPRA DE BIENES NO. ACUERDO DEL CAAS/ISSSTE

EFECTURA ENTREGA EN

CONDICIONES DE PAGO

CONDICIONES DE ENTREGA

VIGENCIA DEL CONTRATO

COMPRADOR (NOMBRE, FIRMA Y CARGO) AUTORIZACIÓN (NOMBRE, FIRMA Y CARGO)

NO. CONTRATO AÑO SECUENCIA COMP.

FECHA DE ENTREGA

LAS CLAUSULAS DEL PRESENTE CONTRATO APARECEN AL REVERSO

NORMAL ( ) ABIERTO ( )

CONTRATO

PROVEEDOR (NOMBRE, DOMICILIO FISCAL, R.F.C.

PROVEEDOR NACIONAL Y EXTRANJERO. ACTA

CONSTITUTIVA, FECHA, No. DE NOTARIO)

DIA MES AÑO

AUTORIZACIÓN SUBDIRECCIÓN GENERAL DE FINANZAS

SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO

(NOMBRE, FIRMA Y SELLO)

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Sección V

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DECLARACIONES

"EL INSTITUTO" DECLARA QUE:

ES UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO, CON PERSONALIDAD JURIDICA Y PATRIMONIO PROPIOS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1° Y 3°, FRACCIÓN I Y 45 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL; 4°, 149 Y 174 DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, Y QUE PARA EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 149 Y 150 FRACCIÓN X, DE ESTA

ÚLTIMA LEY, PUEDE REALIZAR TODA CLASE DE ACTOS JURÍDICOS Y CELEBRAR LOS CONTRATOS QUE REQUIERA EL SERVICIO A SU CARGO Y SU REPRESENTANTE FUE NOMBRADO POR LA JUNTA DIRECTIVA A PROPUESTA DE SU DIRECTOR GENERAL Y QUE SE ENCUENTRA PLENAMENTE FACULTADO PARA REPRESENTAR A " EL INSTITUTO".

SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES ES ISS-600101-5A3, Y SU DOMICILIO FISCAL ES: FRAY SERVANDO TERESA DE MIER No. 32, 2° PISO, COLONIA CENTRO, CÓDIGO

POSTAL 06080, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL.

"EL PROVEEDOR" DECLARA QUE:

ES UNA PERSONA FÍSICA Y QUE SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE INSCRITO EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, CON EL NÚMERO DE CLAVE CONTENIDO EN EL ANVERSO DE ESTE INSTRUMENTO JURÍDICO.

ES UNA SOCIEDAD MERCANTIL CONSTITUIDA DE CONFORMIDAD CON LA LEGISLACIÓN MEXICANA Y SU REPRESENTANTE TIENE FACULTADES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO Y QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, NO SE ENCUENTRA EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS DEL ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, ASI COMO DEL ARTÍCULO 8°, FRACCIONES XI Y XX, DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE

LOS SERVIDORES PÚBLICOS, Y CUYO REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES SE INDICA EN EL RECUADRO CORRESPONDIENTE. CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- "EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A SUMINISTRAR A "EL INSTITUTO" LOS BIENES QUE SE INDICAN EN EL ANVERSO DE ESTE CONTRATO.

"EL PROVEEDOR" DEBERÁ AJUSTARSE ESTRICTAMENTE A LOS REQUERIMIENTOS Y ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES SEÑALADOS EN EL ANVERSO DE ESTE INSTRUMENTO JURÍDICO Y CUMPLIR EN TODOS SUS TÉRMINOS LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LAS BASES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE LE DAN ORIGEN Y QUE SE INDICAN EN EL RECUADRO CORRESPONDIENTE DEL ANVERSO DE ESTE INSTRUMENTO.

"EL INSTITUTO" PODRÁ, DENTRO DE SU PRESUPUESTO APROBADO Y DISPONIBLE, ACORDAR EL INCREMENTO EN LA CANTIDAD DE BIENES ORIGINALMENTE ESTIPULADA EN EL CONTRATO, DENTRO DE LOS DOCE MESES POSTERIORES A SU FIRMA, SIEMPRE QUE EL MONTO TOTAL DE LAS MODIFICACIONES NO REBASE, EN CONJUNTO, EL VEINTE POR

CIENTO DEL MONTO O CANTIDAD DE LOS CONCEPTOS Y VOLUMENES ESTABLECIDOS ORIGINALMENTE EN EL MISMO Y EL PRECIO DE LOS BIENES SEA IGUAL A LO PACTADO ORIGINALMENTE.

SEGUNDA.- PRECIO.-"EL INSTITUTO" CUBRIRÁ A "EL PROVEEDOR", POR CONCEPTO DE PAGO DE LOS BIENES MATERIA DE ESTE CONTRATO, LA CANTIDAD INDICADA EN EL ANVERSO DEL MISMO, LA CUAL, BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA PODRÁ INCREMENTARSE, NI SE ACEPTARÁ CONDICIÓN ALGUNA EN CUANTO A CARGOS ADICIONALES POR CONCEPTO DE FLETES, MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA, SEGUROS O POR ALGÚN OTRO CONCEPTO. NO SE OTORGARAN ANTICIPOS.

TERCERA.- "EL INSTITUTO" SE OBLIGA A PAGAR A "EL PROVEEDOR" LA CANTIDAD A QUE SE REFIERE LA CLÁUSULA ANTERIOR, PARA EL CASO DE CONTRATO NORMAL, A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS CUARENTA Y CINCO DÍAS NATURALES, Y SI ES CONTRATO ABIERTO, DENTRO DEL PLAZO DE TREINTA DÍAS NATURALES, POSTERIORES A LA

PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS REFERIDOS EN EL PÁRRAFO SIGUIENTE, PREVIA ENTREGA DE LOS BIENES EN LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE CONTRATO, A DICHO PAGO SE LE EFECTUARÁN LAS RETENCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES ESTABLEZCAN.

PARA QUE LA OBLIGACIÓN DE PAGO SE HAGA EXIGIBLE "EL PROVEEDOR" DEBERÁ PRESENTAR EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN LAS BASES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE DA ORIGEN AL PRESENTE CONTRATO, LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS TALES COMO: ORIGINALES DE LA FACTURA, CONTRATO Y REMISIÓN, DEBIDAMENTE SELLADOS Y FIRMADOS POR EL PERSONAL AUTORIZADO PARA ELLO, COPIA DE LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO, PARA

DICTAMINAR LA PROCEDENCIA DE LA MISMA Y QUE REÚNA LOS REQUISITOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES QUE ESTABLECE LA LEGISLACIÓN VIGENTE, EN CASO DE QUE LA CITADA DOCUMENTACIÓN PRESENTE INCONSISTENCIAS, "EL INSTITUTO" DEVOLVERÁ LA MISMA A "EL PROVEEDOR", SEÑALANDO LAS CAUSAS QUE LA ORIGINAN.

DICHA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE EN LAS UNIDADES DE RECEPCIÓN Y CONTROL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE FINANZAS, UBICADAS EN RÍO RHÍN NÚMERO 3, 1er PISO, COL. CUAUHTÉMOC, CÓDIGO POSTAL 06500, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, EN UN HORARIO COMPRENDIDO DE LAS 9:00 A LAS 14:30 HORAS, DE LUNES A VIERNES.

EL PAGO SE REALIZARÁ, POR MEDIO DE BANCA ELECTRÓNICA, PREVIA ENTREGA DEL ORIGINAL DEL CONTRARECIBO E IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA EN LA TESORERÍA GENERAL DE "EL INSTITUTO", SITA EN RÍO RHÍN NÚMERO 3, 6° PISO, COL. CUAUHTÉMOC, CÓDIGO POSTAL 06500, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC,

MÉXICO, DISTRITO FEDERAL. SI "EL PROVEEDOR" NO PRESENTA EN EL TIEMPO QUE SE SEÑALA EN LAS BASES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE DA ORIGEN AL PRESENTE CONTRATO, LA

DOCUMENTACIÓN A QUE ALUDE ESTA CLÁUSULA, LA FECHA DE PAGO SE PRORROGARÁ EL MISMO NÚMERO DE DÍAS QUE DURE EL RETRASO. SI SE OTORGAN PRÓRROGAS O ESPERAS A "EL PROVEEDOR" PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES, OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, LA OBLIGACIÓN DE PAGO, SE

RECORRERÁ POR EL MISMO PLAZO POR EL QUE SE OTORGUE LA PRÓRROGA. CUARTA.- VIGENCIA.- LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO ES LA ESTABLECIDA EN EL ANVERSO DEL MISMO.

QUINTA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA.-"EL PROVEEDOR" SE COMPROMETE A ENTREGAR A "EL INSTITUTO" EL (LOS) BIEN (ES) QUE SE MENCIONAN EN LA CLÁUSULA PRIMERA, EN LA FORMA Y TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE DA ORIGEN A ESTE CONTRATO, EN LA(S) FECHA(S) PACTADA(S) Y

LUGAR(ES) SEÑALADO(S) EN EL ANVERSO DEL PRESENTE DOCUMENTO. EN CASO DE QUE "EL INSTITUTO" REQUIERA MODIFICAR ALGÚN TÉRMINO RESPECTO A LUGAR Y PLAZO DE LA ENTREGA, SE REALIZARÁ POR ESCRITO, EN TÉRMINOS DE LO

PREVISTO EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. SEXTA.- GARANTÍA DE CALIDAD DE LOS BIENES.- "EL PROVEEDOR" GARANTIZA LA CALIDAD DE LOS BIENES CONTRA DEFECTOS DE MATERIALES Y MANO DE OBRA,

COMPROMETIÉNDOSE A SUSTITUIRLOS POR OTROS NUEVOS, EN LA FORMA Y TÉRMINOS PREVISTOS EN LAS BASES DEL PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN QUE DA ORIGEN AL PRESENTE CONTRATO. SÉPTIMA.- DEVOLUCIONES.- "EL INSTITUTO" PODRÁ HACER DEVOLUCIONES DE LOS BIENES MATERIA DE ESTE CONTRATO, CUANDO SE COMPRUEBE QUE EXISTEN VICIOS

OCULTOS O DEFECTOS DE FABRICACIÓN, DURANTE SU USO O PRESENTE DEFICIENCIAS, TANTO EN LA CALIDAD COMO EN LOS EMPAQUES DE LOS BIENES SUMINISTRADOS, POR CAUSAS IMPUTABLES A "EL PROVEEDOR" Y DENTRO DEL PERÍODO DE GARANTÍA, MISMO QUE EMPEZARÁ A CONTARSE A PARTIR DE LA ENTREGA DE LOS BIENES.

EN ESTOS CASOS "EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A REPONER A "EL INSTITUTO" Y SIN CONDICION ALGUNA, EL CIEN POR CIENTO DE LOS BIENES DEVUELTOS EN EL PLAZO ESTABLECIDO EN LAS BASES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN; SI "EL PROVEEDOR" NO PUEDE REALIZAR EL CAMBIO FÍSICO DEL PRODUCTO, SE OBLIGA A REINTEGRAR EL PAGO QUE SE HAYA EFECTUADO POR DICHOS BIENES MÁS LOS INTERESES GENERADOS A LA TASA QUE SEÑALA LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN

PARA EL EJERCICIO FISCAL QUE CORRESPONDA, COMO PENA CONVENCIONAL Y SE LE HARÁ EFECTIVA LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. SI SE IDENTIFICAN DEFECTOS QUE NO AFECTEN LA DURACIÓN Y FUNCIONALIDAD DE LOS BIENES, SE PROCEDERÁ A LA ACEPTACIÓN, PREVIA INSPECCIÓN Y AUTORIZACIÓN

DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL DE CALIDAD CON ACCIÓN CORRECTIVA, SIEMPRE Y CUANDO CONVENGA A LAS NECESIDADES DE ABASTECIMIENTO DE "EL INSTITUTO", SI LOS DEFECTOS AFECTAN LA DURACIÓN Y FUNCIONALIDAD DE LOS BIENES, "EL INSTITUTO" LOS RECHAZARÁ SIN MÁS TRÁMITE.

OCTAVA.- VISITA A LAS INSTALACIONES.- "EL PROVEEDOR" SE COMPROMETE DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO A PERMITIR LA ENTRADA A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE "EL INSTITUTO" A SUS INSTALACIONES, A FIN DE VERIFICAR LA CALIDAD DE LOS BIENES A ENTREGAR.

NOVENA.- "EL PROVEEDOR" SERÁ RESPONSABLE DEL ABASTECIMIENTO DE LOS BIENES QUE SUMINISTRE HASTA QUE SEAN RECIBIDOS A ENTERA SATISFACCIÓN DE "EL INSTITUTO".

DÉCIMA.- SANEAMIENTO.- "EL PROVEEDOR" SE OBLIGA AL SANEAMIENTO EN CASO DE EVICCIÓN, EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 2119, 2120 Y DEMÁS APLICABLES DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL.

DÉCIMA PRIMERA.- PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES.- "EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A NO CEDER, EN FORMA PARCIAL NI TOTAL, A FAVOR DE CUALQUIER OTRA PERSONA FÍSICA Y/O MORAL LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO, SÓLO PODRÁ CEDER LOS DERECHOS DE COBRO PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE "EL INSTITUTO".

DÉCIMA SEGUNDA.- RESPONSABILIDADES DE "EL PROVEEDOR".- "EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A QUE LOS BIENES MOTIVO DE ESTE CONTRATO CUMPLAN CON LO DISPUESTO EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, ASÍ COMO A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DEFECTOS, DAÑOS Y PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTE SE LLEGUEN A CAUSAR A "EL INSTITUTO" O A TERCEROS, A RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y/O VICIOS

OCULTOS DE LOS BIENES; DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIESE INCURRIDO EN LOS TÉRMINOS

SEÑALADOS EN ESTE CONTRATO Y EN EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, ASÍ COMO EN LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 53 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y

SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, EN CUYO CASO SE HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA OTORGADA PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO HASTA POR EL MONTO TOTAL DE LA MISMA.

DÉCIMA TERCERA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.- "EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A OTORGAR GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO, LA CUAL DEBERÁ PRESENTAR A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DEL MISMO, EN EL CASO DE QUE EL MONTO DEL CONTRATO EXCEDA $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.), MEDIANTE FIANZA EXPEDIDA POR UNA AFIANZADORA

DEBIDAMENTE CONSTITUIDA, EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, A FAVOR DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, Y ACEPTA QUE LA AFIANZADORA PAGUE LA FIANZA INDEPENDIENTEMENTE DE QUE INTERPONGA CUALQUIER TIPO DE RECURSO ADMINISTRATIVO Y/O JUDICIAL Y, QUE EN CASO DE QUE EXISTAN CRÉDITOS A FAVOR, RENUNCIA EXPRESAMENTE A LA COMPENSACIÓN, POR LO QUE EN CASO DE

INCUMPLIMIENTO SE PODRÁ HACER EFECTIVA LA GARANTÍA; Y CUANDO EL MONTO DEL CONTRATO SEA MENOR O IGUAL A $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.), SERÁ A TRAVÉS DE CHEQUE CERTIFICADO O DE CAJA, CON CARGO A CUALQUIER INSTITUCIÓN DE CRÉDITO, A FAVOR DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, EN AMBOS CASOS LA GARANTÍA DEBERÁ EXPEDIRSE POR UN IMPORTE EQUIVALENTE AL DIEZ POR CIENTO DEL MONTO TOTAL SIN INCLUIR EL

I.V.A. TRATÁNDOSE DE CONTRATO NORMAL; Y DEL DIEZ POR CIENTO DEL MONTO TOTAL MÁXIMO SIN INCLUIR EL I.V.A. TRATÁNDOSE DE CONTRATO ABIERTO. LA PÓLIZA DE FIANZA DEBERÁ CONTENER, ADEMÁS DE LAS CLÁUSULAS QUE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS EN LA MATERIA ESTABLECE, LO SIGUIENTE:

A) LA FIANZA SE OTORGA PARA GARANTIZAR TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO CELEBRADO ENTRE "EL PROVEEDOR" Y "EL INSTITUTO", DERIVADO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE DA ORIGEN AL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO.

B) EN CASO DE QUE LA PRESENTE FIANZA SE HAGA EXIGIBLE, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN, ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 93 Y/O 94 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, O BIEN A TRAVÉS DEL ARTÍCULO 63 DE LA

LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS, ASIMISMO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGA SU CONSENTIMIENTO EN LO REFERENTE AL ARTÍCULO 119 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

C) "EL INSTITUTO" CUENTA CON UN TÉRMINO DE DOS AÑOS CONTADOS A PARTIR EL INCUMPLIMIENTO DE "EL PROVEEDOR", PARA RECLAMAR EL PAGO A LA AFIANZADORA, LA PÓLIZA DE FIANZA EN CUESTIÓN.

D) NO SE EXTINGUIRÁ AÚN CUANDO "EL PROVEEDOR" SUBCONTRATE PARCIALMENTE. E) LA FIANZA CONTINUARÁ VIGENTE AÚN CUANDO SE OTORGUEN PRÓRROGAS O ESPERAS A "EL PROVEEDOR", PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE SE

AFIANZAN. F) LA PRESENTE FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR DESDE LA FECHA DE SU EXPEDICIÓN Y HASTA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL

CONTRATO POR PARTE DE "EL PROVEEDOR", O EN SU CASO DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN, HASTA QUE SE DICTE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE.

G) PARA LA LIBERACIÓN DE LA FIANZA SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DE "EL INSTITUTO", LA CUAL SERÁ DEVUELTA COMO MÍNIMO 24 MESES POSTERIORES, A PARTIR DE LA FECHA EN QUE LA OBLIGACIÓN DEBIÓ HABERSE CUMPLIDO.

DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA.- "EL INSTITUTO" PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL PRESENTE CONTRATO EN CASO DE CUALQUIER INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES A CARGO DE "EL PROVEEDOR" SIN NECESIDAD DE ACUDIR A LOS TRIBUNALES COMPETENTES EN LA MATERIA, EN CUYO CASO EL PROCEDIMIENTO DEBERÁ INICIARSE DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS NATURALES SIGUIENTES A AQUEL EN QUE SE HUBIERE AGOTADO EL MONTO LÍMITE DE APLICACIÓN DE LAS

PENAS CONVENCIONALES. SI PREVIAMENTE A LA DETERMINACIÓN DE DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, SE HICIERE ENTREGA DE LOS BIENES, EL PROCEDIMIENTO INICIADO QUEDARÁ SIN EFECTO.

LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE "EL PROVEEDOR" SE REFIEREN A CONTINUACIÓN, DE MANERA ENUNCIATIVA, MÁS NO LIMITATIVA: A) SI TRANSCURRIDO EL TIEMPO SEÑALADO PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES, ESTA NO SE REALIZA.

B) SI NO ENTREGA LOS BIENES OBJETO DE ESTE CONTRATO CON LA CALIDAD Y ESPECIFICACIONES SOLICITADAS POR "EL INSTITUTO".

C) CUANDO TRANSMITA TOTAL O PARCIALMENTE, BAJO CUALQUIER TÍTULO, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES A QUE SE REFIERE EL CONTRATO. D) CUANDO NO CUMPLA EN TIEMPO Y FORMA CON LAS ENTREGAS, CONFORME EL CALENDARIO QUE "EL INSTITUTO" ESTABLEZCA.

E) CUANDO LA AUTORIDAD COMPETENTE DECLARE EL ESTADO DE QUIEBRA, CONCURSO MERCANTIL O ALGUNA SITUACIÓN, QUE SEA ANÁLOGA O EQUIVALENTE Y QUE AFECTE EL PATRIMONIO DE "EL PROVEEDOR".

F) NO HACER ENTREGA DE LA FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL MISMO.

G) EN GENERAL, INCURRA EN INCUMPLIMIENTO TOTAL O PARCIAL DE LAS OBLIGACIONES QUE SE ESTIPULEN EN EL PRESENTE CONTRATO. EN EL CASO DE OPTAR POR LA RESCISIÓN DEL CONTRATO, "EL INSTITUTO" COMUNICARÁ POR ESCRITO A "EL PROVEEDOR" EL INCUMPLIMIENTO EN QUE HAYA INCURRIDO,

PARA QUE EN UN TÉRMINO DE CINCO DÍAS HÁBILES EXPONGA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y APORTE LAS PRUEBAS QUE ESTIME PERTINENTES. TRANSCURRIDO DICHO TÉRMINO SE RESOLVERÁ CONSIDERANDO LOS ARGUMENTOS Y PRUEBAS QUE HUBIERE HECHO VALER "EL PROVEEDOR", DEBIENDO "EL INSTITUTO"

FUNDAR Y MOTIVAR DEBIDAMENTE LA RESOLUCIÓN Y LO COMUNICARÁ POR ESCRITO A "EL PROVEEDOR", DENTRO DEL TÉRMINO DE QUINCE DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LO SEÑALADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, EN ESTE CASO, LA APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, SERÁ PROPORCIONAL AL MONTO DE LAS OBLIGACIONES INCUMPLIDAS.

ASIMISMO, "EL INSTITUTO" PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL CONTRATO, CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL, O BIEN, CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS BIENES ORIGINALMENTE CONTRATADOS.

DÉCIMA QUINTA.- PATENTES Y MARCAS.- "EL PROVEEDOR" SERÁ RESPONSABLE, EN EL CASO DE QUE AL VENDER Y SUMINISTRAR LOS BIENES, OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SE INFRINJAN PÁTENTES Y/O MARCAS REGISTRADAS POR TERCEROS, QUEDANDO "EL INSTITUTO" LIBERADO DE TODA RESPONSABILIDAD DE CARÁCTER CIVIL, PENAL, FISCAL O DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE.

DÉCIMA SEXTA.- RESPONSABILIDADES.- LAS PARTES CONVIENEN EN QUE "EL INSTITUTO" NO ADQUIERE NINGUNA OBLIGACIÓN DE CARÁCTER LABORAL CON "EL PROVEEDOR", POR LO CUAL NO SE LE PODRÁ CONSIDERAR COMO PATRÓN NI AÚN SUSTITUTO. EN PARTICULAR, EL PERSONAL SE ENTENDERÁ RELACIONADO EXCLUSIVAMENTE CON LA O

LAS PERSONAS QUE LO EMPLEARON Y, POR ENDE, CADA UNA DE ELLAS ASUMIRÁ SU RESPONSABILIDAD POR DICHO CONCEPTO. IGUALMENTE, Y PARA ESTE EFECTO Y CUALQUIERA NO PREVISTO, "EL PROVEEDOR" EXIME EXPRESAMENTE A "EL INSTITUTO" DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD CIVIL, PENAL,

DE SEGURIDAD SOCIAL O DE OTRA ESPECIE QUE, EN SU CASO, PUDIERA LLEGAR A GENERARSE. DÉCIMA SÉPTIMA.- PENA CONVENCIONAL.- EN CASO DE ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES, "EL PROVEEDOR" QUEDA OBLIGADO A PAGAR POR

CONCEPTO DE PENA CONVENCIONAL, EL DOS PUNTO CINCO POR CIENTO DEL IMPORTE TOTAL DE LO INCUMPLIDO POR CADA DÍA NATURAL DE ATRASO, HASTA SU CUMPLIMIENTO A ENTERA SATISFACCIÓN DE "EL INSTITUTO" PROCEDIENDO ESTE ÚLTIMO A EFECTUAR EL DESCUENTO DIRECTO DEL ENTERO DE LA FACTURACIÓN QUE DEBA CUBRIR.

SI EN UN TÉRMINO DE CUATRO DÍAS NATURALES PERSISTE EL ATRASO, "EL INSTITUTO" INICIARÁ EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN DEL CONTRATO Y EN SU CASO HARÁ EFECTIVA LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

LA PENA CONVENCIONAL A CARGO DE "EL PROVEEDOR" POR NINGÚN CONCEPTO PODRÁ EXCEDER EL MONTO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.

DÉCIMA OCTAVA.- INTERPRETACIÓN Y JURISDICCIÓN.- PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, Y PARA TODO LO NO PREVISTO EN EL MISMO, LAS PARTES SE SOMETEN A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, Y SUPLETORIAMENTE, A LAS DISPOSICIONES APLICABLES DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, ASI COMO DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.

ASIMISMO, PARA RESOLVER LAS CONTROVERSIAS QUE, EN SU CASO SE LLEGAREN A SUSCITAR, LAS PARTES SE SOMETEN EXPRESAMENTE A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES FEDERALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, RENUNCIANDO AL FUERO QUE PUDIERA CORRESPONDERLES EN RAZÓN DE SU

DOMICILIO ACTUAL O FUTURO. EN CASO DE QUE EL CONTRATO SE CELEBRE EN CUALQUIERA DE LOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA, LOS TRIBUNALES COMPETENTES SERÁN LOS QUE SE

ENCUENTREN EN LA ENTIDAD FEDERATIVA DONDE SE SUSCRIBA EL PRESENTE CONTRATO, RENUNCIANDO AL FUERO QUE PUDIERA CORRESPONDERLES EN RAZÓN DE SU DOMICILIO ACTUAL O FUTURO.

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Sección V

ba08010002 vac 131

PARA EL IMSS SE VAN A ELABORAR DOS CONTRATOS POR LICITANTE UNO POR CADA REGIMEN (ORDINARIO E IMSS-OPORTUNIDADES POR SER PRESUPUESTOS DIFERENTES

FORMATO DE CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES

Contrato cerrado de Adquisición de Productos Biológicos, que celebran por una parte el Instituto Mexicano del Seguro Social que en lo sucesivo se denominará “EL INSTITUTO”, representado en este acto por el -----------------------------------, en su carácter de Representante Legal y por la otra la sociedad mercantil denominada -------------------------------., en lo subsecuente “EL PROVEEDOR” representada por la --------------------------, en su carácter de Representante Legal, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

D E C L A R A C I O N E S I.- “EL INSTITUTO”, declara que:

I.1.- Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública

Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene a su cargo la organización y administración del Seguro Social, como un servicio público de carácter nacional, en términos de los artículos 4º y 5° de la Ley del Seguro Social.

I.2.- Está facultado para adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles en

términos de la legislación vigente, para la consecución de los fines para los que fue creado de conformidad con el artículo 251, fracción V de la Ley del Seguro Social.

I.3.- Su representante el --------------------, se encuentra facultado para suscribir el

presente instrumento jurídico en representación de “EL INSTITUTO”, de acuerdo al poder que se contiene en la Escritura Pública número -----------, de fecha ------------------------, pasada ante la fe del Licenciado ----------------------------------, Notario Público número ------ de México, Distrito Federal.

I.4.- Para el cumplimiento de sus funciones y la realización de sus actividades,

requiere de la adquisición de --------------------------------------------------------------------------------------------, en los términos y condiciones de este contrato y sus anexos.

I.5.- Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, --------------

---------------, ---------------------------------, mediante oficio ---------------------------------------- de fecha ---------------------------------, autoriza instrumentar en el presente ejercicio los mecanismos y lineamientos para iniciar los procesos de licitación institucional del ejercicio fiscal -----, así como el dictamen presupuestal No. ----------------------, con numero de cuenta ---------------, Anexo 1 (uno).

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Sección V

ba08010002 vac 132

I.6.- El Presupuesto definitivo a ejercer está sujeto a la aprobación del

presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 200-, por la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por lo que, el cumplimiento de las obligaciones de esta licitación, prevista a realizar durante el año 200-, queda sujeto para fines de ejecución y pago a la disponibilidad presupuestaria con que cuenta el Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al presupuesto de Egresos de la Federación que para el Ejercicio Fiscal 200- apruebe la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, sin responsabilidad alguna para el Instituto Mexicano del Seguro Social.

I.7.- El presente contrato fue adjudicado a “EL PROVEEDOR” mediante el

procedimiento de Licitación Pública Internacional número ------------------ con fundamento en los artículos ----- de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; --------,-,-,-,-,-, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como en el artículo --- del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Adicionalmente, este instrumento jurídico se suscribe con fundamento en lo dispuesto por los artículos --- de la L.A.A.S.S.P, a efecto de no contravenir lo señalado en el artículo 46 de la L.A.A.S.S.P.

1.8.- La Coordinación Técnica de Adquisiciones, a través de la División de

Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios emitió el Fallo del Procedimiento señalado en el inciso que antecede con fecha ------------, adjudicando a. “EL PROVEEDOR” el --% (----------------------) de la clave No. --------------------- que corresponde a la Vacuna -------------------.

I.9.- Señala como domicilio para todos los efectos de este acto jurídico el

ubicado en Durango 291, 11º piso, Colonia Roma Sur, México, D.F., C.P. 06700.

II.- “EL PROVEEDOR” declara que:

II.1.- Es una sociedad mercantil debidamente constituida de conformidad con las

leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según consta en la Escritura Pública número -------------- de fecha ------------------------------, pasada ante la fe del Licenciado ------------------------------, entonces Notario Público número ---- Distrito Federal; e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, bajo el número ---- fecha -------------------, se constituyo --------------------------------------------------

II.2.- Se encuentra representada para la celebración de este contrato, por el C. ---

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Sección V

ba08010002 vac 133

-----------------------------, quien acredita su personalidad en términos de la Escritura Pública número ------ de fecha ---------------------------------, pasada ante la fe del Licenciado ---------------------------------, Notario Público número ------- del Distrito Federal, y manifiesta bajo protesta de decir verdad, que las facultades que le fueron conferidas no le han sido revocadas, modificadas ni restringidas en forma alguna.

II.3.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público le otorgó el Registro Federal de

Contribuyentes número -------------------------. II.4.- De acuerdo con sus estatutos, su objeto social consiste entre otras en -------

--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------.

II.5.- Manifiesta bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en los supuestos

del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

II.6.- Para efectos de lo previsto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la

Federación manifiesta bajo protesta de decir verdad que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales.

II.7.- Señala como domicilio para todos los efectos de este acto jurídico, el

ubicado en --------- número --------------, Colonia --------------------, Delegación ------------, C.P. -------------, en México D.F., Teléfono: ------------------- y Fax ----------------.

Hechas las declaraciones anteriores, las partes convienen en otorgar el presente contrato, de conformidad con las siguientes:

C L A U S U L A S PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- “EL INSTITUTO” se obliga a adquirir de “EL PROVEEDOR” y este último se obliga a suministrar ------------------------------, de conformidad con las características, descripciones, especificaciones, presentación o unidades que se detallan en el Anexo 2 (dos) del presente contrato. SEGUNDA.- IMPORTE DEL CONTRATO.- “EL INSTITUTO” para cubrir el importe que como contraprestación por los bienes objeto del presente contrato deba pagar a “EL PROVEEDOR” cuenta con un presupuesto por un importe de ---------------------. (-----------------------------------------------), de conformidad con los precios unitarios señalados en el Anexo 3 (tres) de este contrato; la presente operación no esta sujeta a la aplicación del I.V.A.

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Sección V

ba08010002 vac 134

“EL PROVEEDOR” se obliga a mantener fijos sus precios durante la vigencia de este contrato; por lo que “EL INSTITUTO” bajo ninguna circunstancia otorgará ajuste de precios o costo. CIP TERCERA.- FORMA DE PAGO.- El pago de los bienes, será mediante Carta de Crédito con carácter de Domestica, Confirmada, Transferible e Irrevocable, éste se efectuará una vez que “EL PROVEEDOR” presente original de guía de embarque, original de la factura correspondiente y copia de la remisión del pedido que emita “EL INSTITUTO” con el número de alta recepción de los bienes a entera satisfacción del mismo, a los 30 días naturales posteriores a la fecha de entrega en el banco corresponsal de la totalidad de la documentación antes descrita.

En caso de que “EL PROVEEDOR” presente su factura con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos del artículo 62 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

El pago de los bienes queda condicionado, proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de penas convencionales, las cuales serán determinadas por la División de Apoyo Logístico y Distribución y cubiertas mediante Orden de Ingreso correspondiente. CUARTA.- PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS BIENES. “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “EL INSTITUTO” los bienes que se mencionan en la Cláusula Primera, conforme al programa establecido, en el cual se indican cantidades mínimas y máximas según Anexo 4 (cuatro). “El PROVEEDOR” ganador, podrá entregar los bienes antes del vencimiento de los plazos establecidos para tal efecto, previa confirmación del Área Adquirente y del Área usuaria, en un plazo no mayor a 15 días naturales. Las cantidades máximas deberán de ser entregadas a más tardar 90 (noventa) días naturales después de que Instituto realice la notificación mediante un escrito. “EL INSTITUTO” no otorgará ampliaciones a los plazos de entrega establecidos. “EL PROVEEDOR” deberá entregar en los almacenes de Programas Especiales y Red Fría los bienes con una caducidad mínima de 18 (dieciocho) meses con respecto a la caducidad marcada en el marbete.

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Sección V

ba08010002 vac 135

No obstante “EL PROVEEDOR” podrá entregar los bienes con una caducidad menor a 18 (dieciocho) y hasta 12 (doce) meses siempre y cuando entreguen carta compromiso en la cual se indique que, en caso de no ser consumidos dentro de su vida útil, serán canjeados sin costo alguno para “EL INSTITUTO”. LUGAR DE ENTREGA.- En los bienes de Importación Directa, Incoterm CIP, para efectos de propuesta económica será el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, sin embargo para efectos de contabilizar la entrega real de los bienes a entera satisfacción del Instituto, será la consignada en la remisión emitida por el Almacén de Programas Especiales y Red Fría El horario de recepción será de lunes a viernes, excepto días festivos oficiales para “EL INSTITUTO” de 8:00 a 24:00 hrs, previa comunicación por escrito con las autoridades del IMSS, para coordinar la recepción; en caso de no cumplirse este horario, los gastos derivados por almacenaje refrigerado serán con cargo a los proveedores. El lugar de entrega podrá ser modificado por necesidades propias de “EL INSTITUTO”, sin que esto implique un costo adicional para este último. CONDICIONES DE ENTREGA.- “EL PROVEEDOR” deberá entregar los bienes apegándose estrictamente a las cantidades, especificaciones, descripciones y demás características que se indican en el Anexo 2 (dos) de este contrato; así como a las normas oficiales, disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que emita la autoridad competente. En todos los casos, estos se adquirirán mediante el Incoterm (términos de comercio internacional) CIP, el cual consiste en que “EL PROVEEDOR” entregue los bienes designados por él, desde el lugar de origen hasta el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, este concepto para efectos de la oferta económica la cual, deberá de incluir el costo del bien más el transporte designado por el licitante, el seguro y todos los gastos que se deriven de este procedimiento, hasta el aeropuerto de la Ciudad de México. Por su parte “EL INSTITUTO”, pagará cualquier gravamen necesario para la importación de los bienes, en un plazo no mayor a 5 días hábiles posteriores a que, “EL PROVEEDOR” entregue a “EL INSTITUTO”, los documentos siguientes: guía de embarque, lista de empaque y factura, debidamente requisitados por el agente aduanal. Los costos de traslado del aeropuerto de la Ciudad de México al Almacén de Programas Especiales y Red Fría, serán cubiertos por “EL INSTITUTO”, bajo este termino de Comercio Internacional (CIP), “EL INSTITUTO”, designará al agente aduanal, y le otorgará 2 días hábiles de desaduanamiento para los bienes de importación, la fecha que se tomará para efectos de contabilizar la entrega de los

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Sección V

ba08010002 vac 136

bienes a entera satisfacción de “EL INSTITUTO”, será la consignada por el Almacén de Programas Especiales y Red Fría. “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar en el Departamento de Importaciones, así como en el Almacén de Programas Especiales y Red Fría, con un mínimo de 5 días hábiles de anticipación al arribo de cada lote, la siguiente documentación:

Escrito donde informe del producto, lotes, dosis a entregar así como la fecha en la que arribará al Aeropuerto de la Ciudad de México.

Protocolo de fabricación emitido por el fabricante para cada lote. Certificado de análisis del país de origen, correspondiente a cada lote. Copia de la factura correspondiente. Copia de la Guía de Embarque Copia del Registro Sanitario del bien emitido por la Autoridad Competente

en México. Copia de los proyectos de marbete, autorizados por la COFEPRIS. Copia de Carta de Certificación por la SSA, en caso de proceder

“EL PROVEEDOR” deberá contactar dentro de los cinco días hábiles posteriores al acto de comunicación del fallo, al Jefe de Almacén de Programas Especiales y Red Fría, con objeto de que se le den a conocer las medidas de los palets. Todos los gastos y cargos que impliquen el trámite y proceso de liberación de los productos biológicos ante la COFEPRIS, serán pagados por “EL PROVEEDOR”. “EL PROVEEDOR” deberá entregar una carta mediante la cual, se comprometa a enviar las copias de las remisiones y/o actas administrativas de entrega-recepción de los destinos finales de los bienes, a la División de Apoyo Logístico y Distribución, dos días hábiles posteriores a la fecha de entrega, después de que la COFEPRIS lo libere. Toda vez que los gastos y cargos que implique el trámite y proceso de liberación de las vacunas ante la Secretaría de Salud, correrán a cargo de “EL PROVEEDOR”, el alta se emitirá dentro de los 2 (dos) días siguientes a la presentación del oficio de liberación para uso y distribución de las vacunas en el Almacén de Programas Especiales y Red Fría, sito en Calzada Vallejo 675, Colonia Magdalena de las Salinas, México, D.F. Todos los bienes que entregue “EL PROVEEDOR”, deberán apegarse a lo indicado en este contrato y contener el Código de Barras UPC-A, UPC-E, EAN-13 o EAN-8, de acuerdo a las Normas Internacionales de Codificación y estar incluidos en los Cuadros Básicos Institucionales de Productos Biológicos (Vacunas) y/o Reactivos de Diagnóstico vigentes del IMSS y/o Catalogo General de Artículos, los que no deberán modificarse durante la vigencia del Contrato.

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Sección V

ba08010002 vac 137

“EL PROVEEDOR” conjuntamente con los bienes, deberá entregar, por cada lote del producto, el Certificado y Protocolo, en caso de que se presente en idioma extranjero, se deberá acompañar de una traducción simple al idioma español en papel membreteado de la empresa, indicando “bajo protesta de decir verdad”, manifiesto que los datos ahí consignados están correctamente traducidos y corresponden al lote del bien que en este momento estoy entregando.

Por cada uno de los lotes, “EL PROVEEDOR” entregará el certificado de pruebas (ensayos) realizadas al producto a nombre del fabricante, que contenga todas las pruebas y especificaciones técnicas del bien, indicadas en estas bases; así como los resultados obtenidos en cada caso (expresado en el Sistema Internacional de Unidades) y demás datos, entre ellos: Domicilio, teléfono y fax del fabricante, nombre genérico y comercial del bien, número y tamaño del lote fabricado, fecha de caducidad, firmado por el responsable de control de calidad de la empresa.

Protocolo de fabricación que cumpla como mínimo lo recomendado por la O.M.S. en su serie de reportes técnicos y avalado por el responsable de calidad de la empresa fabricante. En el caso de que el bien, requiera de un instructivo y manual de uso, se deberá entregar en idioma español conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS.

Además “EL PROVEEDOR” conjuntamente con los bienes, deberá entregar, por cada lote del producto las muestras correspondientes para su análisis y liberación para su uso y distribución por parte de COFEPRIS.

En el caso de que los bienes contengan en su fórmula algún hemoderivado como estabilizador, deberán entregar además de lo antes señalado; Certificado oficial que avale la realización de pruebas de detección de ácidos nucleicos, de Hepatitis A, Hepatitis B, Hepatitis C, Parvovirus B19 y el virus de la inmunodeficiencia humana VIH-1 y VIH-2, las pruebas de detección, deberán ser validadas por el laboratorio fabricante, quién deberá demostrar la ausencia de estos virus. Además de las pruebas de dos o más procedimientos validados de inactivación y/o eliminación viral de acuerdo a lo establecido por la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos vigente.

“EL PROVEEDOR”, deberá entregar los bienes en empaques térmicos provistos de refrigerantes a una temperatura de entre +2º C y +8º C, de manera tal que no se alteren sus características durante su transportación, almacenamiento y distribución. Para este efecto, deberá identificar los bienes con el nombre o razón social de su empresa, número de contrato, descripción del artículo, clave del cuadro básico, lote, cantidad y caducidad en el envase colectivo (no se recibirán bienes que no cumplan con este requisito). Dentro de cada empaque térmico “EL PROVEEDOR”, deberá colocar una tarjeta o tira indicadora de temperatura que abarque el rango señalado.

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Sección V

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No se recibirán bienes que no cumplan con los requisitos antes descritos. “EL PROVEEDOR”, deberá entregar lotes completos de acuerdo a la cantidad total solicitada en los programas de entregas. IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES.- Los envases primarios y secundarios, deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y sus Reglamentos, Normas Oficiales Mexicanas aplicables, conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS y en su caso las referencias Técnicas IMSS correspondientes. En el producto, la identificación descrita deberá ser en los envases secundarios y colectivos. Indicarán además de lo establecido en la Ley General de Salud, el nombre genérico, descripción del bien, clave del Cuadro Básico Institucional, número de lote, fecha de caducidad, fecha de fabricación, cantidad, razón social y domicilio del fabricante, el número de registro otorgado por la SSA y otras características del bien que “EL PROVEEDOR” considere importantes para la identificación respectiva. Cuando “EL PROVEEDOR” sea distribuidor, llevará en el envase secundario, y de no existir éste, en el primario, contra-etiquetas sin cubrir las leyendas de origen, indicando la razón social y domicilio de “EL PROVEEDOR”. Los marbetes de los envases para productos de importación directa, así como los instructivos y otra información directa anexa al producto, deben estar impresos en español, independientemente de que puedan estar en otro(s) idioma(s), serán perfectamente identificados, de acuerdo a lo señalado en el procedimiento de licitación, indicándose la fórmula, el lote, fecha de caducidad, nombre genérico y clave del Cuadro Básico, Razón Social y dirección completa del fabricante. Asimismo los instructivos y la documentación técnica que acompaña al producto, deberán ser en español sin detrimento de que venga además en otro(s) idioma(s). Los envases primarios y secundarios, serán los que determine “EL PROVEEDOR”, en la inteligencia que éstos deberán garantizar que el bien se conserve en condiciones óptimas de calidad durante el período de garantía señalado y los empaques y embalajes deben conservarse inviolados durante el transporte y almacenamiento, cumpliendo con la NOM-072-SSA1-1993, “Etiquetado de Medicamentos”, publicada en el DOF, el 10 de abril de 2000. En los casos de que los bienes, requieran de instructivos y manuales de uso, se deberán presentar en idioma español conforme a los marbetes autorizados para la Presentación Sector Salud, por la (COFEPRIS).

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Sección V

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LAB TERCERA.- FORMA DE PAGO.- El pago de los bienes, se efectuará en Moneda Nacional al tipo de cambio vigente en la fecha que se haga dicho pago, a los 30 días naturales posteriores a la entrega por parte de “EL PROVEEDOR”, de los documentos siguientes:

a) Copia de la remisión del pedido y la factura original que reúna los requisitos fiscales respectivos, en la que se indique los bienes entregados y el número de contrato, en su caso, el número de la(s) orden(es) de reposición, que ampara(n) dichos bienes, sellada por el área de almacén, misma que deberá ser entregada en la División de Trámite de Erogaciones, dependiente de la Coordinación de Presupuesto, Contabilidad, Evaluación, sita en Durango 167, 3er. Piso, Col. Roma Sur, C. P. 06700, México, Distrito Federal en el horario de 9:00 a 15:00 horas.

b) En caso de que “EL PROVEEDOR” presente su factura con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos del artículo 62 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

c) El proveedor, podrá optar porque el Instituto, efectúe el pago de los bienes suministrados a través del esquema electrónico intrabancario, que el IMSS tiene en operación con las instituciones bancarias siguientes: Banamex S.A., BBVA, Bancomer, S.A., Banorte S.A., y Scotiabank Inverlat S.A., para tal efecto, deberá presentar en la División de Trámite de Erogaciones, dependiente de la Coordinación de Presupuesto y Contabilidad, sita en Durango 167, 3er. Piso Col. Roma Sur, C. P. 06700, México, Distrito Federal, en el horario de 9:00 a 15:00 horas, petición escrita indicando: razón social, domicilio fiscal, número telefónico y fax, nombre completo del apoderado legal con facultades de cobro y su firma, número de cuenta de cheques (número de clave bancaria estandarizada), banco, sucursal y plaza, así como, número de proveedor asignado por el IMSS.

En caso de que “EL PROVEEDOR” solicite el abono en una cuenta contratada en un banco diferente a los antes citados (interbancario), “EL INSTITUTO” realizará la instrucción de pago en la fecha de vencimiento del contrarecibo y su aplicación se llevará a cabo al día hábil siguiente, de acuerdo con el mecanismo establecido por CECOBAN.

Anexo a la solicitud de pago electrónico intrabancario el proveedor deberá presentar original y copia de la cédula del RFC, Poder Notarial y una identificación oficial; los originales se solicitan únicamente para cotejar los datos y les serán devueltos en el mismo acto.

Asimismo “EL INSTITUTO” aceptará de “EL PROVEEDOR” que en el supuesto de que tenga cuentas líquidas y exigibles, a su cargo, aplicarlas contra los adeudos que, en su caso, tuviera por concepto de cuotas obrero patronales, conforme a lo previsto en el artículo 40 B de la Ley del Seguro Social.

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Sección V

ba08010002 vac 140

El pago de los bienes queda condicionado, proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de penas convencionales, deducción que se efectuará de la factura en trámite.

CUARTA.- PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS BIENES. “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “EL INSTITUTO” los bienes que se mencionan en la Cláusula Primera, conforme al programa establecido, en el cual se indican cantidades mínimas y máximas según Anexo 4 (cuatro).

“EL PROVEEDOR” podrá entregar los bienes antes del vencimiento de los plazos establecidos para tal efecto, previa confirmación del Área Adquirente y del Área usuaria, en un plazo no mayor a 15 días naturales.

Las cantidades máximas deberán de ser entregadas a más tardar 90 (noventa) días naturales después de que Instituto realice la notificación mediante un escrito.

“EL PROVEEDOR” podrá entregar los bienes antes del vencimiento de los plazos establecidos, para tal efecto, previa confirmación del Área Adquirente y Área Usuaria.

“EL INSTITUTO” no otorgará ampliaciones a los plazos de entrega establecidos.

“EL PROVEEDOR” deberá entregar en los almacenes de Programas Especiales y Red Fría los bienes con una caducidad mínima de 18 (dieciocho) meses con respecto a la caducidad marcada en el marbete.

No obstante “EL PROVEEDOR” podrá entregar los bienes con una caducidad menor a 18 (dieciocho) y hasta 12 (doce) meses siempre y cuando entreguen carta compromiso en la cual se indique que, en caso de no ser consumidos dentro de su vida útil, serán canjeados sin costo alguno para “EL INSTITUTO”.

LUGAR DE ENTREGA.- “EL PROVEEDOR” se obliga con “EL INSTITUTO” a entregar cada uno de los bienes objeto del presente contrato en el Almacén de Programas Especiales y Red Fría ubicado en Calzada Vallejo número 675, Colonia Magdalena de las Salinas, Delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07760, México D.F., en un horario de 8:00 a 14:00 horas, en días hábiles para “EL INSTITUTO”. El lugar de entrega podrá ser modificado por necesidades propias de “EL INSTITUTO”, sin que esto implique un costo adicional para este último.

CONDICIONES DE ENTREGA.- “EL PROVEEDOR” deberá entregar los bienes apegándose estrictamente a las cantidades, especificaciones, descripciones y demás características que se indican en el Anexo 2 (dos) de este contrato; así como a las normas oficiales, disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que emita la autoridad competente.

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Sección V

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Estos bienes se adquieren mediante el Incoterm L.A.B. y “EL PROVEEDOR”, deberá avisar con 7 días naturales de anticipación a la fecha de arribo en el Almacén de Programas Especiales y Red Fría y al entregar el producto en dicho almacén, deberá presentar la documentación siguiente:

La remisión de “EL PROVEEDOR”, haciendo referencia al número y fecha del contrato, así como el número de lote, fecha de caducidad y dosis.

Protocolo de fabricación, emitido por el fabricante para cada lote. Certificado de análisis del país de origen, correspondiente a cada lote. Oficio o acta donde la COFEPRIS, autoriza, la venta y distribución del lote

correspondiente. Copia de la Carta de Certificación por la SSA en caso de proceder.

“EL PROVEEDOR”, deberá contactar dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores al acto de comunicación del fallo, al Jefe de Almacén de Programas Especiales y Red Fría, con objeto de que se le den a conocer las medidas de los palets.

La transportación de los bienes, las maniobras de carga y descarga en el andén del lugar de entrega, serán a cargo de ”EL PROVEEDOR”, así como el aseguramiento de los bienes, hasta que estos sean recibidos de conformidad en el Almacén de Programas Especiales y Red Fría de “EL INSTITUTO”. Todos los gastos y cargos que impliquen el trámite y proceso de liberación de los productos biológicos ante la COFEPRIS, serán pagados por “EL PROVEEDOR”.

“EL PROVEEDOR” deberá entregar una carta mediante la cual, se comprometa a enviar las copias de las remisiones y/o actas administrativas de entrega-recepción de los destinos finales de los bienes, a la División de Apoyo Logístico y Distribución, dos días hábiles posteriores a la fecha de entrega, después de que la COFEPRIS lo libere.

Toda vez que los gastos y cargos que implique el trámite y proceso de liberación de las vacunas ante la Secretaría de Salud, correrán a cargo de “EL PROVEEDOR”, el alta se emitirá dentro de los 2 (dos) días siguientes a la presentación del oficio de liberación para uso y distribución de las vacunas en el Almacén de Programas Especiales y Red Fría, sito en Calzada Vallejo 675, Colonia Magdalena de las Salinas, México, D.F.

Todos los bienes que entregue “EL PROVEEDOR”, deberán apegarse a lo indicado en este contrato y contener el Código de Barras UPC-A, UPC-E, EAN-13 o EAN-8, de acuerdo a las Normas Internacionales de Codificación y estar incluidos en los Cuadros Básicos Institucionales de Productos Biológicos (Vacunas) y/o Reactivos de Diagnóstico vigentes del IMSS y/o Catalogo General de Artículos, los que no deberán modificarse durante la vigencia del Contrato.

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Sección V

ba08010002 vac 142

“EL PROVEEDOR” conjuntamente con los bienes, deberá entregar: Remisión, haciendo referencia al número y fecha del contrato así como el número de lote y la fecha de caducidad de los bienes entregados, la cantidad de piezas entregadas por lote, entre otros datos requeridos. Por cada lote del producto que entregue, debe adjuntar copia del oficio de autorización de uso y distribución, emitido por la COFEPRIS.

Por cada uno de los lotes, “EL PROVEEDOR”, entregará certificado de pruebas (ensayos) realizadas al producto a nombre del fabricante, que contenga todas las pruebas y especificaciones técnicas del bien, así como los resultados obtenidos en cada caso (expresado en el Sistema Internacional de Unidades) y demás datos, entre ellos: domicilio, teléfono y fax del fabricante, nombre genérico y comercial del bien, número y tamaño del lote fabricado, fecha de caducidad, firmado por el responsable de control de calidad de la empresa. Protocolo de fabricación, que cumpla como mínimo lo recomendado por la O.M.S., en su serie de reportes técnicos y avalado por el responsable de calidad de la empresa fabricante.

Protocolo de fabricación que cumpla como mínimo lo recomendado por la O.M.S. en su serie de reportes técnicos y avalado por el responsable de calidad de la empresa fabricante. En el caso de que el bien, requiera de un instructivo y manual de uso, se deberá entregar en idioma español conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS.

En el caso de que los bienes contengan en su fórmula algún hemoderivado como estabilizador, deberán entregar además de lo antes señalado; Certificado oficial que avale la realización de pruebas de detección de ácidos nucleicos, de Hepatitis A, Hepatitis B, Hepatitis C, Parvovirus B19 y el virus de la inmunodeficiencia humana VIH-1 y VIH-2, las pruebas de detección, deberán ser validadas por el laboratorio fabricante, quién deberá demostrar la ausencia de estos virus. Además de las pruebas de dos o más procedimientos validados de inactivación y/o eliminación viral de acuerdo a lo establecido por la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos vigente.

“EL PROVEEDOR”, deberá entregar los bienes en empaques térmicos provistos de refrigerantes a una temperatura de entre +2º C y +8º C, de manera tal que no se alteren sus características durante su transportación, almacenamiento y distribución. Para este efecto, deberá identificar los bienes con el nombre o razón social de su empresa, número de contrato, descripción del artículo, clave del cuadro básico, lote, cantidad y caducidad en el envase colectivo (no se recibirán bienes que no cumplan con este requisito). Dentro de cada empaque térmico “EL PROVEEDOR”, deberá colocar una tarjeta o tira indicadora de temperatura que abarque el rango señalado.

No se recibirán bienes que no cumplan con los requisitos antes descritos. “EL PROVEEDOR”, deberá entregar lotes completos de acuerdo a la cantidad total solicitada en los programas de entregas.

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Sección V

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IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES.- Los envases primarios y secundarios, deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y sus Reglamentos, Normas Oficiales Mexicanas aplicables, conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS y en su caso las referencias Técnicas IMSS correspondientes.

En el producto, la identificación descrita deberá ser en los envases primarios y secundarios. Indicarán además de lo establecido en la Ley General de Salud, el nombre genérico, descripción del bien, clave del Cuadro Básico Institucional, número de lote, fecha de caducidad, fecha de fabricación, cantidad, razón social y domicilio del fabricante, el número de registro otorgado por la SSA y otras características del bien que “EL PROVEEDOR” considere importantes para la identificación respectiva.

Cuando “EL PROVEEDOR” sea distribuidor, llevará en el envase secundario, y de no existir éste, en el primario, contra-etiquetas sin cubrir las leyendas de origen, indicando la razón social y domicilio de “EL PROVEEDOR”. Los instructivos y otra información directa anexa al producto, deben estar impresos en español, independientemente de que puedan estar en otro(s) idioma(s), serán perfectamente identificados, de acuerdo a lo señalado en el procedimiento de licitación, indicándose la fórmula, el lote, fecha de caducidad, nombre genérico y clave del Cuadro Básico, Razón Social y dirección completa del fabricante. Asimismo los instructivos y la documentación técnica que acompaña al producto, deberán ser en español sin detrimento de que venga además en otro(s) idioma(s).

Los envases primarios y secundarios, serán los que determine “EL PROVEEDOR”, en la inteligencia que éstos deberán garantizar que el bien se conserve en condiciones óptimas de calidad durante el período de garantía señalado y los empaques y embalajes deben conservarse inviolados durante el transporte y almacenamiento, cumpliendo con la NOM-072-SSA1-1993, “Etiquetado de Medicamentos”, publicada en el DOF, el 10 de abril de 2000. En los casos de que los bienes, requieran de instructivos y manuales de uso, se deberán presentar en idioma español conforme a los marbetes autorizados para la Presentación Sector Salud, por la (COFEPRIS). QUINTA.- INSPECCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS BIENES.- “EL INSTITUTO” a través del personal responsable de recibir los bienes en el almacén de Programas Especiales y Red Fría, realizará la inspección para la recepción de los bienes en los almacenes de “EL INSTITUTO” de acuerdo al procedimiento operativo correspondiente señalado en las guías de inspección y recepción, considerando lo indicado en las Normas Oficiales Mexicanas o Normas Mexicanas, Normas Internacionales o Especificaciones Técnicas de “EL INSTITUTO” vigentes del producto correspondiente o cuando no exista norma de referencia se considerarán las especificaciones del fabricante que le sean aplicables a cada una de las claves.

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Sección V

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Cuando el producto requiera condiciones especiales de refrigeración, “EL PROVEEDOR”, deberá garantizar que durante el traslado, el producto no sufra ninguna alteración en sus condiciones y propiedades por medio de un indicador desechable o físico-químico e irreversible, que visualmente de una marcación que cubra la temperatura de conservación establecida en los marbetes por la SSA de acuerdo con la NOM-072-SSA1-1993 “Etiquetado de Medicamentos”. Para los bienes comprendidos en este contrato, será responsabilidad de “EL PROVEEDOR” entregar en Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura (CCAYAC), el número de muestras que esta dependencia le solicite para la realización de los análisis y duplicados de muestras requeridas para efectos de autorización de venta y/o distribución. SEXTA.- CANJE O DEVOLUCIÓN DE LOS BIENES.- “EL INSTITUTO”, por conducto del Almacén de Programas Especiales y Red Fría, podrá solicitar a “EL PROVEEDOR”, el canje o devolución de los bienes que presenten defectos a simple vista, especificaciones distintas a las establecidas en el contrato o sus anexos o vicios ocultos, debiendo notificar a “EL PROVEEDOR” dentro del período de 5 días hábiles siguientes al momento en que se haya percatado del vicio o defecto. Lo mismo procederá cuando “EL PROVEEDOR” tenga liberación documental autorizada y que sus productos después de los análisis no sean aprobados por la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) de la Secretaria de Salud o en caso de detectarse algún defecto crítico al arribo del producto en el Almacén de Programas Especiales y Red Fría. Para aquellos bienes que durante su vida útil, es decir, antes de la fecha de caducidad, o bien, durante la vigencia del contrato, presenten algún defecto o el área usuaria manifieste alguna queja en el sentido de que el uso del bien pueda afectar la calidad del servicio proporcionado al derechohabiente, éstos serán resguardados en el área donde se emitió la queja y se notificará a la SSA, además de proceder a realizar el canje o devolución, de conformidad con los plazos establecidos para tal efecto. Cuando la SSA, notifique a “EL INSTITUTO” que la calidad de los bienes pudiera afectar la atención al derechohabiente, “EL PROVEEDOR” deberá subsanar dicha situación, mediante el canje de los bienes por un nuevo lote, el cual deberá ser previamente autorizado por la SSA para su venta y distribución. En caso de que “EL INSTITUTO”, durante la vigencia del contrato, o la garantía de cumplimiento, reciba comunicado por parte de la Secretaría de Salud, en respuesta a las quejas o defectos notificados, manifestando que se ha sancionado a “EL PROVEEDOR” o se le ha revocado el Registro Sanitario derivado de las quejas o defectos reportados, se procederá a la devolución

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Sección V

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del(os) bien(es) y, por consecuencia, la rescisión administrativa del contrato, debiéndose notificar dicha circunstancia a la Secretaria de Salud. Todos los gastos que se generen por motivo del canje o devolución, correrán por cuenta de “EL PROVEEDOR”, previa notificación de “EL INSTITUTO”. “EL PROVEEDOR”, deberá reponer los bienes sujetos a canje o devolución, en un plazo que no excederá de 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su notificación. En dado caso que el plazo antes establecido para el canje o devolución de los bienes, sea insuficiente para “EL PROVEEDOR”, éste deberá justificar por escrito las causas por las que no puede dar atención al mencionado plazo; quedando a criterio del área usuaria, el aceptar o no la ampliación del plazo solicitado por “EL PROVEEDOR”. El escrito de justificación deberá ser entregado al Titular del Almacén de Programas Especiales y Red Fría. “EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por su inobservancia o negligencia de su parte, llegue a causar a “EL INSTITUTO” y/o a terceros. Los bienes que hayan sido contratados, deberán conservar las especificaciones bajo las cuales fueron aceptados en el procedimiento del que deriva el presente contrato, respecto al genérico, fabricante, marca, país de origen, envases, vidas útiles e instructivos. En el caso de que “EL INSTITUTO” detecte que “EL PROVEEDOR” haya entregado bienes de características distintas a las contratadas, procederá a rechazar los bienes correspondientes y, por consecuencia, podrá rescindir administrativamente el presente contrato, aplicándole a “EL PROVEEDOR” las sanciones correspondientes, se ejecutará la póliza de fianza de cumplimiento y se procederá conforme a lo dispuesto en el Artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Esta rescisión administrativa será sin responsabilidad para “EL INSTITUTO” y sin que medie resolución judicial en tal sentido. Cuando durante el período de garantía de los bienes, se corroboren defectos o deficiencias imputables a “EL PROVEEDOR”, éstas le serán notificadas por escrito, dando inicio al proceso de canje o devolución por rechazo. En el caso de que el (los) bien(es) canjeado(s) no cumpla(n) con las especificaciones establecidas en este contrato y sus anexos o no se entregue en el plazo señalado, se procederá al rechazo del mismo. SÉPTIMA.- VIGENCIA.- Las partes convienen que la vigencia del presente contrato será del ------------ al ----------------------------------.

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OCTAVA.- PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.- “EL PROVEEDOR” se obliga a no ceder en forma parcial ni total, a favor de cualquier otra persona física o moral, los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato. “EL PROVEEDOR” sólo podrá ceder los derechos de cobro que se deriven del presente contrato, previa autorización por escrito de “EL INSTITUTO”, para lo cual deberá presentar la solicitud correspondiente dentro de los 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, a la que deberá adjuntar una copia de los contra-recibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión. NOVENA.- RESPONSABILIDAD.- “EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte, lleguen a causar a “EL INSTITUTO” y/o a terceros, con motivo de las obligaciones pactadas en este instrumento jurídico, o bien por los defectos o vicios ocultos en los bienes entregados, de conformidad con lo establecido en el artículo 53, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. DÉCIMA.- IMPUESTOS Y DERECHOS.- Las partes convienen que los impuestos y derechos que se generen con el suministro objeto del presente contrato serán con cargo a “EL PROVEEDOR” conforme a la legislación aplicable en la materia. El pago de los impuestos IGI, DTA, Prevalidación y cualquier otro que se genere por concepto de importación de los bienes, quedarán a cargo de “EL INSTITUTO”, salvo que haya sido responsabilidad de “EL PROVEEDOR” la generación de éstos, por omisión y/o comisión. Este pago lo efectuará “EL INSTITUTO” en un plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles después de que “EL PROVEEDOR” le presente los documentos, debidamente requisitados por el agente aduanal. DÉCIMA PRIMERA.- PATENTES Y/O MARCAS.- “EL PROVEEDOR” se obliga para con “EL INSTITUTO”, a responder personal e ilimitadamente de los daños o perjuicios que pudiera causar a “EL INSTITUTO” o a terceros, si con motivo de la entrega de los bienes adquiridos viola derechos de autor, de patentes y/o marcas u otro derecho reservado a nivel Nacional e Internacional. Por lo anterior, “EL PROVEEDOR” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción a la Ley Federal de Derechos de Autor, ni a la Ley de la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “EL INSTITUTO” por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de éste será la de dar aviso en el domicilio previsto en éste instrumento a “EL PROVEEDOR”, para que éste lleve a cabo los medios necesarios que garanticen la liberación de

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“EL INSTITUTO” de cualquier controversia o responsabilidad de carácter civil, mercantil, penal o administrativa que, en su caso, se ocasione. DÉCIMA SEGUNDA.- “EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar a “EL INSTITUTO”, las garantías que se enumeran a continuación.

aa)) GARANTÍA DE LOS BIENES.- El periodo de garantía será el correspondiente a la fecha de caducidad impresa en el marbete.

bb)) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.- “EL PROVEEDOR”

cc)) se obliga a otorgar, dentro de un plazo de diez días naturales contados a partir de la firma de este instrumento, una garantía de cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del presente contrato, mediante fianza expedida por compañía autorizada en los términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, y a favor del “Instituto Mexicano del Seguro Social”, por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) sobre el importe máximo que se indica en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente contrato, en --------------------------.

“EL PROVEEDOR” queda obligado a entregar a “EL INSTITUTO” la póliza de fianza, apegándose al formato que se integra al presente instrumento jurídico como Anexo 5 (cinco), en la División de Contratos, ubicada en Durango 291, 10º. Piso, Col. Roma Sur, C.P. 06700 México, D.F. Dicha póliza de garantía de cumplimiento del contrato será devuelta a “EL PROVEEDOR” una vez que “EL INSTITUTO” le otorgue autorización por escrito, para que éste pueda solicitar a la afianzadora correspondiente la cancelación de la fianza, autorización que se entregará a “EL PROVEEDOR”, siempre que demuestre haber cumplido con la totalidad de las obligaciones adquiridas por virtud del presente contrato. DÉCIMA TERCERA.- EJECUCIÓN DE LA PÓLIZA DE FIANZA DE CUMPLIMENTO DE ESTE CONTRATO.- “EL INSTITUTO” llevara a cabo la ejecución de la garantía de cumplimiento de contrato cuando:

aa)) Se rescinda administrativamente este contrato.

bb)) Durante la vigencia de este contrato y de la garantía de los bienes se detecten vicios ocultos, defectos de fabricación o calidad inferior a la propuesta, de los bienes suministrados.

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cc)) Cuando en el supuesto de que se realicen modificaciones al contrato, no entregue en el plazo pactado, el endoso o la nueva garantía, que ampare el porcentaje establecido para garantizar el cumplimiento del presente instrumento, en la Cláusula DÉCIMA SEGUNDA, inciso b).

dd)) Por cualquier otro incumplimiento de las obligaciones contraídas en este contrato.

DÉCIMA CUARTA.- PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES ADJUDICADOS.- El Instituto aplicará una pena convencional por cada día de atraso en la entrega de los bienes, equivalente al 2.5%, sobre el valor total de lo incumplido, en cada uno de los supuestos siguientes:

aa)) Cuando “EL PROVEEDOR” no entregue los bienes que le hayan sido requeridos conforme a las fechas establecidas en el programa de entregas.

bb)) Cuando “EL PROVEEDOR” no reponga dentro del plazo señalado en la cláusula sexta del presente contrato, los bienes que “EL INSTITUTO” haya solicitado para su canje o devolución.

“EL PROVEEDOR” a su vez autoriza a “EL INSTITUTO” a descontar las cantidades que resulten de aplicar la pena convencional señalada en el párrafo anterior, sobre los pagos que deberá de cubrir “EL PROVEEDOR”. La aplicación de la pena convencional por ninguna circunstancia deberá exceder al monto total de la garantía de cumplimiento de este contrato. Conforme a lo previsto en el penúltimo párrafo del Articulo 64 del Reglamento de la Ley, sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en ningún caso se aceptará la estipulación de penas convencionales, ni intereses moratorios a cargo de “EL INSTITUTO”. DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- De conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL INSTITUTO” podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato sin responsabilidad para éste y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, cuando concurran razones de interés general dando aviso por escrito a “EL PROVEEDOR” con cinco días hábiles de anticipación a la fecha efectiva de terminación, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes objeto del presente Contrato, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “EL INSTITUTO” o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al presente

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instrumento jurídico, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública. En este caso “EL INSTITUTO” reembolsará a “EL PROVEEDOR” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén comprobados y se relacionen directamente con el presente instrumento jurídico. DÉCIMA SEXTA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.- Con fundamento en el primer párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL INSTITUTO” podrá rescindir administrativamente el presente contrato en caso de incumplimiento por parte de “EL PROVEEDOR”, de cualquiera de las obligaciones contraídas por virtud de la celebración de este instrumento jurídico, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes. DÉCIMA SÉPTIMA.- CAUSAS DE RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.- “EL INSTITUTO” podrá rescindir administrativamente este contrato sin más responsabilidad para el mismo y sin necesidad de resolución judicial, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en cualquiera de las causales siguientes:

aa)) En caso de que “EL PROVEEDOR” no reponga los bienes devueltos por problemas de calidad, defectos o vicios ocultos, conforme a las condiciones que se establecen en la CLÁUSULA SEXTA del presente contrato.

bb)) Cuando el Almacén de Programas Especiales y Red Fría en una misma clave rechace 3 (tres) lotes por defecto mayor o 1 (un) lote por defecto crítico durante la vigencia del Contrato.

cc)) Cuando se compruebe que “EL PROVEEDOR” haya entregado bienes con descripciones y características distintas a las aceptadas.

dd)) Cuando “EL PROVEEDOR” incurra en falta de veracidad total o parcial respecto a la información proporcionada para la celebración del presente contrato.

ee)) Cuando no trámite y entregue al término de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato la póliza de fianza de cumplimiento.

ff)) Cuando se incumplan cualesquiera de las obligaciones establecidas en el Contrato y sus anexos.

gg)) Si se sitúa en alguno de los supuestos previstos en el artículo 50 de la Ley.

hh)) Cuando se transmitan total o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos y obligaciones del presente contrato, con excepción de los derechos de cobro, previa autorización de “EL INSTITUTO”

ii)) Si la autoridad competente aclara el concurso mercantil o cualquier situación análoga o equivalente que afecte el patrimonio de “EL PROVEEDOR”.

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jj)) En caso que durante la vigencia del contrato se reciba comunicado por parte de la Secretaría de Salud, en el sentido de que “EL PROVEEDOR” ha sido sancionado o se le ha revocado el Registro Sanitario correspondiente.

DÉCIMA OCTAVA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.- Para el caso de rescisión administrativa las partes convienen en someterse al siguiente procedimiento:

aa)) Si “EL INSTITUTO” considera que “EL PROVEEDOR” ha incurrido en alguna de las causales de rescisión que se consignan en la CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA lo hará saber a “EL PROVEEDOR” de forma indubitable por escrito a efecto de que éste exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes, en un término de 5 (Cinco) días hábiles, a partir de la notificación.

bb)) Transcurrido el término a que se refiere el párrafo anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer.

cc)) La determinación de dar o no por rescindido administrativamente el Contrato, deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada por escrito a “EL PROVEEDOR”, dentro de los 15 (Quince) días hábiles siguientes, conforme a lo señalado en el inciso a) de esta cláusula.

En el supuesto de que se rescinda el contrato, no procederá a la aplicación de penas convencionales ni su contabilización, para hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato.

En caso de que “EL INSTITUTO” determine dar por rescindido el presente contrato, se deberá formular un finiquito en el que se hagan constar los pagos que, en su caso, deba efectuar “EL INSTITUTO” por concepto de los bienes entregados por “EL PROVEEDOR” hasta el momento de que se determine la rescisión administrativa.

Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, “EL PROVEEDOR” entrega los bienes, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “EL INSTITUTO” por escrito, de que continúa vigente la necesidad de contar con los servicios y aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.

“EL INSTITUTO” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que dicha rescisión pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “EL INSTITUTO” elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.

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De no darse por rescindido el contrato, “EL INSTITUTO” establecerá, de conformidad con “EL PROVEEDOR” un nuevo plazo para el cumplimiento de aquellas obligaciones que se hubiesen dejado de cumplir, a efecto de que “EL PROVEEDOR” subsane el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento de rescisión. Lo anterior, se llevará a cabo a través de un Convenio Modificatorio en el que se considere lo dispuesto en los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. DÉCIMA NOVENA.- MODIFICACIONES.- De conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL INSTITUTO” podrá celebrar por escrito convenio modificatorio al presente contrato dentro de la vigencia del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en su conjunto, el 20% (veinte por ciento) de los volúmenes establecidos y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente; quedando obligado “EL PROVEEDOR” a entregar un endoso a la fianza de cumplimiento o bien una nueva por el importe correspondiente. VIGÉSIMA.- RELACIÓN DE ANEXOS.- Los anexos que se relacionan a continuación son rubricados de conformidad con las partes y forman parte integrante del presente contrato: Anexo 1 (uno) “Dictamen de Disponibilidad Presupuestal” Anexo 2 (dos) “Características, Descripciones y Cantidades” Anexo 3 (tres) “Precios Unitarios” Anexo 4 (cuatro) “Programa de Entregas” Anexo 5 (cinco) “Formato de Fianza de Cumplimiento de Contrato”

VIGÉSIMA PRIMERA.- LEGISLACIÓN APLICABLE.- Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para el cumplimiento del presente contrato, a todas y cada una de las cláusulas del mismo, así como a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. VIGÉSIMA SEGUNDA.- JURISDICCIÓN.- Para la interpretación y cumplimiento de este instrumento, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otro fuero presente o futuro que por razón de domicilio les pudiera corresponder. Previa lectura y debidamente enteradas las partes del contenido, alcance y fuerza legal del presente contrato, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y que su consentimiento no se encuentra afectado por dolo, error, mala fe ni otros vicios de la voluntad, lo firman y ratifican en todas sus partes, por sextuplicado, en la Ciudad de México, D.F., el día ---------------------------------.

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“EL INSTITUTO”

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

“EL PROVEEDOR” ------------------------------------------------

----------------------------------- Representante Legal

------------------------------ Representante Legal

ADMINISTRA ESTE CONTRATO

--------------------------------------------------- ---------------------------------------------------

RESPONSABLE DE LA RECEPCIÓN EN ALMACÉN

-------------------------------------------------- --------------------------------------------------

Las firmas que anteceden forman parte del Contrato de Adquisición de Productos Biológicos, celebrado entre el INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL y ---------------------------------------------, de fecha ------------------------------------------, con un presupuesto por un importe de ------------------------- ---------------------------------------), la presente operación no esta sujeta a la aplicación del I.V.A.

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CONTRATO No. ------------------.

FOLIO S.S.M. ------------------. L.P.N. No. ------------------.

PAGINA 153205 DE 15.

SEDENA

CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE _______________________PARA ATENCIÓN DE ____________________________________, EL CUAL SE CUBRIRÁ CON RECURSOS DEL “SERVICIO MÉDICO SUBROGADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL, QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. GENERAL DE BRIGADA DIPLOMADO DE ESTADO MAYOR, AUGUSTO MOISES GARCÍA OCHOA, DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y POR OTRA PARTE LA EMPRESA “_______________________________”, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROVEEDOR", REPRESENTADA POR EL C._____________________, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S :

I. "LA SECRETARIA", DECLARA QUE:

A. FORMA PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CENTRALIZADA, CONFORME A LO ESTIPULADO EN LOS ARTÍCULOS 1/o., 2/o., 11/o., 26/o., 29/o. Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

B. EL C. GENERAL SECRETARIO DE LA DEFENSA NACIONAL, HA

DESIGNADO PARA QUE LO REPRESENTE EN ESTE ACTO AL C. GENERAL DE BRIGADA DIPLOMADO DE ESTADO MAYOR, AUGUSTO MOISÉS GARCÍA OCHOA, DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, DE LA PROPIA SECRETARÍA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 9/o. FRACCIÓN XI, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL Y AL OFICIO DELEGATORIO No. 9524 DE FECHA 11 DE ENERO DEL 2007.

C. PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES Y LA REALIZACION DE

SUS ACTIVIDADES, HA DECIDIDO LLEVAR A CABO LA ADQUISICIÓN DE _____________, DE CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DE ESTE INSTRUMENTO.

D. PARA LA PRESENTE ADQUISICIÓN, ESTA SECRETARÍA CUENTA CON

LOS RECURSOS DEBIDAMENTE APROBADOS EN EL CONVENIO DEL

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SERVICIO MEDICO INTEGRAL SUBROGADO ESTABLECIDO ENTRE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL Y EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS.

E. EL PRESENTE CONTRATO FUE ADJUDICADO A “EL PROVEEDOR”

MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA _____________, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 134, DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y A LOS ARTICULOS 26 FRACCIÓN I, 28 FRACCIÓN I Y 45 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO.

F. CON FECHA __________________________, EL _______________,

_________________________, EMITIÓ EL FALLO DE LA LICITACIÓN PUBLICA ______________________, DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN MENCIONADO EN LA DECLARACIÓN QUE ANTECEDE.

G. SEÑALA COMO DOMICILIO PARA TODOS LOS EFECTOS DE ESTE

ACTO JURIDICO EL UBICADO EN AV. INDUSTRIA MILITAR S/N., ESQUINA CON BLVD. MANUEL ÁVILA CAMACHO, COL. LOMAS DE SOTELO, C.P. 11640, DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, MÉXICO, D.F.

II. "EL PROVEEDOR" DECLARA:

A. SER UNA SOCIEDAD MERCANTIL MEXICANA CONSTITUIDA DE

CONFORMIDAD CON LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES, SEGÚN CONSTA EN LA ESCRITURA PÚBLICA No. ___________DE FECHA______________, PASADA ANTE EL NOTARIO PÚBLICO No. _____, LIC.______________, CON R.F.C. ___________________, Y QUE MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LAS FACULTADES CONFERIDAS NO LE HAN SIDO REVOCADAS NI LIMITADAS EN FORMA ALGUNA.

B. QUE LA EMPRESA, PARA EFECTOS DE ESTE CONTRATO, ESTA

REPRESENTADA POR EL C.____________________, EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL, MISMA QUE DECLARA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, TENER PODER AMPLIO, CUMPLIDO Y BASTANTE PARA CONTRAER LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS QUE SE DERIVEN DE ESTE CONTRATO, SEGÚN LO ACREDITA CON LA ESCRITURA PÚBLICA No. __________DE FECHA___________, PASADA ANTE EL NOTARIO PÚBLICO No._____, LIC.__________________, MISMO QUE HASTA LA FECHA NO LE HA SIDO REVOCADO.

C. SEÑALA COMO DOMICILIO PARA LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE

CONTRATO EL UBICADO EN:____________________________________ ______________________________________________________________

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D. PARA EFECTOS DE LO PREVISTO EN EL ARTICULO 32 D DEL CODIGO

FISCAL DE LA FEDERACION MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE SE ENCUENTRA AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES FISCALES.

E. QUE SU REPRESENTANTE CONOCE LAS ESPECIFICACIONES Y

CANTIDADES DEL MATERIAL OBJETO DE ESTE CONTRATO, Y QUE CUENTA CON LA CAPACIDAD Y LOS RECURSOS NECESARIOS PARA CUMPLIRLO, ASIMISMO SE OBLIGA A TRAMITAR ANTE LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES LOS PERMISOS Y LAS AUTORIZACIONES ESPECIALES QUE SE REQUIERAN PARA PROVEER EL MATERIAL MATERIA DE ESTE CONTRATO.

F. QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, MANIFIESTA QUE SU

REPRESENTADA NO SE ENCUENTRA INCLUIDA EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 50 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

III. "DECLARACIONES CONJUNTAS":

EXPUESTO LO ANTERIOR, LAS PARTES CONTRATANTES MANIFIESTAN SU CONFORMIDAD PLENA EN ASUMIR DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE ADQUIEREN POR LA CELEBRACIÓN DE ESTE CONTRATO, CON SUJECIÓN A LAS SIGUIENTES:

C L A U S U L A S: PRIMERA.- "OBJETO DEL CONTRATO".- EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, POR CONDUCTO DE "LA SECRETARÍA", SE OBLIGA A ADQUIRIR DE "EL PROVEEDOR" Y ESTE SE OBLIGA A SUMINISTRAR EL _____________________ QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA “EL MATERIAL” PARA ATENCIÓN DE ________________________, CUYAS CARACTERISTICAS, ESPECIFICACIONES Y CANTIDADES SE DESCRIBEN EN EL ANEXO 1 (UNO).

SEGUNDA.- "IMPORTE DEL CONTRATO".- “LA SECRETARÍA” SE OBLIGA A CUBRIR A “EL PROVEEDOR” COMO CONTRAPRESTACION POR “EL MATERIAL” OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, LA CANTIDAD TOTAL DE $______________ (IMPORTE CON LETRA), DE CONFORMIDAD CON LOS PRECIOS UNITARIOS QUE SE RELACIONAN EN EL ANEXO 1 (UNO).

LAS PARTES CONVIENEN QUE EL PRESENTE CONTRATO SE CELEBRA BAJO LA

MODALIDAD DE PRECIOS FIJOS, POR LO QUE EL MONTO DE LOS MISMOS NO CAMBIARA DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURIDICO.

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TERCERA.- "FORMA DE PAGO".- "LA SECRETARIA" SE OBLIGA A PAGAR A “EL PROVEEDOR” EL IMPORTE DE ESTE CONTRATO EN PESOS MEXICANOS, A TRAVÉS DEL ESQUEMA ELECTRÓNICO INTERBANCARIO O MEDIANTE CHEQUE, EN LA FORMA SIGUIENTE: EL IMPORTE DE $______________ (IMPORTE CON LETRA), SERÁ CUBIERTO EN PAGOS PARCIALES DE CONFORMIDAD AL PROGRAMA DE ENTREGAS PACTADO EN LA CLÁUSULA CUARTA, EN UN TIEMPO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE LA PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS ORIGINALES EN LA SUBDIRECCIÓN DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, DEBIDAMENTE SELLADAS Y FIRMADAS CON LA FECHA CORRESPONDIENTE POR LA PERSONA QUE RECIBIÓ LO ADQUIRIDO Y EL TITULAR DE LA UNIDAD, DEPENDENCIA O INSTALACIÓN, QUE ACREDITE LA TOTAL RECEPCIÓN A ENTERA SATISFACCIÓN DE “LA SECRETARÍA”. “EL PROVEEDOR” EXPEDIRÁ LAS FACTURAS A NOMBRE DE: SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL, CON DOMICILIO EN: AV. INDUSTRIA MILITAR S/No., ESQUINA CON BLVD. MANUEL AVILA CAMACHO, COL. LOMAS DE SOTELO, DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, C.P. 11640, MEXICO, D.F., CON R.F.C. SDN-8501014D2; ASIMISMO ASENTARÁ EN LA FACTURA COMERCIAL QUE AMPARE LA MERCANCÍA EL NUMERO DE CONTRATO, CLAVE DEL PRODUCTO, NUMERO DE PARTIDA, DESCRIPCIÓN, CANTIDAD, PRECIO UNITARIO, PRECIO TOTAL, NUMERO DE LOTE, FECHA DE CADUCIDAD, ASÍ COMO SU CLAVE DE IDENTIFICACIÓN FISCAL, TODA VEZ QUE EL IMPORTE DE LAS MULTAS QUE SE ORIGINEN POR FALTA DE OBSERVANCIA A ESTA DISPOSICIÓN, SERÁ IMPUTABLE AL “PROVEEDOR” Y NO A “LA SECRETARIA” EN CASO DE QUE EL “PROVEEDOR” PRESENTE SU FACTURA CON ERRORES O DEFICIENCIAS, EL PLAZO DE PAGO SE AJUSTARÁ EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 62 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. EL PAGO DE LOS BIENES QUEDARÁ CONDICIONADO PROPORCIONALMENTE AL PAGO QUE “EL PROVEEDOR” DEBA EFECTUAR POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES.

CUARTA.- "PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA".- “EL PROVEEDOR” SE COMPROMETE A ENTREGAR DDP (INCOTERMS 2000) A “LA SECRETARIA”, “EL MATERIAL” QUE SE MENCIONA EN LA CLAUSULA PRIMERA, DENTRO DE LOS PLAZOS SEÑALADOS EN EL CALENDARIO DE ENTREGAS QUE SE INDICAN EN EL ANEXO No. 2, EN UN HORARIO DE 8:00 A 14:00 HORAS EN DÍAS HÁBILES, EN LOS ALMACENES GENERALES DE SANIDAD (CAMPO MIL. No. 1-A, D.F.), DEBIENDO ESTABLECER COORDINACIÓN PREVIA A LOS TELS. 53-95-10-72 Y 53-95-11-69.

“EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A ENTREGAR “EL MATERIAL” PERFECTAMENTE

EMPACADO, CON LAS ENVOLTURAS ORIGINALES DEL FABRICANTE Y EN

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CONDICIONES DE EMBALAJE QUE LOS RESGUARDEN DEL POLVO Y LA HUMEDAD, CON ETIQUETADO COMERCIAL CON LA CLAVE DEL SECTOR SALUD.

“EL PROVEEDOR” DEBERÁ CONTAR CON EL PERSONAL TÉCNICO ESPECIALISTA,

EN LA ENTREGA DE “EL MATERIAL”, CON EL FIN DE SUPERVISAR ESTA. LOS GASTOS DE TRANSPORTACIÓN DE LOS BIENES, LAS MANIOBRAS DE CARGA

Y DESCARGA EN EL LUGAR DE ENTREGA, ASI COMO EL ASEGURAMIENTO DE LOS MISMOS, SERAN A CARGO DE “EL PROVEEDOR”, HASTA QUE ESTOS SEAN RECIBIDOS DE CONFORMIDAD POR “LA SECRETARIA”.

DURANTE LA RECEPCIÓN, “EL MATERIAL” ESTARÁ SUJETO A UNA VERIFICACIÓN

VISUAL ALEATORIA, CON OBJETO DE REVISAR QUE SE ENTREGUEN CONFORME A LA DESCRIPCIÓN DEL CATALOGO DE ARTICULOS, ASÍ COMO A LAS CONDICIONES REQUERIDAS, CONSIDERANDO CANTIDAD, EMPAQUES Y ENVASES EN BUENAS CONDICIONES.

CABE RESALTAR QUE MIENTRAS NO SE CUMPLA CON LAS CONDICIONES DE

ENTREGA ESTABLECIDAS, “LA SECRETARIA” NO DARÁ POR RECIBIDOS Y ACEPTADOS LOS BIENES.

TODO “EL MATERIAL” QUE ENTREGUE “EL PROVEEDOR” DEBERÁ CONTENER EL

CÓDIGO DE BARRAS, PARA EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS (CODIGOS UPC-A, UPC-E, EAN-13, O EAN-A8), ASI COMO LOS CORRESPONDIENTES A SUS EMPAQUES COLECTIVOS (CODIGO DUN-14) DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, EL QUE NO DEBERÁ MODIFICARSE DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO, ENTREGANDO A LA FIRMA DEL CONTRATO SU CEDULA DE ACTUALIZACIONES DE NUMEROS DE CODIGOS DE BARRAS, PESOS Y VOLUMENES.

LOS BIENES QUE SE ENTREGUEN DEBERÁN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS

ESPECIFICACIONES, DESCRIPCIONES, PRESENTACIONES Y DEMAS CARACTERISTICAS QUE SE INDICAN EN EL ANEXO 1 (UNO) MENCIONADO EN LA CLAUSULA PRIMERA, A LAS NORMAS OFICIALES, DISPOSICIONES LEGALES, REGLAMENTARIAS Y ADMINISTRATIVAS QUE EMITA LA AUTORIDAD COMPETENTE.

“EL PROVEEDOR”, DEBERÁ PROPORCIONAR POR CADA UNO DE LOS LOTES A ENTREGAR EL OFICIO DE LIBERACIÓN DEL LOTE CORRESPONDIENTE EMITIDO POR LA SECRETARÍA DE SALUD.”

LA RECEPCIÓN DEFINITIVA DE “EL MATERIAL” SE EFECTUARÁ EN LOS ALMACENES GENERALES DE SANIDAD (CAMPO MILITAR 1-A D.F.).

LEVANTÁNDOSE EL ACTA O ACTAS RESPECTIVAS POR PERSONAL MILITAR DESIGNADO POR “LA SECRETARÍA”, CON LA INTERVENCIÓN DE UN REPRESENTANTE DE “EL PROVEEDOR” Y UN REPRESENTANTE DE LA COMISIÓN INTERVENTORA EN LA RECEPCIÓN DE MATERIAL NACIONAL Y PROCEDENTE DEL EXTRANJERO DE “LA SECRETARÍA”.

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EL ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA, SE ELABORARÁ EN EL ALMACENES GENERALES

DE SANIDAD (CAMPO MILITAR 1-A, D.F.), EN LA FECHA Y HORA QUE PARA EL EFECTO SEÑALE “LA SECRETARÍA”, ACEPTANDO LAS PARTES QUE PARA EL CASO DE AUSENCIA DEL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA EN LA RECEPCIÓN DE “EL MATERIAL”, “EL PROVEEDOR” ACEPTARÁ TÁCITAMENTE EL CONTENIDO DEL ACTA SEÑALADA, SIN RESERVA DE DERECHO ALGUNO.

CUANDO POR CAUSAS IMPUTABLES A “EL PROVEEDOR” ENTREGUE BIENES

DIFERENTES A LOS DESCRITOS EN EL CONTRATO RESPECTIVO, LAS EROGACIONES QUE SE GENEREN POR EL CAMBIO O SUSTITUCIÓN CORRESPONDIENTE, SERÁN CUBIERTAS POR “EL PROVEEDOR” Y NO SERÁN REPERCUTIDAS A “LA SECRETARÍA”.

QUINTA.- “CANJE O DEVOLUCION DEL MATERIAL”.- “LA SECRETARIA” PODRÁ SOLICITAR EL CANJE O DEVOLUCIÓN DE “EL MATERIAL” QUE PRESENTE DEFECTOS A SIMPLE VISTA, ESPECIFICACIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO O SUS ANEXOS O VICIOS OCULTOS, NOTIFICANDO A “EL PROVEEDOR” DENTRO DE LOS 5 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL MOMENTO EN QUE SE HAYA PERCATADO DEL VICIO O DEFECTO.

“EL PROVEEDOR” DEBERÁ REPONER “EL MATERIAL” SUJETO A CANJE O

DEVOLUCIÓN, EN UN PLAZO QUE NO EXCEDERÁ DE 10 DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU NOTIFICACIÓN.

TODOS LOS GASTOS QUE SE GENEREN POR MOTIVO DEL CANJE O DEVOLUCIÓN,

CORRERÁN POR CUENTA DE “EL PROVEEDOR”. “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS

DAÑOS Y/O PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTE, LLEGUE A CAUSAR A “LA SECRETARIA” Y/O TERCEROS.

“EL PROVEEDOR” ACEPTA REALIZAR EL CANJE O DEVOLUCIÓN DE “EL MATERIAL”

OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, DENTRO DEL PLAZO A QUE SE HACE REFERENCIA EN LA PRESENTE CLAUSULA, CUANDO DURANTE SU VIDA UTIL, ES DECIR, ANTES DE SU FECHA DE CADUCIDAD, O BIEN, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO, PRESENTE ALGÚN DEFECTO O SE TENGA ALGÚN REPORTE POR EL QUE SE DE A CONOCER QUE EL USO DEL MATERIAL PUEDE PONER EN RIESGO LA SALUD DE LOS DERECHOHABIENTES. “LA SECRETARÍA” NOTIFICARÁ DICHA CIRCUNSTANCIA A LA SECRETARÍA DE SALUD.

SEXTA.- “VIGENCIA”.- LAS PARTES CONVIENEN EN QUE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO COMPRENDERÁ DEL ___________________________

SÉPTIMA.- “PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES”.- “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A NO CEDER EN FORMA PARCIAL NI TOTAL, A FAVOR DE CUALQUIER OTRA PERSONA FÍSICA O MORAL, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO.

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“EL PROVEEDOR” SÓLO PODRÁ CEDER LOS DERECHOS DE COBRO QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO, PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “LA SECRETARÍA”, PARA LO CUAL DEBERÁ PRESENTAR LA SOLICITUD CORRESPONDIENTE DENTRO DE LOS 5 (CINCO) DÍAS NATURALES ANTERIORES A LA FECHA DE PAGO PROGRAMADA, A LA QUE DEBERÁ ADJUNTAR UNA COPIA DE LOS CONTRA-RECIBOS CUYO IMPORTE SE CEDE, ADEMÁS DE LOS DOCUMENTOS SUSTANTIVOS DE DICHA CESIÓN. OCTAVA.- “RESPONSABILIDAD”.- “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DAÑOS Y/O PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTE, LLEGUEN A CAUSAR A “LA SECRETARÍA” Y/O A TERCEROS, CON MOTIVO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN ESTE INSTRUMENTO JURÍDICO, O BIEN POR LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS EN “EL MATERIAL” ENTREGADO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 53, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. NOVENA.- “IMPUESTOS Y/O DERECHOS”.- LOS IMPUESTOS Y DERECHOS QUE PROCEDAN CON MOTIVO DE “EL MATERIAL” OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SERÁN PAGADOS POR “EL PROVEEDOR” CONFORME A LA LEGISLACIÓN APLICABLE EN LA MATERIA. “LA SECRETARIA” SÓLO CUBRIRÁ EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LAS DISPOSICIONES FISCALES VIGENTES EN LA MATERIA. DÉCIMA.- “PATENTES Y/O MARCAS”.- “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA PARA CON “LA SECRETARÍA”, A RESPONDER POR LOS DAÑOS Y/O PERJUICIOS QUE PUDIERA CAUSAR A “LA SECRETARÍA” Y/O A TERCEROS, SI CON MOTIVO DE LA ENTREGA DE “EL MATERIAL” ADQUIRIDO VIOLA DERECHOS DE AUTOR, DE PATENTES Y/O MARCAS U OTRO DERECHO RESERVADO A NIVEL NACIONAL O INTERNACIONAL. POR LO ANTERIOR, “EL PROVEEDOR” MANIFIESTA EN ESTE ACTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, NO ENCONTRARSE EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS DE INFRACCIÓN A LA LEY FEDERAL DE DERECHOS DE AUTOR, NI A LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. EN CASO DE QUE SOBREVINIERA ALGUNA RECLAMACIÓN EN CONTRA DE “LA SECRETARÍA” POR CUALQUIERA DE LAS CAUSAS ANTES MENCIONADAS, LA ÚNICA OBLIGACIÓN DE ÉSTA SERÁ LA DE DAR AVISO EN EL DOMICILIO PREVISTO EN ÉSTE INSTRUMENTO A “EL PROVEEDOR”, PARA QUE ÉSTE LLEVE A CABO LAS ACCIONES NECESARIAS QUE GARANTICEN LA LIBERACIÓN DE “LA SECRETARÍA” DE CUALQUIER CONTROVERSIA O RESPONSABILIDAD DE CARÁCTER CIVIL, MERCANTIL, PENAL O ADMINISTRATIVA QUE, EN SU CASO, SE OCASIONE.

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DÉCIMO PRIMERA.- “GARANTIAS”.- “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A OTORGAR A “LA SECRETARÍA”, LAS GARANTÍAS QUE SE ENUMERAN A CONTINUACIÓN: a) “GARANTÍA DEL MATERIAL”.- “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A PRESENTAR, A

MÁS TARDAR EL DÍA DE LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO, ESCRITO EN PAPEL MEMBRETADO DE “EL PROVEEDOR”, FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL, POR EL QUE SE GARANTICE QUE EL PERÍODO DE CADUCIDAD DE “EL MATERIAL”, NO PODRÁ SER MENOR A ___________ MESES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA DE LOS BIENES. NO OBSTANTE LO ANTERIOR, “EL PROVEEDOR” PODRÁ ENTREGAR “EL MATERIAL” DE CURACIÓN CON UNA CADUCIDAD MÍNIMA DE ______ MESES, SIEMPRE Y CUANDO ENTREGUE UNA CARTA COMPROMISO, EN LA CUAL SE OBLIGUE A CANJEAR SIN COSTO ALGUNO PARA “LA SECRETARÍA”, AQUELLOS MATERIAL DE CURACIÓN QUE NO SEAN CONSUMIDOS, POR “LA SECRETARÍA”, DENTRO DE SU VIDA ÚTIL, EN EL CONTENIDO DE DICHA CARTA, SE DEBERÁ INDICAR LA (S) CLAVE (S), CON SU DESCRIPCIÓN, FABRICANTE Y NÚMERO DE LOTE.

b) “GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO”.- “EL PROVEEDOR” SE

OBLIGA A OTORGAR, DENTRO DE UN PLAZO DE DIEZ DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FIRMA DE ESTE INSTRUMENTO, UNA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO, MEDIANTE FIANZA EXPEDIDA POR COMPAÑÍA AUTORIZADA EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, Y A FAVOR DE “LA SECRETARÍA”, POR EL 10% (DIEZ POR CIENTO) SOBRE EL MONTO TOTAL QUE SE INDICA EN LA CLÁUSULA SEGUNDA DEL PRESENTE CONTRATO, SIN CONSIDERAR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

“EL PROVEEDOR” QUEDA OBLIGADO A ENTREGAR A “LA SECRETARÍA” LA PÓLIZA DE FIANZA, APEGÁNDOSE AL FORMATO QUE SE INTEGRA AL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO COMO ANEXO 3 (TRES), EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN (SECCIÓN DE ADQUISICIÓN DE SUMINISTROS MÉDICOS), UBICADA EN AV. INDUSTRIA MILITAR S/N., ESQUINA CON BLVD. MANUEL ÁVILA CAMACHO, COL. LOMAS DE SOTELO, C.P. 11640, DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, MÉXICO, D.F. DICHA PÓLIZA DE FIANZA DE CUMPLIMIENTO CONTINUARÁ VIGENTE POR UN TERMINO DE 10 MESES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE EN QUE SE CONCLUYA LA VIGENCIA DEL CONTRATO Y SERÁ DEVUELTA A “EL PROVEEDOR” UNA VEZ QUE “LA SECRETARIA” LE OTORGUE AUTORIZACIÓN POR ESCRITO, PARA QUE ÉSTE PUEDA SOLICITAR A LA AFIANZADORA CORRESPONDIENTE LA CANCELACIÓN DE LA FIANZA, AUTORIZACIÓN QUE SE ENTREGARÁ A “EL PROVEEDOR”, SIEMPRE QUE DEMUESTRE HABER CUMPLIDO CON LA TOTALIDAD DE LAS OBLIGACIONES ADQUIRIDAS POR VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO.

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Sección V

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LA AFIANZADORA ACEPTA EXPRESAMENTE LO PRECEPTUADO EN LOS ARTÍCULOS 95, 95 BIS Y 118, Y RENUNCIA AL CONTENIDO DEL ARTÍCULO 119 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS EN VIGOR.

DÉCIMO SEGUNDA.- “EJECUCIÓN DE LA PÓLIZA DE FIANZA DE CUMPLIMENTO DE ESTE CONTRATO”.- “LA SECRETARIA” LLEVARA A CABO LA EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO CUANDO: A) SE RESCINDA ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO. B) DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO SE DETECTEN DEFICIENCIAS,

FALLAS O CALIDAD INFERIOR EN “EL MATERIAL” SUMINISTRADO, EN COMPARACIÓN CON LOS OFERTADOS.

C) CUANDO EN EL SUPUESTO DE QUE SE REALICEN MODIFICACIONES AL

CONTRATO, NO ENTREGUE EN EL PLAZO PACTADO, EL ENDOSO O LA NUEVA GARANTÍA, QUE AMPARE EL PORCENTAJE ESTABLECIDO PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE INSTRUMENTO.

D) POR CUALQUIER OTRO INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS

EN ESTE CONTRATO. DÉCIMO TERCERA.- “PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS MATERIAL DE CURACIÓN ADJUDICADOS”.- EN EL CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” INCURRA EN ATRASO EN LAS FECHAS PACTADAS DE ENTREGA DE “EL MATERIAL” OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, QUEDA OBLIGADO A PAGAR EL 2.5%, SOBRE EL MONTO TOTAL DEL VALOR DE LO INCUMPLIDO, SIN CONSIDERAR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, POR CADA DÍA DE ATRASO EN LA ENTREGA DE “EL MATERIAL” DE QUE SE TRATE, EN CADA UNO DE LOS SUPUESTOS SIGUIENTES: c) CUANDO “EL PROVEEDOR” NO ENTREGUE “EL MATERIAL” QUE LE HAYA SIDO

REQUERIDO CONFORME AL PROGRAMA DE ENTREGAS SEÑALADO EN EL ANEXO No. 2.

d) CUANDO “EL PROVEEDOR” NO REPONGA DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO EN

EL SEGUNDO PÁRRAFO DE LA CLAUSULA QUINTA DEL PRESENTE CONTRATO “EL MATERIAL” QUE “LA SECRETARIA” HAYA SOLICITADO PARA SU CANJE O DEVOLUCIÓN.

EL MONTO MAXIMO DE LA APLICACIÓN DE LA PENA CONVENCIONAL NO PODRÁ SER SUPERIOR A LA PARTE PROPORCIONAL QUE CORRESPONDA AL PORCENTAJE DE LA GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

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Sección V

ba08010002 vac 162

POR NINGÚN CONCEPTO LA APLICACIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES PODRÁ EXCEDER EL IMPORTE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. “EL PROVEEDOR” A SU VEZ, AUTORIZA A “LA SECRETARIA” A DESCONTAR LAS CANTIDADES QUE RESULTEN DE APLICAR LA PENA CONVENCIONAL SEÑALADA EN PÁRRAFO ANTERIOR, SOBRE LOS PAGOS QUE DEBERÁ CUBRIR A “EL PROVEEDOR”. DÉCIMO CUARTA.- “TERMINACIÓN ANTICIPADA”.- DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 54, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, “LA SECRETARIA” PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL PRESENTE CONTRATO SIN RESPONSABILIDAD PARA ÉSTE Y SIN NECESIDAD DE QUE MEDIE RESOLUCIÓN JUDICIAL ALGUNA, CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL DANDO AVISO POR ESCRITO A “EL PROVEEDOR” CON CINCO DÍAS HÁBILES DE ANTICIPACIÓN A LA FECHA EFECTIVA DE TERMINACIÓN, O BIEN, CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR “EL MATERIAL” OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONARÍA ALGÚN DAÑO O PERJUICIO A “LA SECRETARIA” O SE DETERMINE LA NULIDAD TOTAL O PARCIAL DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO, CON MOTIVO DE LA RESOLUCIÓN DE UNA INCONFORMIDAD EMITIDA POR LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. EN ESTE CASO “LA SECRETARIA” REEMBOLSARÁ A “EL PROVEEDOR” LOS GASTOS NO RECUPERABLES EN QUE HAYA INCURRIDO, SIEMPRE QUE ESTOS SEAN RAZONABLES, ESTÉN COMPROBADOS Y SE RELACIONEN DIRECTAMENTE CON EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO. DÉCIMO QUINTA.- “RESCISIÓN ADMINISTRATIVA”.- CON FUNDAMENTO EN EL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 54 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, “LA SECRETARIA” PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL PRESENTE CONTRATO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, A CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS POR VIRTUD DE LAS CELEBRACIÓN DE ESTE INSTRUMENTO JURÍDICO, SIN NECESIDAD DE ACUDIR A LOS TRIBUNALES COMPETENTES. DÉCIMO SEXTA.- “CAUSAS DE RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO”.- “LA SECRETARIA” PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO SIN MÁS RESPONSABILIDAD PARA EL MISMO Y SIN NECESIDAD DE RESOLUCIÓN JUDICIAL, CUANDO “EL PROVEEDOR” INCURRA EN CUALQUIERA DE LAS CAUSALES SIGUIENTES: 1. CUANDO NO ENTREGUE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO,

DENTRO DEL TÉRMINO DE 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA FIRMA DEL MISMO.

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Sección V

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2. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” NO REPONGA “EL MATERIAL” QUE LE

HAYA SIDO DEVUELTO PARA CANJE O DEVOLUCIÓN POR PROBLEMAS DE CALIDAD, DEFECTOS O VICIOS OCULTOS DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL PRESENTE CONTRATO.

3. CUANDO SE COMPRUEBE QUE “EL PROVEEDOR” HAYA ENTREGADO

MATERIAL DE CURACIÓN CON DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DISTINTAS A LAS PACTADAS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO.

4. CUANDO INCURRA EN FALTA DE VERACIDAD TOTAL O PARCIAL RESPECTO

A LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA PARA LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO.

5. CUANDO SE INCUMPLA TOTAL O PARCIALMENTE, CON CUALESQUIERA DE

LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS. 6. CUANDO SE TRANSMITAN TOTAL O PARCIALMENTE, BAJO CUALQUIER

TÍTULO, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES PACTADAS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, PREVIA AUTORIZACIÓN DE “LA SECRETARIA”.

7. SI LA AUTORIDAD COMPETENTE DECLARA EL CONCURSO MERCANTIL O

CUALQUIER SITUACIÓN ANÁLOGA O EQUIVALENTE QUE AFECTE EL PATRIMONIO DE “EL PROVEEDOR”.

8. EN CASO DE QUE DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO SE RECIBA

COMUNICADO POR PARTE DE LA SECRETARÍA DE SALUD, EN EL SENTIDO DE QUE “EL PROVEEDOR” HA SIDO SANCIONADO O SE LE HA REVOCADO EL REGISTRO SANITARIO.

DÉCIMO SÉPTIMA.- “PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN”.- PARA EL CASO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA LAS PARTES CONVIENEN EN SOMETERSE AL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO: 1. SI “LA SECRETARIA” CONSIDERA QUE “EL PROVEEDOR” HA INCURRIDO EN

ALGUNA DE LAS CAUSALES DE RESCISIÓN QUE SE CONSIGNAN EN LA CLÁUSULA QUE ANTECEDE, LO HARÁ SABER A “EL PROVEEDOR” DE FORMA INDUBITABLE POR ESCRITO A EFECTO DE QUE ÉSTE EXPONGA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y APORTE, EN SU CASO, LAS PRUEBAS QUE ESTIME PERTINENTE, EN UN TÉRMINO DE 5 (CINCO) DÍAS HÁBILES, A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE LA COMUNICACIÓN DE REFERENCIA.

2. TRANSCURRIDO EL TÉRMINO A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR, SE

RESOLVERÁ CONSIDERANDO LOS ARGUMENTOS Y PRUEBAS QUE HUBIERE HECHO VALER.

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Sección V

ba08010002 vac 164

3. LA DETERMINACIÓN DE DAR O NO POR RESCINDIDO ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO, DEBERÁ SER DEBIDAMENTE FUNDADA, MOTIVADA Y COMUNICADA POR ESCRITO A “EL PROVEEDOR”, DENTRO DE LOS 15 (QUINCE) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES, AL VENCIMIENTO DEL PLAZO SEÑALADO EN EL INCISO A), DE ESTA CLÁUSULA.

EN EL SUPUESTO DE QUE SE RESCINDA EL CONTRATO “LA SECRETARIA” NO PROCEDERÁ LA APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES NI SU CONTABILIZACIÓN PARA HACER EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. EN CASO DE QUE “LA SECRETARIA” DETERMINE DAR POR RESCINDIDO EL PRESENTE CONTRATO, SE DEBERÁ FORMULAR UN FINIQUITO EN EL QUE SE HAGAN CONSTAR LOS PAGOS QUE, EN SU CASO, DEBA EFECTUAR “LA SECRETARIA” POR CONCEPTO DE “EL MATERIAL” ENTREGADO POR “EL PROVEEDOR” HASTA EL MOMENTO EN QUE SE DETERMINE LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA. SI PREVIAMENTE A LA DETERMINACIÓN DE DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, “EL PROVEEDOR” ENTREGA “EL MATERIAL”, EL PROCEDIMIENTO INICIADO QUEDARÁ SIN EFECTO, PREVIA ACEPTACIÓN Y VERIFICACIÓN DE “LA SECRETARIA” POR ESCRITO, DE QUE CONTINÚA VIGENTE LA NECESIDAD DE CONTAR CON “EL MATERIAL” Y APLICANDO, EN SU CASO, LAS PENAS CONVENCIONALES CORRESPONDIENTES. “LA SECRETARIA” PODRÁ DETERMINAR NO DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, CUANDO DURANTE EL PROCEDIMIENTO ADVIERTA QUE DICHA RESCISIÓN PUDIERA OCASIONAR ALGÚN DAÑO O AFECTACIÓN A LAS FUNCIONES QUE TIENE ENCOMENDADAS. EN ESTE SUPUESTO, “LA SECRETARIA” ELABORARÁ UN DICTAMEN EN EL CUAL JUSTIFIQUE QUE LOS IMPACTOS ECONÓMICOS O DE OPERACIÓN QUE SE OCASIONARÍAN CON LA RESCISIÓN DEL CONTRATO RESULTARÍAN MÁS INCONVENIENTES. DE NO DARSE POR RESCINDIDO EL CONTRATO, “LA SECRETARIA” ESTABLECERÁ, DE CONFORMIDAD CON “EL PROVEEDOR” UN NUEVO PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE AQUELLAS OBLIGACIONES QUE SE HUBIESEN DEJADO DE CUMPLIR, A EFECTO DE QUE “EL PROVEEDOR” SUBSANE EL INCUMPLIMIENTO QUE HUBIERE MOTIVADO EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN. LO ANTERIOR, SE LLEVARÁ A CABO A TRAVÉS DE UN CONVENIO MODIFICATORIO EN EL QUE SE CONSIDERE LO DISPUESTO EN LOS DOS ÚLTIMOS PÁRRAFOS DEL ARTÍCULO 52 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

DÉCIMO OCTAVA.- “MODIFICACIONES”.- DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y SU REGLAMENTO, “LA SECRETARIA” PODRÁ CELEBRAR POR ESCRITO

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CONVENIO MODIFICATORIO AL PRESENTE CONTRATO DENTRO DE LA VIGENCIA DEL MISMO. PARA TAL EFECTO, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A PRESENTAR, EN SU CASO, LA MODIFICACIÓN DE LA GARANTÍA, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 68, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. DÉCIMO NOVENA.- “RELACIÓN DE ANEXOS”.- LOS ANEXOS QUE SE RELACIONAN A CONTINUACIÓN SON RUBRICADOS DE CONFORMIDAD POR LAS PARTES Y FORMAN PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE CONTRATO. ANEXO 1 (UNO) “CARACTERISTICAS, ESPECIFICACIONES Y CANTIDADES DE “EL

MATERIAL”. ANEXO 2 (DOS) “CALENDARIO DE ENTREGAS DE “EL MATERIAL” ANEXO 3 (TRES) FORMATO DE PÓLIZA DE FIANZA. VIGÉSIMA.- “LEGISLACIÓN APLICABLE”.- LAS PARTES SE OBLIGAN A SUJETARSE ESTRICTAMENTE PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, A TODAS Y CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS DEL MISMO, A LAS BASES DE LAS QUE SE DERIVA LA LICITACIÓN PUBLICA ______________, ASI COMO LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, SU REGLAMENTO, EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS APLICABLES EN LA MATERIA. VIGÉSIMO PRIMERA.- “JURISDICCIÓN”.- PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE ESTE INSTRUMENTO JURÍDICO, ASÍ COMO PARA TODO AQUELLO QUE NO ESTÉ EXPRESAMENTE ESTIPULADO EN EL MISMO, LAS PARTES SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES FEDERALES COMPETENTES DE LA CIUDAD DE LA CIUDAD DE MEXICO, D.F., RENUNCIANDO A CUALQUIER OTRO FUERO PRESENTE O FUTURO QUE POR RAZÓN DE DOMICILIO LES PUDIERA CORRESPONDER. LEÍDO QUE FUE POR LAS PARTES, Y ENTERADAS DE SU CONTENIDO Y ALCANCE JURÍDICO, LO FIRMAN POR TRIPLICADO, AL MARGEN Y AL CALCE PARA CONSTANCIA, A LOS DÍAS ____________________, DEL MES DE ______________DEL AÑO__________, QUEDANDO UN EJEMPLAR EN PODER DE CADA UNA DE ELLAS.

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ba08010002 vac 166

POR LA “SECRETARÍA” EL GRAL. DE BGDA.DEM., DIR.GRAL.ADMÓN.

AUGUSTO MOISÉS GARCÍA OCHOA. (6254019)

POR “EL PROVEEDOR” _____________________________.

______________________________

POR EL ÁREA USUARIA. EL GRAL. BGDA. M.C., DIRECTOR GRAL. SND.

EFREN ALBERTO PICHARDO REYES. (5381444)

POR LA SUBDIRECCIÓN DE ADQUISICIONES. EL GRAL. BRIG.D.E.M., SUBDIR. ADQS.

CARLOS FERNANDO LUQUE LUNA. (6460663)

POR LA SECCIÓN SUMINISTROS MÉDICOS. EL TTE.COR.INF.D.E.M., JEFE SEC. SUM. MED.

LUIS VALENTIN IGLESIAS SOLORZANO. (B-3682955)

POR LA ASES. JDCA., DIR. GRAL. ADMÓN. EL GRAL.BRIG.DE J.M. Y LIC., ASESOR JUR.

JOSÉ FÉLIX NAME RODRÍGUEZ. (7550425)

CMA -PNS-TMD*.

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Sección VI

ba08010002 vac 167

SECCIÓN VI

ANEXO TÉCNICO

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS DE LIBRE COMERCIO

No. 00012005-010-08 “VACUNAS”

PARTIDA CLAVE DESCRIPCIÓN DE CONFORMIDAD CON EL

CUADRO BASICO Y CATALOGO DE MEDICAMENTOS

UNIDAD DE

MEDIDA SECRETARIA

IMSS SEDENA ISSSTE

TOTAL DOSIS ORDINARIO OPORTUNIDADES

1 0146 VACUNA ANTINEUMOCOCCICA SOLUCION INYECTABLE Cada dosis de 0.5 ml contiene: Poliósidos purificados del Streptococcus pneumoniae serotipos 1, 2, 3, 4, 5, 6B, 7F, 8, 9N, 9V, 10A, 11A, 12F, 14,15B, 17F, 18C, 19A, 19F, 20, 22F, 23F y 33F, cada uno con 25 µg.

Envase con frasco ámpula de 0.5 ml o de 2.5 ml o jeringa prellenada de 0.5 ml.

DOSIS 964,900 174,979 124,080 20,000 ------------ 1’283,959

2 0150 VACUNA CONTRA ROTAVIRUS SUSPENSION Cada frasco ámpula con liofilizado contiene: Rotavirus vivo atenuado humano cepa RIX4414 No menos de

106 DICT50 Envase con frasco ámpula y una jeringa prellenada con diluyente de 1 ml y con dispositivo de transferencia.

DOSIS 2,300,700 1,079,611 308,180 30,000 250,000 3’968,491

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Sección VI

ba08010002 vac 168

PARTIDA CLAVE DESCRIPCIÓN DE CONFORMIDAD CON EL

CUADRO BASICO Y CATALOGO DE MEDICAMENTOS

UNIDAD DE

MEDIDA SECRETARIA

IMSS SEDENA ISSSTE

TOTAL DOSIS ORDINARIO OPORTUNIDADES

3 2522 VACUNA ACELULAR ANTIPERTUSSIS, CON TOXOIDES DIFTERICO Y TETANICO ADSORBIDOS, CON VACUNA ANTIPOLIOMIELITICA INACTIVADA Y CON VACUNA CONJUGADA DE HAEMOPHILUS INFLUENZAE TIPO B

SUSPENSION INYECTABLE

Cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: Toxoide diftérico purificado 30 UI Toxoide tetánico purificado 40 UI Toxoide pertússico purificado adsorbido 25 g Con o sin pertactina 8 g Hemaglutinina filamentosa purificada adsorbida 25 g Virus de la poliomielitis tipo 1 inactivado 40 UD* Virus de la poliomielitis tipo 2 inactivado 8 UD* Virus de la poliomielitis tipo 3 inactivado 32 UD* Haemophilus influenzae Tipo b 10 g (conjugado a la proteína tetánica) *Unidades de antígeno D Envase con 1 o 20 dosis en jeringa prellenada de Vacuna acelular Antipertussis con Toxoides Diftérico y Tetánico Adsorbidos y Vacuna Antipoliomielítica inactivada y 1 o 20 dosis en frasco ámpula con liofilizado de Vacuna conjugada de Haemophilus influenzae tipo b, para reconstituir con la suspensión de la jeringa.

DOSIS 4,927,300 1,775,235 912,060 15,000 303,870 7’933,465

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Sección VI

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PARTIDA CLAVE DESCRIPCIÓN DE CONFORMIDAD CON EL

CUADRO BASICO Y CATALOGO DE MEDICAMENTOS

UNIDAD DE

MEDIDA SECRETARIA

IMSS SEDENA ISSSTE

TOTAL DOSIS ORDINARIO OPORTUNIDADES

4 2526 VACUNA RECOMBINANTE CONTRA LA HEPATITIS B SUSPENSION INYECTABLE Cada dosis de 1 ml contiene: AgsHb 20 µg Envase con un frasco ámpula con 10 ml (10 dosis).

DOSIS 4´043,500 4,931,850 3,174,910 50,000 421,630 12’621,890

5 2527 VACUNA RECOMBINANTE CONTRA LA HEPATITIS B SUSPENSION INYECTABLE Cada dosis de 0.5 ml contiene: Antígeno de superficie del virus de la hepatitis B purificado DNA recombinante 10 µg Envase con jeringa prellenada con 0.5 ml o frasco ámpula con 0.5 ml.

DOSIS 4,035,100 ------------- ------------- ------------ 429,950 4’465,050

6 3800 VACUNA DOBLE VIRAL (SR) CONTRA

SARAMPION Y RUBEOLA

SUSPENSION INYECTABLE Cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: Virus atenuados del sarampión cepa Edmonston- Zagreb (cultivados en células diploides humanas) o cepa Enders o cepa Schwarz (cultivados en fibroblastos de embrión de pollo) 3.0 log10 a 4.5 log10 DICC50 o 1000 a 32000 DICC50 o 103 a 3.2 x 104 DICC50 Virus atenuados de la rubeola cepa Wistar RA 27/3 (cultivados en células diploides humanas MRC-5 o WI-38) ≥ 3.0 log10 DICC50 o ≥ 1000 DICC50 o ≥ 103 DICC50

Envase con liofilizado para 10 dosis y diluyente.

DOSIS 1,836,400 335,000 663,480 10,000 778,300 3’623,180

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Sección VI

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PARTIDA CLAVE DESCRIPCIÓN DE CONFORMIDAD CON EL

CUADRO BASICO Y CATALOGO DE MEDICAMENTOS

UNIDAD DE

MEDIDA SECRETARIA

IMSS SEDENA ISSSTE

TOTAL DOSIS ORDINARIO OPORTUNIDADES

7 3801 VACUNA B.C.G.

SUSPENSION INYECTABLE

Cada dosis de 0.1 ml de la suspensión reconstituida de bacilos atenuados contiene la cepa:

Francesa 1173P2 200 000-500 000 UFC

o Danesa 1331 200 000-300 000 UFC

o Glaxo* 1077 800 000-3 200 000 UFC

o Tokio 172 200 000-3 000 000 UFC

o Montreal 200 000 3 200 000 UFC

o Moscow 200 000- 1 000 000 UFC

Envase con frasco ámpula o ampolleta con liofilizado para 5 o 10 dosis y ampolletas con diluyente de 0.5 ml o 1 ml.

*Semilla Mérieux.

DOSIS 4,272,000 668,820 1,278,120 6,560 159,030 6’384,530

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Sección VI

ba08010002 vac 171

CALENDARIO DE ENTREGAS 2009

SECRETARIA DE SALUD

CLAVE DESCRIPCION UNIDAD

DE MEDIDA

TOTAL DOSIS

7 DE ENERO

11 DE FEBRERO

4 DE MARZO

15 DE ABRIL

3 DE JUNIO

8 DE JULIO

5 DE AGOSTO

0146 VACUNA ANTINEUMOCOCCICA DOSIS 964,900 483,300 481,600

0150 VACUNA CONTRA ROTAVIRUS DOSIS 2,300,700

2522

VACUNA ACELULAR ANTIPERTUSSIS, CON TOXOIDES DIFTERICO Y TETANICO ADSORBIDOS, CON VACUNA ANTIPOLIOMIELITICA INACTIVADA Y CON VACUNA CONJUGADA DE HAEMOPHILUS INFLUENZAE TIPO B

DOSIS 4,927,300 821,500 821,500 821,500 821,500 821,500 819,800

2526 VACUNA RECOMBINANTE CONTRA LA HEPATITIS B 20 MCG

DOSIS 4,043,500 2,022,600 2,020,900

2527 VACUNA RECOMBINANTE CONTRA LA HEPATITIS B 10 MCG

DOSIS 4,035,100 672,700 672,700 672,700 672,700 672,700 671,600

3800 VACUNA DOBLE VIRAL (SR) CONTRA

SARAMPION Y RUBEOLA DOSIS 1,836,400 612,800 612,800 610,800

3801 VACUNA B.C.G. DOSIS 4,272,000 1,424,200 1,424,200 1,423,600

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Sección VI

ba08010002 vac 172

IMSS (REGIMEN ORDINARIO Y OPORTUNIDADES)

CLAVE

DESCRIPCION

UNIDAD DE

MEDIDA

TOTAL DOSIS

5 DE ENERO

2 DE FEB

2 DE MARZO

1° DE ABRIL

6 DE MAYO

1° DE JUNIO

1° DE JULIO

3 DE AGO

1° DE SEPT

5 DE OCT

2 DE NOV

0146 VACUNA ANTINEUMOCOCCICA

DOSIS 174,979 --------- -------- 80,000 -------- 150,000 -------- ------- 44,979 ------- 24,080 ------

0150 VACUNA CONTRA ROTAVIRUS

DOSIS 1,079,611 200,000 290,000 225,000 --------- 225,000 -------- -------- 250,000 --------- 198,791 --------

2522

VACUNA ACELULAR ANTIPERTUSSIS, CON TOXOIDES DIFTERICO Y TETANICO ADSORBIDOS, CON VACUNA ANTIPOLIOMIELITICA INACTIVADA Y CON VACUNA CONJUGADA DE HAEMOPHILUS INFLUENZAE TIPO B

DOSIS 1,775,235 555,515 --------- 575,515 ---------- 565,515 ---------- 625,515 --------- 365,235 ---------- --------

2526

VACUNA RECOMBINANTE CONTRA LA HEPATITIS B

DOSIS 4,931,850 2,500,000 --------- 1,300,000 ---------- 1,400,000 ---------- 1,400,000 ----------- --------- 1,506,760 ----------

3800

VACUNA DOBLE

VIRAL (SR) CONTRA

SARAMPION Y

RUBEOLA

DOSIS 663,480 400,000 -------- -------- 120,000 --------- 143,480 ---------- ---------- --------- --------- ---------

3801 VACUNA B.C.G. DOSIS 668,820 600,000 --------- 850,000 --------- ---------- ----------- 496,940 ---------- ----------- ----------- -----------

SEDENA

CLAVE DESCRIPCION UNIDAD DE

MEDIDA TOTAL DOSIS

1 AL 10 DE ENERO

1 AL 10 DE MAYO

1 AL 10 DE SEPT.

0146 VACUNA ANTINEUMOCOCCICA DOSIS 20,000 5,000 5,000 10,000

0150 VACUNA CONTRA ROTAVIRUS DOSIS 30,000 10,000 10,000 10,000

2522

VACUNA ACELULAR ANTIPERTUSSIS, CON TOXOIDES DIFTERICO Y TETANICO ADSORBIDOS, CON VACUNA ANTIPOLIOMIELITICA INACTIVADA Y CON VACUNA CONJUGADA DE HAEMOPHILUS INFLUENZAE TIPO B

DOSIS 15,000 5,000 5,000 5,000

2526 VACUNA RECOMBINANTE CONTRA LA HEPATITIS B DOSIS 50,000 17,500 17,500 15,000

3800 VACUNA DOBLE VIRAL (SR) CONTRA SARAMPION Y

RUBEOLA DOSIS 10,000 3,000 3,000 4,000

3801 VACUNA B.C.G. DOSIS 6,560 2,500 1,560 2,500

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Sección VI

ba08010002 vac 173

ISSSTE

CLAVE DESCRIPCION UNIDAD DE

MEDIDA TOTAL DOSIS

Fecha única de entrega

(liberado)

Fecha única de entrega

(no liberado)

0150 VACUNA CONTRA ROTAVIRUS DOSIS 250,000 Del 6 al 10 de abril de

2009 Del 9 al 13 de

febrero de 2009

2522

VACUNA ACELULAR ANTIPERTUSSIS, CON TOXOIDES DIFTERICO Y TETANICO ADSORBIDOS, CON VACUNA ANTIPOLIOMIELITICA INACTIVADA Y CON VACUNA CONJUGADA DE HAEMOPHILUS INFLUENZAE TIPO B

DOSIS 303,870 Del 6 al 10 de abril de

2009 Del 9 al 13 de

febrero de 2009

2526 VACUNA RECOMBINANTE CONTRA LA HEPATITIS B

DOSIS 421,630 Del 25 al 29 de mayo de 2009 Del 6 al 10 de abril de 20099

Del 23 al 27 de marzo de 2009

2527 VACUNA RECOMBINANTE CONTRA LA HEPATITIS B DOSIS 429,950

Del 6 al 10 de abril de 2009

Del 23 al 27 de marzo de 2009

3800 VACUNA DOBLE VIRAL (SR) CONTRA

SARAMPION Y RUBEOLA DOSIS 778,300 Del 6 al 10 de abril de

2009 Del 9 al 13 de

febrero de 2009

3801 VACUNA B.C.G. DOSIS 159,030 Del 6 al 10 de abril de

2009 Del 9 al 13 de

febrero de 2009

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