Semana 3

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IMPUESTO A LA RENTA

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  • Tributacin IUNCP FACULTAD DE CONTABILIDADCatedrticoLuis A. Condezo OrdoezImpuesto a la Renta (3)*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

    CONDEZO ORDOEZ LUIS

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA2.- FLUJO DE RIQUEZA

    Esta teora considera a la renta como el ingreso monetario (o en especie) que fluye hacia el contribuyente en un periodo determinado a raz de las transacciones con terceros.

    En este caso incluye no solo a las rentas producto sino que al no exigir que provenga de una fuente productora durable ni importar su periodicidad abarca otros ingresos, tales como:

    *CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA2.- FLUJO DE RIQUEZA

    a) Las ganancias de capital realizadas

    Son las originadas en la venta de bienes patrimoniales siempre y cuando no constituya actividad lucrativa habitual, por tanto dichos ingresos se dice que son irregulares.

    Renta proviene del aumento de valor de los bienes que constituyen el patrimonio o capital.

    Ejm: venta de bien inmueble o venta de acciones*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA2.- FLUJO DE RIQUEZA

    b) Los ingresos por actividades accidentales

    Ingreso obtenido de forma ocasional, originado por habilitacin transitoria y eventual de una fuente productora .

    No implica una organizacin de actividades para lograr dicha renta.

    Ejm: honorario de medico por una entrevista aparecida en una revista, gratificacin recibida por portero de un edificio por su participacin en la venta de un departamento.*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA2.- FLUJO DE RIQUEZA

    c) Los ingresos eventuales

    Cuya produccin depende de un factor aleatorio, ajeno a su voluntad.

    No periodicidad, ni habilitacin de la fuente

    Ejm: premios obtenidos en sorteos, loteras, juegos de azar*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA2.- FLUJO DE RIQUEZA

    d) Ingresos a ttulos gratuito

    Comprende tanto las transmisiones gratuitas por actos entre vivos (regalos, donaciones) como las originadas por causa de muerte (legados y herencias) . Implica siempre una ganancia que fluye de un tercero (el donante o causante).

    No periodicidad, ni habilitacin de la fuente.

    Ejm: Regalos, donaciones, Anticipo de Legitima, legados o herencia*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA2.- FLUJO DE RIQUEZA

    PROBLEMAS

    La renta es fluctuante y podra gravarse con tasas progresivas ingresos no peridicos

    En el caso de herencias es probable que la familia tuviera el goce de los bienes antes del fallecimiento del causante y en consecuencia no se produce un incremento patrimonial sino solo una transmisin de titularidad de bienes

    Si la donacin es en especie podra colocar al beneficiario en imposibilidad de pagar el tributo.

    *CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA3.- CONSUMO MAS INCREMENTO PATRIMONIAL

    Esta teora centra mas la importancia en el individuo buscando que captar la totalidad de su enriquecimiento (capacidad contributiva).SE TRANSFORMA EN CONSUMOINCREMENTA EL PATRIMONIO

    Renta=consumido + cambios en el patrimonio

    Ejm: inicio 100consumi 60 fin de periodo 120RENTA ???? = 80CAPACIDAD CONTRIBUTIVA*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA3.- CONSUMO MAS INCREMENTO PATRIMONIAL

    Este concepto incluye :Lo producido por la fuente (renta producto)Lo que proviene de terceros (flujo de riqueza) Las variaciones patrimoniales o los consumos (capacidad contributiva).

    La renta interesa como ndice de capacidad contributiva del individuo, de su aptitud real o potencial para satisfacer necesidades, de su poder econmico discrecional () para medirla no hay que recurrir a su origen (fuente o flujo) sino a su constatacin a nivel personal a lo largo de un periodo (GARCIA MULLIN)*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA3.- CONSUMO MAS INCREMENTO PATRIMONIAL

    a) Las (re) variaciones patrimonialesSe considera como renta los cambios de valor del conjunto de derechos de propiedad del individuo computado entre comienzo y fin del periodo.Causas:

    Ahorro corrienteAdquisicin a titulo gratuito de nuevos elementos patrimonialesFlujo de riqueza3. Incremento de valor deelementos patrimoniales Causas fsicasCausas econmicas*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA3.- CONSUMO MAS INCREMENTO PATRIMONIAL

    b) Consumo de bienes y servicios

    Caso especial: Casa habitacinRecogido mayormente en legislacin. Contribuyente percibe frutos de su inversin (en especie: alquiler).Mayores beneficios: comprar casa q invertir en otro bien.Por temas sociales no se impura renta por uso de vivienda permanente solo se grava las de recreo o aquellas que se cede de forma gratuita a terceros.

    *CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA3.- CONSUMO MAS INCREMENTO PATRIMONIAL

    c) Actividades de descanso y recreo

    Carece de valor monetarioImplica utilizacin de bienes no econmicos Justificacin: si no se grava habra tratamiento inequitativo*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA3.- CONSUMO MAS INCREMENTO PATRIMONIAL

    Caractersticas del concepto RENTA para esta teora:- Origen: bienes materiales, inmateriales o servicios. Acumulado al patrimonio o consumido dentro de un periodo determinado. Ingreso peridico, transitorio o accidental. Puede o no mantenerse intacta la fuente.La renta puede o no estar separada de la fuente. Ingreso debe ser neto (ingreso menos gasto).

    *CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTALAS TEORIAS Y LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA

    Artculo 1.- El Impuesto a la Renta grava:

    a)Las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la aplicacin conjunta de ambos factores, entendindose como tales aquellas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos peridicos.b)Las ganancias de capital.c) Otros ingresos que provengan de terceros.d)Las rentas imputadas, incluyendo las de goce o disfrute, establecidas por esta Ley.

    *CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA

    Artculo 1.- El Impuesto a la Renta grava:() Estn incluidas dentro de las rentas previstas en el inciso a), las siguientes:1) Las regalas. 2) Los resultados de la enajenacin de:(i) Terrenos rsticos o urbanos por el sistema de urbanizacin o lotizacin. (ii) Inmuebles, comprendidos o no bajo el rgimen de propiedad horizontal, cuando hubieren sido adquiridos o edificados, total o parcialmente, para efectos de la enajenacin.3) Los resultados de la venta, cambio o disposicin habitual de bienes.*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA

    Artculo 2.- Para efectos de esta Ley, constituye ganancia de capital cualquier ingreso que provenga de la enajenacin de bienes de capital. Se entiende por bienes de capital a aquellos que no estn destinados a ser comercializados en el mbito de un giro de negocio o de empresa.Entre las operaciones que generan ganancias de capital, de acuerdo a esta Ley, se encuentran:a)La enajenacin, redencin o rescate, segn sea el caso, de acciones y participaciones representativas del capital, acciones de inversin, certificados, ttulos, bonos y papeles comerciales, valores representativos de cdulas hipotecarias, obligaciones al portador u otros valores al portador y otros valores mobiliarios.b)La enajenacin de:bienes (depreciacin).

    *CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA

    Artculo 2 (Enajenacin de bienes de Capital)c)Los resultados de la enajenacin de bienes que, al cese de las actividades desarrolladas por empresas comprendidas en el inciso a) del Artculo 28, hubieran quedado en poder del titular de dichas empresas, siempre que la enajenacin tenga lugar dentro de los dos (2) aos contados desde la fecha en que se produjo el cese de actividades.No constituye ganancia de capital gravable por esta Ley, el resultado de la enajenacin de los siguientes bienes, efectuada por una persona natural, sucesin indivisa o sociedad conyugal que opt por tributar como tal, que no genere rentas de tercera categora:i) Inmuebles ocupados como casa habitacin del enajenante.ii) Bienes muebles, distintos a los sealados en el inciso a) de este artculo. (Cheques, facturas en garantia).*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • TEORIAS SOBRE EL CONCEPTO DE RENTA

    Artculo 3.- Los ingresos provenientes de terceros que se encuentran gravados por esta ley, cualquiera sea su denominacin, especie o forma de pago son los siguientes:Indemnizaciones de seguros a su personal.Indemnizacin de Activos.En general, constituye renta gravada de las empresas, cualquier ganancia o ingreso derivado de operaciones con terceros, as como el resultado por exposicin a la inflacin determinado conforme a la legislacin vigente.()*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

  • CRITERIOS DE IMPUTACIN DE RENTASmbito de aplicacin del impuestoBASE LEGAL: Artculo 22de la LIRLA IMPUTACIN ES EL MOMENTO EN EL CUAL LAS RENTASSE INCORPORAN AL PATRIMONIO DEL CONTRIBUYENTE PARA EFECTOS DE LA DETERMINACIN DE LA RENTA DEL EJERCICIOCRITERIOS DEVENGADO PERCIBIDO*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

    CONDEZO ORDOEZ LUIS

  • CRITERIOS DE IMPUTACIN DE RENTASCRITERIO DE LO DEVENGADO Momento en que nace el derecho al cobro No se requiere que se haga efectivo Existe un derecho o ttulo a percibir rentaCRITERIO DE LO PERCIBIDO Atiende al momento de la percepcin del ingreso Esfera de disponibilidad del beneficiario*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

    CONDEZO ORDOEZ LUIS

  • CRITERIOS DE IMPUTACIN DE RENTASmbito de aplicacin del impuesto

    RENTAS DE PRIMERACRITERIO DE LO DEVENGADO

    RENTAS DE SEGUNDACRITERIO DE LO PERCIBIDO

    RENTAS DE TERCERACRITERIO DE LO DEVENGADO

    RENTAS DE CUARTACRITERIO DE LO PERCIBIDO

    RENTAS DE QUINTACRITERIO DE LO PERCIBIDO

    BASE LEGAL: Artculo 57de la LIR*CONDEZO ORDOEZ LUIS*

    CONDEZO ORDOEZ LUIS

    Condezo Ordoez Luis*Tributacin ICondezo Ordoez LuisTributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*ICondezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*ICondezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*ICondezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*ICondezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin ICondezo Ordoez Luis*Condezo Ordoez LuisTributacin ITributacin I