Semana 6_Derecho a La Vida y a La Integridad Personal

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  • 7/24/2019 Semana 6_Derecho a La Vida y a La Integridad Personal

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    FGPROGRAMA DE

    FGPROGRAMA DEFGPROGRAMA DE

    DERECHOA LA VIDA Y A LA

    INTEGRIDAD PERSONAL

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    2013 - I

    Profesor del curso:

    Luis Javier Castro More

    Romanos 13:1-5

    (Reina-Valera 1995)

    1. Somtase toda persona a las autoridades superiores, porque no hay autoridad que no provenga de Dios,y las que hay, por Dios han sido establecidas.

    2. De modo que quien se opone a la autoridad, a lo establecido por Dios resiste; y los que resisten,

    acarrean condenacin para s mismos.

    . !os magistrados no est"n para in#undir temor al que hace el bien, sino al malo. $%uieres, pues, no temerla autoridad& 'a( lo bueno y ser"s alabado por ella,

    ). porque est" al servicio de Dios para tu bien. *ero si haces lo malo, teme, porque no en vano lleva laespada, pues est" al servicio de Dios para hacer +usticia y para castigar al que hace lo malo.

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    RESPONDE

    $s cierto que toda autoridad proviene de Dios& -undamentar

    $Deben las autoridades in#undir el temor& $*or qu&

    $%u simboli(a la espada en el teto&

    $*odr" el teto +usti#icar cualquier uso de la #uer(a por parte de

    la autoridad contra el /malo0, incluso la pena de muerte&

    $s vigente el teto anterior en la sociedad actual& $*or qu&

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    1- El Derecho a la Vida

    El derecho a la vida, es uno de los principales derechos consagrados en las primeras declaracioneshechas histricamente por el ser humano, en su camino por la lucha de la reivindicacin defensa yconsagracin de los derechos humanos.

    La vida, es el Derecho que tiene toda persona a existir y a gozar, sin excepcin, del conjunto defacultades que le permiten relacionarse y comunicarse con los dems miemros de la sociedad. !iien, todos los derechos humanos son necesarios para la persona, el derecho a la vida resulta tener unvalor especial"simo porque es el fundamento de todos los dems derechos. En efecto, la vida es lacondicin necesaria para poder ejercer los derechos y liertades que poseen las personas.

    Este derecho surge como una necesidad de proteger la vida del serhumano, frente a cualquier tipo de poder o fuerza social, que puedaponer en riesgo la existencia de la persona. Este derecho hoyconsagrado como uno de los ms importantes para la convivenciahumana, fue proclamado como una de las principales reivindicacionesde las sociedades modernas y contemporneas.

    El #$ de diciemre de #%&', la (samlea )eneral de las *aciones+nidas apro y proclam la Declaracin +niversal de Derechosumanos. En dicho texto, en su art"culo -, se se/ala0 1Todo individuotiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

    2omando como premisa lo antes expuesto, la vida es el primero de losderechos que dee de ser garantizado de una manera irrestricta por cualquier estado.

    +na sociedad verdaderamente democrtica es aquella en la cual se reconoce que la vida humana, yque toda vida humana, es asolutamente valiosa.

    2- El Derecho a la vida en la normatividad peruana

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    Son muchas las organizaciones que hoy en da luchan por abolir la pena de muerte en todo el mundo

    mundo civilizado tiene que sancionar los delitos ci!ndose al respeto de los derechos m"s elementales de las personas# y no reducir sus pr"ctic

    En lanormatividadperuana, estederecho esconsagrado ennuestra cartamagna del a/o de #

    %%-, la que en suart"culo 3 a laletra dice0 12odapersona tienederecho a la vida, asu identidad, a suintegridad moral,ps"quica y f"sica y asu lire desarrollo yienestar. Elconceido es sujetode derecho, entodo cuanto le favorece4 Esto implica que ninguna persona puede ser privado por ning5n motivo, y

    ajo ninguna circunstancia de la vida. (s" mismo, en el caso del 6digo 6ivil, este recoge lo yaexpresado por nuestra 6arta 7agna, y en su art"culo 8 del t"tulo 99, referido a los derechos de lapersona, se/ala0 1el derecho a la vida, a la integridad f"sica, a la liertad al honor y dems inherentesa la persona humana son irrenunciales y no pueden ser ojeto de cesin. !u ejercicio no puede sufrirlimitacin voluntaria:4

    !in emargo, la misma constitucin hace una excepcin de este derecho en su art"culo #&$, alestalecer la pena de muerte para los casos de traicin a la patria en caso de guerra y de terrorismo.oy en d"a, el goierno actual ha puesto en deate la viailidad de la aplicacin de la pena de muertepara los casos de violacin de menores

    Es necesario se/alar, que si ien a nivel del mundo existen numerosos estados que aun aplican la penade muerte como sancin o castigo para algunos delitos, tal es el caso de los EE.++, 6hina, ;apn y lospa"ses islmicos entre otros< la tendencia de la sociedad actual es caminar hacia la defensa irrestricta

    de este elemental derecho de la persona.

    3- El derecho a la vida en el Per: problemtica

    !i ien nuestras normas consagran la defensa irrestricta del derecho a la vida, el cumplimiento dela misma encuentra a5n serios prolemas en el contexto de nuestra sociedad. Esto, deido acircunstancias de orden social y pol"tico.

    En el plano social, vemos que el derecho a la vida es violado sistemticamente, tanto por miemrosde la misma polacin, como por el propio goierno que conduce el estado, al condenar a la muerte anumerosas personas deido a un conjunto de omisiones que comete en la atencin de servicios ynecesidades sicas de la polacin, cuya responsailidad de su atencin le son atriuidos por nuestrapropia carta magna.

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    su a%"n de proseguir con su estela de muerte# en los Estados &nidos hoy se busca m!todos 'menos dolorosos( para aplicar la pena de muerte

    En el plano de la convivencia social, oservamos con preocupacin, que hoy en d"a las estad"sticas depersonas que son muertas en diferentes circunstancias aumentan cada d"a. Esto como consecuenciade asesinatos en el transcurso de roos o asaltos, como tami=n por vendetta entre los propiosdelincuentes. La conformacin de pandillas que se enfrentan por disputas de territorios en dondeejercen supremac"a, y cuyas disputas terminan con muertes de algunos de sus miemros, es cosascomunes en las zonas uranas marginales de la ciudad de Lima y de las principales ciudades del pa"s.El aumento en el espiral de violencia de nuestra sociedad, tiene, a nuestro entender, varios or"genes.

    Entre uno de los primeros, podemos se/alar el periodo de violencia interna que vivi nuestro pa"sdurante un periodo de aproximadamente veinte a/os, en donde el enfrentamiento entre los gruposalzados en armas y las fuerzas del orden, dejaron un saldo de >%,3'$ #v"ctimas mortales, la mayor"a deellas muertas en circunstancias de una demostracin de gran ensa/amiento y crueldad, tanto porparte de los grupos suversivos como de las fuerzas del ej=rcito y de la polic"a que los comat"a ennomre del estado. Este periodo de violencia vivido, ha marcado terrilemente a nuestra sociedad,dando origen a grandes niveles de insensiilidad e indiferencia frente a la violacin del derecho a lavida. (s" mismo, a partir de este proceso, en el suconsciente social ha calado profundamente la ideade que los conflictos o las diferencias personales o de grupo pueden ser resueltos mediante laeliminacin f"sica de los ocasionales opositores o contrincantes.

    ?or otro lado, pero proalemente muy ligado a la causal antes analizada, se encuentra elresquerajamiento de la prctica de valores, imponi=ndose por el contrario conductas que secontraponen con cualquier atiso de moralidad, como son la intolerancia, la deshonestidad, elarriismo, el utilitarismo, etc., conductas que definitivamente conllevan en sus casos extremos, a laviolacin del derecho a la vida.

    ?ero el caldo de cultivo para la gestacin de toda esta situacin descrita, lo constituye la existenciade la poreza y marginalidad en que viven cerca del 8$@ de la polacin peruana. Esto se constatacuando vemos que los ms altos "ndices de criminalidad y mortalidad por esta causa, se encuentran enlas zonas uranas marginales. En ellas, miles de jvenes sin un futuro provisorio deido a la falta derecursos econmicos, en donde sus padres, en la mayor"a de casos migrantes de la zona andina, noposeen los recursos para costearles alg5n tipo de estudio, se entregan a las drogas, el pandillaje, elalcoholismo, etc.< cayendo de esta manera una vorgine de violencia cuyas consecuencias vienen aser el incremento de las estad"sticas mortales de los registros policiales. (l agravamiento de la

    situacin, contriuye el desamparo familiar en que vive la mayor parte de los ni/os y adolescentes queviven en estas zonas, como consecuencia de la desintegracin familiar, y del aandono a que sonsometidos por parte de sus progenitores. La situacin de desamparo moral y econmico, elresquerajamiento de la prctica de valores, la falta de oportunidades y el clima de violencia vividopor nuestro pa"s en los 5ltimos a/os, configuran un escenario en el que la violacin del derecho a lavida y de otros derechos elementales, es pan de cada d"a.

    En el plano pol"tico, la violacin sistemtica por parte de los aparatos del estado de este elementalderecho, tami=n se ha convertido en una prctica com5n.

    En principio, el estado se convierte en uno de los primeros en vulnerar el derecho a la vida, cuando alomitir el cumplimiento de oligaciones que por ley tiene, condena a la polacin al padecimiento degrandes penurias que irremedialemente tienen como corolario la muerte. Esta situacin se concretacuando el estado no garantiza el acceso a la salud de grandes sectores de la polacin, al acceso aun

    traajo digno, el acceso a vivienda, etc. 2ales privaciones originan que las estad"sticas de mortalidad

    1i#ra establecida por la 3 en su in#orme #inal.

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    El aborto sigue teniendo de%ensores y detractores en el mundo

    infantil y de morimortalidad se incrementen cada d"a, muy a pesar de las auspiciantes cifraseconmicas de los cuales nuestros goernantes hacen gala. La mortalidad infantil, el fallecimiento depersonas por la carencia de una atencin m=dica adecuada o por la adquisicin de enfermedades quetienen como origen la deficiente alimentacin, constituyen flagrantes muestras de sistemticaviolacin del derecho a la vida por parte del estado peruano.

    2ami=n el estado al ejercer procesos de represin en contra de poladores que reclaman sus justosderechos, han terminado muchas veces en la privacin de la vida de numerosas personas, no que decir

    de las muertes, como ya lo se/alamos l"neas arria, fueron ocasionados por las propias fuerzas delorden en contra de campesinos y otros sectores de la polacin.

    4- Aborto y derecho a la vida

    El aorto es la interrupcin del proceso de desarrollo fisiolgico del emarazo, causando la muertedel producto de la concepcin o feto dentro o fuera del claustro materno.

    6on respecto a este acto, siempre han existido dos posiciones totalmente irreconciliales, la de losque defienden el aorto y la de quienes lo condenan.

    Empecemos por analizar el asunto desde la perspectiva de nuestra normatividad jur"dica.La 6onstitucin en el 2"tulo 9, inciso 3 se/ala0

    Toda persona tiene derecho:

    A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fsica y a su libre desarrollo ybienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.

    6omo podemos apreciar, nuestra constitucin estalece que el conceido es sujeto de derecho, por loque tiene derecho la vida y no puede privrsela de ella ajo ninguna circunstancia.

    ?or su parte, el 6digo 6ivil en su 2"tulo 9, art"culo # se/ala0

    1La persona humana es sujeto de derecho desde su nacimiento.

    La vida humana comienza con la concepcin. El conceido es sujeto de derecho para todo cuantole favorece. La atriucin de derechos patrimoniales est condicionada a que nazca vivo4.

    En el caso del 6digo ?enal, el 6ap"tulo 99 est dedicado a regular las penalidades para los casos enque, infringiendo la ley, se cometiera actos aortivos. Aeamos a continuacin lo que se/ala estecdigo0

    Artculo !." Autoaborto

    #a mujer que causa su aborto, o consiente que otro le practique, ser$ reprimida con penaprivativa de libertad no mayor de dos a%os o con prestaci&n de servicio comunitario decincuentid&s a ciento cuatro jornadas.

    Artculo '." Aborto consentido

    El que causa el aborto con el consentimiento de la gestante, ser$ reprimido con pena privativa delibertad no menor de uno ni mayor de cuatro a%os.

    (i sobreviene la muerte de la mujer y el agente pudo prever este resultado, la pena ser no menor dedos ni mayor de cinco a/os.

    En el mismo documento solo se hace excepcin en los casos del llamado aorto terap=utico0

    Artculo )." Aborto terape*tico

    +o es punible el aborto practicado por unmdico con el consentimiento de la mujerembara-ada o de su representante legal,si lo tuviere, cuando es el *nico medio

    para salvar la vida de la gestante o para

    evitar en su salud un mal grave ypermanente.

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    !in emargo, a pesar de lo se/alado, el tema del aorto no es un tema que pueda agotarse solamentedesde el mito jur"dico, pues el mismo puede ser aordado desde diversas perspectivas.

    +na de las principales discusiones al respecto, es el estalecer el estatus del feto, y el si este puedeser considerado un ser humano, y por lo tanto un sujeto de derecho.

    Las restricciones legales al aorto tienen un impacto devastador en el derecho a la vida de lasmujeres. La evidencia sugiere no solamente que las leyes que restringen el aorto empujan a las

    mujeres a someterse a aortos inseguros, sino que adems ellas mueren a consecuencia de dichosaortos. +n estimado #- por ciento de las muertes maternas a nivel mundial se atriuyen al aortoinseguro Bentre >'.$$$ y C'.$$$ muertes anuales. En su mayor"a, estas muertes podr"an haer sidoevitadas.

    (lgunos de los que se oponen al aorto seguro y legal argumentan que 1el derecho a la vida4 del fetodee ponerse por encima de los derechos humanos de las mujeres, en particular los derechos a la nodiscriminacin y a la salud. Es ms, algunos opositores se refieren al supuesto 1derecho a la vida4 delfeto en los argumentos en contra del uso de anticonceptivos que act5an despu=s de la fertilizacin,pero antes de que el vulo fertilizado se implante en la pared uterina.

    La mayor"a de los instrumentos internacionales de derechos humanos guardan silencio respecto acundo comienza el derecho a la vida, pese a que la historia de la negociacin de los tratados, lajurisprudencia y la mayor"a de los anlisis jur"dicos parecen sugerir que el derecho a la vida, como se

    contempla en dichos documentos, no tiene vigencia antes del nacimiento de un ser humano2odos los tratados internacionales de derechos humanos, con una sola excepcin Bla 6onvencin(mericana sore Derechos umanos, guardan silencio respecto a si el derecho a la vida se aplica alfeto. Aarios expertos jur"dicos internacionales que han seguido y documentado el desarrollo legal de lacarta internacional de derechos humanos han indicado que ciertas interpretaciones del derecho a lavida podr"an aplicarse al feto desde el momento de viailidady no desde el momento de laconcepcin. Estos mismos expertos aclaran que si esto fuera el caso, este derecho del feto tendr"aque implementarse de manera que no infrinja indeidamente los derechos de la mujer emarazada.Los derechos de la mujer emarazada estn claramente estalecidos en el derecho internacional, eincluyen los derechos a la vida, a la salud, a la no discriminacin, a la liertad religiosa, a la igualdad,a la privacidad, y a no ser sometida a tratos inhumanos.

    Ftros expertos internacionales han indicado que el entendimiento histrico del derecho a la vida,

    como se contempla en la carta internacional de derechos humanos, es que este derecho se aplicadesde el nacimiento vivo de un ser humano. Esta interpretacin encuentra sustento en la historia de lanegociacin de los tratados internacionales de derechos humanos.

    Durante los procesos de negociacin antes de la adopcin de varios documentos regionales einternacionales de derechos humanos, un peque/o n5mero de goiernos propusieron a/adir lenguajeprotector del derecho a la vida desde el momento de la concepcin. En la gran mayor"a de los casos,estas propuestas fueron rechazadas.

    La 6onvencin (mericana sore Derechos umanos es el 5nico instrumento internacional de derechoshumanos que posiilita la aplicacin del derecho a la vida desde el momento de la concepcin,aunque no de manera asoluta. En #%'#, se le solicit al rgano encargado de supervisar elcumplimiento de las disposiciones sore derechos humanos en el sistema regional americano Bla6omisin 9nteramericana de Derechos umanos, que estaleciera si las disposiciones sore el derechoa la vida contenidas en esta convencin y en la Declaracin (mericana de los Derechos y Deeres delomre eran compatiles con el derecho de la mujer a acceder al aorto legal y seguro. La 6omisinconcluy que s" lo eran.

    - !a" e#ecucione" e$tra#udiciale"

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    Estudiantes de la &niversidad '+a cantuta( e,ecutados etra,udicialmente por miembros del e,!rcito en 1..2

    1La6omisin dela Aerdad y

    Geconciliacin est en condiciones de afirmar que en el centro penitenciario !an ?edro BLurigancho yel ex centro penitenciario !an ;uan Hautista de la 9sla 1El Irontn4 Buicada frente a la provincia del6allao, ms de doscientos internos acusados o sentenciados por terrorismo perdieron la vida durantelos motines del mes de junio de #%'>, por el uso delierado y excesivo de la fuerza contra los reclusosque una vez rendidos y controlados fueron ejecutados extrajudicialmente por agentes del Estado4

    1La 6omisin de la Aerdad y Geconciliacin afirma que nueve estudiantes y un catedrtico de la+niversidad *acional de Educacin Enrique )uzmn y Aalle 1La 6antuta4 en Lima, fueron ejecutadosextrajudicialmente por agentes del Estado y que la investigacin de los hechos fue ostaculizada demanera delierada durante el goierno del ex ?residente (lerto Iujimori a trav=s de mecanismoslegislativos y judiciales que uscaan encurir a los responsales y evitar que sean procesados yrecian una sancin4.

    Los casos expuestos, son dos ejemplos de cmo el Estado a trav=s de sus fuerzas armadas, han sidolos autores de ejecuciones extrajudiciales en contra de ciudadanos indefensos y al margen delordenamiento legal existente. Los casos presentados corresponden a los goiernos de )arc"a ?=rez yde (lerto Iujimori, hecho que pruea que tal prctica ha sido recurrente en los diferentes goiernos.

    Las ejecuciones extrajudiciales son actos en los cuales la pena de muerte es aplicada de facto, esdecir al margen de nuestra legalidad, y sin mediar ning5n proceso judicial En estos, las fuerzas

    armadas y policiales haciendo uso de las armas otorgadas por el Estado, ejecutan a seres humanosajo la presuncin de la comisin de alg5n delito.

    Esta prctica fue algo com5n por parte de las fuerzas armadas y de los grupos senderistas en elperiodo de conflicto interna que vivi nuestro pa"s entre los a/os #%'$ y 3$$$. 7iles de personasfueron ejecutadas luego de su captura, teniendo como justificacin su presunta militancia senderista.?or el lado de los senderistas, estos realizaron numerosas masacres en las cuales asesinaroninmisericordemente a miles de poladores.

    En la actualidad, las fuerzas policiales llevan a cao ejecuciones extrajudiciales de delincuentescomunes, a quienes capturan vivos y luego son ejecutados. 2ales hechos son presentados comoenfrentamientos entre la polic"a y los delincuentes, pero denuncias posteriores de los familiares,se/alan que dichas aseveraciones son falsas. En la ciudad de 2rujillo, actualmente la fiscal"a investigasupuestos casos de ejecuciones extrajudiciales de varios delincuentes por parte de la polic"a.

    %- De"aparicione" &or'ada"

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    s restos de las vctimas de desapariciones %orzadas han sido posteriormente encontrados e identi/cados# constat"ndose de esta %orma su e,ecu

    Desaparicin forzada o tami=n, desaparicin involuntaria de personas, es el t=rmino jur"dico quedesigna a un tipo de delito complejo que supone la violacin de m5ltiples derechos humanos y que,cometido en determinadas circunstancias, constituye tami=n un crimen de lesa humanidad.

    El crimen de desaparicin forzada, definido en textos internacionales y la legislacin penal de variospa"ses, est caracterizado por la privacin de la liertad de una persona por parte de agentes del

    Estado o grupos o individuos que act5an con su apoyo, seguida de la negativa a reconocer dichaprivacin o su suerte, con el fin de sustraerla de la proteccin de la ley. El asesinato de la personav"ctima de desaparicin forzada, frecuentemente tras un cautiverio con torturas en un paraderooculto, pretende favorecer delieradamente la impunidad de los responsales, que act5an con el finde intimidar o aterrorizar a la comunidad o colectivo social al que pertenece la persona. Los efectosde la desaparicin forzada perduran hasta que no se resuelve la suerte o paradero de las personas,prolongando y amplificando el sufrimiento que se causa a familiares o allegados. Estos 5ltimos, yespecialmente, por su vulnerailidad, los ni/os que puedan ser sustra"dos de padres afectados, sonconsiderados tami=n v"ctimas de este crimen.

    En nuestro pa"s, durante la ya citada guerra interna de los a/os ochenta y noventa, miles de personasfueron desaparecidas luego de ser detenidas por las fuerzas de seguridad. En estos casos, las personasson detenidas y conducidas a lugares en donde son torturadas y sometidas a diferentes tratos crueles.

    Dichas detenciones son ocultadas y negadas a sus familiares. En todos estos casos las personasfinalmente son ejecutadas, pero mantienen la condicin judicial de desaparecidos, en razn de que nosolo se desconoce el paradero de los restos mortales, sino la autor"a de los mismos y las circunstanciasen que se produjeron los hechos. En la mayor"a de los casos las autoridades siguen negando suresponsailidad, salvo en los casos en que tras el recojo de evidencias y testimonios, se ha podidoreconstruir los hechos y determinar la identidad de los responsales. En tales situaciones los casos hansido judicializados y se encuentra siguiendo su curso en el poder judicial. *o existen aun casos desentencia por tales tipos de delitos. Dentro de los casos de desapariciones forzadas se encuentran lade ms de cincuenta estudiantes de la +niversidad nacional del 6entro en manos de miemros delEj=rcito peruano, la del estudiante de la +niversidad 2=cnica del callao Martn Roca Casas detenidopor efectivos de la marina y conducido finalmente a los stanos del SIN, en San Borja, en dondefinalmente fue desaparecido. La misma suerte corri el espa ecuatoriano nri!ue "uc#icela ejecutadoen $%&&. 'no de los !ue participaron en estos #ec#os fue el #oy procesado miem(ro del )rupo *Colina+,

    es-s Sosa Saav edra apodado *erosene+ por su costum(re de !uemar los cuerpos de los ejecutados#aciendo uso de este com(usti(le. ste siniestro personaje es tam(i/n responsa(le de lasdesapariciones en la ciudad de 0uaman)a, especialmente en el cuartel los Ca(itos.

    (- El derecho a la vida en la "ociedad neoliberal

    En una sociedad, cuya vida se desenvuelve ajo la lgica del lire mercado, lo ms importante es laproductividad, la ganancia, el aumento del capital< en ella, todo se convierte en mercanc"a, sujeto deser vendido y comprado, y quienes no tienen la posiilidad econmica de entrar en este juego, sonexcluidos, y condenados a constituir la fuerza de traajo que es comprada a muy ajo precio por el

    gran capital.Hajo la lgica pragmtica del neolieralismo, en donde todo vale si es que su fin lo justifica, elderecho a la vida termina suordinado a los intereses del gran capital y de las c5pulas pol"ticas que se

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    sirven del poder para engrosar sus grandes capitales y cuentas ancarias. +n ejemplo de lo se/alado,lo encontramos en las guerras emprendidas en los 5ltimos tiempos por los pa"ses econmicamentepoderosos encaezados por los EE.++. Estos, con el fin de apoderarse de los recursos petroleros de lospa"ses raes y de imponer su hegemon"a pol"tica en la zona, han llevado a cao guerras de invasin apa"ses como 9raJ y (fganistn, enarolando pretextos de supuestas amenazas terroristas o de armasnucleares, las mismas que no han podido ser proadas y cuya falsedad se han encargado dedemostrarlo la opinin p5lica y autoridades independientes de sus propios pa"ses. Este es el caso del

    congreso norteamericano, el mismo que ha estalecido que la supuesta amenaza nuclear quesignificaa 9raJ, y que fue pretexto para su invasin por parte de las tropas norteamericanas, nuncaexisti. !in emargo, los EE.++ y su grupo de pa"ses aliados, con el fin de concretar sus ojetivoseconmicos y geopol"ticos, no han tenido ning5n miramiento en omardear indiscriminadamente losterritorios de estos pa"ses, ocasionando la muerte de miles de poladores inocentes, entre los que seencontraan polaciones indefensas de mujeres, ancianos y ni/os. 2ales acciones han sido justificadas1como errores4 o 1hechos aislados4, sin emargo en la prctica han constituido hechos por demscomunes. ?or supuesto, si lo miramos dentro la pragmtica lgica del neolieralismo, esto se justificaen funcin de los ojetivos econmicos y pol"ticos que ellos persigue, pero, Ky dnde quedan losderechos de las personas KDnde queda el derecho a la vida, cuyo deer de cualquier estado esprotegerlo irrestrictamente Definitivamente, neolieralismo y derecho a la vida se presentan enestas circunstancias como entes irreconciliales. El neolieralismo, con el fin de concretar susojetivos, desgraciadamente niega la condicin humana de las personas, y los reduce a consumidores,

    productores, piezas de un talero de juego econmico que pueden moverse o eliminarse, seg5n loameriten las circunstancias.

    ?ero no solo mediante la guerra el neolieralismo demuestra su total desprecio por la dignidadhumana y respeto de los derechos humanos, y menos a5n el de la vida< sino que lo hace tami=n en lainjusta distriucin de los recursos que cada d"a profundiza a nivel de la sociedad mundial y tami=nde cada pa"s. De esta manera podemos ver, como cada d"a este sistema neolieral condena a lamuerte por inanicin a millones de personas en los pa"ses pores de Mfrica, (sia y (m=rica latina, endonde sus goiernos tienen que dedicar recursos a la compra de armas para sostener guerras que lasmismas potencias auspician, con el fin de poder vender el material =lico que diariamente producenen sus denominadas 1industrias de la muerte4. Ftra parte importante de sus recursos es destinada alpago de la deuda externa que estos pa"ses tienen con los organismos acreedores controlados por lospa"ses del denominado ) '. La compra de armas y el pago de la deuda, resultan siendo msimportantes que la proteccin de la vida de los haitantes de estos pa"ses, por lo que, como ya lose/alamos l"neas arria, neolieralismo y derecho a la vida se excluyen irreconcilialemente,condenando al mundo a vivir en un injustificale escenario de permanente violacin de los derechoselementales de la persona, y dentro de ellos, el elemental derecho de la vida. Es hora pues dereflexionar frente este prolema, y plantear las alternativas de solucin necesarias, con el fin decontriuir a la construccin de una sociedad ms justa y solidaria, en donde el respeto de los derechosde la persona sean un fin y no una mera declaracin capaz de ser soslayada por el imperio de interesessualternos.

    1- El derecho a la )nte*ridad Per"onal en la normatividad internacional y nacional

    Este derecho se encuentra contemplado en los diferentes documentos internacionales y nacionales, ytiene como finalidad la proteccin del ser humano en todas sus dimensiones, evitando as" situacionesque puedan poner en riesgo la existencia del mismo.

    En la Declaraci+n ,niver"al de lo" derecho" umano", este derecho aparece enunciado en elart"culo -, el mismo que se/ala0

    Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

    En el mismos documento, en sus art"culos & y 8, tami=n se hace referencia a este derecho al se/alar0

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    (rt0 &

    1*adie estar sometido a esclavitud ni a servidumre< la esclavitud y la trata de esclavos estnprohiidas en todas sus formas4.

    (rt0 8

    1*adie ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes4.

    En la .onvenci+n Americana de lo" Derecho" umano", suscrita en !an ;os= de 6osta Gica el 33 denoviemre de #%>%, en la 6onferencia Especializada 9nteramericana sore Derechos umanos, estederecho recie un tratamiento especial, por lo que es consignado con toda claridad en el cap"tulo 99,art"culo 80

    Artculo '. /erecho a la 0ntegridad 1ersonal

    . Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad fsica, psquica y moral.

    2. +adie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Todapersona privada de libertad ser$ tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al serhumano.

    3. #a pena no puede trascender de la persona del delincuente.

    !. #os procesados deben estar separados de los condenados, salvo en circunstancias e4cepcionales, yser$n sometidos a un tratamiento adecuado a su condici&n de personas no condenadas.

    '. 5uando los menores puedan ser procesados, deben ser separados de los adultos y llevados antetribunales especiali-ados, con la mayor celeridad posible, para su tratamiento.

    6. #as penas privativas de la libertad tendr$n como finalidad esencial la reforma y la readaptaci&nsocial de los condenados.

    En el caso de nuestro pa"s, en la 6onstitucin ?ol"tica, es en donde aparece consignado en el cap"tulo9, art"culo 3, inciso 3&, el mismo que textualmente se/ala0

    7Toda persona tiene derecho8 A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:

    a. *adie est oligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no proh"e.

    . *o se permite forma alguna de restriccin de la liertad personal, salvo en los casos previstos porla ley. Estn prohiidas la esclavitud, la servidumre y la trata de seres humanos en cualquiera desus formas.

    c. *o hay prisin por deudas. Este principio no limita el mandato judicial por incumplimiento dedeeres alimentarios.

    d. *adie ser procesado ni condenado por acto u omisin que al tiempo de cometerse no est=previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequ"voca, como infraccin punile< nisancionado con pena no prevista en la ley.

    e. 2oda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente suresponsailidad.

    f. *adie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades

    policiales en caso de flagrante delito. El detenido dee ser puesto a disposicin del juzgadocorrespondiente, dentro de las veinticuatro horas o en el t=rmino de la distancia.

    Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje y trfico il"cito de drogas.

    En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detencin preventiva de los presuntosimplicados por un t=rmino no mayor de quince d"as naturales. Deen dar cuenta al 7inisterio?5lico y al juez, quien puede asumir jurisdiccin antes de vencido dicho t=rmino.

    g. *adie puede ser incomunicado sino en caso indispensale para el esclarecimiento de un delito, yen la forma y por el tiempo previstos por la ley. La autoridad est oligada ajo responsailidad ase/alar, sin dilacin y por escrito, el lugar donde se halla la persona detenida.

    h. *adie dee ser v"ctima de violencia moral, ps"quica o f"sica, ni sometido a tortura o a tratosinhumanos o humillantes. 6ualquiera puede pedir de inmediato el examen m=dico de la persona

    agraviada o de aqu=lla imposiilitada de recurrir por s" misma a la autoridad. 6arecen de valor lasdeclaraciones otenidas por la violencia. Nuien la emplea incurre en responsailidad.

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    +a violencia en contra de los nios# es un problema pendiente de solucin en pases como el nuestro$

    +a violencia desatada por pandillas y supuestos barristas# ha dado como resultado la muerte de muchos ,venes$

    2- El derecho a la )nte*ridad Per"onal en el Per y el mundo

    ( pesar que estederecho seencuentraconsignado en losdiferentes

    documentosjur"dicos del ?er5 ydel mundo,lamentalementepodemos verdiariamente comoes vulnerado deuna maneraflagrante e impunemente. !on diferentes las formas en que es vulnerado este derecho, y van desde loscasos de carcter social y dom=sticos, hasta las acciones realizadas por el propio Estado a trav=s desus fuerzas represivas principalmente.

    En el mito social y dom=stico encontramos que diariamente muchas personas son agredidasf"sicamente con la finalidad de ser despojados de sus propiedades, tales agresiones se producenmuchas veces a vista y paciencia de la polacin, la misma que sufre una especie de parlisis por eltemor, por lo que se mantiene indiferente frente a tales situaciones. 7uchas de estas agresionesdejan graves secuelas que afectan el, posterior desempe/o de la persona, y en algunos casos puedellegar a causar la muerte. El estado tiene el deer y la responsailidad de proteger la integridad de laspersonas a trav=s del accionar especialmente de la ?olic"a nacional, pero tal institucin muchas vecesse muestra incapaz de hacer frente con efectividad estos hechos, y en muchos casos sus miemros seencuentran involucrados en estos hechos delictivos.

    Ftraforma deviolenciaqueatenta

    contra la

    integridad de las personas, en algunos casos de la propia vida, es la violencia desatada por laspandillas y las mal denominadas 1arras ravas4. Estos grupos de jvenes, constantemente tienenenfrentamientos por el control de territorios que los lleva a violentos enfrentamientos que concluyencon una secuela de heridos y en algunos casos de v"ctimas mortales.

    En el mito delictivo, el secuestro es una de las modalidades que en nuestra sociedad hastaproliferando cada d"a ms. En la mayor"a o totalidad de los casos, se realizan con la finalidad de exigirsumas de dinero como rescate. Este hecho, el secuestro de una persona, implica el privarles de suliertad y detenerlo en contra de su voluntad. La situacin de cautiverio a que son sometidas laspersonas secuestradas es totalmente denigrante, pues muchas veces son introducidos en peque/ashaitaciones suterrneas en donde las personas se ven privadas de sus ms elementales derechos. 2alsituacin afecta al ser humano v"ctima, tanto f"sicamente como psicolgicamente. !u salud se vedeteriorada por la insuficiente alimentacin y por las condiciones insalures de los lugares en dondeson mantenidos los secuestrados. ?sicolgicamente estas personas se ven afectadas deido al encierroprologado, el alejamiento de sus familiares, y por el impacto mismo del hecho a que son sometidos.

    En el mito familiar, la vulneracin de este derecho se suscita en las constantes agresiones que seproducen entre los miemros de las familias. Dentro de los ms afectados se encuentran los ni/os y lamujer. !on muchas las denuncias y testimonios de verdaderos casos de torturas a que son sometidoslos ni/os por sus propios progenitores. 7uchos ni/os son quemados en diferentes partes del cuerpo,golpeados con aparatos contundentes que en la mayor"a de los casos les causa graves lesiones. La

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    justificacin asurda que esgrimen muchos progenitores al ser denunciados, es que lo hacen con el finde 1corregir4 malas conductas. El caso es ms grave cuando quien realiza este acto es un maestro dela escuela, pues no son pocos los casos que han sido$ denunciados en nuestro pa"s.

    En nuestro medio las violaciones a los menores de edad es un prolema aun no resueltoadecuadamente y que urge tomar medidas al respecto, pues es una de las formas ms crueles en quese vulnera la integridad de los ni/os, hecho que le deja secuelas imorrales por el resto de su vida.

    ?ero lamentalemente el estado, que es qui=n ee garantizar la proteccin irrestricta de estederecho, no solamente no lo hace, sino que en muchos casos se convierte en el principal vulneradordel mismo.

    2- !a tortura como violaci+n del derecho a la inte*ridad per"onal

    La tortura es una de las prcticas inhumanas que a5n es realizada por muchos estados en el mundo.Esta consiste en someter al ser humano a actos que le causan sufrimiento y dolor, con el fin deotener supuestas confesiones de delitos. Dentro de las fuerzas armadas y policiales, eslamentalemente una prctica com5n, hecho que dice mucho sore la situacin de este derechohumano.

    ( nivel mundial, los EE.++ de (m=rica, a trav=s de sus fuerzasarmadas, son uno de los principales violadores de este derecho en susnumerosos centros de tortura que tienen en el mundo. 6on el pretextode la guerra contra el terrorismo, las fuerzas represivas del imperiodel norte, han estalecidos 1crceles secretas4 en diferentes pa"sesdel mundo Bcmplices de este vergonzoso hecho, en donde detienen ytorturan hasta la muerte a miemros de la polacin islmica, y deotros naciones que se oponen y luchan en contra la intromisin yanquien sus territorio y asuntos internos.

    En el caso de nuestro pa"s, la tortura es una prctica com5n tami=nentre las fuerzas policiales y fuerzas armadas. La 6AG ha registradotestimonios de miles de personas que han sido sometidos a cruelesactos de tortura por parte de estas. En la mayor"a de los casos, como en el cuartel Los caitos deuamanga, los actos de tortura eran preludio de la ejecucin extrajudicial de las v"ctimas.

    En el caso de las fuerzas policiales, estas las utilizan para otener supuestas 1confesiones4 de losdelincuentes comunes. Los actos de tortura van desde la aplicacin de maltratos f"sicos, hasta laaplicacin de descargas el=ctricas y la introduccin del detenido en pozas de agua con el fin deproducirles sensaciones de ahogamiento. En estos procesos, muchos detenidos han perdido la vida.

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    Por Alicia y Marco Antonio

    Por Aldo Maritegui

    Viernes 24 de julio de 2009

    bservar los crueles# con%esos y %ramente calculados asesinatos de la cantante liciaelgado y del estilista 4arco ntonio rea/rman mi posicin %avorable a la pena de muerte paraeste y otro tipo de crmenes atroces$ 5or eso transcribo una columna pasada 67Sobre la pena demuerte7# 11 de enero del 20089 que se basa parcialmente en un artculo escrito para laestupenda revista Etiqueta :egra;

    7pruebo la pena de muerte porque creo en el castigo por la ,usticia que !ste implica perse y no porque tenga que variar comportamientos$ dmito la pena de muerte en pu?alo9 probas que ante la posibilidad de ese castigo# otros 689 delincuentes evitan cometer asesinatos$

    s# la pena de muerte es disuasiva# intimida a los criminales 6tambi!n lo sostienen el5remio :obel de Economa @ary >ecAer y el genial pro%esor @ordon BullocA# de la &niversidad

    @eorge 4ason9$ +a admito por eso -la ciencia me respalda-# pero sobre todo por un contratosocial b"sico; uno pierde su derecho elemental a la vida propia cuando incumple su deberhumano elemental de respetar la eistencia a,ena$ Estoy de acuerdo con la pena de muertepara todos aquellos 6violadores de nios# homicidas# terroristas# cabecillas del narcotr"/co ysecuestradores9 que atacan con violencia atroz los valores que m"s debemos proteger en lasociedad 6integridad del nio# vida del pr,imo# tranquilidad# salud p