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CONGRESO REPI.JRLICA Oficio N° 0213-2018-201940C/CR "Año de la Lucha contra la Corrupción e Impunidad" f Lima, 01 de Abril de 2019 FCONGRESO DE LA REPÚBL 1 RECIBIDO Señor 18 DANIEL SALAVERRY VILLA ) .s Presidente del Congreso de la República ............. Firma . .................. Secretare de I 00110a Maoq PRESENTE. Asunto: Remite Oficio N°04-2019-SUTEP/BASES/DNPI de Fecha 25/MAR/2019. Es grato dirigirme a Usted a fin de expresarle mis saludos ya la vez remitirle adjunto al presente el Oficio de la referencia, presentada por el Delegado Nacional de los Profesores Interinos SUTEP - Bases, quien solicita se agende, debata y apruebe en el Pleno del Congreso de la República la propuesta de dictamen Ley que promueve el ingreso a la carrera pública Magisterial de los docentes nombrados interinamente durante la vigencia de la Ley N°24029 Ley del Profesorado y conexos, que fueron cesados por la aplicación de la resolución de secretaría general N°2078-2014-MINEDU, por lo que remito a su Despacho a efectos disponga la atención que corresponda, de acuerdo a sus atribuciones. Sin otro particular, sea oportuna la ocasión para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y estima personal. Atentamente, iE L (7 ..... cLBERT0 EUG P410 0LlVA CORRALES Congresis de la República CONCÍESO DE LAREPJJ8t1 RECE3WO 19 JUN DSRECCON GENLgA PAMEi'TARiA i PRO IDO:. ..'. PASE: / PARA .. . .. . ZI(h •1 G1ANMARO PAZ MENDOZA OhiaI Mayor . CONGRESO'VE LA REPIBUCA Central Teléfono 311-77'7 /

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CONGRESO

REPI.JRLICA

Oficio N° 0213-2018-201940C/CR

"Año de la Lucha contra la Corrupción e Impunidad"

f Lima, 01 de Abril de 2019

FCONGRESO DE LA REPÚBL

1 RECIBIDO

Señor 18 DANIEL SALAVERRY VILLA ) .s Presidente del Congreso de la República.............

Firma................... Secretare de I 00110a Maoq

PRESENTE.

Asunto: Remite Oficio N°04-2019-SUTEP/BASES/DNPI de Fecha

25/MAR/2019.

Es grato dirigirme a Usted a fin de expresarle mis saludos ya la vez remitirle

adjunto al presente el Oficio de la referencia, presentada por el Delegado Nacional de los

Profesores Interinos SUTEP - Bases, quien solicita se agende, debata y apruebe en el Pleno del

Congreso de la República la propuesta de dictamen Ley que promueve el ingreso a la carrera

pública Magisterial de los docentes nombrados interinamente durante la vigencia de la Ley

N°24029 Ley del Profesorado y conexos, que fueron cesados por la aplicación de la resolución

de secretaría general N°2078-2014-MINEDU, por lo que remito a su Despacho a efectos

disponga la atención que corresponda, de acuerdo a sus atribuciones.

Sin otro particular, sea oportuna la ocasión para expresarle los sentimientos

de mi especial consideración y estima personal.

Atentamente,

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cLBERT0 EUG P410 0LlVA CORRALES Congresis de la República

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f ,,t\ •s\ DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY23I21207-C 26750011-CE. 233012013-CE

DLEGADONAOO 35092013-CR QUE PROPONE, CON TEXTO SUSI1TUTORIO, LEY QUE FRQNIUEVE EL

DOC NTENTE6N0S L. 905600 A LA CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL OS LOS DOCENTES NOMBRADOS

INTERINAMENTE DURANTE LA ViGENCIA DE LA LEY 24029 Y QUE FUERON CESADOS POR

Ni

Ni

Ni

Ni APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL N207S-20l1-Mu14EDU.

LEY QUE PROMUEVE EL INGRESO A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL DE LOS

DOCENTES NOMBRADOS INTERINAMENTE DURANTE LA VIGENCIA DE LA LEY N°24029,

LEY DEL PROFESORADO Y CONEXOS, QUE FUERON CESADOS POR APLICACIÓN DE LA

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N020782014MINEDU

Artículo 1, Objeto de la Ley

La presente Ley tiene por objeto reconocer derechos y promover el ingreso a la Carrera Pública

Magisterial de los docentes nombrados interinamente durante la vigencia de la Ley N024029 Ley del

Profesorado y normas conexas, que fueron cesados por aplicación de la Resolución de Secretaría

General N°20782014.-MlNEDU.

Artículo 2. Incorporación de docentes interinos

Incorpórese a los docentes referidos en el artículo 1 de la presente Ley, así como a los que hayan

obtenido sus Títulos Pedagógicos hasta la entrada en vigencia de la presente Ley, al nivel y escala

magisterial correspondiente, tomando en cuenta el tiempo de servicios prestados a la fecha de su

cese, según el artículo 11 de la Ley del Profesorado 24029 y artículo 154 de su modificatoria

N°25212.

Artículo 3. Requisitos de incorporación

Reconózcase derechos e incorpórese a la Carrera Pública Magisterial a los docentes nombrados

interinamente durante la vigencia de la Ley N°24029 y que fueron cesados por aplicación de la

Resolución de Secretaría General N02078-2014-MINEDU, siempre y cuando cumplan con los

siguientes requisitos:

Poseer título de profesor o de licenciado en educación.

No haber sido condenado por delito doloso.

No haber sido condenado por los delitos consignados en la Ley 29988, Ley que establece

medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones públicas y

privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología de terrorismo, delitos de violación de la

libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas: crea el REGISTRO de personas

condenadas o procesadas por delito de terrorismo, apología de terrorismo, delitos de la

violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas y modificada los artículos 36 y 38 del

Código Penal.

No encontrarse inhabilitado por motivos de destitución, despido o resolución judicial que así lo

indique.

La incorporación se efectuará en la misma plaza que venían ocupando antes del cese o en la plaza

vacante similar o afín que se asigne para tal efecto

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Artículo 4. Evaluación de desempeño docente

Los docentes nombrados interinamente, una vez reincorporados a sus plazas, están sujetos al

cumplimiento de las evaluaciones periódicas establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley

N°29944, Ley de Reforma Magisterial y, el articulo 28 del Decreto Supremo N°0042013ED.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA. Docentes Interinos intitulados en educación

Incorpórese a los ExDocentes Interinos sin Título Pedagógico a la Carrera Pública Magisterial,

nombrándolos interinamente hasta que en un plazo no mayor de das años de entrada en vigencia

de la presente Ley obtengan sus títulos requeridos. Luego, en cuanto ostenten sus títulos

pedagógicos sean ubicados, automáticamente, a la Escala Remunerativa que les correspondiente.

SEGUNDA. Prioridad de atención

Las acciones de resarcimiento contemplados en la presente Ley se verán con el mejor criterio de

justicia en todas las Instituciones Administrativas del Estado.

TERCERA. Validación de la Ley

Lo establecido en la presente Ley no será desnaturalizada por ningún Estamento del Estado para no

generar devengado de haberes o conflictos laborales.

CUARTA. Reglamento

El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en el término de los (30 dias) calendarios,

contados a partir de su entrada en vigencia.

Salvo distinto parecer.

Dese cuenta;

Lima, 19 de noviembre de 2018.

DOCENTES J - 4

LIC. BERNARDO BARRERA ROMERO. DNI. N021010430.

DELEGADO NACIONAL DE PROF. INTERINOS.

SUTEP - BASES. TELF. MÓV. N0954477228.

Correo Elect.: bbr.satrhotmaiI.com Domicilio Transitorio: Av. Nicolás de Piérola N°306-LIMA.

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7,7

rJ « «DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES)) CONGRESO «AN

- O DEL DIALOGO Y LA RECONCILIACION NACIONAL» P. E PU it L CA

Dictamen recaído en los proyectos de ley 2312I207-CR, 2675/2017-CR 2830I2018

CR y 3585/2018CR que propone con texto sustitutorio, la Ley que promueve el

ingreso a la Carrera Pública Magisterial de los docentes nombrados intennamente

durante la vigencia de la Ley 24029 y que fueron cesados por aplicación de la

Resolución de Secretaría General 2078-2014-MINEDU

LEY QUE PROMUEVE EL INGRESO A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERiAL DE

LOS DOCENTES NOMBRADOS INTERINAMENTE DURANTE LA VIGENCIA DE LA

LEY N 24029 Y QUE FUERON CESADOS POR APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN

DE SECRETARÍA GENERAL N° 2078-2014-MINEDU

Artículo 1. Objeto de la Ley

La presente Ley tiene por objeto promover el ingreso a Li CarreiblicaiIagisterial

de aquellos docentes nombrados interinamente durante Iaveçia llLey N 24029, IK

modificada por las leyes numeros 25212 y 29062 y que ñçron ceaOs p0—1 aplicacion

de la Resolucion de Secretaria General N° 2078 -20i4-MIiEDU.

Artículo 2. Incorporación de docentes inteQflos

Incorpárese a la Carrera Pública Magisterial a lo ocentescmbrados interinamente 8

durante la vigencia de la Ley N° 2402 fu sdos por aplicacion de la

Resolucion de Secretaria General siempre y cuando cumplan

con los siguientes requisitos: 4.

Poseer titulo de pro dnciado n educacion.

Gozar de buena salüd fisi. y iTi'.al que permita ejercer la docencia.

No haber sido conerid rhto doloso. çrar»,

No habes,

dol. oe' -

enado por los delitos consignados en la Ley 29988, Ley que

establec medidas $traordinanas para el peisonal docente y administiativo de

1n$1t14cio1 s educaas publicas y privadas, implicado en delitos de teirorismo,

'apoloía4el tfismo, delitos de violacion de la libertad senial y delitos de trafico E

r1ti,to de drogas crea el Registro de personas condenadas o procesadas por delito

de apologia del terrorismo, delitos de violación de la libertad semal y

trafico 11.16to de drogas y modifica los artículos 36 y 38 del Código Penal.

No encontrarse inhabilitado por motivos de destitución, despido o resolución

judicial que asilo indique.

-J-) 1

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Dese cuenta;

Lima, 19 de noviembre de 2018

CONGRESO

REPUB[ICA

: •:

«DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES»

«AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL»

Dictamen recaído en los proyectos de ley 2312/2017CR, 2675/2017-CR, 2830I2018

y 3585/2018-CR que propone, con texto sustitutorio, la Ley que promueve el

ingreso a la Carrera Pública Magisterial de los docentes nombrados interinamente

durante la vigencia de la Ley 24029 y que fueron cesados por aplicacion de la

Resolución de Secretaría General 20782014-•MlNEDU

SEGUNDA. Reglamento

El Poder EjecuLivo regiamenta la presente Ley en el término de los sesenta (60) días

calendarios, contados a partir de su entrada en vigencia.

Salvo distinto parecer.

35

in

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'1 «DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES»

«AÑO DEL DL4LOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL» REPUBLICA

PROYECTO DE DICTAMEN RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY

231212017-CR Y 2675I2017CR, POR EL QUE SE QUE PROPONE, CON

TEXTO SUSTITUTORIO, LA LEY QUE ESTABLECE BENEFICIOS A FAVOR DE LOS DOCENTES INTERINOS PARA EL INGRESO A LA

CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL

APROBACIÓN de los Proyectos de Ley 2312/2017-CR y 2675/201.7

CR, con el siguiente texto sustitutorio:

TEXTO SUSTITUTORIO

LEY QUE ESTABLECE BENEFICIO A FAVOR DE LOS DOCENTES

INTERINOS PARA EL INGRESO A LA CARRERA PÚBLICA

MAGISTERIAL

Artículo único. Incorporación del artículo 3 a la Ley 30747

Incorporase el artículo 3 a la Ley 30747, Ley que modifica la Ley 29944,

Ley de Reforma Magisterial, para autorizar al Ministerio de Educación la

convocatoria anual para el Concurso Público de Ingreso a la Carrera

Magisterial entre los años 2018 y 2022; en los términos siguientes:

«Articulo 3. Beneficio para ex docentes con nombramiento

interino de la Ley 24029. Ley del Profesorado

En los Concursos Públicos para el Ingreso a la Carrera Pública

Magisterial que se realicen durante el periodo comprendido entre

los años 2019 al 2022, el Ministerio de Educación otorga, por

inica vez una bonificación del 110% sobre el puntaje total obtenido

de la suma de la etapa nacionaj y la etapa descentralizada, a los ex

docentes con nombramiento interino de la Ley 24029, Ley del

Profesorado que fueron retirados del senicio piihlico magisterial

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11 CONGRESO -

SUTEPBASESTRAAJ4DORESEN LEDUCACIONP1BLICA. PCI?

1 1lT4ft0 1 L 2 »- ) OESPEDIDOS POR LA LEY R994 OLREFOR!

IS Y

MEMEE /

"AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCIUACIfl NACIEItAL"

Lima, 05 de diciembre del 2018.

Alberta Eugenia DUVA CORRALES.

De nuestra mayor consideración:

Nos es grato dirigirnos a usted para expresarles nuestros cordiales saludos, asimismo, hacer de su conocimiento, que, en una ASAMBLEA

NACIONAL EXfRAORDINARIA de Delegados Regionales de Maestros Interinos, organizados en S/JTEP/HASES (3/Ide rnviembre-2Oh/V, hemos

analizado minuciosamente el CEINTENIDD ESENCIAL DEL 'DICTAMEN DE REPDSICIIN" PARA LOS EX-DOCENTES INTERINOS, ESE TEXTO

INCOHERENTE IlUE HA SIDO ELABORADO POR SUS ASESORES Y MIEMBROS DE LA MESA DIRECTIVA DE LA COMISIÚN DE EDUCACIÚN, SIN TOMAR EN CUENTA

ELESPRITU RESTITUTORIO DE DERECHOS LABORALES, CONTENIDOS EN LOS 04 PROYECTOS DE LEY: Proyecto N2312I29I9-CR., 2675-2917I29I8-CR.,

2230/2013-CR. y el Proyecto de iey NS5B/20I8-C.R., y siendo ásta, la instancia encargada de Investigar la VERDAD, Dialogar cnn los DOCENTES

AFECTADOS, Concertar y SOLUCIONAR BIEN EL PROBLEMA de nuestra Educación Básica en el Perá de hay; en consecuencia, les EX-DOCENTES

INTERINOS LLESAMOSA LA ¿'LlNL'LIISILÍN UNÁNIME DE REL'HAZA/? LAS DEFIL'IENL'IAS 111/E APARECEN EN EL DIcTAMENAPROSAfihi PON LA CLiMISIIÍN

DE EoLIcACIgN Y PDN TANTII 49,gNL14MOS TAk/U/ÉAL PRESENTAN UN W1/EVL1 DICTAMEN CONRfIIIDO" POR L4,45ES,911A LE/IAL DE SIJTEP/HASES

RES/fiNALES PARA DIJE SEA AFONDADO PDN EL PLENO DEL CON/IlESO DE LA REFÑBL/CA Y SE NOS /?ESTffIJYAN DE INMEDIATO NUESTROS

DERECHOS L.4BOJ74LES ARREBATADOS POR ¿175 MiSMÍSIMOS PODERES DEL ESTADO PERUANO EN PENh7DOS II1/BE/7NAMENTALES AAITE/?IORES A

ETE OLIEDANDU AFEL'TADOS LOS /4 MII MAESTROS ese EKPERIEN'I.4 ;' SUENA ¿'ONDUL'TA, maestres que ces sacrifisamas M 1,07ESd111e1eiicis

pellica (EMER'SENCIAJ zm,asÑihñspitas yzecas de frunteraa FALTA DE JgVENES PROFESIONAL ES EN EDuCAr/gAL

POR LAS RAZONES EXPUESTAS, solicitamos a su ilustrísima persona: IC. RECHAZAR VE1RBALMENTE1 POR ESCRITO 'EL DICTAMEN DE

REPOSICIÓN_PARA LOS MAESTROS INTERINOS", elaborado par la Mesa Directiva de la Comisión de Educación y aprobado en la SESIÓN

ORDINARIA DE LA MISMA COMISIÓN, peso u sus defectos de fondo y forma. DICHO TEXTO SIISTITIITORILZ DISTURSIONA LA ESENCIA

REII'INDIL'AT/M OELOSD4 PROYE/ITOS flELEYA VALA A LA INJL/STICIA LE/IAL EN CONTRA DELOS EDUCADORES DDE TANTO NOS SACRIFICAMUS EN

LOS TIEMPOS MÁS CRÍTICOS fin.EAís ES flECIÁ NO RECONOCE CON CLARIDAD EL DERECHO flELfiS TITI/LADOSANTESDELA PROMULSACIÉ/Al ilE 02

LEYES NEFASTAS PARA EL PR/JFESORAOIZ NI DE LOS CIENTOS DE DOCENTES RECIENTEMENTE TITULADOS PEOR A/]i% fiL Y/DA A LOS MAESTROS 111/E

FALTAN TITULARSE 2. DEFENDER VERBALMENTE y PORESCPJTDLAAPRDBACIÚN PRIORITARIA DE IUESTRD'DITAME P SDFREE- CiEi" COMO

PROPUESTA DE LA PARTE INTERESADA, PUESTO RUE, CON LA PARTICIPACIÓN SENSATA Y OPORTUNA DE SU PERSONA SE HARÁ JUSTICIA EN BREVE

CON EL 100% DE HEROICOS MAESTROS DE AQUELLOS AÑOS. 30• Loor y releer lo Constitución Política de! Estado, las Leyes del Profesorado y

as del Derecho Laboral, para RESCATAR y VALIDAR LOESTItBLECIOD EN LOS 04 PROYECTOS DE LEY, especialmunte, del yçcto

N283D/2OlE-CR. En ese contexto, es justo y necesario tomar muy en cuenta y respetar les DERECHOS ESTABLECIDOS y le VIOLACIÉ/A' de

VAR/OS ARTIllLOS de la ¿'sestituciñe Po//ficado 1953 (4rt 25yotros.,j;sobro todo, los Artículos: OB;...; 33;...34; ... SB:... 154;... 181... lLEj

delaLyj del Prufesorado N°25212 y su Reglamento, D.S.N°OlB-Bfl-ED. 4. No solicitar ni dar más importancia a sus opiniones de los

niiembros de la PCM o al Ministro de Educación, por tratarse de un GRUPO HUMANO DE TIRANOS, que nos dptu eran nor corrupción_y

animadversión. 5. CONCEDERNOS ESPACIOS DE DIÁLOGO SÓLD A LOS DELEGADOS REGIONALES de "SUTEP/BASES" y MI PERSONA o fin de

esclarecer con detalles, el pnrnuá de nuestra Propuesta de un "NUEVO DICTAMEN" DE LEY.

Finalmente, para EVITAR LA APROBACIÓN DE LEYES DEFECTUOSAS COMO EL QUE SE PRETENDE APRDBAR EN EL PLENO del Congreso de la

República, su pueda analizar u profundidad y opinar favorablemente, anexamos en áste 32 FOLIOS OTILES de documentos relativos al coso:

PROPUESTA DEUNNIIEI'LIOICTAMEk' ENOR'ISIA/AL Copies de Textos Sustitutor/es..., Copia de los 04 Proyectos de la Ley de Reposición y

Restitución de beneficios laborales en favor de Docentes Interinos (N°2312-2017-CR; 2675-29I7CR, 2830-2018-GR. y 3585-20!B-LR.).

Z Copias simples de todos los Artículos VIOLADOS E IGNORADOS de la Ley del Prnfesorado N°24029, su modificatoria N°25212, y su

Reglamento, el B.S. N°olB-BO-EO., más la copia simple del Ofic. Múlt. de OB de noviembre del 2007.

3. Copia Si»iplo de miT/tela Profesirna/eíi Ediicac/ií,'i, su losoluc/ñc 91"ectoralde Registre de Títulos yCmistancie Esca/afecarie de mis

MElITOS mís la Copio' Sllpie de /sHesolllc/»i7 Ofr'sctara/A'°IS43-21115 de Cese Fo,-zade de/Cargo de Docente par ser Nombi-,7kIl7tgrll7g.

Atentamente;

Bor'nardo BLRPERA. ROMERft IU.I. NO 20511.32.

OELEGAOD NAC. DE PIWF. IlTERIhE1S.

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IJcmicí/ie terv ¡ii. /sIí de P/ínaí/ 3[/O-Líi(L o?

Page 10: Señor 18 DANIEL SALAVERRY VILLA ) .s Presidente …...CONGRESO REPI.JRLICA Oficio N 0213-2018-201940C/CR "Año de la Lucha contra la Corrupción e Impunidad" f Lima, 01 de Abril de

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