Separación Orgánica de Funciones

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Separación Orgánica de Funciones Las distintas funciones del estado según nuestra constitución están claramente definidas en ejecutiva, legislativa, judicial, de transparencia y control social; electoral y administración pública. 1. La Función legislativa: conformado de asambleístas, integran La Asamblea Nacional. Su primer mandato es el de representación, su segundo mandato es el de legislar y su tercer mandato es el de fiscalizar. 2. La Función ejecutiva: es un solo responsable que se apoya de otras personas centralizados y descentralizados, elegido por un tiempo determinado de 4 años y su función es aplicar las leyes. 3. La Función judicial: es una instancia que va a dirimir las controversias por medio de los tribunales, juzgados y deberán hacer respetar las leyes. El Poder del Estado se distribuye en órganos diferentes, para evitar el abuso de uno de ellos a través del control de los otros, resolver el conflicto de quien controla a quienes gobiernan. En el Estado Contemporáneo la división de funciones se caracteriza por una separación flexible de poderes basada en el concepto de interferencia orgánica, en el cual un poder ejerce funciones que de suyo le pertenecen a otro poder cuando así lo disponga una norma constitucional; igualmente se consagra la

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Separación Orgánica de Funciones

Las distintas funciones del estado según nuestra constitución están claramente definidas en ejecutiva, legislativa, judicial, de transparencia y control social; electoral y administración pública.

  1. La Función legislativa: conformado de asambleístas, integran La Asamblea Nacional. Su primer mandato es el de representación, su segundo mandato es el de legislar y su tercer mandato es el de fiscalizar.

  2.   La Función ejecutiva: es un solo responsable que se apoya de otras personas centralizados y descentralizados, elegido por un tiempo determinado de 4 años y su función es aplicar las leyes.

3. La Función judicial: es una instancia que va a dirimir las controversias por medio de los tribunales, juzgados y deberán hacer respetar las leyes.

 El Poder del Estado se distribuye en órganos diferentes, para evitar el abuso de uno de ellos a través del control de los otros,

resolver el conflicto de quien controla a quienes gobiernan.En el Estado Contemporáneo la división de funciones se caracteriza por una separación flexible de poderes basada en el concepto de interferencia orgánica, en el cual un poder ejerce funciones que de suyo le pertenecen a otro poder cuando así lo disponga una norma constitucional; igualmente se consagra la colaboración orgánica entre los poderes, pues el poder soberano del Estado es uno sólo, cuyo ejercicio debe estar en función de los fines superiores del mismo, pero en el cual ningún poder puede invadir el ámbito de los demás, de modo que la actuación de un poder se vea privada por injerencias de otro en su operatividad básica, generándose de esta manera una usurpación de funciones.

El estado constitucional se caracteriza por la distribución del poder y el autocontrol que se ejerce por los diversos órganos entre sí.El sistema opuesto es la autocracia. Si un órgano o poder no tiene el freno de otro, tiende al abuso.

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Christian Castro N°12