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MML – PROGRAMA DE GOBIERNO REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA CONCURSO PUBLICO Nº 0001- 2008-PGRLM/CE 1 BASES CONCURSO PUBLICO Nº 0001-2008-PGRLM/CE SERVICIO DE CONSULTORIA PARA SUPERVISIÓN DE OBRA: ”MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA EL TRANSITO VEHICULAR EN LA AVENIDA JOSÉ GRANDA, TRAMO JIRÓN LAS BEGONIAS - AVENIDA UNIVERSITARIA, PROVINCIA DE LIMA – LIMA”. AGOSTO 2008

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BASES

CONCURSO PUBLICO Nº 0001-2008-PGRLM/CE

SERVICIO DE CONSULTORIA PARA SUPERVISIÓN DE OBRA: ”MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA EL

TRANSITO VEHICULAR EN LA AVENIDA JOSÉ GRANDA, TRAMO JIRÓN LAS BEGONIAS - AVENIDA UNIVERSITARIA,

PROVINCIA DE LIMA – LIMA”.

AGOSTO 2008

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CAPÍTULO I

GENERALIDADES

1.1 ENTIDAD CONVOCANTE Nombre: MML - PROGRAMA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA RUC N°:20518396332

1.2 DOMICILIO LEGAL

Jr. Camaná Nº 390 2º Piso – Cercado de Lima.

1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del Servicio de Consultoría para Supervisión de Obra:” Mejoramiento de la Infraestructura para el Tránsito Vehicular en la Avenida José Granda, tramo Jirón Las Begonias - Avenida Universitaria, Provincia de Lima – Lima”.

1.4 VALOR REFERENCIAL El valor referencial asciende a S/. 335,642.00 (Trescientos treinta y cinco mil seiscientos cuarenta y dos con 00/100 nuevos soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de Julio 2008.

Los límites máximos y mínimos del valor referencial total ascienden a:

90 % del Valor Referencial Valor Referencial (Incluido el IGV) 110% del Valor Referencial

S/. 302,077.80 (Trescientos dos mil setenta y siete con

80/100 nuevos soles)

S/. 335,642.00

(Trescientos treinta y cinco mil seiscientos cuarenta y dos con

00/100 nuevos soles)

S/. 369,206.20 (Trescientos sesenta y nueve mil doscientos

seis con 20/100 nuevos soles)

Las propuestas que excedan en más del diez por ciento (10%) el valor Referencial y aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas.

Para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite antes establecido, se deberá contar con la asignación suficiente de recursos y la aprobación del Titular del Pliego, quedando suspendido el otorgamiento de la Buena Pro, en tanto se cumpla con este requisito.

1.5 FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Ordinarios

1.6 SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente proceso se rige por el sistema de a suma alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7 MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL

Financiamiento de la Entidad, según lo dispuesto en el articulo 58º del RECAE

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1.8 ALCANCE DEL SERVICIO

El servicio a contratar está definido en los Términos de Referencia que forman parte de las presentes Bases en el Capítulo IV.

1.9 BASE LEGAL

• Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. • Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 • Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,

aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y sus modificatorias. • Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por

Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y sus modificatorias. • Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. • Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. • Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña y Microempresa. • Ley Nº 27633, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional. • Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría

General de la República y sus modificaciones: Ley Nº 28422 y Ley Nº 28396 • Resolución de Contraloría Nº 123-2000-CG, modifica diversas Normas Técnicas de

Control Interno para el Sector Público. • Ley Nº 26572, Ley General de Arbitraje • Código Civil, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 295, en forma supletoria. • Directivas Nº 001, 007-2005-CONSUCODE/PRE, así como los Acuerdos del Tribunal de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado. • Directiva Nº 01-2007-CG/OEA • Las demás normas vigentes pertinentes, según corresponda. Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

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CAPITULO II

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Pre publicación de Bases : Del 07/08/08 al 14/08/08 Convocatoria : El 15/08/08 Registro de Participantes : Del 18/08/08 al 02/09/08 Formulación de Consultas y/u

Observaciones a las Bases : Del 18/08/08 al 22/08/08

Absolución de Consultas y Observaciones a las Bases

: El 29/08/08

Integración de las Bases : El 01/09/08 Presentación de Propuestas : El 08/09/08 El acto público se realizará en : Jr. Camaná Nº 390 3º Piso –

Cercado de Lima a las 08:00 horas Evaluación de Propuestas : Del 08/09/08 al 09/09/08 Otorgamiento de la Buena Pro : El 10/09/08 El acto público se realizará en : Jr. Camaná Nº 390 3º Piso –

Cercado de Lima a las 10:00 horas Presentación de Consultas – Observaciones en Jr. Camaná Nº 390 2º Piso – Cercado

de Lima, en el siguiente horario: de 08:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 17:00 horas. 2.2 CONVOCATORIA

Se efectuará a través de la publicación en el SEACE, de conformidad con lo señalado en el Artículo 104° del Reglamento, la misma que se realizará en la fecha señalada en el cronograma.

2.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (01) día después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 107º del Reglamento.

El registro de los participantes se realizará en EL PGRLM, sito en la Jr. Camaná Nº 390 – 2º Piso Cercado de Lima - Lima, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 17:00 horas, previo pago de la suma S/. 20.00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles) por derecho de participación. El pago se realizara a la Cta. Cte. Nº 018-000-0000348880 del Banco de la Nación. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 108º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse.

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2.4 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo de cinco (05) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 110º del Reglamento.

Se presentarán por escrito (FORMATO N° 2) debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de PGRLM, sito Jr. Camaná Nº 390 2º Piso – Cercado de Lima, en la fecha señalada en el cronograma, en el horario de horario de 08:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 17:00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial del CONCURSO PÚBLICO N° 0001-2008-PGRLM/CE, pudiendo acompañar opcionalmente un disquete conteniendo las consultas y/u observaciones.

MUY IMPORTANTE, no se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

2.5 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial, con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, en la sede de la Entidad y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 110º del Reglamento, en el plazo señalado en el cronograma del proceso de selección.

La absolución de consultas y observaciones que se formulen al contenido de las Bases, se considerarán como parte integrante de ésta y del Contrato.

ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL CONSUCODE Los observantes tienen la opción de solicitar que las bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE, dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término para absolverlas. Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal con anterioridad a la etapa de formulación de consultas y/u observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases al CONSUCODE cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

El Comité Especial incluirá en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados. El participante presentará al Comité Especial el comprobante de pago, voucher o papeleta de depósito correspondiente al pago de la tasa prevista en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de CONSUCODE.

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2.6 MEDIOS ELECTRÓNICOS DE COMUNICACIÓN Los participantes que soliciten ser notificados electrónicamente, deberán consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efectos de las notificaciones a que hubiere lugar.

2.7 INTEGRACIÓN DE LAS BASES

El Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía, ni modificadas por autoridad administrativas alguna.

Las Bases Integradas, de ser el caso, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comité Especial.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 117º y 118º del Reglamento.

2.8 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

2.8.1 Forma de Presentación de Propuestas Las propuestas se presentarán en acto público, en Jr. Camaná Nº 390 3º Piso – Cercado de Lima, en la fecha y hora señalada en el cronograma, debiendo estar dirigidas al Comité Especial del Concurso Público N° 0001-2008-PGRLM/CE

Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas del proceso de selección se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

2.8.1.1. Presentación de Propuestas y Apertura de Propuesta Técnica: Los actos de recepción de propuestas, apertura de sobres, y otorgamiento de la Buena Pro, se llevarán a cabo en Acto Público, el mismo que se realizará con la participación de Notario Público.

Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (FORMATO N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal o apoderado acreditado también con carta poder simple.

Las propuestas se presentarán en original y dos (02) copias en dos sobres debidamente cerrados. El primero contendrá la propuesta técnica (Sobre Nº 01) y el segundo la propuesta económica (Sobre Nº 02), de la siguiente manera:

SOBRE N° 01: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

Señores MML – PROGRAMA DE GOBIERNO REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA Att.: Comité Especial

Concurso Público N° 001-2008-PGRLM/CE Objeto del proceso: CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORIA PARA SUPERVISIÓN DE OBRA “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA EL TRANSITO VEHICULAR EN LA AVENIDA JOSÉ GRANDA, TRAMO JIRÓN LAS BEGONIAS - AVENIDA UNIVERSITARIA, PROVINCIA DE LIMA – LIMA”

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA ORIGINAL Y DOS (02) COPIAS NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR

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SOBRE N° 02: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

Cuando las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno (01).

Cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

El acto público de presentación de propuestas, se iniciará cuando el Comité Especial empiece a llamar a los postores en el orden en que se registraron como participantes, para que entreguen los sobres conteniendo ambas propuestas. Si al momento de ser llamado, el postor no se encontrase presente, se le tendrá por desistido de participar en el proceso. Si algún postor es omitido, podrá acreditarse con la presentación del comprobante de pago de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor y verificará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases. De no ser así, el Comité Especial, devolverá los documentos al postor, salvo que éste exprese su disconformidad, en cuyo caso, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento que el postor formule apelación. Si se formula apelación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

De presentarse situaciones de subsanación de la propuesta técnica, se procederá de acuerdo al Artículo 125º del Reglamento.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario procederá a sellar y firmar cada hoja de todos los documentos originales de cada propuesta técnica. Luego procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas, dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por el Notario, por los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario Público, por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

Señores MML – PROGRAMA DE GOBIERNO REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA Att.: Comité Especial

Concurso Público N° 001-2008-PGRLM/CE Objeto del proceso CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORIA PARA SUPERVISIÓN DE OBRA “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA EL TRANSITO VEHICULAR EN LA AVENIDA JOSÉ GRANDA, TRAMO JIRÓN LAS BEGONIAS - AVENIDA UNIVERSITARIA, PROVINCIA DE LIMA – LIMA”

SOBRE N° 02: PROPUESTA ECONÓMICA ORIGINAL Y DOS (02) COPIAS NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR

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2.8.1.2. Apertura de Propuestas Económicas y Otorgamiento de la Buena Pro:

Al inicio del acto público, el Comité Especial hará de conocimiento de los postores, a través de un cuadro comparativo, el puntaje obtenido en las propuestas técnicas y su correspondiente orden de prelación, indicando además las propuestas descalificadas, de ser el caso.

A continuación, el Notario procederá a la entrega al Comité Especial de los sobres que contienen las propuestas económicas. El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las Bases.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. Las propuestas que excedan en más del diez por ciento (10%) y las que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) del valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 72º del Reglamento. Asimismo, se tendrá en cuenta lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 130º del Reglamento.

El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo.

En el supuesto que dos (02) o más propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 133º del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario Público, por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta y el cuadro comparativo detallando los resultados en cada factor de evaluación, sin perjuicio de que se publiquen en el SEACE. Dicha presunción no admite prueba en contrario.

2.8.2 Contenido de las Propuestas

2.8.2.1 SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA

El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:

Documentos Obligatorios: a) Copia simple de Constancia vigente de Inscripción en el Registro Nacional de

Proveedores, Capitulo de Consultores de Obras. b) Carta de presentación y Declaración Jurada de datos del postor

Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados - Anexo Nº 1.

c) Declaración Jurada en la que el postor declare que su oferta cumple los Términos de Referencia contenidos en el Capítulo IV de las presentes Bases - Anexo Nº 2.

d) Declaración Jurada del postor de acuerdo al Artículo 76º del Reglamento – Anexo N° 3 e) Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, según lo dispuesto en la Directiva N° 003-

2003-CONSUCODE/PRE, aprobada con la Resolución N° 063-2003-CONSUCODE/PRE (Artículo 37º de la Ley), según Anexo N° 4

f) Declaración Jurada del personal propuesto en la cual se indique que se encuentran hábiles para el ejercicio de sus funciones - Anexo N° 5

g) Carta de compromiso del personal propuesto para el servicio – Anexo N° 6 h) Relación de Personal Propuesto para el servicio – Anexo N° 7 i) Documentación que acredite el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.

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Documentos Facultativos:

j) Documentos que sustenten la Experiencia del Postor en la Actividad - Anexo N° 8 k) Documentos que sustenten la Experiencia del Postor en la Especialidad - Anexo N° 9 l) Documentos que sustenten la Experiencia en la Especialidad de los Profesionales

Propuestos. Se adjuntará el Currículum Vitae de los profesionales indicados en el Anexo N° 07 con el sustento de su experiencia en la Especialidad propuesta - Anexo N° 10

m) Documentos que sustenten la propuesta del Postor en lo referente a los Factores referidos al Objeto de la Convocatoria.

n) Declaración Jurada de Servicios Prestados dentro del Territorio Nacional, en aplicación de la Ley Nº 27633, de ser el caso - ANEXO Nº 11.

o) Compromiso de Integridad. En caso de Consorcios, debe ser presentada por cada uno de sus miembros - Anexo N° 12

2.8.2.2 SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA El Sobre N° 02 de los postores, conteniendo la Propuesta Económica, deberá incluir lo siguiente: − Monto total de la Propuesta Económica, en letras y números - ANEXO Nº 13 ,

Obligatorio, el que no podrá tener borradura alguna, enmendadura o corrección, caso contrario se considerará como no presentado; deberá incluir todos los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, etc.,

El monto total de la Propuesta será en Nuevos Soles, donde las cifras que se consignen a efecto de representar este monto tendrán hasta un máximo de dos (2) decimales.

2.9 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La evaluación de la propuesta se realizará en dos (02) etapas: la evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos Propuesta Económica : 100 puntos

2.9.1 Evaluación Técnica Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los términos de referencia contenidos en el Capítulo IV de las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de 80 puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

2.9.2 Evaluación Económica Si la propuesta económica excede en más del 10% ó es menor al 90% del valor referencial, se tendrá por no presentada.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi

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Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

2.9.3 Determinación del Puntaje Total Una vez calificadas las propuestas mediante la evaluación técnica y económica se determinará el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.90 c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.10

De acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional y sus modificatorias, la bonificación adicional del 20% se aplicará siempre que los postores beneficiados hayan presentado la Declaración Jurada correspondiente.

2.10 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

Se otorgará la Buena Pro al postor que obtenga el mayor puntaje total. La Buena Pro se entenderá notificada en el acto público, sin admitir prueba en contrario, sin perjuicio de su publicación en el SEACE.

2.11 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

El consentimiento de la Buena Pro se registrará en el SEACE al día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.

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CAPÍTULO III

INFORMACIÓN ADICIONAL

3.1. VALIDEZ DE LA OFERTA La validez de la oferta deberá mantenerse durante el proceso de selección hasta suscribir el contrato, de ser el caso. Para ser considerada válida una propuesta deberá cumplir con lo establecido en las presentes bases. La documentación presentada por el postor no deberá tener borradura, enmendadura o corrección alguna.

3.2 DE LOS CONTRATOS

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, se procederá conforme a los plazos y procedimientos para suscribir el contrato que se establecen en el artículo 203° del Reglamento.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 198° del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado; Garantía de fiel cumplimiento, cuya vigencia es hasta la conformidad de la última

prestación del servicio; Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso. Copia de DNI del Representante Legal; Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa; Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado; Copia del RUC de la empresa;

3.3 DE LAS GARANTÍAS El único medio de garantía que debe presentar el Consultor es la carta fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando haya sido emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO Previamente a la firma del contrato, el postor ganador de la buena pro deberá entregar a la Entidad una Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta garantía deberá tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final

De ser el caso, será de aplicación lo establecido en el Artículo 40º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo 213º de su Reglamento, aprobados mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y D.S. Nº 084-2004-PCM, respectivamente.

3.4 DE LOS ADELANTOS A solicitud del consultor, y sujeto a la disponibilidad presupuestal, EL PGRLM, podrá otorgar un adelanto directo, hasta por un máximo del 20% del monto del contrato (Art. 228 del Reglamento del TUO, Ley N° 26850).

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El Adelanto Directo, estará garantizado por una Carta Fianza por igual monto (articulo 213º RECAE), incluyendo el IGV, solidaria, incondicionada, irrevocable, de realización automática, otorgada por una entidad bancaria autorizada para operar en el país por la Superintendencia de Banca y Seguros según la Ley de Bancos, a favor del PGRLM, válida por el plazo de ejecución del servicio de consultoría o de noventa (90) días y renovable por el saldo pendiente de amortizar. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso. La Amortización del Adelanto Directo se hará mediante descuentos proporcionales en cada uno de las valorizaciones que se efectúen a EL SUPERVISOR. Cualquier diferencia que se produzca respecto de la amortización parcial de los adelantos se tomará en cuenta al momento de efectuar el siguiente pago.

3.5 EJECUCION DE GARANTÍAS Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 221° del Reglamento.

3.6 VIGENCIA DEL CONTRATO

La vigencia del contrato se extenderá a partir de la suscripción del mismo hasta la conformidad de la prestación a cargo de EL CONSULTOR. El plazo de los servicios es de CIENTO TREINTA Y CINCO (135) días naturales, contados a partir de la entrega del terreno al contratista o de la fecha en que el supervisor se constituya en la obra, si esta ya hubiera comenzado. Los plazos parciales de cada etapa son los siguientes:

• Revisión del expediente técnico : 15 días naturales • Supervisión integral y control de las obras en campo : 90 días naturales • Informe final de liquidación de Contrato de Obra y de Supervisión : 30 días naturales

3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 222° y 225° del Reglamento.

3.7. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO

El pago se realizará en forma mensual previa conformidad de la Sub Gerencia de Infraestructura de EL PGRLM.

La conformidad se otorgará en un plazo que no excederá de los diez (10) días de prestado el servicio y el pago se efectuará dentro del plazo de diez (10) días naturales computados desde la conformidad del servicio, conforme a lo establecido por el artículo 238º del Reglamento. Durante la vigencia del contrato las valorizaciones estarán sujetos a reajuste, conforme al artículo 55º del Reglamento, de acuerdo con la siguiente fórmula

VRCA = [Vr x (Ir/Io)] - [(A/C) x Vr x (Ir - Ia)/ (Ia)] - [(A/C) x Vr] Donde: VRCA = Monto de la Valorización reajustada, corregida y amortizada.

Vr = Monto de la Valorización correspondiente al mes de servicio, a precios del mes de la fecha correspondiente a la Propuesta

Ir = Índice General de Precios al Consumidor (INEI-LIMA) hasta la fecha establecida en el numeral 3 del artículo 55º del RECAE.

Io = Índice General de Precios al Consumidor (INEI-LIMA) al mes de la fecha correspondiente al Valor Referencial

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Ia = Índice General de Precios al Consumidor (INEI-LIMA) a la fecha de pago del Adelanto Directo.

A = Adelanto Directo otorgado. C = Monto del Contrato del Consultor El primer monomio expresa la valorización reajustada; el segundo, la deducción del reajuste que no corresponde por el Adelanto Directo otorgado y el tercero la amortización del Adelanto Directo otorgado. Tomando en cuenta que el adelanto directo se puede dar en dos etapas, los datos indicados en el párrafo anterior deberán adecuarse a cada una de estas etapas.

3.8 DISPOSICIONES FINALES El presente proceso se rige por las bases y lo que establece el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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CAPITULO IV

TÉRMINOS DE REFERENCIA

La ejecución de la Consultoría se realizará en un plazo de 135 días calendario que incluye el plazo para, revisar el estudio, supervisar la ejecución de obra y liquidar los contratos de obra y supervisión. 1.0 ALCANCES DE LOS SERVICIOS

El Consultor suministrará totalmente los servicios necesarios para la Supervisión y Control de la Obra: “Mejoramiento de la Infraestructura para el Tránsito Vehicular en la Avenida José Granda, tramo Jirón Las Begonias - Avenida Universitaria, Provincia de Lima – Lima”. Estos servicios comprenderán todo lo relacionado con la supervisión, inspección, control técnico, control de la conservación del entorno ambiental de la obra y control administrativo de las actividades a ejecutarse, orientadas a lograr que las obras sean ejecutadas de acuerdo con los diseños y especificaciones aprobados en el Expediente Técnico, velando por la calidad de las obras. El Supervisor debe adoptar o disponer todas las acciones a su alcance, para que el Contratista o Ejecutor de Obra disponga de los equipos y personal suficiente para el cumplimiento del Cronograma de Obra, siendo esto independiente del número de equipos ofertados o de su rendimiento. Sin exclusión de las obligaciones que corresponden a las Empresas Consultoras, conforme a los dispositivos legales vigentes y que son inherentes como tal, entre otros, la Supervisión y Control de esta Obra obliga a:

a. Revisar el Expediente Técnico de Obra y formular oportunamente las recomendaciones,

complementaciones y/o modificaciones que considere indispensables al Estudio, así como indicar los probables presupuestos adicionales y deductivos de la Obra.

b. Durante las etapas: Previa a la obra, Ejecución de Obra y Recepción de Obra, el

Supervisor tomará en cuenta las medidas ambientales exigidas en el Estudio de Impacto Ambiental, Especificaciones Técnicas del Proyecto, Manual Ambiental y Guía de Supervisión Ambiental del MTC.

c. Revisión, verificación en campo de los trazos y niveles topográficos en general. d. Revisar y verificar, los estudios de suelos, diseños de pavimentos, de señalización,

ubicación de botaderos y de diseños en general; y en caso necesario, proponer alternativas o soluciones oportunamente, al inicio de los trabajos.

e. Revisar detalladamente el Calendario de Avance de Obra (CAO), el Calendario de

Adquisición de Materiales y Utilización de Equipos Mecánicos que el Contratista presenta al PGRLM. Estos calendarios revisados y de ser el caso, corregidos y/o modificados serán aprobados con la suscripción de los documentos, por el representante del Contratista y el Jefe de la Supervisión. En caso que el Supervisor no haya sido contratado a la fecha de presentación de los calendarios, la revisión y aprobación de estos documentos estará a cargo del PGRLM.

f. El Supervisor fiscalizará la utilización del Adelanto Directo que se entregará al Contratista

para la adquisición de materiales. En caso el Contratista se niegue a proporcionar la información solicitada, se informará al PGRLM.

g. Ejecutar el control, la fiscalización e inspección de la obra, verificando constante y

oportunamente que los trabajos se ejecuten de acuerdo a los Planos, Especificaciones Técnicas y en general con toda la documentación que conforma el Expediente Técnico, cumpliendo con las Normas de Construcción, Normas Ambientales, Normas de Seguridad

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y reglamentación vigentes, así como la calidad de los materiales que intervienen en la obra, responsabilizándose que la obra se ejecute con la calidad técnica requerida.

h. El Consultor debe incluir un Programa de Administración de Supervisión de Construcción

(ASC) enfatizando en la organización del Proyecto, con el fin de alcanzar los objetivos presupuestarios, el cronograma de Obra y desembolsos. Asimismo, permitirá controlar adecuadamente el equipo de construcción y de laboratorio, administración de seguridad de construcción y de tránsito, planificación y monitoreo del cronograma de obra y de la ruta crítica. El programa ASC servirá para la gestión del Supervisor durante la prestación de los servicios.

i. De acuerdo al programa ASC, controlar el Avance de las Obras a través de un Programa

PERT-CPM y/o Diagrama de Barras con el detalle suficiente de cada una de las actividades desde el inicio hasta su conclusión. El "Software" a utilizar será previamente aprobado por el PGRLM.

j. Ejecutar el control físico, económico y financiero de la obra, efectuando detallada y

oportunamente la medición y valorización de las cantidades de obra ejecutada, mediante la utilización de programas de computación.

Paralelamente a la ejecución de las obras, el Supervisor irá efectuando la verificación de

metrados de obras, con el fin de contar con los metrados realmente ejecutados, correspondientes a cada una de las partidas conformantes del Presupuesto de Obra, así como ir progresivamente practicando la Liquidación de Obra, de tal manera de contar con metrados finales y planos de replanteo, casi paralelamente al avance de la Obra.

k. Elaborar y presentar oportunamente, según la normatividad vigente, los informes y/o

expedientes sobre adicionales, deductivos, ampliaciones de plazo, los mismos que deberán presentarse dentro del período previsto en la normatividad que rige el Contrato de Obra. Los Adicionales deben presentarse prioritariamente, durante el primer 50% del periodo de ejecución de la Obra, con la opinión del Proyectista.

l. Vigilar y hacer que los Contratistas cumplan con las normas de seguridad, tanto del tráfico

como del personal involucrado en las obras. El control deberá ser diurno y nocturno. m. Inspección y verificación permanente de la calidad y cantidad de los materiales, equipos y

el sistema de trabajo, así como el control físico de los mismos, presentando en los informes correspondientes, su inventario detallado y actualizado.

n. Mantener la estadística general de la obra y preparar Informes Mensuales, los cuales deberán indicar detalladamente los avances físicos y económicos. Incluir asimismo los rendimientos unitarios de los equipos y partidas, los problemas presentados y las soluciones adoptadas.

o. Recomendar y asesorar al PGRLM en lo referente a Sistemas Constructivos que se utilicen

para ejecutar la Obra y emitir pronunciamientos sobre los aspectos que proponga el Contratista.

p. Asesoramiento técnico, legal y servicios profesionales especializados, cuando las

condiciones de las obras lo requieran, contribuyendo eficazmente a la mejor ejecución de las obras.

q. Los servicios comprenden aspectos técnicos, ambientales, económicos, administrativos,

legales y todo aquello que se requiera para la eficiente y eficaz administración del Contrato de Obra.

r. Efectuar un Estudio de tránsito (volumen, composición, carga por eje), velocidades y de

cargas al final de la obra ejecutada. s. Efectuar el control del pavimento terminado (evaluación deflectométrica y de rugosidad),

antes de la Recepción de Obra.

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t. Ser miembro del Comité de Recepción en la Recepción de Obra, y/o participar como

Asesor del Comité. u. Elaborar el Informe Final, revisar y efectuar las correcciones que estime pertinentes a la

Liquidación de Obra presentada por el Contratista y presentar la Liquidación de Contrato de Supervisión. En caso necesario, elaborará la Liquidación de Obra.

1.1 ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DEL SUPERVISOR A continuación se presenta una relación de las actividades del Supervisor, sin que sea

limitativa debiendo el postor proponer en mayor amplitud y detalle su propia relación de actividades para enriquecer su Propuesta.

1.1.1 Actividades Previas a la Ejecución de las Obras

1.1.1.1 Movilización e Instalación del Supervisor en Obra

1.1.1.2 Revisión del Expediente Técnico • Conocimiento del Expediente Técnico • Revisión de la Ingeniería Básica • Revisión de la Ingeniería de Detalle • Revisión de diseños • Permisos • Otros • Informe de Revisión del Expediente Técnico

1.1.1.3 Revisión de la Oferta Técnico Económica del Contratista

• Suma alzada ofertados o de Obra • Cronograma de Obra • Cronograma de Adquisición de Materiales • Cronograma de Uso de Equipos • Verificación de Rendimientos • Compatibilización del Expediente Técnico con la Absolución de Consultas • Cumplimiento de Seguros de Obra • Revisión del Programa de Obra • Revisión del Plan de Seguridad de Obra • Documentación del Ingeniero Residente así como del Plantel de

Profesionales destacados en Obra • Informe de Revisión de la Propuesta Técnico Económica del Contratista

1.1.1.4 Apertura del Cuaderno de Obra

1.1.1.5 Entrega del Terreno

• Asesoramiento en la Entrega del Terreno • Delimitación del Área de Trabajo y Ubicación de Puntos de Control

Topográfico • Suscripción del Acta de Entrega del Terreno

Como resultado de la evaluación in situ y de la verificación de la concordancia del expediente técnico y propuesta técnica - económica de la obra el supervisor deberá proponer modificaciones al proyecto original si fuera necesario, debe advertir los posibles adicionales que pudieran generarse como consecuencia de mayores metrados o actividades no considerados en el expediente técnico. Esta etapa se considera de fundamental importancia y debe entenderse como una optimización del Proyecto, por lo que de proponer modificaciones, éstas deberán ser para eliminar reclamos y sobre costos durante la ejecución de obra. Toda complementación al Proyecto debe contar con el pronunciamiento del Proyectista que elaboró el Estudio Definitivo.

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1.1.2 Actividades Durante la Ejecución de las Obras

1.1.2.1 Supervisión y control de instalaciones, equipos de construcción y laboratorio y personal del Contratista. Deberá controlar que, durante la ejecución de las Obras, el Contratista mantenga vigente las Pólizas de Seguros y que cumpla con las normas y reglamentos de salud ocupacional, seguridad e higiene industrial.

1.1.2.2 Revisión y aprobación de diseños de ejecución y métodos de construcción

propuestos por el Contratista. Este método deberá ser compatible con el ritmo de ejecución propuesto (variable determinante), el número de equipos y su rendimiento, el personal y su calificación. Será responsabilidad del Supervisor lograr (utilizar todos los medios administrativos, legales y técnicos a su alcance) que el Contratista disponga en obra del número suficiente de equipos y personal que permitan que la obra avance al ritmo ofertado y en caso de demora, se agregue los recursos necesarios para recuperar el tiempo perdido.

1.1.2.3 Revisión y aprobación del plan de seguridad vial propuesto por el contratista para

la ejecución de las obras.

1.1.2.4 Revisión y aprobación de los sitios de apoyo a las obras (canteras, botaderos, campamentos, plantas de chancado, plantas de asfalto, etc.) y los planes respectivos de instalación, operación y recuperación ambiental propuestos por el contratista.

1.1.2.5 Constatar el replanteo general de la Obra y efectuar permanentemente el control

topográfico durante la construcción.

1.1.2.6 Recomendación sobre cambios y modificaciones del Proyecto original, así como de diseños complementarios necesarios y el impacto que estas tendrán sobre el costo y plazo de ejecución y la implicancia de no realizar las modificaciones propuestas.

1.1.2.7 Supervisar la ejecución de los trabajos de conformidad con el Proyecto,

Especificaciones Técnicas, Plan de manejo socioambiental y reglamentación técnica, ambiental y legal vigentes. Identificar eventuales impactos socio ambientales no incluidos dentro del Plan de manejo socioambiental y que puedan presentarse durante la ejecución del proyecto y plantear las medidas correctivas para solucionarlos.

1.1.2.8 Verificar si el contratista ha obtenido las autorizaciones y permisos necesarios

para el inicio de las actividades, en conformidad con las disposiciones legales vigentes.

1.1.2.9 Controlar y verificar permanentemente que el Contratista esté efectuando todas

las pruebas y ensayos de laboratorio exigidos en las Especificaciones Técnicas, teniendo autoridad para ordenar la paralización parcial o total hasta subsanar las incorrecciones advertidas. Control de calidad de la obra, de medio ambiente, de seguridad. Realizar pruebas de control de calidad de suelos, materiales y agua. Realizar ensayos de laboratorio.

1.1.2.10 Interpretar y opinar sobre los resultados de los ensayos que se hayan efectuado,

recomendando las acciones a tomar.

1.1.2.11 Ejecutar pruebas de control de calidad de los trabajos que sean requeridas durante la ejecución de las obras, así como pruebas específicas que acrediten la capacidad portante del terreno según diseño.

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1.1.2.12 Efectuar la verificación de metrados de obra, paralelamente a la ejecución de la

obra, con el fin de contar con los metrados realmente ejecutados correspondientes a cada una de las partidas conformantes del Presupuesto de Obra, para ir progresivamente practicando la pre-liquidación de obra.

1.1.2.13 Control de la seguridad de la obra, mantenimiento del tránsito peatonal y

vehicular durante la construcción, exigiendo la señalización correspondiente para tal fin y la coordinación con las autoridades sobre la ejecución de las obras. Verificar si el Contratista ha previsto la información de los trabajos a los usuarios.

1.1.2.14 Vigilar que las obras se mantengan bien iluminadas durante los posibles trabajos

nocturnos.

1.1.2.15 Controlar y coordinar la eliminación de interferencias físicas en el terreno.

1.1.2.16 Cumplir y hacer cumplir las Normas Técnicas de control, de la Contraloría General de la República, en lo concerniente a la ejecución de obras públicas.

1.1.2.17 Control de la Programación y Avance de Obra, emitiendo opinión.

1.1.2.18 El Supervisor, a través del programa de Administración de Supervisión de

Construcción (ASC), controlará y verificará adecuadamente el avance de obra, las plantas de asfalto, equipo de construcción y laboratorio, administración de seguridad en la construcción y de tránsito, planificación y monitoreo del comportamiento y de la ruta crítica y el sistema de información y reportes del Proyecto.

1.1.2.19 Es obligación del Supervisor el control estricto del plazo contractual de la obra,

incluyendo los plazos parciales, en base a los diagramas de CPM, PERT o similares y deberá alertar al PGRLM, con la prontitud del caso, las desviaciones que se presenten sugiriendo acciones para que se adopten las medidas correctivas oportunas.

1.1.2.20 Valorizar mensualmente las obras, ejecutadas según presupuesto contratado y los

reintegros que le corresponden; así como de los presupuestos adicionales, sustentándolos con la documentación técnico administrativa que los respalde.

1.1.2.21 De requerirse modificaciones en el Expediente Técnico no previstos originalmente en

las Bases, en el Contrato, ni en el Presupuesto, cuya realización resulte indispensable para dar cumplimiento a la meta prevista de la obra principal y dé lugar a presupuesto Adicional, se preparará oportunamente, dentro del plazo exigido, los expedientes técnicos que involucren Presupuestos Adicionales y/o Deductivos de obra, a que hubiera lugar, para su presentación y trámite para su aprobación ante el PGRLM y/o la Contraloría General de la República. Los Adicionales posibles de confeccionarse deben presentarse prioritariamente dentro del primer 50% del plazo original del Contrato de Obra.

1.1.2.22 Notificar al contratista y al PGRLM sobre cualquier violación a los diseños de ejecución, métodos y especificaciones técnicas y ambientales de construcción, Plan de Manejo Socio-ambiental y normas aplicables vigentes.

1.1.2.23 En los Presupuestos Adicionales el Supervisor debe ajustarse a los lineamientos

establecidos por los dispositivos legales y la Contraloría General de la República para el área de obras públicas, y sustentar el metrado total de cada partida con la planilla respectiva, adjuntando el sustento técnico del caso (Planos, Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas, Metrados, Presupuestos, Sustento Técnico y Legal, etc.,). La planilla de metrados deberá ir acompañada de planos y croquis o diagramas que permitan su identificación, así como las hojas de cálculo correspondientes. Deben contar con el pronunciamiento del Proyectista.

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1.1.2.24 El Supervisor deberá efectuar el seguimiento de aprobación de los expedientes presentados, informando constantemente al PGRLM sobre el progreso del trámite, hasta su aprobación.

1.1.2.25 Programar y coordinar reuniones semanales con el Contratista y periódicamente con

el PGRLM para lograr que la obre se ejecute de acuerdo a lo programado.

1.1.2.26 Sostener con los funcionarios del PGRLM una permanente comunicación sobre el estado de las obras y el desarrollo del Contrato.

1.1.2.27 Asesorar en los aspectos técnicos, administrativos y legales al PGRLM en las

controversias que se susciten con el Contratista y/o con terceros.

1.1.2.28 Tramitar emitiendo opinión técnica y legal, en plazo máximo de cinco (5) días calendario, los reclamos y/o planteamientos del Contratista que excedan de su nivel de decisión y que a su juicio merezcan la organización de un expediente destinado a culminar en una resolución administrativa.

1.1.2.29 Preparación de Informes de Avance Mensuales.

1.1.2.30 Remisión de los Informes Especiales para el PGRLM, cuando este los requiera o las

circunstancias lo determinen.

1.1.2.31 Mantenimiento del archivo general del Proyecto objeto del Contrato. Este archivo o copia se entregará al PGRLM con la Liquidación de Obra.

1.1.2.32 Recomendar al PGRLM las sanciones que deben aplicarse al Contratista en caso de

incumplimiento o violaciones a las Normas y/o documentos técnicos y ambientales contractuales.

1.1.2.33 Los informes técnicos que emita el Supervisor, deberán estar suscritos por el (los)

Especialista(s) responsable(s) y visados por el Jefe de supervisión.

1.1.2.34 Constatar el replanteo general de la obra y efectuar permanentemente el control topográfico durante la construcción.

1.1.3 Actividades de Recepción de la Obra, Informe Final, Revisión de la Liquidación de

Obra y Presentación de la Liquidación de Contrato de Supervisión

1.1.3.1 El PGRLM designará, dentro de un plazo máximo de siete (7) días calendario de recibida la solicitud del Contratista para la Recepción de la Obra, un Comité de Recepción.

1.1.3.2 El Supervisor dentro de los cinco (5) días calendario de la solicitud del Contratista

para la Recepción de la Obra, dará cuenta de este pedido al PGRLM, con su opinión clara y precisa sobre si terminó o no la Obra y en qué fecha se produjo el término de la misma; y de ser el caso informará sobre las observaciones que tuviera al respecto.

1.1.3.3 El Supervisor presentará al PGRLM, antes de la Recepción Previa, un Informe de

Situación de la Obra ejecutada en el que incluirá el resultado estadístico del control de calidad de la obra terminada y la evaluación del cumplimiento de las medidas y especificaciones ambientales.

1.1.3.4 El Supervisor procederá a la elaboración de los Metrados Post-Construcción, de

acuerdo a los trabajos realmente ejecutados por el contratista, en sus diferentes partidas materia del contrato.

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Los Metrados Post-Construcción de la Obra, deberán estar suscritos por el Jefe de Supervisión y/o el representante legal del Supervisor y asimismo por el representante legal del Contratista, y deben formar parte del acta de recepción de obra, en cuanto complementan los planos post construcción de obra.

Los resultados deben plasmarse en un cuadro explicativo en el que consten los metrados contractuales, los presupuestos adicionales de obra, reducciones y lo realmente ejecutado por cada partida.

1.1.3.5 Antes de la Recepción de Obra, el Contratista deberá haber presentado al Supervisor

los Planos Post -Construcción (los que reflejarán fielmente el estado final de la obra), los metrados finales y la Memoria Descriptiva Valorizada, para su revisión y conformidad.

1.1.3.6 El Supervisor revisará y dará conformidad a la Memoria Descriptiva Valorizada,

Metrados Finales y Planos Post-Construcción que el Contratista presentará. El Supervisor remitirá la documentación al PGRLM, debidamente firmada por el Jefe de Supervisión y/o el representante legal del Supervisor y asimismo por el Representante Legal del Contratista. También incluirá la declaración jurada de haber supervisado y observado las disposiciones técnicas y legales durante la construcción de la obra.

1.1.3.7 El Comité de Recepción, junto con el Contratista y la Supervisión, procederá a

verificar el fiel cumplimiento de lo establecido en los planos y especificaciones técnicas y ambientales y efectuará las pruebas que consideren necesarias para comprobar la calidad de la obra terminada, en un plazo no mayor de veinte (20) días calendario posteriores a la entrega de los documentos señalados en los numerales 1.1.3.3 al 1.1.3.6.

1.1.3.8 Culminada la verificación, se levantará un Acta que será suscrita por los miembros

del Comité de Recepción, el Contratista o su Residente y el Supervisor. En dicha Acta se incluirán las observaciones, sí las hubiera.

1.1.3.9 De no existir observaciones, se procederá a la Recepción Final de la Obra,

teniéndose por concluida en la fecha indicada por el Contratista en el Cuaderno de Obra, salvo sustento del Supervisor en contrario.

1.1.3.10 El Supervisor mantendrá informado al PGRLM del levantamiento de observaciones,

cuyo plazo máximo es el estipulado en el ítem 2 (Art. 268°) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. N° 084-2004-PCM y sus modificatorias.

1.1.3.11 Subsanadas las observaciones, el Contratista solicitará la Recepción Final de la obra.

El Comité de Recepción verificará la subsanación de observaciones formuladas en el Acta, previo Informe del Supervisor.

1.1.3.12 El Supervisor revisará, se pronunciará, ya sea observando la Liquidación presentada

por el Contratista o de ser el caso elaborando otra, o dará conformidad a la liquidación de contrato de obra presentada y suscrita por el representante legal del Contratista y la remitirá al PGRLM dentro de los veinte (20) días siguientes a la recepción de la liquidación de obra presentada por el Contratista.

1.1.3.13 Una vez que la Liquidación del Contrato de Obra haya quedado consentida, el

PGRLM procederá a emitir la Resolución correspondiente aprobando la Liquidación del Contrato de Obra.

1.1.3.14 El Informe Final que presente el Supervisor, deberá ser entregado dentro de los

30 días calendario siguiente a la Recepción de Obra.

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1.1.3.15 El Informe Final incluirá un Estudio de Tránsito, que comprenderá conteos volumétricos, estudio de velocidades medias de operación por tipos de vehículos, estudio de carga y presión de llantas por tipo de vehículo pesado, cálculo de ejes equivalentes y número de repeticiones de EE para 10 y 20 años.

Se efectuará el control del pavimento terminado (evaluación deflectométrica y de rugosidad), antes de la recepción de Obra.

1.1.3.16 El Informe Final incluirá recomendaciones para la conservación de las obras,

incluyendo la mejor alternativa de mantenimiento vial.

1.1.3.17 El Supervisor presentará junto con el informe de la liquidación de obra el Anexo SNIP 15: PAUTAS PARA LA ELABORACIÓN DE INFORMES DE CIERRE de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública – Resolución Directoral N° 009-2007-EF/68.01

1.1.3.18 El Supervisor presentará al PGRLM la Liquidación de su Contrato dentro de los

quince (15) días calendario posterior a la presentación de la Liquidación del Contrato de Obra, la misma que para ser aprobada por el PGRLM, será revisada, corregida y/o modificada, según sea el caso.

1.1.3.19 En caso que el Contratista no entregue la liquidación de Contrato de Obra en el

plazo previsto en el Art. 269º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. N° 084-2004-PCM, es responsabilidad del Supervisor elaborar la liquidación correspondiente y presentarla al PGRLM dentro de los 20 días calendario siguientes. Siendo los gastos de cargo del Contratista.

1.1.3.20 Toda discrepancia respecto a la liquidación se resolverá según las disposiciones

previstas para la solución de controversias establecidas en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada por DS Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por DS Nº 084-2004-PCM y sus modificatorias. El Supervisor efectuará nueva liquidación, en concordancia a lo que se resuelva, dentro de los 15 días calendario siguiente a la fecha en que el PGRLM le comunique el Acta de Conciliación o el Laudo Arbitral.

1.2 RESPONSABILIDAD DEL SUPERVISOR 1.2.1 El Supervisor, como ofertante de su Propuesta Técnica, revisor del Expediente Técnico de

Obra, y como proveedor y ejecutor de los ensayos y pruebas de laboratorio que aseguren la mejor calidad de la Obra en todas sus etapas, será responsable de la calidad de los servicios que preste, de la idoneidad del personal a su cargo y de velar que las obras se ejecuten con óptima calidad técnica y ambiental.

1.2.2 El Supervisor será responsable del control físico y verificación topográfica de la obra, de la

verificación y control de calidad de las Obras, realizando las pruebas de control requeridas. 1.2.3 El Supervisor será responsable de hacer cumplir las medidas de mitigación previstas para la

conservación del medio ambiente y en caso de incumplimiento, aplicar las penalidades a que hubiere lugar.

1.2.4 Vigilar que la señalización de tránsito cumpla con lo requerido por el PGRLM, las

autoridades de tránsito y el plan de seguridad vial presentado por el contratista. 1.2.5 Vigilar que el Contratista publique oportunamente los avisos sobre desvíos e instrucciones de

tránsito vehicular en los principales medios de comunicación, supervisar que el Contratista señale adecuadamente y oportunamente los desvíos de tránsito y coloque los carteles informativos de obra.

1.2.6 El Supervisor será responsable de la entrega de Valorizaciones, revisión de la Liquidación de

Obra y del Contrato en los plazos y condiciones fijados.

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1.2.7 Es responsabilidad del Supervisor controlar el cumplimiento de los Programas de Avance de

Obra y exigir al Contratista que adopte las medidas necesarias para lograr su cumplimiento. Asimismo, exigir al Contratista el fiel cumplimiento de las normas de seguridad e higiene

industrial y/o laboral. Inspeccionar y disponer las acciones en relación a los inmuebles aledaños y/o comprendidos en el área de influencia de obra, a fin de que no sean afectados. Adoptar las precauciones necesarias para evitar que el tránsito de las maquinarias o materiales inflamables entre otros aspectos, produzcan inconvenientes o daños en la propiedad de terceros.

1.2.8 Ejercer un control permanente sobre la vigencia de las Cartas Fianzas del Contratista,

comunicando al PGRLM los vencimientos con un mes de anticipación. 1.2.9 De ser el caso, el Supervisor deberá mantener un control permanente sobre los Adelantos por

Materiales otorgados al Contratista, lo que se reflejará tanto en las valorizaciones como en los ajustes de los montos de las Cartas Fianzas.

1.2.10 Es responsabilidad del Supervisor que la Amortización del Adelanto Directo otorgado al

Contratista se efectúe regularmente en las Valorizaciones Mensuales de la Obra, controlando que el Adelanto Directo sea amortizado totalmente, en las valorizaciones correspondientes, dentro del Plazo vigente de ejecución de la Obra.

1.2.11 En el caso de que la obra requiera de Obras Adicionales, el Supervisor debe preparar el

correspondiente Expediente Técnico, incluyendo Planos, Especificaciones y Presupuesto, que justifique dicho adicional y presentarlo al PGRLM en la forma que establece la Directiva Nº 012-2000-CG/OATJ "Autorización Previa a la Ejecución y Pago de Presupuesto Adicionales de Obra Pública " y sus modificatorias. La necesidad de ejecutar obras adicionales, debe ser prevista por el Supervisor o alertada por el Contratista, a fin que su ejecución se desarrolle en el calendario de ejecución de obra. Los Adicionales posibles de confeccionar deben formularse prioritariamente dentro del primer 50% del plazo de Contrato de Obra. Sólo se permitirán adicionales fuera del plazo indicado, por causas de fuerza mayor o aquellos debidamente justificados. Se presentarán los expedientes de trámite de los Presupuestos Adicionales, Presupuestos Deductivos y Ampliaciones de Plazo con su respectivo medio magnético en CD, con toda la información completa que sustente dichos expedientes en aras de que la Entidad pueda efectuar un control interno eficaz y proporcionar a futuras auditorías externas e internas la información correspondiente. Los Adicionales de Obra no implican necesariamente la extensión del plazo de obra, sino que se acelere el ritmo de trabajo de obra. Estos expedientes deben ser suscritos por el Jefe de la Supervisión y el Ejecutor de Obra. En caso que la Entidad se vea en la necesidad de incurrir en mayores gastos por incumplimiento de lo señalado en el primer párrafo, estos serán de cargo del Supervisor de Obra, descontándose de sus honorarios. El Supervisor de Obra no tendrá derecho a retribución de sus servicios que tengan por origen de lo señalado en este numeral.

1.2.12 Por ningún motivo el Supervisor valorizará Obra Adicional en la planilla de Obra Contratada.

1.2.13 El Supervisor no tendrá autoridad para exonerar al Contratista de ninguna de sus obligaciones

contractuales, ni de ordenar ningún trabajo adicional o variación de obra que de alguna manera involucre ampliación de plazo o cualquier pago extra, a no ser que medie autorización escrita y previa del PGRLM, salvo situaciones de emergencia que pongan en peligro la vida, salud o seguridad de las personas. Sin embargo el Supervisor deberá notificar al PGRLM cuándo, a su juicio, es aplicable el Caso Fortuito o Causa de Fuerza Mayor y por lo tanto, comenzaría a correr la suspensión del plazo.

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1.2.14 Las sanciones por incumplimiento que se aplican al SUPERVISOR comprenden, no solamente

las establecidas en estos Términos de Referencia y en el Contrato, sino además las que conforme a Ley le corresponden.

1.2.15 El Supervisor, dentro de los alcances del rol contractual que le ha correspondido desempeñar,

será legalmente responsable por el período de siete (7) años, a partir de la finalización de sus servicios.

1.2.16 En el caso de Empresas Asociadas, éstas son solidariamente responsables frente al PGRLM. 1.2.17 EL SUPERVISOR es responsable de la verificación y control de las obras para que se ejecuten

con la calidad técnica y ambiental de construcción requerida. 1.2.18 EL SUPERVISOR no podrá transferir parcial o totalmente los servicios objeto de este Contrato. 1.2.19 EL SUPERVISOR mantendrá actualizados el Archivo y Registro de toda la información técnico -

administrativa y financiero relacionadas con las obras motivo de la supervisión. Asimismo, irá verificando progresivamente los metrados definitivos de obra ejecutada e ir practicando progresivamente la Liquidación de Obra.

1.2.20 Al finalizar los trabajos materia de este Contrato, EL SUPERVISOR entregará el archivo

documentado elaborado. Presentando previamente a la Recepción de Obra, un Informe Situacional de Obra y de Supervisión, incluyendo las mediciones para el control de calidad, resumen o análisis estadístico de los ensayos de control de calidad, resumen de valorizaciones, los metrados finales de obra, planos generales y de secciones típicas, que reflejen fielmente el estado final de la obra, así como el resumen del Estado Económico de la Obra.

1.2.21 Respecto a la documentación obrante en su poder relacionada con la obra, EL SUPERVISOR se

compromete en forma irrevocable a no disponer ni hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los de la obra, ni después de la Recepción de la misma, sin que medie autorización expresa otorgada por el PGRLM.

2.0 PROCEDIMIENTO DE CONTROL 2.1 El Supervisor adoptará los procedimientos necesarios para realizar un efectivo control técnico,

ambiental, económico, administrativo y legal de las actividades del Contratista, relacionadas con la ejecución del Proyecto.

2.2 En su Propuesta Técnica, el Consultor, con conocimiento del Expediente Técnico,

programación y calendario propondrá las pruebas y ensayos complementarios que juzgue necesarios, sin que ello impida la adopción de nuevas pruebas, según el desarrollo de la construcción.

2.3 El Supervisor analizará y evaluará las muestras en el laboratorio de suelos y materiales de su

propiedad o podrá encomendar los ensayos y pruebas a terceros. Para la ejecución de ensayos no rutinarios, los laboratorios deberán contar con la aprobación del PGRLM y el Supervisor realizará las gestiones y pagos pertinentes para este fin. En cualquier caso, el Supervisor será el responsable de la exactitud y confiabilidad de los resultados.

2.4 El Supervisor propondrá al PGRLM, para su aprobación, los formatos que se usarán para el

Control de las Obras. 2.5 La verificación y el control de calidad de la Obra se efectuará de acuerdo a lo indicado en las

Especificaciones Técnicas Generales para Construcción de Carreteras del MTC, última versión (EG-2000), en las Especificaciones Técnicas del Expediente Técnico y cuando no estuviese especificado, se regirá por las normas AASHTO.

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2.6 En los casos en que no se cumplan las condiciones solicitadas en las Especificaciones Técnicas y Ambientales, la Supervisión definirá los trabajos necesarios a efectuar para llegar a resultados óptimos, siendo estos trabajos por cuenta del Contratista, no correspondiéndole pago, reintegro o compensación alguna por dichos trabajos, toda vez que el Contratista está en la obligación de terminar correctamente todos los trabajos materia de su contrato. Sin embargo, el Supervisor no se eximirá de la responsabilidad de estos resultados, por lo que se

hará acreedor de la sanción indicada en el numeral 10.1 de los Términos de Referencia, en consideración a que entre el Supervisor y el Contratista debe haber una conjunción de esfuerzos eficientes orientados a que las obras sean ejecutadas de acuerdo a los Diseños y Especificaciones aprobados en el Expediente Técnico, velando por la calidad de obra.

2.7 Informe Técnico para la Recepción de Obra La Supervisión de Obra está obligada a realizar los controles antes mencionados y descritos

según lo indicado en el numeral 2.5. Deberá elaborar un Informe Técnico que señale la metodología empleada en los ensayos realizados, sus correcciones, resultados, recomendaciones y conclusiones.

El Informe incluirá el análisis y/o resultado estadístico de los ensayos en subrasante y de cada

capa del pavimento, incluido el control de calidad y un juicio sobre la capacidad estructural del pavimento terminado; además incluirá el control de calidad en las obras de arte en general, comparando con los parámetros o requisitos exigidos en las Especificaciones Técnicas. Además, deberá incluir el reporte sobre las actividades de protección y recuperación ambiental adoptadas y un juicio crítico sobre el fiel cumplimiento de lo especificado en los documentos ambientales contractuales y de ser el caso en los planes de instalación y recuperación ambiental propuestos por el contratista.

El Informe Técnico será presentado al PGRLM y se incluirá en el Informe de Situación de la

Obra, que presenta el Supervisor anticipadamente a la Comisión de Recepción y será requisito indispensable para la Recepción de la Obra.

En el Informe de Situación que presenta el Supervisor para la Recepción de la Obra, se

incluirán los datos de la vía asfaltada, para la aplicación del programa HDM-ADM. La vía asfaltada se podrá dividir en sectores homogéneos, cuya estructura de pavimento o refuerzo colocado sea similar.

3.0 RECURSOS HUMANOS Y FISICOS QUE PROPORCIONARA EL SUPERVISOR 3.1 El Supervisor deberá contar con la organización necesaria para cumplir eficientemente las

obligaciones descritas en los presentes Términos de Referencia y en su Propuesta Técnica. 3.2 El Supervisor proporcionará y dispondrá adecuadamente de una organización de

profesionales, técnicos, administrativos y personal de apoyo, los cuales contarán con todas las instalaciones necesarias, así como los medios de transporte y comunicación para cumplir eficientemente sus obligaciones.

3.3 Los profesionales y técnicos que conformen el equipo del Supervisor, deberán acreditar los

títulos profesionales correspondientes y ofrecer pruebas documentadas de la experiencia necesaria para los cargos que desempeñarán en el Proyecto. Podrán presentarse copias simples de los documentos requeridos.

El Postor que obtenga la Buena Pro, deberá presentar a la firma del Contrato la habilidad para

el ejercicio profesional en el caso de profesionales peruanos, mediante los Certificados otorgados por el Colegio de Ingenieros del Perú y/o Colegios Profesionales del Perú correspondiente.

3.4 EL SUPERVISOR, a través del Jefe de la Supervisión con residencia permanente en la obra,

actuará como representante del PGRLM ante EL CONTRATISTA, y en tal sentido, cumplirá las siguientes funciones:

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3.4.1 Velar por el estricto cumplimiento de las Especificaciones Técnicas y demás

documentos contractuales durante la ejecución de la Obra, tomando oportunamente las decisiones pertinentes de acuerdo a los dispositivos reglamentarios vigentes.

3.4.2 Atender, en plazo razonable, todos los informes solicitados por el PGRLM. 3.4.3 Atender a los funcionarios del PGRLM y del Sistema Nacional de Control que visiten la

obra en lo que respecta a informes y documentación que soliciten. 3.5 Todo el personal asignado al Proyecto, deberá ser con carácter de dedicación exclusiva por el

tiempo y en la oportunidad señalada en la Propuesta Técnica. 3.6 El personal técnico - administrativo del Consultor que trabaje para el Proyecto, será

específicamente indicado. Debiendo considerarse el eventual trabajo en días domingos, festivos y jornadas nocturnas, cuando así lo requiera el Proyecto, sin que esto signifique costo adicional al pactado en el Contrato para el PGRLM.

3.7 Para la prestación de los servicios de Supervisión y Control de las Obras, EL SUPERVISOR

utilizará el personal profesional calificado especificado en su Propuesta Técnica. Para los cambios de personal profesional solicitados por El Supervisor, que tengan como origen causas de Fuerza Mayor o Caso Fortuito debidamente comprobadas. EL SUPERVISOR deberá proponer al PGRLM inmediatamente de producida la razón de fuerza mayor, el cambio de personal a fin de obtener la aprobación correspondiente. Los cambios de personal profesional solicitados por El Supervisor, que no tengan origen en causas de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, y que sean aprobados por el PGRLM, para los efectos de valorizaciones de la participación de los nuevos profesionales aceptados, las tarifas pactadas para estos se reducirán en 20% hasta el último servicio. Para este efecto El Supervisor debe proponer al PGRLM con diez (10) días hábiles de anticipación el cambio de personal a fin de obtener la aprobación correspondiente. Los cambios de personal profesional del Supervisor por pedido expreso del PGRLM, que tengan origen un desempeño deficiente, negligente o insuficiente del profesional en el cumplimiento de sus obligaciones, darán lugar a la reducción de las valorizaciones establecidas en el punto anterior. En todos los casos, el nuevo personal profesional propuesto para la prestación del servicio deberá reunir similar o mejor calificación que el profesional ofertado inicialmente. Cualquier solicitud en este sentido será debidamente justificada y los cambios que resulten no irrogarán gastos adicionales al PGRLM, ni conllevará la modificación del precio del Contrato.

3.8 En el caso que EL SUPERVISOR efectúe cambios del personal profesional propuesto sin

autorización del PGRLM, éste puede dar por resuelto el Contrato sin perjuicio de la penalidad que por este hecho se establece en el Contrato y ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato a favor del PGRLM.

3.9 EL SUPERVISOR obtendrá todos los seguros necesarios para su personal, según la Legislación

Nacional aplicable, debiendo mantener la vigencia de dichos seguros en su capacidad total, hasta que los servicios pactados hayan culminado y cuenten con la aceptación del PGRLM. Las pólizas así como sus correspondientes recibos de pago de primas, estarán a disposición del PGRLM quien podrá solicitarlas en cualquier momento para su verificación. El incumplimiento de esta obligación será causal de no pago de la valorización hasta que no se presente los recibos de pago de primas. La demora en el pago no generará intereses ni daños al PGRLM.

3.10 EL SUPERVISOR está facultado para seleccionar al personal auxiliar técnico- administrativo

necesario para el mejor cumplimiento de los servicios, reservándose el PGRLM el derecho a rechazar al personal que a su juicio no reuniera requisitos de idoneidad, competencia y honestidad.

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3.11 EL SUPERVISOR dará por terminados los servicios de cualquier trabajador de la Supervisión

cuyo trabajo o comportamiento no sean satisfactorios para el PGRLM. Inmediatamente EL SUPERVISOR propondrá al PGRLM el cambio de personal a fin de obtener la aprobación del mencionado cambio.

Los costos adicionales que demanden la obtención de los reemplazos necesarios, tales como

pasajes, viáticos, gastos de traslado, etc., serán responsabilidad de EL SUPERVISOR. 3.12 El Supervisor con relación al Contratista, se considerará como representante del PGRLM. 3.13 El PGRLM podrá solicitar cambios del personal del Supervisor en cualquier momento, cuando

considere conveniente en beneficio del Proyecto. 3.14 El personal del Supervisor deberá observar en todo momento las normas de seguridad

vigentes en la obra, debiendo todo el personal estar provistos de cascos, chalecos, botas, guantes, lentes de seguridad, etc.

3.15 El Supervisor deberá poner a disposición de la obra su propio equipo de topografía,

laboratorio, vehículos y equipos de comunicaciones. 3.16 El personal profesional mínimo que EL SUPERVISOR dispondrá en obra es el siguiente:

N° CARGO PROFESIÓN

1 Jefe de Supervisión Ing. Civil con experiencia como Jefe de Supervisión en obras de infraestructura vial

1 Especialista en Asfalto Ing. Civil con experiencia en la especialidad en obras de infraestructura vial

1 Especialista de Metrados y Valorizaciones

Ing. Civil con experiencia en la especialidad

1 Especialista de Suelos y Pavimentos

Ing. Civil con experiencia en la especialidad

1 Especialista en Saneamiento Básico

Ing. Sanitario con experiencia en la especialidad

4.0 RECURSOS QUE PROPORCIONARA LA ENTIDAD

El PGRLM proporcionará apoyo al Supervisor en las coordinaciones que realice éste con otros sectores, para la ejecución de la obra.

5.0 DOCUMENTACION Y CONTENIDO DE LA INFORMACION QUE DEBERA PRESENTAR

EL CONSULTOR COMO RESULTADO DE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS El Supervisor deberá presentar al PGRLM la siguiente documentación, como resultado de la

prestación de sus Servicios: 5.1 INFORME INICIAL, el que deberá ser entregado a los 30 días de iniciado el Servicio.

5.1.1 Incluirá el Informe de Revisión y Actualización del Expediente Técnico de Obra; formulando las conclusiones, recomendaciones, y de ser posible, las complementaciones y/o modificaciones, indicando los adicionales y/o deductivos que podrían presentarse dentro del período de ejecución.

5.2 VALORIZACIONES MENSUALES, por avances y reintegros del Contratista. 5.3 INFORMES MENSUALES, de las actividades Técnico - Ambientales - Económico -

Administrativo de las Obras, los cuales deberán ser entregados dentro de los 10 primeros días calendario del mes siguiente al que corresponde el informe, debiendo contener lo siguiente:

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a. PRIMER VOLUMEN (máximo 40 páginas)

a.1 Información General (05 páginas)

Debe contener lo siguiente:

- Ficha Resumen de Información Mensual:

Con datos referidos a la Obra, Licitación, Contrato, Contratista, montos del Presupuesto Base y Ofertado, Adelanto, Adicionales, Deductivos, monto Actual de Contrato; fechas de suscripción del Contrato, entrega del Adelanto, entrega del Terreno e inicio de Obra; Ampliaciones de Plazo, fecha de Finalización Actualizada; montos Valorizados del Contrato Principal y Adicionales; porcentajes de Avance Valorizado, Programado y Avance Físico ejecutado; situación de la Obra (normal, adelantada o atrasada). También se incluirán datos referidos a la Supervisión, Concurso, Contrato; montos de Propuesta Económica, Económica Negociada, Adicionales y Deductivos; fechas de suscripción del Contrato, entrega del Adelanto inicio de los Servicios; Ampliaciones de Plazo y fin de los Servicios; montos Valorizados del Contrato Principal y de Adicionales; porcentaje de Avance Valorizado. Además, se incluirán referencias de la coordinación del proyecto de parte del PGRLM, Contratista y Supervisión, con indicación de direcciones, teléfonos, fax, e-mail.

- Gráfico Resumen de Obra:

Se presentará en tamaño A-3 y contendrá un Gráfico de la vía a pavimentar, con indicación de ubicación de los campamentos de supervisión y obra, datos del Proyecto (longitud y principales características técnicas); pagos mes a mes del Contratista y Supervisión (obra principal y adicionales), porcentaje de avance valorizado; principales recursos utilizados (equipos, personal y materiales) por el Contratista y personal de la Supervisión.

a.2 Información de Obra (20 páginas)

Debe contener lo siguiente:

- Resumen del Trabajo Efectuado

En el mes y de las principales incidencias ocurridas: incluirá descripción ordenada de los trabajos efectuados en cada rubro de obra o partida genérica, dificultades y soluciones, juicio crítico sobre la actuación del Contratista en su conjunto y toda información que contribuya a que el PGRLM tenga un conocimiento cabal del estado de la obra.

- Estado de Avance Físico de la Obra

Incluirá una breve descripción de los métodos de construcción propuestos y/o ejecutados por el Contratista, incluidas las obras de mitigación, medidas de protección y recuperación ambiental de las áreas de apoyo a las obras y un registro de índices de seguridad y accidentes de obra; detalle gráfico del estado de avance físico de las partidas del proyecto; cálculo de avance físico equivalente en kilómetros; plan y frentes de trabajo, partidas a ejecutar en el mes siguiente.

- Estado de Avance Económico de la Obra

Incluirá los avances económicos por partidas, gastos generales, utilidad, adelantos y amortizaciones; cuadro y diagrama de barras de avance mensual y acumulado por rubros o partidas genéricas (incluido adicional y deductivo),

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comparación con el avance programado vigente; gráfico que muestre el avance real valorizado y el avance programado vigente (global).

- Estado Financiero de la Obra

Incluirá un cuadro resumen de pagos a cuenta al Contratista, un cuadro de adelantos concedidos al Contratista, relación de cartas fianzas vigentes, pronóstico del costo final de la obra.

- Recursos Utilizados por el Contratista

Incluirá el Organigrama del Contratista, relación del personal, del equipo y de los materiales utilizados en la obra y canteras.

a.3 Información de Supervisión (10 páginas)

Debe contener lo siguiente:

- Actividades Desarrolladas por el Supervisor

Incluirá una breve descripción de las actividades desarrolladas por el Supervisor, en cuanto al control técnico, control de calidad y control económico - financiero de la obra, dificultades y soluciones adoptadas; Informe de las actividades de Supervisión ambiental realizadas durante el mes; Plan y frentes de trabajo para el mes siguiente.

- Estado Financiero de la Supervisión

Incluirá cuadro resumen de pagos a cuenta efectuadas al Supervisor; Relación de cartas fianzas vigentes; Pronóstico del costo final de la Supervisión.

- Recursos Utilizados por el Supervisor

Incluirá el Organigrama del Supervisor; Relación del personal profesional, técnico y auxiliar; Relación de vehículos y equipos.

a.4 Panel fotográfico (05 páginas)

Debe contener fotografías del trabajo en ejecución y del trabajo terminado, de aquellas actividades y ocurrencias que revistan características especiales. Adicionalmente se adjuntará discos de vídeo, sistema DVD, que muestren el estado de avance de las Obras.

b. SEGUNDO VOLUMEN (Anexos)

b.1 Anexo de Control Ambiental

Incluirá Informe de protección y recuperación ambiental del entorno de la obra; Variación diaria de precipitación pluvial, determinación de la máxima, mínima y promedio del mes; Variación diaria de temperatura, determinación de la máxima, mínima y promedio del mes; resultados del monitoreo del aire y nivel de ruido; Otros factores ambientales y/o naturales que afecten el desarrollo normal de la obra.

b.2 Anexo de Inspección y Control de Calidad

Incluirá Certificado de calidad de los materiales según lo requerido en las Especificaciones Técnicas de obra; Ensayos y pruebas de laboratorio, indicando ubicación, fecha en que fueron realizados, resultados y análisis estadístico, comparando resultados con los índices admisibles. En caso que los resultados no

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cumplieran con lo requerido por las Especificaciones Técnicas se deberá indicar las medidas correctivas y responsabilidades si las hubiere.

b.3 Anexo del Cuaderno de Obra

Incluirá las copias del Cuaderno de Obra, anotaciones efectuadas en el mes correspondiente al informe, resaltando las anotaciones que se consideren más importantes; relación que incluya la numeración de las anotaciones y hojas del cuaderno de obra entregadas en informes mensuales anteriores.

b.4 Anexo Resumen de las principales comunicaciones recibidas o emitidas por la Supervisión

Incluirá comunicaciones recibidas del PGRLM, del Contratista y de Terceros, así como también incluirá comunicaciones emitidas al PGRLM, al Contratista y a Terceros.

b.5 Anexo Información Miscelánea

Toda aquélla que tenga relación con el desarrollo de la obra. 5.4 INFORMES ESPECIALES: Deberán ser presentados dentro del plazo de tres días hábiles,

pudiéndose ser:

5.4.1 Informes solicitados por el PGRLM dentro del plazo antes indicado. Si el Informe Especial amerita un plazo mayor, por razones justificadas, el PGRLM establecerá el nuevo plazo de presentación del Informe.

5.4.2 Informe de oficio sin que lo pida el PGRLM, cuando se trate de asuntos que requieran

decisión o resolución del PGRLM promoviendo un Expediente Administrativo; o se trate de hacer conocer al PGRLM importantes acciones administrativas que haya tomado en el ejercicio de sus atribuciones y que serán cursadas dentro del término de la distancia.

En los Informes Mensuales, que tienen carácter de reporte, se hará un recuento de la acción tomada.

5.4.3 El Supervisor presentará el Informe de Situación de Obra para la Recepción de la

Obra, tal como se indica y exige en los numerales 1.1.3.3 y 2.7 de los Términos de Referencia.

5.5 INFORME FINAL

5.5.1 Incluirá la Medición Final de la Obra, distinguiendo los trabajos ejecutados por el Sistema Genérico de Precios Unitarios y, de ser el caso, los ejecutados excepcionalmente por el Sistema de Administración Controlada. El resumen de rendimientos unitarios de los equipos y partidas, el análisis de los rendimientos de los equipos utilizados en obra según su antigüedad, el desagregado del costo de operación de los mismos.

5.5.2 Revisión y conformidad a la Memoria Valorizada y Planos Post-Construcción

(“Conforme de Obra”) presentados por el Contratista. El informe final incluirá el registro de las medidas y obras de protección y recuperación ambiental.

5.5.3 El Informe Final incluirá, además:

- Un Estudio de Tránsito Post – Obra, el cual deberá considerar las cargas, presión de llantas, cálculo de los ejes equivalentes (EE) y número de repeticiones y de velocidades.

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- El Estudio de Control del Pavimento Terminado (Evaluación deflectométrica y de rugosidad).

5.5.4 El Informe Final incluirá las recomendaciones para la conservación de las obras de la

vía asfaltada.

5.5.5 El Informe Final incluirá un disco de video (DVD), editada profesionalmente, en la cual se muestre todo el proceso constructivo desde el inicio hasta la finalización de la obra.

5.6 LIQUIDACIÓN DE OBRA Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATOS

El Supervisor presentará al PGRLM, para su aprobación, el Informe de Revisión y Conformidad de la Liquidación de la Obra supervisada, presentada por el Contratista. Asimismo, efectuará y presentará la Liquidación de su Contrato. En caso de que el Contratista no presente la Liquidación de Obra, el Supervisor la elaborará y presentará al PGRLM.

6.0 INFORMACION QUE PROPORCIONARA LA ENTIDAD El PGRLM proporcionará al Supervisor toda la información necesaria disponible con relación al

Proyecto. 7.0 FACULTADES DEL SUPERVISOR 7.1 El Supervisor tendrá la obligación y el deber de hacer cumplir las Especificaciones Técnicas de

Construcción, para lo que dictará las medidas adecuadas en el momento oportuno exigiendo su cumplimiento al Contratista. Asimismo, le aplicará las multas y retenciones por incumplimiento de las disposiciones precisadas en los Documentos del Contrato de Obra.

7.2 El Supervisor no podrá dictar ninguna orden que sobrepase las atribuciones que se señalan

en las Bases, Términos de Referencia y Contrato, debiendo en caso de eventualidades inevitables justificadas, bajo responsabilidad, recabar autorización expresa del PGRLM.

7.3 Poderes de Excepción del Supervisor. No obstante lo anterior, sí durante el proceso de construcción se produjeran contingencias que

pudieran poner en peligro la vida de personas, o la propiedad pública o privada, o que amenacen causar u ocasionen interrupciones en el tránsito vehicular comercial por la obra en ejecución, el Supervisor por excepción, podrá disponer las medidas que tiendan a mitigar y/o superar dichas situaciones, debiendo dar cuenta al PGRLM en el más breve plazo.

8.0 CONDICIONES GENERALES 8.1 La provisión de oficinas, mobiliario, transporte, equipo, sistema de comunicación, copiado,

informática, topografía y laboratorio que requiera el Supervisor para la Obra, será responsabilidad de éste.

8.2 Toda información empleada o preparada durante el desarrollo del Proyecto es de carácter

reservada y no podrá ser entregado a terceros sin el previo consentimiento escrito del PGRLM. 8.3 El Supervisor podrá ser llamado en cualquier momento por el PGRLM para informar o asesorar

en asuntos concernientes al Proyecto. 8.4 El Supervisor deberá absolver las consultas del Contratista con conocimiento del PGRLM en

todas las actividades relacionadas al Proyecto. 8.5 El Supervisor efectuará una revisión de las Especificaciones Especiales y Ambientales de

Construcción, para verificar si estas cubren todos los aspectos especiales de diseño y protección ambiental. En caso contrario, el Supervisor está obligado a informar al PGRLM y recomendar las modificaciones y/o correcciones necesarias.

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8.6 El Supervisor hará una revisión de la suficiencia de los diseños considerados para la protección de la obra. En los casos que resulten necesarios, el Supervisor recomendará y complementará la modificación de los diseños considerados.

8.7 El Supervisor revisará y evaluará las pruebas y ensayos de materiales realizados por el

Contratista. Tanto el Supervisor como el Contratista utilizarán sus propios Laboratorios, quedando terminantemente prohibido que el Supervisor utilice el Laboratorio del Contratista y/o que los ensayos los haga en forma conjunta.

8.8 El Supervisor obtendrá todos los seguros necesarios para su personal, según la Legislación

Nacional aplicable, debiendo mantener la vigencia de dichos seguros en su capacidad total, durante el período de tiempo del Contrato de Supervisión y posibles ampliaciones del plazo.

8.9 El Supervisor, al término de la Obra, deberá entregar al PGRLM todo el acervo documentario

Técnico y Administrativo de la Obra, conjuntamente con la Liquidación Final y Cuadernos de Obra. Esto no exime al Supervisor que pudiera ser requerido posteriormente para cualquier absolución de consultas en relación con la Obra.

8.10 El PGRLM controlará la labor de EL SUPERVISOR a través del Administrador de Contrato y

funcionarios designados expresamente para cumplir tales funciones. 8.11 El Supervisor deberá prestar todas las facilidades a los funcionarios del PGRLM para la revisión

del Avance de las Obras bajo su supervisión y proporcionará la información que sea requerida. 8.12 El Supervisor estará sujeto a fiscalización por los funcionarios que designe el PGRLM quienes

verificarán la permanencia en la Obra del personal del Supervisor asignado al Proyecto; así como de la totalidad de los equipos de laboratorio, topografía y otros incluidos en su Contrato, y a la efectiva utilización de los vehículos sujetos a pago. Los Informes Mensuales de estos funcionarios respaldarán el pago de las Valorizaciones Mensuales del Supervisor.

9.0 PENALIDADES 9.1 En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato cuyos

plazos están establecidos en los documentos contractuales, la Entidad le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso de conformidad con lo establecido en el Sub-Capítulo IV Incumplimiento del Contrato, Artículo 222.- Penalidad por mora en la ejecución de la prestación, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.

10.0 OTRAS PENALIDADES 10.1 Se aplicará una penalidad del 1/10,000 del monto del Contrato por incumplir las obligaciones

contractuales cuyos plazos de presentación no están determinados en los términos de referencia.

10.2 Si el Supervisor no tramitara oportunamente o remitiera en forma defectuosa o incompleta

valorizaciones de Obra (principal y/o adicionales) asumirá el pago del 100% de los intereses que el Contratista reclame como consecuencia de no haberse cancelado oportunamente sus valorizaciones.

10.3 Si el PGRLM observara cualquier partida de una valorización, esta será absuelta y regularizada

en la Valorización siguiente, caso contrario se aplicará una penalidad del 1% del monto del Contrato.

10.4 Por no descontar el 100% del monto sobrevalorado en el mes siguiente al detectado, el

Supervisor asumirá el pago del 100% de los intereses que genere la sobre valorización. 10.5 Por no generar o elaborar los presupuestos adicionales debidamente sustentados y no

tramitarlos oportunamente al PGRLM, y que como consecuencia de ello se tenga que ampliar el plazo al Contratista, con reconocimiento de gastos generales, el Supervisor asumirá el pago del 100% de los gastos generales que le corresponda al Contratista, a la vez no se le

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reconocerá pago alguno por el tiempo correspondiente a la ampliación de plazo, así como cualquier otro costo generado como consecuencia de esa causa.

10.6 Las multas por todos los conceptos, serán aplicadas hasta un máximo equivalente al diez por

ciento (10%) del monto contractual. Si el Supervisor supera el porcentaje máximo indicado, se podrá resolver el Contrato; y será causal que le impedirá participar en otros concursos que convoque el PGRLM, además se comunicará al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado a fin que imponga la sanción administrativa de inhabilitación temporal o definitiva, según sea el caso, igualmente en este caso se ejecutará la carta fianza de fiel cumplimiento de contrato.

10.7 En caso el supervisor no contara con los recursos ofertados para el control de obra se le

aplicará una multa equivalente al 10 % de la Valorización del mes en el que se detecta la falta. 10.8 En caso la obra prolongue el plazo contratado injustificadamente, se podrá ejecutar la Carta

Fianza por Fiel Cumplimiento de Contrato, si es que se demuestra que el Supervisor no hizo los mayores esfuerzos (utilizar todos los medios administrativos, legales y técnicos a su alcance, incluyendo la participación directa de los directivos del Consultor) para que el Contratista avance al ritmo ofertado y otros que el supervisor disponga (Acelerado, etc.) y/o recupere tiempos perdidos.

11.0 INCENTIVOS. En caso la obra terminara satisfactoriamente antes del plazo contratado, el monto total del

Contrato de Supervisión no cambiará y será pagado íntegramente al término de los servicios, en el entendido que la obra se terminó antes del plazo como una conjunción de esfuerzos eficientes entre el Contratista y el Supervisor.

12.0 INSPECCION PREVIA 12.1 A efecto de preparar una oferta bien sustentada y estar en condiciones de desarrollar el

servicio en armonía con las normas de ingeniería, es indispensable que el Postor evalúe el Expediente Técnico de la obra a supervisar, los Términos de Referencia del Concurso y toda aquella información necesaria para interpretar claramente los alcances de los servicios.

12.2 No se requiere certificación expresa o documento alguno de haber visitado la obra; sin

embargo, es recomendable que el Postor efectúe una detenida inspección a la zona de trabajo. La presentación de la Propuesta implicará la tácita aceptación del Postor de no haber encontrado inconveniente alguno, tanto para la preparación de la oferta, como para la prestación del servicio dentro del plazo previsto.

13.0 DURACION DE LOS SERVICIOS Y MODALIDAD DE EJECUCION. La prestación de los servicios tendrá una duración de 135 días calendarios, incluyendo el

período de Revisión del Proyecto y la Liquidación Final, contados a partir de la fecha en que se expida la orden de inicio por parte del PGRLM.

El servicio será brindado como sigue:

- Etapa de Revisión del Estudio Definitivo 15 días calendarios - Etapa de Supervisión de Obra 90 días calendarios - Recepción y Liquidación de Contratos 30 días calendarios El sistema o procedimiento para la contratación del servicio es el de Suma Alzada.

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14.0 ASPECTOS ECONOMICOS 14.1 En el “Anexo 13”, se adjunta el formato que contiene la estructura básica del Presupuesto

para los servicios materia del proceso. El Postor podrá adaptarlo de acuerdo a su plan de trabajo y detallará en forma analítica, separando las diferentes actividades y conceptos de gasto. Se señalarán los honorarios del personal que participará en el servicio. En consecuencia, la estructura es referencial, pudiendo los Postores adecuarla o completarla al formular su Propuesta. El Postor dentro, de su Propuesta Económica, debe considerar todos los costos necesarios que demande el cumplimiento de los trabajos y requisitos exigidos por los Términos de Referencia.

14.2 Tratándose este proceso convocado bajo el sistema a suma alzada, el ganador de la Buena

Pro para la suscripción del contrato, deberá adjuntar el detalle de precios unitarios y la estructura de costos de su propuesta económica.

14.3 La Propuesta Económica presentada, se podrá incrementar o disminuir en función de los

servicios realmente prestados y requeridos, o por causales debidamente justificadas, previo acuerdo entre las partes y debidamente autorizadas por escrito por el PGRLM.

14.4 El monto de los servicios será cancelado como sigue:

- A la aprobación del Informe de Revisión del Proyecto. - Por la valorización mensual que corresponda, sobre la base de los servicios

efectivamente prestados en la Supervisión de la Obra y de conformidad con la Propuesta Técnica y Económica contratada.

Las valorizaciones de EL SUPERVISOR, serán respaldadas por la presentación oportuna de los informes mensuales correspondientes a los meses valorizados.

A la aprobación del Informe Final, Revisión de la Liquidación de Obra y Liquidación del

Contrato, dentro de los plazos establecidos en las Bases y el Contrato.

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REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS DEL PERSONAL PROPUESTO: ITEM DESCRIPCIÓN REQUISITOS MÍNIMOS

Personal Profesional 1 Jefe de Supervisión

(Ingeniero Civil) - Experiencia profesional mínima de 15 años

contados desde la fecha de colegiatura. - Participación mínima de 03 años como Jefe

de supervisión de la construcción, mantenimiento, rehabilitación o mejoramiento de obras en infraestructura vialcon asfalto en caliente.

2 Especialista en Asfalto (Ingeniero Civil)

- Experiencia profesional mínima de 08 años contados a partir de la fecha de colegiatura

- Participación mínima de 02 años en supervisiones de obras de infraestructura vial, como especialista en asfalto.

- 3 Especialista en metrados y

valorizaciones (Ingeniero Civil)

- Experiencia profesional mínima de 06 años contados desde la fecha de colegiatura.

- Participación mínima de 01 año en supervisiones de obras de infraestructura vial, como especialista en metrados y valorizaciones

4 Especialista de Suelos y Pavimentos

(Ingeniero Civil) - Experiencia profesional mínima de 08 años

contados desde la fecha de colegiatura - Participación mínima de 02 años en

supervisiones de obras de infraestructura vialcomo ingeniero o especialista en suelos y pavimentos

5 Especialista en Saneamiento Básico

(Ingeniero Sanitario) - Experiencia profesional mínima de 08 años

contados desde la fecha de colegiatura - Participación mínima de 02 años en

supervisiones de obras de infraestructura vialcomo ingeniero o especialista en suelos y pavimentos

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CAPITULO V

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PRIMERA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA

(Puntaje Máximo: 100 Puntos) Los Criterios de Evaluación de la Propuesta Técnica son:

Factores de Evaluación Ptje. Parc.

Ptje. Min.

Ptje. Máx.

1. FACTORES REFERIDOS AL POSTOR

- 30

a. Experiencia en la Actividad de Consultoría de Obras 5

b. Experiencia en la Especialidad de Servicios de Supervisión de Obras Similares 25

2. FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO

- 40

- Ingeniero Jefe de Supervisión 20

- Experiencia en la especialidad

- Ingeniero en asfalto 5

- Experiencia en la especialidad

- Ingeniero Especialista en Metrados y Valorizaciones 5

- Experiencia en la especialidad

- Ingeniero en Suelos y Pavimentos 5

- Experiencia en la especialidad - Ingeniero Especialista en Saneamiento Básico - Experiencia en la Especialidad

5

3. FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA

- 30

- Conocimiento del Proyecto e identificación de facilidades, dificultades y propuestas de solución

14

- Enriquecimiento de los Términos de Referencia 5

- Descripción de la Metodología y Plan para ejecutar el servicio

5

- Programación de la prestación del servicio 5

- Equipamiento, infraestructura, recursos y software 1

TOTAL 80 100

En cumplimiento al Artículo 72º del Reglamento, el puntaje mínimo para acceder a la evaluación de la propuesta económica es de 80 puntos.

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1.0 CRITERIOS DE EVALUACION DE LA PROPUESTA TÉCNICA 1.1 Factores Referidos al Postor: (30 puntos)

A fin de acreditar la experiencia del postor, deberá presentarse copia simple de los contratos y su respectiva conformidad de prestación del servicio. Asimismo, serán considerados válidos para acreditar la experiencia, todos los contratos de consultoría de obras concluidos durante el período de tiempo comprendido entre la fecha de presentación de la propuesta y los veinticinco (25) años anteriores a dicha fecha, independientemente de la fecha de inicio del servicio, considerándose, a efectos de otorgar el puntaje correspondiente, el íntegro del monto de dichos contratos. La calificación se efectuará sobre servicios concluidos, no aceptándose recepciones o servicios parciales. De presentar propuestas en consorcio y a efectos de acreditar su experiencia, todos los integrantes del consorcio podrán presentar contratos en los que hayan participado individualmente, en cuyo caso se tomará en cuenta el íntegro del monto de dichos contratos. Sin embargo, cuando algún integrante del consorcio presente un contrato en el que a su vez haya participado consorciado, sólo se tomará en cuenta el monto correspondiente al porcentaje de participación que tuvo éste en el consorcio que ejecutó el contrato presentado. El porcentaje de participación dentro de un consorcio sólo se acreditará mediante la copia del documento de constitución del Consorcio.

a. Experiencia en la Actividad de consultoría (Máx. 5 puntos)

Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el Postor, actualizado al mes de Julio 2008, durante los últimos veinticinco (25) años a la fecha de presentación de propuestas, para lo cual presentará hasta un máximo de cinco (5) contratos de ejecución de servicios concluidos de consultoría de obras en general concluidos, con su respectiva conformidad de prestación de servicio. Se considerará para efectos de la evaluación, los montos finales de los servicios presentados; en ese sentido, de no estar indicado dicho monto en la conformidad de servicios, el Postor podrá presentar otro documento oficial emitido por la Entidad contratante, donde figure dicho monto. Asimismo, para la actualización de los montos presentados, ésta deberá realizarse desde la fecha de culminación del servicio hasta el mes de Julio 2008. Igualmente, de no estar indicada dicha fecha o el monto en la conformidad de prestación de servicios, el Postor podrá presentar otro documento oficial emitido por la Entidad contratante, donde figure dicha fecha o dicho monto. Se entiende como experiencias en consultoría de obras en general, a los Estudios Definitivos o Supervisiones de obras de infraestructura, de conformidad a la definición contenida en el numeral 12 del Anexo I del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Los Proyectos de diseño de ingeniería y preparación de documentos a nivel de licitación y contratación de obra, que incluyan los expedientes técnicos para la contratación de las obras, también serán considerados para la evaluación de la Experiencia en la Actividad del Postor. La asignación de puntaje será la siguiente: a) Por un monto acumulado igual o superior a 5 veces al valor referencial (S/. 1’678,210.00 Nuevos Soles): 5 Puntos b) Por un monto acumulado igual o inferior al valor referencial (S/. 335,642.00 Nuevos Soles): 0 Puntos Para montos intermedios, se calculará el puntaje por interpolación lineal.

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b. Experiencia en la Especialidad de Supervisión (Max. 25 puntos)

Se calificará el monto facturado acumulado por el Postor, actualizado al mes de Julio 2008, durante los últimos veinticinco (25) años a la fecha de presentación de propuestas, para lo cual presentará hasta un máximo de cinco (5) contratos de ejecución de servicios concluidos de consultoría de obras similares concluidas, con su respectiva conformidad de prestación de servicio.

Se considerará para efectos de la evaluación, los montos finales de los servicios presentados. En ese sentido, de no estar indicado dicho monto en la conformidad de servicios, el postor podrá presentar otro documento oficial emitido por la Entidad contratante, donde figure dicho monto.

Asimismo, para la actualización de los montos presentados, ésta deberá realizarse desde la fecha de culminación del servicio hasta el mes de Julio 2008. Igualmente, de no estar indicada dicha fecha o dicho monto en el certificado o constancia de prestación de servicios, el Postor podrá presentar otro documento oficial emitido por la Entidad contratante, donde figure dicha fecha o dicho monto.

Se entiende como experiencias en consultoría de obras similares, a las supervisiones de obras de construcción, mantenimiento, mejoramiento o rehabilitación de infraestructura vial (carreteras, aeropuertos, puentes) a nivel de asfaltado (Asfalto en caliente, Asfalto en frío o Tratamiento superficial bicapa)

La asignación de puntaje será la siguiente:

a) Por un monto acumulado igual o superior a 5 veces el valor referencial

(S/. 1’678,210.00 Nuevos Soles): 25 Puntos

b) Por un Monto acumulado igual o inferior al valor referencial (S/. 335,642.00 Nuevos Soles): 0 Puntos

Para montos intermedios, se calculará el puntaje por interpolación lineal

1.2 Factores Referidos al Personal Propuesto (40 puntos)

El Postor deberá proporcionar la nómina de su personal, según se indica en el ANEXO Nº 7, en

el cual se indicará también el tiempo de participación de dicho personal, como fracción del tiempo de duración del servicio. El Postor deberá presentar el Currículum Vitae del Jefe de Supervisión y del Personal Profesional de Especialistas, de acuerdo al ANEXO Nº 10. Deberá adjuntar el sustento correspondiente a la información consignada en el Anexo. Si bien no existe impedimento legal que restrinja la posibilidad de que quien se encuentre participando en un proceso de selección, como parte de un equipo o efectuando labores de supervisión en un contrato en ejecución, pueda participar en un proceso de selección, la naturaleza propia de la supervisión de obras exige que los especialistas propuestos se encuentren disponibles al momento de iniciarse la ejecución contractual. En otras palabras, una vez otorgada y consentida la Buena Pro, los Especialistas propuestos por el Postor ganador que se encuentren comprometidos en otros trabajos, estarían en la obligación de resolver o renunciar a dichos compromisos. Para acreditar que la experiencia de los profesionales propuestos corresponde a supervisiones de infraestructura vial (carreteras, aeropuertos, puentes a nivel de asfaltado), podrá presentarse cualquier otro documento oficial que cumpla con el fin de acreditar lo requerido, siempre que haya sido emitido o suscrito por la Entidad involucrada en el contrato que se pretende acreditar. En ese sentido, se aceptarán documentos complementarios al certificado que acrediten que la experiencia si corresponde a una infraestructura vial, tales como: Certificados y Constancias, Actas de Recepción de obras, Resoluciones Directorales que aprueben la Liquidación de la Supervisión o de la Obra u otro documento oficial emitido por la Entidad Contratante donde se especifique dicha característica. No se aceptará copia de Informes de supervisión y de obras.

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El personal propuesto puede participar con más de un Postor, sin ser esto motivo de descalificación para el Postor y profesional. Pero no puede presentarse en dos especialidades con el mismo participante o postor. Para efectos de evaluación, no se considerarán supervisiones ejecutadas en forma paralela o que se traslapen (El tiempo de traslape no se considerará en uno de los servicios presentados). Se podrán presentar y será motivo de calificación, aquellas experiencias recientes de los profesionales en donde haya culminado su participación en el mencionado proyecto o supervisión, considerando que la relación de los mencionados profesionales es con la firma consultora, mas no con la Entidad Contratante. Es decir, aún cuando la supervisión de la obra y la obra misma hayan sido terminadas en su totalidad y estén en proceso de liquidación. Se debe tener presente que existen obras que demoran hasta 2 ó 3 años en liquidarse, lo cual no debe ser perjudicial para los profesionales que intervinieron en su ejecución o supervisión. De acuerdo a lo establecido en el artículo 63º del RECAE, los requerimientos técnicos mínimos establecidos en los párrafos siguientes deben ser cumplidos y acreditados por el postor para que su propuesta sea admitida; en ese sentido si el profesional propuesto no cumple con estos requisitos, no se evaluará su experiencia en la especialidad

JEFE DE SUPERVISION (20 puntos)

a) Requerimientos técnicos mínimos: Experiencia profesional mínima de quince (15) años como Ingeniero Civil, contados a

partir de su colegiatura hasta la fecha de presentación de propuestas del presente proceso de selección, la misma que se acreditará con copia simple de su diploma que certifica su incorporación al Colegio de Ingenieros del Perú.

Experiencia en la especialidad con una participación mínima de 03 años como Jefe de la supervisión de la construcción, mantenimiento, rehabilitación o mejoramiento de obras de infraestructura vial (carreteras, aeropuertos, puentes a nivel de asfalto o tratamiento superficial bicapa).

b) Experiencia en la especialidad

Se calificarán las primeras cinco (5) constancias o certificados, consignados en el Anexo N° 10, que acrediten su experiencia como Jefe de Supervisión en obras de infraestructura vial (construcción, mejoramiento, rehabilitación o mantenimiento de carreteras, de puentes y/o de aeropuertos a nivel de asfalto o tratamiento superficial bicapa). Todas las constancias o certificados deberán indicar expresamente el periodo de prestación del servicio señalado por el postor; de no estar consignado dicho periodo, el documento no será tenido en cuenta para el cómputo de la experiencia de tiempo de trabajo efectivo en la especialidad. Estas constancias o certificados deben ser diferentes a las presentadas para cumplir los requerimientos técnicos mínimos La asignación de puntaje será la siguiente: a) Por un tiempo efectivo igual o superior a ocho (8) años : 20 Puntos b) Por un tiempo efectivo igual o inferior a tres (3) años : 0 Puntos Para tiempos intermedios, se calculará el puntaje por Interpolación lineal. El tiempo de experiencia requerido debe ser el resultado de la sumatoria de los períodos de tiempo de trabajo efectivo como jefe de supervisión que se acrediten mediante la presentación de las constancias o certificados de trabajo solicitados.

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ESPECIALISTAS (20 puntos)

a) Experiencia en la especialidad:

Se calificarán un máximo de cinco (5) constancias o certificados que acrediten su experiencia en la especialidad requerida en la supervisión de obras de construcción, mantenimiento, mejoramiento o rehabilitación de infraestructura vial (carreteras, puentes o aeropuertos a nivel de asfalto o tratamiento superficial bicapa). Asimismo, todas las constancias o certificados deberán indicar expresamente el período de cada Servicio consignado. Estas constancias o certificados deben ser diferentes a las presentadas para cumplir los requerimientos técnicos mínimos. El puntaje, por especialista, será como sigue:

INGENIERO ESPECIALISTA EN ASFALTO

a) Requerimientos técnicos mínimos: Experiencia profesional mínima de ocho (08) años como Ingeniero Civil, contados a partir de su colegiatura hasta la fecha de presentación de propuestas del presente proceso de selección, la misma que se acreditará con copia simple de su diploma que certifica su incorporación al Colegio de Ingenieros del Perú.. Experiencia en la especialidad con una participación mínima de 02 años en supervisiones de obras construcción, mantenimiento, rehabilitación o mejoramiento de obras de infraestructura vial (carreteras, aeropuertos, puentes a nivel de asfalto o tratamiento superficial bicapa), como ingeniero especialista de asfalto.

b) Experiencia en la especialidad La asignación de puntaje será la siguiente: Por un tiempo efectivo igual o superior a cinco (5) años : 5 Puntos

Por un tiempo efectivo igual o inferior a tres (2) años : 0 Puntos Para tiempos intermedios, se calculará el puntaje por Interpolación lineal.

Será valida su experiencia como Ingeniero Especialista de Asfalto en Supervisiones de obras de Infraestructura vial (carreteras, puentes y/o aeropuertos).

INGENIERO ESPECIALISTA EN METRADOS y VALORIZACIONES

a) Requerimientos técnicos mínimos:

Experiencia profesional mínima de seis (06) años como Ingeniero Civil, contados a partir de su colegiatura hasta la fecha de presentación de propuestas del presente proceso de selección, la misma que se acreditará con copia simple de su diploma que certifica su incorporación al Colegio de Ingenieros del Perú. Si el profesional propuesto no cumple con este requisito, no se evaluará su experiencia en la especialidad.

Experiencia en la especialidad con una participación mínima de 01 año en supervisiones de obras de infraestructura vial (carreteras, puentes o aeropuertos a nivel de asfalto o tratamiento superficial bicapa), como ingeniero especialista en metrados, costos y valorizaciones.

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b) Experiencia en la especialidad

La asignación de puntaje será la siguiente: Por un tiempo efectivo igual o superior a tres (3) años : 5 Puntos

Por un tiempo efectivo igual o inferior a un (1) año : 0 Puntos Para tiempos intermedios, se calculará el puntaje por Interpolación lineal.

Será válida su experiencia como Jefe en Metrados y Valorizaciones en la supervisión de carreteras, puentes o aeropuertos a nivel de asfalto, Ingeniero de Metrados y Valorizaciones o como Ingeniero de Costos y Presupuestos en Supervisiones de carreteras, puentes o aeropuertos a nivel de asfalto, en tal sentido, se considerará la experiencia acumulada en las dos especialidades indicadas (Metrados y Valorizaciones y Costos y Presupuesto) de manera individual o conjunta, siempre y cuando no sean paralelas ni se traslapen.

INGENIERO ESPECIALISTA EN SUELOS Y PAVIMENTOS

a) Requerimientos técnicos mínimos:

Experiencia profesional mínima de ocho (08) años como Ingeniero Civil, contados a partir de su colegiatura hasta la fecha de presentación de propuestas del presente proceso de selección, la misma que se acreditará con copia simple de su diploma que certifica su incorporación al Colegio de Ingenieros del Perú. Experiencia en la especialidad con una participación mínima de 02 años en supervisiones de obras construcción, mantenimiento, rehabilitación o mejoramiento de obras de infraestructura vial (carreteras, aeropuertos, puentes a nivel de asfalto o tratamiento superficial bicapa), como ingeniero especialista en suelos y pavimentos.

b) Experiencia en la especialidad

La asignación de puntaje será la siguiente: Por un tiempo efectivo igual o superior a cuatro (4) años : 5 Puntos

Por un tiempo efectivo igual o inferior a tres (2) años : 0 Puntos Para tiempos intermedios, se calculará el puntaje por Interpolación lineal.

Será válida su experiencia como ingeniero especialista en Suelos y Pavimentos en Supervisiones de carreteras, puentes y/o aeropuertos a nivel de asfalto, Jefe de área de Pavimentos en Supervisiones de carreteras, puentes y/o aeropuertos a nivel de asalto, en tal sentido, se considerará la experiencia de tiempo de trabajo efectivo en las dos especialidades de manera individual o conjunta, siempre y cuando no sean paralelas ni se traslapen.

INGENIERO ESPECIALISTA EN SANEAMIENTO BÁSICO

a) Requerimientos técnicos mínimos:

Experiencia profesional mínima de ocho (08) años como Ingeniero Sanitario, contados a partir de su colegiatura hasta la fecha de presentación de propuestas del presente proceso de selección, la misma que se acreditará con copia simple de su diploma que certifica su incorporación al Colegio de Ingenieros del Perú.

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Experiencia en la especialidad con una participación mínima de 02 años en supervisiones de obras de saneamiento básico o como ingeniero residente en ejecución de obras de saneamiento básico.

b) Experiencia en la especialidad

La asignación de puntaje será la siguiente: Por un tiempo efectivo igual o superior a cuatro (4) años : 5 Puntos

Por un tiempo efectivo igual o inferior a tres (2) años : 0 Puntos Para tiempos intermedios, se calculará el puntaje por Interpolación lineal.

Será válida su experiencia como ingeniero residente en ejecución y/o supervisión de obras de saneamiento básico. El tiempo de experiencia requerido para los Especialistas, debe ser el resultado de la sumatoria de los períodos de trabajo efectivo como Especialista, que se acrediten mediante la presentación de las constancias o certificados de trabajo solicitados. Se aclara que, de existir tiempos que presenten traslape, sólo será tomado en cuenta el tiempo en uno de los servicios.

1.3 FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El Postor, utilizando su capacidad de síntesis, desarrollará cada uno de los factores indicados en los literales a), b), c) y d) siguientes, en una extensión no mayor a 15 páginas. En cuanto al literal e), se deben incluir las páginas que resulten necesarias para sustentar la tenencia de los equipos y/o vehículos.

a) Conocimiento del proyecto e identificación de facilidades, dificultades y

propuestas de solución (14 puntos) Se otorgara puntaje al postor, en función al conocimiento que muestre respecto a los estudios e investigaciones previas, a su grado de identificación de las facilidades y dificultades en el desarrollo del servicio y a las medidas de solución que proponga. Se calificará de la siguiente manera: a) El Consultor que describa y analice lo señalado en el título del ítem, respecto a los seis (06)

tópicos principales del proyecto vial, tales como: 1. Zonas criticas 2. Seguridad vial 3. Calidad de pavimentos y señalización 4. Depósito de Materiales Excedentes (DME) 5. Impacto ambiental; y 6. Enfoque de la revisión del expediente técnico 14 puntos

b) El Consultor que describa y analice 4 o 5 tópicos 9 puntos c) El Consultor que describa y analice 2 o 3 tópicos 6 puntos d) El Consultor que describa y analice menos de 2 tópicos 0 puntos Se entenderá que un tópico está correctamente desarrollado, cuando se escriba en forma sucinta, se identifiquen las facilidades y dificultades, se analice y se plantee soluciones a la problemática de cada uno de los tópicos. b) Enriquecimiento de los Términos de Referencia (5 puntos)

Se otorgara puntaje al postor, en función a sus significativos aportes, mejoras, sugerencias y/o críticas a los términos de referencia consignados en las Bases. Se calificara de la siguiente manera:

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a) El Consultor que realice y formule 5 o más aportes y/o mejoras y/o sugerencias y/o criticas a los Términos de Referencia 5 puntos

b) El Consultor que realice y formule de 2, 3 ó 4 aportes y/o mejoras y/o sugerencias y/o críticas a los Términos de Referencia 3 puntos

c) El Consultor que realice y formule 1 aporte y/o mejora y/o sugerencia y/o crítica a los Términos de Referencia 1 punto

d) El Consultor que no realice ni formule ningún aporte a los Términos de Referencia 0 puntos Se consideraran como aportes, mejoras y/o sugerencias a los Términos de Referencia, a los planteamientos del postor que incluyan innovaciones tecnológicas de ser el caso, para el cumplimiento de sus obligaciones establecidas en los TR; permitiendo cubrir vacíos o prevean actividades no contempladas, que pudieran presentarse en el cumplimiento del servicio. La calificación de este acápite corresponde a la evaluación o análisis que el Consultor realice a los Términos de Referencia establecidos por la Entidad para el requerimiento de sus servicios, proponiendo métodos o acciones que permitan su mejora, efectuando comentarios, sugerencias, críticas o aportes a dichos Términos de Referencia. c) Descripción de la Metodología y Plan para ejecutar el servicio (5 puntos) Se otorgara puntaje al postor, en función a la metodología de trabajo que presente, que incluya los procedimientos a emplear y los sistemas de aseguramiento de calidad y de seguridad. Se calificara de la siguiente manera: a) El Consultor que desarrolle una metodología de trabajo, que le permita cumplir con las

exigencias de los términos de referencia, de tal forma que evidencie: 1) Los procedimientos de trabajo; 2) Los mecanismos de aseguramiento de calidad; 3) Los sistemas de control de los servicios prestados, y; 4) Los sistemas de seguridad industrial para los recursos empleados. 5 puntos

b) El Consultor que desarrolle una metodología, que evidencie el cumplimiento de 3 de los 4 mecanismos básicos de ejecución del servicio 3 puntos

c) El Consultor que desarrolle una metodología, que evidencie el cumplimiento de 1 ó 2 de los 4 mecanismos básicos de ejecución del servicio 1 punto

d) El Consultor cuya metodología no permita el cumplimiento de los términos de referencia o no evidencie el cumplimiento de los mecanismos básicos de ejecución del servicio 0 puntos

El Postor debe indicar en su Propuesta, los mecanismos que propone desarrollar, que le permitan asegurar la calidad del servicio ofertado, por lo que no necesariamente se refiere a la presentación de una certificación ISO. d) Programación de la Prestación del Servicio (5 puntos) Se otorgara puntaje al postor, en función a la programación secuencial que presente de todas las actividades, incluyendo los hitos de entrega, así como una programación de utilización de personal y equipos para todas las fases del servicio. Se calificara de la siguiente manera: a) El Consultor que presente el 100% de los cuadros de programación del servicio, coherentes con

el desarrollo y programación del proyecto, que permitan un control claro y oportuno de las actividades desarrolladas, tales como: 1) Relación de Actividades; 2) Utilización de recursos y personal; 3) Programación Gantt (Pert-CPM) de actividades, y; 4) Matriz de asignación de responsabilidades. 5 puntos

b) El Consultor que presente 3 de los cuatro cuadros desarrollados 3 puntos c) El Consultor que presente al menos 2 de los cuatro cuadros desarrollados 1 punto d) El Consultor que presente menos de 2 de los cuatro cuadros desarrollados 0 puntos

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e) Equipamiento, infraestructura, recursos y software (1 punto) Se otorgará puntaje al Postor en función a los equipos, software y/o vehículos puestos a disposición del servicio, distinta o adicional a aquellos que hubieran sido exigidos en las presentes Bases. El Postor sustentará la tenencia de los equipos y/o vehículos materia de calificación que se indican en los ítems e.1 y e.2, mediante copia simple de facturas y/o cartas de compromiso. Se calificará de la siguiente manera: e.1 Equipos para Control del Topografía (0.20 puntos) 1. Estación Total (1 unidad) a) El equipo deberá tener: 1) Una antigüedad no mayor de 5 años y 2) Certificado de

calibración no mayor de 6 meses, contados éstos a partir de la última calibración. Estos certificados de calibración pueden ser copias simples y deben ser expedidos por una firma especializada o entidad competente. Asimismo, 3) La precisión de la lectura angular deberá estar comprendida entre 3 y 5 segundos y 4) El alcance de la medida con 2 prismas deberá estar comprendida como mínimo entre 1500 y 2000 metros. 0.20 puntos

b) Equipo que incumpla uno de los requisitos antes indicados 0.10 puntos c) Equipo que incumpla 2 ó más requisitos antes indicado 0.00 puntos e.2 Equipos para Pavimentos (0.60 puntos) 1. Equipo Marshall para el control de calidad de la mezcla asfáltica (1 unidad) a) El equipo deberá tener: 1) Una antigüedad no mayor de 5 años y 2) Certificado de calibración

no mayor de 6 meses, contados éstos a partir de la última calibración. Estos certificados de calibración pueden ser copias simples y deben ser expedidos por una firma especializada o entidad competente. 0.20 puntos

b) Equipo que incumpla uno de los requisitos antes indicados 0.10 puntos c) Equipo que incumpla los requisitos antes indicados 0.00 puntos 2. Equipo de Compresión para el control de calidad de la mezcla de concreto con

cemento Portland (1 unidad) a) El equipo deberá tener: 1) Una antigüedad no mayor de 5 años y 2) Certificado de calibración

no mayor de 6 meses, contados éstos a partir de la última calibración. Los certificados de calibración pueden ser copias simples y deben ser expedidos por una firma especializada o entidad competente 0.20 puntos

b) Equipo que incumpla uno de los requisitos antes indicados 0.10 puntos c) Equipo que incumpla los requisitos antes indicado 0.00 puntos 3. Equipo de CBR para medir la capacidad portante de los materiales (Suelos y

canteras) ( 1 unidad) a) El equipo deberá tener: 1) Una antigüedad no mayor de 5 años y 2) Certificado de calibración

no mayor de 6 meses, contados éstos a partir de la última calibración Estos certificados de calibración pueden ser copias simples y deben ser expedidos por una firma especializada o entidad competente 0.20 puntos

b) Equipo que incumpla uno de los requisitos antes indicados 0.10 puntos c) Equipo que incumpla los requisitos antes indicados 0.00 puntos

e.3 Equipos para Movilización (0.10 puntos)

1. Camioneta doble tracción, doble cabina, de una antigüedad no mayor a 3 años (1 unidad)

a) El postor ofrece 1 camioneta que cumple con dichas características. 0.10 puntos

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b) El postor ofrece 1 camioneta que incumpla con dichas características 0.00 puntos

e.3 Equipos para Computo y Comunicaciones (0.10 puntos)

1. Equipos de Cómputo, Pentium IV, de una antigüedad no mayor a 2 años (2 unidades)

a) El postor ofrece 2 computadoras que cumplen dichas características. 0.10 puntos b) El postor ofrece 1 computadora que cumple dichas características 0.05 puntos c) El postor no ofrece ninguna computadora 0.00 puntos

En los casos de alquiler de equipos se deberá adjuntar la factura que acredita la propiedad del emisor del compromiso de alquiler. Nota: Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de Ochenta (80) puntos.

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FORMATO N° 01

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN DEL REPRESENTANTE Lima,………………………………………… Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 0001–2008-PGRLM/CE Presente.- ……………………………… (nombre y apellido del postor (persona natural) / Empresa y/o Consorcio), identificada con D.N.I. Nº (sólo persona natural), con RUC Nº ……………………………… tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con el Concurso Público N° 0001-2008-PGRLM/CE para la Contratación del Servicio de Consultoria para Supervisión de Obra “Mejoramiento de la Infraestructura para el Tránsito Vehicular en la Avenida José Granda, tramo Jirón Las Begonias - Avenida Universitaria, Provincia de Lima – Lima”, a fin de acreditar a nuestro representante: ……………………………. (Nombre del representante) identificado con DNI Nº ………………………………quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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FORMATO Nº 02

FORMULARIO DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

PROPONENTE: Consulta (u Observación) N° Referencia(s) de las Bases Sección: Numeral: Página: Consulta (u Observación): PROPONENTE: Consulta (u Observación) N° Referencia(s) de las Bases Sección: Numeral: Página: Consulta (u Observación):

…………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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ANEXO N.° 01

CARTA DE PRESENTACIÓN Y DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-2008-PGRLM/CE Presente.- Estimados Señores:

El que se suscribe, Representante Legal de.................., identificado con DNI Nº................., RUC Nº............., con poder inscrito en la localidad de................ en la Ficha Nº............ Asiento Nº..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad: Nombre o Razón Social Domicilio Legal RUC Teléfono Fax

Autorización Municipal Municipalidad Nº de Licencia de Funcionamiento Fecha

Participa en Consorcio

SI NO Nombre de las Empresas que participan en Consorcio Empresa Nº 1 Empresa Nº 2 Empresa Nº 3

Lima,……………………………………………. ----------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO N° 02

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL SERVICIO

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-2008-PGRLM/CE Presente.- Estimados Señores: En calidad de postor, luego de haber examinado los documentos del proceso de la referencia proporcionados por la Entidad EL PGRLM y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece el Servicio de Consultoria para Supervisión de Obra “Mejoramiento de la Infraestructura para el Tránsito Vehicular en la Avenida José Granda, tramo Jirón Las Begonias - Avenida Universitaria, Provincia de Lima – Lima”, de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con los Términos de Referencia y demás condiciones que se indican en el Capítulo IV de las Bases. Lima,…………………………………………….. -------------------------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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ANEXO N° 03

DECLARACIÓN JURADA (ART. 76º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL

ESTADO)

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2008-PGRLM/CE Presente.-

De nuestra consideración:

(Nombres y Apellidos del Representante Legal), identificado con DNI Nº ................, domiciliado en .........................................., Representante Legal de la empresa ……………………………; que se presenta como postor del Concurso Público N° 0001-2008-PGRLM/CE para la Contratación del Servicio de Consultoria para Supervisión de Obra “Mejoramiento de la Infraestructura para el Tránsito Vehicular en la Avenida José Granda, tramo Jirón Las Begonias - Avenida Universitaria, Provincia de Lima – Lima”, declaro bajo juramento: 1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado,

conforme al Art. 9º TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 2.- Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de

selección. 3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del

presente proceso de selección. 4.- Me comprometo a mantener la oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato,

en caso que resulte favorecido con la Buena Pro. 5.- Conozco las sanciones contenidas en el TUO de la Ley Nº 26850 y su Reglamento, aprobado

mediante el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, así como en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Lima,………………………………………………..

-------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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ANEXO N° 04

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO. (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-2008-PGRLM/CE Presente.- Estimados señores: Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para proveer y presentar una propuesta conjunta al Concurso Público N° 0001-2008-PGRLM/CE para la Contratación del Servicio de Consultoria para Supervisión de Obra “Mejoramiento de la Infraestructura para el Tránsito Vehicular en la Avenida José Granda, tramo Jirón Las Begonias - Avenida Universitaria, Provincia de Lima – Lima”, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio para la provisión correcta y oportuna de los servicios correspondientes al objeto de la referencia. Designamos al Sr........................................, identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio……………………… y fijamos nuestro domicilio legal común en................................., para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y a suscribir con la Entidad ……………………. el contrato correspondiente. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: ( ) % Participación ……………………… ………………………

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: ( ) % Participación …………………….. ……………………..

………………………………………….. ………………………………………….. Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Empresa 1 Representante Legal Empresa 2

Lima,………………………………………….

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ANEXO Nº 05

DECLARACIÓN JURADA DEL PERSONAL PROPUESTO EN LA CUAL SE INDIQUE QUE SE ENCUENTRAN HÁBILES PARA EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-2008-PGRLM/CE Presente.- De nuestra consideración:

(Nombres y Apellidos del Representante Legal), identificado con DNI Nº ................, domiciliado en .........................................., Representante Legal de la empresa ……………………………; que se presenta como postor del Concurso Público N° 0001-2008-PGRLM/CE para la Contratación del Servicio de Consultoria para Supervisión de Obra “Mejoramiento de la Infraestructura para el Tránsito Vehicular en la Avenida José Granda, tramo Jirón Las Begonias - Avenida Universitaria, Provincia de Lima – Lima”, declaro bajo juramento que la totalidad del personal propuesto para desarrollar el servicio de supervisión se encuentra hábil para ejercer sus funciones. Lima,………………………………….

----------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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ANEXO N° 06

DECLARACIÓN JURADA DE COMPROMISO DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS PARA EL SERVICIO

El que suscribe (nombre del Profesional) con DNI Nº............................, y Registro en el Colegio de……………………… del Perú Nº…………….., mediante la presente Declaración Jurada, se compromete a formar parte del personal profesional propuesto para el Concurso Público N° 0001-2008-PGRLM/CE para la Contratación del Servicio de Consultoria para Supervisión de Obra “Mejoramiento de la Infraestructura para el Transito Vehicular en la Avenida José Granda, tramo Jirón Las Begonias - Avenida Universitaria, Provincia de Lima – Lima”, a la que postula el Postor...................................................., en caso que éste obtenga la Buena Pro del CP N° 0001-2008-PGRLM/CE, convocado por EL PGRLM. Asimismo, declaro expresamente y bajo juramento, que cumplo con los requisitos mínimos establecidos en los Términos de Referencia del Capítulo IV de las Bases para el cargo que asumiría, y que no tengo compromiso alguno que imposibilite mi participación en la fecha y por el tiempo ofrecido. Los servicios profesionales a prestar se detallan a continuación: - Cargo dentro del Proyecto: - Especialidad: - Actividad: Validez del presente compromiso: De acuerdo a lo establecido en el numeral 3.1 de las Bases del proceso. ---------------------------------------------------------- Nombre, Firma y Sello del Profesional

----------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

Nota: Deberá ser presentado por todos los profesionales propuestos, incluidos los que no están sujetos a

calificación. Si bien no existe impedimento legal que restrinja la posibilidad de que quien se encuentre participando en un proceso de selección, como parte de un equipo o efectuando labores en un contrato en ejecución, pueda participar en un proceso de selección; la naturaleza propia del Servicio exige que los especialistas propuestos se encuentren disponibles al momento de iniciarse la ejecución contractual, en otras palabras, una vez otorgada y consentida la buena pro, los especialistas propuestos por el postor ganador que se encuentren comprometidos en otros trabajos, estarían en la obligación de resolver o renunciar a dichos compromisos.

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ANEXO N° 07

RELACIÓN DE PERSONAL PROPUESTO PARA EL SERVICIO

A continuación se presenta la relación del Personal Profesional propuesto para el Concurso Público N° 0001-2008-PGRLM/CE para la Contratación del Servicio de Consultoria para Supervisión de Obra “Mejoramiento de la Infraestructura para el Tránsito Vehicular en la Avenida José Granda, tramo Jirón Las Begonias - Avenida Universitaria, Provincia de Lima – Lima”, que será asignado por el tiempo previsto para su ejecución y que será materia de evaluación en base de los currículos que se acompañan a continuación:

N° CARGO NOMBRE y APELLIDOS PROFESIÓN

FRACCIÓN DE

DURACIÓN DEL

SERVICIO

1 Jefe de Supervisión (Ingeniero Civil)

2 Especialista en Asfalto (Ingeniero Civil)

3 Especialista en Metrados y Valorizaciones (Ingeniero Civil)

4 Especialista en Suelos y Pavimentos (Ingeniero Civil)

5

Especialista en Saneamiento Basico (Ingeniero Sanitario)

El que suscribe,…………………………………………………….............................., Representante Legal de………………………………………………………, se compromete que para el servicio materia del Concurso Público N° 0001-2008-PGRLM/CE para la Contratación del Servicio de Consultoria para Supervisión de Obra “Mejoramiento de la Infraestructura para el Tránsito Vehicular en la Avenida José Granda, tramo Jirón Las Begonias - Avenida Universitaria, Provincia de Lima – Lima”, se asignará al personal indicado y que se cuenta con el Compromiso de Participación del Personal que se contratará, en caso de obtener la Buena Pro.

----------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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ANEXO N° 08

EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD

Postor:……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….

Consultor Descripción del Servicio Cliente

Fechas Monto

Final del Servicio

Consorcio % Particip.

IPC Monto actualizado al mes del Valor Referencial

Nº de Foliodel

Contrato

Término del

Servicio

A la fecha de

finalización del Servicio

Al mes del Valor

Referencial

NOTA (1): La información proporcionada en este formato debe ser respaldada con la documentación solicitada en las Bases. NOTA (2): En caso de consignar mayor número de servicios que los solicitados, el Comité Especial se limitará a evaluar los 5 primeros consignados en

el formato. NOTA (3): Los montos deberán ser actualizados desde la fecha de finalización del servicio hasta el mes del valor referencial (Julio 2008), para lo cual usarán el Índice

de Precios al Consumidor (IPC). En el caso de servicios en moneda extranjera se hará primero la conversión a moneda nacional, considerando el tipo de cambio venta promedio del mes de finalización del servicio y luego se actualizará al mes del valor referencial (Julio 2008).

NOTA (4): Se deberá adjuntar copias publicadas en el Diario El Peruano de los Índices de Precios al Consumidor promedios del mes. Se aceptarán las copias simples de los IPC de la Pagina Web del INEI. Asimismo, se debe adjuntar el cálculo de la actualización de los valores.

________________________________ (Nombre y firma del Representante Legal)

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ANEXO N° 09

EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD Postor:……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….

Consultor Descripción del Servicio Cliente

Fecha Monto

Final del Servicio

Consorcio % Particip.

IPC Monto actualizado al mes del Valor Referencial

Nº de Folio del

Contrato TérminoA la fecha de finalización del Servicio

Al mes del Valor

Referencial

NOTA (1): La información proporcionada en esté formato debe ser respaldada con la documentación solicitada en las Bases. NOTA (2): En caso de consignar mayor número de servicios que los solicitados, el Comité Especial se limitará a evaluar los 5 primeros consignados en

el formato. NOTA (3): Los montos deberán ser actualizados desde la fecha de finalización del servicio hasta el mes del valor referencial (Julio 2008), para lo cual usarán el Índice

de Precios al Consumidor (IPC). En el caso de servicios en moneda extranjera se hará primero la conversión a moneda nacional, considerando el tipo de cambio venta promedio del mes de finalización del servicio y luego se actualizará al mes del valor referencial (Julio 2008).

NOTA (4): Se deberá adjuntar copias publicadas en el Diario El Peruano de los Índices de Precios al Consumidor promedios del mes. Se aceptaran las copias simples de los IPC de la Pagina Web del INEI. Asimismo, se debe adjuntar el cálculo de la actualización de los valores.

________________________________ (Nombre y firma del Representante Legal)

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ANEXO N° 10

EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO El Postor adjuntará el Currículo Vitae de cada miembro del Personal Profesional mínimo requerido, el cumplimiento de los requisitos y experiencia requeridos, serán sustentados con copias simples de los correspondientes Certificados y/o Constancias, en los cuales se pueda verificar la información proporcionada. NOMBRE:…………………………………………………………..……. PROFESIÓN:………………………………………… CARGO POR OCUPAR:………………………………………………………………………………………..…………………….

1. DATOS DEL PROFESIONAL UNIVERSITARIOS

Nº DE ORDEN UNIVERSIDAD TITULO

OBTENIDO

FECHA DE GRADO (mes

– año)

COLEGIATURA Nº Fecha Nº Folio

1 2 3 4

2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD

Nº DE ORDEN

ESTUDIO DEFINITIVO O SUPERVISIÓN

RAZÓN SOCIAL DEL CONTRATA

NTE

CARGO DESEMPEÑADO

PERIODO

Inicio -Término Duración Nº

Folio

1 2 3 4 5

Notas:

1. El contenido del presente formulario no podrá ser modificado o alterado y deberá ser diligenciado en su totalidad.

2. La información incluida en el presente formulario es de responsabilidad del proponente y se le deberán de anexar los documentos sustentatorios (Titulo Profesional, Colegiatura, Certificados, Constancias, otros), caso contrario no seran considerados.

3. De presentar más experiencias que las solicitadas, sólo se calificará los 05 primeros servicios consignados en el presente Formato.

FIRMA Y SELLO DEL PROFESIONAL: ____________________

------------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

Nota: Deberá ser presentado por todos los profesionales propuestos, incluidos los que no están sujetos a calificación.

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ANEXO N° 11

DECLARACIÓN JURADA DE SERVICIOS

PRESTADOS DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-2008-PGRLM/CE Presente.- Mediante el presente declaramos ante EL PGRLM que nuestra representada, presta servicios dentro del territorio nacional, en los términos de la Ley N.º 27633, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional, del Decreto Supremo No. 003-2001-PCM y de la Resolución Ministerial No. 043-2001-ITINCI/DM. Lima,……………………………….

------------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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ANEXO N° 12

COMPROMISO DE INTEGRIDAD

Yo,………………………………………………………………………………………., Representante Legal del Postor………………………………………………………………………………….., confirmo que en atención al Principio de Moralidad señalado en el Reglamento del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, no se ha ofrecido u otorgado, ni ofrecerán ni otorgarán, ya sea directa o indirectamente a través de terceros, ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja inadecuada a Funcionario Público alguno, o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto de la adjudicación, y no haber celebrado o celebrar acuerdos formales o tácitos entre los postores o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la Libre Competencia. Atentamente, Lima,

------------------------------------------------------------------ Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

NOTA: En caso que el Postor sea un Consorcio, el formato será presentado por todos los

integrantes del Consorcio y también por el Representante legal del Consorcio.

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ANEXO N° 13

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-2008-PGRLM/CE Presente.- Estimados señores: Es grato dirigirme a ustedes, con la finalidad de presentarles mi propuesta económica para realizar la supervisión de la obra:………………………………………………………………………..…. , cuyo monto total es de:

______________________________________(monto en letras) con …/100 nuevos

soles (S/._________________(monto en números), incluido el IGV.

La propuesta económica incluye todos los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de supervisión de la obra.

La propuesta económica ha sido elaborada con precios vigentes al mes de (del valor referencial)

Lima, ………………………………………

----------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, el contrato de contratación del servicio de ……….., que celebra de una parte ……………………., en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº ………, con domicilio legal en …………, representada por …………, identificado con DNI Nº ……………., y de otra parte ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO Con fecha………….……., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro del Concurso Público N° 0001-2008-PGRLM/CE para la Contratación del Servicio de Consultoria para Supervisión de Obra “Mejoramiento de la Infraestructura para el Tránsito Vehicular en la Avenida José Granda, tramo Jirón Las Begonias - Avenida Universitaria, Provincia de Lima – Lima”, a Suma Alzada cuyos detalles, importes unitarios y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO La finalidad del presente contrato es que EL CONSULTOR realice la Supervisión de la Obra: “Mejoramiento de la Infraestructura para el Tránsito Vehicular en la Avenida José Granda, tramo Jirón Las Begonias - Avenida Universitaria, Provincia de Lima – Lima”, en concordancia con las bases, Términos de Referencia, Oferta Técnica y Económica, el Expediente Técnico de Obra, revisadas y aceptadas por EL PGRLM, y bajo los términos y condiciones estipulados en el presente Contrato. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del servicio materia del presente contrato asciende a S/. ………………… (_______________________y____/100 nuevos soles), incluido IGV, con precios vigentes al mes de Julio de 2008. Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONSULTOR en nuevos soles, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 238° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos, a fin de permitir que el pago se realice dentro de los diez (10) días siguientes. CLÁUSULA QUINTA: VIGENCIA DEL CONTRATO La vigencia del presente contrato se extenderá a partir de la suscripción del mismo hasta la conformidad de la prestación a cargo de EL CONSULTOR. El plazo de los servicios es de CIENTO TREINTAICINCO (135) días naturales, contados a partir de la fecha en que EL PGRLM manifieste expresamente por escrito la orden de iniciar la prestación de los servicios de supervisión de la obra, los servicios comprenden:

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• Revisión del expediente técnico : 15 días naturales • Supervisión integral y control de las obras en campo : 90 días naturales. • Informe final de liquidaciones de contratos de obra y supervisión : 30 días naturales.

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS EL CONSULTOR, de conformidad con el Artículo 215º y como requisito para suscribir el contrato, entregará garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por el concepto, importe y vigencia siguiente: - De fiel cumplimiento del contrato: S/…………………., carta fianza bancaria equivalente al diez por

ciento (10%) del monto total del contrato Esta garantía es otorgada por entidades autorizadas y sujetas al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros o consideradas en la última lista de Bancos Extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva. La garantía de fiel cumplimiento deberá encontrarse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final del servicio de consultoría.

En los contratos de consultoría de obras que celebren las MYPE, éstas podrán optar, como sistema alternativo a la obligación de presentar la garantía de fiel cumplimiento, la retención de parte de las Entidades de un diez por ciento (10%) del monto total del contrato. La retención de dicho monto se efectuará de forma prorrateada, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo. EL PGRLM ha previsto entregar un Adelanto Directo a EL CONSULTOR dentro de los 15 días naturales de presentada la Garantía por un monto equivalente hasta por el Veinte por ciento (20%) del monto total del Contrato, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.4 de las Bases del proceso de selección y en el Artículo 228° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señalado. La entrega del adelanto se realizará a solicitud de EL CONSULTOR. Conjuntamente con el requerimiento, éste deberá presentar una Garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por un monto igual al del Adelanto Directo solicitado. Dicha Garantía estará representada por una Carta Fianza; con una vigencia no menor de tres (03) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la recuperación total del Adelanto Directo otorgado. El Adelanto Directo a otorgar será como máximo el 20%. El Artículo 228° del Reglamento de la Ley señala que las Bases (Términos de Referencia) podrán establecer adelantos que no excedan el 30 % del monto del Contrato. El Adelanto será amortizado mediante descuentos proporcionales en cada una de las valorizaciones mensuales, hasta su total cancelación, debiendo estar totalmente amortizado en el procesamiento de la última valorización. CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías de Fiel Cumplimiento de Contrato y Garantía por adelanto cuando EL CONSULTOR no cumpliera con renovarlas.

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CLÁUSULA NOVENA: LIQUIDACIÓN DEL SERVICIO De conformidad con el Artículo 43º de la Ley los contratos de consultoría de obras culminan con la liquidación, la misma que será elaborada y presentada a la entidad por EL CONSULTOR conforme al procedimiento regulado en la Directiva Nº 007-2005/CONSUCODE/PRE “PROCEDIMIENTO PARA LA LIQUIDACIÓN DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA”. CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONSULTOR EL CONSULTOR declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicio ocultos. CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: PENALIDADES POR RETRASO INJUSTIFICADO Si EL CONSULTOR incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará en todos los casos, una penalidad por cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual, en concordancia con el artículo 222° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días

Donde:

F = 0.25

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento mediante carta notarial y ejecutar en lo que corresponda la Garantía de Fiel Cumplimiento sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir; asimismo, procederá a comunicar este hecho al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Esta penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento. La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 41º, inciso c), y 45º de la Ley, y los artículos 224º y 225º de su Reglamento; de darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 226° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. La ejecución del presente Contrato, queda condicionada a la efectiva asignación de Recursos Financieros que se autoricen en las Leyes Anuales de Presupuesto, acorde a lo dispuesto en lo concerniente en la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 y Art. 27º, Numeral 27.3 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, procediendo a la resolución del presente Contrato por parte de EL PGRLM, por razones de índole presupuestal, en cuyo caso no corresponderá el reconocimiento de lucro cesante ni indemnización alguna a favor de EL CONSULTOR.

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CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONSULTOR, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO En lo no previsto en este contrato, en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: ARBITRAJE Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 272º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Sin perjuicio de lo anterior y de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, se establece que el arbitraje no resulta aplicable a las controversias surgidas en la ejecución de mayores prestaciones de supervisión, respecto de las cuales la Contraloría General de la República ejerce el control previo, conforme lo señala el Articulo 23º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785 y el Artículo 41º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM y demás materias que por su naturaleza sean excluidas por la normatividad vigente. Tampoco son arbitrables las controversias derivadas de otras fuentes de obligaciones distintas al presente contrato. El arbitraje se desarrollará en la ciudad de Lima. Será resuelto por un Tribunal Arbitral colegiado, compuesto por tres árbitros. Cada una de las partes designará un árbitro y ambos árbitros designarán a su vez al tercero, y este último presidirá el Tribunal Arbitral, según el procedimiento establecido en el Artículo 280º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, anteriormente mencionado. Vencido el plazo de ley y ante la rebeldía y/o falta de acuerdo de las partes en cumplir con la designación o a falta de acuerdo entre los Árbitros para la designación del tercero, la designación será realizada por el CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO - CONSUCODE. La decisión que emita el indicado Consejo es inimpugnable. Las recusaciones que se formulen contra los árbitros serán resueltas por el CONSUCODE, sujetándose el procedimiento a lo dispuesto por la normativa de contrataciones y adquisiciones del estado. El laudo es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. En consecuencia, sólo procede interponer el recurso de anulación, cuando corresponda, por las causales previstas en la Ley General de Arbitraje. Las partes acuerdan de manera expresa, que para la interposición del recurso de anulación, no se requiere de la presentación de la garantía establecida en el Artículo 72, inciso 4 de la Ley General de Arbitraje. Los costos del arbitraje referidos a los honorarios de los árbitros y los del secretario arbitral y/o gastos administrativos, serán fijados por los propios árbitros pero no podrán ser mayores a los establecidos en la tabla de aranceles del Sistema Nacional de Arbitraje y Conciliación del CONSUCODE.

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CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: VERACIDAD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato. De acuerdo con las Bases, la propuesta técnico económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por triplicado en señal de conformidad en la ciudad de………. al………………………… “LA ENTIDAD” “EL CONSULTOR”