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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
SESIÓN ORDINARIA Nº 055-2016
Acta de la Sesión Ordinaria número cero-cincuenta y cinco- dos mil dieciséis, celebrada en el
Salón de Sesiones del Palacio Municipal de Quepos, el día martes veintinueve de noviembre de
dos mil dieciséis, dando inicio a las diecisiete horas con cero minutos. Contando con la siguiente
asistencia:
PRESENTES
Regidores Propietarios Regidores Suplentes
Jonathan Rodríguez Morales, Presidente María Isabel Sibaja Arias
Ligia Alvarado Sandí Waddy Guerrero Espinoza
Osvaldo Zarate Monge Grettel León Jiménez
Omar Barrantes Robles Luis Enrique Jiménez Solano
Matilde Pérez Rodríguez
Síndicos Propietarios Síndicos Suplentes
José Manuel Jara Mora Daniela Ceciliano Guido
Allen Jiménez Zamora Katia Quesada Guerrero
Rigoberto León Mora
Personal Administrativo
Señora. Patricia Bolaños Murillo. Alcaldesa Municipal
Lic. Lutgardo Bolaños Gómez. Asesor Legal Municipal
Licda. Alma López Ojeda Secretaria del Concejo a.i.
AUSENTES Lic. Marco Zúñiga Zúñiga, Asesor Legal del Concejo Municipal
Jenny Román Ceciliano
José Luis Castro Valverde
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ARTICULO I. COMPROBACIÓN DEL QUÓRUM
Se comprueba el quórum por parte del Presidente Municipal.
ARTICULO II. APERTURA DE LA SESIÓN
Al ser las diecisiete horas con cero minutos del martes veintinueve de noviembre de dos mil
dieciséis, se da inicio a la presente sesión.
ARTICULO III. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES
Acta de la Sesión Ordinaria No. 053-2016 del 22 de noviembre del 2016
Acta de la Sesión Extraordinaria No. 054-2016 del 28 de noviembre del 2016
No existiendo enmiendas o recursos de revisión, se aprueba el acta:
Acta de la Sesión Ordinaria No. 053-2016 del 22 de noviembre del 2016
Acta de la Sesión Extraordinaria No. 054-2016 del 28 de noviembre del 2016
ARTICULO IV. AUDIENCIAS
Audiencia 01. Juramentación de miembros de la Junta de Educación de la Escuela Santa Marta:
Nombre Cédula
Katia Víctor Sandoval 603410752
Henry David Cortes Murillo 1-1045-0420
Mariana Pereira Cisneros 1-1417-0017
Ana Yancy Elizondo Jiménez, 1-1225-0555
ACUERDO NO. 01: EL CONCEJO ACUERDA: Quedan debidamente juramentados como
miembros de la Junta de Educación de la Escuela Santa Marta.
Audiencia 02. Audiencia a la Asociación Recreativa Cultural del Boquense:
Palabras de la Señora Heylin Ortega González, quien indica lo siguiente:
“La notificación con respecto al Comité de Deportes viene a raíz de que a la Asociación Pro
Mejoras de Boca Vieja se le aplico un artículo de extinguimiento, porque nunca se renovó la
Asociación, nosotros cuando hicimos la primera convocatoria nos constituimos, y en ese momento
no quede como presidenta, quedo la señora Ileana López, yo quede como vicepresidenta y otro
compañero, a raíz de esa situación que se dio, yo tome la iniciativa de invitar a la comunidad
seguritaría, iniciando el cambio, porque la otra Asociación a la que refiere actualmente no rige, yo
no soy presidenta de esa Asociación, entonces yo me presente con los compañeros al Comité de
Deportes explicándoles la situación, que vamos a constituirnos, la abogada lleva todos los
tramites, de igual forma en ese momento renuncio la Tesorera y también como parte del Concejo
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me dice que un fiscal no puede tener un trabajo dentro de la Asociación, de igual forma busque
colaboración, yo le había comentado al compañero José Jara la situación que estaba viviendo Boca
Vieja, porque era solamente administrado por el actual presidente que era en ese momento Ronald
Chaves quien llevaba la Administración de lo que es el Boquense desde la constitución de esa
Asociación, a partir de eso los vecinos, hace como una semana hicieron una convocatoria porque
no teníamos la Tesorera, y Doña Liley Araya realizaba el servicio de limpieza dentro del Comité
de Deportes, entonces se podría renovar esos espacios que habían, actualmente nosotros estamos
en proceso de constitución, si busque la ayuda de Dinadeco, la cual me recomendaron seguir por
la 218, para que esta sea más fácil, y sobre todo que la puedan reconocer dentro del ICODER, y
actualmente hay un Comité que se conformó hace una semana, pero actualmente no hay cédula
jurídica en el Boquense, la Asociación conformada se denomina Asociación Recreativa Cultural
Boquense, que es la que actualmente se está llevando el proceso de inscripción, pero algunos
vecinos que se acercaron ese día me dijeron conformemos un nuevo Comité, en la nota me decían
a mi lleve algún registro de lo que era la Asociación de Boca Vieja, pero en si fue un esfuerzo que
hice de tomar la iniciativa de invitar a los vecinos de que cambiara el Boquense, ahorita se les
puede enviar fotografía de todo lo que hemos trabajado, porque mi sueño es ver ese lugar como un
lugar de atención y desarrollo inclusivo, tengo contactos con lo que es olimpiadas especiales,
contacto con el presidente de olimpiadas especiales y paralímpico, y él me decía dónde podemos
tener un lugar para hacer un desarrollo inclusivo en su comunidad, y eso es lo que yo quiero hacer
trabajar por mi comunidad, incluso se atrasó la cédula jurídica, porque no podemos utilizar el
nombre de Aso Boca Vieja, por la misma situación que se dio con la otra Asociación, es algo que
se viene arrastrando, no es una situación que yo diga en tres meses puede estar, así como llegue el
proceso de ASOQUEPDIS, que no tuve ninguna situación ni problema por eso.
Continua su intervención indicando: Según lo leído y conversado con las compañeras del Comité
de Deportes, indicándonos que para que se administre un recinto como lo es el Boquense, con la
mayor responsabilidad que deber ser es con una Asociación debidamente inscrita con el ICODER,
porque este ente es el que verifica que esos fondos se esté invirtiendo en ese lugar, porque ese
lugar este deteriorando, que está haciendo todos los tramites posibles para constituirse como
Asociación, y que apenas esté listo sea devuelto a la Comunidad.
Intervención del señor Sindico José Manuel Jara Mora, quien indica lo siguiente: Que se
reunió con el Comité de Deportes, que la comunidad tiene que ver como se ordena, que ahorita se
están trabajando fondos públicos, tiene que haber un ordenamiento y un Comité respaldado por
alguna Asociación porque es este momento no la hay, tienen que haber libros de actas, el Comité
debe ser juramentado por el Comité de Deportes, que eso es lo que está sucediendo, que se viene
arrastrando problemas, pero que debe haber un orden, porque vienen fondos públicos para ese
lugar, que deben ordenarse para seguir trabajando como la ley dice.
Palabras de Lic. Lutgardo Bolaños Gómez, Asesor Legal, quien indica: Que quede claro que los
dieciocho millones de colones son fondos municipales, no del ICODER, que la administración del
Boquense debe darse bajo la supervisión municipal, no del ICODER.
Palabras del señor Eduardo López, quien indica: La idea de haber formado este comité nuevo es
de trabajar bien, queremos trabajar bien, se fueron dos compañeros y no se podía trabajar, cuando
se reunió la comunidad de Boca Vieja para formar el nuevo comité, se quería nombrar únicamente
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a la tesorera, sin embargo el pueblo se opuso, nombrando a todos, yo como fiscal me comprometo
a trabajar fuertemente con ellos, porque la experiencia me faculta para fiscalizar que trabajen
honestamente y bien, creo que de ahora en adelante vamos a esforzarnos para conseguir la
personería jurídica y lo que nos haga falta para tomar control definitivamente de este recinto,
porque es un lugar de nosotros y que con la ayuda de ustedes vamos a salir adelante. Gracias por
acogernos y vamos para adelante.
ACUERDO NO. 02: EL CONCEJO ACUERDA: Agradecer a la Asociación Recreativa
Cultural del Boquense, por tomar el tiempo para venir a exponer sus palabras. Se acuerda lo
anterior por unanimidad (cinco votos)
Audiencia 03. Juramentación del Presidente del Comité Cantonal de la Persona Joven de Quepos:
Nombre Cédula
Yeudi Gonzalo Mora Aguilar 1-1655-0742
ACUERDO NO. 03: EL CONCEJO ACUERDA: Quedan debidamente juramentado como
Presidente del Comité Cantonal de la Persona Joven de Quepos. Se acuerda lo anterior por
unanimidad (cinco votos)
ARTICULO V. TRAMITACIÓN URGENTE
Asunto 01. Oficio CA-333-ALCP-2016, de la Señora. Patricia Bolaños Murillo. Alcaldesa
Municipal, mediante el que remite el oficio MPVO-078-2016, suscrito por el señor Jeff
Duchesneau, Gerente General de Marina Pez Vela, que dice:
Reciba un cordial saludo de mi persona y todo el personal de Marina Pez Vela. La intención de
este oficio es solicitarle de la manera más respetuosa los espacios municipales (Zona Americana)
que se encuentran frente a Marina Pez Vela para hacer uso de los mismos como parqueo para
carros del público asistente, durante el fin de semana del 9 al 11 de diciembre, en los cuales
tendremos los eventos de "Bright Lights: Botes Iluminados” y Triatlón de Quepos.
Igualmente, y bajo la misma temática; quisiéramos solicitarle el espacio que actualmente alberga
la Feria del Agricultor, también para el día viernes 9 de diciembre, para ser utilizando como
parqueo, al igual que con el propósito de descongestionar esa esquina de acceso a Manuel
Antonio-Quepos-Malecón-Marina Pez Vela.
Esta petición la realizamos con el fin de que los turistas nacionales que participen de estos
eventos se lleven la mejor experiencia de nuestro cantón de Quepos.
Le agradecemos de antemano el apoyo brindado,
ACUERDO NO. 01: EL CONCEJO ACUERDA: Aprobar el permiso solicitado por el señor
Jeff Duchesneau, Gerente General de Marina Pez Vela, para lo cual deberá coordinar con la
Administración la logística del uso de estos espacios. Se acuerda lo anterior por unanimidad
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(cinco votos). Moción de orden del Presidente para que se declare el acuerdo definitivamente
aprobado. Se aprueba (cinco votos). ACUERDO FIRME.
ARTICULO VI. CORRESPONDENCIA
Oficio 01. Oficio AL-1711-2016, de la Msc Rosibel Ureña Cubillo. Coordinadora Gestión
Jurídico Administrativa, y el Lic. Francisco Coto Meza. Asesoría Legal del ICT, que dice:
Por este medio nos permitimos notificarles el informe técnico MPD-ZMT-435-2016, elaborado
por el Departamento de Planeamiento de este Instituto, sobre el trámite de concesión solicitada por
Matapalo Alegre S.A., sobre un terreno ubicado en Playa Matapalo.
En el análisis final del citado informe técnico se concluye que el Concejo Municipalidad deberá
corregir lo siguiente;
“Perfil del proyecto (RT) EL ANTEPROYECTO NO SE CUMPLE CON LAS DISPOSICIONES
DEL REGLAMENTO DEL PRV.”
En cuanto a las observaciones legales, se le solicita al Concejo Municipal lo siguiente:
-Debe aportarse certificaciones actualizadas de personería y distribución de capital. Lo anterior
con el propósito de determinar oportunamente que no aplican las prohibiciones del artículo 47 de
la Ley 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y 25 de su Reglamento.
Se le recuerda a esa Municipalidad el deber de cumplir con las observaciones realizadas por el
ICT, en un plazo de 20 días hábiles, caso contrario se procederá a denegar el trámate y hacer
devolución del expediente y la Municipalidad deberá hacer una nueva gestión. Lo anterior en
cumplimiento del acuerdo de Junta Directiva del ICT, tomado en sesión ordinaria N° 5734, del 07
de febrero del 2012, publicado en la Gaceta N° 43, del 29 de febrero del 2012, y a lo solicitado en
el informe DFOE-ED-71.2008, de la Contraloría General de la República.
Por último, se solicita que los documentos que sean remitidos para el cumplimiento de las
observaciones realizadas en el presente trámite de concesión, sean dirigidos al Arq. Antonio
Farah Matarrita, Jefe del Departamento de Planeamiento y Desarrollo de este Instituto.
ACUERDO NO. 01: EL CONCEJO ACUERDA: Trasladar a la Administración el informe
técnico MPD-ZMT-435-2016, para que a través del departamento de Zona Marítimo Terrestre
proceda a bridar pronta respuesta al Instituto Costarricense de Turismo. Se acuerda lo anterior
por unanimidad (cinco votos). Moción de orden del Presidente para que se declare el acuerdo
definitivamente aprobado. Se aprueba (cinco votos). ACUERDO FIRME.
Oficio 02. Resolución G-2241-2016, del Dr. Alberto López Chaves, Gerente General del ICT.,
que dice:
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO. GERENCIA GENERAL. A las once horas
con dieciocho minutos del veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis.
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RESULTANDO
1. Que se verifica la documentación remitida por el Municipio del Cantón de Quepos,
Puntarenas, en consulta a este Instituto, para la autorización de solicitud de prórroga de concesión
en la Zona Marítimo Terrestre, con base en las disposiciones del artículo cuarenta y dos y
cincuenta de la Ley seis mil cuarenta y tres -Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre- y cincuenta
del Reglamento a la Ley de Zona Marítimo Terrestre.
2. Que la autorización solicitada es para obtener la prórroga de concesión de la zona marítimo
terrestre a favor de:
OLAS DEL PACIFICO SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica tres- ciento
uno- ciento setenta y dos mil sesenta y ocho, domiciliada en San José, Cantón Goicochea, Distrito
San Francisco, Urbanización Toumón, costado oeste de Discoteque Plaza, edificio Facio & Cañas,
representada por el señor Avi (nombre) Ben Barhom (apellido) con un solo apellido en razón de
su nacionalidad israelí, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Puntarenas, Santa Teresa,
Cóbano, cien metros este de Cabinas Zeneida, portador del pasaporte israelí número uno tres ocho
cuatro uno uno uno cero y actualmente portador de la cédula de residencia número uno tres siete
seis cero cero cero dos seis ocho dos dos, quien es Presidente con facultades de Apoderado
Generalísimo sin limitación de suma, de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y
tres del Código Civil, sobre un inmueble que se describe así. Terreno Inscrito en el Sistema de
Folio Real; matrícula ochenta y siete-Z- cero cero cero, Sector Costero de Playa Espadilla,
Naturaleza Terreno para construir; Uso: Zona de Hospedaje o Alojamiento Turístico, Zona de
Protección Quebrada, Situación: El inmueble se sitúa en el Distrito Primero: Quepos; Cantón
Sexto: Quepos, de la Provincia de Puntarenas, Medida. Según Registro el inmueble cuenta con
una medida de trece mil ochocientos cuarenta y cuatro metros con setenta y tres decímetros
cuadrados, según plano SEIS-CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS -
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS, que dicha medida fue modificada por la delimitación
del Patrimonio Natural del Estado, que se ajustaron mediante plano catastrado número: SEIS- UN
MILLON OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO TRESCIENTOS SESENTA Y DOS- DOS
MIL QUINCE, con un área de ocho mil seiscientos cincuenta metros cuadrados, y que los linderos
correspondientes son Norte: Calle Pública, Sur: Zona Pública e Institucional, Calle en medio con
ciento treinta y dos metros con veintinueve decímetros cuadrados, Noreste: Quebrada
Camaronera, Noroeste: Calle Pública con ciento cuarenta metros y treinta y cinco decímetros
cuadrados. Sureste: Carlos Sandoval Gatgens. (Folio 1061 del expediente).
3.- Que se han cumplido todos los requisitos formales para la calificación de la presente gestión.
CONSIDERANDO
1. Que la solicitante ha cumplido con la presentación de solicitud de prórroga de concesión
recibida por la Municipalidad de Quepos Puntarenas, el día veintisiete de julio de dos mil
doce. (Folios 692-696 del expediente).
2. Que mediante inspección realizada por la Municipalidad competente, de fecha siete de
octubre de dos mil dieciséis (adjunta a informe técnico MPD-ZMT- cuatrocientos
cincuenta- dos mil dieciséis, del diez de noviembre de dos mil dieciséis), se constató que al
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momento de la inspección el uso de la parcela se adecúa al Plan Regulador vigente para la
zona.
3. -Que en el proyecto de resolución de las quince horas con cincuenta minutos del ocho de
octubre de dos mil trece, el Alcalde Municipal, recomienda el otorgamiento de la prórroga
de la concesión, haciendo constar que se cumplieron con los requisitos de Ley. (Folios 864
a 870).
4. Que el Concejo Municipal de Aguirre, aprobó la solicitud de prórroga de concesión
mediante acuerdo tomado en la sesión Ordinaria número trescientos veinte- dos mil trece,
celebrada el veintidós de octubre del dos mil trece. (Visible a Folios 877-879 del
expediente) y luego en acuerdo de la sesión ordinaria número quinientos cuarenta y dos-
dos mil dieciséis celebrada el ocho de marzo del dos mil dieciséis, rectifica el área de la
concesión según nuevo plan catastrado y para la exclusión de área perteneciente al
Patrimonio Natural del Estado (Ver folio 1091).
5. -Que el contrato de prórroga de concesión fue suscrito a las once horas del ocho de abril de
dos mil dieciséis, por el Alcalde Municipal de la Municipalidad de Quepos, Puntarenas y el
señor AVI BEN BARHOM (Folios 1092- 1096 del expediente) y una adenda al mismo fue
suscrita a las once horas del ocho de abril del dos mil dieciséis (Folios 1092 al 1096 del
expediente).
6. Que la parcela solicitada en concesión se encuentra ubicada en el sector costero de Playa
Espadilla, Quepos, Puntarenas, el cual fue declarado de Aptitud Turística, y fue aprobado
como tal en la sesión de Junta Directiva de este Instituto número mil novecientos
diecisiete, del nueve de setiembre de mil novecientos setenta y publicado en el diario
oficial La Gaceta número doscientos veintitrés del día seis de octubre de mil novecientos
setenta. (Información del Expediente).
7. -Que de acuerdo con el informe técnico MPD-ZMT- cuatrocientos cincuenta- dos mil
dieciséis, del diez de noviembre de dos mil dieciséis, elaborado por la Dirección de
Planeamiento y Desarrollo, Unidad de Zona Marítimo Terrestre, se corrobora la
adecuación de la parcela, su área y su uso con la actualización del Plan Regulador vigente
para la zona, aprobado por la Junta Directiva del ICT y publicado en La Gaceta N° ciento
sesenta y cinco del veintinueve de agosto del año dos mil.
8. Que el sector donde se ubica el terreno cuenta con certificación ACOPAC-D-PNE- ZMT-
CERT 003-2011 de fecha veintisiete de junio de dos mil once suscrita por el Ingeniero
Carlos Vinicio Cordero Valverde, Director del Area de Conservación Pacífico
Central, según el cual el terreno no abarca Patrimonio Natural del Estado.
9. -Que es deber de la Municipalidad, verificar que el interesado no se encuentre
comprendido dentro de las prohibiciones del artículo cuarenta y seis de la Ley sobre la
Zona Marítimo Terrestre para que se dé la prórroga.
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10. -Que el plazo de vigencia de la prórroga de concesión se estableció en veinte años.
11. -Que de conformidad con el artículo ochenta y cuatro del Reglamento a la Ley seis mil
cuarenta y tres, la inscripción registral de la prórroga de la concesión se hará por medio de
una protocolización de las piezas respectivas ante Notario Público.
12. -Que no consta en el expediente oposición formal a la solicitud de prórroga planteada por
la empresa OLAS DEL PACIFICO SOCIEDAD ANONIMA.
13. -Que la presente resolución se emite de conformidad con los criterios técnicos y legal del
Macroproceso de Planeamiento y Desarrollo y Asesoría Legal, dependencias donde se han
efectuado de previo las revisiones correspondientes.
POR TANTO
La Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo, de conformidad con la norma
establecida en el artículo cuarenta y dos, de la Ley número seis mil cuarenta y tres y el artículo
cuarenta y seis de su Reglamento, aprueba la solicitud de autorización de prórroga de
concesión remitida por La Municipalidad del Cantón de Quepos, Puntarenas, a favor de: OLAS
DEL PACIFICO SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica tres- ciento uno-
ciento setenta y dos mil sesenta y ocho, domiciliada en San José, Cantón Goicochea, Distrito San
Francisco, Urbanización Tournón, costado oeste de Discoteque Plaza, edificio Facio & Cañas,
representada por el señor A vi (nombre) Ben Barhom (apellido) con un solo apellido en razón de
su nacionalidad israelí, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Puntarenas, Santa Teresa,
Cóbano, cien metros este de Cabinas Zenaida, portador del pasaporte israelí número uno tres ocho
cuatro uno uno uno cero y actualmente portador de la cédula de residencia número uno tres siete
seis cero cero cero dos seis ocho dos dos, quien es Presidente con facultades de Apoderado
Generalísimo sin limitación de suma, de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y
tres del Código Civil, sobre un inmueble que se describe así: Terreno Inscrito en el Sistema de
Folio Real: matrícula ochenta y siete-Z- cero cero cero , Sector Costero de Playa Espadilla,
Naturaleza Terreno para construir; Uso: Zona de Hospedaje o Alojamiento Turístico, Zona de
Protección Quebrada, Situación: El inmueble se sitúa en el Distrito Primero: Quepos; Cantón
Sexto: Quepos, de la Provincia de Puntarenas, Medida: Según Registro el inmueble cuenta con
una medida de trece mil ochocientos cuarenta y cuatro metros con setenta y tres decímetros
cuadrados, según plano SEIS-CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS -
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS, que dicha medida fue modificada por la delimitación
del Patrimonio Natural del Estado, que se ajustaron mediante plano catastrado número: SEIS- UN
MILLON OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO TRESCIENTOS SESENTA Y DOS- DOS
MIL QUINCE, con un área de ocho mil seiscientos cincuenta metros cuadrados, y que los linderos
correspondientes son Norte: Calle Pública, Sur: Zona Pública e Institucional, Calle en medio con
ciento treinta y dos metros con veintinueve decímetros cuadrados, Noreste: Quebrada
Camaronera Noroeste: Calle Pública con ciento cuarenta metros y treinta y cinco decímetros
cuadrados, Sureste: Carlos Sandoval Gatgens. (Folio 1061 del expediente).
Notifíquese a la Municipalidad del Cantón de Quepos, Puntarenas, al interesado y a la Asesoría
Legal.
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ACUERDO NO. 02: EL CONCEJO ACUERDA: Darnos por enterados al respecto de la
resolución G-2241-2016, del Dr. Alberto López Chaves, Gerente General del ICT. Se acuerda
lo anterior por unanimidad (cinco votos).
Oficio 03. Oficio DE-271-2016, de la Señora Karla Rojas Pérez. Directora Ejecutiva a.i. de la
Unión Nacional de Gobiernos Locales, que dice:
Reciban un cordial saludo de la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), institución que
representa y agremia a las Municipalidades de Costa Rica desde hace 39 años.
En el marco de los acontecimientos generados por el Huracán Otto en nuestro país, deseamos
manifestar nuestro sincero agradecimiento y felicitación a las municipalidades que se han unido
para colaborar con la emergencia mediante maquinaria, vehículos, materiales, alimentos,
voluntariados, centros de acopio y demás acciones.
Asimismo, instamos respetuosamente al resto de gobiernos locales a sumarse a esta noble causa,
para que como Régimen Municipal nos unamos en solidaridad con los cantones que fueron
seriamente impactados.
Desde la UNGL estamos coordinando acciones con la Comisión Nacional de Emergencias,
rescatando el papel fundamental que cumplen los gobiernos locales en los cantones, con el fin de
facilitar cualquier colaboración que se requiera.
También enviamos un comunicado de prensa para resaltar la unión que como Régimen Municipal
hemos demostrado ante esta difícil situación. De igual forma, los funcionarios de la UNGL se
organizaron con donaciones de alimentos, agua y artículos de higiene personal para entregar la
Cruz Roja Costarricense.
Cualquier consulta adicionar favor contactar a la periodista Seidy Morales Pérez, correo
[email protected] / teléfono - 2290-4147.
ACUERDO NO. 03: EL CONCEJO ACUERDA: Darnos por informados respecto del Oficio
DE-271-2016, de la Señora Karla Rojas Pérez. Directora Ejecutiva a.i. de la Unión Nacional de
Gobiernos Locales. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
Oficio 04. Nota de los señores Michael Jiménez Chamorro y Erick Villalobos Rojas, de la
Asociación de Desarrollo Integral de Matapalo, que dice:
Sirva la presente para saludarles y a su vez desearles el mayor de los éxitos en sus gestiones
personales y profesionales.
Por este medio, la Asociación de Desarrollo de Matapalo, cédula jurídica: 3-002-721978, hacemos
de su conocimiento que por acuerdo # 1818-2016, de la Dirección Nacional de Desarrollo de la
Comunidad nos encontramos legalmente constituidos.
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El objetivo es solicitarles se nos integre en el registro de: Asociaciones de Desarrollo del Cantón y
nos tomen en cuenta para cualquier gestión concerniente al desarrollo de nuestra comunidad.
Igualmente informarles que nos encontramos en disposición de colaborar con lo que nuestra
Municipalidad disponga; siempre y cuando toda gestión se encuentre dentro de nuestros fines.
Sin más por e1 momento, los abajo firmantes, ambos integrantes de la Asociación Desarrollo.
ACUERDO NO. 04: EL CONCEJO ACUERDA: Darnos por informados de la nota de los
señores Michael Jiménez Chamorro y Erick Villalobos Rojas, de la Asociación de Desarrollo
Integral de Matapalo. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
Oficio 05. Copia de nota del señor José Luis Ulate Montero. Representante Legal de Sevipre S.A.,
que dice:
Nosotros Servicios de Seguridad Privada SEVIPRE S.A., cédula jurídica N° 3-101-465985,
inscrita el 18 de octubre del 2006, ante el Registro Mercantil del Registro Nacional; manifestamos
el interés de presentar la oferta en atención al procedimiento concursal correspondiente a la
Licitación Abreviada N° 2016LA-00C053-01 "CONTRATACIÓN PARA LOS SERVICIOS
PROFESIONALES DE VIGILANCIA PRIVADA PARA EL PLANTEL DE LA UNIDAD TÉCNICA
DE GESTION VIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE QUEPOS", que estaba prevista para el día de
hoy a las 10:00 am, sin embargo, ante el conocimiento de la noticia del señor Luis Guillermo Solís
Rivera y el decreto presidencial que consistía en el asueto para las instituciones públicas para el
día de hoy jueves y mañana viernes: quedamos a la espera, de que el municipio comunicara la
nueva fecha de apertura, esto debido al principio de la protección de la integridad humana que
conlleva este tipo de evento de la naturaleza
El día de hoy, al ser aproximadamente 09:00 de la mañana, nos enteramos, de que las oficinas de
la Proveeduría se encuentran en operación, a pesar del decreto presidencial y según la Comisión
Nacional de Emergencia, la zona de Quepos se encuentra en zona de alerta roja.
Por lo anteriormente descrito y debido a que esta situación se convierte en desventaja ante los
demás posibles oferentes, solicitamos nos indique la razón, por la cual, no se cumple con la
directriz presidencial o bien, nos informe el proceso que seguirá el municipio para llevar a cabo el
precitado procedimiento licitatorio.
ACUERDO NO. 05: EL CONCEJO ACUERDA: Trasladar a la Administración la nota del
señor José Luis Ulate Montero. Representante Legal de Sevipre S.A., para que a través del
departamento correspondiente brinde un informe al Concejo Municipal, a la mayor brevedad
posible. Moción de orden del Presidente para que se declare el acuerdo definitivamente
aprobado. Se aprueba por unanimidad (cinco votos). ACUERDO FIRME.
Oficio 06. Nota de la señora Dilia Parra Hernández, que dice:
Por este medio yo Dilia Parra Hernández, con cédula de identidad 6-416-685 en el mes de octubre
había solicitado ante el honorable concejo municipal la solicitud para realizar mi ceremonia de la
boda el 27 de noviembre de presente año, donde realice las gestiones respectivas después de su
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aprobación para tener la resolución administrativa-PRE-TEMP-068-2016 y la cancelación de su
respectivo permiso.
Pero por la emergencia nacional que vivimos la semana pasada por el Huracán OTTO, nos vimos
obligados a posponer nuestra boda como prevención a alguna eventualidad y sobre todo cuidar la
integridad física de nuestros invitados.
Por ello deseo solicitar nuevamente el permiso para este domingo 4 de diciembre de presente año
para realizar la ceremonia en NAHOMI.
A la vez si puede ser a dispensa de trámite para poder que el departamento de patentes nos pueda
girar un nuevo permiso y también solicito el no cobro del nuevo permiso ya que no se realizó
nuestra boda el pasado 27 de noviembre.
Espero su comprensión ya que para mí fue muy doloroso posponer mi boda pero todo para el bien
de mis invitados y sobre todo la emergencia que estábamos decidimos posponerla.
Adjunto la factura y permiso ya listo por parte de patentes.
ACUERDO NO. 06: EL CONCEJO ACUERDA: 6.1. Aprobar la solicitud presentada por la
señora Dilia Parra Hernández. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos). Moción de
orden del Presidente para que se declare el acuerdo definitivamente aprobado. Se aprueba por
unanimidad (cinco votos). ACUERDO FIRME.
6.2. Trasladar a la Administración el tema del cobro del permiso, por ser un asunto de su
competencia. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos). Moción de orden del
Presidente para que se declare el acuerdo definitivamente aprobado. Se aprueba por unanimidad
(cinco votos). ACUERDO FIRME.
Oficio 07. Nota del señor Adolfo Arias Gamboa, que dice:
Saludos muy cordiales a ustedes y desearles muchos éxitos en sus labores.
La presente misiva, es para solicitarles su autorización para que nos concedan hacer uso del
espacio del Paradero Turístico Nahomí, para llevar a cabo una ceremonia privada de matrimonio y
un pequeño evento de recepción, el día 30 de diciembre del 2016 a partir de las 4pm en adelante.
Las personas que contraeremos matrimonio, somos personas locales y más o menos el espacio
será ocupado por unas 100 personas.
Agradecemos su aprobación y que podamos utilizar el espacio más emblemático de nuestro
cantón, para llevar a cabo uno de los actos más importantes en la vida de una persona.
ACUERDO NO. 07: EL CONCEJO ACUERDA: Aprobar el permiso solicitado por el señor
Adolfo Arias Gamboa, para lo cual deberá coordinar con la Administración Municipal la logística
del uso de este espacio. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
Oficio 08. Nota del señor Gilberth López Pérez, que dice:
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
Asunto:
Solicitud del uso de un área publica para celebrarse una ceremonia de matrimonio.
Por este medio, el suscrito Gilberth López Pérez, costarricense, vecino de Quepos, portador de la
cédula de identidad número 6-315-0269, deseo saludarles y a la vez hacer solicitud para la
autorización del uso de una zona publica en Playa Espadilla Manuel Antonio, específicamente
frente a Naciente Selva localizado antes de la propiedad del Hotel Karahé, proponiendo celebrarse
una ceremonia de matrimonio el día miércoles 04 de enero del año 2017 a partir de las 3:00p.m,
con una duración estimada de tres horas como máximo (incluyendo la limpieza final).
Si se otorgase el uso de ese espacio mediante la presente solicitud y según el protocolo, se
pretende lo siguiente: recibir invitados a partir de las 3:00p.m, los novios inician la ceremonia a
las 4:00p.m, se procede con un brindis y se finaliza con una corta sesión de fotos, nos despedimos
del lugar mientras queda un equipo dejando tal y como recibimos el lugar solicitado. La estructura
de la ceremonia incluye un arco, dos sillas o una banca para los novios, un pulpito para el Pastor
que impartirá la ceremonia religiosa, pequeño equipo de sonido con música ambiente, 40 sillas de
los invitados (20 a la derecha y 20 a la izquierda), dos mesas plegables para colocar los bocadillos
y los vasos del brindis. En cuanto a la decoración se estará decorando de ser posible con telas,
conchas, flores y luces pequeñas.
Cabe mencionar que tenemos opción para entrar al lugar con mucha facilidad, ingresando y
recibiendo los invitados mediante el parqueo privado del Restaurante Kachá y así mismo los que
ingresen con vehículo propio puedan parquear independientemente en ese lugar. Sin más que
agregar, quedo a la espera de su respuesta y agradezco de antemano la ayuda que nos puedan
brindar.
ACUERDO NO. 08: EL CONCEJO ACUERDA: Aprobar el permiso solicitado por el señor
Gilberth López Pérez, para lo cual deberá coordinar con la Administración Municipal la logística
del uso de este espacio. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
Oficio 09. Nota del señor Wilber González Morales. Encargado de CoopeAnde, Agencia de
Quepos, que dice:
Estimados señores, reciban un cordial saludo de parte de la Agencia de Coope Ande en Quepos.
El propósito de la presente es solicitar su permiso para realizar una actividad con nuestros
asociados, para el próximo jueves 15 de diciembre, en la cual invitamos a los asociados a
compartir un tamal y celebrar la llegada de la navidad. Para esta actividad, por la experiencia de
años anteriores, esperamos contar con la presencia de unos 50 asociados, por lo que en vista de
que el área de atención de clientes tiene una capacidad para 30 personas, requerimos permiso para
colocar en el exterior un toldo con capacidad para unos 20 asociados, el cual estaría en la parte
ancha de la acera, sin impedir el paso de las personas. La actividad contara con música ambiente,
con volumen bajo y no tiene fines de lucro.
ACUERDO NO. 09: EL CONCEJO ACUERDA: Aprobar el permiso solicitado por el señor
Wilber González Morales. Encargado de CoopeAnde, Agencia de Quepos, para lo cual deberá
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
coordinar con la Administración Municipal la logística del uso de este espacio. Se acuerda lo
anterior por unanimidad (cinco votos).
Oficio 10. Nota de la señora Máyela Solís Chavarría, que dice:
La suscrita Mayela Solis Chavarría, cédula 1-751-007, vecina de Paquita al frente del Súper
Tanni,
Por este medio me dirijo a ustedes con todo respecto a solicitarle la concesión para los baños del
mercado municipal de Quepos.
Les hago dicha solicitud por el motivo que sería de una gran ayuda para mí, ya que no pudo
trabajar en ninguna otra cosa aparte de dos motivos los cuales son:
Primero: tengo una discapacidad física en la cadera derecha por un problema congénito y se me
hizo un alargamiento de fémur por el cual se me produjo por un accidente laboral.
Segundo: Me concedieron una pensión de régimen de régimen no contributivo de ¢78.000 por
mes.
Les agradezco mucho si me tomaran en cuenta en dicha concesión ya que como les dije antes con
mi problema físico y dicha pensión no puedo conseguir ningún trabajo, y de hecho con dicha
pensión no me alcanza, ya que tengo que pagar alquiler de casa, recibos de agua, luz, otros, y
alimentación, y no tengo ninguna otra ayuda, y lo que actualmente hago es transporte privado, y
está muy malo, ya que hay muchos en este dicho oficio, como dije antes no tengo ninguna otra
posibilidad de empleo.
Por tal motivo les pido de todo corazón se me tome en cuenta en esta concesión, ya que es un
posibilidad de empleo y entrada para mi persona.
Me despido de ustedes no sin antes agradecerles su valiosa ayuda y colaboración.
ACUERDO NO. 10: EL CONCEJO ACUERDA: Trasladar la nota de la señora Mayela Solis
Chavarría, a la Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos, para su estudio y posterior
recomendación al Concejo Municipal. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
Oficio 11. Nota de la señora Ligia Rodríguez Gutiérrez, del INAMU, Unidad Regional Pacifico
Central, que dice:
Reciban un cordial saludo de parte de la Unidad Regional del Instituto Nacional de las Mujeres y
el deseo porque su gestión sea muy exitosa, a la vez aprovecho la oportunidad, para hacerles la
invitación a participar del Foro: " Promoviendo el Desarrollo Local con Igualdad” que estaremos
realizando el próximo viernes 9 de diciembre de 2016 a partir de las 8 a.m. en la Sala
Encuentros Food Servicie ubicada en la entrada principal del Roble de Puntarenas, 50 metros
norte y 75 metros oeste, contiguo a la Junta de Pensiones del Magisterio.
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
Les solicitamos, respetuosamente, nos confirmen su participación al correo [email protected]
cr o al teléfono 2663 1832 de la Unidad Regional del INAMU.
Agradeciéndole de antemano, se suscribe,
ACUERDO NO. 11: EL CONCEJO ACUERDA: 3.2. Autorizar y aprobar los gastos de
transporte y pago de viáticos a las señoras Daniela Ceciliano Guido y Maria Isabel Sibaja Arias,
para asistir a esta actividad. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
Oficio 12. Oficio 0044-11-CCPJ-2016 del señor Kenneth Chaves Morales. Presidente del Comité
Cantonal de la Persona Joven., que dice:
Por este medio les saludamos y les deseamos éxitos en sus labores.
La siguientes siguiente nota es solicitarle muy amablemente al honorable concejo municipal una
audiencia de rendición de cuentas del COMITÉ CANTONAL DE L.A PERSONA JOVEN DE
QUEPOS, periodo 2015-2017", esto como parte de las responsabilidades de entrega antes de
nuestro vencimiento de nuestro periodo y que conozcan el trabajo realizado por el comité en dicho
periodo y los alcances que se lograron obtener en temas de la juventud.
Quedamos en su disposición y pronta respuesta.
Sin más por el momento me despido.
ACUERDO NO. 12: EL CONCEJO ACUERDA: Convocar a sesión extraordinaria para el día
lunes 09 de enero de 2017, a las 16:00hrs, en la Sala de Sesiones Municipales, para conocer el
tema único: “Rendición de cuentas del COMITÉ CANTONAL DE L.A PERSONA JOVEN DE
QUEPOS, periodo 2015-2017". Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
Oficio 13. Nota del señor José Mattey Fonseca. Representante por parte de la Municipalidad ante
la Junta Directiva del Parque Nacional Manuel Antonio, que dice:
Estimados señores y señoras:
Por medio de la presente me permito comunicarles que mi nombramiento como representante ente
la Municipalidad ante la Junta Directiva del Parque Recreativo Playas de Manuel periodo
diciembre 2014 a diciembre 2016, terminará el próximo 2 de diciembre.
Considerando el deber de informarles lo realizado en este periodo, estamos en disposición de
darles una exposición del informe de lo realizado por la Junta, si ustedes lo estiman conveniente.
Agradeciéndoles su atención, me despido. Atentamente,
ACUERDO NO. 13: EL CONCEJO ACUERDA: Convocar a sesión extraordinaria para el día
lunes 05 de diciembre de 2016, a las 16:00hrs, en la Sala de Sesiones Municipales, para conocer el
tema único: “Exposición de informe de lo realizado por la Junta Directiva del Parque Recreativo
Playas de Manuel Antonio, periodo diciembre 2014 a diciembre 2016."Se acuerda lo anterior
por unanimidad (cinco votos).
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
Oficio 14. Nota de la señora Máyela Zúñiga del Instituto de Formación y Capacitación de
Desarrollo Local-UNED.
Atendiendo la solicitud de las autoridades tanto del gobierno central como de la rectoría de la
Universidad, para que se suspendan las giras fuera del Valle Central, en razón de los riesgos
asociados a la afectación del paso por el territorio nacional de la tormenta Otto, se ha tomado la
decisión de cancelar la actividad programada para el día de hoy a las 3:00pm, que tenía como
propósito construir conjuntamente con autoridades y funcionarios municipales y otros
representantes comunales, las metas de trabajo para las acciones a impulsar en el periodo 2017-
2020 por parte del Instituto en Cantón de Quepos.
Agradecemos el compromiso manifestado por el Concejo Municipal para la realización de dicha
actividad, y quedamos a la espera de coordinar una nueva fecha, a conveniencia mutua.
ACUERDO NO. 14: EL CONCEJO ACUERDA: Convocar a sesión extraordinaria para el día
lunes 12 de diciembre de 2016, a las 16:00hrs, en la Sala de Sesiones Municipales, para conocer el
tema único: “Taller Metas Cantonales con el Instituto de Formación y Capacitación Municipal y
Desarrollo Local-UNED." Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
Moción de orden del Presidente Municipal, para alterar el orden del día y conocer una nota
adicional. (Se aprueba por unanimidad 5 votos)
Oficio 15. Nota del señor Francisco Salazar Salazar, que dice:
La presente es para saludarlos y felicitarlos por su labor, necesito que me ayuden dándome un
permiso para vender luces luminosas y gorros navideños en los eventos que se hagan en Quepos,
que son únicamente de noche como la iluminación del árbol, festival de la luz, 24 y 31 de
Diciembre,
ACUERDO NO. 15: EL CONCEJO ACUERDA: Aprobar el permiso solicitado por el señor
Francisco Salazar Salazar, previa presentación de los requisitos de ley ante el departamento de
Licencias Municipales. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
ARTICULO VII. INFORMES
Informe 01. Oficio CA-334-ALPC-2016, de la Señora. Patricia Bolaños Murillo. Alcaldesa
Municipal, mediante el que remite el oficio UTGV 445-2016, suscrito por el Ing. Cristian Morera
Víquez, Coordinador de la Unidad Técnica de Gestión Vial, que dice:
Asunto: Respuesta al acuerdo N°04 del artículo único, adoptado por el Concejo Municipal de
Quepos en sesión extraordinaria N°048-2016 solicitado mediante oficio MQ-CM-532-16-2016-
2020. Nota presentada por José Luis Duran, vecino de Hatillo.
Respuesta al acuerdo N°04 del artículo único, adoptado por el Concejo Municipal de Quepos en
sesión extraordinaria N°048-2016 referente a la nota presentada por José Luis Duran, vecino de
Hatillo, le informo lo siguiente:
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
1. Con respecto a la reparación del camino que comunica Hatillo-Lagunas, le indicamos que por
las características del camino dentro de la Red Vial se clasifica como un camino Clasificado
en Desuso, según lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento Sobre el Manejo,
Normalización y Responsabilidad para la Inversión Pública en la Red Vial Cantonal. Por lo
tanto el mantenimiento, así mismo la conservación de esta red de caminos públicos es
responsabilidad entera de los usuarios y beneficiarios directos y por lo tanto su extensión no se
contabiliza para efectos de la asignación de recursos del impuesto único a los combustibles,
previsto en la Ley de Simplificación Tributaria.
2. El cierre del acceso a Playa Guápil no fue por iniciativa de la Municipalidad, se cerró por un
acatamiento a orden del Tribunal Contencioso según resolución 2409-2012C, bajo el
expediente número 09-002554-1027-CA, interpuesto con la Contraloría General de la
Republica.
3. Con respecto al mantenimiento de calle principal en la comunidad de Hatillo antigua
costanera, le indicamos que esta ruta sigue siendo Nacional administrada por el Concejo
Nacional de Viabilidad, (dependencia del MOPT) por lo tanto cualquier mantenimiento o
reparación es competencia meramente del CONAVI.
4. Con respecto a la solicitud del Cuneteado y asfaltado de la calle alrededor de la Escuela Santa
Marta, Hatillo Viejo, le informamos que lamentablemente no se tiene presupuestado actualmente
para la realización del proyecto descrito. Se recomienda que la asociación y el comité de caminos
formulen un proyecto ante Dinadeco con apoyo de la Unidad Técnica de Gestión Vial, para valorar
una posible intervención.
Agradecemos de ante mano al Comité de caminos su interés por mejorar la red vial cantonal de su
comunidad.
Agradeciendo su atención, se despide cordialmente;
ACUERDO NO. 01. EL CONCEJO ACUERDA: Comunicar a los vecinos de la comunidad de
Hatillo el oficio en mención. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
Informe 02. Oficio CA-335-ALCP-2016, de la Señora. Patricia Bolaños Murillo. Alcaldesa
Municipal, mediante el que remite el oficio 012-DL-2016, suscrito por la Licda. Mariel González
Rojas, funcionaria del departamento Legal, que dice:
Quien suscribe, Mariel González Rojas, con la autorización de la jefatura del
Departamento Legal Me refiero al MQ-CM-646-16-2016-2020, de fecha 24 de noviembre de
2016, mediante el cual trasladan el acuerdo No.12 del Artículo Sétimo, Informes Varios, de la
Sesión Ordinaria No.053-2016, celebrada el 22 de noviembre de 2016, mediante el cual el
Concejo Municipal solicita nuestro criterio respecto a la siguiente interrogante:
“Al surgir dudas sobre la competencia del órgano autorizado para nombrar ya que la Ley
N°8133 y su reglamento dicen que es el representante legal quien nombra (alcaldía) y el
código municipal habla de que es potestad del concejo, es que esta alcaldía traslada ante
ustedes la documentación respectiva para su conocimiento.”
SOBRE LA PERTINENCIA DEL CRITERIO SOLICITADO
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
Entre las funciones que tiene este Departamento Legal, está la de brindar asesoría jurídica
a las diferentes instancias de esta Municipalidad. Sin embargo, dicha labor asesora no puede
entenderse como una sustitución de la Administración activa, es decir aquella que genera actos
administrativos que afecten de manera concreta a administrados o funcionarios municipales de
manera singular, pues la administración activa es la única competente de acuerdo con sus tareas
para resolver los casos concretos sometidos a su conocimiento. El Departamento Legal brindar
criterios legales que pueden ser atendidos o no, por el Jefe del Departamento que consulta, pero en
última instancia, es éste quien, bajo su responsabilidad, debe resolver puntualmente en el ámbito
de sus actividades típicas.
SOBRE EL FONDO
Previo a responder me permito indicar de manera puntual:
PRIMERO: Sobre el procedimiento para nombrar a los miembros de la Junta Directiva del
Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio:
La Junta Directiva del Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio es un
órgano de desconcentración máxima, adscrito al MINAE, el cual tiene personalidad jurídica
instrumental, y cuenta con un reglamento específico que define las pautas para el nombramiento
de sus miembros.
A continuación se describe de manera sucinta la Legislación Relacionada al tema:
a) Mediante Ley 5100, se declara el Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio
(Ahora Parque Nacional Manuel Antonio).
b) El Artículo 2 de la Ley Nº 8133 crea la Junta Directiva del Parque Recreativo Nacional Playas
de Manuel Antonio.
c) Según lo establece el artículo 3 del Decreto Ejecutivo: 37838 (Reglamento a la Ley N°
8133 "Reforma del inciso a) del artículo 3 de la Ley N° 5100, y sus reformas, y Creación
de la Junta Directiva del Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio"),
corresponde a la Municipalidad nombrar a dos representantes para la Junta Directiva
(representante titular y el representante suplente). Este nombramiento debe realizarlo el
Representante Legal de la Municipalidad y comunicarlo por escrito al Ministro de Ambiente y
Energía, indicando expresamente: el nombre completo, calidades, profesión, cargo que
desempeña dentro de la institución u organización, datos de contacto como número telefónico,
correo electrónico, fax u otro, debiendo existir necesariamente un vínculo funcional con la
organización que representa, sea como funcionario activo o como integrante de su Junta
Directiva, Comité u órgano supremo.
SEGUNDO: Sobre el representante legal de la Municipalidad:
El Código Municipal es claro al indicar que, corresponde al Alcalde el “Ostentar la
representación legal de la municipalidad, con las facultades que le otorguen la presente ley y el
Concejo Municipal” (Artículo 17, inciso n). Por lo que sin entrar en mayor análisis, resulta
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
evidente que es el Alcalde Municipal, quien en ejercicio de la atribución señalada anteriormente,
debe nombrar a los representantes de la Municipalidad para conformar la Junta Directiva del
Parque Nacional Manuel Antonio.
TERCERO: De las Atribuciones del Concejo Municipal:
El artículo 13 del Código Municipal enlista una serie de atribuciones para el Concejo
Municipal, indicando lo siguiente:
“…
g) Nombrar directamente, por mayoría simple y con un criterio de equidad entre
géneros, a las personas miembros de las juntas administrativas de los centros oficiales
de enseñanza y de las juntas de educación, quienes solo podrán ser removidos por justa
causa. Además, nombrar, por igual mayoría, a las personas representantes de las
municipalidades ante cualquier órgano o ente que los requiera. …” (La negrita es
propia).
El artículo 13 es claro al señalar que corresponde al Concejo nombrar a los miembros de la
Juntas Administrativas y de Educación de los centros oficiales de enseñanza; pero también indica
que debe nombrar a los representantes de cualquier órgano o ente que lo requiera, para lo cual
debe realizarse mediante solicitud expresa debidamente fundamentada para que el Concejo
proceda a nombrar al representante que consideren.
Para este caso en particular, la Licda. Patricia Madrigal Cordero, en calidad de Ministra a.i.
del Ministro de Ambiente y Energía, le solicita a la Sra. Patricia Bolaños en su condición de
Alcaldesa de Quepos y no al Concejo Municipal, nombrar a los dos representantes para la Junta
Directiva del Parque, atendiendo el procedimiento establecido en el artículo 3 del Decreto
Ejecutivo: 37838.
CUARTO: Sobre el principio de jerarquía de las normas:
Costa Rica es un Estado que Derecho, por lo que se encuentra regulado y garantizado por
un bloque de Legalidad, teniendo como Ley máxima (fuente formal) la Constitución Política de
Costa Rica. Según la Jerarquía de las normas de Kelsen, la Constitución, también denominada
Carta Magna, se encuentra en el rango superior del ordenamiento jurídico, como se logra apreciar
en la siguiente imagen:
Imagen No.01:
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
Fuente: Página web de la Sala Constitucional, Corte Suprema de Justicia, Costa Rica.
http://sitios.poder-judicial.go.cr/
Según la Pirámide de Kelsen, existe todo un orden jerárquico manifestado a través del
principio de la Jerarquía de las Normas, y en el caso de las normas de igual rango, priva la Ley
Especial sobe la Ley General, la cual aplica en caso de que la Ley Especial sea omisa, como
ejemplo de ello se cita la Ley de Fundaciones No. 5338, que para lo que interesa en su artículo 11
reza:
“La administración y dirección de las fundaciones estará a cargo de una Junta
Administrativa. El fundador designará una o tres personas como directores y también
deberá, en el propio documento de constitución, establecer la forma en que serán
sustituidos estos miembros. Si el fundador designa sólo un director, la Junta
Administrativa quedará integrada por tres personas; si designa a tres, el número de
directores será de cinco. En ambos casos los dos miembros que completarán la Junta
Administrativa serán designados uno por el Poder Ejecutivo y el otro por la
municipalidad del cantón en donde tenga su domicilio la fundación.” (La Negrita es
propia).
Al ser omiso el artículo sobre el órgano competente para el nombramiento del
miembro que debe nombrar la Municipalidad, sí aplica lo dispuesto en el artículo 13 inciso g) del
Código Municipal.
CONCLUSIÓN.
Con fundamento en los razonamientos expuestos previo, esta Asesoría concluye lo siguiente:
1) El artículo 3 del Decreto Ejecutivo: 37838 establece que corresponde al Representante
Legal de la Municipalidad nombrar a dos representantes (titular y suplente) para conformar
la Junta Directiva del Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio.
2) Corresponde al Alcalde Municipal ostentar la representación legal de la municipalidad, por
ende es él quien debe nombrar a los representantes municipales para la Junta Directiva del
Parque Nacional Manuel Antonio.
3) Que el proceso de nombramiento de los miembros de la Junta Directiva del Parque
Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio se estableció mediante Ley especial, la
cual priva sobre la Ley General.
4) Que la Junta Directiva del Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio es un
órgano de desconcentración máxima, adscrito al MINAE, y será el Jerarca de esta
institución quien deberá fiscalizar y eventualmente validar o no, los nombramientos de la
Junta Directiva.
A la espera de haber cumplido a cabalidad con el requerimiento de criterio legal solicitado por
su Departamento, se despide sin más,
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
ACUERDO NO 02. EL CONCEJO ACUERDA: Solicitar reunión con la Alcaldía Municipal,
para tratar el tema en mención, para el día miércoles 30 de noviembre del 2016, a las 16:00hrs.
Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
Informe 03. Oficio CA-336-ALCP-2016, de la Señora. Patricia Bolaños Murillo. Alcaldesa
Municipal, mediante el que remite el oficio DZMT-360-DI-2016, suscrito por Mba. Víctor Hugo
Acuña Zúñiga, Coordinador del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, que dice:
ASUNTO: GARANTÍA HIPOTECARÍA.
FECHA: 29 DE NOVIEMBRE DEL 2016.
OFICIO: DZMT-360-DI-2016.
Reciba un cordial saludo y los mejores éxitos en su gestión, asimismo, referente al trámite de la
autorización de otorgar en concesión la garantía hipotecaria de la finca matrícula número 6-1517-
Z-000 registrada a nombre de Playa Dulce Vida Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-
101-83300, lote ubicado en el sector costero de Playa Espadilla, distrito Quepos, este
Departamento no encuentra inconveniente en que se autorice la hipoteca de la concesión, siempre
y cuando sea en los términos que establece el artículo 67 de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre,
el cual estable lo siguiente:
“Artículo 67- Los bancos del Sistema Bancario Nacional e
instituciones del Estado quedan autorizados para conceder
préstamos a los concesionarios de la zona restringida en la
zona marítimo terrestre, con garantía de la respectiva
concesión y sus edificaciones, mejoras e instalaciones.”
Se adjunta la solicitud respectiva, así como la personería y distribución del capital accionario
vigente.
ACUERDO NO. 03: EL CONCEJO ACUERDA: Trasladar el oficio DZMT-360-DI-2016, a
la Comisión Municipal de Zona Marítimo Terrestre, para su estudio y posterior recomendación
al Concejo Municipal. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
Informe 04. Oficio CA-337-ALCP-2016, de la Señora. Patricia Bolaños Murillo. Alcaldesa
Municipal, mediante el que remite el oficio 013-DL-2016, suscrito por la Licda. Mariel González
Rojas, funcionaria del departamento Legal, que dice:
Quien suscribe, Mariel González Rojas, con la autorización de la jefatura del Departamento Legal
Me refiero al oficio MQ-CM-644-16-2016-2020, de fecha 24 de noviembre de 2016, mediante el
cual trasladan el acuerdo No.02 del Artículo Sétimo, Informes Varios, de la Sesión Ordinaria
No.053-2016, celebrada el 22 de noviembre de 2016, mediante el cual el Concejo Municipal
solicita nuestro criterio respecto a la siguiente interrogante:
..Solicitar al departamento legal un criterio jurídico respecto a que menores de edad conformen
el Comité Cantonal de la Persona Joven y su responsabilidad con la toma de decisiones en la
administración del erario público…”
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
SOBRE LA PERTINENCIA DEL CRITERIO SOLICITADO
Entre las funciones que tiene este Departamento Legal, está la de brindar asesoría jurídica a las
diferentes instancias de esta Municipalidad. Sin embargo, dicha labor asesora no puede entenderse
como una sustitución de la Administración activa, es decir aquella que genera actos
administrativos que afecten de manera concreta a administrados o funcionarios municipales de
manera singular, pues la administración activa es la única competente de acuerdo con sus tareas
para resolver los casos concretos sometidos a su conocimiento. El Departamento Legal brindar
criterios legales que pueden ser atendidos o no, por el Jefe del Departamento que consulta, pero en
última instancia, es éste quien, bajo su responsabilidad, debe resolver puntualmente en el ámbito
de sus actividades típicas.
SOBRE EL FONDO
El Artículo 49 del Código Municipal en su párrafo final establece que en cada municipalidad se
debe conformar un comité cantonal de la persona joven, el cual se considera una comisión
permanente de la municipalidad integrada según lo establecido en la Ley N°8261, sus reformas y
reglamentos. Este comité funciona de manera analógica a las comisiones municipales, toda vez
que la misma carece de personalidad jurídica, razón por la cual no puede actuar de forma
independiente y no cuenta con un representante legal, sino que se encuentra subordinada
directamente al Concejo Municipal.
El Artículo 2 de la Ley General de la Persona Joven N° 8261, define personas jóvenes como las
“Personas con edades comprendidas entre los doce y treinta y cinco años, llámense adolescentes,
jóvenes o adultos jóvenes; lo anterior sin perjuicio de lo que dispongan otras leyes en beneficio
de los niños y adolescentes.”
Por su parte, el artículo 24 ibídem indica que el Comité será nombrado por un período de dos
años, debiendo sesionar al menos dos veces al mes y será conformado por personas jóvenes
(entiéndase: personas con edades entre los doce y los treinta y cinco años). Los integrantes serán
elegidos de la siguiente manera:
3. Una persona representante municipal, quien lo presidirá, designada por el concejo
municipal. Esta persona representa a las personas jóvenes no tipificadas en los numerales
siguientes.
4. Dos personas representantes de los colegios del cantón, electas en una asamblea de este
sector. Cada gobierno estudiantil tendrá la posibilidad de postular un candidato y una candidata
para integrar el comité cantonal de la persona joven.
5. Dos personas representantes de las organizaciones juveniles cantonales debidamente
registradas en la municipalidad respectiva, electas en una asamblea de este sector. Cada
organización tendrá la posibilidad de postular un candidato y una candidata para integrar el comité
cantonal de la persona joven.
6. Una persona representante de las organizaciones deportivas cantonales, escogida por el
comité cantonal de deportes.
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7. Una persona representante de las organizaciones religiosas que se registren para el efecto
en la municipalidad del cantón, electa en una asamblea de este sector. Cada organización tendrá la
posibilidad de postular un candidato y una candidata para integrar el comité cantonal de la persona
joven.
Como se logra observar, en la Ley General de la Persona Joven no existe ningún requisito especial
ni se establece algún tipo de impedimento o limitación más que la edad (de 12 a 35 años) para las
personas que quieran formar parte del Comité.
Para el financiamiento de sus proyectos, los Comités Cantonales de la Persona Joven contarán con
un Presupuesto suministrado por el Consejo Nacional de la Persona Joven, quienes le girarán los
recursos a la municipalidad de cada cantón, con destino específico al desarrollo de proyectos de
los comités cantonales de la persona joven, previa presentación de sus planes y programas,
debidamente aprobados por cada comité cantonal de la persona joven y presentados en el primer
trimestre del año ante la Dirección Ejecutiva del Consejo. Estos planes son conocidos y aprobados
por el Concejo Municipal, y es a través de las distintas dependencias de la Administración
Municipal tales como: Proveeduría, Desarrollo Social. Tesorería, Hacienda, entre otros, que se
gestionan los distintos proyectos propuestos, realizando los procesos de compra y los giros de
dinero que se requieran, todo en apego a los distintos reglamentos, directrices, y Leyes que rigen
el quehacer de la Administración Pública.
CONCLUSIÓN.
Con fundamento en los razonamientos expuestos previo, esta Asesoría concluye lo siguiente:
1) En todos los cantones debe conformarse un Comité Cantonal de la Persona Joven, el cual
será nombrado por el Concejo Municipal, siguiendo las pautas establecidas en la Ley N. °8261.
2) Que para formar parte del Comité solamente se tiene como limitación la edad establecida
por Ley para la categoría de persona joven (de doce a treinta y cinco años).
3) Que los Comités Cantonales de las Personas Jóvenes son considerados Comisiones
Permanentes de la municipalidad, y carecen de personalidad jurídica así como de un representante
legal.
4) El presupuesto de los Comités Cantonales de la Persona Joven son aportados por el
Consejo Nacional de la Persona Joven, y se giran directamente a las municipalidades.
5) Los Comités gestionan las compras y contrataciones a través de los distintos departamentos
municipales, quienes son los responsables de realizar los procedimientos para la correcta
adquisición de bienes y servicios, así como para realizar cualquier giro de dinero, debiendo
cumplir con los requisitos de Ley.
A la espera de haber cumplido a cabalidad con el requerimiento de criterio legal solicitado por su
Departamento, se despide sin más.
ACUERDO NO. 04: EL CONCEJO ACUERDA: Acoger y aprobar en todos sus términos el
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
oficio 013-DL-2016, suscrito por la Licda. Mariel González Rojas, funcionaria del
departamento Legal. POR TANTO: Se aprueba y acoge en todos sus términos el oficio DGT-
209-2016, de las señoras Emily Fernández Valle y la Señora. Patricia Bolaños Murillo.
Alcaldesa Municipal, por ende se aprueba el nombramiento de los siguientes miembros del
Comité Cantonal de la Persona Joven de Quepos: Representante de organizaciones religiosas:
Gineth Araya Hernández, cédula: 3-0514-0715, Representantes de Colegios del cantón: María
Jesús Bolaños Novoa, cédula: 6-0449-0329, y Jean Carlo González Jara, cédula: 6-0449-0447,
Representantes de Organizaciones Juveniles: Megan Ávila Cortés y Eduardo Serrano Vega,
cédula: 6-0411-0632, Representante de Organizaciones Deportivas: Marvin Josué Madrigal
Segura, cédula: 1-1703-0820. Además de solicitar se presenten a juramentarse en la sesión
extraordinaria a celebrarse el día miércoles 30 de noviembre del año en curso a las 17:00hrs
Moción de orden del Presidente para que se declare el acuerdo definitivamente aprobado. Se
aprueba por unanimidad (cinco votos). ACUERDO FIRME.
Informe 05. Oficio CA-339-ALCP-2016, de la Señora. Patricia Bolaños Murillo. Alcaldesa
Municipal, mediante el que remite el oficio PMA-727-2016, suscrito por el Lic. Jonathan Mesén
Jiménez Proveedor a.i. Municipal, que dice:
ASUNTO: RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN – PARA PRESENTAR AL
CONCEJO MUNICIPAL.
La presente es para ser de conocimiento al Concejo Municipal la recomendación de adjudicación
de la Licitación Abreviada 2016LA-000009-01, en los siguientes términos:
Resultando que:
1) Se promueve la presente Licitación Abreviada con el objetivo de Contratación de mano de
obra y repuestos originales; para la reparación de maquinaria de Unidad Técnica de
Gestión Vial (UTGV).
2) Que la solicitud de contratación se realizó mediante los oficios UTGV-369-2016, UTGV-
370-2016 Y UTGV-373-2016, con fecha del 18 de octubre de 2016, firmado por el
Ingeniero Luis Alberto Ramírez Agüero.
3) Que se cuenta con el respectivo contenido presupuestario para iniciar el proceso de
contratación, según consta en el mencionado oficio.
4) Que el día 28 de octubre del año en curso se realizaron las respectivas invitaciones vía
correo electrónico a: 1) COMERCIAL DE POTENCIA Y MAQUINARIA S.A. 2)
TRACTOMOTRIZ S.A. 3) CORPORACIÓN VEN RESANIL COSTA RICA S.A. 4)
AUTOSTAR VEHÍCULOS S.A. 5) TRACTORON INC S.A. 6) SURTIDORA DE
EMPAQUES HIDRAULICOS DEL ESTE S.A. 7) MAQUINARIA Y TRACTORES
LTDA. 8) AGROMEC S.A. 9) TRACTOMOTRIZ S.A. 10) TECNOCAMIONES S.A. 11)
INVERSIONES ROSAVI S.A. 12) AGRUPADOR MAQUINARIA Y VEHICULOS
MAGRUVEH S.A.
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5) Que el día 23 de noviembre del presente año al ser las 10:00 horas, concluyó el plazo para
la recepción de ofertas de la licitación en mención por lo tanto se procedió a la apertura de
las ofertas.
Considerando que:
1) De las invitaciones realizadas se recibió la oferta de:
OFERTA 1: COMERCIAL DE POTENCIA Y MAQUINARIA S.A. cédula Jurídica 3-101-
159082, en los folios 01, 02 y 03 presenta su oferta económica por un monto total de
¢35.630.514,95; la experiencia consta del folio 14 al folio 18 y folio 25; el plazo de entrega
consta en el folio 06.
2) Que una vez recibida esta oferta, se corrobora que la misma se ajusta a todos los aspectos
formales establecidos en el cartel de licitación. De igual manera se verifica el cumplimiento de
los requisitos establecidos en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.
3) Que una vez recibidas estas ofertas de conformidad con lo establecido en el artículo 83 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se verifica que la oferta presentada
cumple con los aspectos técnicos y legales requeridos en el cartel, por lo que resulta
admisibles para ser evaluadas de acuerdo con el siguiente cuadro:
OFERENTE
Precio
60%
Plazo de
Entrega
5%
Garantía
de los
trabajos
realizado
s M.O
Experiencia
25%
Total
100%
COMERCIAL DE
POTENCIA Y
MAQUINARIA S.A
¢35.630.514,95
60.00%
45 días
5%
25%
25%
100%
Dando fe de que se ha cumplido a cabalidad con todo lo normado en la Ley de Contratación
Administrativa y su Reglamento, por cumplir con todos los requisitos legales y técnicos exigidos
en el cartel, realizado el cuadro de análisis de las ofertas recibidas y la recomendación dada por la
Unidad Técnica de Gestión Vial, en oficio UTGV 470-2016, el departamento de Proveeduría
recomienda adjudicar la Licitación Abreviada 2016LA-000009-01, a la empresa COMERCIAL
DE POTENCIA Y MAQUINARIA S.A. cédula Jurídica 3-101-159082, por un monto total de
¢35.630.514,95 (treinta y cinco millones seiscientos treinta mil quinientos catorce colones con
95/100).
ACUERDO NO. 05: EL CONCEJO ACUERDA: Moción de orden del Presidente para
dispensar de Trámite de Comisión el oficio PMA-727-2016, suscrito por el Lic. Jonathan Mesen
Jiménez, Proveedor Municipal a.i. (Se acuerda lo anterior por unanimidad 5 votos). POR
TANTO: se acoge y aprueba en su totalidad las recomendaciones emitidas en el oficio PMA-727-
2016, suscrito por el Lic. Jonathan Mesen Jiménez, Proveedor Municipal a.i., por ende se adjudica
la Licitación Abreviada 2016LA-000009-01, a la empresa COMERCIAL DE POTENCIA Y
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
MAQUINARIA S.A. cédula Jurídica 3-101-159082, por un monto total de ¢35.630.514,95
(treinta y cinco millones seiscientos treinta mil quinientos catorce colones con 95/100). Se
acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
Informe 06. Oficio CA-338-ALCP-2016, de la Señora. Patricia Bolaños Murillo. Alcaldesa
Municipal, mediante el que remite el oficio PMA-729-2016, suscrito por el Lic. Jonathan Mesén
Jiménez Proveedor a.i. Municipal, que dice:
ASUNTO: RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN – PARA PRESENTAR AL
CONCEJO MUNICIPAL.
La presente es para ser de conocimiento al Concejo Municipal la recomendación de adjudicación
de la Licitación Abreviada 2016LA-000005-01, en los siguientes términos:
Resultando que:
6) Se promueve la presente Licitación Abreviada con el objetivo de Contratación de persona
física o jurídica, para los servicios profesionales de Seguridad Privada para el Plantel de la
UTGV.
7) Que la solicitud de contratación se realizó mediante los oficios UTGV-397-2016, con
fecha del 07 de octubre de 2016, firmado por el Ingeniero Luis Alberto Ramírez Agüero.
8) Que se cuenta con el respectivo contenido presupuestario para iniciar el proceso de
contratación, según consta en el oficio MA-DAF-0192-2016.
9) Que el día 11 de noviembre del año en curso sale publicado en diario oficial La gaceta la
convocatoria a participar en la Licitación Abreviada 2016LA-000005-01, gaceta No. 217.
10) Las empresas que solicitan el cartel
11) Que el día 24 de noviembre del presente año al ser las 10:00 horas, concluyó el plazo para
la recepción de ofertas de la licitación en mención por lo tanto se procedió a la apertura de
las ofertas.
Considerando que:
4) De las invitaciones realizadas se recibió la oferta de:
OFERTA 1: SOLUCIONES TÉCNICAS EN SEGURIDAD S.A. cédula Jurídica 3-101-
516144, en EL folio 04 presenta su oferta económica por un monto mensual de ¢1.706.507,00
y un monto anual de ¢20.478.084,00; la experiencia consta del folio 05 y en el segmento H.
5) Que una vez recibida esta oferta, se corrobora que la misma se ajusta a todos los aspectos
formales establecidos en el cartel de licitación. De igual manera se verifica el cumplimiento de
los requisitos establecidos en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
6) Que una vez recibidas estas ofertas de conformidad con lo establecido en el artículo 83 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se verifica que la oferta presentada
cumple con los aspectos técnicos y legales requeridos en el cartel, por lo que resulta
admisibles para ser evaluadas de acuerdo con el siguiente cuadro:
OFERENTE
Precio
85%
Experiencia
25%
Total
100%
SOLUCIONES
TÉCNICAS EN
SEGURIDAD S.A
¢20.478.084,00
85.00%
15%
100%
Dando fe de que se ha cumplido a cabalidad con todo lo normado en la Ley de Contratación
Administrativa y su Reglamento, por cumplir con todos los requisitos legales y técnicos exigidos
en el cartel, realizado el cuadro de análisis de las ofertas recibidas, el departamento de
Proveeduría recomienda adjudicar la Licitación Abreviada 2016LA-000005-01, a la empresa
SOLUCIONES TÉCNICAS EN SEGURIDAD S.A. cédula Jurídica 3-101-516144, e por un
monto mensual de ¢1.706.507,00 ( un millón setecientos seis mil quinientos siete colones con
00/100) y un monto anual de ¢20.478.084,00 (veinte millones cuatrocientos setenta y ocho mil
ochenta y cuatro colones con 00/100).
Sin más que agregar se despide,
ACUERDO NO. 06: EL CONCEJO ACUERDA: Moción de orden del Presidente para
dispensar de Trámite de Comisión el oficio PMA-729-2016, suscrito por el Lic. Jonathan Mesen
Jiménez, Proveedor Municipal a.i. (Se acuerda lo anterior por unanimidad 5 votos). POR
TANTO: se acoge y aprueba en su totalidad las recomendaciones emitidas en el oficio PMA-729-
2016, suscrito por el Lic. Jonathan Mesen Jiménez, Proveedor Municipal a.i., por ende se adjudica
Licitación Abreviada 2016LA-000005-01, a la empresa SOLUCIONES TÉCNICAS EN
SEGURIDAD S.A. cédula Jurídica 3-101-516144, por un monto mensual de ¢1.706.507,00 (un
millón setecientos seis mil quinientos siete colones con 00/100) y un monto anual de
¢20.478.084,00 (veinte millones cuatrocientos setenta y ocho mil ochenta y cuatro colones con
00/100).
Informe 07. Oficio CA-340-ALCP-2016, de la Señora. Patricia Bolaños Murillo. Alcaldesa
Municipal, mediante el que remite el oficio PMA-728-2016, suscrito por el Lic. Jonathan Mesén
Jiménez Proveedor a.i. Municipal, que dice:
Asunto: Traslado de Recurso de Revocatoria.
Quien suscribe licenciado Jonathan Mesén Jiménez, en calidad de encargado a.i. de departamento
de Proveeduría de la Municipalidad de Quepos, es este acto le traslado el recurso de revocatoria
interpuesto por Quebradores del Sur de Costa Rica S.A., cédula jurídica 3-101-185750, en contra
del acuerdo de adjudicación No. 6, adoptado por el concejo municipal en sesión Ordinaria No.
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
052-2016, celebrada el 15 de noviembre de 2016, sobre la Licitación Abreviada 2016LA-000006-
01, denominada Contratación de persona física o jurídica, para la construcción de proyecto de
mejoramiento vial, en la calle C-6-06-068 Vista de Mar de Paquita, Distrito Primero de Quepos.
Adjunto copia del expediente que consta de 76 folios, copia de la oferta presentada por
Quebradores del Sur de Costa Rica S.A. y el oficio UTGV 471-2016, emitido por el ingeniero
Cristian Morera Víquez, donde indica ´´ La UTGV, basados en experiencias anteriores, proyectos
ya ejecutados satisfactoriamente y en consideración de que todos los oferentes participaron en
igualdad de condiciones y se hicieron ver las observaciones técnicas oportunas a la recepción de
ofertas, recomienda rechazar el recurso y mantiene la posición de la adjudicación
recomendada´´, por lo que este departamento recomienda acoger lo indicado por el ingeniero
Cristian Morera Víquez.
RECURSO DE REVOCATORIA INTERPUESTO POR QUEBRADORES DEL SUR DE
COSTA RICA S.A, EN CONTRA DEL ACUERDO DE ADJUDICACION No. 6,adoptado
por el Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria No. 052-2016, celebrada el día 15 de Noviembre
de 2016. Proyecto denominado Licitación Abreviada 2016LA-000006-01.
Estimados Señores,
Quien suscribe Gilberto Arias Garro, mayor, casado una vez, Máster en Administración de
Empresas, vecino de Daniel Flores, Pérez Zeledón, provincia de San José, con cédula de identidad
número 6-276-174, actuando en mi condición de representante legal y apoderado generalísimo sin
límite de suma de la sociedad Quebradores del Sur de Costa Rica S.A, personería debidamente
acreditada en el expediente de la contratación de referencia, con todo respeto me apersono dentro
del plazo conferido para el efecto, estipulado en el párrafo segundo del artículo 91 y 92 Je la Ley
de Contratación Administrativa en concordancia con el artículo 185 y 186 de su Reglamento, a
interponer RECURSO DE REVOCATORIA en contra del acuerdo de adjudicación con numero
de oficio MQ-CM-602-16-2016-2020, adoptado por el Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria
No, 052-2016, celebrada el día 15 de Noviembre de 2016. Proyecto denominado Licitación
Abreviada 2016LA-000006-01, el cual le adjudica a la empresa PAVICEN LTDA, dicha
contratación, por un monto de ¢82.646.337,00 aprobado por mayoría calificada (4 votos), el cual
adjuntamos mediante ANEXO I.
El presente recurso se fundamenta en aspectos de legalidad y razonabilidad que a continuación
detallamos:
LEGITIMACIÓN ACTIVA
Mi representada QUEBRADORES DEL SUR DE COSTA RICA S.A, ostenta interés legítimo,
actual, propio y directo suficiente para legitimar la interposición de este recurso, ya que dentro de
las 3 ofertas presentadas, la nuestra se coloca en una puntuación del 100%, quedando por encima
de las otras 2 ofertas, con un precio de ¢75, 172,077.60.)
Aunado a lo anterior consideramos que existe una equivocada presunción en la evaluación técnica
acerca de las 3 ofertas que constan en el expediente administrativo, asumiendo que nuestra oferta
no cubre el 100% de las líneas solicitadas en el cartel y anexos, lo que conlleva al Concejo
Municipal a recomendar la adjudicación de es la contratación administrativa a la empresa
PAVICEN LTDA.
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
I. EVALUACIÓN DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN (CAPITULO 19 DEL CARTEL)
El capítulo 19 del cartel define el método de evaluación de las ofertas, de la siguiente manera
19. FACTORES DE CALIFICACIÓN.
Los elementos a calificar en esta contratación serán:
El resultado de la evaluación fue el siguiente:
6. Que una vez recibidas estas ofertas de conformidad con lo establecido en el artículo 83 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se verifica que la oferta presentada cumple
con los aspectos técnicos y legales requeridos en el cartel, por lo que resulta admisibles para ser
evaluadas de acuerdo con el siguiente cuadro:
OFERENTE Precio 60% Plazo de
Entrega 5%
Experiencia
25%
Solidez
Financiera
10%
Total
100%
Constructora
Blanco
Zamora S.A.
¢86.592.010,63
52.00%
30 días
5%
25% 3.11% 85.11%
Pavicen
Ltda.
¢82.643.337,00
54.27%
30 días
5%
25% 3.78% 88.05%
Quebradores
del Sur de
Costa Rica
S.A.
¢75.172.077,00
60.00%
30 días
5%
25% 10.00% 100.00%
Sin embargo, a criterio del Municipio, la olería presentada por mi representada no alcanza a
cubrir el 100% de las líneas solicitadas en el cartel de licitación y sus anexos, lo cual es erróneo
y lo demostraremos en adelante.
En el siguiente cuadro se aprecian las líneas sobre la cuales cada oferente debe basar su
propuesta:
50. CUADRO PROPUESTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Concepto % de Calificación
Monto de la oferta (Precio) 60% Plazo de entrega 5% Experiencia adicional de la empresa. 25% Solidez Financiera 10% TOTAL 100%
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
A continuación observamos el sumario de cantidades aportado por mí representa mediante la
oferta, el cual se aprecia a folio no. 10, considerando cada una de las líneas solicitadas (ANEXO
II):
II. AMPLIACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. OFICIOS NO. UTGV 448-
2016 Y OFICIO NO. PMA-668-2016 (ANEXO III)
Un día antes de la apertura, el 10 de Noviembre al ser las 15 horas y 15 minutos notifican a mi
correo electrónico dos oficios (NO. UTGV 448-2016 y NO. PMA-668-2016) los cuales
adjuntamos mediante ANEXO III, e incluye ciertas modificaciones a las especificaciones técnicas.
Siendo que por motivos de encontrarme fuera de la oficina, propiamente en una gira, me fue
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Sesión Ordinaria 055-2016. 29 de noviembre de 2016
imposible observar el correo electrónico, sino hasta el siguiente día ya cuando la oferta estaba
siendo presentada.
Sin embargo, cabe destacar que esa notificación no tendría validez bajo la normativa, ya que el
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, en el párrafo segundo del artículo 60
establece lo siguiente:
Por modificaciones no esenciales, se entienden aquellas que no cambien el objeto, del negocio
ni constituyan una variación fundamental en la concepción original de éste y deberán
comunicarse por los mismos medios en que se cursó la invitación, con al menos tres días
hábiles de anticipación al vencimiento del plazo para recibir ofertas.
Y en este caso en particular la notificación se realizó faltando 19 horas para la apertura, lo cual
estaría fuera ile lo establecido por el Reglamento.
Ahora bien, tomando en cuenta las modificaciones solicitadas mediante el oficio UTGV 418-20l6,
nuestro sumario difiere de las cantidades quedaría de la siguiente manera (ANEXO IV)
Lo que demuestra que aun acatando las modificaciones solicitadas, seguiríamos en el primer lugar,
con la calificación del 100%, con un predo aún más favorable para la administración de ¢60.117,
797,33.
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Aunado a lo anterior, cabe indicar, quien nuestra oferta cumple a cabalidad con la totalidad de los
requisitos cartelarios, sean legales o técnicos.
PETITORIA
De manera atenta y respetuosa solicitamos se acoja a trámite y se declare con lugar el presente
recurso de REVOCATORIA, en contra del acuerdo de adjudicación con número de oficio MQ-
CM-602-16-2016-2020, adoptado por el Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria No. 052-2016,
celebrada el día 15 de Noviembre de 2016. Proyecto denominado Licitación Abreviada 2016LA-
000006-01, el cual le adjudica a la empresa PAVICEN LTDA, dicha contratación, por un monto
de G'82.646.337,00, por ser nuestra oferta la que más beneficia a la administración de los fondos -
públicos- que se utilizarían para la ejecución del proyecto promovido por ese Concejo.
Tómese en cuenta que en orden de mérito de las ofertas admisibles nuestra oferta se coloca en el
primer lugar.
Establecido nuestro mejor derecho es evidente el quebranto a los principios de eficiencia y de
igualdad de trato, en la medida en que no se le está adjudicando a la oferta más conveniente.
Con base en lo anterior, solicitamos de manera muy respetuosa se admita a trámite la presente
gestión recursiva, ordenándose la anulación del acto de adjudicación, y se ordene la
retroacción de las actuaciones hasta el momento de la indebida descalificación de nuestra oferta,
que por haberse acreditado que es la que se encuentra en primer lugar en orden de mérito, merece
ser declarada legítima adjudicataria en la presente contratación.
Las futuras notificaciones podrán ser enviadas al correo electrónico:
Atentamente
Lic. Gilberto Arias Garro, MBA
Apoderado Generalísimo
Quebradores del Sur de Costa Rica S.A.
Intervención del Lic. Lutgardo Bolaños Gómez, Asesor Legal, quien indica lo siguiente: Que
hace la salvedad de que el abogado que va resolver este asunto no es el mismo que emitirá el
refrendo interno.
ACUERDO NO. 07: EL CONCEJO ACUERDA: Trasladar al Departamento Legal el
presente Recurso de Revocatoria presentado por la empresa Quebradores del Sur de Costa Rica
S.A., para su estudio y posterior informe al Concejo Municipal. Se acuerda lo anterior por
unanimidad (cinco votos). Moción de orden del Presidente para que se declare el acuerdo
definitivamente aprobado. Se aprueba por unanimidad (cinco votos). ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO VIII. MOCIONES
No hay
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INFORMES DE SÍNDICOS:
Palabras de la Sindica Propietaria Katia Quesada Guerrero, quien indica: Que la semana
pasada se había conversado sobre el problema con las rondas, que están limpias que no sabe quién
lo hizo, pero gracias, además que la maquinaria está en el Asentamiento, por lo cual agradece.
ASUNTOS VARIOS:
Palabras de la Señora Patricia Bolaños Murillo. Alcaldesa Municipal, quien indica: Brinda
informe del tema de la emergencia, que como Comisión Municipal de Emergencia agradece a
todas las instituciones que la conforman por la coordinación del trabajo, que si bien se dio una
directriz del gobierno central de no trabajar, algunos departamento laboraron porque era
necesario, que a raíz de lo que paso se tenía un informe de que los vórtices afectaría Upala y
Quepos, pues había una orden indirecta que la Policía y cuerpos activos, sacaran las personas
de las zonas de más vulnerabilidad, por lo que se abrieron dos albergues, uno donde se llevó
aproximadamente noventa personas, en la Iglesia Católica, agradece al Comité del Cocal, se
albergaron cuarenta y siete niños, y también de Paquita, agradece Al señor Wilberth Esquivel y
su grupo, se albergaron alrededor de setenta personas en Barrio Los Ángeles en el Polideportivo,
que la organización de los dirigentes fue muy importante, Además la campaña para llevar
alimentos a Upala, por lo que agradece al pueblo de Quepos, se enviaron cuatro camiones,
agradece a las personas que prestaron el transporte, que todo fue un trabajo de la Comisión en
coordinación con la gente, que en la zona sur hay varios pueblos aislados y hay una campaña en
el Ministerio de Salud para recoger alimentos, para estos pueblos, en lo cual se está trabajando.
Agradece a todos por el trabajo en equipo y el buen corazón de la gente.
Palabras del Lic. Lutgardo Bolaños Gómez, Asesor Legal, quien indica: Aclara que cuando se
da un decreto presidencial, funciona únicamente para el ejecutivo, que el presidente tiene la
capacidad de decirle a los ministerios ustedes no trabajan, que para efecto de las municipalidades
es una situación que la municipalidad puede decidir si se acoge o no al decreto, que las
Municipalidades son bifrontes está la Alcaldía y el Concejo, que en el ámbito de la competencia
de cualquiera de los dos, el jerarca puede decir me acojo al decreto, y además de acogerse puede
decir si, pero unos trabajan y otros no, que eso está en el ámbito de la autonomía municipal, por lo
que hace la aclaración porque los decretos presidenciales aplican para los ministerios, los entes
autónomos como las municipalidades sea Concejo o Alcaldía son los que al final deciden si
acogen o no el decreto, en el ámbito territorial.
Palabras del Sindico Allen Jiménez Zamora, quien indica: Que felicita la labor de todas las
instituciones del cantón, y los trabajos de prevención realizados, lo cual hace la diferencia, que es
bueno contar con un comité cantonal activo, que fue un trabajo en equipo de instituciones públicas
y empresas privadas y comunidades.
Palabras del Sindico José Jara Mora, quien indica: Que felicita la labor realizada ante esa
emergencia, además de agradecer a la gente que puso su granito de arena, que le preocupa que los
centro de albergue es especial el de la Inmaculada cuente con todas la disponibilidad de baños y
servicios. Respondiendo la Señora. Patricia Bolaños Murillo. Alcaldesa Municipal: que se estará
trabajando en ese tema, que la Comisión Cantonal tiene como compromiso de revisar los salones
comunales para adecuarlos con la ley 7600 y que reúnan las condiciones mínimas. Que el dique de
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Portalón se debe intervenir, al igual que las casas afectadas en Matapalo que en su mayoría van
para el proyecto Jardines del Rio, agradece a la señora Lorena Rovira por la intervención con
maquinaria en la carretera de Santa Juana por detrás, que se sigue trabajando.
ARTÍCULO IX. CIERRE DE LA SESIÓN.
Sin más asuntos que conocer y analizar, se finaliza la Sesión Ordinaria número cero-cincuenta y
cinco-dos mil dieciséis, del martes veinti nueve de noviembre del dos mil dieciséis, al ser las
dieciocho horas con cuarenta minutos.
__________________________ ____________________________
Alma López Ojeda Jonathan Rodríguez Morales
Secretaria a.i. del Concejo Municipal Presidente Municipal
________________________
Patricia Bolaños Murillo.
Alcaldesa Municipal