Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

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Agosto 2010 Econ. Luis A. Bryan Burga Ramírez Diplomado en Formulación y Evaluación de Proyectos dentro del Marco del Sistema Nacional de Inversión Pública Universidad ESAN UNPRG

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Agosto 2010

Econ. Luis A. Bryan Burga Ramírez

Diplomado en Formulación y Evaluación de Proyectos dentro del Marco del Sistema Nacional

de Inversión Pública

Universidad ESAN UNPRG

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I MÓDULOFUNDAMENTOS DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA

OBJETIVO Familiarizar a los participantes con los conceptos y fundamentos

económicos y financieros para la evaluación de proyectos de

inversión publica, que les permitan el manejo de instrumentos

técnicos para el mejor análisis y la toma de decisiones de

inversión adecuadas.

Desarrollar nuevas competencias en los funcionarios públicos y

profesionales especializados en el tema de evaluación, con el fin

de lograr mayor capacidad de análisis y calidad en el proceso de

evaluación de proyectos públicos.

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REGLAS DE CONVIVENCIA EN CLASE

EN VIBRACIÓN FUERA DEL AULAPARTICIPACIÓN

EN CUALQUIER MOMENTO

NADIE ES DUEÑO DE LA VERDAD

“Hay que vaciar la mente para recibir nuevos

conocimientos”UN DESCANSO POR DÍA DE 30 MINUTOS CADA UNO

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FUNDAMENTOS DEL SISTEMA NACIONAL DEINVERSIÓN PÚBLICA

FUNDAMENTOS DEL SISTEMA NACIONAL DEINVERSIÓN PÚBLICA

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I. Internalizando la

importancia de hacer

preinversión

I. Internalizando la

importancia de hacer

preinversión

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Análisis previo de la

conveniencia de utilizar

recursos para ejecutar una

acción que nos permita el logro

de un objetivo.

¿USTEDES SABEN HACER “PREINVERSIÓN”?

¿CÓMO PODEMOS DEFINIR

“PREINVERSIÓN”?

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Analicemos una situación cualquierade nuestra vida diaria

Describa todo lo que haría usted para comprar:

1 2 3

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En el ejercicio anterior, qué sucede si:

Usted es una persona de clase media, con cierto nivel de ahorro, con una carga familiar de cuatro personas (su esposa y tres hijos en edad escolar), y debe cubrir los siguientes gastos: alimentación, servicios básicos, alquiler de vivienda, entre otros.

¿Cambió el enfoque del análisis?

¿Es sustancial el cambio?

¿Por qué?

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II. La inversión pública

en el Perú antes de la

creación del SNIP

II. La inversión pública

en el Perú antes de la

creación del SNIP

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¿CÓMO SE INVERTÍAN LOS RECURSOS PÚBLICOS EN EL PAÍS ANTES DE LA CREACIÓN DEL SNIP?

DE LA IDEA A LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA

Nos limitábamos a la idea de solución del promotor del proyecto (autoridades, formulador), sin proponer mayores alternativas de solución técnicas a un problema identificado.

LOS ELEFANTES BLANCOS

La inversión pública se desarrolló sin verificar su rentabilidad económica, social, su consistencia con las políticas sectoriales y su sostenibilidad: casi nunca se incluyeron los costos de operación y mantenimiento en los presupuestos de un proyecto de inversión pública.

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Expediente Técnico

Ejecución

INVERSIÓN

IDEA

¿De cuánta plata se dispone para

iniciar el proyecto?¿De cuánta plata se dispone para

iniciar el proyecto?

¿Cuánta gente vendrá a la

ceremonia de instalación de la

primera piedra?

¿Cuánta gente vendrá a la

ceremonia de instalación de la

primera piedra?

¿Cómo se pide ampliación

presupuestarira para operar el

proyecto luego de que se inagure?

¿Cómo se pide ampliación

presupuestarira para operar el

proyecto luego de que se inagure?

¿Cómo se asegura que los

ecologistas no reclamen por el

proyecto?

¿Cómo se asegura que los

ecologistas no reclamen por el

proyecto?

¿Cómo asegurar la presencia de

periodistas en la inauguración de la obra?

¿Cómo asegurar la presencia de

periodistas en la inauguración de la obra?

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EN GENERAL, EL OBJETIVO DE LAS AUTORIDADES ERA MEJORAR SU

POPULARIDAD A TRAVÉS DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y NO EL SERVICIO QUE SE

DEBÍA PROVEER A TRAVÉS DE ELLA.

Así por ejemplo, importaba inaugurar un hospital y no que los

pacientes tengan derecho a ser atendidos, y lo más importante,

que mejorarán su salud.

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PROYECTOS DUPLICADOS

PROYECTOS NO SOSTENIBLES

PROYECTOS (SUB)SOBREDIMENSIONADOS

PROYECTOS DE ALTO RIESGO

PROYECTOS CONTRADICTORIOSCON POLÍTICAS SECTORIALES

PROYECTOS NO RENTABLESDESDE LA PERSPECTIVA SOCIAL

¿QUÉ “RESULTADOS” HEMOS OBTENIDO EN EL PAÍS?

PROYECTOS (SUB)SOBREVALORADOS

INEFICIENCIA, INEFICACIA Y FALTA DETRANSPARENCIA EN EL USO DE LOS

RECURSOS PÚBLICOS

INADEUS$ 3,000’ invertidos en habilitación de tierras,38 veces más que el precio de mercado

HOSPITALESCHOTA.- Ocupabilidad: 6 / 105 camas

SANEAMIENTO RURALDe US$ 400’ invertidos en la década de los 90’,el 75% requiere rehabilitación

TRANSPORTESILO-DESAGUADERODemanda proyectada: 4000 por día Demanda efectiva: 500

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En 1997, el Municipio de Tambopata inició la construcción de un mirador de más de 40m de altura.

Ubicación: Intersección de la Av. Fitzcarrald y Av. Madre de Dios

Costo: Dos millones de nuevos soles

Mantenimiento: 200 mil nuevos soles mensuales

La construcción dispone de un ascensor que no se encuentra operativo por los altos costos de electricidad que genera.

La ubicación de la construcción obstruye el tráfico.

INVERSIONES LOCALES Y REGIONALES NO EVALUADAS

La tasa de analfabetismo es de 22.3%, mayor que el 11.8% del promedio nacional. Sólo el 34.8% de la población cuenta con abastecimiento de agua.

MADRE DE DIOSMIRADOR DE TAMBOPATA: Proyecto No Sostenible

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TUMBESMONUMENTO AL ÁRBITRO Y BOULEVARD DE LA MADRE: Proyectos No Rentables Socialmente

Sólo el 51.7% de la población tiene abastecimiento de agua, frente al 62.2% del promedio del país.

INVERSIONES LOCALES Y REGIONALES NO EVALUADAS

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TUMBESMONUMENTO AL LAGARTO Y MALECÓN DE DOS PISOS:Proyectos No Rentables Socialmente

INVERSIONES LOCALES Y REGIONALES NO EVALUADAS

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El 84.4% de la población se encuentra en situación de pobreza. Sólo el 33.3% de la población cuenta con abastecimiento de agua. Sólo el 0.9% tiene acceso a telefonía fija, muy por debajo del 22% de la población

peruana.

HUANCAVELICACENTRO CÍVICO: Proyecto Sobredimensionado

INVERSIONES LOCALES Y REGIONALES NO EVALUADAS

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HUANCAVELICAAUDITORIO SUBTERRÁNEO: Proyecto Sobredimensionado

INVERSIONES LOCALES Y REGIONALES NO EVALUADAS

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INVERSIONES LOCALES Y REGIONALES NO EVALUADAS

Ubicación: Plaza de Armas del Centro Poblado de Huayre, Provincia de Junín. Población del Centro Poblado: 684 personas (Censo 2005). Costo: S/. 633 mil. Declarado viable por la Municipalidad Provincial de Junín en el 2005. Ejecutado a

noviembre 2006: S/. 409 mil. La población no cuenta con piletas públicas para el abastecimiento de agua en las

viviendas (costo = S/. 100 mil)

JUNINMONUMENTO A LA MACA: “CONSTRUCCIÓN DE EQUIPAMIENTO URBANO PARA EVENTOS CÍVICOS SOCIALES, RECREACIÓN PASIVA, CULTURA Y TURÍSTICA DE HUAYRE”

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LA PRODUCTIVIDAD EN LA INVERSIÓN PÚBLICA, QUE ES EL INDICADOR QUE

MIDE LA CONTRIBUCIÓN DE LA INVERSIÓN PÚBLICA SOBRE EL NIVEL DE

PRODUCCIÓN Y BIENESTAR DE LA ECONOMÍA, DISMINUYÓ DE MANERA

SUSTANTIVA AÑO TRAS AÑO DURANTE VARIAS DÉCADAS.

A DIFERENCIA DE LO QUE HA PASADO CON LAS INVERSIONES DEL SECTOR

PRIVADO, CUYA PRODUCTIVIDAD HA AUMENTADO DE MANERA SISTÉMICA DESDE LOS AÑOS 90, LA DEL SECTOR PÚBLICO SE ENCUENTRA HOY POR

DEBAJO DE LO QUE ERA HACE 40 AÑOS.

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Todos enfrentamos situaciones de riesgo, incertidumbre y compromisos implícitos, todos los días, por lo que, es importante PLANIFICAR y PRIORIZAR antes de invertir.

Sin embargo, todos hacemos “preinversión” (y bien hecha) todos los días…¡ES VERDAD!...pero, siempre y cuando se trate de nuestro dinero.

Para tomar la decisión de emprender o hacer algo, necesitamos saber, de alguna manera, que los beneficios que vamos a obtener son mayores que los costos en los que vamos a incurrir para lograr dichos beneficios, previa PLANIFICACIÓN y PRIORIZACIÓN.

ENTONCES, ¿POR QUÉ ES

IMPORTANTE HACER “PREINVERSIÓN”?

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IDEA PERFIL PREFACTIBILIDAD FACTIBILIDADEXPEDIENTE

TÉCNICO

INCERTIDUMBRE(costo del error)

COSTO DE LOSESTUDIOS

PREINVERSIÓN: PROCESO DE MINIMIZACIÓN DE RIESGO E INCERTIDUMBRE

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Marco Macroeconómico

Multianual 2010 – 2012

Marco Macroeconómico

Multianual 2010 – 2012

La Programación Estratégica Multianual es una herramienta

para priorizar objetivos y orientar la asignación de los recursos al cumplimiento de las funciones

primordiales del Estado.

¿CUÁL ES LA HERRAMIENTA QUE NOS PERMITE PLANIFICAR Y PRIORIZAR NUESTRAS ACCIONES A NIVEL NACIONAL, REGIONAL Y LOCAL?

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Conversación de Alicia con el Gato de

Cheshire

“¿Podría decirme, por favor, qué camino

debo tomar desde aquí?”

“Eso depende, en gran medida, de a dónde

quieras ir”, dijo el Gato.

“Eso no importa mucho”, dijo Alicia.

“Entonces no tienes problema con el camino

que cojas”, dijo el Gato.

“-con tal que llegue a alguna parte…”,

añadió Alicia como justificación.

“Oh, seguro que lo harás”, dijo el Gato, “con

tal que camines lo bastante”.

Lewis Carroll. Alicia en el país de las maravillas.

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El tipo de proyectos a ser ejecutados dependerá de la visión de desarrollo

conjunto que hayan definido las autoridades al momento de planificar su

implementación, en atención a los déficits de servicios públicos que hayan

encontrado, establecidos en función de los problemas o insuficiencias que

presenta la población a la que prestan el servicio público, entre los que se

podría apreciar un elevado nivel de pobreza, un bajo nivel educativo, una

ausencia de acceso al agua y desagüe, una alta tasa de mortandad infantil,

entre otros.

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El Presupuesto Participativo es el instrumento de política y, a la vez, de gestión, que

debe permitir a las autoridades regionales y locales, así como a las organizaciones

de la población debidamente representadas, definir en conjunto cómo y a qué se

van a orientar los recursos, teniendo en cuenta los Objetivos del Plan de Desarrollo

Estratégico o Institucional, según corresponda, los cuales están directamente

vinculados con la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.

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EL PROGRAMA MULTIANUAL DE INVERSIÓN PÚBLICA (PMIP)

El PMIP comprende el conjunto de Proyectos de Inversión Pública (PIP), cuya ejecución esté prevista para los siguientes 3 años, articulado con el planeamiento de desarrollo concertado y el planeamiento estratégico institucional.

El PMIP incorpora los proyectos de inversión que constituyen soluciones a los principales problemas identificados en el proceso de planeamiento del desarrollo concertado, considerando aquellos proyectos de inversión a priorizarse en el proceso de presupuesto participativo. Luego de dicho proceso, el PMIP se actualiza en lo que corresponda.

Los proyectos de inversión incorporados en el PMIP deben hacer referencia al objetivo o líneas estratégicas a la cual contribuyen.

Antes de programar nuevos proyectos de inversión, se deberá asegurar la asignación de recursos correspondiente a la operación y mantenimiento de los activos e infraestructura existentes a fin de permitir su adecuado funcionamiento.

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En la elaboración de los PMIP se deben aplicar los criterios de priorización siguientes:

a)Los proyectos en ejecución que culminen en el año fiscal siguiente.

b) Los proyectos en ejecución que culminen sucesivamente en los años posteriores.

c) Los nuevos proyectos de inversión que cuenten con viabilidad y cuyos estudios de preinversión hayan sido financiados o cofinanciados con recursos provenientes de fondos concursables.

d) Los nuevos proyectos de inversión que cuenten con viabilidad y presenten mayor rentabilidad social.

e) Los nuevos proyectos de inversión que cuenten con viabilidad y cuya fuente de financiamiento sea donación o cooperación técnica no reembolsable.

f) Los proyectos de inversión en elaboración que tengan como mínimo el Perfil registrado en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversión Pública.

Los proyectos de inversión incorporados en el PMIP deben considerar los costos estimados de operación, mantenimiento y reposición, a fin de asegurar su sostenibilidad durante la vida útil del proyecto.

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III. Los Sistemas

Administrativos

III. Los Sistemas

Administrativos

CALIDADDEL SERVICIO

PÚBLICO

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El Poder Ejecutivo tiene la rectoría de los Sistemas Administrativos, con excepción del Sistema Nacional de Control.

En ejercicio de la rectoría, el Poder Ejecutivo es responsable de reglamentar y operar los Sistemas Administrativos, aplicables a todas las entidades de la Administración Pública, independientemente de su nivel de gobierno y con arreglo a la Ley de Procedimiento Administrativo General. Esta disposición no afecta la autonomía de los Organismos Constitucionales, con arreglo a la Constitución Política del Perú y a sus respectivas Leyes Orgánicas.

El Poder Ejecutivo adecúa el funcionamiento de los Sistemas Administrativos al proceso de descentralización.

SISTEMAS ADMINISTRATIVOS

Tienen por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la Administración Pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso.

Tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de políticas públicas que requieren la participación de todas o varias entidades del Estado.

Abastecimiento

Abastecimiento

ContabilidadContabilidad

Endeudamiento Público

Endeudamiento Público

TesoreríaTesorería Presupuesto Público

Presupuesto Público

Gestión de Recursos

Humanos

Gestión de Recursos

Humanos

Inversión

PúblicaInversión

Pública

Planeamiento Estratégico

Planeamiento Estratégico

Defensa Judicial del Estado

Defensa Judicial del Estado

Modernización

de la Gestión

PúblicaModernización

de la Gestión

Pública

ControlControl

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InstitucionesPúblicas

SistemasAdministrativos

SistemasAdministrativos

CiudadanoCiudadanoServicio Público

Reglas para certificarconductas...

... a fin de garantizarla calidad del servicio

Los Sistemas Administrativos en procura de calidad

Los Sistemas Administrativos Nacionales son sistemas de gestión que actúan como

normas de calidad

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IV. El Sistema Nacional

de Inversión Pública en

el Perú

IV. El Sistema Nacional

de Inversión Pública en

el Perú

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¿CÓMO NACEN LOS SISTEMAS NACIONALES DE INVERSIÓN PÚBLICA?

La Administración Pública involucra tres tareas principales:

* Controlar el nivel total de inversión para cumplir con metas macroeconómicas.

* Fijar las prioridades para la asignación de los recursos a proyectos.

* Asegurar la calidad de aquellos proyectos que sean financiados.

Para cumplir con las dos primeras tareas, los instrumentos tradicionalmente utilizados han sido los planes de mediano plazo y el presupuesto anual.

Sin embargo, hasta hace un par de decenios atrás no se contaba con un instrumento de gestión pública dedicado específicamente a facilitar el logro del objetivo de la calidad de la inversión.

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¿CÓMO NACEN LOS SISTEMAS NACIONALES DE INVERSIÓN PÚBLICA?

Conscientes de esa falencia, varios países de la región iniciaron en la década de 1980 acciones orientadas a mejorar la calidad de la inversión pública, las cuales se tradujeron en la creación de Banco de Proyectos. Estos eran sistemas de información, inicialmente manuales, destinados a registrar los proyectos de inversión pública en las distintas etapas de su ciclo, con el propósito principal de apoyar la planificación de la inversión pública y contribuir a mejorar su calidad.

Los países pioneros, en la primera mitad de los años ochenta, fueron Bolivia, Chile, El Salvador, Guatemala y Venezuela. Más tarde se comenzaron a utilizar sistemas de información computarizados. Posteriormente otros países, entre ellos, Argentina, Colombia, Ecuador, Jamaica, Perú y Trinidad y Tobago.

Era evidente que los sistemas de información por sí solos no garantizaban el logro del objetivo de calidad de la inversión pública. Era necesario complementarlos con instructivos o metodologías de preparación, evaluación y gestión de la ejecución de proyectos, con capacitación a funcionarios públicos y con un soporte legal, institucional y metodológico adecuado.

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EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA EN EL PERÚ

Muchas personas continúan creyendo que el SNIP es el Ministerio de Economía y Finanzas.

El SNIP NO es una institución, sino un Sistema Administrativo del Estado que incluye la participación de distintos actores de cualquier entidad que ejecute proyectos de inversión pública. Cada actor es responsable de cumplir funciones específicas a lo largo de la preparación de un proyecto.

Es un trámite burocrático para conseguir presupuesto.

El SNIP es Sistema que certifica la calidad de los proyectos de inversión pública. Es un camino estrictamente técnico, necesario para el buen uso de los recursos públicos, para lo cual establece una serie de principios, procesos, normas técnicas y metodologías. Si bien un proyecto de inversión pública requiere contar con la viabilidad en el marco del SNIP previamente a su ejecución, no es parte de las funciones del SNIP el asignar recursos para la ejecución de los mismos. En la misma línea, un proyecto viable no implica que ya cuente con recursos para su ejecución.

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EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA EN EL PERÚ

El SNIP no prioriza proyectos

Son las autoridades de cada sector o nivel de gobierno y sus instancias de gestión quienes definen qué proyecto y cuándo se ejecuta una vez declarado viable en el marco del SNIP. El SNIP no prioriza los proyectos, sino que promueve la generación de una cartera de proyectos de calidad de acuerdo a su nivel de rentabilidad y beneficio social.

El SNIP ya se encuentra descentralizado

Desde el 01 de enero de 2007 la evaluación y aprobación de proyectos se encuentra descentralizada. Ahora todo proyecto es evaluado y declarado viable por la Oficina de Programación e Inversiones (OPI) de cada Sector, Gobierno Regional y Gobierno Local, según sus competencias y sin límite de monto. Sólo los proyectos de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) de más de un Gobierno Local, que vayan a ser financiados con endeudamiento externo y cuyo monto de inversión sea de S/. 10 millones o más, serán evaluados por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

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ENTONCES…¿QUÉ ES EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA EN EL PERÚ?

El SNIP es un sistema administrativo del Estado que a través de un conjunto de principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionadas con las diversas fases de los proyectos de inversión certifica su calidad. Con ello se busca:

Eficiencia en la utilización de recursos de inversión.

Sostenibilidad en la mejora de la calidad o ampliación de la provisión de los servicios públicos intervenidos por los proyectos.

Mayor impacto socio-económico, es decir, un mayor bienestar para la población.

EstadoEstado CiudadanoCiudadanoProyecto deInversión Pública

Proyecto deInversión Pública

El SNIP busca certificar la calidad de los proyectos

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EN EL PERÚ ¿DESDE DÓNDE NACE EL SNIP?

MINISTRO

SECRETARIAGENERAL

VICEMINISTRODE ECONOMIA

VICEMINISTRODE HACIENDA

DGAESDGPIP DGPMDGPM DGAEICIP DNEPDNPP DNTP DNCP

Of. Gral. DeAuditoría Interna

ProcuraduríaPública

Oficina deDefensa Nacional

Of. Gral. DeAdministración

Of. Gral. DeInform. y Estad.

TribunalFiscal

Of. Gral. deAsesoría Jurídica

Progr. Unidad deCoord. de Préstamos

Sectoriales

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PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA EN EL PERÚ

Page 40: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Baja calidad de la Inversión Pública

Aplicando el “Ciclo de Proyecto”: herramienta mundialmente utilizada para mejorar la calidad de la inversión.

Mayor calidad de la Inversión Pública

Proyectos Buenos

FINALIDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA A NIVEL NACIONAL, REGIONAL Y LOCAL

Ley N° 27293(junio 2000),

modificada por lasLeyes N° 28522 y 28802, y D. Leg.

N° 1005 y 1091

Optimizar el uso de los Recursos Públicos destinados a la inversión.

Optimizar el uso de los Recursos Públicos destinados a la inversión.

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OBJETIVOS DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA EN EL PERÚ

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ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL SNIP

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INCORPORACIÓN DE LOS GOBIERNOS LOCALES AL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA

1

a) Tener acceso a internet;

b) Tener el compromiso del Concejo Municipal de apoyar la generación y fortalecimiento técnico de las capacidades de formulación y evaluación de Proyectos de Inversión Pública, en su Gobierno Local;

c) Tener, al momento de su incorporación al SNIP, en su Presupuesto Institucional para el Grupo Genérico de Gastos 2.6. Adquisición de Activos No Financieros, presupuestado un monto no menor a S/. 4 000 000.00.

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INCORPORACIÓN DE LOS GOBIERNOS LOCALES AL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA

3

2

IMPORTANTE1.Los Gobiernos Locales que a la fecha de entrada en vigencia la presente norma se encuentren incorporados al Sistema Nacional de Inversión Pública, mantienen dicha calidad de forma irreversible.

2.Los PIP que formule el Gobierno Local, así como los otros pliegos presupuestales, proyectos, entidades de tratamiento empresarial y empresas municipales, que pertenezcan o estén adscritas al Gobierno Local que se incorpora, quedan sujetos obligatoria e irreversiblemente a todas las disposiciones del SNIP, sin excepción.

3.Los Gobiernos Locales sujetos al SNIP, deben contar con un órgano que realice las funciones de Oficina de Programación e Inversiones en su municipalidad, o haber encargado la evaluación de sus proyectos.

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ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA

Page 46: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Órgano Resolutivo

SECTOR / GR / GL

OPI

UnidadesFormuladoras

UnidadesEjecutoras

Relación Técnico - Funcional

Dirección Generalde Programación

Multianual delSector Público

Relación Institucional

Relación Funcional y/o Institucional

MINISTERIO DE ECONOMÍAY FINANZAS

ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA

Page 47: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

V. Principales

Definiciones entorno al

Sistema Nacional de

Inversión Pública

V. Principales

Definiciones entorno al

Sistema Nacional de

Inversión Pública

Page 48: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Pre - Inversión

Prefactibilidad

Factibilidad

Perfil

Inversión Post - Inversión

EstudioDefinitivo –Expediente

Técnico

Ejecución

Operación yMantenimiento

Evaluaciónex - post

Retroalimentación

*La declaración de viabilidad es un requisito OBLIGATORIO para pasar de la fase de preinversión a la fase de inversión.

*

EL CICLO DEL PROYECTO

“Aplicación de pasos secuenciales que todo PIP, por Ley, debe cumplir”

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PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA (PIP)

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PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA (PIP)

Debe constituir la solución a un problema vinculado a la finalidad de una Entidad y a sus competencias.

Su ejecución puede hacerse en más de un ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de ejecución de los estudios de preinversión.

No son Proyectos de Inversión Pública las intervenciones que constituyen gastos de operación y mantenimiento.

Tampoco constituye Proyecto de Inversión Pública aquella reposición de activos que:

i) Se realice en el marco de las inversiones programadas de un proyecto declarado viable;ii) Esté asociada a la operatividad de las instalaciones físicas para el funcionamiento de la entidad; oiii) No implique ampliación de capacidad para la provisión de servicios.

Page 51: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

RECURSOS PÚBLICOS

Todos los recursos financieros y no financieros de propiedad del Estado o que administran las Entidades del Sector Público.

Los recursos financieros comprenden todas las fuentes de financiamiento.

Esta definición incluye a los recursos provenientes de cooperación técnica no reembolsable (donaciones y transferencias), así como a todos los que puedan ser recaudados, captados o incorporados por las Entidades sujetas a las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública.

Page 52: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

TIPOS DE INTERVENCIONES

CREAR: no se brinda el servicio público (servicio inexistente).

AMPLIAR: se brinda el servicio público pero no se logra atender la demanda actual (y futura). Implica necesariamente la modificación del tamaño original del proyecto.

MEJORAR: se brinda el servicio público pero se puede brindar un servicio de mayor calidad. Implica necesariamente la conservación del tamaño original del proyecto pero al mismo tiempo el uso de un mejor estándar técnico.

RECUPERAR: se brinda el servicio pero debido a factores climatológicos adversos, desastres naturales o tecnológicos se ha truncado la prestación del servicio.

Page 53: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

GASTOS DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO

GASTOS DE OPERACIÓN

Forman parte de los gastos de operación de la Entidad.

Son aquellos que financian el conjunto de actividades,

operaciones y procesos que aseguran la provisión

adecuada y continua de bienes y servicios del proyecto de

inversión pública.

GASTOS DE MANTENIMIENTO

Forman parte delos gastos de mantenimiento de la

Entidad. Son aquellos que financian el conjunto de

actividades, operaciones y procesos requeridos para que

la infraestructura, maquinaria, equipos y procesos del

proyecto de inversión pública conserve su condición

adecuada de operación.

Page 54: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

PROGRAMA DE INVERSIÓN

Es un conjunto de PIP y/o

conglomerados que se complementan

para la consecución de un objetivo

común.

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CONGLOMERADO

Es un conjunto de PIP de pequeña escala que

comparten características similares en cuanto a

diseño, tamaño o costo unitario y que

corresponden a una misma función y programa,

de acuerdo al Clasificador Funcional

Programático. Sólo puede ser un componente

de un Programa de Inversión.

Page 56: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

VI. Revisión Integral del

Marco Normativo del

SNIP

VI. Revisión Integral del

Marco Normativo del

SNIP

Page 57: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

MARCO NORMATIVO GENERAL BÁSICO

Adicionalmente, debe considerarse el marco normativo específico complementario del Sistema Nacional de Inversión Pública, a través del cual se precisan algunos procedimientos generales del marco normativo general.

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PRINCIPALES CAMBIOS PRODUCIDOS

DESCENTRALIZACIÓN

El Ministerio de Economía y Finanzas ha descentralizado la facultad de evaluar los PIP formulados por los gobiernos subnacionales y por los sectores, salvo que dichos proyectos sean financiados por operaciones de endeudamiento externo.

SIMPLIFICACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN

Se ha incrementado de manera significativa el monto máximo de inversión que puede ser evaluado mediante el estudio de preinversión en el nivel de perfil. Por lo tanto, se ha restringido el número de proyectos que deben formular estudios en el nivel de prefactibildad o factbilidad.

ACORTAMIENTO DE PLAZOS PARA LA EVALUACIÓN

Los plazos para formular observaciones, así como para la evaluación se han reducido de manera significativa.

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PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL SNIP

DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL

1. Declara la viabilidad de los PIP que sean financiados total o parcialmente con operaciones de endeudamiento u otra que conlleve el aval o garantía del Estado, conforme a la normatividad del endeudamiento público.

Operación de Endeudamiento: Es el financiamiento sujeto a reembolso acordado a plazos mayores de un año, destinado a realizar proyectos de inversión pública (…). Son Op. End. Ext. aquellas acordadas con personas naturales o jurídicas no domiciliadas en el país y Op. End. Int. las que se acuerdan con personas naturales o jurídicas domiciliadas en el país.

Operaciones con Garantía del Estado: Son las otorgadas o contratadas por el MEF con entidades financieras nacionales o internacionales, a fin de atender requerimientos derivados de los procesos de promoción de la inversión privada y concesiones.

2. Emite, a solicitud o de oficio, opinión técnica especializada en materia de inversión pública, así como, opinión legal sobre la aplicación de las normas del SNIP. Para ambos casos, en cualquier fase del Ciclo del Proyecto.

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DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL

3. Aprueba TdR para la elaboración de un estudio a nivel de Perfil o Prefactibilidad (> 60 UIT) o Factibilidad (> 200 UIT) de PIP o Programas de Inversión financiados mediante operaciones de endeudamiento. Dicha aprobación es requisito previo a la elaboración o contratación del estudio respectivo.

4. Vela porque las declaraciones de viabilidad que otorguen los órganos competentes del SNIP, reúnan los requisitos de validez técnica y legal, emitiendo lineamientos, pautas o recomendaciones sobre las mismas y realizando evaluaciones muestrales, cada año, sobre la calidad de dichas declaraciones de viabilidad.

5. Regular las fases y etapas del Ciclo del Proyecto así como las funciones y atribuciones de los órganos del SNIP.

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL SNIP

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DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL

6. Determina, a solicitud de la OPI, los aspectos técnicos y metodológicos en la formulación y evaluación de un proyecto.

7. Aprobar el perfil profesional de los Responsables de las OPIs.

8. Establecer los niveles mínimos de estudios de preinversión que requieren los proyectos de inversión para poder declarar su viabilidad.

9. Realizar y fomentar la generación de capacidades en las OPIs y UFs en las fases del Ciclo del Proyecto y en la Programación Multianual de la Inversión Pública.

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL SNIP

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Coordinaciones de la DGPM

Coordina Directivas y demás instrumentos necesarios con los sistemas de administración financiera y otros sistemas administrativos del Estado a fin de asegurar una adecuada implementación de los proyectos.

Informa anualmente a la DNPP y al FONAFE, el resultado de la verificación de la consistencia de los Programas Multianuales de Inversión Pública sectoriales.

Para PIPs que precisen financiamiento mediante una operación de endeudamiento externo, participa, con la OPI del sector correspondiente, en las misiones de las fuentes financieras.

Coordina con la Contraloría General de la República los lineamientos a incluirse en las acciones de control, a fin de velar por el cumplimiento de las disposiciones del SNIP, incluyendo que la elaboración de estudios definitivos, la ejecución y evaluación ex post, además de la operación y mantenimiento, correspondan al resultado de los estudios de preinversión.

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ÓRGANO RESOLUTIVO

1. Aprobar, con acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, cuando corresponda, el Programa Multianual de Inversión Pública (PMIP), que forma parte de sus planes.

2. Designa al órgano encargado de realizar las funciones de OPI en su Sector, Gobierno Regional o Local, el cual debe ser uno distinto a los órganos encargados de la formulación y/o ejecución de los proyectos.

3. Designa, bajo responsabilidad, al Responsable de la OPI, informando a la DGPM de dicha designación, debiendo recaer en una persona que cumpla con el Perfil Profesional del Responsable de OPI aprobado por la DGPM (Anexo SNIP 14).

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL SNIP

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ÓRGANO RESOLUTIVO

4. Puede delegar (incluye la función de registrar a las UF de la Entidad o Empresa), previa opinión favorable de su OPI, la facultad para evaluar y declarar la viabilidad a favor de la máxima autoridad de las Entidades y Empresas adscritas, pertenecientes o bajo el ámbito de su Sector, GR o GL, siempre que cumplan con las condiciones mínimas siguientes:

Contar con un equipo de por lo menos 02 profesionales especializados en la materia de los proyectos objeto de la delegación.

Dicho equipo debe tener una experiencia mínima de 02 años en evaluación de proyectos, aplicando las normas y metodología del SNIP.

No tener la calidad de UE, salvo para el caso de los conglomerados autorizados.

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL SNIP

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ÓRGANO RESOLUTIVO

5.Sólo en el caso de proyectos enmarcados en Conglomerados, puede delegar previa opinión favorable de su OPI, la facultad para evaluar y declarar la viabilidad a favor de las UE de las Entidades y Empresas bajo su ámbito y bajo responsabilidad del Titular o de la máxima autoridad de la Entidad o Empresa a la cual pertenece la UE.

6.Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o estudios definitivos y la ejecución de los PIPs declarados viables. Los proyectos viables aprobados en su Presupuesto Institucional de Apertura se consideran ya autorizados y por lo tanto no requieren una autorización expresa, salvo para aquellos PIPs que implican modificación presupuestaria. Esta función puede ser objeto de delegación.

7.Asegurar las condiciones que permitan el adecuado funcionamiento de la OPI, velando por la calidad de los proyectos que se ejecuten en su ámbito de competencia y que éstos cumplan de forma obligatoria la aplicación del Ciclo del Proyecto.

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL SNIP

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OFICINA DE PROGRAMACIÓN E INVERSIONES (OPI)

1. Elabora el PMIP del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, según corresponda y lo somete a consideración del Órgano Resolutivo, velando porque se enmarquen en los Lineamientos de Política Sectoriales y en los Planes de Desarrollo Concertado que correspondan.

2. Responsable por mantener actualizada la información registrada en el Banco de Proyectos. Verificar en el Banco de Proyectos que no exista un PIP registrado con los mismos objetivos, beneficiarios, localización geográfica y componentes, del que se pretende formular, a efectos de evitar la duplicación de proyectos, debiendo realizar las coordinaciones correspondientes.

3. Declara la viabilidad de los PIP o Programas de Inversión que no se financien con endeudamiento u otra que conlleve el aval o garantía del Estado. En el caso de los GR y GL, la OPI sólo está facultada para evaluar y declarar la viabilidad de los PIP o Programas de Inversión que formulen las UF pertenecientes o adscritas a su nivel de gobierno.

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL SNIP

Page 67: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

OFICINA DE PROGRAMACIÓN E INVERSIONES (OPI)

4.Declara la viabilidad de los PIP o Programas de Inversión que se financien con recursos provenientes de operaciones de endeudamiento, siempre que haya recibido la delegación de facultades.

5.En el caso de los PIP y Programas de Inversión que se financien con endeudamiento, la OPI Sectorial aprueba los estudios de preinversión, cuando corresponda, recomienda y solicita a la DGPM su declaración de viabilidad y aprueba los TdR para la elaboración de un estudio de perfil o prefact. > 60UIT y factib. > 200UIT, como requisito previo a la aprobación de la DGPM.

6.Para los PIP o Programas de Inversión que no se financien con endeudamiento, aprueba expresamente los TdR de perfil > 30 UIT, o prefact. > 60 UIT o de factib. 120 UIT. Los TdR deben ser presentados a la OPI por la UF.

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL SNIP

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OFICINA DE PROGRAMACIÓN E INVERSIONES (OPI)

7. Emite opinión favorable sobre cualquier solicitud de modificación de la información de un estudio o registro de un PIP en el BP, cuya evaluación le corresponda. Para la aplicación de la presente disposición, la OPI podrá solicitar la información que considere necesaria a los órganos involucrados.

8. Emite opinión técnica sobre cualquier PIP en cualquier fase del Ciclo del Proyecto. Capacitar y brindar asistencia técnica permanentemente al personal técnico encargado de la identificación, formulación, evaluación y seguimiento de proyectos en su Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local.

9. En los proyectos que, por su monto de inversión requieran ser declarados viables con un estudio de Factibilidad, podrá autorizar la elaboración de éste estudio sin requerir el estudio de Prefactibilidad, siempre que en el Perfil se haya identificado y definido la alternativa a ser analizada en el estudio de Factibilidad.

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL SNIP

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Perfil Profesional del Responsable de la OPI

1. Contar con Grado de Bachiller o Título Profesional en Economía, Administración, Ingeniería o carreras afines.

2. Haber seguido cursos o diplomados de especialización en evaluación social de proyectos y/o sobre el SNIP, con resultados satisfactorios.

3. Experiencia en formulación y/o evaluación social de proyectos de 02 años como mínimo. En el caso de la OPI Nacional y Regional, 03 años como mínimo.

4. Con tiempo de experiencia en el Sector Público de 02 años como mínimo. En el caso de la OPI Nacional y Regional, 05 años como mínimo.

5. Adecuadas capacidades para conducir equipos de trabajo.

6. En el caso de la OPI de un Gobierno Regional, deberá residir en la circunscripción territorial del Gobierno Regional.

7. En el caso de la OPI de un Gobierno Local, deberá residir en la circunscripción territorial del Gobierno Local, o en zonas aledañas

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Responsabilidades del Jefe de la OPI

1. Suscribir los informes técnicos de evaluación, así como los formatos que correspondan.

2. Visar los estudios de preinversión que apruebe, así como aquellos que sustenten la declaratoria de viabilidad de los proyectos, con la finalidad de determinar el estudio que debe ser ejecutado en la fase de inversión.

3. Velar por la aplicación de las recomendaciones que, en su calidad de ente técnico normativo, formule la DGPM, así como, cumplir con los lineamientos que dicha Dirección emita.

4. La persona designada como Responsable de una OPI no puede formar parte directa o indirectamente de una UF ni de una UE.

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Visación de los Estudios de Preinversión

por el Responsable de la OPI

1. Debe visar para el caso del PIP Menor, el Formato SNIP – 06, y en los demás casos el Resumen Ejecutivo del estudio de preinversión que sustente el otorgamiento de la declaración de viabilidad del PIP.

2. Cuando se trate de PIP financiados con operaciones de endeudamiento o de Programas de Inversión, debe visar el Resumen Ejecutivo del estudio de preinversión que aprueba para solicitar la declaración de viabilidad a la DGPM.

3. El presente artículo no es de aplicación para los casos en que el Órgano Resolutivo haya delegado la facultad de declaración de viabilidad.

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UNIDAD FORMULADORA

FUNCIONES

1. Elabora y suscribe los estudios de preinversión siendo responsable del contenido y los registra en el BP.

2. Las UF-GR y UF-GL, formulan proyectos que se enmarquen en las competencias de su nivel de Gobierno.

3. Realizar las coordinaciones y consultas necesarias con la entidad respectiva para evitar la duplicación de proyectos.

4. Formular los proyectos a ser ejecutados por terceros con sus propios recursos o por Gobiernos Locales no sujetos al SNIP. La UF correspondiente es aquella que pertenece a la Entidad sujeta al SNIP que asumirá los gastos de O/M del PIP.

5. Informar a su OPI institucional los proyectos presentados a evaluación ante la OPI responsable de la función en la que se enmarca el PIP.

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL SNIP

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UNIDAD FORMULADORA

RESPONSABILIDADES

1. Cuando los gastos de O y M están a cargo de una entidad distinta a la que pertenece la UF, solicita la opinión favorable de dichas entidades antes de remitir el Perfil para su evaluación.

2. Está prohibido el fraccionamiento de PIPs.

3. Considerar, en la elaboración de los estudios, los Parámetros y Normas Técnicas para Formulación (Anexo SNIP-08), y los Parámetros de Evaluación (Anexo SNIP-09).

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL SNIP

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UNIDAD EJECUTORA

FUNCIONES

1. Ejecuta el PIP autorizado por el Órgano Resolutivo, o el que haga sus veces.

2. Elabora el expediente técnico o supervisa su elaboración, cuando no sea realizado directamente por éste órgano.

3. Tiene a su cargo la evaluación ex post del PIP.

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL SNIP

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UNIDAD EJECUTORA

RESPONSABILIDADES

1. Es la responsable de la fase de inversión, aún cuando alguna de las acciones que se realizan en esta fase, sea realizada directamente por otro órgano o dependencia de la Entidad (encargos por convenio). Está a cargo de la evaluación ex-post del PIP.

2. La UE debe ceñirse a los parámetros bajo los cuales fue otorgada la viabilidad para disponer y/o elaborar los estudios definitivos y para la ejecución del PIP, bajo responsabilidad de la autoridad que apruebe dichos estudios y del responsable de la UE.

3. Elaborar el Informe de Cierre del PIP, remitiéndolo a su OPI.

4. Informar al órgano que declaró la viabilidad de PIP toda modificación que ocurra durante la fase de inversión.

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL SNIP

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Pre - Inversión

Factibilidad

Perfil

Inversión Post - Inversión

EstudioDefinitivo –Expediente

Técnico

Ejecución

Operación yMantenimiento

Evaluaciónex - post

Retroalimentación

*La declaración de viabilidad es un requisito OBLIGATORIO para pasar de la fase de preinversión a la fase de inversión.

*

EL CICLO DEL PROYECTO

“Aplicación de pasos secuenciales que todo PIP, por Ley, debe cumplir”

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Tienen como objetivo evaluar la conveniencia de realizar un PIP en particular. En esta fase se realiza la evaluación ex ante del proyecto, destinada a determinar la pertinencia, rentabilidad social y sostenibilidad del PIP, criterios que sustentan la declaración de viabilidad.

El primer estudio es el de perfil. Por el monto estimado de inversión, este puede requerir de estudios de mayor profundidad: FACTIBILIDAD.

Inmediatamente se concluye la elaboración del perfil se registra la información del mismo en el Banco de Proyectos del SNIP.

PERFIL (Anex|o SNIP – 05A y SNIP 05B)

Su elaboración es obligatoria y se basa en fuentes secundarias: conocimientos técnicos de expertos, bases de datos de costos y beneficios y parámetros, que permitan a grandes rasgos, determinar la posibilidad de llevar adelante la idea. Cuenta con estimaciones preliminares de costos y beneficios y un amplio número de alternativas.

FASE DE PREINVERSIÓN

Pre - Inversión

Factibilidad

Perfil

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PREFACTIBILIDAD (Anexo SNIP - 06)

Es la etapa donde se precisa con mayor detalle la información del estudio del perfil, con el fin de disminuir riesgos de la decisión de invertir y encontrar las mejores alternativas. Su preparación requiere de fuentes secundarias con trabajos de campo. Permite acotar las alternativas que se evaluarán en el nivel de factibilidad.

FACTIBILIDAD (Anexo SNIP - 07)

Este estudio incluye, los mismos rubros que el de prefactibilidad, pero con una mayor profundidad, requiere información primaria. Establece definitivamente los aspectos técnicos fundamentales: localización, tamaño, tecnología, calendario de ejecución, organización, gestión y análisis financiero, considerando un menor rango de variación en los costos y beneficios de la alternativa seleccionada en el estudio de prefactibilidad.

Demanda mayor tiempo y recursos, reduciendo los riesgos para la decisión de inversión.

FASE DE PREINVERSIÓN

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FORMULACIÓN DE ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN

Previo a la formulación de un PIP, la UF verifica en el Banco de Proyectos que no exista un PIP registrado con los mismos objetivos, beneficiarios, localización geográfica y componentes, del que pretende formular, a efectos de evitar la duplicación de proyectos.

La UF elabora los estudios de preinversión del PIP sobre la base de los Contenidos Mínimos para Estudios de Preinversión (Anexos SNIP-05A, SNIP-05B, SNIP-06 y SNIP-07), teniendo en cuenta los contenidos, parámetros, metodologías y normas técnicas que se dispongan.

La elaboración de los estudios de preinversión considera los Parámetros y Normas Técnicas para Formulación (Anexo SNIP-08), así como los Parámetros de Evaluación (Anexo SNIP-09).

Las proyecciones macroeconómicas que se utilicen para los estudios de preinversión deben ser consistentes con el Marco Macroeconómico Multianual vigente en el momento que se realiza el estudio.

Asimismo, debe ser compatible con los Lineamientos de Política Sectorial, con el Plan Estratégico Institucional y con el Plan de Desarrollo Concertado, según corresponda.

Page 80: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

EVALUACIÓN DE ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN Previo a la evaluación de un PIP, la OPI verifica que en el Banco de Proyectos no exista otro PIP registrado con

los mismos objetivos, beneficiarios, localización geográfica y componentes, del que será evaluado, a efectos de evitar la duplicación de proyectos.

La evaluación del proyecto debe considerar el análisis de los aspectos técnicos, metodológicos y parámetros utilizados en el estudio, adicionalmente se tomarán en cuenta los aspectos legales e institucionales relacionados a la formulación y ejecución del proyecto.

Los Informes Técnicos que elaboren la OPI o la DGPM seguirán las Pautas para la Elaboración de Informes Técnicos (Anexo SNIP-10), los cuales siempre deben ser puestos en conocimiento de la UF que elaboró el estudio.

Cuando la OPI formule observaciones, debe pronunciarse de manera explícita sobre todos los aspectos que deban ser reformulados o sustentados, no debiendo volver a observar un PIP sino por razones sobrevinientes a la primera evaluación.

La responsabilidad por la evaluación de los PIP es siempre de una Entidad del Sector Público sujeta a las normas del SNIP.

Page 81: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Evaluación de Proyectos “mayores”

• Se utiliza el Protocolo de Evaluación

• Cuando se declara la viabilidad de un PIP ya sea con Perfil, Prefactibilidad o Factibilidad) se remite copia a DGPM de:– Formato SNIP 09 (Declaración de Viabilidad)– Informe Técnico– Protocolo de Evaluación

• Plazo: 05 días hábiles

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PLAZOS DE EVALUACIÓN

Para los PIP Menores, la OPI tiene un plazo no mayor de 10 días hábiles, a partir de la fecha de recepción del Perfil Simplificado, para emitir el FORMATO SNIP-06.

Para la evaluación de un PIP o Programa de Inversión, la OPI y la DGPM tienen, cada una, un plazo no mayor de:

ESTUDIO DE PREINVERSIÓN OPI / DGPM

PERFIL 20

FACTIBILIDAD 40

Page 83: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

PLAZOS DE EVALUACIÓN

Cuando se presenten solicitudes para autorizar la elaboración del estudio de Factibilidad, la OPI o la DGPM tiene un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, para emitir el Informe Técnico correspondiente.

a. En el caso de solicitudes para aprobar Términos de Referencia de estudios de preinversión, la OPI y la DGPM tienen, cada una, un plazo no mayor de quince (15) días hábiles, para emitir el Informe Técnico correspondiente.

b. Estos plazos rigen a partir de la recepción de toda la información necesaria.

Page 84: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

¿Cuáles son los Niveles Mínimosde Estudios de Preinversión? *

PERFIL FACTIBILIDAD

S/. 1 200 000.00< MITPM <

S/. 10 000 000.00

(Anexo 5A )

S/. 10 000 000.00< MITPM

Anexo 5B + Anexo 6 +Anexo 7)

OPI puede autorizar salto

PERFIL SIMPLIFICADO hasta S/. 1 200 000.00

MITPM = Monto de la inversión total del proyecto a precios de mercado_______________________________

*Las excepciones a lo dispuesto se aprobarán por la DGPM en base a un Informe sustentatorio elaborado por la UF y aprobado por la OPI correspondiente. La DGPM tiene un plazo no mayor de diez (10) días hábiles desde la recepción de los documentos señalados.

Page 85: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

PIP MenorHasta S/. 1 200 000.

Nuevo Perfil Simplificado (Formato SNIP 04)Nueva Ficha de Evaluación (Formato SNIP 06)

Plazo de evaluación: 10 días hábilesNo aplica Protocolo de Evaluación

Se copia a UF y DGPM Formatos de Evaluación y de Viabilidad.

Si durante la evaluación de un PIP “mayor” se vuelve PIP Menor, la OPI puede evaluarlo como PIP Menor o

“mayor”.

Ya no existe el PIP Menor de Equipamiento

Page 86: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

PIPs de Electrificación Rural

• Se declaran viable con Perfil• El Perfil debe elaborarse según contenidos mínimos señalados en RD 008-

2007-EF/68.01• Se aplica a todos los niveles de gobierno.• No tiene fecha de término• Se aplica a PIP mayores a S/.1’200,000

Page 87: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Convenio SNIP 11• OBJETO: GL sujeto al SNIP encarga la evaluación

de sus PIP a otro GL sujeto al SNIP o a su GR.

• GL encargante al incorporarse informa a DGPM que no tiene OPI y que ha suscrito este Convenio.

Si se encarga a otro GL, debe ser colindante al encargante o estar en su mismo departamento.

Page 88: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Convenio SNIP 11

Funciones que se encargan: Evaluación del PIP y Verificación de viabilidadRegistros en el BP relacionadosEn general todas las que deba hacer una OPI La OPI encargada registra Convenio en el BP

OJO: La DGPM remite la clave de acceso al BP a la

OPI encargada

Page 89: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Convenio SNIP 12• OBJETO: GL sujeto al SNIP formula, evalúa

y declara viable PIPs de GL no sujeto.

OPI del GL sujeto al SNIP registra el Convenio en el BP

Cuando UF registra PIP del GL no sujeto, en el BP, debe dejar constancia del Convenio en la Ficha de Registro del PIP

Page 90: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Convenio SNIP 13• OBJETO: GN ó GR pueden formular PIPs

de competencia municipal exclusiva, siempre que firmen este Convenio con el GL respectivo

Debe indicarse expresamente el PIP objeto del Convenio

La UF que formula PIP de competencia municipal exclusiva, registra Convenio en el BP

Page 91: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Un proyecto se declara viable cuando a través del estudio de preinversión ha demostrado ser:

costos

beneficios

Recursos para operación ymantenimiento, aceptación de

la comunidad, etc.

Enmarcadosen los esfuerzos

y prioridades del país

(educación inicial, electrificación rural,

etc.)

DECLARACIÓN DE VIABILIDAD DE UN PIP

COMPATIBLE CON LAS POLITICAS SECTORIALES – NACIONALESCon objetivos y resultados estratégicos en el marco de un Plan de Desarrollo Concertado con políticas sectoriales y/o nacionales.

SOCIALMENTE RENTABLEContribuye al crecimiento de la riqueza del país o al bienestar de la sociedad en su conjunto.

SOSTENIBLEBrinda beneficios por encima de sus costos a lo largo de su vida útil.

La DGPM cautela que las declaraciones de viabilidad reúnan los requisitos de validez técnica y legal, dispone las acciones respectivas según cada PIP, y

las sustenta y registra en la Ficha de Registro del PIP en el BP.

Page 92: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Sólo podrá otorgarse si:

La intervención es un PIP, de acuerdo a las definiciones establecidas.

No se trata de un PIP fraccionado.

La UF tiene las competencias legales para formular el PIP y la OPI tiene la competencia legal para declarar la viabilidad del PIP.

Las entidades han cumplido con los procedimientos que se señalan en la normatividad del SNIP.

Los estudios de preinversión han sido elaborados considerando los Parámetros y Normas Técnicas para Formulación y los Parámetros de Evaluación (Anexos SNIP-08 y SNIP-09) y considerando metodologías adecuadas de evaluación de proyectos, las cuales se reflejan en las Guías Metodológicas que publica la DGPM.

Los PIP no están sobredimensionados respecto a la demanda prevista y sus beneficios del proyecto no están sobreestimados.

DECLARACIÓN DE VIABILIDAD DE UN PIP

Page 93: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

IMPORTANTE

La Unidad Ejecutora deberá ceñirse a los parámetros bajo los cuales fue otorgada la viabilidad para disponer y/o elaborar los estudios definitivos o expedientes técnicos, así como para la ejecución del PIP.

Asimismo la declaración de viabilidad obliga a la Entidad a cargo de la operación del proyecto, al mantenimiento del mismo, de acuerdo a los estándares y parámetros aprobados en el estudio que sustenta la declaración de viabilidad del proyecto y a realizar las acciones necesarias para la sostenibilidad del mismo.

Page 94: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Un PIP ingresa en la fase de inversión luego de ser DECLARADO VIABLE.

La etapa se inicia con el desarrollo del expediente técnico o estudio definitivo del proyecto.

En esta etapa se implementan las acciones para permitir la generación del bien o servicio que se quiere brindar.

Culmina cuando el PIP ha sido totalmente ejecutado, luego de lo cual la UE debe elaborar el Informe sobre el cierre del PIP y su transferencia, cuando corresponda, y remitirlo a su OPI institucional. Recibido el Informe sobre el cierre del PIP, La OPI institucional lo registra en el Banco de Proyectos.

FASE DE INVERSIÓN

Inversión

EstudioDefinitivo –Expediente

Técnico

Ejecución

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ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DEFINITIVOS O EXPEDIENTE TÉCNICO DETALLADO

• Debe ceñirse a los parámetros bajo los cuales fue otorgada la declaración de viabilidad y observar el cronograma de ejecución del estudio de preinversión con el que se declaró la viabilidad.

• Los términos de referencia para la elaboración del estudio definitivo o expediente técnico detallado deben incluir como Anexo, el estudio de preinversión mediante el cual se declaró la viabilidad del PIP.

• Luego de culminado el estudio definitivo o expediente técnico detallado, la UE informa al órgano que declaró la viabilidad, los montos de inversión y principales parámetros que hayan sido considerados. Asimismo, si se han producido variaciones que puedan afectar la viabilidad del PIP, la UE deberá informar al órgano que declaro la viabilidad del PIP.

Page 96: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Expediente Técnico - ETLas disposiciones de la Directiva para los estudios

definitivos o expedientes técnicos detallados son de aplicación a los demás documentos equivalentes.

La OPI emite opinión favorable sobre el ET antes de que sea aprobado por el Órgano Resolutivo o facultado.

Se realiza directamente en el BP, se imprime y firma.

Plazo máximo: 15 días hábiles.

DGPM opina con opinión previa de la OPI sectorial.

Page 97: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Expediente Técnico - ETPara opinión favorable debe chequearse:

objetivo del PIP; monto de inversión; metas asociadas a la capacidad de producción del

servicio; metrados; (p.e. casos carreteras)metas físicas; tecnología de producción; plazo de ejecución; componentes; y localización geográfica y/o área de influencia

Page 98: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Si No

¿El Estudio Definitivo modifica o altera el objetivo del PIP declarado viable?

¿El Estudio Definitivo corresponde a la Alternativa seleccionada y declarada viable en el marco del SNIP?

¿Con el Estudio Definitivo se introduce nuevos Componentes o modifica los Componentes del PIP declarado viable?

¿En el Estudio Definitivo se mantiene el valor de las metas físicas previstas en los resultados o componentes del PIP viable?

¿El ámbito geográfico del PIP viable ha sido modificado con el Estudio Definitivo?

¿Se mantiene el número y ubicación de los beneficiarios definidos en el PIP viable?

¿El costo total que indica el Estudio Definitivo es mayor en 10% al costo del PIP viable?

¿Con el costo que indica el Estudio Definitivo, el PIP aún está en el rango establecido en el análisis de sensibilidad?

VII. CONCLUSION DE LA OPI

II. ALTERNATIVA DE SOLUCION

III. COMPONENTES / ACTIVIDADES / METAS

Este Formato está diseñado para registrar la opinión de la OPI al Estudio Definitivo (expediente técnico u otro estudio de detalle) de un PIP viable, con la finalidad de confirmar que con dicho documento no se altera el diseño del proyecto y que la rentabilidad social del PIP se mantiene.

Respuestas

VI. COSTOS DEL PROYECTO

OPINIÓN SOBRE EL ESTUDIO DEFINITIVO O EXPEDIENTE TÉCNICO DETALLADO.

Punto de control Comentarios

IV. UBICACIÓN GEOGRÁFICA

V. BENEFICIARIOS

I. OBJETIVO DEL PROYECTO

Page 99: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Expediente Técnico - ETEn los ET de PIPs que ejecutados por

Adm. Dir., deberán establecerse las fórmulas de reajuste de precios.

En los ET de PIPs que se ejecuten mediante contratación pública, se aplica la normativa de contrataciones del Estado.

El BP ha habilitado un campo para el registro de la fórmula de reajuste.

Page 100: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

EJECUCIÓN DEL PIP

• La ejecución de un PIP sólo deberá iniciarse si el estudio definitivo o expediente técnico detallado no presenta variaciones que puedan alterar la viabilidad del proyecto, o si los presentara, la OPI respectiva o la DGPM, según corresponda, ha verificado la viabilidad del proyecto.

• El cronograma de ejecución del proyecto debe basarse en el cronograma de ejecución previsto en los estudios de preinversión del mismo. La UE deberá programar los recursos presupuestales necesarios para que el PIP se ejecute en los plazos previstos.

• Durante la ejecución del PIP, la UE deberá supervisar permanentemente el avance del mismo, verificando que se mantengan las condiciones y parámetros establecidos en el estudio definitivo y que se mantenga el cronograma previsto en el estudio definitivo o expediente técnico detallado

Page 101: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Informe de CierreLo elabora la UE cuando:

PIP ha sido totalmente ejecutado y liquidadoCuando ya no corresponde continuar con la

ejecución del PIPLa OPI institucional registra el Informe de

Cierre en el BP.

Registro no implica aceptación ni conformidad de la OPI sobre el contenido del mismo.

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Modificaciones Fase de Inversión

MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES•Cambios en metas asociadas a la capacidad de producción del servicio•metrados•tecnología de producción•aumento o reemplazo de componentes del PIP•cambio de la alternativa de solución por otra prevista en el Estudio de Preinversión •plazo de ejecución

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Modificaciones Fase de Inversión

MODIFICACIONES SUSTANCIALES•cambio en los objetivos del PIP•cambio de la alternativa de solución por otra no prevista en el Estudio de Preinversión

•cambio de la localización geográfica del PIP•cambio del área de influencia

Page 104: Sesión 1 fundamentos_del_snip (1)

Modificaciones Fase de Inversión

Elaboración ET (hasta antes de iniciar

ejecución)

Ejecución de PIP ACCIÓN I

Monto de Inv. aumenta hasta en 10% de lo viable, por:

•Actualización de precios•Modificaciones no sustanciales

•Monto de Inv. aumenta o disminuye por actualización de precios. Aplicar fórmula de reajuste.•Monto de Inv. baja por proc. sel hasta límites de norma contratac.•Monto de Inv. aumenta hasta en 10% de lo viable por modific. no sustanciales.

No es necesario verificar viabilidad.UE inicia o continua ejecución.PIP debe seguir siendo socialmente rentable

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Modificaciones Fase de Inversión – Acción I

OPI Institucional registra variaciones en el BP Plazo para registro: 3dhSi OPI detecta cambios cuando va a opinar sobre ET, plazo corre desde opiniónLa OPI debe registrar el sustento de las variaciones.La OPI es responsable por la información que registra, sin perjuicio de la responsabilidad de la UE.

Si UE ejecuta modificación antes de su registro, se registra en "cambios del PIP en la Fase de Inversión sin evaluación", sin perjuicio de la responsabilidad de la UE.

(Ver Anexo SNIP 17)

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Modificaciones Fase de Inversión

Elaboración ET (hasta antes de iniciar

ejecución)

Ejecución de PIP ACCIÓN II

•Por modific. no sustanciales, el monto de inv. Aumenta en más del 10% y menos del 30% respecto del viable; ó,

•El proyecto pierde alguna condición necesaria para su sostenibilidad;

•Se suprimen metas asociadas a la capacidad de producción del servicio o componentes, aunque el monto de inversión no varíe.

La OPI debe verificar la viabilidad del PIP

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Modificaciones Fase de Inversión – Acción II

La Verificación de Viabilidad la realiza el órgano que declaró la viabilidad del PIP o el que resulte competente.

El Informe de Verificación de Viabilidad (IVV) está conformado por:Formato SNIP 16 Información sustentatoria de modificaciones

El IVV se remite al OR con recomendaciones

OPI remite a DGPM copia del IVV en 5dhDGPM lo registra en el BP en 5dh, salvo que emita recomendaciones.

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Modificaciones Fase de Inversión

Elaboración ET (hasta antes de iniciar

ejecución)

Ejecución de PIP ACCIÓN III

•Por modific. no sustanciales, el monto de inv. aumenta en más del 30% respecto del viable; ó,

•El PIP es objeto de modificaciones sustanciales.

No procede la verificación de viabilidad

OJO: Si el PIP no registra ejecución, es decir cuenta con ET, la OPI que declaró viabilidad, podrá solicitar a la DGPM el retiro de viabilidad, luego de lo cual la UF actualiza el estudio de preinversión, para nueva evaluación. (Ver Anexo SNIP 17)

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Modificaciones Fase de Inversión – Acción III

• OPI ó DGPM informan al OCI para que analice causas de modificaciones o posibles deficiencias de estudios de preinversión.

Informe de Cierre

Decide Org. Resol.Si continua, OPI Institucional registra cambios en BP

Si PIP está en ejecución por Adm. Dir.:

Si PIP está en ejecución por contrata:

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Verificación de viabilidad durante la fase de inversión.

• La evaluación que se realiza durante la fase de inversión de un PIP con el fin de constatar su viabilidad, debido a que de manera excepcional han ocurrido cambios en las condiciones o parámetros que sustentaron la declaración de viabilidad, se denomina verificación de viabilidad.

• Procede cuando se han producido modificaciones, entre otros, en:

- El monto de inversión del PIP

- Las metas físicas del PIP

- Las alternativas técnicas

- Componentes del PIP

- Modificaciones en los arreglos institucionales previstos en el PIP

- Plazo de ejecución

• El Informe Técnico de verificación de viabilidad se elabora de acuerdo a las Pautas para la Elaboración de Informes Técnicos (Anexo SNIP-10), debiendo ser remitido al Órgano Resolutivo del Sector, Gobierno Regional o Local al cual está adscrita la UE, recomendando las medidas correspondientes. En el caso de las verificaciones de viabilidad realizadas por las OPI, deberá remitirse una copia del Informe Técnico a la DGPM, en el plazo máximo de 05 días hábiles de emitido dicho documento.

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Un PIP se encuentra en la fase de postinversión una vez que ha culminado totalmente la ejecución del PIP.

La etapa de Operación y Mantenimiento es aquella en la cuál se entrega el bien/servicio.

Se inicia la producción de bienes y/o servicios del PIP. La Entidad a cargo de la operación y mantenimiento del PIP, deberá ejecutar las actividades, operaciones y procesos necesarios para su producción de acuerdo a lo previsto en el estudio que sustentó su declaración de viabilidad.

La etapa de Evaluación Ex Post es aquella en la cuál se revisan los impactos generados por la realización de un proyecto.

FASE DE POST- INVERSIÓN

Post - Inversión

Operación yMantenimiento

Evaluaciónex - post

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Evaluación Expost

• En los PIP cuya viabilidad ha sido declarada sobre la base de un Perfil, la evaluación Ex post la puede realizar una agencia independiente o un órgano distinto de la UE que pertenezca al propio Sector, Gobierno Regional o Local, sobre una muestra representativa de los PIP cuya ejecución haya finalizado.

• En el caso de los PIP cuya viabilidad ha sido declarada sobre la base de un estudio de Prefactibilidad, la evaluación Ex post se deberá realizar a una muestra representativa del total de los PlP cuya ejecución haya finalizado. Dicha evaluación se realiza a través de una agencia independiente.

• Todos los PIP cuya viabilidad ha sido declarada sobre la base de un estudio de Factibilidad, requieren que la evaluación Ex post sea realizada por la UE a través de una agencia independiente. Los Términos de Referencia de esta evaluación Ex post requieren el visto bueno de la OPI que declaró su viabilidad, o de la OPI funcionalmente responsable y de la DGPM cuando se trata de los PIP declarados viables en un Programa de Inversión.

• En todos los casos, el estudio de evaluación Ex post de un PIP no se considera terminado hasta la conformidad, por parte de la DGPM, de la evaluación efectuada.

• La DGPM detallará las condiciones bajo las cuales deberán desarrollarse dichas evaluaciones.

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ASPECTOS COMPLEMENTARIOS (2)

Registro en el Banco de Proyectos

• La DGPM establecerá códigos de acceso al Banco de Proyectos sólo para el ingreso de la información y el registro de las evaluaciones y declaraciones de viabilidad.

• No deberá registrarse nuevamente un mismo proyecto. Cualquier modificación en la Ficha de Registro de un PIP declarado viable, se hará desde la DGPM, previa opinión favorable del órgano competente para declarar la viabilidad del PIP.

• Una vez aprobados los estudios de preinversión a nivel de perfil, prefactibilidad o factibilidad tendrán una vigencia máxima de tres (3) años, contados a partir de su aprobación por la OPI correspondiente o de su declaración de viabilidad. Transcurrido este plazo sin haber proseguido con la siguiente etapa del Ciclo del Proyecto, el último estudio de preinversión aprobado deberá volver a evaluarse.

• Los estudios definitivos o los expedientes técnicos detallados tienen una vigencia máxima de tres (3) años a partir de su conclusión. Transcurrido este plazo, sin haberse iniciado la ejecución del PIP, la OPI y la DGPM, cuando corresponda, deberán evaluar nuevamente el estudio de preinversión que sustentó la declaratoria de viabilidad del PIP.

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ASPECTOS COMPLEMENTARIOS

La oficina, área u órgano de la empresa que pertenece a más de un Gobierno Regional o Local, encargada de realizar la evaluación de los PIP, tiene las mismas funciones y responsabilidades de una OPI.

Las empresas de propiedad o bajo administración de más de un Gobierno Local, quedan sujetas al ámbito de aplicación de las normas del SNIP a partir de la fecha de incorporación de por lo menos uno de los Gobiernos Locales propietarios o administradores de la empresa.

Las empresas de propiedad o bajo administración de más de un Gobierno Regional o Local, ejercen sus atribuciones de evaluación y declaración de viabilidad de los PIP que formulen sus UF, siempre que éstos se enmarquen en sus fines y competencias.

Las empresas de servicios públicos, de propiedad o bajo administración de más de un Gobierno Regional o Gobierno Local, la autorización de la elaboración de expedientes técnicos o estudios definitivos detallados, así como la ejecución de los PIP declarados viables, es realizada por el órgano donde estén representados los propietarios o administradores de la empresa, pudiendo realizarse ambas autorizaciones en un solo acto. Estas facultades pueden ser objeto de delegación.

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Proyectos de Empresas que pertenecen a más de un Gobierno Regional o Gobierno Local

Toda referencia hecha a las OPI, se entiende hecha a la oficina, área u órgano de la empresa, encargada de realizar la evaluación de los PIP.

Dicha oficina, área u órgano deberá ser designada por acuerdo del órgano donde estén representados los propietarios o administradores de la empresa, debiendo ser una oficina, área u órgano de la empresa distinta de la UF.

ASPECTOS COMPLEMENTARIOS

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Evaluación de PIPs de un Conglomerado

• Para Conglomerados con endeudamiento, el MEF ha delegado facultades para evaluar y declarar la viabilidad de los PIPs, a los Jefes de las UE de los pliegos GN, GR y GL.

• Para Conglomerados sin endeudamiento, el OR puede delegar, previa opinión favorable de su OPI, la facultad para evaluar y declarar la viabilidad a favor de las UE de las Entidades y Empresas bajo su ámbito y bajo responsabilidad del Titular o de la máxima autoridad de la Entidad o Empresa a la cual pertenece la UE.

Puede ser una delegación general como la del MEF

ASPECTOS COMPLEMENTARIOS