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AUTORIDADES DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL Santa Fe 1246 - N3300HYD - Posadas - Misiones TEL/FAX: (0376) 4447021 boletin_ofi[email protected] www.boletin.misiones.gov.ar Dr. OSCAR HERRERA AHUAD Gobernador Dr. CARLOS OMAR ARCE Vicegobernador Ing. VÍCTOR JORGE KREIMER Ministro Secretario de Coordinación General de Gabinete Dr. MARCELO GABRIEL PÉREZ Ministro Secretario de Gobierno Dr. MIGUEL ERNESTO SEDOFF Ministro Secretario de Cultura, Educación, Ciencia y Tecnología Sr. RAFAEL EUGENIO MORGENSTERN Ministro Secretario de Deportes Dr. OSCAR FRANCISCO ALARCÓN Ministro Secretario de Salud Pública C.P.N. ADOLFO SAFRÁN Ministro Secretario de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos Ing. ÁNGEL PAOLO QUINTANA Ministro Secretario de Estado de Energía Ing. LUIS ENRIQUE LICHOWSKI Ministro Secretario de Industria Sra. MARTA ISABEL FERREIRA Ministro Secretaria de Estado de Agricultura Familiar Lic. MARIO RAMÓN VIALEY Ministro Secretario de Ecología y Recursos Naturales Renovables Dra. KARINA ALEJANDRA AGUIRRE Ministro Secretario de Acción Cooperativa, Mutual, Comercio e Integración Dra. SILVANA ANDREA GIMENEZ Ministro Secretaria de Trabajo y Empleo Prof. BENILDA DAMMER Ministro Secretario de Desarrollo Social, la Mujer y la Juventud Sra. MARÍA GRACIELA LEYES Ministro Secretario de Derechos Humanos Lic. SEBASTIÁN ORIOZABALA Ministro Secretario del Agro y la Producción Dr. JOSÉ MARIA ARRÚA Ministro Secretario de Turismo Dr. HUGO ANDRÉS AGUIRRE Subsecretario Legal y Técnico Dr. FERNANDO LUIS IACONO Director del Boletín Oficial Todas las publicaciones que se realizan en el Boletín Oficial deben ser tenidas por auténticas y por consiguiente no ne- cesitan ratificación alguna. LEY IV - Nº 1 - APARECE LOS DÍAS HÁBILES República Argentina AÑO LXII Nº 15073 POSADAS, LUNES 23 DE DICIEMBRE DE 2019 EDICIÓN DE 52 PÁGINAS Decretos Sintetizados Nºs.: 1869, 1870, 1879/19 ..................................... Pág. 2. Subsecretaría de Transporte, Puertos, Aeropuertos y Redes de Comunicación: Disposición Nº 184/19.................................. Pág. 3 a 24. Municipalidad de Puerto Iguazú: Ordenanzas N°s.: 68, 73, 75, 78, 79, 83, 84, 85, 86, 87 y 89/19 Decretos N°s.: 68, 73, 75, 78, 79, 83, 84, 85, 86, 87 y 89/19 ................. Pág. 25 a 41. Expedientes a Sentencia: ............................ Pág. 41 y 42. Sociedades:................................................... Pág. 43 y 44. Edictos:......................................................... Pág. 44 a 50. Subastas: ...................................................... Pág. 50 y 51. Convocatorias:............................................. Pág. 51. Licitaciones: ................................................. Pág. 51 y 52. SUMARIO Signed using DigiSigner

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AUTORIDADES

DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIALSanta Fe 1246 - N3300HYD - Posadas - Misiones

TEL/FAX: (0376) [email protected]

www.boletin.misiones.gov.ar

Dr. OSCAR HERRERA AHUAD Gobernador

Dr. CARLOS OMAR ARCE Vicegobernador

Ing. VÍCTOR JORGE KREIMERMinistro Secretario de

Coordinación General de GabineteDr. MARCELO GABRIEL PÉREZ

Ministro Secretario de GobiernoDr. MIGUEL ERNESTO SEDOFF

Ministro Secretario de Cultura, Educación,Ciencia y Tecnología

Sr. RAFAEL EUGENIO MORGENSTERNMinistro Secretario de Deportes

Dr. OSCAR FRANCISCO ALARCÓNMinistro Secretario de Salud Pública

C.P.N. ADOLFO SAFRÁNMinistro Secretario de Hacienda,

Finanzas, Obras y Servicios PúblicosIng. ÁNGEL PAOLO QUINTANA

Ministro Secretario de Estado de EnergíaIng. LUIS ENRIQUE LICHOWSKI

Ministro Secretario de IndustriaSra. MARTA ISABEL FERREIRA

Ministro Secretaria de Estado de Agricultura FamiliarLic. MARIO RAMÓN VIALEY Ministro Secretario de Ecología yRecursos Naturales Renovables

Dra. KARINA ALEJANDRA AGUIRREMinistro Secretario de Acción Cooperativa,

Mutual, Comercio e IntegraciónDra. SILVANA ANDREA GIMENEZMinistro Secretaria de Trabajo y Empleo

Prof. BENILDA DAMMERMinistro Secretario de Desarrollo Social,

la Mujer y la JuventudSra. MARÍA GRACIELA LEYES

Ministro Secretario de Derechos HumanosLic. SEBASTIÁN ORIOZABALA

Ministro Secretario del Agro y la ProducciónDr. JOSÉ MARIA ARRÚA

Ministro Secretario de TurismoDr. HUGO ANDRÉS AGUIRRE

Subsecretario Legal y TécnicoDr. FERNANDO LUIS IACONO

Director del Boletín Oficial

Todas las publicaciones que se realizan en el Boletín Oficial deben ser tenidas por auténticas y por consiguiente no ne-cesitan ratificación alguna.

LEY IV - Nº 1 - APARECE LOS DÍAS HÁBILESRepública Argentina

AÑO LXII Nº 15073 POSADAS, LUNES 23 DE DICIEMBRE DE 2019 EDICIÓN DE 52 PÁGINAS

Decretos Sintetizados Nºs.: 1869, 1870, 1879/19 ..................................... Pág. 2.Subsecretaría de Transporte, Puertos, Aeropuertos y Redes de Comunicación: Disposición Nº 184/19 .................................. Pág. 3 a 24.Municipalidad de Puerto Iguazú: Ordenanzas N°s.: 68, 73, 75, 78, 79, 83, 84, 85, 86, 87 y 89/19 Decretos N°s.: 68, 73, 75, 78, 79, 83, 84, 85, 86, 87 y 89/19 ................. Pág. 25 a 41.Expedientes a Sentencia: ............................ Pág. 41 y 42. Sociedades:................................................... Pág. 43 y 44.Edictos:......................................................... Pág. 44 a 50.Subastas: ...................................................... Pág. 50 y 51.Convocatorias: ............................................. Pág. 51. Licitaciones: ................................................. Pág. 51 y 52.

SUMARIO

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Pág. 2. BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019

PRIMERA SECCIÓN DECRETOS SINTETIzADOS

DECRETO N° 1869

POSADAS, 21 de Octubre de 2019.-ARTÍCULO 1°.- RECONÓCESE, de legítimo abono la suma total de Pesos Veintiocho Mil ($ 28.000) según Factura “C” N° 00001-00000025, correspondiente al mes de Julio del 2019, en concepto de Publicidad Institucional con 15 menciones diarias de 30/40 segundos en Radio Uno 88.5 Mhz, de Lunes a Domingos de 7 a 22 hs., participación en transmisiones deportivas (Súperliga, Selección Argentina, Copa Libertadores), en simultáneo con AM 990 de Buenos Aires, a favor de la firma Simsolo Horacio Raúl CUIT: 20-22273417-8, con domicilio fiscal en Catamarca 484- Ciudad de Posadas- Provincia de Misiones, encuadrando el procedimiento en el Artículo 44° de la Ley VII - N° 11 (Antes Ley 2.303).-ARTÍCULO 2°.- AUTORÍZASE, a la Dirección del Servicio Administrativo de Ecología, Recursos Naturales Reno-vables y Turismo a proceder a la liquidación y pago al Proveedor Simsolo Horacio Raúl CUIT: 20-22273417-8, con domicilio fiscal en Catamarca 484-Ciudad de Posadas- Provincia de Misiones, por la suma total de Pesos Veintiocho Mil ($ 28.000), con imputación a las partidas: 14-01-0-7-50-1-01-012-01220 del Presupuesto vigente del Ministerio de Turismo.-

DECRETO N° 1870

POSADAS, 21 de Octubre de 2019.-ARTÍCULO 1°.- RECONÓCESE, de legítimo abono la suma total de Pesos Noventa Mil ($ 90.000) según Facturas “C” N° 00001-00000171, N° 00001-00000179, N° 00001-00000180, a razón de Pesos Treinta Mil ( $ 30.000) cada una, correspondiente a los meses de Abril, Mayo y Junio respectivamente del 2019, en concepto de Publicación, aviso y gacetilla de prensa, en radio, internet y redes sociales de la Provincia de Corrientes, medios incluidos: Fm Link (Ctes. Capital), Fm Capital (Ctes. Capital), 10 menciones diarias con audios de 35 segundos de duración medios digitales: Portal de noticias, Tucorrientes.com Portal, negocios Prolatina servicios Profesionales, a favor de la firma Gronda Anibal Gustavo CUIT: 20252749773, con domicilio fiscal en Córdoba 1335 Piso: 4° Dpto: A- Ciudad de Corrientes- Provincia de Corrientes, encuadrando el procedimiento en el Artículo 44° de la Ley VII - N° 11 (Antes Ley 2.303).-ARTÍCULO 2°.- AUTORÍZASE, a la Dirección del Servicio Administrativo de Ecología, Recursos Naturales Reno-vables y Turismo a proceder a la liquidación y pago al Proveedor Gronda Anibal Gustavo CUIT: 20252749773, con domicilio fiscal en Córdoba 1335 Piso: 4° Dpto: A -Ciudad de Corrientes- Provincia de Corrientes, por la suma total de Pesos Noventa Mil ($ 90.000), con imputación a las partidas: 14-01-0-7-50-1-01-012-01220 del Presupuesto vigente del Ministerio de Turismo.-

DECRETO N° 1879

POSADAS, 21 de Octubre de 2019.-ARTÍCULO 1°.- RECONÓCESE de legitimo abono la suma de $ 15.000,00.- (PESOS QUINCE MIL) a favor de la Productora Seis Páginas de Jorge Kurrle, CUIT 20-22616140-7, con domicilio en calle San Martín 1.598 - 1° piso Dpto. 16, de la ciudad de Posadas, Misiones, en concepto de publicidad Institucional del Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables, que fueron transmitidos en los programas periodísticos informativos de Canal 6 de Posadas, Canal 20 de Cablevisión, Canal 13 de Garupá, Canal 37 Candelaria, Canal 18 Gigared y en Radio FM 103.7 simultáneamente, en horarios rotativos y publicados en la página www.noticiasdel6.com, con cobertura regional abierta y comunitaria, además de difusión de actividades de interés para dicho organismo en los programas periodísticos y en forma permanente, realizada durante el mes de Marzo de 2019; conforma Factura N° 00006-00000021 y Acta de Recepción N° 080/19, encuadrando el procedimiento en el Artículo 44° de la Ley VII - N° 11 (antes Ley N° 2.303). ARTÍCULO 2°.- AUTORÍZASE a la Dirección del Servicio Administrativo de Ecología, Recursos Naturales Reno-vables y Turismo, a proceder a liquidar y abonar la suma total de $ 15.000,00.- (PESOS QUINCE MIL), a favor de la Productora Seis Páginas de Jorge Kurrle, CUIT 20-22616140-7, con domicilio en calle San Martín 1.598 - 1° piso Dpto. 16, de la ciudad de Posadas, Misiones por los conceptos indicados en el Artículo anterior, todo ello con imputación a: 08-01-0-1-90-1-01-012-01220 SCD-0-01 erogaciones de la unidad del Presupuesto vigente.-

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Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019 BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Pág. 3.

DISPOSICIONESSUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES, PUERTOS, AEROPUERTOS Y REDES DE COMUNICACIÓN

DISPOSICIÓN N° 184

POSADAS, 10 de Diciembre de 2019.-VISTO: El Expediente N° 680/19, caratulado EMPRESA “EMPRESA KRUSE S.A.” S/ APROBACIÓN CUADRO TARIFARIO; yCONSIDERANDO:QUE por Disposición N° 104/19 se autorizó el aumento de tarifas para el transporte público de pasajeros de media distancia, de acuerdo al cuadro ANEXO I, que forma parte integrante de la misma;QUE en el mismo, se ha establecido en $ 2,180 la tase para los servicios comunes directos y semi-directos en rutas pavimentadas, servicios diferenciales en $ 3,055 y en $ 2,388 para cualquier tipo de servicio en rutas terradas;QUE la empresa mencionada en el Visto, teniendo en consideración estos valores, ha elaborado las tarifas correspon-dientes a los servicios que presta y que obran de fs. 4/26 del presente;QUE previo a su aprobación dichas tarifas fueron convalidada por este Departamento ajustándose a los valores previs-tos en consecuencia corresponde su aprobación por esta Subsecretaría;POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTES, PUERTOS, AEROPUERTOS YREDES DE COMUNICACIÓN

DISPONE:ARTÍCULO 1°.- APRUÉBASE el precio de las tarifas correspondiente a los servicios transporte público de pasajeros de media distancia que presta la Empresa “EMPRESA KRUSE S.A.”, de acuerdo a los ANEXOS I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI y XXII, que forma parte integrante de la presente.-ARTÍCULO 2°.- REGÍSTRESE, Notifíquese a la Empresa, tome conocimiento el Departamento correspondiente. PU-BLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA. Cumplido, ARCHÍVESE.-

KEGLER

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Pág. 24. BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019

PS14579 V15073

NOTA: El texto que antecede es copia y se publica de conformidad al material enviado a esta Dirección por el peticio-nante.- La Dirección

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Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019 BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Pág. 25.

MuNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE PUERTO IGUAZU

ORDENANZA N° 68

CIUDAD DE PUERTO, Iguazú 03 de Octubre de 2019.-VISTO: LA necesidad de adherir a la Resolución 310/19 del Ministerio de Ecología y de Recursos Naturales Renova-bles de Misiones, recientemente aplicada por el Sr. Gobernador Hugo Passalacqua en la Provincia, a la cual el Munici-pio de Puerto Iguazú, adhiere.CONSIDERANDO:QUE, los eventos climáticos extremos que se manifiestan en el Continente americano a la que nuestra Provincia y nuestra Ciudad de Puerto Iguazú no escapan, y como prevención el Gobierno Municipal adhiere a la Resolución antes nombrada;QUE, se impone la necesidad de adherir a la prohibición por tiempo indeterminado la realización de quemas y todo tipo de uso de fuego con cualquier destino en el ámbito de toda la ciudad ante la posibilidad de que se vuelva incontrolable;QUE, se active el protocolo de alerta máxima por riesgo de incendios;QUE, el H.C.D. cuenta con las facultades suficientes para adherir sobre la presente resolución y todo aquello que fuera necesario para buscar la prevención y aplicar las ordenanzas vigentes sobre la materia;POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTEDE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZU

SANCIONA CON FUERZA DEO R D E N A N Z A:

ARTÍCULO N° 1.- ADHIÉRASE a la Resolución 310/19 impuesta por la Provincia en todos sus términos en todo el ejido de la Ciudad de Puerto Iguazú, disponiendo todos los medios informativos y de concientización, realizando campaña de alerta a las diferentes Fuerzas y Establecimientos educativos.-ARTÍCULO N° 2.- INSTAR a todas las instituciones a permanecer en estado de alerta.-ARTÍCULO N° 3.- REGÍSTRESE. Comuníquese, Cumplido. ARCHÍVESE.-

MARTINEZ - Burgos

D E C R E T O N° 68

CIUDAD DE PUERTO, Iguazú 04 de Octubre de 2019.-VISTO: La Ordenanza N° 68/19 sancionada en el Honorable Concejo Deliberante, y;CONSIDERANDO: Que es procedente la promulgación de conformidad a lo establecido en la Carta Orgánica, Artículo N° 88, Inciso “E”.-POR ELLO:

EN USO DE SUS ATRIBUCIONESEL INTENDENTE MUNICIPAL DE PUERTO IGUAZÚ

D E C R E T A:ARTÍCULO 1°.- PROMULGAR la Ordenanza N° 68/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en todos los términos.-ARTÍCULO 2°.- REGÍSTRESE. Comuníquese; Publíquese; cumplido; ARCHÍVESE.-

FILIPPA - González

PS14533 V15073

ORDENANZA N° 73

CIUDAD DE PUERTO, Iguazú 17 de Octubre de 2019.-VISTO Y CONSIDERANDO: LA necesidad de establecer el Presupuesto General para el Ejercicio Fiscal 2020;POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTEDE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZU

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Pág. 26. BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019

SANCIONA CON FUERZA DEO R D E N A N Z A:

ARTÍCULO 1°.- ESTIMASE el “Calculo de Recursos” para el ejercicio 2020, de acuerdo con las planillas discriminati-vas anexas, las que forman partes integrantes de la presente Ordenanza; en la suma de Quinientos Ochenta y Un Millón Cuatrocientos Sesenta Mil Pesos:. $ 581.460.000,00.-ARTÍCULO 2°.- ESTIMASE el “Presupuesto de Gastos” para el ejercicio 2020, de acuerdo con las planillas discrimi-nativas anexas, las que forman partes integrantes de la presente Ordenanza; en la suma de Quinientos Ochenta y Un Millón Cuatrocientos Sesenta Mil Pesos:. $ 581.460.000,00.-ARTÍCULO 3°.- EL “Presupuesto de Gastos” queda autorizado a nivel de “Finalidad, o Áreas de Acción”. La discri-minación analítica, por conceptos y/u Objeto del Gasto, tienen carácter figurativo. Los gastos, en cada área, por tales conceptos, surgirán por ejecución del Presupuesto.-ARTÍCULO 4°.- EL Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) podrá disponer compensaciones de las partidas, utili-zando créditos disponibles y/o el Crédito Adicional previsto para reforzar partidas insuficientes.-ARTÍCULO 5°.- LOS convenios suscriptos o aportes recibidos con determinados destinos, se incorporarán al Presu-puesto General, por los montos totales convenidos, por Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal, debiendo elevar copias de la respectiva Resolución, al Honorable Concejo Deliberante y al Honorable Tribunal de Cuentas. Asimismo el DEM queda facultado para realizar aportes municipales, cuando los fondos provenientes de los convenios suscriptos resultaren insuficientes, a efectos de finalizar, continuar o culminar alguna etapa de la obra, prestación del servicio objeto de aquel.-ARTÍCULO 6°.- EL Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer de los créditos autorizados en la partida “Transferencias Corrientes”, sin perjuicio de los Subsidios y Subvenciones que, por su parte, disponga el Honorable Concejo Deliberante, con cargo a la misma partida.-ARTÍCULO 7°.- PRORROGASE hasta el 31 de Diciembre del año 2020 los efectos de la Ordenanza N° 57/15 de Emergencia Económica, Financiera y Administrativa por cuantos subsisten los motivos y hechos que le dieron origen.-ARTÍCULO 8°.- REGÍSTRESE. Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Cumplido. AR-CHÍVESE.-

RAYNOLDI - Burgos

DECRETO N° 73

CIUDAD DE PUERTO, Iguazú 22 de Octubre de 2019.-VISTO: La Ordenanza N° 73/19 sancionada en el Honorable Concejo Deliberante, y;CONSIDERANDO: Que es procedente la promulgación de conformidad a lo establecido en la Carta Orgánica, Artículo N° 88, Inciso “E”.-POR ELLO:

EN USO DE SUS ATRIBUCIONESEL INTENDENTE MUNICIPAL DE PUERTO IGUAZÚ

D E C R E T A:ARTÍCULO 1°.- PROMULGAR la Ordenanza N° 73/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en todos los términos.-ARTÍCULO 2°.- REGÍSTRESE. Comuníquese; Publíquese; cumplido; ARCHÍVESE.-

FILIPPA - González

PS14534 V15073

ORDENANZA N° 75

CIUDAD DE PUERTO, Iguazú 31 de Octubre de 2.019.-VISTO: EL proyecto de Ordenanza, presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal por el que se propicia la implementación de un Plan de Regularización de la Tasa General de Inmuebles, vencidas y adecuadas hasta el 12 de Octubre de 2019.CONSIDERANDO:QUE, la medida tiene por objeto posibilitar a los contribuyentes la regularización de sus obligaciones y su condición

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Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019 BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Pág. 27.

tributaria;QUE, además se persigue consolidar el registro de catastro municipal con datos fehacientes y actualizados, principal-mente de lotes aprobados entre los años 2017 y 2019;POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUERTOIGUAZU SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:ARTÍCULO 1°.- IMPLEMENTASE un Plan de Regularización de la Tasa General de Inmuebles, que implican los beneficios propios de una Moratoria, por los periodos vencidos y no prescriptos hasta 10/2019 inclusive, al cual podrán acogerse los contribuyentes hasta el 31 de Diciembre de 2019, cuyos beneficios alcanzan a la propiedad destinada como vivienda exclusivamente y consiste en:a) Pago al contado, quita del 100% de intereses resarcitorios multas y recargos.b) Pago en hasta el 3 (tres) cuotas, quita del 50% de intereses resarcitorios y del 100% de multas y recargos. Sin intere-ses financieros. Con una entrega mínima del 20%.-c) Pago en hasta 6 (seis) cuotas, quita del 30% de intereses resarcitorios y del 100% de multas y recargos. Sin intereses financieros. Con una entrega mínima del 20%.-d) Pago en hasta 12 (doce) cuotas, quita del 30% de intereses resarcitorios y del 100% de multas y recargos. Sin intere-ses financieros. Con una entrega mínima del 10%.-ARTÍCULO 2°.- LAS obligaciones comprendidas en planes de regularización, formalizados con anterioridad mediante facilidades de pago para acogerse a las condiciones de la presente Ordenanza, mediante solicitud de acogimiento ex-presa previa reliquidación de la deuda.-1. Las entregas y/o cuotas que hayan sido abonadas a cuenta de dichos planes de facilidades incumplidas y, como con-secuencia caduca, serán aplicadas como parte de pago de las deudas correspondientes a los periodos comprendidos en el presente plan de regularización.2. Los contribuyentes cuyas deudas se encuentren en gestión judicial o extrajudicial, podrán acogerse al plan estable-cido en la presente ordenanza, dentro de los plazos fijados, previo pago y/o reconocimiento de los honorarios del o los patrocinantes de la Municipalidad.-ARTÍCULO 3°.- SIN perjuicio de lo previsto en el Artículo 1°, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá proseguir normalmente con el Programa de Gestión de Cobranza.-ARTÍCULO 4°.- EL contribuyente que se acoja al plan establecido en la presente ordenanza queda automáticamente notificado de que el incumplimiento del pago de 3 periodos consecutivos, en las condiciones establecidas en el Código Fiscal Municipal y en la Ordenanza General Impositiva, será objeto a ejecución fiscal, sin previa notificación; cuyo efecto se considerará fehacientemente notificado por la sola firma del convenio de pago que se suscriba.-ARTÍCULO 5°.- A todos los efectos, será de aplicación lo previsto en el Código Fiscal Municipal, sin perjuicio de la reglamentación que disponga el Departamento Ejecutivo Municipal, adoptando todas las medidas necesarias para el más eficiente logro del objetivo propuesto, pudiendo a estos fines reglamentar, modificar y/o incluir requisitos formales que deban presentar los contribuyentes empadronados o no.-ARTÍCULO 6°.- ESTABLECESE Régimen de Reempadronamiento y Alta obligatorio para todos los contribuyentes, mientras dure la vigencia de esta ordenanza.-ARTÍCULO 7°.- FACULTASE al DEM a prorrogar el plazo de acogimiento al plan de regularización que establece la presente ordenanza, por un plazo no mayor a sesenta (60) días.-Condiciones y Requisitos GeneralesARTÍCULO 8°.- A los efectos de suscribir el plan, en el caso de los barrios periféricos, establecidos sobre terrenos fiscales y en condiciones no regularizadas se deberá además confeccionar el formulario de declaración jurada de ocu-pación pacífica ante el Juzgado de Faltas o la dirección de rentas del municipio. El mismo no transfiere al contribuyente bien alguno ni reemplaza título de propiedad, sino que personaliza el pago de el/los tributos.-ARTÍCULO 9°.- EL Departamento Ejecutivo Municipal tendrá la facultad de eximir a los vecinos que conforme con el informe socio-económico elaborado por la Dirección de Acción Social el 100% de la Tasa General de Inmuebles, a cuyo efecto deberá remitir al Honorable Concejo Deliberante el mencionado informe y la resolución de condonación y eximir de los casos vinculados en este Artículo. Si en el lapso de 10 días de recibida la mencionada resolución e informe socio-económico el Honorable Concejo Deliberante no se opone expresamente quedara automáticamente acordada la eximición y condonación dispuesta.-El DEM queda facultado a establecer quitas, remisión de intereses, multas o gastos para los derechos y contribuciones

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Pág. 28. BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019

en general, atendiendo a la modalidad de pago, debiendo remitir al HCD en el perentorio plazo de 10 días el instrumen-to legal que haya determinado dicho procedimiento.-ARTÍCULO 10°.- LA caducidad del plan de regularización acordado implica dejar sin efecto las facilidades acordadas facultando a iniciar la vía judicial de apremio fiscal, previa reliquidación da las obligaciones; sin más trámite ni inter-pelación, haciendo exigible el pago de la totalidad de la deuda.-ARTÍCULO 11°.- TASA General de Inmuebles. Las unidades económicas urbanas o rurales que no posean boleto de compra venta, titulo u otra documentación de similar alcance a los fine de este plan se liquidara la unidad mínima vigente en la ordenanza impositiva para la categoría que corresponda.-ARTÍCULO 12°.- REGÍSTRESE. Comuníquese al D.E.M. a sus efectos. Cumplido. ARCHÍVESE.-

RAYNOLDI - Burgos

DECRETO N° 75

CIUDAD DE PUERTO, Iguazú 04 de Noviembre de 2019.-VISTO: La Ordenanza N° 75/19 sancionada en el Honorable Concejo Deliberante, y;CONSIDERANDO: Que es procedente la promulgación de conformidad a lo establecido en la Carta Orgánica, Artículo N° 88, Inciso “E”.-POR ELLO:

EN USO DE SUS ATRIBUCIONESEL INTENDENTE MUNICIPAL DE PUERTO IGUAZÚ

D E C R E T A:ARTÍCULO 1°.- PROMULGAR la Ordenanza N° 75/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en todos los términos.-ARTÍCULO 2°.- REGISTRESE. Comuníquese; Publíquese; cumplido; ARCHÍVESE.-FIILIPPA - GonzálezPS14535 V15073

ORDENANZA N° 78

CIUDAD DE PUERTO, Iguazú 14 de Noviembre de 2019.-VISTO: LA necesidad de que se posibilite la realización de un convenio, de colaboración entre el Ente municipal y cualquier persona física o jurídica, pública o privada, para participar de la creación de espacios verdes tipo Boulevard, en divisiones por cuadras o sectores previamente demarcados, desde la Rotonda de Acceso a la Ciudad, desde Calle Las Calandrias, hasta Calle Florida.CONSIDERANDO:QUE ante la necesidad de embellecer la Ciudad, son de interés municipal todas aquellas actividades encaminadas a la cooperación con el medio ambiente, parquización y ambientación de cada sector asignado, y;QUE para que la imagen de ingreso a Puerto Iguazú sobre la Av. Victoria Aguirre sea un atractivo más de nuestra ciu-dad; y dar participación a la sociedad, y;QUE el Honorable Concejo Deliberante cuenta con las facultades suficientes para legislar sobre la presente materia;POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUERTOIGUAZU SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:ARTÍCULO 1°.- CREASE el proyecto “PADRINAZGO DE CUADRAS DE BOULEVARD” desde la rotonda “Virgen del Carmen” de Acceso a la Ciudad de Puerto Iguazú, sobre la Av. Victoria Aguirre, hasta la Calle Florida, el que se concretara a través de convenios de colaboración.-ARTÍCULO 2°.- ENTIENDASE por convenios de colaboración los que, con relación a espacios de cuadras, veredas, frentes, boulevard y otros espacios verdes del dominio municipal tengan por objeto.-a) El embellecimiento y/o mejoramientob) El aporte de bienes y/o serviciosc) El mantenimiento y la conservación de la limpiezase prohíbe la inclusión de actividades económicas y/o cualquier otra actividad con fines de lucro.-

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Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019 BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Pág. 29.

ARTÍCULO 3°.- CREASE en el ámbito de la Secretaria de Gobierno la “Comisión Permanente de Seguimiento de Padrinazgo de Plazas, Boulevard y espacios verdes de Puerto Iguazú”.-Dentro de las funciones de la misma y expresado en modo enunciativo, estarán:• La supervisión de los trabajos realizados por los distintos Padrinos.• Crear convenios con cada asociación, persona, empresa, etc, que se le designe como Padrino.• Rescindir el convenio siempre y cuando no se esté cumpliendo por parte del padrino las tareas convenidas.• Ser el mediador entre el DEM y los padrinos, proveyendo los elementos necesarios para las tareas convenidas.-La COMISION estará compuesta por un representante de las distintas Cámaras, Fuerzas de Seguridad, un concejal, una Secretaria y/o Dirección de la Municipalidad de Puerto Iguazú.-ARTÍCULO 4°.- LA colaboración deberá efectuarse a título gratuito y la municipalidad proveerá de carteles, con el nombre de la entidad protectora. Estos carteles tendrán una medida de 0,60 metros por 1,00 metro, pudiendo superarse o disminuirse las citadas medidas en 10 cm, siempre que la superficie total no exceda los 0,60 m2. Los carteles no podrán contener respecto del ente apadrinante otra cosa que su nombre y su condición de “Padrino”. La cantidad de carteles será de uno por cuadra, y en caso de plaza o plazoleta serán máximo (2) dos.-ARTÍCULO 5°.- LOS convenios de colaboración no podrán obtener cláusulas de eximición que impliquen el otorga-miento de privilegio ni la delegación de facultades de la Municipalidad.-ARTÍCULO 6°.- LOS convenios de colaboración deberán contener cláusulas de eximición de responsabilidad para la Municipalidad de Puerto Iguazú, respecto del personal contratado por el ente apadrinante para hacer efectiva la colaboración.-ARTÍCULO 7°.- EL cumplimiento de las obligaciones emanadas de los Convenios deberá estar organizado a satisfac-ción de la Municipalidad.-ARTÍCULO 8°.- LA supervisión de la ejecución del plan de tareas convenido estará a cargo de la Comisión Permanente de Seguimiento de Padrinazgo de Plazas, Boulevard y espacios verdes de Puerto Iguazú.-ARTÍCULO 9°.- LOS Convenios de colaboración serán suscriptos por la “Comisión Permanente de Seguimiento de Padrinazgo” con personas físicas y/o jurídicas, nacionales o extranjeras, afincadas en la zona. También podrán ser padrinos las sociedades vecinales.-ARTÍCULO 10°.- EL Departamento Ejecutivo facultara a la Comisión correspondiente a proveer los medios adecuados para que se instrumenten los convenios de colaboración.-ARTÍCULO 11°.- EL Departamento Ejecutivo hará públicas las colaboraciones recibidas dentro de los espacios del Dominio Municipal.-ARTÍCULO 12°.- LOS convenios de colaboración deberán ser aprobados en cada caso por el Honorable Concejo Deliberante, no pudiendo los mismos empezar a ejecutarse hasta que se produzca dicha aprobación.-ARTÍCULO 13°.- EL Departamento Ejecutivo deberá enviar al Concejo Deliberante un informe semestral referido a la ejecución de los Convenios de Colaboración.-ARTÍCULO 14°.- REGÍSTRESE. Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines establecidos en la Carta Orgánica, Art. 88° - Inc “E”. Cumplido. ARCHÍVESE.-

RAYNOLDI - Burgos

DECRETO N° 78

CIUDAD DE PUERTO Iguazú,15 de Noviembre de 2019.-VISTO: La Ordenanza N° 78/19 sancionada en el Honorable Concejo Deliberante, y;CONSIDERANDO: Que es procedente la promulgación de conformidad a lo establecido en la Carta Orgánica, Artículo N° 88°, Inciso “E”.-POR ELLO:

EN USO DE SUS ATRIBUCIONESEL INTENDENTE MUNICIPAL DE PUERTO IGUAZÚ

D E C R E T A:ARTÍCULO 1°.- PROMULGAR la Ordenanza N° 78/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en todos los términos.-ARTÍCULO 2°.- REGÍSTRESE. Comuníquese; Publíquese; cumplido; ARCHÍVESE.-

FILIPPA - González

PS14536 V15073

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Pág. 30. BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019

ORDENANZA N° 79

CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ, 20 de Noviembre de 2019.-VISTO: QUE la Provincia de Misiones ha sancionado la Ley Provincial XIX - N° 73 de Emergencia Alimentaria y Resolución Municipal N° 665/2019 Serie “A”, y;CONSIDERANDO:QUE, por Ley Provincial XIX - N° 73 se declaró la Emergencia Alimentaria por el término de veinticuatro (24) meses en la Provincia de misiones a fin de establecer políticas y estrategias para garantizar, con carácter urgente, el Derecho a la Alimentación, la Seguridad Alimentaria y Nutricional de la población en situación de vulnerabilidad;QUE, a los fines de realizar una ejecución descentralizada del Programa para focalizar en los sectores de la población más carenciados inmersos en situación de vulnerabilidad alimentaria y nutricional el Poder Ejecutivo Provincial suscri-bió con los Municipios el “CONVENIO PROVINCIA - MUNICIPIOS “PROGRAMA PROVINCIAL DE SEGURI-DAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL”;QUE, en el citado convenio se establece que la Provincia, a través de los Municipios, financiará la adquisición de pro-ductos alimenticios y nutricionales de los individuos, familias y de la comunidad en situación de vulnerabilidad en el marco de la Ley Provincial XIX - N° 73;QUE, para recibir los fondos establecidos en el ANEXO I del Convenio los Municipios deberán constituir el “Consejo Municipal de Seguridad Alimentaria”;QUE, el Honorable Concejo Deliberante Municipal debe autorizar a suscribir al Poder Ejecutivo Municipal el convenio referido;QUE, resulta necesario, conveniente y oportuno para el Municipio aprobar el CONVENIO PROVINCIA - MUNICI-PIOS “PROGRAMA PROVINCIAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL”;POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUERTOIGUAZU SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:ARTÍCULO 1°.- AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal y a sus representantes a suscribir el CONVENIO PRO-VINCIA - MUNICIPIOS “PROGRAMA PROVINCIAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL” con el Poder Ejecutivo Provincial. Conforme Anexo I.-ARTÍCULO 2°.- FACULTASE al Poder Ejecutivo Municipal a efectuar los procedimientos administrativos, contables, financieros y presupuestarios a efectos de dar cumplimiento a la presente.-ARTÍCULO 3°.- REGÍSTRESE. Comuníquese, Cumplido. ARCHÍVESE.-

RAYNOLDI - Burgos

MODELO CONVENIO PROVINCIA - MUNICIPIOS“PROGRAMA PROVINCIAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL”

ANTECEDENTES DEL CONVENIO Considerando:Que, por Ley Provincial- XIX - N° 73 se declaró la Emergencia Alimentaria por el término de veinticuatro (24) meses en la Provincia de Misiones a fin de establecer políticas y estrategias para garantizar, con carácter urgente, el Derecho a la Alimentación, la Seguridad Alimentaria y Nutricional de la población en situación de vulnerabilidad;Que, mediante el Artículo 4° de la Ley citada se crea el Programa Provincial de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el ámbito del Ministerio de Cultura, Educación, Ciencia y Tecnología, del Ministerio de Desarrollo Social, la Mujer y la Juventud, del Ministerio de Salud Pública y de la Secretaria de Estado de Agricultura;Que, a los fines de realizar una ejecución descentralizada del Programa para focalizar en los sectores de la población más carenciados inmersos en situación de vulnerabilidad alimentaria y nutricional corresponde dar intervención a las jurisdicciones municipales;Que, el objetivo central es que los individuos, familias y comunidades de toda la Provincia en situación de vulnera-bilidad, accedan a alimentos inocuos y nutritivos resultando oportuno la constitución de un “Consejo Municipal de Seguridad Alimentaria y Nutricional” por parte de los Municipios que se adhieran al presente convenio;Que, la finalidad beneficiar a la población enmarcada dentro de los alcances de la Ley Provincial de Emergencia Ali-mentaria a través de transferencias que realizará la Provincia de Misiones a las cuentas bancarias informadas por los Municipios al Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos;Que, la Provincia a través del Conseja Provincial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, se compromete a prestar asis-tencia técnica, capacitación en los aspectos de promoción social y desarrollo de comunidades, destacando al personal

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Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019 BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Pág. 31.

técnico que considere necesario para atender los objetivos propuestos en la Ley Provincial XIX - N° 73;POR ELLO:EL ESTADO PROVINCIAL, REPRESENTADO POR EL SEÑOR GOBERNADOR, Y LOS SEÑORES INTENDEN-

TES REPRESENTANDO A SUS RESPECTIVOS MUNICIPIOS,ACUERDAN:

PRIMERO:LA PROVINCIA, a través de los Municipios, financiará la adquisición de productos alimenticios y nutricionales de los individuos, familias y de la comunidad en situación de vulnerabilidad en el marco de la Ley Provincial XIX - N° 73. Al efecto, la Provincia para dicho cumplimiento transferirá la suma mensual de $ 7.985.000 (PESOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL) para, los Municipios conforme del presente Convenio que será deposita-da en la cuenta informada por el Municipio al Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos.SEGUNDO:Será condición sino que con para la transferencia de la suma dispuesta en la cláusula PRIMERO que los Municipios constituyan el “Consejo Municipal de Seguridad Alimentaria.”TERCERO:Los Municipios se comprometen invertir el monto acordado en la compra de alimentos. destinados al funcionamiento del Programa Provincial de Seguridad Alimentaria y Nutricional conforme a las pautas y lineamientos que defina el Consejo Provincial de Seguridad Alimentaria y Nutricional.CUARTO:LA PROVINCIA, a través del Consejo Provincial de Seguridad Alimentaria y Nutricional se compromete a prestar a los Municipios asistencia técnica, capacitación en los aspectos de promoción social y desarrollo de comunidades, destacan-do al personal técnico que considere necesario para atender los objetivos propuestos, en la Ley Provincial XIX - N° 73.QUINTO:LA PROVINCIA, a través: del Consejo Provincial de Seguridad Alimentaria y Nutricional. supervisará los resultados sociales y fiscalizara a través del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos el uso de los fondos del Programa que será informado al Consejo Provincial, pudiendo requerir al respecto toda información que considere necesaria a los Municipios, sin perjuicio de sus obligaciones y registraciones cuyo control es de competencia del Honorable Tribunal de Cuentas.SEXTO:El presente convenio tendrá vigencia hasta Septiembre de 2021.SEPTIMÓ:El presente convenio se suscribe ad referéndum del-Acto Administrativo Provincial y de los Honorables Concejos Deliberantes Municipales. En el mismo sentido, las partes se. comprometen a remitir el presente acuerdo en forma inmediata a los órganos establecidos precedentemente.En la Ciudad de Posadas a los....días del mes de….. de…… previa lectura y ratificación, firman los intervinientes un -ejemplar, en prueba de conformidad, una para cada una de las partes

DECRETO N° 79

CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ, 21 de Noviembre de 2019.-VISTO: La Ordenanza N° 79/19 sancionada en el Honorable Concejo Deliberante y;CONSIDERANDO: Que es procedente la promulgación de conformidad a lo establecido en la Carta Orgánica, articulo N° 88, Inciso “E”.-POR ELLO:

EN USO DE SUS ATRIBUCIONESEL INTENDENTE MUNICIPAL DE PUERTO IGUAZÚ

D E C R E T A:ARTÍCULO 1°: PROMULGAR la Ordenanza N° 79/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en todos los términos.-ARTÍCULO 2°: REGÍSTRESE. Comuníquese; Publíquese; cumplido; ARCHÍVESE.-

FILIPPA - González

PS14537 V15073

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Pág. 32. BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019

ORDENANZA N° 83

CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ, 21 de Noviembre de 2019.-VISTO: LA Ordenanza N° 29/17 en el que se autoriza la concesión del servicio urbano de pasajeros a la empresa TAP EL PRACTICO S.R.L.- Río Uruguay, y;CONSIDERANDO:QUE hasta la fecha han cumplido todos los servicios a que se obliga y de conformidad con los términos de la concesión.QUE, resulta necesario ampliar el recorrido de los vehículos desde Cataratas hasta el microcentro de la ciudad, aplicán-dose a ésta las mismas obligaciones establecidas en el contrato de concesión autorizada por la Ordenanza N° 29/17.-QUE todos los vuelos que ingresan o egresan del aeropuerto internacional se han incrementado considerablemente con lo cual también lo ha hecho el número de pasajeros, empleados y otros servidores que trabajan en la estación aérea a los que está destinado el servicio especialmente a éstos últimos quienes se verán beneficiados en una tarifa diferencial. -POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZUSANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:ARTÍCULO 1°: AUTORÍZASE a la Línea N° 09 del sistema municipal, a cubrir el servicio ingresando al aeropuerto, similar al recorrido que se desarrolla en la línea troncal, que incluye: Hito de las Tres Fronteras, terminal de ómnibus, Av. Victoria Aguirre, Ruta Nacional Nº 12, Ruta Nacional N° 101 acceso al Parque Nacional, y al Aeropuerto Interna-cional de Puerto Iguazú. -ARTÍCULO 2°: FÍJASE como costo del boleto el que rija para la línea troncal del servicio.- ARTÍCULO 3°: REGÍSTRESE. Comuníquese. Cumplido. ARCHÍVESE.-

RAYNOLDI - Burgos

DECRETO N° 83

CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ, 22 de Noviembre de 2019.-VISTO: La Ordenanza N° 83/19 sancionada en el Honorable Concejo Deliberante y;CONSIDERANDO: Que es procedente la promulgación de conformidad a lo establecido en la Carta Orgánica, articulo N° 88, Inciso “E”.-POR ELLO:

EN USO DE SUS ATRIBUCIONESEL INTENDENTE MUNICIPAL DE PUERTO IGUAZÚ

D E C R E T A:ARTÍCULO 1°: PROMULGAR la Ordenanza N° 83/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en todos los términos.-ARTÍCULO 2°: REGÍSTRESE. Comuníquese; Publíquese; cumplido; ARCHÍVESE.-

FILIPPA - Raviolo

PS14538 V15073

ORDENANZA N° 84

CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ, 21 de Noviembre de 2019.-VISTO: QUE la Provincia de Misiones se adhirió a la Ley Nacional N° 27.424, que habilita a usuarios y PYMES a generar su propia energía renovable e inyectar el excedente que produzcan a la red de distribución, abaratando costos y cuidando el medio ambiente, y;CONSIDERANDO:QUE esto habilitaría a los usuarios particulares inyectar la energía eléctrica excedente que obtenga de la producción de equipos, como paneles solares, biodigestores o aerogeneradores de baja potencia en todo el territorio Provincial, y;QUE esta iniciativa permitiría favorecer a otras fuentes de energías alternativas y renovables, dando por resultados beneficios en el cuidado y protección del Medio Ambiente, y;QUE, a partir de la sanción de esta ley, uno de sus objetivos es tratar de abaratar los costos en la economía familiar y

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Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019 BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Pág. 33.

de la PYMES, y;QUE esta es una forma de darle herramientas al ciudadano generador de energía, y así, empezar a discutir el cambio de paradigma en el sistema eléctrico provincial.-POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZUSANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:ARTÍCULO 10: ADHIERASE el Municipio de la Ciudad de Puerto Iguazú, a la Ley Provincial XVI — N° 128, que Fomenta la Generación Distribuida de Energía Renovable.-ARTÍCULO 2°: COMUNÍQUESE a la Empresa proveedora de energía eléctrica, Energía de Misiones S.A.-ARTÍCULO 3°: REGÍSTRESE. Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos. Cumplido. AR-CHÍVESE.-

RAYNOLDI - Burgos

DECRETO N° 84

CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ, 22 de Noviembre de 2019VISTO: La Ordenanza N° 84/19 sancionada en el Honorable Concejo Deliberante y;CONSIDERANDO: Que es procedente la promulgación de conformidad a lo establecido en la Carta Orgánica, articulo N° 88, Inciso “E”.-POR ELLO:

EN USO DE SUS ATRIBUCIONESEL INTENDENTE MUNICIPAL DE PUERTO IGUAZÚ

D E C R E T A:ARTÍCULO 1°: PROMULGAR la Ordenanza N° 84/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en todos los términos.-ARTÍCULO 2°: REGÍSTRESE. Comuníquese. Publíquese; cumplido; ARCHÍVESE.-

FILIPPA - Raviolo

PS14539 V15073

ORDENANZA N° 85

CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ, 21 de Noviembre de 2019.-VISTO: LAS disposiciones de la Ordenanza N° 15/94 (Código de Edificación de la Ciudad de Puerto Iguazú) Sección 4- 4.2, que regula todo tipo de trabajo en la vía pública y cuya ejecución implica roturas de pavimentos y veredas, motivadas por la reparación de servicios, ejecución de obras lineales, conexiones domiciliarias, ejecución de obras de redes de agua, cloaca, etc., y;CONSIDERANDO:QUE, si bien es cierto, en la norma de referencia en el visto establece claramente la obligatoriedad de solicitar auto-rización para realizar trabajos en la vía pública, pero la realidad indica que es necesario establecer nuevas pautas de ordenamiento en roturas y/o excavaciones, teniendo en cuenta las circunstancias actuales de desarrollo de la ciudad y la transformación política administrativa del Municipio que hacen necesario un control más acotado de las autorizaciones de roturas del pavimento principalmente.QUE, el control que debe ejercer el Ejecutivo tiene que ver básicamente en los plazos de ejecución de la obra y a como se encontraba antes de ser autorizado la rotura en virtud de la solicitud presentado por el vecino contribuyente y/o responsable de la obra en la vía pública, durante y posterior a la culminación de la misma, previniendo para ello la obligatoriedad de constituir garantía suficiente a satisfacción del Municipio como cobertura de los riesgos derivados de tales trabajos.QUE, es derecho y deber inexcusable del Estado Municipal, velar por el mantenimiento y conservación de los bienes de dominio público y para ello, es menester reglamentar a través de un instrumento el acto de solicitar autorización para poder ejecutar los trabajos mencionados al Departamento Ejecutivo Municipal.POR ELLO:

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Pág. 34. BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚSANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:ARTÍCULO 1°: DE LAS AUTORIZACIONES Toda obra en la vía pública que implique excavaciones, roturas de pavimento y/o veredas, deberá tramitar su autorización en el ámbito de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Puerto Iguazú; que podrán ser por:a) Conexiones individuales a redes de servicios (domiciliarias)b) Ejecución de obras lineales (instalaciones o extensiones de redes aéreas, subterráneas o superficiales)c) Por trabajos de reparación y/o mantenimiento de redes.ARTÍCULO 2°: PARA las CONEXIONES DOMICILIARIAS: Se solicitará con debida anticipación ante la Dirección de Obras Privadas - Secretaria de Obras y Servicios Públicos, la solicitud será estrictamente personal y podrá ser lleva-da a cabo únicamente el propietario interesado o por el matriculado responsable.La autorización para efectuar la rotura le será entregada al matriculado responsable previa verificación del solicitante dominial, libre deuda y regularización edilicia, fijándose un plazo por el autorizante para la conclusión de los trabajos que será estipulado en dicha autorización.ARTÍCULO 3°: EJECUCIÓN de OBRAS LINEALES: El ejecutor responsable de cualquier obra en la vía pública ya ser “privado” o “reparación pública”, deberá solicitar mediante expediente la debida autorización ante la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.ARTÍCULO 4°: REPARACIÓN Y/O MANTENIMIENTO DE REDES: Todo tipo de mantenimiento y/o reparación de redes emplazadas en la vía pública que produzcan roturas, especialmente llevadas a cabo por distintos entes oficiales, podrán efectuarse sin previo aviso al Municipio toda vez que los mismos sean urgentes. En estos casos especiales debe-rá comunicarse a la Municipalidad la ubicación y magnitud de la rotura efectuada como consecuencia de la ejecución de los trabajos que se llevan a cabo o fueran ya finalizados dentro de las 24 horas de comenzada la misma. Los trabajos considerados de rutina, deberán ser previamente autorizados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos. Desde el comienzo de la ejecución de los trabajos el organismo público y/o privado responsable de la obra debe efectuar la correspondiente señalización y balizamiento nocturno en prevención de posibles accidentes al tránsito tanto vehicular como peatonal.ARTÍCULO 5°: A fin de garantizar la ejecución de las tareas de reparación y la cobertura de los riesgos derivados de tales trabajos, el que solicitare y/o ejecutare, deberá ofrecer con carácter previo depósito de garantía que contemple un costo estimado de las obras de reparación comprometidas en la apertura de zanjas, el que será afectado al pago de la reparación de pavimento y/o veredas y otros daños ocasionados, en caso de incumplimiento por parte del particular, profesional y/o empresa autorizada. Dicho depósito será en efectivo únicamente y sin excepción, a satisfacción de la Municipalidad de Puerto Iguazú, previa estimación del valor de los mismos por los correspondientes profesionales y/o técnicos del área de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.ARTÍCULO 6°: VENCIMIENTO DE LAS AUTORIZACIONES Toda autorización para efectuar roturas en la vía Pública, tendrá un plazo límite de ejecución, el cual comenzará a contarse a partir de la extensión del correspondiente certificado donde conste tal autorización. El interesado, ya sea particular, ente oficial o concesionario de servicio u obra pública, deberá ajustarse estrictamente al comienzo y finalización de los trabajos en el plazo estipulado, debiendo ante cualquier demora en el comienzo o culminación de las tareas autorizado en el espacio público dar aviso inmediatamente al Municipio, acompañado del correspondiente justificativo a efectos de solicitar la prórroga que corresponda la que será aprobada o no por la inspección Municipal.ARTÍCULO 7°: DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS: Cumplido el primer paso sobre autorización deberá espe-cialmente la señalización, el balizamiento nocturno y pasos puente de acceso:a) SEÑALIZACIÓN: Deberá colocarse vallas y carteles con las indicaciones de peligro existente, como asimismo de los posibles desvíos al tránsito vehicular.b) BALIZAMIENTO NOCTURNO: Los lugares afectados por trabajos (zanjas, pozos y/o montículos) deberán estar perfectamente balizados con señales luminosas en cantidad suficiente que garanticen su visibilidad nocturna.c) PASOS - PUENTE DE ACCESO: Las entradas a viviendas (peatonal o vehicular) afectadas por este tipo de trabajos, deberán salvarse con el montaje provisorio de elementos que permitan el traspaso de los obstáculos.ARTÍCULO 8°: FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS: Una vez finalizados los trabajos que se realicen en la vía pública, el ejecutante de la obra deberá comunicar a la Municipalidad en forma inmediata la finalización de las mismas, de manera tal que se pueda constatar que quedan en perfecto estado de reparación y que se mantiene la homogeneidad e integridad en cuanto a materiales, medidas, niveles, etc., prestando especial cuidado en la reconstrucción de veredas a

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efectos de que la misma vuelva a su estado original, en cuanto al “tipo” y “color” de cada baldosa colocada. En caso de reparación deficiente, el Municipio podrá realizar los trabajos necesarios, por si o por terceros, con cargo al responsable de la reparación, utilizando para ello el depósito en concepto de garantía conforme lo prevé el Art. 5° de la presente Ordenanza.ARTÍCULO 9°: DE LAS INFRACCIONES - MULTASa) Incumplimiento, falta de solicitud del permiso correspondiente: 200 unidad económica (equivalen al valor de un litro de nafta tipo súper)b) Mora de los permisionarios en la reconstrucción o reparación dentro de los plazos otorgados por parte del Municipio: 500 unidad económicaARTÍCULO 10°: DESE amplia difusión a la comunidad por el plazo de (120) ciento veinte días antes que entre en vigencia la presente ordenanza.ARTÍCULO 11°: REGÍSTRESE. Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal Cumplido. ARCHÍVESE.-

RAYNOLDI - Burgos

DECRETO N° 85

CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ, 22 de Noviembre de 2019.-VISTO: La Ordenanza N° 85/19 sancionada en el Honorable Concejo Deliberante y;CONSIDERANDO: Que es procedente la promulgación de conformidad a lo establecido en la Carta Orgánica, Artículo N° 88, Inciso “E”.-POR ELLO:

EN USO DE SUS ATRIBUCIONESEL INTENDENTE MUNICIPAL DE PUERTO IGUAZÚ

D E C R E T A:ARTÍCULO 1°: PROMULGAR la Ordenanza N° 85/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en todos los términos.-ARTÍCULO 2°: REGÍSTRESE. Comuníquese; Publíquese; cumplido; ARCHÍVESE.-

FILIPPA - Raviolo

PS14540 V15073

ORDENANZA N° 86

CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ, 28 de Noviembre de 2019.-VISTO: LA Ley Provincial XVIII - N° 34, y;CONSIDERANDO:LA importancia que reviste la Educación en Seguridad Vial para los ciudadanos, y;QUE lo previsto por la Ley XVIII – N° 34 y a fin de instrumentar sus mecanismos en nuestra ciudad, se hace necesario dictar el presente instrumento legal.-POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚSANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:ARTÍCULO 1°: ADHIÉRASE el Municipio de la Ciudad de Puerto Iguazú, a la Ley Provincial XVIII — Nº 34, sobre Educación en Seguridad Vial, y sus Decretos Reglamentarios. -ARTÍCULO 2°: AUTORÍZASE la suscripción del Convenio de Colaboración Interinstitucional entre el Consejo Ge-neral de Educación de la Provincia de Misiones, la Unión de Docentes de la Provincia de Misiones (UDPM) y el Municipio de la Ciudad de Puerto Iguazú, cuyo modelo se adjunta como Anexo I y forma parte de la presente.-ARTÍCULO 3°: REGÍSTRESE. Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos. CUMPLIDO. AR-CHÍVESE.-

RAYNOLDI - Burgos

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ANEXO I - ORD. 86

CONVENIO DE COLABORACION INTERINSTITUTIONAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS CON-TENIDOS DE EDUCACIÓN EN SEGURIDAD VIAL ENTRE EL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN, LA

UDPM Y EL MUNICIPIO DE PUERTO IGUAZU

Conste por el presente documento, el Convenio de Colaboración Interinstitucional para la implementación de los Con-tenidos de Educación en Seguridad Vial que celebren de una parte el CONSEJO GENERAL DE EDUCACION DE LA PROVINCIA DE MISIONES representado por la Ministra de Cultura Educación, Ciencia y Tecnología Mgter. IVONNE AQUINO y por la Presidente a/c del Consejo Profesora GRACIELA IBARRA, en adelante EL CONSEJO, con domicilio legal en Centro Cívico Chacra 172 Edificio 1 ter Piso de la Ciudad de Pasadas, por la parte de la UNION DE DOCENTES DE LA PROVINCIA DE MISIONES representado por su Secretaria General la Profesora STELLA MARIS LEVERBERG, en adelante LA UDPM con domicilio legal en la Av. Corrientes N° 1461; y de la otra parte, LA MUNICIPALIDAD DE PUERTO IGUAZU, representada en este acto por el Intendente CLAUDIO RAUL FILIPPA, con domicilio legal en la Municipalidad de Puerto Iguazú Misiones y el Ministro de Gobierno de la Provincia de Mi-siones Dr. MARCELO PEREZ con domicilio legal calle Félix de Azara N° 1749, convienen en celebrar el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL según los términos y cláusulas que a continuación se detallan:CLÁUSULA PRIMERA: DE LAS PARTESEl CONSEJO es el órgano provincial encargado de la organización, dirección técnica y administrativa de la educación en la Provincia de Misiones.Los contenidos de Educación en Seguridad Vial son una premisa importante de la política educativa provincial a imple-mentar en este ciclo lectivo 2017. En consonancia con el compromiso del gobierno educativo en la calidad de vida y la seguridad de las generaciones presentes y futuras.La UDPM es el sindicato docente de mayor representatividad de la Provincia de Misiones, lo que le delega y confiere un papel importante en cuanto a las temáticas entrelazadas a la Educación y sus implicancias. Tomando un papel pro-tagónico en la implementación del Programa Provincial de Educación en Seguridad Vial, al viabilizar la capacitación a los docentes en todo el territorio provincial.La MUNICIPALIDAD, es un órgano de Gobierno promotor de desarrollo local, con Persona Jurídica de Derecho Pú-blico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que tiene autonomía política; económica y administrativa, para representar a la totalidad del vecindario de su localidad, promover la adecuada presentación de servicios públicos locales y el desarrollo armónico e integral de su población.CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTESEl convenio de colaboración interinstitucional, entre el CONSEJO, LA UDPM Y LA MUNICIPALIDAD está basada en el deseo de las partes de Educar en Seguridad Vial para así contribuir; cada uno desde su lugar, a la concientización, prevención y descenso de siniestros en la vía pública. Fundamentado a la tarea de fomentar la convivencia democrática respetuosa de los derechos de todos los ciudadanos bajo la responsabilidad del Estado de promover e impulsar una nueva cultura vial desde el sistema educativo.CLÁUSULA TERCERA: BASE NORMATIVAEl presente convenio tiene como base legal los siguientes documentos:3.1 LEY NACIONAL DE EDUCACION N° 262063.2 LEY NACIONAL DE TRANSITO N° 24.449 y su Decreto Reglamentario3.3 LEY 26.363 Modificatoria de la Ley N° 24.449 que establece la creación de la AgenciaNacional de Seguridad Vial3.4 LEY PROVINCIAL N° XVIII/293.5 RESOLUCION MCEyT N° 067/15 (IMPLEMENTACION DE CONTENIDOS EDUC.SEG.VIAL)3.6 DECRETO N° 1387/16 (REGLAMENTACION DE LA LEY XVIII — N° 34 “LEY DE EDUCACION ENSEGURIDAD VIAL)CLÁUSULA CUARTA: OBJETO4.1 Garantizar desde el sistema educativo misionero la modificación en los patrones culturales referentes a la circula-ción en la vía pública, al tránsito en los diferentes medios de movilidad existentes y a la recuperación del sentido social en el cuidado personal y el otro.4.2 Establecer la corresponsabilidad en la puesta en práctica de políticas públicas que posibiliten la formación en intervención sobre el espacio público. De allí la importancia de la colaboración interinstitucional para asegurar la

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concreción y puesta en marcha de un sistema nacional de antecedentes de tránsito, propiciando espacios de reflexión y capacitación en la formación de los estudiantes en Educación en Seguridad Vial.CLÁUSULA QUINTA: COMPROMISO DE LAS PARTES5.1 COMPROMISO DEL CONSEJOIncorporar contenidos de Educación Vial en la curricula de las escuelas secundarias correspondientes al tercero, cuarto y quinto año. Los mismos estarán a cargo de docentes del Nivel debidamente capacitados en la temática, con su corres-pondiente seguimiento y evaluación por parte del Equipo Técnico de la Coordinación de Educación en Seguridad Vial dependiente de EL CONSEJO.5.2 Evaluación, Promoción y Acreditación de los conocimientos adquiridos en Educación en Seguridad Vial.5.3 COMPROMISO DE LA UDPMFacilitar los recursos logísticos y humanos para llevar adelante las jornadas de capacitación a docentes y estudiantes secundarios nucleados en los Centros de Estudiantes. Viabilizandolos a través de las delegaciones departamentales pertinentes.5.4 COMPROMISO DE LA MUNICIPALIDADAsesoramiento y participación de la Dirección de Tránsito y/o su equivalente en lo referente a lo procedimental y al contacto cercano de los alumnos con la vía pública.Este acercamiento al tránsito será acorde a los recursos humanos y materiales disponibles en dicha dependencia.5.5 Garantizar la acreditación de los contenidos adquiridos en Educación Vial para acceder a la Primera Licencia de Conducir acorde a la normativa vigente ya mencionada, los que tendrán vigencia por doce meses, contados a partir de la finalización del Ciclo Lectivo correspondiente al Quinto Año.COMPROMISO COMUNES5.6 Elaborar anualmente y en conjunto un Plan de Trabajo para garantizar la concreción del presente convenio.5.7 Evaluar e informar la evolución y resultados del acuerdo.5.8 Promover acciones conjuntas que favorezca el alcance del objetivo planteado, proporcionando la integración y articulación interinstitucional.CLAUSULA SEXTA: FINANCIAMIENTODado que la capacitación, el dictado y evaluación de los contenidos conceptuales de los Talleres Operativos en Educa-ción en Seguridad Vial estarán a cargo de docentes del nivel secundario del Consejo General de Educación, los hono-rarios correspondientes están incluidos en el presupuesto establecido de El Consejo.En tanto que la UDPM hará su contribución de logística acorde al presupuesto destinado por la misma en su área de capacitación.Mientras que desde La Municipalidad, se abonara lo correspondiente al personal dependiente al personal de la Direc-ción de Tránsito y/o a su equivalente que se encuentre afectado con sus tareas a esta articulación interinstitucional.CLAUSULA SÉPTIMA: COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL.Para el adecuado seguimiento, supervisión y monitoreo del compromiso establecido en el presente convenio, las partes acuerdan designar como coordinadores institucionales a los siguientes funcionarios:Por el Consejo la Secretaria General del Consejo General de Educación Profesora NORMA CUQUEJO.Por la UDPM, la Secretaria General PROF. STELLA MARIS LEVERBERG.Por la Municipalidad, al Señor INTENDENTE MUNICIPAL CLAUDIO FILIPPA. CLÁUSULA OCTAVA: MODIFI-CACIONES DEL CONVENIOCualquier modificación restricción o ampliación del presente convenio se realizará por acuerdo de ambas partes y se formalizará mediante agenda, que debidamente suscripta pasará a formar parte del presente convenio.CLÁUSULA NOVENA:Para todos los efectos legales emergentes en este convenio las partes constituyen domicilio en el indicado en el encabe-zamiento donde serán válidas todas las notificaciones judiciales y o extrajudiciales que allí se practiquen.En prueba de conformidad firman las partes dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en Posadas Misiones, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.

DECRETO N° 86

CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ, 28 de Noviembre de 2019CONSIDERANDO: Que es procedente la promulgación de conformidad a lo establecido en la Carta Orgánica, articulo N° 88, Inciso “E”.-

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POR ELLO:EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PUERTO IGUAZÚD E C R E T A:

ARTÍCULO 1 PROMULGAR la Ordenanza N° 86/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en todos los términos.-ARTÍCULO 2°: REGÍSTRESE. Comuníquese; Publíquese. Comuníquese. Cumplido. ARCHÍVESE.-

FILIPPA - González

PS14592 V15073

ORDENANZA N° 87

CIUDAD DE PUERTO, Iguazú 05 de Diciembre de 2.019.-VISTO: LA situación del tráfico actual en nuestra ciudad, y;CONSIDERANDO:QUE, es obligación del Municipio proveer los instrumente jurídicos necesarios tendientes a lograr ese objetivo;QUE, el trazado urbano de nuestra ciudad posee un entramado de calles diagonales y cortadas, con muy pocas avenidas que dificultan el normal desplazamiento de los vehículos, principalmente aquellos de gran porte;QUE, el parque automotor, tanto de residentes como de turista que ha tenido un aumento exponencial en los años re-cientes, complicando aún más las dificultades de desplazamiento en la trama urbana;QUE, el destino turístico Puerto Iguazú con relación a otras alternativas nacionales, ha sido el que mayor auge ha tenido en los últimos años, ello con gran beneficio para la economía y desarrollo social de nuestra población;QUE, el señalado auge- tanto nacional como internacional - atrae miles de viajeros que durante todo el año visitan nuestra ciudad, utilizando todo tipo de medio, desde los aéreos hasta buses de gran porte y automóviles; yQUE, por otra parte, y para proveer los servicios requeridos por ese inmenso flujo de personas, las empresas turísticas locales poseen sus propias flotas de colectivos, minibuses, taxis, etc. y, además el nutrido parque de motocicletas, mu-chas de ella utilizadas por particulares, pero también muchas otras cumpliendo servicios de “motomandados”. Todos ellos en conjunto y simultáneamente con el inmenso parque de buses automotores que transportan a turistas, utilizando la red urbana de la ciudad;QUE, del análisis de la rutina de los contingentes turísticos señala que, desde aproximadamente las ocho de la mañana, durante toda la siesta y una parte de la tarde, se desplacen desde sus respectivos alojamientos con destino a los distintos atractivos, principal y obviamente las cataratas;QUE, al culminar el horario de visitas del Parque Nacional, todo ese flujo de pasajeros que se trasladó hasta el destino durante toda la jornada, regresa en masa a los lugares en donde se hospedan.-DEBE señalarse que el crecimiento turístico aun no llego a su ápice y debido a ello continúa incrementándose día a día, lo que trae aparejado que los problemas urbanos señalados aumenten en igual o mayor proporción. Prácticamente ninguna ciudad está preparada vialmente para soportar la circulación y, mucho menos el estacionamiento de semejante parque automotor;QUE, es necesario y obligación primordial de la municipalidad velar por la seguridad vial de sus ciudadanos y visitan-tes. Seguridad que se ve seriamente comprometida por la circulación y estacionamiento, en ocasiones desordenados de vehículos muchos de ellos de gran porte (de tres y cuatro ejes);QUE, son cada vez más frecuentes y reiteradas las denuncias y quejas de los vecinos por ruidos molestos, contami-nación, congestionamiento vehicular, carencia de espacios de estacionamiento, invasión de lugares reservados para accesos a viviendas garajes, ausencia de visibilidad de bocacalles, etc.;QUE, las quejas no solamente se limitan a habitantes de la ciudad, sino también provienen de turistas, que vienen a esparcirse y descansar, pero, con los avatares del tránsito se les reducen los tiempos de estos nobles objetivos, tiempos que son los perdidos en desplazarse de un punto a otro de la ciudad o a los distintos atractivos. Es lógico entendible que quienes salen de vacaciones deseen aprovechar su tiempo paseando y conociendo lugares y no, justamente varados en un tránsito congestionado y caótico;QUE, es indudable que, por su diseño y porte, son los ómnibus de gran porte (tres y cuatro ejes) los que lentifican y entorpecen el tránsito y hacen colapsar los lugares de estacionamiento;QUE, es por lo tanto imprescindible que hasta tanto se puedan concretar las obras viales que posibiliten mejorar con-

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siderablemente la circulación vehicular, disponer que las unidades de tres y cuatro ejes realicen sus operaciones de ascenso y descenso de pasajeros en un lugar apropiado y debidamente equipado para recibir vehículos de este porte, sin entorpecer el tránsito local. Para desde allí desplazar a los viajeros hasta sus lugares de alojamiento con vehículos más chicos (taxis, remises, combis, minibuses);QUE, la terminal de ómnibus por sus dimensiones y ubicación, carece de la capacidad como para atender la operatoria de un número de ómnibus que multiplica varias veces la cantidad con la que funcionan los servicios regulares;QUE, la problemática urbana que hoy afecta a nuestra localidad se presentó con anterioridad en otras ciudades turísti-cas, las cuales vieron la necesidad de abordar soluciones diversas. Algunas de ellas, como Villa Carlos Paz, Córdoba y San Carlos de Bariloche en Rio Negro, decidieron de manera similar a la que se propone en la presente ordenanza;QUE, la creación de un Centro de Recepción, Estacionamiento y Maniobras de Ómnibus de gran porte permitirá que en el lugar se desarrollen diversas actividades complementarias, como ser hotelería, lavadero de ómnibus, mecánica de urgencia, restaurante, etc. todos ellos emprendimientos que generaran nuevas fuentes de trabajo;POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTEDE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZU

SANCIONA CON FUERZA DEO R D E N A N Z A:

ARTÍCULO 1°.- PROHIBIR en todo el radio del Municipio de Puerto Iguazú, el estacionamiento en la vía publica de vehículos de transporte de pasajeros de más de 3500 kilogramos.-ARTÍCULO 2°.- SE definen como vehículos de “Gran Porte” aquellos que detenten al menos alguna de las siguientes características:a) Que registren un peso de tres mil quinientos (3500) kilos o más.b) Registren una longitud total que exceda los once con cincuenta metros (11,50 m.) entendiendo como tal a la distancia existente entre el paragolpes delantero y paragolpes trasero; no existiendo ningún tipo de tolerancia para dicha longitud.c) Vehículos de más de dos ejesd) Ómnibus de doble pisoARTÍCULO 3°.- LOS vehículos de “Gran Porte” deberán estacionarse exclusivamente en los lugares habilitados para tal fin. Por vía reglamentaria el Departamento Ejecutivo establecerá los requisitos que deberán cumplir estos predios y los requerimientos exigidos para su funcionamiento. Dicho servicio público podrá ser prestado por el propio municipio, o a través de uno o más concesionario/s, bajo las condiciones que establecerá la reglamentación.-ARTÍCULO 4°.- EL Departamento Ejecutivo por medio de personal de fiscalización dependiente del área específica de la Municipalidad deberá. verificar el cumplimiento de la presente ordenanza y, en su caso, labrar las pertinentes Actas de Infracción, las que serán derivadas al Juzgado de Faltas a sus efectos.-ARTÍCULO 5°.- EN casos puntuales en que los vehículos en infracción ocasionen o pongan en riesgo la seguridad de las personas o de otros vehículos, se procederá a su inmovilización posterior traslado a dependencias municipales, ello con el cobro de gastos que se adicionaran las multas que establezca el Juzgado de Faltas.-ARTÍCULO 6°.- EL incumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza será sancionada con una multa equiva-lente al valor en pesos ($) de 400 lts. (Cuatrocientos litros) a 1.000 lts. (Mil litros) de nafta súper, conforme los precios del producto de la empresa Y.P.F. (Yacimiento Petrolíferos Fiscales). Su graduación quedara a cargo del Juzgado de Faltas conforme la antecedentes del conductor o empresa infractora.-ARTÍCULO 7°.- EL Departamento Ejecutivo Municipal deberá instrumentar a la brevedad todo los trámites adminis-trativos para concretar la concesión del parque cerrado objeto de este dispositivo legal atento a los vistos y consideran-dos precedentes debiendo para ello efectuar correspondiente llamado a licitación; todo ello en el marco de la Ordenanza de emergencia económica vigente debiendo a estos fines tomar todos los recaudos para que la ubicación de dicho parque no produzca entorpecimiento en el libre tránsito vehicular y peatonal; fijándose u término de diez (10) años con opción a cinco (5) años más por buena prestación de servicios.-ARTÍCULO 8°.- REGÍSTRESE. Comuníquese. Cumplido. ARCHÍVESE.-

RAYNOLDI - Burgos

DECRETO N° 87

CIUDAD DE PUERTO, Iguazú 06 de Diciembre de 2019.-CONSIDERANDO: Que es procedente la promulgación de conformidad a lo establecido en la Carta Orgánica, Artículo N° 88, Inciso “E”.-

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Pág. 40. BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019

POR ELLO:EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PUERTO IGUAZUD E C R E T A:

ARTÍCULO 1°.- PROMULGAR la Ordenanza N° 87/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en todos los términos.-ARTÍCULO 2°.- REGÍSTRESE. Comuníquese; Publíquese; cumplido; ARCHÍVESE.-

FILIPPA – González

PS14593 V15073

ORDENANZA N° 89

CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ, 05 de Diciembre de 2019.-VISTO: LA nota presentada por los ex alumnos de la Escuela de Fronteras N° 609- Manuel Ferraz De Campo Sales del área Cataratas, ante éste Honorable Cuerpo, registrado bajo Expediente N° 81/19 Letra “P”, mediante la cual solicitan se Declare como Ciudadanos Ilustres a los Maestros Oscar Arnaldo Zarza y esposa Dina Otilia Brítez de Zarza; yCONSIDERANDO:QUE los ex alumnos de la Escuela de Fronteras N° 609, de común acuerdo, proponen Declarar Ciudadanos Ilustres a quienes fueron sus maestros y los recuerdan con mucho cariño a quienes ejercieron en sus vidas el rol de segundos padres; a fin de brindar un humilde homenaje, y;QUE el Matrimonio Zarza ha tenido la gran tarea y vocación de servicio a la docencia en la Escuela de Fronteras N° 609, ubicada en el área de Cataratas, y;QUE cabe resaltar que ha sido pionero en nuestra ciudad, Presidente del Rotary Club y desde allí ha realizado innu-merables tareas solidarias en la comunidad, formo parte de la Comisión de Bomberos Voluntarios y durante más de 17 años presidio la Cooperadora del Comando Radioeléctrico, obteniendo varios beneficios para dicha institución. Tam-bién formo parte de la cooperativa docente, y desde allí ha logrado la obtención de dos manzanas para llevar a cabo un programa de viviendas para docentes, y;QUE además cumplió funciones como Concejal, en el periodo de 1991 a 1995 con orgullo y responsabilidad, y;QUE vemos con beneplácito dar curso a lo solicitado en el visto y considerando de la presente, entendiendo que es deber del Gobierno Municipal, propiciar y promover el reconocimiento a personas, como muchas otras, que protagoni-zaron a través de su esfuerzo, compromiso y conocimiento, un mejor desarrollo de la Ciudad de Puerto Iguazú.-POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZUSANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:ARTÍCULO 1°: DECLÁRASE CIUDADANOS ILUSTRES A LOS MAESTROS: OSCAR ARNALDO ZARZA (fa-llecido) y Esposa DINA OTILIA BRITEZ DE ZARZA, en reconocimiento a la trayectoria en la docencia y el aporte permanente al servicio de la comunidad.-ARTÍCULO 2°: REGÍSTRESE. Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos. Cumplido. AR-CHÍVESE.-

RAYNOLDI - Burgos

DECRETO N° 89/19

CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ, 06 de Diciembre de 2019.-VISTO: La Ordenanza N° 89/19 sancionada en el Honorable Concejo Deliberante, y;CONSIDERANDO: Que es procedente la promulgación de conformidad a lo establecido en la Carta Orgánica, Artículo N° 88°, Inciso “E”.-POR ELLO:

EN USO DE SUS ATRIBUCIONESEL INTENDENTE MUNICIPAL DE PUERTO IGUAZÚ

D E C R E T A:

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Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019 BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Pág. 41.

ARTÍCULO 1°.- PROMULGAR la Ordenanza N° 89/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en todos los términos.-ARTÍCULO 2°.- REGÍSTRESE. Comuníquese; Publíquese; cumplido; ARCHÍVESE.-

FILIPPA - González

PS14594 V15073

ExPEDIENTES A SENTENCIAJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO LABORAL N° 3

PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL

Nómina de Expedientes pendientes del dictado de Sentencia.-EXPTE. N° 23960/AÑO 2.018.- GONZÁLEZ, CÉSAR RUBÉN C/TIPOKA S.A Y OTRO/A S/ACCIONES POR ACCIDENTES LABORALES DE TRÁMITE ORDINARIO.- Con fecha para el dictado de sentencia el día 23 de Diciembre de 2.019.-EXPTE. N° 72.802/AÑO 2.018.- GONZÁLEZ, CÉSAR RUBÉN C/TIPOKA S.A Y OTRO/A S/ACCIONES POR ACCIDENTES LABORALES DE TRÁMITE ORDINARIO.- Con fecha para el dictado de sentencia el día 14 de Febrero de 2.020.-EXPTE. N° 75.759/AÑO 2.018.- NIMET, LUCAS EZEQUIEL C/EXPRESO SINGER S.A. DE TRANSPORTE S/ACCIONES LABORALES DE TRÁMITE ODINARIO.- Con fecha para el dictado de sentencia el día 06 de Febrero de 2.020.-EXPTE. N° 37513/AÑO 2.016.- BAÉZ PERALTA, ELIAS C/HIDRELCO S.R.L. S/COBRO DE CRÉDITOS LABO-RALES.- ARTS 76.- 171.- LEY XIII. 2.- Con fecha para el dictado de sentencia el día 06 de Febrero de 2.020.-EXPTE. N° 94852/AÑO 2.017.- JORGENS, YAMILA SOLEDAD C/CANTERA ELDORADO S/ACCIONES LA-BORALES DE TRÁMITE ORDINARIO.- Con fecha para el dictado de sentencia el día 06 de Febrero de 2.020.-EXPTE. N° 10762/AÑO 2.019.- FIGUEREDO, CRISTIAN JAVIER C/ELECTRICIDAD DE MISIONES S.A. S/ACCIONES LABORALES DE TRÁMITE ORDINARIO.- Con fecha para el dictado de sentencia el día 06 de Febrero de 2.020.-EXPTE. N° 102.120/AÑO 2.018.- RODRÍGUEZ, JULIO CÉSAR C/HREÑUK S.A. S/ACCIONES LABORALES DE TRÁMITE ORDINARIO.- Con fecha para el dictado de sentencia el día 06 de Febrero de 2.020.-EXPTE. N° 154791/AÑO 2.018.- VILLALBA, ÁNGEL ALBERTO C/ANÍBAL VALDEZ S/ACCIONES POR AC-CIDENTES LABORALES DE TRÁMITE ORDINARIO.- Con fecha para el dictado de sentencia el día 14 de Febrero de 2.020.-EXPTE. N° 100.667/AÑO 2.017.- KACHUK, PAMELA NATALIA CAROLINA C/TODO FRIO Y OTROS S/AC-CIONES LABORALES DE TRÁMITE ORDINARIO.- Con fecha para el dictado de sentencia el día 14 de Febrero de 2.020.-EXPTE. N° 58778/AÑO 2.018.- ROA, CARLOS ALBERTO C/MC. S.R.L. S/ACCIONES LABORALES DE TRÁ-MITE ORDINARIO.- Con fecha para el dictado de sentencia el día 14 de Febrero de 2.020.-EXPTE. N° 129506/AÑO 2.018.- ACOSTA, LUIS RAMÓN C/OPRERA S/ACCIONES LABORALES DE TRÁMI-TE ORDINARIO.- Con fecha para el dictado de sentencia el día 14 de Febrero de 2.020.-EXPTE. N° 13814/AÑO 2.018.- SORGHE, RAMÓN ALBERTO C/TRAR S.R.L. S/ACCIONES LABORALES DE TRÁMITE ORDINARIO.- Con fecha para el dictado de sentencia el día 27 de Febrero de 2.020.-EXPTE. N° 109.601/AÑO 2.018.- LUKOSWSKI, ALEJANDRO WENCESLAO C/COMBUSTIBLES ARGENTI-NOS S.R.L. Y OTRO S/ACCIONES LABORALES DE TRÁMITE ORDINARIO.- Con fecha para el dictado de sentencia el día 27 de Febrero de 2.020.-Dra. Elisa E. A. de Correa.-PS14560 V15073

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 3 PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

Nómina de Expedientes pendientes de dictar Sentencia al 30 de Noviembre de 2.019.-N° EXPTE. NATURALEZA ENTRO A DESP. VENCIMIENTO9191/14 CUMP. CONT. Y DAÑOS 17-10-19 12-12-1933111/15 DAÑOS Y PERJUICIOS 24-10-19 19-12-197928/06 DAÑOS Y PERJUICIOS 28-10-19 23-12-1912441/13 DAÑ. Y PERJ. Y MORAL 28-10-19 23-12-1931073/17 DAÑOS Y PERJUICIOS 28-10-19 23-12-1911642/14 DAÑ. Y PERJ. Y MORAL 30-10-19 04-02-208346/14 DAÑ. Y PERJ. Y MORAL 01-11-19 06-02-2010921/14 DAÑ. Y PERJ. Y MORAL 01-11-19 06-02-209817/09 DAÑOS Y PERJUICIOS 06-11-19 11-02-20997/14 DAÑ. Y PERJ. Y MORAL 06-11-19 11-02-20128186/15 DAÑOS Y PERJUICIOS 07-11-19 13-02-206868/07 DAÑ. Y PERJ. Y MORAL 11-11-19 17-02-207940/11 USUCAPIÓN 11-11-19 17-02-2010893/09 DAÑOS Y PERJUICIOS 11-11-19 17-02-2051773/15 DAÑOS Y PERJUICIOS 11-11-19 17-02-20379/12 DAÑ. Y PERJ. Y MORAL 13-11-19 19-02-2095508/16 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA 13-11-19 19-02-2052325/15 DAÑ. Y PERJ. Y MORAL 13-11-19 19-02-2013970/18 ORDINARIO 20-11-19 26-02-20106316/16 PRESC. ADQUISITIVA 20-11-19 26-02-209107/12 DAÑOS Y PERJUICIOS 20-11-19 26-02-205070/13 PRESC. ADQUISITIVA 27-11-19 05-03-2043949/15 DAÑOS Y PERJUICIOS 27-11-19 05-03-20Asimismo, se han dictado sentencia en las siguientescausas:N° EXPTE. NATURALEZA ENTRO A DESP. FECHA SENT.5116/14 DAÑ. Y PERJ. Y MORAL 25-09-19 22-11-19123944/18 DESALOJO 30-09-19 19-11-1962075/16 ESCRITURACIÓN 09-10-19 03-12-19963/12 DAÑOS Y PERJ. Y MORAL 09-10-19 03-12-1937317/18 DAÑOS Y PERJUICIOS 15-10-19 10-12-1950270/19 DESALOJO 13-11-19 19-11-19129828/18 RESOLUCIÓN DE CONTRATO 22-11-19 10-12-19Dra. Georgina López Liva. Juez.-PS14562 15073

JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N° 3 PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

Se comunica que la Secretaría Única a mi cargo no registra autos interlocutorios pendientes de Resolución al 30 de Noviembre del año en curso.-Dra. Georgina Lopéz Liva. Juez.-PS14563 V15073

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Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019 BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Pág. 43.

SEguNDA SECCIÓN SOCIEDADES

GASANFER SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA

EDICTO: Por disposición de S.S. Dra. Gabriela F. Canalis, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1, de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del Registro Público, sito en Avenida Santa Catalina N° 1735, planta baja, de la Ciudad de Posadas, hace saber para su publicación en el Boletín Oficial por un día, que en los autos caratulados “Expte. 163794/2019 GASANFER S.A.S. S/ CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO FISCAL ADM. 382/2019 ADMI-NISTRATIVO”.En la ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, siendo el día 11 de Diciembre de 2019, SANTIAGO EMILIO GON-ZALEZ BONDAR, CUIL 20-37704735-3, constituyente y único socio de la Sociedad GASANFER S.A.S., resuelve MODIFICAR el Contrato Constitutivo en su “ARTÍCULO SEGUNDO” el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO SEGUNDO: DOMICILIO SOCIAL. La Sociedad tendrá domicilio principal, legal y fiscal en Ruta 12, Lote B-4 de la ciudad de Garupá, Departamento Capital, provincia de Misiones, pero podrá abrir sucursales o agencias en cualquier parte del territorio nacional, para lo cual se procederá como aparece previsto en las normas legales.REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO. Posadas 17 de Diciembre de 2019. Dr. Gonzalo Nicolás Rodas. Secretario.-PP107567 $540,00 V15073

GENERACIÓN Y SOCIEDAD ANONIMA

EDICTO: Por disposición de S.S. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°1, de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del Registro Público sito en Av. Santa Catalina N°1753, Planta Baja, de la Ciudad de Posadas; hace sa-ber por un día para su publicación por edictos en el Boletín Oficial, que en los autos caratulados “EXPTE N°155648/19 GENERACIÓN Y S.A S/ CONSTITUCIÓN ADM 345/2019” sobre inscripción tardía, se hace saber lo siguiente: En la Ciudad de Posadas, Capital de la Provincia de Misiones, República Argentina, a los once días del mes de Octu-bre del año dos mil diecinueve, comparecen: TAMARA ELIZABET RUIZ LENZ, fecha de nacimiento 05/12/1984, de 34 años, Documento Nacional de Identidad 31.111.871, CUIT 27- 31.111.871-1, de profesión comerciante, quien manifiesta ser soltera, hija de Nilda Fleck y de Juan Darío Ruiz Lenz y domiciliarse en Ruta 14 S/N Lote 5 y 6- Zona Industrial, San Pedro Mnes; DARÍO NICOLÁS RUIZ LENZ, fecha de nacimiento 04/02/1989, de 30 años, Documento Nacional de Identidad 34.275.198, CUIT 23- 34275198-9, de profesión comerciante, quien manifiesta ser soltero e hijo de Nilda Fleck y de Juan Darío Ruiz Lenz, y domiciliarse en calle Sargento Cabral N° 2327; PAMELA ELIZABET RUIZ LENZ, fecha de nacimiento 05/12/1984, de 34 años, Documento Nacional de Identidad 31.111.870, CUIT 27-31.111.870-1, de profesión comerciante, quien manifiesta ser soltera, hijo de Nilda Fleck y de Juan Darío Ruiz Lenz y domiciliarse Sargento Cabral N° 2327; CINTIA SOLEDAD RUIZ LENZ, fecha de nacimiento 21/07/1986, de 33 años, Documento Nacional de Identidad 32.329.902, CUIT 27-32329902-7, de profesión Esteticista corporal y cosmetóloga, quien manifiesta ser casada en primeras nupcias con Elvio Epifanio Fredrich, y domiciliarse en Sargento Cabral 2327 todos de esta ciudad, argentinos nativos, mayores de edad, individualizados de conforme a lo establecido en el Art. 306 Inc. b) del Código Civil y Comercial de la Nación. INTERVIENEN: Por derecho propio. Y los comparecientes DICEN: Que han resuelto constituir una Sociedad Anónima con sujeción a la ley de Sociedades Comerciales y a las siguientes estipulaciones. DENOMINACIÓN Y SEDE SOCIAL: “GENERACION Y.”, con domicilio social, legal, fiscal y administrativo en la localidad de Posadas, Provincia de Misiones.-DURACIÓN: Noventa y nueve (99) años, a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.-OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por Objeto realizar por cuenta propia o de terceros, o asociados a terceros, o mediante cualquier tipo de combinación societaria o de negocios, las siguientes actividades: a) distribución, comercia-lización, compra, venta, depósito, exportación, conservación, acopiamiento, de: 1- Bebidas alcohólicas, no alcohólicas, aguas, aguas frutales, gaseosas, cervezas, vinos, y demás bebidas; 2- Comestibles en general, productos alimenticios de almacén, golosinas, cigarrillos, productos importados, envasados, horneados y congelados, azucares, artículos de limpieza, y productos de perfumería. 3-Miel y todos sus derivados, cera, polen, jalea, a granel, con su respectivo frac-cionamiento y envasado, incluyendo productos elaborados por cuenta propia o de terceros. b) compraventa, arriendo,

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explotación, locación, administración, instalación de galpones, locales, predios, frigoríficos para enfriamiento, mante-nimiento o el acopio y guarda de dichos productos; c) adquisición; arrendamiento o locación de vehículos automotor, fletes, vehículos comerciales livianos o utilitarios para la distribución y transporte de los relacionados productos. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no estén prohibidos por la ley o el presente estatuto, realizar todos los contratos que se relacionen con el objeto social, pudiendo participar en toda clase de empresas y realizar todas las operaciones comerciales, sin más limitaciones que las establecidas en el Código de Comercio y en general adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no estén prohibidos por las leyes vigentes. CAPITAL SOCIAL: El capital social es de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000,00), representado por 2.500 (Dos mil quinientas) acciones ordinarias, nominativas no endosables con derecho a un voto por acción de $ 100,00 cien pesos valor nominal cada una. El capital social se suscribe de la siguiente forma: TAMARA ELIZABET RUIZ LENZ, suscribe SEISCIENTAS VEINTICINCO (625) acciones ordinarias, nominativas no endosables de PE-SOS CIEN ($ 100,00) cada una, DARÍO NICOLÁS RUIZ LENZ, suscribe SEISCIENTAS VEINTICINCO (625) ac-ciones ordinarias, nominativas no endosables de PESOS CIEN ($100,00) cada una, CINTIA SOLEDAD RUIZ LENZ, suscribe SEISCIENTAS VEINTICINCO (625) acciones ordinarias, nominativas no endosables de PESOS CIEN ($100,00) cada una, PAMELA ELIZABET RUIZ LENZ, suscribe SEISCIENTAS VEINTICINCO (625) acciones or-dinarias, nominativas no endosables de PESOS CIEN ($100,00) cada una. Los accionistas integran un VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de lo suscripto en dinero efectivo en este acto, y el saldo lo integrarán a solicitud del Directorio dentro de los dos años dentro del plazo que determina el artículo 166 de la ley 19.550. GERENCIA: La Dirección titular y la Presidencia de la sociedad será ejercida por el Sr. DARÍO NICOLÁS RUIZ LENZ y como Director suplente, CINTIA SOLEDAD RUIZ LENZ.- EJERCICIO SOCIAL: El ejercicio social cierra el 30 de Septiembre de cada año.-DOMICILIO: Según ACTA VOLANTE N°1, En la ciudad de Posadas, a los nueve días del mes de Diciembre de 2019. Se reúnen los actuales socios e integrantes de “GENERACION Y S.A”, en proceso de inscripción en el Registro Público de Comercio, de la Ciudad de Posadas, Prov. De Misiones, a los efectos de tratar el siguiente orden del día: 1. Designación de los socios que firmarán el acta. Se resuelve que sea firmada por la totalidad de los mismos. 2. Fijar el domicilio legal de la sociedad. En consecuencia se resuelve que el domicilio legal de la SOCIEDAD ANONIMA “GENERACION Y” será en Av. Roque Pérez 2342 ex 81, de la ciudad de Posadas Provincia de Misiones.-REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO, Posadas, Mnes. 19 de Diciembre de 2019. Dr. Gonzalo Nicolás Rodas. Secretario.-PP107581 $2.850,00 V15073

EDICTOSEDICTO: El Juzgado de Instrucción Nº Uno, Secreta-ria Nº Uno, CITA y EMPLAZA por el término de cinco (5) días a quien se considere con derecho a reclamar la pertinente devolución del vehículo marca Volkswagen. Vento, cuyo dominio colocado es AA436GW, Motor Nº: CBP726810, chasis Nº 3VW1M216XGM032109 los que se hallarían prima facie adulterados quien deberá compa-recer ante este Juzgado de Instrucción Nº 1, Secretaría Nº 1, acreditando la titularidad que invoque en el término fijado “, en la que se ha dispuesto: Oberá, 09 de Diciem-bre de 2019. Previo y en atención a que se desconoce la titularidad de la propiedad del vehículo marca Volkswa-gen, Vento, cuyo dominio colocado es AA436GW, Motor Nº CBP726810, Chasis Nº 3VW1M216XGM032109 los que se hallarían prima facie adulterados, no pudiendo acreditarse la titularidad del mismo y a la fecha no fuera reclamado por persona alguna en estos autos caratula-dos “EXPTE. N° 19869/2019 - ACTS, DE LA DIREC. VERIF. AUTOM. A RAIZ DEL SECUESTRO DEL

VEHICULO VW VETO DOM. AA436GW “, líbrese oficio al Director del Boletín Oficial de la Provincia, so-licitándosele que haga público mediante Edicto durante cinco días, la respectiva citación de quien se considere con derecho a reclamar la pertinente devolución quien deberá comparecer ante éste Juzgado de Instrucción N° 1, Secretaría N° 1, acreditando la titularidad que invoque en el término fijado. Notifíquese, Fdo. Horacio H. Alar-cón. Juez por Subrogación Legal. Dra. María Alejandra Montenegro, Secretaria.-SC17281 E15070 V15074

EDICTO: El Tribunal Electoral de la Provincia de Mi-siones hace saber: A los fines previstos en el Art. 22 de la Ley Provincial XI - N° 7, que la agrupación políti-ca denominada “PARTIDO DE LA CONCERTACIÓN FORJA”, constituida en la Ciudad de Posadas - Misio-nes- el día 31 de Octubre de 2019, que tramita por ante este Tribunal su inscripción como Partido Provincial

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en autos “EXPTE. N° 131 AÑO 2019 - PARTIDO DE LA CONCERTACIÓN FORJA S/ TRAMITACIÓN DE PARTIDO PROVINCIAL”; ha solicitado al Tribunal Electoral de la Provincia de Misiones el registro y uso de tal nombre adoptado. Se hace saber además que podrán oponerse fundadamente al nombre pretendido, aún con anterioridad a la audiencia prevista en el artículo 73 de la Ley XI - N° 7. Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Misiones (Art. 22, Ley XI - N° 7). Dra. Irma Gisela Hendrie. Secretaria.-SC17286 E15071 V15073

EDICTO: Juzgado Civil y Comercial N° 2, Secretaría Única, calle 3 de Febrero 1744 (ex 270), CITA y EM-PLAZA por treinta (30) días a herederos y acreedores de ERNESTO WIRZ, D.N.I. M 7.468.861 (EXPTE. 125256/2019... S/ SUCESORIO). Publíquese tres (3) días. Posadas, 11 de Diciembre de 2019. Dra. Celina So-raya Molas. Secretaria.-PP107531 $450,00 E15071 V15073

EDICTO: Juzgado Civil y Comercial N° 5 a cargo del Dr. Fernando M. A. Escalante Secretaría Única, sito en Avda. Santa Catalina N° 1735 2do Piso de esta Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, CITA y EMPLAZA por treinta (30) días a herederos y/o acreedores de AGUI-LAR BALBIN HECTOR D.N.I. N° 8.446.308 en autos caratulados “EXPTE N° 119190/2019 HÉCTOR AGUI-LAR BALBIN S/ SUCESORIO”, para que comparezcan a estar a derecho en el término de 30 días y bajo apercibi-miento de ley. Publíquese por tres días en el diario local y el Boletín Oficial. Posadas, 13 de Diciembre de 2.019. Dr. Cristian A. Mathot. Secretario.-PP107533 $810,00 E15071 V15073

EDICTO: El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2, Secretaría N° 2, Segunda Circuns-cripción Judicial de Misiones, sito en Avda. Misiones y Calle Bolivia, Oberá; en autos: “EXPTE. N°141077 - AÑO 2019 - ROSI, JOSÉ S/ SUCESIÓN”, CITA y EMPLAZA a herederos y/o acreedores y/o a los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el Sr. JOSÉ ROSI, D.N.I. N° 12.053.885, para que en el término de treinta (30) días lo acrediten y se presente a estar a derecho. Publíquese por tres días. Oberá, Mnes., 11 de Diciembre de 2019. Dr. Manuel Enrique Elordi. Secretario.-PP107538 $900,00 E15071 V15073

EDICTO: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Co-mercial N°3, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, a cargo de la Dra. Georgina López Liva,

Secretaría Única, sito en Av. Santa Catalina N° 1735, 2° piso de Posadas, Misiones, CITA y EMPLAZA a herede-ros y/o acreedores del Sr. SALVADOR GAUNA, D.N.I. N° 7.557.186, para que comparezcan a estar a derecho por el término de treinta (30) días, bajo apercibimien-to de ley, en autos “EXPTE. N° 122094/2019 GAUNA SALVADOR S/ SUCESORIO”. Publíquese por tres (3) días. Posadas, 09 de Diciembre de 2019. Dra. Nelly Ra-quel Alonso. Secretaria.-PP107541 $810,00 E15071 V15073

EDICTO: El Juzgado de Paz en lo Civil y Comercial N° 2, a cargo de la Dra. Gladys Mercedes Galeano, Secre-taría N° 2, sito en Avda. Santa Catalina N° 1.735 P.B., CITA por el término de cinco (5) días, al/la Sr/a. ESPI-NOLA ELBA MIRTA D.N.I. Nº 18.063.965, con último domicilio conocido en Ruta 13 B° Unido Casa 49 de la localidad de San Vicente Misiones, para que compa-rezcan a estar a derecho en “EXPTE. N° 105221/2018 — IPRODHA C/ ELBA MIRTA ESPINÓLA S/ EJECU-CIÓN FISCAL”; bajo apercibimiento de designarle De-fensor de ausentes (Art. 344 en función de los Arts. 147, 148 y 149 de la Ley XII N° 27 del DJP). Publíquense por dos (2) días en el Boletín Oficial y en un diario local de mayor circulación. Posadas,. Misiones, 13 de Diciembre de 2019. Dra. María Alejandra Chaves. Secretaria.-PP107562 A Pagar $2.100,00 E15071 V15075

EDICTO: Juzgado de Instrucción Nº 6, Secretaría Nº 1, sito en Calle Buenos Aires Nº 1231 de la Ciudad de Posadas Departamento Capital de la Provincia de Mi-siones…. Posadas, Misiones, 09 de Diciembre de 2019. AUTOS Y VISTOS Y CONSIDERANDO:... RESUEL-VO: 1) DECLÁRAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PE-NAL en la presente causa, por operar el instituto de la PRESCRIPCIÓN (Art. 59 Inc. 3° y Art. 62 Inc. 2° del C.P.A) y consecuentemente dictar el SOBRESEIMIEN-TO de DIAZ JUAN RAMÓN, Titular del Documento Nacional de Identidad Nº 23.951.071, de filiación ya consignada en autos, en orden al delito de AMENAZAS, previsto y penado en el artículo 149 bis del Código Penal Argentino y artículo 340 inciso “D” y concordantes del C.P.P.). 2) DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL en la presente causa, por operar el instituto de la PRESCRIPCION (Art. 59 Inc. 3° y Art. 62 Inc. 2° del C.P.A) y consecuentemente dictar el SOBRESEIMIEN-TO de TRINIDAD RICARDO ARTEMIO, Titular del Documento Nacional de Identidad N° 20.815.596, de filiación ya consignada en autos, en orden al delito de AMENAZAS, previsto y penado en el artículo 149 bis del Código Penal Argentino y artículo 340 inciso “D” y concordantes del C.P.P.). 3) DECLARAR EXTIN-GUIDA LA ACCIÓN PENAL en la presente causa,

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por operar el instituto de la PRESCRIPCIÓN (Art. 59 Inc. 3º y Art. 62 Inc. 2° del C.P.A) y consecuentemente dictar el SOBRESEIMIENTO de TRINIDAD LUCAS ISMAEL, Titular del Documento Nacional de Identidad N° 36.058.464, de filiación ya consignada en autos, en orden al delito de AMENAZAS, previsto y penado en el artículo 149 bis del Código Penal Argentino.- Y artículo 340 inciso “D” y concordantes del C.P.P.).- REGÍSTRE-SE. NOTIFÍQUESE, Y OPORTUNAMENTE. ARCHÍ-VESE. Fdo. Dr. Ricardo Walter Balor. Juez. Dra. Carina Saucedo Yagas. Secretaria.-SC17278 E15072 V15076

EDICTO: Juzgado de Instrucción N° 6, Secretaría N° 1 sito en calle Buenos Aires 1231… ///adas, Mnes 06 de Diciembre 2019. AUTOS Y VISTOS:... CONSIDE-RANDO:... RESUELVO DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, de la presente causa por operar el instituto de la PRESCRIPCIÓN (Art. 59 Inc. 3° del C.P. y Art. 62 Inc 5° del C.P.P., y en consecuencia SO-BRESEER a URIOL VIVIANA CARMEN, CONTRE-RAS EMILIANO SEBASTIAN y SOLIS FEDERICO GONZALEZ en orden al delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, ATENTADO Y DAÑO DOS HECHOS EN CONCURSO REAL (Art. 237, 239 y 183 en fun-ción del articulo 55 TRES HECHOS EN CONCURSO REAL del C.P.A), que se le imputara (Arts. 338, 339, 340 Inc. “d” y ccdtes del C.P.P). Dra. Carina Saucedo Yagas, Secretaria.-SC17280 E15072 V15076

EDICTO: El Juzgado Correccional y de Menores N° 2, Secretaría N° 1 de esta Primera Circunscripción Judicial, notifica por medio del presente Edicto a:”MERLO, ORA-CIO JAVIER”, que en la presente causa, se ha resuelto lo siguiente: “///SADAS, MISIONES, 28 de Noviem-bre de 2019.... AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERAN-DO:... RESUELVO: 1) Declarar Extinguida la Acción Penal por prescripción con respecto a: “MERLO, ORA-CIO JAVIER”, en la presente causa: 48599/2015 (EX 508/2012). Caratulada: “MERLO ORACIO JAVIER S/ DELITO CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL SIM-PLE” registro de este Juzgado Correccional y de Meno-res N° 2, Secretaría N° 1, de la Primera Circunscripción Judicial, (causa de origen Expte. N° 48599/2015 - EX 508/2012 caratulada: “MERLO, ORACIO JAVIER S/ DELITO CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL SIM-PLE”, registro del Juzgado de Instrucción N°1, Secreta-ría N° U) y en consecuencia SOBRESEERLO del delito de: “ABUSO SEXUAL SIMPLE”, Art. 119 del C.P.A., y de acuerdo a lo prescripto en el Art. 67 - párrafo 4° y 5° del C:P. modificado por la Ley 25,990 - Inc d- y 59 Inc 3° del C.P. en función de los Arts. 62 inc. 2° y 67

del C.P., y 340 Inc d del CPP , con costas por haber sido defendido por el Dr. PABLO, LUJAN. 2) REVOCAR la REBELDÍA dictada en contra del imputado: “MERLO, ORACIO JAVIER”, de filiación personal en autos, con fecha, 28/11/2019, ordenando en consecuencia se deje sin efecto el pedido de captura y detención del Nombra-do: “MERLO, ORACIO JAVIER”, que constaban en la orden del día. 3) Notifíquese de la resolución recaída en autos a:”MERLO, ORACIO JAVIER”, en su último do-micilio fijado o a través del Boletín Oficial por el termino de 5 días. 4) Firme que sea, comuníquese a Policía a los fines prontuariales y dese cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley 22.117 del C.P- Informe al Registro Nacional de Reincidencia.- 5) Regístrese, notifíquese, OFICIESE.-fecho- ARCHÍVESE.-SC17282 E15072 V15076

EDICTO: Juzgado de Instrucción N° 6, Secretaría N° 1 sito en calle Buenos Aires 1231… Posadas 28 de No-viembre del 2019.. AUTOS Y VISTOS:.. CONSIDE-RANDO: 1) DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, de la presente causa por operar el instituto de la PRESCRIPCIÓN (Art. 59 Inc. 3° del C.P. y Art. 62 Inc. 5° del C.P.P., y en consecuencia SOBRESEER a los imputados LEVE ROBERTO OSCAR, CABALLERO ESTEBAN MARCOS, OJEDA NICOLAS ANASTA-CIO, LEVE LUCAS ARIEL, VERA MARIELA MA-RIANA, BENITEZ SERGIO RAMON, en orden al de-lito de ROBO EN GRADO DE TENTATIVA (Art. 164 en función del artículo 42 del C.P.A), que se les imputa-ra (Arts. 338, 339, 340 Inc. “d” y ccdtes del C.P.P). Dr. Ricardo Walter Balor. Juez. Dra. Carina Saucedo Yagas. Secretaria.-SC17284 E15072 V15076

EDICTO: Juzgado de 1° Instancia en lo Laboral N° 2, Secretaría Única, sito en calle Bolívar 1745 - 3er. Piso, de Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones, CITA y EMPLAZA por el término de cinco (5) días, a BAIMIN CONSTRUCCIONES S.A, CUIT 30-70994786-5, para que comparezca a estar a derecho en los autos caratulados: “EXPTE. N° 103928/2016 ARMOA CRISTIAN ARIEL C/ BAIMIN CONSTRUC-CIONES S.A. S/ ACCIONES LABORALES DE TRÁ-MITE ORDINARIO” (Art 76 CPL), bajo apercibimiento de designar defensor de ausentes que lo represente en juicio (Art. 32 del CPL). Publíquese por dos (2) días. Pri-mera Circunscripción de la Provincia de Misiones, 04 de Diciembre de 2019. Dr. Juan Manuel Boldú. Secretario.-SC17289 E15072 V15073

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Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019 BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Pág. 47.

EDICTO; El Juzgado Civil y Comercial N° 3 a cargo de la Dra. Georgina López Liva, Secretaría Única de la 1º Circunscripción Judicial de Misiones, sito en Av. Santa Catalina N° 1735 - 2° Piso - de Posadas Misiones, en autos “EXPTE. N° 47436/2018 TREVISAN ANA LIA TERESITA S/ SUCESORIO” CITA y EMPLAZA por cinco (5) días a herederos y acreedores de la Sra. ANA LIA TERESITA TREVISAN D.N.I. N° 13.537.326, a que comparezcan en autos a estar a derecho bajo aperci-bimiento de ley. Publíquese por tres (3) días. Posadas, 10 de Abril de 2019. Dra. Nelly Raquel Alonso. Secretaria.-PP107543 $900,00 E15072 V15074

EDICTO: El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar, Secretaría N° 3, de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones, sito en calle 25 de Mayo N° 1.005 de la Ciudad de Aristóbulo del Valle, CITA y EMPLAZA por el plazo de treinta días a herederos y acreedores de SANDRO GABRIEL MOJSIUK D.N.I. N° 31.984.937, en “EXPTE. N° 139694/2019 MOJSIUK SANDRO GABRIEL S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO”. Publíquese por tres días. Aristóbulo del Valle, Mnes., 10 de Diciembre de 2019. Dra. Daiana M. García Da Rosa. Secretaria.-PP107552 $810,00 E15072 V15074

EDICTO: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones, a cargo del Dr. Fernando Marcelo A. Escalante, Secretaría Única, sito en Av. Santa Catalina N° 1735 2° Piso de Posadas, Misiones, CITA a estar a derecho a herederos y/o acreedores de la Sra. LAURA KARINA SILVERO, D.N.I. N° 24.509.673 por el término de treinta (30) días, bajo apercibimiento de ley, en autos “EXPTE. N° 98808/2019 SILVERO LAU-RA KARINA S/ SUCESORIO”. Publíquese por tres (3) días. Posadas, 26 de. Noviembre de 2019. Dra. Roxana González. Secretaria.-PP107553 $900,00 E15072 V15074

EDICTO: El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°8, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones, a cargo de la Dra. Adriana Beatriz Fiori, Secretaría Única, con domicilio en Avda. Santa Catalina N° 1.735, Planta Baja de ésta Ciudad de Posadas, CITA y EMPLAZA a los herederos del Sr. PAULUK RAUL DOMINGO, D.N.I. N° 7.582.219, para que en el perentorio término de cinco (5) días compa-rezcan a hacer valer sus derechos, en autos “EXPTE. N° 612/04 - PAULUK, RAUL DOMINGO C/ SANA-TORIO BORATTI S.R.L., CUCYTI S.R.L., NEONAT S.R.L, INSTITUTO DE CARDIOLOGÍA Y CIRUGÍA CARDIOVASCULAR S.R.L Y/O QUIEN RESULTE

RESPONSABLE S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”. Publí-quense edictos por el término de dos (2) días en Boletín Oficial y un diario de mayor circulación. Posadas, Misio-nes, 05 de Diciembre de 2019. Fdo. Dra. Adriana Beatriz Fiori, Juez. Dra. Sandra M. Agulla. Secretaria.-PP107554 $840,00 E15072 V15073

EDICTO: El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 5, Se-cretaría Única, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones, sito en Av. Santa Catalina N° 1.735, 2° Piso, Posadas, en los autos caratulados: “EXP-TE. N° 130002/2019 - MARTINEZ NESTOR ANGEL FELIX S/ SUCESORIO” CITA y EMPLAZA por treinta días a herederos y acreedores de NESTOR ANGEL FE-LIX MARTINEZ, D.N.I. N° 10.990.756. Publíquese tres (3) días. Posadas, 17 de Diciembre de 2019. Dra. Andrea Soledad Gomeñuka. Secretaria.-PP107555 $720,00 E15072 V15074

EDICTO: El Juzgado Civil, Comercial y Laboral N°1 de la Cuarta Circunscripción Judicial, sito en Carlos Culmey 240 de la Ciudad de Puerto Rico Misiones, Secretaría Uno, CITA por cinco (5) días a los señores VERDUN LUIS ALBINO D.N.I. N° 22.611.750 y ACE-VEDO MIRYAM HELDA D.N.I. N° 24.739.171, para que comparezcan a estar a derecho en autos “EXPTE. N°62201/2019 RIVAS OSVALDO MIGUEL Y OTRA C/ VALLEOS ALEJANDRO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes. Publíquese por dos (2) días. Puer-to Rico Misiones 11 de Diciembre de 2019. Dr. Joaquín Kürten. Secretario.-PP107556 $600,00 E15072 V15073

EDICTO: El Juzgado de Familia Nº 1, Secretaría Nº 2, de la 3ra. Circunscripción Judicial de Mnes, sito en ca-lle Dinamarca 306, esquina Rioja, Eldorado Mnes., en “EXPTE. Nº 96127/2018 ROJAS JOSÉ LUÍS S/ DI-VORCIO”, Secretaría Nº 2, a cargo de la Dra. Morena Chemes Caranci, Dr. Juan José Antonio Palacio, Juez por subrogación legal, CITA y EMPLAZA a la Sra. MAR-TINEZ IRMA ISABEL D.N.I. Nº 30.079.745, a compa-recer a estar a derecho en el término de cinco (5) días, a fin de que la conteste y fije domicilio procesal, bajo apercibimiento de dar intervención al Defensor Oficial de ausente, (Art. 147 - 344 LEY II - Nº 27 C.P. C.C. y anexo R.P.J. Nº 2). Publíquese por el término de dos días. Eldorado, Mnes., 12 de Diciembre de 2019. Fdo. Dr. Pa-lacio Juan José Antonio, Juez por subrogación legal. Dra. Morena Chemes Caranci. Secretaria.-PP107557 $840,00 E15072 V15073

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Pág. 48. BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019

EDICTO: Juzgado Civil y Comercial N° 2, Secretaría Única, calle 3 de Febrero 1744 (ex 270), CITA y EM-PLAZA por treinta (30) días a herederos y acreedores de OLGA PRUDENCIA CONCEPCIÓN PERALTA NAR-VAEZ, D.N.I. F 4.731.837 (EXPTE. N° 142545/2019... S/ SUCESORIO). Publíquese tres (3) días. Posadas, 11 de Diciembre de 2019. Dra. Celina Soraya Molas. Se-cretaria.-PP107558 $540,00 E15072 V15074

EDICTO: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4, de la Primera Circunscripción Judicial de Misiones, sito en Av. Santa Catalina N° 1735, plan-ta baja, de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misio-nes, Secretaría Única, CITA y EMPLAZA a herederos y acreedores del Sr. FRANCISCO MARTINOTTI, D.N.I. N° 5.727.927, para que en el plazo de treinta (30) días comparezcan estar a derecho en autos “EXPTE. N° 106097/2019 MARTINOTTI FRANCISCO S/ SUCE-SORIO” Publíquese por tres días en el Boletín Oficial y en un diario local de mayor circulación. Ciudad de Po-sadas, Misiones, 27 de Septiembre de 2019. Dr. Ricardo Ariel Mattos. Secretario.-PP107559 $990,00 E15072 V15074

EDICTO: El Juzgado de Familia N° 1, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones, a cargo del Dr. Fernando M. A. Escalante (Por subrogación legal), Secretaría Única, sito en Av. Santa Catalina N° 1735 1° piso de ésta Ciudad de Posadas; téngase por ini-ciada acción de supresión de apellido de las partidas de nacimiento del Sr. ENCISO MAXIMILIANO ANDRÉS, D.N.I. N° 37.767.202 a los fines de cumplimentar con lo normado en el Art. 70 del C.C.C.N. Publíquese edictos una vez por mes de la presente solicitud durante el lapso de dos meses; en autos “EXPTE N°100197/2019 Letra E”. Publíquese por el término de un día. Posadas, Misio-nes, 05 de Noviembre de 2019. Graciela E. Chiminski. Secretaria.-PP107245 $720,00 E15055 V20/12/19

INSTITUTO PROVINCIAL DE DESARROLLO HA-BITACIONAL, CITA por diez (10) días a que compa-rezcan a estar a derecho en las actuaciones administra-tivas que tramitan sobre irregularidad habitacional a las siguientes personas:1. MELGAREJO TATIANA TAMARA: EXPTE. N° 8578-M-2019 - REG. I.PRO.D.HA S/ IRREG. HABI-TAC. DENOMINAC. ADM.: MZ. 01 - LOTE 09 - B° LOC. RELOCALIZADOS - 38 VIV. SAN JOSE - B° LOS POTRILLOS – GARUPÁ GARUPÁ.-2. ANDUCHESEN RICARDO JAVIER Y YAVORS-

KI ELSA LUCIA: EXPTE N° 3313A-2019 S/ IRREG. HABITAC. (0V. 82472) DENOMINAC. ADM.: SECC 3 MZ 56 LOTE 17 NOMENCLATURA CATASTRAL: SECC. 03 - MZ 056 - APRC. 017 20 VIV. MISIONE-RAS TIPO II - SAN JOSE (20 VIV. F. GUARANÍ) SAN JOSE MISIONES.-3. SAUCEDO ORLANDO SEBASTIÁN: EXPTE N° 5543-S-2019 SAUCEDO ORLANDO SEBASTIAN S/IRREGULARIDAD HABITACIONAL - DENOM. ADM. MZ. 141 - LOTE 16 - B° 90 VIV. 1° Y 2° ET. P.F.C. (ECIM) – GARUPÁ. Fdo. Directorio. IPROD-HA.-PP107488 A Pagar $1.080,00 E15073 V15075

EDICTO INSTITUTO PROVINCIAL DE DESA-RROLLO HABITACIONAL RESOLUCIÓN 1486/19 Expediente N° 01150-S-2019, Registro I.PRO.D.HA Caratulado: SILVA PATRICIA ALEJANDRA.- ALQUI-LER S /INCUMPLIM. PAGO ALQ. DENOM. ADM. I.V. 36.494-LEGAJO IPRODHA N° 253/133- SECC. 19-LOTE 9-MB. A10 PISO 1-DPTO 7-POSADAS-B° 192 VIV. CHACRA 147-1° ENT. NOM. CATASTRAL: SECC. 19-PARC. 9-EDIF. A10- PISO 1- DPTO 7 ESC. 1- POSADAS - MISIONES. Y VISTO... CONSIDE-RANDO... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- TENGASE POR CUMPLIDO, el plazo del Contrato de Locación de Inmueble suscripto entre el I.PRO.D.HA y la Sra. SIL-VA PATRICIA ALEJANDRA D.N.I. 27.785.871, sobre la vivienda individualizada como: DENOMINACIÓN ADMINISTRATIVA: SECC.19-CHACRA 0147-LOTE 0009- MONOB. 0A10-PISO 01-DPTO 0007-NOMEN-CLATURA CATASTRAL: SECC. 19-CHACRA 0147-PARC. 009-EDIF. 00A10 PISO 01 DPTO 0007-ESC. 00001-B° LOCALIDAD 192 VIV. CHACRA 147 1° ENT. POSADAS- ARTÍCULO 2°.- INTIMESE a la Sra. SILVA PATRICIA ALEJANDRA D.N.I. N° 27.785.871, para que en el plazo de 10 (DIEZ) días de notificada la presente, abone al Instituto el total de la deuda que man-tiene en concepto de alquiler, más los intereses que se devengan hasta el momento de su efectivización.- AR-TÍCULO 3°.- INSTÚYASE, a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promover toda acción Judicial devenida del incumplimiento Contractual de la Sra. SILVA PATRICIA ALEJANDRA 27.785.871. Firme y Consentida la pre-sente, AUTORÍCESE a la Apoderada Legal del Instituto a iniciar las acciones tendientes al recupero del Bien In-mueble. ARTÍCULO 4.- ORDÉNESE, la Dirección de Informática para que se asienten en el Sistema Informáti-co, la Situación “V” de (Plazo Vencido). Fdo. Directorio. IPRODHA.-PP107489 A Pagar $1.980,00 E15073 V15075

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Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019 BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Pág. 49.

EDICTO INSTITUTO PROVINCIAL DE DESARRO-LLO HABITACIONAL RESOLUCIÓN N° 1446/19 El Expediente 5221-H-2018, Registro I.PRO.D.HA, Cara-tulado: HERRMANN LUIS A. IRREGULARIDAD S/ IRREG. HABITAC. DENOMINAC. ADM. MZ. 09B° LOC. 10 VIV. PARA TAREFEROS-MONTECARLO II (M.V.) MONTECARLO. Y VISTO CONSIDE-RANDO... RESUELVE: ARTÍCULO 1°. DEJAR SIN EFECTO todo instrumento legal y/o Acto Administra-tivo por medio del cual se Adjudicó la vivienda identi-ficada como: DENOMINACION ADMINISTRATI-VA: MANZ. 0009-B° LOCALIDAD: 10 VIVIENDAS PARA TAREFEROS- MONTECARLO II (M.V.) MON-TECARLO - MISIONES, al Señor HERRMANN LUIS A. D.N.I. N° 27.429.742. (ARTÍCULO N° 2. INTIMAR al Sr. HERRMANN LUIS A., para que en el plazo de diez (10) Días de notificada la presente abone al Instituto la deuda en concepto de amortización que registra más los intereses que se devenguen hasta el momento de su efectivización. ARTÍCULO 3°.- FIRME Y CONSENTI-DA la presente ORDENAR a la Dirección de Gestión de Recupero a asentar en el Legajo 1.930-6 perteneciente al Sr. HERRMANN LUIS A. el cambio de situación habita-cional de “I” a “L”. Fdo. Directorio. IPRODHA.-PP107490 A Pagar $1.350,00 E15073 V15075

EDICTO INSTITUTO PROVINCIAL DE DESARRO-LLO HABITACIONAL RESOLUCIÓN N° 1490/19 El Expediente 5917-G-2019, REGISTRO I.PRO.D.HA, Caratulado: GONZALEZ ORESTODE CARLOS IRREGULARIDAD-S/IRREGULARIDAD HABITA-CIONAL - .SECC. 19 - MBK. 10 - PISO 1 - DPTO. B-4 B° 804 VIV. CHACRA-149-POSADAS.Y VISTO CONDERANDO...RESUELVE: ARTÍCULO 1°- DE-JAR SIN EFECTO todo instrumento legal y/o Acto Administrativo mediante el cual se adjudicó la vivienda identificada como: DENOMINACIÓN ADMINISTRA-TIVA SECC.19-CRACRA 0149-MONOB. 10-PISO 01 DEPTO. B-4 B° NOMENCLATURA CATASTRAL: SECC. 018-CHACRA 0149-PARC. 0005-EDIF. 00010-PISO 01-DEPTO. 000B4-B° 804 VIVIENDAS CHA-CRA 149- POSADAS-MISIONES, al Sr. GONZALEZ ORESTODE CARLOS LEGAJO N° 119-728.- ARTÍ-CULO 2°.- FIRME Y CONSENTIDA la presente, OR-DENAR a la Dirección-de Gestión de Recupero a asentar en el Legajo (119-728) perteneciente al Sr. GONZALEZ ORESTODE CARLOS el cambio de situación Habita-cional de “I” a “L”. ARTÍCULO 3°: CUMPLIDO, el Ar-tículo que precedente, AUTORIZAR a los Apoderados Judiciales del Instituto a iniciar las acciones legales ten-dientes al recupero del bien Inmueble, y al cobro de las cuotas de amortización que se adeudan. Fdo. Directorio. IPRODHA.-PP107491 A Pagar $1.440,00 E15073 V15075

EDICTO INSTITUTO PROVINCIAL DE DESARRO-LLO HABITACIONAL RESOLUCIÓN N° 1443/19 El Expediente 01853-S-2019, REGISTRO I.PRO.D.HA, Caratulado. SOSA ERNESTO-ALQUILER S/INCUM-PL. AQ. DENOM. ADMIN. I.V. LEGAJO I.PRO.D.HA. N° 528/39 SECC.5-MZ. 383 -B° 140 VIV. 2° ENT.PROG. FO.NA.VI. TIPOL. “A” NOMEN. CATAS-TRAL OBRA N° 307-PNO. MENS. 3.204 DGC. SECC. 5-MZ. 383-PARC. 2 -PART. INMOB. 20.506 LOC. JARDÍN AMÉRICA PROV. MISIONES. Y VISTO... CONDERANDO...RESUELVE: ARTÍCULO 1°-TE-NER POR CUMPLIDO, el plazo del Contrato de Loca-ción de Inmueble suscripto entre el I.PRO.D.HA. y al Sr. SOSA ERNESTO EXEQUIEL D.N.I. 26.756.078, sobre la vivienda individualizada como: DENOMINACIÓN ADMINISTRATIVA: SECC.5, MANZ. 0383, NOMEN-CLATURA CATASTRAL: SECC. 005, MANZ.: 0383, PARC.: 0002, PART.: 20506 B° LOCALIDAD: 140 VIV. J. AMÉRICA 2° ENT. JARDÍN AMÉRICA. AR-TÍCULO 2°. INTIMAR al Sr. SOSA ERNESTO EXE-QUIEL D.N.I. 26.756.078, para que en el plazo de 10 (DIEZ) días de notificada la presente, abone al Instituto el total de la deuda que mantiene en concepto de alquiler, más los intereses que se devenguen hasta el momento de su efectivización.- ARTÍCULO 3°: INSTRUIR, a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promover toda acción Judicial devenida por el Incumplimiento Contractual del Sr. SOSA ERNESTO EXEQUIEL D.N.I. 26.756.078. Firme y Consentida la Presente, AUTORIZAR a los Apoderados Legales del Instituto a iniciar las acciones tendientes al recupero del Bien Inmueble. Fdo. Directo-rio. IPRODHA.-PP107492 A Pagar $1.890,00 E15073 V15075

EDICTO: El Juzgado de Primera Instancia Civil y Co-mercial N° 7, Secretaría Única, de la Primera Circuns-cripción Judicial de Misiones, sito en Av. Santa Catalina N° 1735 2° piso Posadas, CITA y EMPLAZA a las pre-sunta herederas en autos: MARIA CRISTINA IBARRA D.N.I 16.461.407 y CLAUDIA ITATI VILLANUEVA D.N.I. 27.685.909, a fin de que comparezcan a estar a de-recho dentro del término de cinco (5) días. “EXPTE N° 135368/2018 VILLANUEVA RAUL S/ SUCESORIO”. Publíquese por un término de dos (2) días. Fdo. Dra. Car-men Helena Carbone. Juez. Posadas, 05 de Noviembre de 2019. Dra. Irene C. De Saint Georges. Secretaria.-PP107560 $600,00 E15073 V15074

EDICTO: El Juzgado de Primera Instancia Civil y Co-mercial N° 1, Secretaría Única, de la Primera Circuns-cripción Judicial de Misiones, sito en Av. Santa Catali-na N° 1735 planta baja Posadas, CITA y EMPLAZA a herederos y acreedores de MIGUEL ANGEL MULLET,

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Pág. 50. BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019

D.N.I. N° 92.092.137, a fin de que comparezcan a estar a derecho dentro del término de treinta días y bajo aperci-bimiento de ley. “EXPTE N° 85675/2019 MULLET MI-GUEL ANGEL S/ SUCESORIO” Publíquese por un (1) día. Fdo. Dra. Gabriela F. Canalis. Juez. Posadas, 04 de Noviembre de 2019. Diana M. Alfici. Secretaria.-PP107561 $240,00 V15073

EDICTO: El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5, Secretaría Única, de la Primera Cir-cunscripción Judicial, sito en la Av. Santa Catalina N° 1735, 2° Piso, de la ciudad de Posadas, Misiones, CITA y EMPLAZA a que comparezcan a estar a derecho por treinta (30) días herederos y acreedores de NELIDA ELSA GONZALEZ, D.N.I. N° 3.220.683, en los autos caratulados “EXPTE. N° 148937/18 GONZALEZ NE-LIDA ELSA S/ SUCESORIO” Publíquense edictos por tres (3) días. Posadas, Misiones, 10 de Diciembre 2019. Dra. Roxana González. Secretaria.-PP107563 $810,00 E15073 V15075

EDICTO: El Juzgado Civil y Comercial Nro. 1, a cargo de la Dra. Gabriela Fernanda Canalis, Secretaría Única, de Posadas, sito en Santa Catalina N° 1735 P.B Palacio Justicia, en autos: “EXPTE. N° 132661/2019 SAMA-NIEGO JORGE HÉCTOR S/ SUCESORIO” Conexidad Solicitada en autos 132650/2019 SAMANIEGO LO-RENZO EDUARDO y FRANCO LUCIA S/SUCESO-RIOS”, CITA y EMPLAZA por treinta días a herederos y acreedores del Sr. JORGE HÉCTOR SAMANIEGO, D.N.I. N° 11.519.557. Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial. Posadas, Misiones, 12 de Diciembre de 2019. Diana M. Alfici. Secretaria.-PP107564 $270,00 V15073

EDICTO: El Juzgado Civil y Comercial Nro. 1, a car-go de la Dra. Gabriela Fernanda Canalis, Secretaría Única, de Posadas, sito en Santa Catalina N° 1735 P.B Palacio Justicia, en autos: “EXPTE. N° 132650/2019 SAMANI’EGO LORENZO EDUARDO Y FRAN-CO LUCIA S/ SUCESORIO”, CITA y EMPLAZA por treinta días a herederos y acreedores del Sr., LORENZO EDUARDO SAMANIEGO, D.N.I. N° 3.361.930 y la Sra. LUCIA FRANCO, D.N.I. N° 6.826.321. Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial.- Posadas, Misiones, 12 de Diciembre de 2019. Diana M. Alfici. Secretaria.-PP107565 $240,00 V15073

EDICTO: El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones, a cargo del Dr. Fernando M. A. Escalante, Secretaría Única, sito en la Av. Santa Cata-

lina N° 1735 - 2° piso, Palacio de Justicia de la Ciudad de Posadas. CITO a herederos del Sr. ORTEGA CARLOS ENRIQUE D.N.I. N° 13.324.701, en autos caratulados “EXPTE. N° 104989/2019 ORTEGA CARLOS ENRI-QUE S/SUCESORIO”. CUMPLIDO lo precedente, DE-CLÁRESE abierto su juicio sucesorio. En consecuencia, CÍTESE Y EMPLÁCESE a herederos y/o acreedores del causante para que comparezcan a estar a derecho dentro de los treinta (30) días, mediante edictos que se publica-rán por el término de tres (3) días en el Boletín Oficial y tres (3) días en un diario del lugar. Posadas, Misiones, 09 de Diciembre de 2019. Dr. Cristián A. Mathot. Se-cretario.-PP107566 $1.080,00 E15073 V15075

EDICTO: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones, sito en Av. Santa Catalina 1735, de la Ciudad de Posadas, Misiones, CITA y EM-PLAZA por treinta (30) días a herederos, acreedores y/o a todos los que se consideren con derechos sobre los bie-nes dejados por JUAN CARLOS BENEGAS D.N.I. N° 14.705.086 (“EXPTE. 77116/2019” Caratulado: JUAN CARLOS BENEGAS S/ SUCESIÓN AB-INTESTA-TO”), Publíquese por un (1) día. Posadas Misiones, 20 de Septiembre del 2019. Dra. Irene C. De Saint Georges. Secretaría.-PP107568 $270,00 V15073

SuBASTASREMATE JUDICIAL POR:

ALDO FERNANDO PÉREZEl Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n°5, Secretaría Única, a mi cargo, sito En Av. Santa Cata-lina 1735, 2do Piso, de la Ciudad de Posadas, hace saber por dos (2) días, en “EXPTE. N° 6321/2014 BIS 2/16 DEL PUERTO PATRICIA MARIEL C/ INSTITUTO PROVINCIAL DEL SEGURO EN LIQUIDACIÓN S/ EJECUCIÓN DE SENTENCIA” que el Martillero Pú-blico Aldo Fernando Pérez, matrícula N° 305 S.T.J., RE-MATARÁ el martes 11 de Febrero de 2.020,a las 10,00 Hs., en los estrados del Juzgado, el inmueble determina-do como : DPTO. 04, MUN. 59, SECC. 10, CHAC. 0000, MANZ.0013, PARC.0001 U. FUNC. 00000, PLANO DE MENSURA 14266, TOMO 83, FOLIO 81, FINCA 9249, “LAS DOLORES” DPTO CAPITAL (04), ocupa-do por el Jardín maternal “Creciendo Juntos” dependien-te del Ministerio de desarrollo Social de la Pcia. de Mnes. Condiciones: BASE PESOS CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL, SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO, CON SESENTAY UN CENTAVOS. ($ 152.745,61) al

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Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019 BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Pág. 51.

contado y mejor postor, debiendo el martillero percibir el 10% de seña, 6% de comisión, y sellado de Rentas, todos a cargo del comprador. DEUDAS: MUNICIPALIDAD DE POSADAS $ 38.342,93 al 8/8/19. DIR. Gral. de RENTAS $ 20.644,43 al 10/7/19; todas a cargo del com-prador, quien deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado de la Ciudad de Posadas. Informes oficina del Martillero, sito en calle Belgrano 1845 de Posadas, horario comercial T.E. 0376 4425822. Posadas, 10 de Diciembre de 2.019. Dra. Roxana González. Secretaria.-PP107550 $1.440,00 E15072 V15073

CONvOCATORIASELECTRICIDAD DE MISIONES SOCIEDAD ANÓNIMA E.M.S.A.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIAC O N V O C A T O R I A

Electricidad de Misiones Sociedad Anónima (E.M.S.A.), comunica a los Señores Accionistas que por Resolución del Directorio, de fecha 10 de Diciembre del 2019, se CONVOCA a la ASAMBLEA GENERAL EXTRAOR-DINARIA que se realizará el día 27 de Diciembre de 2.019, a las 9 horas, en la sala de reuniones de su edificio en calle La Rioja Nº 2051, de la Ciudad de Posadas, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA:1º) Designación de dos asambleístas para que juntamente con el Presidente suscriban el acta de asamblea. 2º) Modificación de los Art. 15 y Art. 25 del Estatuto de Electricidad de Misiones Sociedad Anónima.NOTAS:De acuerdo con nuestros Estatutos:a) Artículo 35: Las Asambleas Ordinarias podrán sesio-nar válidamente en la primera convocatoria con la pre-sencia de Accionistas que representan más de la mitad del Capital Suscripto.-b) Artículo 36: Los Accionistas podrán hacerse repre-sentar por otro en las Asambleas mediante Carta - Poder autenticada por Escribano Público o un Banco.-c) Artículo 42: Para asistir a las Asambleas, los Accio-nistas deberán depositar, salvo caso de las Acciones No-minativas, en la sede de la Sociedad con tres días hábiles de anticipación, por lo menos, a la fecha fijada para su celebración, las acciones de que sean tenedores o un Cer-tificado de Depósito extendido por un Banco.-EL DIRECTORIO.-PP107529 $3.450,00 E15069 V15073

ELECTRICIDAD DE MISIONESSOCIEDAD ANÓNIMA E.M.S.A.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIAC O N V O C A T O R I A

Electricidad de Misiones Sociedad Anónima (E.M.S.A.), comunica a los Señores Accionistas que por Resolución del Directorio, de fecha 10 de Diciembre del 2019, se CONVOCA a la ASAMBLEA GENERAL ORDINA-RIA que se realizará el día 27 de Diciembre de 2.019, a las 10 horas, en la sala de reuniones de su edificio en calle La Rioja Nº 2051, de la Ciudad de Posadas, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA:1º) Designación de dos asambleístas para que juntamente con el Presidente suscriban el acta de asamblea. 2º) Conformación del nuevo Directorio de Electricidad de Misiones Sociedad Anónima de conformidad a lo re-suelto por la Asamblea General Extraordinaria.-NOTAS:De acuerdo con nuestros Estatutos:a) Artículo 35: Las Asambleas Ordinarias podrán sesio-nar válidamente en la primera convocatoria con la pre-sencia de Accionistas que representan más de la mitad del Capital Suscripto.-b) Artículo 36: Los Accionistas podrán hacerse repre-sentar por otro en las Asambleas mediante Carta - Poder autenticada por Escribano Público o un Banco.-c) Artículo 42: Para asistir a las Asambleas, los Accio-nistas deberán depositar, salvo caso de las Acciones No-minativas, en la sede de la Sociedad con tres días hábiles de anticipación, por lo menos, a la fecha fijada para su celebración, las acciones de que sean tenedores o un Cer-tificado de Depósito extendido por un Banco.-EL DIRECTORIO.-PP107530 $3.450,00 E15069 V15073

LICITACIONESPROVINCIA DE MISIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓNLLAMADO A LICITACIÓN.-

Segundo Proyecto de Mejoramiento de la Educación Ru-ral (PROMER II)OBJETO: Construcción en U.G.L. N° 3104 Ext. Esc. N° 350 de San Vicente Dpto. Guaraní - Misiones.LICITACIÓN PÚBLICA N°: 14/19 (USCEPP N° 50/19).-PRESUPUESTO OFICIAL: $ 20.406.085,40.-GARANTÍA DE OFERTA EXIGIDA: $ 204.060,85 (1%).-FECHA DE APERTURA: 13/01/2020.-HORA: 09:00 hs.-LUGAR: Centro Cívico - Edificio 3° - Piso 2° Posadas

Page 52: Signed using DigiSigner - Gobierno de la Provincia de Misiones · CIUDAD DE PUERTO, Iguazú 03 de Octubre de 2019.-VISTO: LA necesidad de adherir a la Resolución 310/19 del Ministerio

Pág. 52. BOLETÍN OFICIAL Nº 15073 Posadas, Lunes 23 de Diciembre de 2019

Misiones.-PLAZO DE ENTREGA: 270 días corridos.-VALOR DEL PLIEGO: $ 10.000,00.-LUGAR DE ADQUISICIÓN DEL PLIEGO: Oficina de Adquisiciones de la Unidad Sectorial de Coordinación y Ejecución de Programas y Proyectos Especiales (US-CEPP). Chacra 172- Centro Cívico - Edificio 3° - Piso 2° - Posadas - Misiones. Tel. 0376-4444518FINANCIAMIENTO: Ministerio de Educación de la Nación. PROMER II - Préstamo BIRF 8452 AR.-SC17270 E15066 V15075

MISIONES PROVINCIADIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA

LLÁMASE a LICITACIÓN PÚBLICA N° 29/19 con el objeto de contratar la ejecución de la Obra: “EDIFICIO PARA ALBERGUE ESTUDIANTIL U.NA.M.” - Ruta Nac. N° 12 Paraje Villalonga - Lote D1 - Posadas - Dpto. Capital - Mnes.-

EXPTE. N°: 3415- D-724-19 -RESOLUCIÓN N° 1177/19.-PRESUPUESTO OFICIAL: $ 105.451.165,89 - (Pesos ciento cinco millones cuatrocientos cincuenta y un mil ciento sesenta y cinco con 89/100).-PRECIO DEL PLIEGO: $ 105.000,00 (Pesos ciento cin-co mil).-FECHA DE APERTURA: 23 de Enero de 2020.-HORA DE APERTURA: 10:00 (Diez) Hs.-LUGAR DE APERTURA: Dirección General de Arqui-tectura Bolívar 1256 - Ex 621 - 2° Piso - Posadas Tel. (0376) 4-447530 - 4-447528.-ADQUISICIÓN DEL PLIEGO: Dirección Gral. de Ar-quitectura Bolívar 1256 - Ex 621 - 2° Piso - Posadas Tel. (0376) - 4-447528.-INFORMES Y CONSULTAS: Dirección General de Ar-quitectura Bolívar 1256 - Ex 621 - 2° Piso - Posadas Tel. (0376) 4 - 447586 - 4-447486 - 4-447528.-SC17285 E15071 V15074