Silogismo Jurídico GRUPO NO. 2

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    ndice

    Contenido Pg

    Introduccin 3

    1. Silogismo 4

    2. Silogismo Jurdico 4

    3. Composicin del silogismo jurdico 5

    3.1 Premisa Mayor 5

    3.2 Premisa Menor 6

    3.4 Conclusin 7

    4. Formula del silogismo jurdico 7

    5. Crticas realizadas al Silogismo Jurdico 9

    6. Ventajas del Silogismo Jurdico 11

    7. Desventajas del Silogismo Jurdico 11

    Conclusin 12

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    Introduccin

    Existen diversas formas de razonar, como lo es el razonamiento deductivo,

    razonamiento inductivo o razonamiento analgico, que cumplen tcnicamente el

    mismo objetivo, el de razonar. El razonamiento es un encadenamiento de juicios

    en el que partiendo de una proposicin conocida se descubre otra u otras

    desconocidas, es decir, el razonamiento nos permite obtener conclusiones

    derivadas de premisas o juicios, que analizando la estructura que conforman cada

    juicio nos puede llevar a una verdad aun no descubierta.

    Tal es el caso del silogismo, es una forma de razonamiento deductivo,

    compuesto por tres proposiciones, dos premisas y una conclusin, siendo la

    conclusin una inferencia necesariamente deductiva de las otras dos.

    En este sentido, el silogismo es utilizado jurdicamente debido a que funciona

    como base para aplicar una decisin judicial, determinando la norma apropiada

    para el hecho planteado, probar la ejecucin del hecho y por lo tanto establecer

    una sancin.

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    Silogismo Jurdico

    1. Silogismo

    Antes de iniciar con lo que es silogismo jurdico, es necesario saber lo que

    significa silogismo. Es importante indicar, que el padre de silogismo es el gran

    pensador y filsofo griego Aristteles, quien establece que "un silogismo es un

    conjunto de palabras o locuciones en el que, al establecer determinadas cosas, se

    sigue necesariamente, del hecho de haberse verificado de tal manera determinada

    esas cosas establecidas, una cosa distinta de la que se haba tomado. Por la

    expresin 'del hecho de haberse verificado de tal manera determinada esas cosas

    establecidas' quiero decir que es por causa de ello que se sigue la conclusin, y

    con esto significo que no es necesario ningn otro trmino para hacer que la

    conclusin sea necesaria."

    Por otra parte, Miguel Cobaleda indique que: "Silogismo es una argumentacin

    en la cual, de un antecedente que une dos trminos a un tercero, se infiere un

    consecuente que une esos dos trminos entre s. En tal sentido, un silogismo es

    una forma de razonamiento deductivo, compuesto por tres proposiciones, dos

    premisas y una conclusin, siendo la conclusin una inferencia necesariamente

    deductiva de las otras dos.

    2. Silogismo Jurdico

    Ahora bien, el silogismo jurdico, es adecuar unos hechos a la descripcin

    abstracta que hay en la norma, de tal forma que sirva efectivamente para

    garantizar la solidez en la argumentacin que el abogado o cualquier operador del

    derecho presente para sustentar su posicin, sin perder de vista que lo que se

    evala es la correccin de la conclusin a partir de la estructura lgica de sus

    premisas de base.

    En otras palabras, el silogismo jurdico es aquel de carcter hipottico, en el

    que su premisa mayor est constituida por una norma general, impersonal y

    obligatoria, que se selecciona de las fuentes formales del derecho,

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    correspondiente a un determinado sistema; su premisa menor, est constituida por

    un hecho jurdico determinado, que por haber sido previamente comprobado y

    calificado por el juzgador, tiene tambin carcter normativo; y su conclusin, por

    una proposicin que tiene el carcter de juicio normativo individualizado. Por lo

    tanto, segn diversas crticas, se presume que la sentencia dictada por un juez es

    comparable a un gran silogismo, en el cual la premisa mayor es la norma, la

    premisa menor son los hechos y la conclusin es el fallo propiamente dicho.

    3. Composicin del silogismo jurdico

    El silogismo jurdico est compuesto por dos premisas que requieren una vez

    determinadas, la verificacin de su estructura lgica, formando entonces, la

    necesidad de analizar si la estructura de la premisa mayor de carcter normativo

    se ajusta a la forma supuesto-consecuencia; y si de otro lado la premisa menor

    corresponde efectivamente a un caso especial del supuesto de hecho general

    contenido en la premisa mayor, en la norma vigente; y una conclusin derivada de

    las premisas, donde la conclusin es vlida si las premisas lo son, pero desde un

    punto de vista formal. Es decir, no importa la correccin o verdad material de las

    premisas, sino simplemente que la conclusin se derive de ellas.

    3.1 Premisa mayor

    Es donde se encuentra el trmino mayor, que es el predicado de la conclusin,

    que se representa como P. (Normas)

    Generalmente, la premisa mayor del silogismo jurdico no se forma

    exclusivamente con el texto de una norma, sino que existen otros supuestos que

    la conforman, como lo son:

    Por el texto de la norma jurdica. Supuesto en el que la norma es clara y,

    por lo mismo, no existe necesidad ni de aclarar su sentido ni de completarlo

    con otro precepto.

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    Por la interpretacin de la norma jurdica. Supuesto en que la premisa

    mayor se forma con el juicio normativo que es el resultado del trabajo de

    interpretacin realizado por el juzgador.

    Por dos preceptos legales. Supuesto en que el juzgador fusiona en una sola

    proposicin dos o ms normas jurdicas.

    Por una norma consuetudinaria. Supuesto en que, por disposicin de la

    Ley, la costumbre puede ser fuente del Derecho y la misma se encuentra

    debidamente probada, de tal forma, la norma consuetudinaria, integrara la

    premisa mayor del silogismo.

    Por el mtodo de Integracin de la norma. Supuesto en el que el juzgador

    debe integrar una norma si no encuentra una norma genrica que sea

    aplicable en el caso concreto, ya sea por analoga o conforme a los

    principios generales del derecho.

    3.2. Premisa menor

    En el estudio de un expediente se le presentan al funcionario judicial una seriede problemas jurdicos (no es frecuente que sea un problema nico). Esto significa

    que aqul debe plantearse mentalmente varios silogismos jurdicos para construir

    la sentencia. Cada silogismo se va fusionando en su respectivo argumento. La

    sentencia contiene una serie de argumentos en los que se va dando solucin a los

    diversos problemas jurdicos:

    En tal sentido, para formar la premisa menor (los hechos), es necesario realizar

    una serie de operaciones. Estas operaciones son las siguientes:

    Determinar la institucin jurdica aplicable.

    Seleccionar la norma o normas aplicables (mbito de validez espacial,

    temporal, material y personal). Una vez determinada la institucin jurdica

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    correspondiente, se seleccionan las normas relativas a ella, aplicables al

    caso.

    Determinar la connotacin jurdica de los hechos. Consiste en determinar, a

    la luz del derecho, el significado que a stos quiso atribuirles la parte que los

    plante.

    Determinar cules hechos tienen relevancia jurdica. Es necesario distinguir

    los hechos normativos, es decir, los hechos que se encuentran previstos en

    la hiptesis de la norma jurdica. Muchas veces, alguno o algunos de los

    hechos planteados por las partes, no tienen relevancia jurdica por no poder

    fundamentarse en ninguna norma. Esos hechos no pueden ser considerados

    por el juzgador

    Comprobar que los hechos jurdicamente relevantes se realizaron. Una vez

    determinados los hechos jurdicamente relevantes, habr que determinar si

    estn probados.

    3.3 Conclusin

    Como antes mencionado, la conclusin es derivada de la premisa mayor y

    menor, es decir, un anlisis de las normas aplicables que conforman la premisa

    mayor y los hechos planteados (premisa menor) formulando as un fallo judicial

    (conclusin)

    4. Formula del Silogismo Jurdico

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    En donde:

    El trmino mediosiempre estar constituido por el hecho o conjunto de hechos

    jurdicos, que deber considerar el juez como supuestos de hecho, los cuales

    estn en abstracto en la norma o normas infringidas, y el trmino medio en

    concreto, est en los hechos relacionados en el expediente.

    El trmino mayores la sancin o sanciones, las cuales estn en abstracto en

    todas y cada una de las normas violadas, y en concreto en las penas impuestas

    en cada caso por el juez.

    El trmino menoren abstracto es el sujeto o sujetos a los cuales la norma les

    imputa la sancin por la comisin de los delitos, a ellos se refiere el legislador, con

    expresiones tales como toda persona, el que, etc.. El trmino menor en concreto

    es el procesado.

    Notoriamente, el trmino medio, es el trmino fundamental de los tres, debido a

    que sirve de enlace para vincular los otros dos trminos.

    Ejemplo:

    La premisa Mayor (se obtiene de una norma)

    El arrendadero Debe pagar la renta

    Trmino medio Trmino mayor

    (M) (P)

    M: Termino medio

    P: Termino mayor

    S: Termino menor

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    La premisa menor (Se obtiene del examen del expediente en litigo)

    Juan Es arrendadero

    Termino menor Trmino medio

    (S) (M)

    La conclusin (Es el producto de la combinacin de los trminos menor y mayor

    de las anteriores premisas)

    Juan Debe pagar la rentaTrmino menor Trmino mayor

    (S) (P)

    5. Crticas realizadas al Silogismo Jurdico

    Entre las mltiples crticas que se le han hecho se pueden sintetizar en estas

    dos:

    La sentencia es un acto complejo, el cual toma en cuenta muchas normas,

    hechos y sujetos, como para que puedan caber en un simple silogismo.

    Los jueces no utilizan el esquema silogstico para elaborar sus sentencias.

    Su metodologa consiste en ir reuniendo hechos hasta que de pronto e

    intuitivamente aparece la solucin.

    De acuerdo a lo anterior planteado, es posible constar que en toda norma

    aparecen los tres trminos de un silogismo, pero en abstracto, mientras que en el

    acto de impartir justicia se presentan en concreto.

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    En consecuencia, el esquema de una sentencia sera:

    M1 es P1 (premisa mayor)

    S1 es M2 (premisa menor)

    S2 es P2 (conclusin)

    M1 = Son los hechos jurdicos abstractos establecidos en la norma o normas.

    M2 = Son los hechos jurdicos que se dieron en concreto y que constan en autos.

    P1 = Es la sancin o sanciones en abstracto.

    P2 = Es la sancin o sanciones que se imponen en concreto, por ejemplo: tantos

    aos, debe pagar X suma.

    S1 = Es el sujeto o sujetos en abstracto. El que con nimo de...

    S2 = Es el sujeto o sujetos en concreto: Fulano de tal, con cdula...

    Ejemplo:

    Si un buque abordare a otro por impericia o negligencia del capitn, el capitn

    del buque abordante deber indemnizar al capitn del buque abordado por los

    daos causados, previa tasacin pericial (Garca, 1955, p.161).

    M1 = Abordamiento de un buque por otro, por impericia o negligencia del capitn.

    M2 = El buque A, abord el buque B, el da ... por negligencia del capitn Z.

    P1 = Indemnizacin en abstracto. Ejemplo: deber pagar

    P2 = Indemnizacin en concreto, es decir, una determinada suma que fija el

    juez. Ejemplo: US 500.000....

    S1 = El sujeto de la sancin es abstracto. El capitn del buque abordante: El

    capitn que por impericia o negligencia.

    S2 = El capitn en concreto: NN, identificado...

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    Si sintetizamos el ejemplo anterior, tendramos:

    M1 es P1 (norma)

    S1 es M2 (imputabilidad)

    S2 es P2 (sancin)

    Si tomamos en cuenta lo anterior, por compleja que sea una sentencia es

    susceptible de ser esquematizada como un silogismo.

    6. Ventajas del Silogismo Jurdico

    Sirve de apoyo a la interpretacin y aplicacin de hechos a la norma.

    Nos permite realizar un esquema lgico y formal, sobre unos

    acontecimientos y su resultado.

    7. Desventajas del Silogismo Jurdico

    Que aunque la lgica debe ser respetada, su satisfaccin no es condicinsuficiente para que el razonamiento sea jurdicamente correcto, sino que

    slo es una condicin necesaria.

    No admite equivocacin, simplemente postula que una conclusin es vlida

    si se deriva de las premisas de base.

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    Conclusin

    El silogismo jurdico se caracteriza por su participacin en una decisin judicial,

    debido a que diversas crticas, presume que la sentencia dictada por un juez es

    comparable a un gran silogismo, en el cual la premisa mayor es la norma, la

    premisa menor son los hechos y la conclusin es el fallo propiamente dicho.

    Por lo tanto, un silogismo jurdico es el razonamiento de aplicacin de los

    preceptos del derecho, que est conformado por una premisa mayor, una menor y

    una conclusin, la cual es vlida si las premisas lo son, pero desde un punto de

    vista formal. Es decir, no importa la correccin o verdad material de las premisas,

    sino simplemente que la conclusin se derive de ellas.

    Cabe destacar, que es un mtodo que sirve de apoyo a la interpretacin y

    aplicacin de hechos a la norma, lo cual adems permite realizar un esquema

    lgico y formal, sobre unos acontecimientos y su resultado. Sin embargo, existen

    muchas crticas con respecto al silogismo jurdico, en vista de que la sentencia es

    un acto complejo, el cual toma en cuenta muchas normas, hechos y sujetos, como

    para que puedan caber en un simple silogismo, es decir, todo depender del

    entorno o contexto que se lleve a cabo; por lo cual no siempre va a ser utilizado un

    silogismo jurdico para que el Juez imponga una sentencia.