Sistema Institucional De Evaluación

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN NICOLÁS“INESAN”

Resolución de aprobación No. 040 de Enero 10 de 2008 y 4320 del 28 de julio de 2010, Sobre la Educación de Adultos, según Decreto 3011 de

1997 de la Secretaría de educación del municipio de Pereira.Registro DANE 166001006067 Nit. 816.002.838 – 4

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES

REVISIÓN Y AJUSTES – AÑO 2011VISIÓN DE EMPRESA COMUNITARIA Y PEDAGÓGICA IN

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CAPÍTULO I

CONCEPTUALIZACIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

ARTÍCULO 1: SUSTENTACIÓN LEGAL

Por el cual se reglamento y adopta el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Estudiantes de la Institución Educativa SAN NICOLÁS del Municipio de Pereira a partir del 1 de enero del año 2012, el cual se sustenta en: El Artículo 67 de la Constitución Política, el Artículo 80 de la Ley 115 de 1.994, en los Art. 28 y 36 de La Ley 1098 de noviembre 8 de 2.006, de Infancia y Adolescencia y, el Decreto 1290 de Abril 16 de 2009, este último defi ne la evaluación en el ámbito institucional como EL PROCESO PERMANENTE Y OBJETIVO PARA VALORAR EL NIVEL DE DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES (Art. 1 Núm. 3, Dec. 1290 de 2009).

ARTÍCULO 2: PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL:

A. Identifi car las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante, para valorar sus avances.

B. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

C. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.

D. Determinar la promoción de los estudiantes.

E. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.

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ARTÍCULO 3: DEFINICIÓN DE LA EVALUACIÓN.

La evaluación es un proceso sistemático y permanente que compromete la búsqueda y obtención de información de diversas fuentes acerca de la calidad de desempeño, avance, rendimiento o logro del estudiante y de la calidad de los procesos empleados por los docentes; la organización y análisis de la información a manera de diagnóstico; la determinación de su importancia y pertinencia, de conformidad con los objetivos que se esperan alcanzar; todo con el fi n de tomar decisiones que orienten el aprendizaje y los esfuerzos de la gestión docente. Es así, como se determinan las propiedades del nuevo enfoque de evaluación:

A. CONTINUA: Es decir que se realizará en forma permanente haciendo un seguimiento al estudiante, que permita observar el progreso y las difi cultades que se presenten en su proceso de formación. Se hará al fi nal de cada tema, unidad, período, clase o proceso.

B. INTEGRAL: Se tendrán en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo del estudiante, para evidenciar el proceso de aprendizajes y organización del conocimiento.

C. SISTEMÁTICA: Se realizará la evaluación teniendo en cuenta los principios pedagógicos y que guarde relación con los fi nes, objetivos de la educación, la visión y misión del plantel, los estándares de competencias de las diferentes asignaturas, los logros, indicadores de logro, lineamientos curriculares o estructura científi ca de las asignaturas, los contenidos, métodos y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes.

D. FLEXIBLE: Se tendrán en cuenta los ritmos de desarrollo del estudiante en sus distintos aspectos de interés, capacidades, ritmos de aprendizaje, difi cultades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social, físicas, discapacidad de cualquier índole, estilos propios, dando un manejo diferencial y

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especial según las problemáticas relevantes o diagnosticadas por profesionales.

Los planes de estudio tendrán los ajustes y adaptaciones necesarios para que los estudiantes diagnosticados con necesidades educativas especiales alcancen sus logros; se tendrán en cuenta los tiempos necesarios para su evaluación y se aplicarán planes caseros que refuercen o potencien el aprendizaje y lleven a los niños, niñas y jóvenes a superar las difi cultades.

Los profesores identifi carán las características personales de sus estudiantes en especial las destrezas, posibilidades y limitaciones, para darles un trato justo y equitativo en las evaluaciones de acuerdo con las difi cultades detectadas, y en especial ofreciendo oportunidad para aprender del acierto, del error y de la experiencia de vida.

E. INTERPRETATIVA: Se permitirá que los estudiantes comprendan el signifi cado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor, hagan refl exiones sobre los alcances y las fallas para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de manera normal.

F. Las evaluaciones y sus resultados serán tan claros en su intención e interpretación, que no lleven a confl ictos de interés entre estudiantes contra profesores o viceversa.

G. PARTICIPATIVA: Se involucra en la evaluación al estudiante, docente, padre de familia y otras instancias que aporten unos buenos métodos en los que sean los estudiantes quienes desarrollen las clases, los trabajos en foros, mesa redonda, trabajo en grupo, debate, seminarios, exposiciones, prácticas de campo y de taller, con el fi n que alcancen entre otras, las competencias de analizar, interpretar y proponer, con la orientación y acompañamiento del profesor(a).

H. FORMATIVA: Nos permite reorientar los procesos y metodologías educativas, cuando se presenten indicios de reprobación en alguna asignatura, analizando las causas y buscando que lo aprendido en

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clase, incida en el comportamiento y actitudes de los estudiantes en el salón, en la calle, en el hogar y en la comunidad en que se desenvuelve.

I. PERMANENCIA: Los estudiantes que sean diagnosticados con alguna discapacidad, tendrán preferencia y forman parte del acompañamiento especial, al recibir las adaptaciones curriculares requeridas, durante su permanencia en la institución educativa.

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CAPÍTULO II

EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 4: TIPOS DE EVALUACIÓN:

A. DIAGNOSTICA: la evaluación es diagnóstica cuando permite reconocer el estado de los estudiantes, sus fortalezas y debilidades, para emprender acciones de mejoramiento durante el proceso de enseñanza, que favorezcan el aprendizaje de los estudiantes. Este tipo de evaluación es fundamental para revisar el Plan de Estudios y, replantearlo si es necesario, de acuerdo a las necesidades encontradas. Cabe resaltar, que la evaluación diagnóstica también hace parte del proceso interno que desarrolla el docente con sus estudiantes, ya que éste puede utilizarla durante el proceso de enseñanza aprendizaje para determinar debilidades y fortalezas específi cas de un momento determinado del proceso educativo.

B. FORMATIVA: tiene como objetivo acompañar el proceso de aprendizaje de los estudiantes para orientarlos en sus difi cultades o ayudarlos a avanzar en el mismo. Así se fortalece el proceso de autoevaluación y se puede comprobar su capacidad para aplicar lo que ha aprendido en situaciones problemáticas, lo que le exige tomar una posición crítica frente a éstas.

C. SUMATIVA: busca el alcance de todos los logros por parte de los estudiantes. Esta, conlleva a un proceso de revisión de los resultados que permita tomar decisiones frente a éste y, es vital para defi nir la vida estudiantil de los educandos.

ARTÍCULO 5: CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

A. CRITERIOS DE COMPETENCIA:

La evaluación de los estudiantes atenderá a los tres criterios: SABER: Se entiende como saber el dominio de los saberes específi cos de cada asignatura, es decir, la interpretación de los mismos; Se refi ere al conocimiento, aplicación y valoración

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de los saberes en una problemática real, lo que exige la capacidad para proponer alternativas de solución frente a éstas. Por lo tanto ésta competencia se evaluará con trabajos, exámenes, escritos y/u orales. SABER-HACER: El saber - hacer responde a la aplicación de los conocimientos en una situación determinada y hace necesaria la argumentación de juicios por parte de los estudiantes. Los contenidos procedimentales, se refi eren a los procedimientos, estrategias, técnicas, habilidades, destrezas, métodos que aplican los estudiantes de acuerdo a sus saberes. SER: Este aspecto se refi ere a aquellas ideas que median las acciones de los seres humanos y que se estructuran con tres elementos básicos: un componente cognitivo, uno afectivo y uno conductual.

B. DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN:

El sistema de evaluación de la Institución Educativa San Nicolás, responde a los elementos de la fi losofía (misión, visión, valores, principios y demás elementos del P.E.I.) y, a la construcción colectiva en la que se contó con la participación de la comunidad educativa (directivos, padres, docentes, estudiantes). De igual forma se encuentra fundamentado en el marco legal que reglamento el sistema de evaluación nacional.

Atendiendo a lo anterior, se establecen como criterios de evaluación o referentes que incluyen conceptos y estrategias pedagógicas que se deben tener en cuenta en el proceso de diseño e implementación de los instrumentos que permitan valorar los procesos de enseñanza-aprendizaje.

El proceso de evaluación se realizará atendiendo a los estándares básicos de competencias establecidos para cada asignatura por el M.E.N. Los estándares son unos referentes que permiten evaluar los niveles de desarrollo de las competencias que van alcanzando los estudiantes en el transcurrir de su vida escolar. Para ello se hace necesario que los planes de estudio contengan:

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• Lineamientos legales.• Objetivo general, objetivos específi cos por niveles (básica y

media académica o técnica) y, objetivos por grados o grupos de grados (lo que se quiere enseñar y lo que se desea que aprendan los estudiantes).

• Enfoque del asignatura. • Didáctica de los procesos de enseñanza y aprendizaje del

asignatura (cómo enseñar y cómo aprender, por qué y para qué).

• Metodología. • Planeación curricular. • Criterios y procedimientos para evaluar el aprendizaje. • Bibliografía.

De acuerdo al artículo 77 de la Ley General de Educación que otorga a los establecimientos educativos autonomía para estructurar el Plan de Estudios y, al Art. 23 que establece el grupo de asignaturas obligatorias y fundamentales, el colegio estructurará como asignaturas académicas las siguientes:

BÁSICA PRIMARIA: • Ciencias naturales y educación ambiental.• Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y

democracia.• Educación artística y cultural.• Educación ética y en valores humanos.• Educación física, recreación y deportes.• Educación religiosa.• Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros.• Matemáticas. • Tecnología e informática.• Emprendimiento (grado 5°)

BÁSICA SECUNDARIA: • Ciencias naturales y educación ambiental.• Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y

democracia.• Educación artística y cultural.

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• Educación ética y en valores humanos.• Educación física, recreación y deportes.• Educación religiosa.• Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros.• Matemáticas. • Tecnología e informática.• Emprendimiento.

MEDIA ACADÉMICA Y TÉCNICA: • Ciencias naturales y educación ambiental: Física y química.• Ciencias sociales: Ciencias políticas y económicas y fi losofía.• Educación artística y cultural.• Educación ética y en valores humanos.• Educación física, recreación y deportes.• Educación religiosa.• Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros.• Matemáticas.• Tecnología e informática.• Integración con el SENA.

MODULOS DE ASIGNATURAS TÉCNICAS

(Planeación de las actividades de mercadeo: Estadística; Manejo de espacios comerciales; Análisis de comportamiento del mercado: Economía; Aplicación de técnicas de ventas; Ética y transformación del entorno; salud ocupacional; Contabilidad e inglés)

METODOLOGÍA 3011. EDUCACIÓN PARA ADULTOS, PRIMARIA Y BACHILLERATO POR CICLOS

CICLO II

• Ciencias naturales y educación ambiental.• Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y

democracia.• Educación artística y cultural.• Educación ética y en valores humanos.

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• Educación física, recreación y deportes.• Educación religiosa.• Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros.• Matemáticas. • Tecnología e informática.

CICLOS III Y IV

• Ciencias naturales y educación ambiental.• Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y

democracia.• Educación artística y cultural.• Educación ética y en valores humanos.• Educación física, recreación y deportes.• Educación religiosa.• Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros.• Matemáticas. • Tecnología e informática.

CICLOS V Y VI

• Ciencias naturales y educación ambiental: Física y química.• Ciencias sociales: Ciencias políticas y económicas y fi losofía.• Educación artística y cultural.• Educación ética y en valores humanos.• Educación física, recreación y deportes.• Educación religiosa.• Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros.• Matemáticas.• Tecnología e informática.

C. CRITERIOS DE EVALUACIÓN ACADÉMICA O TÉCNICA:

La evaluación de los estudiantes de básica y media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los educandos. Para la Institución Educativa San Nicolás, la evaluación se realizará atendiendo a los siguientes criterios:

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1. Aplicar en el primer período una prueba diagnóstica para determinar los procesos de aprendizaje alcanzados por los estudiantes, teniendo en cuenta los estándares establecidos por el M.E.N. en cada asignatura y nivel.

2. Aplicación de pruebas bimestrales de cada asignatura y asignatura, con preguntas tipo ICFES, que abarquen el temario o contenido tratado durante ese período. Esta prueba tendrá un valor porcentual equivalente al 25% del total de las notas del período. El 75% restante, se determinará a través de los siguientes índices de evaluación para cada materia: Evaluación escrita, evaluación oral, talleres, laboratorio, competencias ciudadanas y convivencia.

3. Los estudiantes que sean diagnosticados con Necesidades educativas especiales, recibirán las adecuaciones curriculares requeridas de acuerdo con su necesidad, durante su permanencia en la institución educativa.

D. ESTÍMULOS A ESTUDIANTES DE GRADO 10 Y 11.

1. 1. El estudiante que obtenga en la prueba SABER – ICFES (calendario A) un puntaje igual o superior a 55 puntos en la jornada diurna y 50 puntos en la jornada nocturna (promedio del núcleo común), será exonerado de las pruebas tipo ICFES de fi n de período, las cuales serán valoradas con un 5.0.

2. El estudiante que obtenga en cualquiera de las dos pruebas ICFES (abril - septiembre) puntajes iguales o superiores a 55 puntos en la jornada diurna y 50 puntos en la jornada nocturna, en cualquier asignatura del núcleo común, obtendrá 5.0 en la prueba tipo ICFES de fi n de período que corresponda.

3. El estudiante que en las asignaturas evaluadas obtenga una valoración igual o superior a 55 puntos en la jornada diurna y 50 puntos en la jornada nocturna, en cualquiera de los simulacros, le serán sustituidas las notas de las competencias SABER por un 4,5, en el período en curso.

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4. Se gestionarán estímulos y recursos a los dos mejores resultados icfes de grado 11º, con el fi n de estimular la continuidad del estudiante en la educación superior.

PARÁGRAFO:• Los logros comportamentales y/o de convivencia serán

descriptivos basados en los fundamentos, principios y acuerdos del pacto de convivencia y en las competencias ciudadanas defi nidas por el ministerio de educación nacional.

• La evaluación del comportamiento de los estudiantes se realizará en los cuatro períodos anuales en forma descriptiva con su respectiva escala valorativa.

• Los estudiantes que persistan en comportamientos inapropiados, serán remitidos al Consejo Directivo con su debido proceso, quien realizará la evaluación de su comportamiento, apoyado en la Ley de Infancia y adolescencia (1098 de 2008).

ARTÍCULO 6: ESCALA VALORATIVA:

Para la valoración de las diferentes actividades utilizadas, para evaluar las competencias de las asignaturas y asignaturas, se tendrá en cuenta la siguiente escala cuantitativa de cero (0) a cinco (5.0)

ESCALA INSTITUCIONAL DE CALIFICACIÓN NIVELES DE DESEMPEÑO ESCALA NACIONAL

4,55 a 5,0 Demuestra capacidades y evidencia su conocimiento en aplicaciones prácticas.Se interesa en ampliar sus conocimientos y desarrolla ampliamente sus competencias.

DesempeñoSuperior3,95 a 4,54 Generalmente muestra interés y motivación

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en el desarrollo de sus actividades curriculares y desarrolla habilidades en la práctica de sus saberes.

DesempeñoAlto

2,95 a 3,94 Desarrolla las actividades curriculares mínimas y muestra difi cultades que logra superar con mucho esfuerzo.

DesempeñoBásico

0 a 2,94 Se caracteriza por demostrar poco interés en los procesos académicos y no logra desarrollar las competencias mínimas.Persiste en sus difi cultades, pese a los planes de apoyo y adecuaciones curriculares desarrolladas.

DesempeñoBajo

Para la valoración del comportamiento social en cada uno de los períodos académicos y en la valoración fi nal se tendrá en cuenta la siguiente equivalencia.

Desempeño superior

• Desarrolla todas las actividades pedagógicas propuestas, demostrando calidad en su desempeño.

• Cumple con los acuerdos de convivencia sin excepción alguna.

• Demuestra sentido de pertenencia en todo momento y en toda situación.

• Asiste puntualmente a las actividades pedagógicas y curriculares propuestas.

• Valora y promueve su desarrollo humano, así como su proyecto de vida, atendiendo al principio de autonomía. IN

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Desempeño Alto

• Desarrolla las actividades pedagógicas propuestas• Cumple con los acuerdos de convivencia.• Demuestra sentido de pertenencia.• Asiste a las actividades pedagógicas y curriculares

propuestas y presenta excusas por inasistencias justifi cadas.

• Valora y promueve su desarrollo humano mediante el trabajo propuesto.

Desempeño Básico

• Desarrolla parcialmente las actividades pedagógicas propuestas.

• Realiza actividades pedagógicas de apoyo propuestas para su mejoramiento.

• Cumple parcialmente con los acuerdos de convivencia.• Presenta difi cultades para evidenciar su sentido de

pertenencia.• Asiste de manera parcial a las actividades pedagógicas

y curriculares propuestas.• Valora y promueve su propio desarrollo humano con el

apoyo de los docentes.

Desempeño Bajo

• Presenta difi cultades en el desarrollo de las actividades pedagógicas propuestas.

• Tiene difi cultades para evidenciar su sentido de pertenencia.

• Presenta serias difi cultades en el desarrollo de la convivencia escolar.

• Presenta faltas de asistencia sin justifi cación.• Evidencia difi cultades en su desarrollo humano y en la

puesta en práctica de su proyecto de vida.

PARÁGRAFO: Cada uno de los cuatro períodos académicos equivale al 25% de la valoración fi nal.

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ARTÍCULO 7: AUTOEVALUACIÓN, COEVALUACIÓN Y HETEROEVALUACIÓN:

Los estudiantes deben participar activamente en su proceso de evaluación y valoración. Para este proceso se defi nen los siguientes parámetros:

• Los criterios de evaluación del asignatura o asignatura, deben darse a conocer al estudiante al inicio del año lectivo.

• Las asignaturas defi nirán los criterios específi cos que se tendrán en cuenta para la autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación durante cada año y que son considerados en el artículo 5 literal C del presente documento. Se establecerán unos criterios de autoevaluación para el comportamiento social, con base en las competencias para la ciudadanía y el Pacto de Convivencia, los cuales le servirán de derrotero a los estudiantes para su evaluación periódica y defi nitiva.

• En el proceso de evaluación de los estudiantes de forma parcial o defi nitiva, se tendrá en cuenta el proceso evaluativo realizado por el docente (heteroevaluación), y la autoevaluación y coevaluación realizada por los estudiantes.

ARTÍCULO 8: COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:

Basados en el artículo 11, numeral 5 del Decreto 1290, la Institución Educativa San Nicolás, crea la comisión de Evaluación y Promoción, como instancia para realizar el seguimiento de los procesos educativos de los estudiantes. Esta comisión se reunirá dos veces al año ordinariamente (después de realizarse la consolidación de las evaluaciones semestrales y fi nales), y extraordinariamente cuando se requiera. Esta comisión, conjuntamente con el Consejo IN

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Académico, tendrá como propósito:

• Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fi n de identifi car prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e inducir las modifi caciones que sean necesarias, con el fi n de mejorarlas (Dcto. 1290/09, artículo 11, numeral 8).

• Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e implementar estrategias permanentes de evaluación y apoyo para la superación de debilidades de los estudiantes y, dar recomendaciones a estudiantes, padres de familia y docentes (Dcto. 1290/09, art. 11, numeral 3).

• Servir como máximo órgano para decidir la promoción de los estudiantes en cada grado y nivel ofrecido de la institución.

• Servir de instancia para atender y decidir sobre reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación y promoción (Dcto. 1290/09, artículo 11, numeral 6 y 7).

La Comisión de Evaluación y Promoción estará conformada por:

• El Rector o su representante. • El Coordinador de la respectiva jornada. • El Director de Grupo. • Los docentes de cada asignatura del grupo que se esté

considerando. • Área de psicología. • Los voceros de grupo. • Docente de aula de apoyo. • El Personero Estudiantil. • Un representante de los padres de familia del (los)

grado(s) o el delegado de la Asociación de padres.

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CAPÍTULO III

PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTESARTÍCULO 9: PROMOCIÓN EN EL NIVEL DE PREESCOLAR (TRANSICIÓN): En el nivel preescolar no se reprueban grados ni actividades, los estudiantes avanzarán en el proceso educativo, según sus capacidades y aptitudes personales (artículo 10, Dcto. 2247 de 1.997). El proceso formativo estará orientado por lo planteado en los objetivos de la educación preescolar, descrito en el artículo 16 de la Ley 115 de 1.994 y en los lineamientos curriculares para la educación preescolar.

ARTÍCULO 10: REPROBACIÓN POR BAJO DESEMPEÑO:

A. Aquellos estudiantes que al fi nalizar el año lectivo en tres (3) o más asignaturas no hayan alcanzado un promedio por asignatura mínimo de 3.0 o superior serán considerados reprobados y deberán reiniciar el grado respectivo.

B. Los estudiantes que al fi nalizar el año lectivo queden hasta con dos asignaturas pendientes, y no aprueben el plan para el desarrollo de las competencias con bajo desempeño en el calendario asignado por la institución, deberán reiniciar (prolongar) el grado respectivo.

C. Los estudiantes del grado undécimo (11º) para ser promovidos, deberán también cumplir con el Servicio Social Obligatorio y la integración con el Sena, en caso de estar aprobada por la SEM, que los certifi que como “técnicos en mercadeo y venta de productos y servicios”.

NOTA: Si los estudiantes con NEE, no logran desarrollar las competencias exigidas por del Sena, se podrán graduar sin la certifi cación que los acredita como “técnicos en mercadeo y venta de productos y servicios”. IN

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PARÁGRAFO: En caso que el estudiante haya quedado con el proceso pendiente en dos asignaturas y supere las difi cultades sólo en una de ellas, se tendrá en cuenta:Si la valoración cuantitativa de la asignatura reprobada es de 2.00 o más en el refuerzo fi nal y el promedio de las otras asignaturas es de 3.5 o más se promoverá al grado siguiente sin modifi car la nota de la asignatura reprobada. (Este benefi cio no aplica en grado 10º y 11º a la asignatura de integración con el SENA, dado que es requisito su aprobación para poder ser promovido(a) u obtener el grado).

Este parágrafo será aplicado también a quienes terminen el año lectivo con una asignatura reprobada y reprueben en el refuerzo con una valoración mínima de 2.00.

La comisión de evaluación y promoción determinará casos especiales que requieran ser aplazados, en todo caso, hasta antes de iniciar el próximo año lectivo.

ARTÍCULO 11: REPROBACIÓN POR INASISTENCIA:

Basados en el artículo 6 del Dcto. 1290/09, cuando un estudiante haya dejado de asistir el 20% del total del tiempo programado en cada una de las asignaturas, en cada uno de los grados, se considerará reprobado.

PARÁGRAFO: La Comisión de Evaluación y Promoción estudiará los casos especiales de inasistencia originados por situaciones como incapacidad por enfermedad, representaciones deportivas, culturales o académicas, calamidad doméstica, entre otras.

ARTÍCULO 12: GARANTÍA DE CONTINUACIÓN EN EL PROCESO EDUCATIVO:

Cuando la Comisión de Evaluación y Promoción determine que un estudiante no puede ser promovido al grado siguiente, la institución,

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garantizará el cupo para que continúe su proceso formativo sólo una vez, siempre y cuando el estudiante no haya tenido problemas de comportamiento social y convivencia, amparados en el artículo 96 de la Ley 115 de 1994 y la Sentencia C555 de 1994 (la coordinación académica y de convivencia deberá ser vigilante del cumplimiento de este proceso). El estudiante que repruebe un año deberá cancelar el monto acordado por concepto de mensualidad, ya que la gratuidad es un estímulo para quien cumpla con los logros propuestos.

ARTÍCULO 13: PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO

Las comisiones de evaluación y promoción recomendaran ante la Rectoría, la promoción anticipada al grado siguiente, de los estudiantes que en cualquier época del primer período del año lectivo en curso, demuestren persistentemente un desempeño superior en la adquisición de los indicadores y logros, y reúnan condiciones excepcionales de desarrollo cognitivo, actitudinal y procedimental entre otros.

Los docentes titulares de los grados en el caso de la básica primaria, y los de las respectivas asignaturas en la básica secundaria y media, (excepto el grado 11º que se debe cursar completo), aconsejará a las comisiones la promoción de grado de manera anticipada, de aquellos estudiantes con las características descritas anteriormente. Si la comisión de evaluación encuentra mérito para atender la solicitud hecha por los profesores al director de curso, se elabora un Acta debidamente sustentada con el fi n de producir la resolución que legalice dicha situación, previa consulta que hará el coordinador con el acudiente y estudiante que se promueve en forma anticipada; si estos aceptan, El alumno debe presentar pruebas de sufi ciencia del año en curso y de los avances del grado al que aspira, para que sean expedidas las evaluaciones fi nales de cada asignatura, en el momento de producirse la promoción anticipada, y copia de la Resolución reposará en el libro de califi caciones, además de entregarla al estudiante promovido.

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PARÁGRAFO: Dado el caso que un estudiante demuestre capacidades y habilidades excepcionales o avances signifi cativos recibirá planes especiales de trabajo de manejo en el aula escolar y planes caseros que potencien sus habilidades, buscando profundización en las aéreas que tienen potenciadas o la promoción anticipada del grado que está cursando.

ARTÍCULO 14: PROGRAMAS DE APOYO Y ACOMPAÑAMIENTO:

Los docentes realizarán planes de apoyo y mejoramiento académico, para los estudiantes que en el transcurso del año presentan difi cultades por bajo desempeño. Estas actividades serán programadas y ejecutadas por el docente en su actividad rutinaria de clase.

Los estudiantes en condiciones de discapacidad cognitiva serán atendidos con adaptaciones curriculares que darán cuenta de su evaluación y promoción.

En el proceso de evaluación y promoción de los estudiantes con NEE tendrán relevancia el acompañamiento familiar, la actitud del estudiante y la atención oportuna de los especialistas requeridos.

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CAPÍTULO IV

INFORMES PERIÓDICOS DE EVALUACIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES

ARTÍCULO 15:

Durante el año escolar se entregarán cuatro informes correspondientes a cada uno de los períodos académicos y un informe fi nal al terminar el año lectivo.

ARTÍCULO 16: ESTRUCTURA DEL INFORME VALORATIVO DE LOS ESTUDIANTES:

El informe periódico de evaluación contendrá:

1. Nombre y apellidos del estudiante, grado y código2. Valoración cuantitativa en cada una de las asignaturas.3. Criterios de desempeño y competencias valoradas durante

el período académico con cada una de las asignaturas, expresadas en términos de fortalezas o debilidades.

4. Valoración cualitativa del comportamiento social y las competencias tenidas en cuenta para su califi cación, expresadas de igual forma en términos de debilidad o fortaleza.

5. Promedio académico y puesto en el grupo.6. Recomendaciones académicas, personales, sociales y

comportamentales.7. La inasistencia por asignatura y totales.8. Observaciones generales.

ARTÍCULO 17:

En el informe valorativo fi nal aparecerá la valoración cuantitativa defi nitiva y su equivalencia con la escala nacional. De igual forma, aparecerá si el estudiante es promovido, aplazado o reprobado. Si el estudiante es aplazado o reprobado, deberán aparecer las competencias valoradas con bajo desempeño.

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CAPÍTULO V

INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

ARTÍCULO 18: DERECHOS DE ESTUDIANTES Y PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES:

Con base en el decreto 1290 de 2.009 se establecen los siguientes derechos para estudiantes y padres de familia o acudientes:

• El estudiante tiene derecho a recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a su proceso de evaluación (art. 12, núm. 3, Dcto. 1290/09).

• El padre de familia o acudiente tiene derecho a recibir oportunamente respuesta a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación y promoción de su hijo o acudido (art. 14, núm. 4, Dcto. 1290/09).

ARTÍCULO 19: CONDUCTO REGULAR PARA RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES EN CUANTO A LA EVALUACIÓN:

Los estudiantes, para la reclamación por la valoración parcial, periódica o defi nitiva de una asignatura o el comportamiento social, deben proceder de la siguiente manera, teniendo en cuenta que deben recurrir a la siguiente instancia, sólo si no encuentra la respuesta pertinente al reclamo respectivo:

1. Reclamación verbal y respetuosa al docente respectivo con la (s) evidencia(s) de la evaluación.

2. Reclamación verbal y respetuosa con intermediación del

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Coordinador respectivo. 3. Reclamación por escrito por parte del estudiante y el padre de

familia o acudiente ante el docente y coordinador respectivo. 4. Reclamación por escrito ante la Comisión de Evaluación y

Promoción. 5. Reclamación por escrito ante el Consejo Directivo. 6. De todo este proceso se debe dejar constancia por escrito

a través del documento respectivo: hoja de asistencia, memorando, registro del estudiante, acta.

ARTÍCULO 20: CONDUCTO REGULAR PARA RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES EN CUANTO A LA PROMOCIÓN.

En el caso de la reclamación por la promoción se procederá de la siguiente manera:

1. Reclamación por escrito ante la Comisión de Evaluación y Promoción.

2. Reclamación por escrito ante el Consejo Directivo. 3. Las respuestas dadas a las reclamaciones se harán por escrito

y se dejará constancia de las mismas en el libro de actas de la Comisión de Evaluación y Promoción y/o del Consejo Directivo. IN

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CAPÍTULO VI

ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO CUMPLAN CON LOS PROCEDIMIENTOS EVALUATIVOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.

ARTÍCULO 21: CUMPLIMIENTO DE LOS PROCESOS EVALUATIVOS Y DE PROMOCIÓN ESTABLECIDOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:

Los docentes y directivos docentes deberán cumplir con las funciones asignadas para garantizar el proceso de evaluación y promoción de acuerdo con lo establecido en el sistema de evaluación y promoción de la institución, según lo establecido en los decretos 2277/79, 1278/02, Ley 115/94, Ley 715/01 y decreto 1290/09.

ARTÍCULO 22: PAPEL DE LOS ESTUDIANTES Y PADRES DE FAMILIA:

Los estudiantes, padres de familia o acudientes podrán exigir a los docentes y directivos docentes el cumplimiento de cada uno de los parámetros establecidos en el sistema de evaluación y promoción de la institución. En caso de no acatar la exigencia, el estudiante o padre de familia podrá recurrir a la Comisión de Evaluación y Promoción, el Consejo Directivo o la Ofi cina de Control Disciplinario de la Secretaria de Educación, para que se cumpla con la normatividad que establece este sistema.

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CAPÍTULO VII.

GRADUACIÓN.

En la Institución se adelantará solamente la ceremonia de grado para los estudiantes de grado undécimo (11º.). En los otros niveles y ciclos, incluyendo preescolar, se realizará ceremonia de clausura.

ARTÍCULO 23: CERTIFICADO DE EDUCACIÓN MEDIA

A. El título de Bachiller Académico se otorga a los estudiantes de grado undécimo (11º), que hayan aprobado todos los niveles y ciclos incluyendo el undécimo (11º).

B. El título de Bachiller Académico con énfasis en Mercadeo y Ventas, se otorgará al estudiante que culmine el grado undécimo cumpliendo a cabalidad con todos los logros y estándares exigidos por el M.E.N. y el programa de articulación con el SENA de acuerdo a técnica convenida y cuando haya sido aprobada la modalidad por la secretaría de educación municipal.

C. Quienes cursan la media técnica tienen la obligatoriedad de matricularse con el SENA y cumplir con el horario estipulado en jornada contraria, para así ser otorgado el título de Bachiller Académico con énfasis en Mercadeo y Ventas y técnico en venta de productos y servicios.

D. No se admitirán nuevos estudiantes en la media técnica, salvo para iniciar el grado décimo y siempre que el estudiante acepte y se comprometa con el programa de intensifi cación y articulación con el SENA.

ARTÍCULO 24 NIVEL DE PRE-ESCOLAR.

En preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de 1997.

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CAPÍTULO VIII

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 25: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.

Los estudiantes de la Institución Educativa San Nicolás de Pereira tienen derecho a:

A. Ser evaluados de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales.

B. Al ingresar, conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar.

C. Recibir la asesoría y acompañamiento para superar sus debilidades en el proceso de aprendizaje.

D. Presentar oportunamente las reclamaciones a que da lugar. Y seguimiento del conducto regular.

ARTÍCULO 26: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.

Los estudiantes de la Institución Educativa San Nicolás de Pereira deberán:

A. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia defi nidos por la institución en el P.E.I. y el pacto de convivencia.

B. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus difi cultades.

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PARÁGRAFO:Si el estudiante no cumple con estos deberes y compromisos, fi rmará un acta de compromiso académica y/o de convivencia, con su acudiente, la cual se tendrá en cuenta en aspectos como: acciones formativas, el proceso de promoción y la continuidad del estudiante en la institución.

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CAPÍTULO IX

DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES

ARTÍCULO 27: DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES.

Los padres de familia o acudientes de la Institución Educativa San Nicolás de Pereira tienen derecho a:

A. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: Criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar.

B. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.

C. Recibir los informes periódicos de evaluación.

ARTÍCULO 28: DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES:

Los padres de familia o acudientes de la Institución Educativa San Nicolás de Pereira deberán:

A. Participar a través de las diferentes instancias del gobierno escolar, en la defi nición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar.

B. Realizar seguimiento y acompañamiento permanente al proceso formativo y evaluativo de sus hijos.

C. Analizar los informes periódicos de evaluación.

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CAPÍTULO X

DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES

ARTÍCULO 29: DERECHOS DE LOS DOCENTES.

Son derechos de los docentes respecto a la evaluación y promoción:

A. Tener asesoría y acompañamiento permanente por parte de las coordinaciones en la evaluación y promoción de los estudiantes.

B. Plantear las estrategias de evaluación que consideren pertinentes de acuerdo al Plan de Estudios, P.E.I. y el desarrollo curricular de cada asignatura.

C. Participar en la Comisión de Evaluación y Promoción en los grados correspondientes.

D. Presentar respuesta en un tiempo de máximo cinco (5) días hábiles a las reclamaciones por parte de los estudiantes y/o padres de familia.

ARTÍCULO 30: DEBERES DE LOS DOCENTES.

Son deberes de los docentes respecto a la evaluación:

A. Presentar al inicio del año lectivo las competencias y logros que le serán evaluadas a los estudiantes de acuerdo con el P.E.I. y al Plan de Estudios vigente, las estrategias de evaluación y los procesos de autoevaluación, heteroevaluación y coevaluación.

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B. Evaluar a los estudiantes utilizando estrategias que tengan en cuenta los ritmos y estilos de aprendizaje, al igual que los intereses de los estudiantes.

C. Presentar puntualmente los informes evaluativos a la Comisión de Evaluación y Promoción y, las actas de recuperación a la coordinación respectiva.

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CAPÍTULO XI.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 31: CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

Para la construcción del sistema institucional de evaluación y promoción se siguió el procedimiento planteado en el artículo 8 del Decreto 1290 de 2009, a saber:

1. Defi nición del sistema institucional de los estudiantes por medio de los aportes de docentes, directivos y padres de familia.

2. Socialización del sistema institucional de evaluación por medio de reuniones de padres de familia, estudiantes y profesores, para su enriquecimiento.

3. Aprobación del sistema institucional de evaluación y promoción por parte del Consejo Directivo.

4. Incorporación del sistema institucional de evaluación y promoción al proyecto educativo institucional, articulado a las necesidades de los estudiantes, del plan de estudios y del currículo.

5. Divulgación del sistema institucional de evaluación y promoción a toda la comunidad educativa por medio de reuniones, asambleas, mesas de estudios, pagina Web, entre otros.

6. Divulgación de los procedimientos y mecanismos de reclamaciones del sistema de evaluación y promoción institucional por medio de página Web, carteleras, reuniones, circulares.

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7. Establecimiento de un mecanismo claro para informar del sistema de evaluación a los nuevos estudiantes, padres de familia, docentes y directivos docentes que ingresen a la institución.

8. Establecimiento de un mecanismo claro para informar del sistema de evaluación a todos y cada uno de los estudiantes, padres de familia, docentes y directivos docentes antiguos de la institución.

9. Se seguirá este mismo procedimiento cuando se considere necesario realizar ajuste o modifi caciones al sistema institucional de evaluación y promoción.

Nota: El sistema de evaluación, fue aprobado y adoptado por el consejo directivo en diciembre de 2011.

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CAPÍTULO XII

CRITERIOS DE ADMISIÓN

ARTÍCULO 32: CRITERIOS A TENER EN CUENTA PARA ADMITIR ESTUDIANTES NUEVOS EN LA INSTITUCIÓN:

A. Los estudiantes con discapacidad deberán ser evaluados primero por el aula de apoyo y/o psicoorientación, quienes emitirán las recomendaciones respectivas a los docentes, para el trabajo de aula

B. No hay nuevas admisiones en la media técnica, salvo para iniciar el grado décimo.

C. Solo habrán admisiones en el segundo semestre, por cambio de domicilio.

D. La matrícula de estudiantes nuevos, será autorizada desde coordinación, previa entrevista y revisión de documentos.

E. Para el caso de alumnos que solicitan cupo luego de haber iniciado el año lectivo y durante el primer semestre:

• Presentar informes de períodos cumplidos y notas parciales del período en curso, según sea el caso.

• Los informes no deben presentar desempeño bajo en tres o más asignaturas.

• Presentar copia del anecdotario u observador del estudiante del colegio de origen.

• En caso de aprobarse la matrícula, el estudiante tendrá 15 días de plazo para nivelarse en las asignaturas que aparecen en la planeación curricular de la institución y que no fi guran en el plan curricular del colegio de origen.

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F. Los casos extraordinarios que no cumplan los requisitos anteriores, deberán ser analizados en consejo académico.

PARÁGRAFOLos estudiantes que hayan sido retirados de la institución por problemas de convivencia, podrán solicitar reingreso luego de dos años y deberán traer un informe favorable, que de fe de su buen comportamiento.

APROBACIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN

Loa ajustes al El Sistema Institucional de Evaluación fueron aprobados el 02 de diciembre de 2011, por el consejo académico y por el consejo directivo.

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CONSEJO ACADÉMICO

JOVITA DEL CARMEN MENA GARCÍA PreescolarMARÍA DEL CARMEN CAICEDO CIRO Grado 1ºALBA NELLY RAMÍREZ SERNA Grado 2ºRUBIELA ESPINAL OSPINA Grado 3ºMARÍA LOURDES MUÑOZ GIRALDO Grado 4ºAMPARO LUCÍA BEDOYA BERMÚDEZ Grado 5ºANA MILENA GARCÍA CANO Jefe de área de sociales.JUAN CARLOS MONCADA RAMIREZ Jefe de área de Ciencia NaturalesMAURICIO ALEXANDER PULGARÍN MEJÍA

Jefe de área de matemáticas

MARÍA TERESA PELÁEZ BEDOYA Jefe de área de HumanidadesLUCERO HENAO GONZÁLEZ Jefe de área de Ética y ReligiónNELSON MAURICIO SABOGAL ARIAS Jefe de área de Educación físicaHEDDA QUINTERO BOLIVAR Jefe de área de Educación

artísticaJOSÉ ANDRÉS GONZALEZ CARDONA Jefe de área de Integración con

el SenaNICOMEDES MENA RENGIFO Jefe de área de InformáticaMARTA LEONOR CORREA ÁNGEL Coordinadora – PrimariaLEONARDO FLÓREZ FLÓREZ Coordinador – BachilleratoGILDARDO ANTONIO GIRALDO GARCIA Rector

CONSEJO DIRECTIVO

JUAN CARLOS MONCADA RAMÍREZ Representante de los profesoresBEATRIZ ELENA ARANGO CASTRILLÓN Representante de los profesoresISMAEL PÉREZ Representante de los padres de

familiaALEJANDRO LADINO SILVA PersoneroJHON ALEXANDER ALZATE Representante del consejo

estudiantilMARTA LEONOR CORREA ÁNGEL Coordinadora – PrimariaLEONARDO FLOREZ FLÓREZ Coordinador – BachilleratoGILDARDO ANTONIO GIRALDO GARCÍA Rector

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Para constancia se fi rma a los 2 días del mes de diciembre de 2012