Sistema Nacional Venezolano

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Sistema Nacional Venezolano. El Sistema Nacional de Planificación de Venezuela tiene entre sus objetivos contribuir a la optimización de los procesos de definición, formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas en cada uno de sus niveles, a la efectividad, eficacia y eficiencia en el empleo de los recursos públicos dirigidos a la consecución, coordinación y armonización de los planes, programas y proyectos para la transformación del país, a través de una justa distribución de la riqueza, mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta, para el logro de las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación. El Sistema Nacional de Planificación está integrado por el Consejo Federal de Gobierno; los consejos de planificación y coordinación de políticas públicas de cada Estado; los consejos locales de planificación pública de cada municipio; los consejos de planificación comunal y los consejos comunales Las políticas públicas son las respuestas que el Estado puede dar a las demandas de la sociedad, en forma de normas, instituciones, prestaciones, bienes públicos o servicios. En este sentido, está ligado directamente a la actividad del Estado en tanto ejecutor, es decir, aludiendo a la Administración del Estado, centralizada o descentralizada. Involucra una toma de decisiones y previamente un proceso de análisis y de valorización de dichas necesidades. Sistema universal de protección de los DDHH La Carta de Naciones Unidas y la Declaración Universal de los Derechos Humanos son los principales instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos. Posterior a su nacimiento, se ha ido ampliando el catálogo de instrumentos mediante la creación de tratados sobre diversos tipos de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos o el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

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Sistema Nacional Venezolano.El Sistema Nacional de Planificacin de Venezuela tiene entre sus objetivos contribuir a la optimizacin de los procesos de definicin, formulacin, ejecucin y evaluacin de las polticas pblicas en cada uno de sus niveles, a la efectividad, eficacia y eficiencia en el empleo de los recursos pblicos dirigidos a la consecucin, coordinacin y armonizacin de los planes, programas y proyectos para la transformacin del pas, a travs de una justa distribucin de la riqueza, mediante una planificacin estratgica, democrtica, participativa y de consulta abierta, para el logro de las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Econmico y Social de la Nacin.El Sistema Nacional de Planificacin est integrado por el Consejo Federal de Gobierno; los consejos de planificacin y coordinacin de polticas pblicas de cada Estado; los consejos locales de planificacin pblica de cada municipio; los consejos de planificacin comunal y los consejos comunalesLas polticas pblicas son las respuestas que el Estado puede dar a las demandas de la sociedad, en forma de normas, instituciones, prestaciones, bienes pblicos o servicios. En este sentido, est ligado directamente a la actividad del Estado en tanto ejecutor, es decir, aludiendo a la Administracin del Estado, centralizada o descentralizada. Involucra una toma de decisiones y previamente un proceso de anlisis y de valorizacin de dichas necesidades.

Sistema universal de proteccin de los DDHHLa Carta de Naciones Unidas y la Declaracin Universal de los Derechos Humanos son los principales instrumentos internacionales de proteccin de los derechos humanos. Posterior a su nacimiento, se ha ido ampliando el catlogo de instrumentos mediante la creacin de tratados sobre diversos tipos de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos o el Pacto Internacional sobre Derechos Econmicos, Sociales y Culturales.Para velar por el fiel cumplimiento de los derechos humanos por parte de los Estados integrantes de Naciones Unidas, en el ao 1946 se decidi crear la Comisin de Derechos Humanos, que posteriormente en el ao 2006 cedi su lugar al Consejo de Derechos Humanos.Sistema universal (ONU).1. Principales instrumentos: Declaracin Universal. Pacto de Derechos Civiles y Polticos. Pacto de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales.2. Mecanismos y procedimientos de proteccin Convencionales y no convencionales. Sistema de informes.3. Referencia a la Corte Internacional de Justicia y al Tribunal Penal Internacional.4. Referencia a la existencia de otras ramas del Derecho internacional pblico que protegen al individuo: Derecho internacional humanitario, Derecho internacional de los refugiados, Derecho penal internacional.Qu es el Sistema Universal de Derechos Humanos?Todos los Estados Miembros de la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU), en virtud de los artculos 55 y 56 de la Carta de la Organizacin (1945), tienen importantes obligaciones en materia de derechos humanos. La Declaracin Universal de Derechos Humanos (1948) se constituye en la primera norma sustantiva que concret en 30 artculos el contenido de los derechos humanos y libertades fundamentales enunciados en la ya citada Carta (1).Desde la Declaracin Universal de Derechos Humanos, los principios bsicos en ella consagrados han ido precisndose y desarrollndose en numerosas normas positivas (sustantivas y procesales) contenidas en unos 200 tratados internacionales y protocolos, as como en innumerables normas del Derecho internacional general, normas consuetudinarias y principios generales del Derecho internacional (2).En el marco anterior, la ONU ha creado el Sistema Universal de Proteccin de los Derechos Humanos (SUDH) para supervisar el accionar de los Estados miembros y cooperar con sus esfuerzos en este campo. Cmo se protegen los derechos a travs del Sistema Universal de Derechos Humanos?El SUDH cuenta con dos mecanismos de proteccin de los derechos humanos: el mecanismo convencional y el mecanismo extra convencional de proteccin de los derechos humanos. Qu es el mecanismo convencional de proteccin de los derechos humanos?El mecanismo convencional de proteccin de los derechos humanos recibe este nombra porque encuentra su base constitutiva en los tratados internacionales de derechos humanos, los mismos que establecen mecanismos de proteccin internacional de los derechos en ellos consagrados, importa una autntica innovacin en el Derecho internacional.Los principales tratados de Naciones Unidas establecen un rgano de vigilancia (llamado rgano de tratado o Comit) a fin de supervisar el cumplimiento de las disposiciones en ellos sealadas por parte de los Estados que hayan ratificado o se hayan adherido al instrumento internacional.

Comit de VigilanciaTratado

Comit de Derechos Humanos Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos

Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales

Comit para la Eliminacin de la Discriminacin Racial Convencin Internacional para la Eliminacin de todas las formas de Discriminacin Racial

Comit contra la Tortura Convencin contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes

Comit de los Derechos del Nio Convencin sobre los Derechos del Nio

Comit para la proteccin de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares Convencin Internacional sobre la proteccin de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares

Comit sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Convencin sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer Convencin sobre la Eliminacin de todas las formas de Discriminacin contra la Mujer

Comit contra las Desapariciones Forzadas Convencin Internacional para la proteccin de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas

Qu es el mecanismo extraconvencional de proteccin de los derechos humanos?Cuyo objeto es paliar algunas de las deficiencias de los procedimientos reconocidos en los textos convencionales.

Sistema Interamericano

Constituye el marco para la promocin y proteccin de los derechos humanos, y provee un recurso a los habitantes de Amrica que han sufrido violacin de sus derechos humanos por parte del Estado.Los pilares del sistema son:1. la Comisin Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con sede en la ciudad de Washington D.C. y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en San Jos de Costa Rica.2. El sistema interamericano de derechos humanos se fundamenta en la Declaracin Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, adoptada en 1948, la Carta de la OEA (1948) y en la Convencin Americana sobre Derechos Humanos, suscrita en 1969 y vigente desde 1978.

Sistema interamericano (OEA). Referencia de la existencia de otros sistemas regionales.a) Principales instrumentos: Declaracin Americana. Convencin Americana sobre Derechos Humanos. b) La Comisin: Competencias. Mecanismos y procedimientos de proteccin. c) La Corte: Competencias. Mecanismos y procedimientos de proteccin. d) Proteccin cautelar y provisional. e) Situacin de Venezuela (Casos. Informes. Medidas. Postura de autoridades venezolanas sobre valor de medidas cautelares; y sobre procedimiento de aplicacin de medidas provisionales).

Sistema AfricanoEl sistema africano de proteccin de los derechos humanos es el ms reciente y el menos evolucionado de los sistemas regionales actualmente en funcionamiento. El principal instrumento convencional con el que cuenta es laCarta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos, aprobada el 27 de junio de 1981 en el marco de laXVIIIConferencia de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organizacin para la Unidad Africana (OUA) y que entr en vigor en octubre de 1986. En dicha Carta se expresa un concepto peculiar de los derechos humanos, concepto que es reflejo de las propias singularidades del continente africano (Ojo, 1990:115), pero que al mismo tiempo es una parte constitutiva importante de un concepto universal de los derechos humanos (Benedek, 1983:150).

La Carta de BanjulLaCarta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos(tambin conocida como laCarta de Banjul) es un instrumento de derechos humanos internacional cuyo objetivo es promover y proteger los derechos humanos y libertades bsicas en el continente africano.Surgi bajo la supervisin de la Organizacin para la Unidad Africana (en la actualidad reemplazada por la Unin Africana). En su Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de 1979 adopt una resolucin en favor de la creacin de un comit de expertos para redactar un borrador de un instrumento de derechos humanos de mbito continental similar a los ya existentes en Europa (Convencin Europea de Derechos Humanos) y Amrica (Convencin Americana de Derechos Humanos).

La Comisin Africana de Derechos Humanos y de los PueblosACHPRLa CADHP fue establecida por la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (21 de octubre de 1986) despus de su adopcin en Nairobi (Kenia) en 1981 por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organizacin para la Unidad Africana (OUA).La Comisin desarrolla varias tareas que conciernen a la promocin y proteccin de los derechos humanos. Es importante destacar que las decisiones adoptadas por la Comisin no son vinculantes.La Comisin:1. Recopila documentos e investigaciones sobre la situacin africana respecto a derechos humanos y de los pueblos.2. Organiza conferencias y difunde informacin sobre derechos humanos en frica.3. Interpreta los contenidos de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y sus Protocolos.4. Revisa informes por pas sobre la situacin de los derechos humanos.5. Recibe, analiza e investiga comunicaciones individuales e interestatales.6. Pide a los Estados que adopten medidas provisionales para evitar daos graves e irreparables a la vida humana y la integridad personal en casos urgentes.7. Publica informes sobre la situacin de los derechos humanos.8. Lleva a cabo visitas para observar la situacin de los derechos humanos en diversos pases.Para presentar un caso ante la Comisin es necesario cumplir con las siguientes pautas:1. Los casos slo pueden presentarse despus de haber agotado todos los recursos legales internos disponibles.2. Los casos deben presentarse dentro de un tiempo razonable a partir de la fecha en que se agotaron los recursos internos.

Comunicacin con la CADHPEl asunto de la comunicacin no debe estar pendiente de acuerdo en otro proceso internacional. La comunicacin debe contener el nombre del demandante aunque el autor desee permanecer annimo. La Comisin (y la Corte) no revelarn la identidad del demandante si ste lo pide y explica los motivos especficos. La comunicacin debe ser compatible con la Carta de la OUA y la Carta Africana.Cualquiera, ya sea en nombre propio o en el de otra persona, puede presentar una comunicacin a la Comisin. Ciudadanos particulares, un grupo de individuos, organizaciones no gubernamentales y Estados que hayan firmado la Carta pueden presentar reclamaciones. No es necesario que el demandante o autor de la comunicacin est relacionado de algn modo con la vctima del abuso pero la vctima debe ser mencionada. Un demandante puede actuar solo sin necesidad de ayuda profesional. Sin embargo, siempre es de utilidad buscar ayuda de un abogado, especialmente para remitirle las cuestiones tcnicas que puedan surgir. Las ONG y asociaciones familiares pueden ayudar a los individuos al presentar sus demandas a la Comisin (o a la Corte).

La Corte Africana de Derechos Humanos y de los PueblosCorte Africana de Derechos HumanosLa Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos es el ms reciente de los tres organismos regionales de derechos humanos. Fue creada en 1998 bajo el Protocolo de Banjul, 12 aos tras la entrada en vigor de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Celebr sus 3 primeras sesiones en 2006 en Ads Abeba (Etiopa) y en Banjul. Est formada por once jueces independientes. La Corte Africana puede:dictar decisiones vinculantes y ordenar medidas de reparacin en comunicaciones individuales (slo cuando el Estado afectado haya reconocido expresamente su competencia adjudicatoria) o interestatales (para las que no es necesario un reconocimiento expreso)ordenar la adopcin de medidas provisionales para evitar daos graves e irreparables a la vida humana y la integridad personal en casos urgentes y adoptar opiniones consultivas sobre la interpretacin de la Carta Africana y sus Protocolos.