SISTEMA TRIBUTARIO Prof: David Aquino Benites. COLEGIO DE LA INMACULADA Jesuitas - Lima.
-
Upload
custodio-porto -
Category
Documents
-
view
225 -
download
0
Transcript of SISTEMA TRIBUTARIO Prof: David Aquino Benites. COLEGIO DE LA INMACULADA Jesuitas - Lima.
SISTEMA TRIBUTARIO
Prof: David Aquino Benites.
COLEGIO DE LA INMACULADACOLEGIO DE LA INMACULADA
Jesuitas - LimaJesuitas - Lima
Ante la desigualdad del reparto inicialde la propiedad
Aplicando medidasde redistribución
de la riqueza
Ofreciendo bienesy serviciospúblicos
Ante la existencia de actividades
que son monopoliosnaturales
Controlando las empresas
monopolísticas
Ante la existencia de necesidades básicas que el
mercado no satisface
El ESTADO interviene
EL ESTADO EN LA ECONOMÍA ACTUAL
FUNCIONES ECONÓMICAS DE LOS ESTADOS (ESTADO DEL BIENESTAR)
El cumplimiento de las funciones del Estado se financia con los tributos.
El SISTEMA TRIBUTARIO es el conjunto de instituciones, normas y principios con los cuales se REGULA EL TRASLADO DE RECURSOS a través de TRIBUTOS de las personas a favor del ESTADO.
SISTEMA TRIBUTARIO
Política tributariaMEF
Administración tributaria
Normas tributariasCódigo tributario
Gobierno central Otros finesGobiernos locales
SUNAT*Impuesto a la renta.*IGV.*ISC.*Aranceles.*Tasas.
MUNICIPIOS*Impuesto predial.*Alcabala.*Automotor.*Apuestas.*Juegos.*EPND.
INSTITUCIONES*ESSALUD.*ONP.*SENATI.*SENCICO.
DEFINICIÓN DE SISTEMA TRIBUTARIO
ENTES QUE APLICAN IMPUESTOS
SUNAT
Institución pública que tiene por finalidad administrar, recaudar y fiscalizar los tributos internos, así como las aportaciones al ESSALUD, ONP y otros que la ley le asigne.
Facultades de la SUNAT:1. Recaudación
(TRIBUTOS+ARANCELES).2. Determinación.3. Cobranza coactiva.4. Fiscalización.5. Sanción.
¿BOLETAS O FACTURAS?
Utilizada en la compra de insumos o bienes por parte de una empresa. Permite utilizar el crédito fiscal.
Para consumidores finales.
Desde los S/. 5.00.
PROBLEMAS DE LA SUNAT
MUNICIPALIDADES
Según el D.L N° 776 las municipalidades cobran y se benefician de impuestos establecidos por ley.
Las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la ley.
IMPUESTOS MUNICIPALES (DL N°776)
IMPUESTO CARACTERÍSTICAS
PREDIALEs de periodicidad anual y grava el valor de los predios urbanos y rústicos. Va del 0.2% al 1%
del valor del predio.
ALCABALA
Es de realización inmediata y grava las transferencias de propiedad de bienes
inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito. Equivale al 3% del valor del
inmueble.
VEHICULAR
De periodicidad anual, grava la propiedad de los vehículos,
automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses y ómnibuses, con una
antigüedad no mayor de tres (3) años. Equivale al 1% del valor del vehículo.
A LAS APUESTAS
De periodicidad mensual. Grava los ingresos de las entidades organizadoras
de eventos hípicos y similares, en las que se realice apuestas. Va de12% al 20% de
la diferencia entre lo ganado y pagado por la empresa organizadora.
A LOS JUEGOS
Grava la realización de actividades relacionadas con los juegos, tales como
loterías, bingos y rifas, así como la obtención de premios en juegos de azar. Equivale al
10% del valor de lo ganado.
A LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO DEPORTIVOS
- El Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos grava el monto que se abona por
concepto de ingreso a espectáculos públicos no deportivos en locales y parques cerrados con excepción
de los espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet, circo y folclore
nacional, calificados como espectáculos públicos culturales por el Instituto Nacional de Cultura. Va del 10 al
15% de lo recaudado.
BASE TRIBUTARIA
Son el conjunto de personas naturales y jurídicas que deben cumplir con el deber de pagar tributos.
El ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, señaló que la tasa de evasión tributaria en el Perú está por encima de lo observado en América Latina, ya que asciende hasta 50% en el Impuesto a la Renta y a 35% en el Impuesto General a las Ventas (IGV).
LOS TRIBUTOS
Son prestaciones en dinero que el ESTADO exige (en ejercicio de sus facultades) a los integrantes de su sociedad con el fin de FINANCIAR SUS GASTOS PRESUPUESTALES para cumplir con sus funciones.
El CÓDIGO TRIBUTARIO y las LEYES TRIBUTARIAS son las normas que rige los tributos.
Clasificación de los tributos:
IMPUESTOS TRIBUTOS cuyo pago no implica una
contraprestación directa por parte del Estado. El IGV (impuesto general a las ventas) y el IR
(impuesto a la renta) son los principales. Los impuestos van dirigidos al gobierno
central (SUNAT) y hacia los gobiernos locales (MUNICIPIOS).
SUNAT*Impuesto a la renta.*IGV (18%).*ISC (0-118%).*IPM (2%).*Aranceles (importaciones).*Tasas.
MUNICIPIOS*Impuesto predial (0.2-1%).*Alcabala (3%).*Automotor (1%. 3 años).*Apuestas.*Juegos.*EPND.
Pueden ser DIRECTOS e INDIRECTOS:
DIRECTOS INDIRECTOS
Afectan los INGRESOS o el PATRIMONIO de los contribuyentes.
Afectan la PRODUCCIÓN, VENTA o CONSUMO de los contribuyentes.
Impuesto a la renta.Impuesto predial.Impuesto vehicular.Impuesto a los activos netos.
IGV.ISC.Aranceles.ITF.Alcabala.Rodaje
LOS IMPUESTOS SEGÚN A QUIEN AFECTAN:
Pueden ser PROGRESIVOS, PROPORCIONALES o REGRESIVOS:
LOS IMPUESTOS SEGÚN CUÁNTO AFECTAN:
INGRESOY
T/Y
% D
EL
ING
RE
SO
PA
GA
DO
C
OM
O IM
PU
ES
TO
REGRESIVO
PROPORCIONAL
PROGRESIVO
TASAS Es el TRIBUTO cuyo pago genera una prestación efectiva de un servicio público
individualizado. Son 3 los tipos de tasas:
ARBITRIOS: Pagados por el mantenimiento o servicios públicos (EJ: limpieza, regado de parques, serenazgo).
DERECHOS: Pagados por servicios administrativos o por usar bienes públicos (Ej: partidas, DNI, peaje, ticket museo).
LICENCIAS: Pagados para obtener autorizaciones para ciertas actividades (EJ: conducir, funcionamiento negocio).
CONTRIBUCIONES Son pagos para constituir un FONDO por el
que el contribuyente recibe contraprestación directa por parte del Estado.
Existen contribuciones a:1.- ESSALUD.2.- ONP.3.- SENATI (Industriales 0.75%).4.- SENCICO (Construcción 0.2%).5.- CONAFOVICER .
Presión tributaria
Es el porcentaje (%) de la producción (PBI) que el Estado capta a través de los tributos en un periodo determinado.
Brinda al Estado información sobre los efectos de los impuestos en la economía.
En nuestro país bordea el 13% mientras que en Chile y Argentina supera el 20%.
TRIBUTOS RECAUDADOS POR EL GOBIERNO CENTRAL
PT = ---------------------------------------------------------------------------------------- X 100P B I
LA CURVA DE LAFFER:
TIPO IMPOSITIVO
t
Y
RE
CA
UD
AC
IÓN
Para un tipo t1 se recauda Y1. Para un tipo t2 se recauda Y2. Subir por encima de t2, BAJA LA RECAUDACIÓN a Y3
A partir de un tipo t2, empieza la economía sumergida y la fuerte
evasión tributaria
t1 t3t2
Y2
Y1
Y3