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Por: CPC Miguel Angel Villagómez Chinchay
Centro de Emprendimiento Negocios, Asesorías y
Consultorías S.A.C.
EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
1. EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL2. CLASIFICACION3. TRATAMIENTO LEGISLATIVO4. LEY, T.U.O. Y D.S. N° 135-99-EF Y SUS
MODIFICATORIAS5. DECRETO LEGISLATIVO N° 7716. TRATAMIENTO PRESUPUESTARIO DEL
SISTEMA TRIBUTARIO: CLASIFICADORES DE INGRESOS
EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
Estado
EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
TRIBUTOS
Servicios Colectivos
PolíticaTributaria
AdministraciónTributaria
•Aduanas•SUNAT•Municipios (SAT)
CIUDADANOS
Se desenvuelve dentro del marco conceptual que le
brinda el Derecho Tributario, el Código Tributario y
la Ley Penal Tributaria.
Se materializa a través del cobro de impuestos,
contribuciones y tasas que constituyen ingresos
tributarios de los diferentes niveles de gobierno.
EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
Política Tributaria
Administración TributariaTres líneas estratégicas Control del cumplimiento. Facilitación del cumplimiento Lucha contra el
incumplimiento tributario
EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
Tiene una estructura básica estándar a nivel
internacional
Está conformada por el Impuesto a la Renta, el IGV
(IVA), el ISC, los Derechos Arancelarios, los tributos
municipales y las contribuciones al Seguro Social de
Salud - EsSalud y al Sistema Nacional de Pensiones
– ONP.
EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
Sistema Sistema TributarioTributarioSistema Sistema
TributarioTributario
Política TributariaPolítica
Tributaria
Administración
Tributaria
Administración
Tributaria
Normas Legales
LAS COLUMNAS DE UN SISTEMA TRIBUTARIOLAS COLUMNAS DE UN SISTEMA TRIBUTARIO
EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
POLÍTICA TRIBUTARIA
Rama de la política fiscal que trata de:
• La distribución de la carga impositiva
• Efectos de los tributos sobre el proceso económico.
Objetivos : Asegurar la sostenibilidad de las finanzas públicas. Eliminar las distorsiones del sistema tributario, para
promover la eficiencia económica e incrementar los ingresos tributarios.
Movilización de nuevos recursos a través de ajustes o reformas tributarias.
EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
Política Política TributariaTributariaPolítica Política
TributariaTributaria
Que Impuestos
Que Impuestos
Quienes Contribuyen
Quienes Contribuyen
Que se grava
Que se grava
Cual es la tasa
Cual es la tasa
Políticas Sectoriales
Políticas Sectoriales
Normas Legales
EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
Serv. al Contribuyent
e
Serv. al Contribuyent
e
ADMINISTRACION TRIBUTARIAADMINISTRACION TRIBUTARIA
AdministraciAdministraciónón
TributariaTributaria
AdministraciAdministraciónón
TributariaTributaria
RecaudaciónRecaudación
FiscalizaciónFiscalización
CobranzaCobranza
Facilidades
Administrativas
para el pago
Facilidades
Administrativas
para el pago
Recomienda en
Política Tributaria
Recomienda en
Política Tributaria
Servicio al Estado
Servicio al Estado
Hacer que se
cumplanlas
Normas
Hacer que se
cumplanlas
Normas
Normas Legales
“ La Administración Tributaria debe contar con
todos los instrumentos necesarios para aplicar correctamente la ley”
EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS
El Tribunal Fiscal SUNAT ADUANAS Gobiernos Locales Sistema Seguridad
Social ONP Otros de Ley
EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
CARACTERISTICAS DESEABLES DE UN SISTEMA TRIBUTARIO
• Equidad
• Eficiencia
• Simplicidad
• Rendimiento de cuentas (Accountability)
EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
CLASIFICACION
RACIONALES E HISTÓRICOS
a.Racional (Schmölders), el legislador crea deliberadamente la armonía entre los objetos que se persigue y los medios empleados.
b.Histórico: la armonía se produce sola, por espontaneidad de la evolución histórica.
Sainz de Bujanda: “Ambos actúan en todas las estructuras fiscales, sólo conviene saber la proporción de cada participación”.
CLASIFICACION
Impuesto único-Bandini, Vaubam, Law, Los Fisiócratas (Impuesto único sobre la tierra)-Revans (Impuesto único sobre consumos individuales)-Menier (Impuesto único sobre capitales fijos)-Tellier (Impuesto único sobre productos en general)-Pastor (Impuesto único sobre las profesiones)-Henry George (Impuesto único sobre la tierra libre de mejoras)
Impuesto único sobre herencias, rentas y consumo de energía eléctrica
CLASIFICACION
Impuesto múltiple
-Proudhon - El peligro de la iniquidad (injusticia)
-Wagner - Incompatibilidad con la movilización de personas y capitales. -León Walras - Inconveniente equivalencia a una confiscación si era sobre la tierra. -Passy - Insuficiencia para obtener todos los recursos que requieren los estados.
CLASIFICACION
OBJECIONES AL IMPUESTO ÚNICO
•No hay impuesto perfecto en cuanto a la distribución de la carga tributaria - impuestos correctores plurales.
•Atenúan la posibilidad de evasión tributaria mediante la correlación entre sí.
•La capacidad contributiva no se evidencia como si se hace en una multiplicidad
CLASIFICACION
OBJECIONES AL IMPUESTO ÚNICO
•Faltaría la productividad para enfrentar las necesidades de Estado
Reig: El uso del sistema múltiple no significa la multiplicidad indiscriminada de tributos que utilicen similares bases de imposición, pero que diferencian los hechos imponibles, oportunidad de pago y formalidades innecesarias e inconvenientes.
TRATAMIENTO LEGISLATIVO
PODER TRIBUTARIO
TERMINOLOGÍA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
Poder tributario.Potestad tributaria (Luque) Poder Fiscal. (Belaunde Guinassi)
TRATAMIENTO LEGISLATIVOPODER TRIBUTARIO
CONCEPTO: Facultad - inherente a la soberanía estatal y limitada por normas constitucionales legales - para crear, modificar, exonerar y suprimir tributos. TENDENCIAS: 1.Que sustentan un alcance legislativo. El Poder Tributario regido por la Constitución y las leyes, se ejerce únicamente en forma legislativa agotándose en el momento de la ley tributaria. (DINO JARACH, GIULLIANI F., FLORES POLO.)2.Que sustenta un alcance legislativo y administrativo. El Poder Tributario no se agota en el momento legislativo sino abarca todo el derecho tributario en sus fases administrativas y jurisdiccionales (MICHELI, MAFFEZZONI, FEDELI. )
TRATAMIENTO LEGISLATIVOPODER TRIBUTARIO
FORMAS DE EJERCERPoder Tributario Originario: Nace de la propia Constitución.
Poder Legislativo - Impuestos, Contribuciones, Tasas Poder Ejecutivo - Tasas - Aranceles Municipios - Tasas y Contribuciones
Poder Tributario Delegado - Derivado: Nace de la ley
Poder Ejecutivo - Impuestos y Contribuciones
LIMITACIONESPrincipios ConstitucionalesInmunidades
TRATAMIENTO LEGISLATIVOPRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
LEGALIDAD“Nullum tributum sine lege”
RESERVA DE LA LEYRegulación de materias estrictamente a través de una ley OTTO MAYER (Utilizó originalmente)
NO CONFISCATORIEDAD Un tributo no puede exceder la capacidad contributiva.- IMR : RTF N° 652-2-96
Marco Legal
TUO Código Tributario D.S Nº 135-99-TUO Código Tributario D.S Nº 135-99-EF.EF.
DL Nº 981 Modifican artículos del TUO DL Nº 981 Modifican artículos del TUO del Código Tributario (Publicado el del Código Tributario (Publicado el 15.03.07)*15.03.07)*
______________(*) Vigentes a partir del 01-04-2007(*) Vigentes a partir del 01-04-2007
LEY, T.U.O. Y D.S. N° 135-99-EF Y SUS MODIFICATORIAS
LEY, T.U.O. Y D.S. N° 135-99-EF Y SUS MODIFICATORIAS
Impuestos
Contribuciones
Tasas:Arbitrios
Derechos
Licencias
Ámbito de aplicación
Domicilio Fiscal Personas Naturales
Residencia habitual: permanencia mayor a seis meses.
Desarrolla actividades civiles o comerciales.
Donde se encuentran bienes relacionados hechos que generan obligaciones tributarias.
LEY, T.U.O. Y D.S. N° 135-99-EF Y SUS MODIFICATORIAS
Domicilio Fiscal Personas Jurídicas
Dirección o administración efectiva. Centro principal de actividad. Bienes relacionados con hechos que
generan obligaciones tributarias. Domicilio de representante legal: domicilio
fiscal, o cualquiera de los señalados a personas naturales
LEY, T.U.O. Y D.S. N° 135-99-EF Y SUS MODIFICATORIAS
Domicilio Fiscal de No Domiciliados
Establecimiento permanente en país, se aplicarán a éste las disposiciones de las personas jurídicas domiciliadas
El de representante legal.
LEY, T.U.O. Y D.S. N° 135-99-EF Y SUS MODIFICATORIAS
DECRETO LEGISLATIVO N° 771
DECRETO LEGISLATIVO N° 771
I. Código tributario
II. Los tributos siguientes
1. Para el Gobierno Central
a) Impuesto a la Renta
b) Impuesto General a las Ventas
c) Impuesto Selectivo al Consumo
d) Derechos arancelarios
e) Tasas por prestación servicios administrativos - TUPAS
f) El Nuevo Régimen Único Simplificado – RUS
DECRETO LEGISLATIVO N° 771
II. Los tributos siguientes2. Para los Gobiernos Locales - D. Leg. N° 776 Impuesto a los Casinos de Juego - D. L. N° 258363. Para otros fines a) Contribuciones de seguridad social b) Contribución al SENATI c) Contribución al SENCICO d) Contribuciones por regulación
TRATAMIENTO PRESUPUESTARIO DEL SISTEMA TRIBUTARIO: CLASIFICADORES DE INGRESOS
CLASIFICACIÓN PRESUPUESTARIA•RECURSOS O INGRESOS ORIGINARIOS
O PATRIMONIALES
–Provienen de la explotación de los bienes del Estado
–Provienen de la explotación de los recursos naturales
•RECURSOS O INGRESOS DERIVADOS O TRIBUTARIOS
–Provienen del ejercicio de la potestad tributaria
–Impuestos, contribuciones y tasas
TRATAMIENTO PRESUPUESTARIO DEL SISTEMA TRIBUTARIO: CLASIFICADORES DE INGRESOS
Clasificación de los Recursos Públicos
Según la recaudación:
Rentas originarias o recursos originales: Constituyen parte de del patrimonio privado del Estado y le pertenecen a éste de igual manera que los bienes privados de un particular forman parte del patrimonio de éste.
Rentas o recursos derivados del Derecho Público: Los que el Estado percibe por razones de orden político y leyes de orden constitucional fundamentales. (Poder impositivo).
Ejm : Los empréstitos, las multas fiscales, las herencias y bienes vacantes, los legados y las donaciones.
CONCLUSIONES
El sistema tributario peruano es el conjunto de impuestos, contribuciones y tasas.
El Decreto Legislativo No. 771, es denominado como la “Ley Marco del Sistema Tributario Nacional”.
Regula la estructura del sistema tributario peruano, identificando cuatro grupos de tributos : Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras instituciones públicas (ESSALUD, ONP, SENATI y SENCICO entre otras.
La clasificación de los recursos públicos según la recaudación está dada por: Rentas originarias y recursos derivados.