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ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA 3 DE JUNIO DE 2016 TOKIKO GOBERNU BATZARRAK 2016KO EKAINAREN 3AN EGINDAKO BILKURAREN AKTA PRESIDENTE /LEHENDAKARIA : Excmo. Sr. D. Gorka Urtaran Agirre jauna. CONCEJALES /ZINEGOTZIAK : Dª Itziar Gonzalo de Zuazo andrea Dª Nerea Melgosa Vega andrea Dª Jaione Aguirre López de Araya andrea D. Peio López de Munain López de Luzuriaga jauna Dª Isabel Martínez Díaz de Zugazúa andrea D. Carlos Zapatero Berdonces jauna Dª Estíbaliz Canto Llorente andrea CONCEJAL SECRETARIO / ZINEGOTZI IDAZKARIA : D. Iñaki Prusilla Muñoz jauna En la Casa Consistorial de la Ciudad de Vitoria-Gasteiz, siendo las 08:30 horas del día 3 de junio de 2016, se reunió en sesión ordinaria la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL bajo la Presidencia del Excmo. Sr. Alcalde- Presidente, Don Gorka Urtaran Agirre, con asistencia de los Concejales miembros que más arriba se indican, encontrándose asimismo presente el Concejal Secretario de la misma, D. Iñaki Prusilla Muñoz, que da fe del acto. A continuación, se trataron los siguientes asuntos: Vitoria-Gasteizko udaletxean, 2016ko ekainaren 3an, 08:30 zirela, TOKIKO GOBERNU BATZARRA bildu da ohiko bilkuran, Gorka Urtaran Agirre alkate lehendakaria batzarburu zela, eta goian aipatzen diren zinegotzi batzordekideak bertan izanik. Bertan zen, orobat, zinegotzi idazkaria, Iñaki Prusilla Muñoz jauna, zeinek ematen baitu bilkuran jazotakoaren fede. Ondoren, honako gai hauek aztertu dira:

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ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA 3 DE JUNIO DE 2016

TOKIKO GOBERNU BATZARRAK 2016KO EKAINAREN 3AN EGINDAKO BILKURAREN AKTA

PRESIDENTE /LEHENDAKARIA:

Excmo. Sr. D. Gorka Urtaran Agirre jauna.

CONCEJALES /ZINEGOTZIAK:

Dª Itziar Gonzalo de Zuazo andrea Dª Nerea Melgosa Vega andrea Dª Jaione Aguirre López de Araya andrea D. Peio López de Munain López de Luzuriaga jauna Dª Isabel Martínez Díaz de Zugazúa andrea D. Carlos Zapatero Berdonces jauna Dª Estíbaliz Canto Llorente andrea

CONCEJAL SECRETARIO / ZINEGOTZI IDAZKARIA:

D. Iñaki Prusilla Muñoz jauna

En la Casa Consistorial de la Ciudad de Vitoria-Gasteiz, siendo las 08:30 horas del día 3 de junio de 2016, se reunió en sesión ordinaria la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL bajo la Presidencia del Excmo. Sr. Alcalde-Presidente, Don Gorka Urtaran Agirre, con asistencia de los Concejales miembros que más arriba se indican, encontrándose asimismo presente el Concejal Secretario de la misma, D. Iñaki Prusilla Muñoz, que da fe del acto.

A continuación, se trataron los

siguientes asuntos:

Vitoria-Gasteizko udaletxean, 2016ko ekainaren 3an, 08:30 zirela, TOKIKO GOBERNU BATZARRA bildu da ohiko bilkuran, Gorka Urtaran Agirre alkate lehendakaria batzarburu zela, eta goian aipatzen diren zinegotzi batzordekideak bertan izanik. Bertan zen, orobat, zinegotzi idazkaria, Iñaki Prusilla Muñoz jauna, zeinek ematen baitu bilkuran jazotakoaren fede.

Ondoren, honako gai hauek aztertu dira:

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Nº 1

ASUNTO: LECTURA Y APROBACION DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

Leída el Acta de la sesión anterior, celebrada el día 27 de mayo de 2016, queda aprobada por unanimidad de los asistentes.

A continuación, se trataron los asuntos y adoptaron los acuerdos siguientes, aprobándose y haciendo suyos, con el resultado que se expresa en ellos, los siguientes dictámenes y propuestas, cuyo texto íntegro o parte dispositiva a continuación se transcriben:

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

DEPARTAMENTO DE ALCALDÍA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 2

ASUNTO: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ Y LA DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA PARA EL DESARROLLO DEL PLAN GENERAL DE PROMOCIÓN DEL USO DEL EUSKERA (EBPN-ESEP), AÑO 2016. Desde 2006 la Diputación Foral de Álava y el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz suscriben anualmente un convenio de colaboración para el desarrollo del Plan General de Promoción del Uso del Euskera (EBPN-ESEP).

El 23 de mayo de 2016 se reunieron el director del Departamento Foral de Euskara, Cultura y Deporte y el jefe del Servicio Foral de Euskera con el concejal del Servicio de Euskera y el jefe del Servicio Municipal de Euskera, con objeto de evaluar el desarrollo de la colaboración interinstitucional durante 2015 y acordar el plan de actuación para el año 2016.

Las actividades desarrolladas durante 2015 se consideran acordes a lo establecido en el convenio, y la memoria económica presentada por el Ayuntamiento el 29 de febrero de 2016 ha sido fiscalizada favorablemente por el órgano foral de Intervención.

Para el año 2016, se acuerda el siguiente plan de actuación: 1.- El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y la Diputación Foral de Álava organizarán, fomentarán y presentarán conjuntamente las campañas de sensibilización y fomento del euskera (Euskararen Txantxangorria, entre otras iniciativas).

2.- El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y la Diputación Foral de Alava ofrecerán servicios lingüísticos a personal del comercio, hostelería y/o otros gremios. Para ello, se desarrollará un programa para dinamizar la presencia y el uso del euskera en el ámbito del comercio de Vitoria y del Territorio con las siguientes acciones: se creará un catálogo, se ofrecerá un servicio de asesoramiento, se podrán visitar los establecimientos, se establecerá un plan de comunicación y se ofrecerá la posibilidad de realizar planes de euskera. El material que se cree dentro del programa podrá ser utilizado para su distribución por todo el territorio histórico.

3.- El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz trabajará en la promoción del uso del euskera en el ámbito del ocio, tiempo libre y deporte:

- Publicará una convocatoria de subvenciones para proyectos de promoción del euskera en actividades de ocio, deportivas y extraescolares

- Ofrecerá apoyo técnico para impulsar el uso del euskera en las actividades extraes-colares.

- Dinamizará el uso del euskera, colaborando con entidades y agentes del ámbito del ocio, tiempo libre y deportes, y les ofrecerá asesoramiento y servicios de apoyo.

- Impulsará actividades de formación sobre dinamización lingüística destinadas a las personas que trabajan en estos ámbitos.

4.- Ambas instituciones organizarán y presentarán conjuntamente las actividades en torno al Día Internacional del Euskera, tomando en consideración posibles propuestas provenientes de otras mesas de trabajo.

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

5.- El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz organizará sesiones de formación, sensi-bilización, o ambas, para el alumnado joven, especialmente en los centros escolares que estén trabajando estas líneas, y en colaboración con los agentes de dichos centros.

6.- El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz promocionará la cultura vasca y el sector cultural desde el punto de vista del euskera, garantizando su presencia social, analizando sus necesidades y adaptándose a las necesidades de la comunidad lingüística. Asimismo, fomentará, en colaboración con la Diputación Foral de Álava y mediante una convocatoria específica, los proyectos culturales en euskera creados por jóvenes.

- Promocionará el uso del euskera en programaciones que sean de referencia (proporción de la oferta, calidad, adaptaciones, innovación, público…).

- Trabajará cauces de comunicación para mejorar la información, difusión y coor-dinación entre instituciones, agentes, creadores, programadores y público.

- Ofrecerá apoyo a asociaciones, agentes o redes culturales, que teniendo el uso del euskera como objetivo, pretendan poner en marcha proyectos y programaciones comunes, fuertes, referenciales y con dinámica propia.

7.- La aportación que la Diputación Foral realizará para el ejercicio 2016 es de 40.000 euros. Dicha aportación se realizará a cuenta de la partida 70.1.05.74.00.223.09.03.8.

8.- La aportación que realizará el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para el ejercicio 2016 ascenderá a 80.000 euros, a cuenta de las partidas 2016/0171.3351.22748 2016/0171.3351.22780, 2016/0171.3351.22780R, 2016/0171.3351.48005

Mediante este convenio el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz recibe de la Diputación Foral de Álava 40.000 euros. Posteriormente, en febrero de 2017, el Ayuntamiento justificará a la Diputación mediante un certificado del tesorero municipal el destino que ha tenido tanto la aportación foral de 40.000 euros como la aportación municipal de 80.000 euros (puntos séptimo y octavo del plan de actuación).

El Servicio Municipal de Euskera emite informe de fecha de 24 de mayo de 2016 en el que, a la vista de todo lo anterior, propone: “Suscribir para el año 2016 el convenio de colaboración y el plan de actuación entre el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y la Diputación Foral de Álava para el desarrollo del Plan General de Promoción del Uso del Euskera, cuyo texto y anexo se adjuntan al expediente”.

CONSIDERANDO que en virtud del artículo 3.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las Administraciones públicas, en sus relaciones, se rigen por el principio de cooperación y colaboración, y en su actuación por los criterios de eficiencia y servicio a los ciudadanos.

CONSIDERANDO que están excluidos del ámbito de la Ley de Contratos del Sector Público los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado con las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, las Universidades Públicas, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales, organismos autónomos y restantes entidades públicas, o los que celebren estos organismos y entidades entre sí, salvo que, por su naturaleza, tengan la consideración de contratos sujetos a esta Ley (artículo 4.1.c del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público).

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

CONSIDERANDO que corresponde a la Junta de Gobierno Local colaborar con el Sr. Alcalde en la dirección política que a éste corresponde, así como el desarrollo de la gestión económica del Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 126.1º y 127.1g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local. Visto el Decreto de Alcaldía sobre Delegación de Competencias de fecha 24 de mayo de 2016, así como el artículo 127.1.g) de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, el Concejal Delegado del Servicio de Euskera eleva a la Junta de Gobierno Local la siguiente,

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO.- Aprobar el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y la Diputación Foral de Álava, y el plan de actuación que lo acompaña, para el desarrollo del Plan General de Promoción del Uso del Euskera, cuya vigencia se extenderá hasta 31 de diciembre de 2016, y cuyo texto y anexo se adjuntan al expediente. El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz realizará una aportación de 80.000,00 euros para financiar el presente convenio de colaboración, cantidad que se consignará con cargo a las partidas 2016/0171.3351.22748 2016/0171.3351.22780, 2016/0171.3351.22780R, 2016/0171.3351.48005. La Diputación Foral de Álava por su parte realizará una aportación de 40.000,00 euros a cuenta de la partida 70.1.05.74.00.223.09.03.8. SEGUNDO.- Comunicar el presente acuerdo a la Diputación Foral de Álava, determinando día y fecha para su formalización. TERCERO.- El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se produzca la desestimación presunta del recurso.

No obstante, Uds. decidirán lo que estimen pertinente.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de junio de 2016.

EL CONCEJAL DELEGADO DEL SERVICIO DE EUSKERA

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Nº 3

ASUNTO: RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL SERVICIO DE IGUALDAD PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES Y PROYECTOS EN MATERIA DE IGUALDAD DE GÉNERO EN EL MUNICIPIO DE VITORIA-GASTEIZ. EJERCICIO 2016.

En sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz el día 23 de diciembre de 2015, se aprobó la Convocatoria de subvenciones del Servicio Municipal de Igualdad para el ejercicio 2016, dirigida a asociaciones constituidas sin ánimo de lucro, incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de asociaciones de Euskadi, que estén inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y tengan su ámbito de actuación en el municipio de Vitoria-Gasteiz.

Si bien en el apartado 3.1. de esta Convocatoria queda recogido que “los recursos económicos que el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz destina en 2016 a la presente Convocatoria…ascienden a la cantidad total de veinte mil (20.000,00) euros…”, finalmente han sido destinados cincuenta mil (50.000,00) euros.

En efecto, el artículo 56 del Reglamento 887/2006 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Subvenciones señala que en los casos de aprobación anticipada de la convocatoria, si el presupuesto finalmente aprobado fuera superior a la cuantía inicialmente estimada, el órgano gestor podrá decidir su aplicación o no a la convocatoria, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto antes de la resolución, sin necesidad de nueva convocatoria. El importe aprobado en la tramitación anticipada fue de 20.000 euros, y ahora, con la aprobación del presupuesto para el 2016, la cuantía prevista para esta convocatoria ha aumentado hasta los 50.000 euros. Se incrementa por lo tanto, a voluntad del órgano gestor, la cantidad inicialmente prevista en 30.000 euros, hasta alcanzar los 50.000 euros.

Dicha convocatoria tiene dos líneas de subvención, una dotada con seis mil (6.000,00) euros iniciales destinada a la subvención de actividades a realizar en torno al 8 de Marzo / Día Internacional de las Mujeres, y otra dotada con catorce mil euros iniciales (14.000,00) destinada a la subvención de actividades y proyectos en materia de igualdad de mujeres y hombres. Además, en el caso de que la cantidad destinada a la subvención de actividades a realizar en torno al 8 de marzo no se agotara, el importe no concedido se dedicará a la subvención de actividades y proyectos en materia de igualdad de género, a realizar a lo largo del ejercicio 2016. -En relación con las actividades a realizar en torno al 8 de Marzo, por el Servicio de Igualdad se presenta informe, de fecha 19 de mayo 2016, en el que se propone: La CONCESIÓN de subvención a las asociaciones siguientes y por los proyectos e importes que a continuación se relacionan:

ASOCIACIÓN PROYECTO SUBVENCIÓN CONCEDIDA

Forum Feminista María de Maeztu

Proyecto “Taller: ¿Violencias machistas cuando consumimos? 1.345,50€

Asociación Jalgi-SurgirProyecto “Recital de poesía“ 395,00€

Asociación GizarterakoProyecto “Conferencia: Africanas y migrantes: el empoderamiento como vía para alcanzar la igualdad efectiva”

288,58€

Asociación de Mujeres Proyecto “Conferencia: El viaje de las mujeres pakistaníes”150,00€

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

ASOCIACIÓN PROYECTO SUBVENCIÓN CONCEDIDA

por la Igualdad de Derechos MUID

Asociación Mujeres Sin Fronteras

Proyecto “Work Café: Nosotras mujeres protagonistas de la historia

487,63€1

Niksquash Club Deportivo Femenino

Proyecto. “I Open femenino de squash Gasteiz-Hiria el 5 de marzo en los frontones Beti-Jai”

1.420,00€

TOTAL DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS

4.086,71€

Las seis asociaciones han presentado de forma correcta en tiempo y forma la documentación requerida y los 6 proyectos presentados por estas 6 asociaciones cumplen con los términos establecidos en la base 10.2 por la que se requiere que los proyectos obtengan al menos un 50% de la puntuación máxima alcanzable (ver detalle en el Anexo 1del informe que consta en el expediente).

-En relación con la realización de actividades y proyectos en materia de igualdad de mujeres y hombres en el municipio de Vitoria-Gasteiz por el Servicio de igualdad se presenta informe de 19 de mayo 2016. Habiendo sido finalmente destinada la cantidad de 4.086,71 euros a la realización de actividades en torno al 8 de marzo, se cuenta con un total de 45.913,29 euros para la subvención de estas actividades. Como se explicita en el punto 10.2 de las bases, para poder ser objeto de subvención los proyectos presentados deberán obtener un mínimo del 50% (es decir, 50 puntos) de la puntuación máxima alcanzable según los criterios de valoración de proyectos establecidos.

Tal y como queda recogido en el punto 11.6 de las bases, la cuantía de la subvención se calculará atendiendo a lo siguiente: Hasta el 100% de presupuesto aceptado para los proyectos que obtengan una puntuación entre 80 y 100 puntos según los criterios de adjudicación enunciados en el apartado 10. Hasta el 90% de presupuesto aceptado para los proyectos que obtengan una puntuación entre 60 y 80 puntos y hasta el 80% para los que obtengan entre 50 y 60 puntos.

A continuación se relacionan las subvenciones que se proponen:

Tabla 1: Proyectos subvencionados

ASOCIACIÓN PROYECTO PUNTUACIÓN TOTAL

OBTENIDA

SUBVENCIÓN SOLICITADA

SUBVENCIÓN CONCEDIDA

AMPA IES Francisco de Vitoria

Ciclo de Cine para la Igualdad 8 de Marzo

50,5 2.200€ 1.760€ (80%)

AI LAKET!! Emakumeentzako Festarako Arrisku Murrizketa Gida

65 2.985€ 2.686,5€ (90%)

INSOLA, Asociación de Inserción Social

Hacia la Igualdad de Género 56 840€ 672€ (80%)

1 se minora el presupuesto en 352,00€ imputados a la cobertura de la nómina y Seguridad social de la administrativa por no considerarse personal especialista. (apartado 11.3.b de las bases).

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Reeducativa de Álava

A.G.L.E Asociación Alavesa de Trabajo Social

Contra la desigualdad y una vida sin violencia” mujeres mayores de 65 años

54 1.750€ 1.400€ (80%)

Asoc. ALDARTE Centro de atención a Gays y Lesbianas

Grupo de Referencia MujeresTrans

64 3.000€ 2.700€ (90%)

Clara Campoamor Sé lo que publicaste el último minuto

50,5 2.850€ 2.175€2

1.740€ (80% de 2.175€)

Txintxarrinak Naturzale Elkartea

Taller de ecofeminismo 61,5 1.258€ 698€3

628,20€ (90% de 698€)

Eginaren Eginez

Las mujeres somos inteligentes y muy válidas/ Emakumeak admientsuak eta oso baliogarriak gara

73,25 3.000€ 2.700€ (90%)

Asociación de Ayuda a Personas Presas (ADAP)

Género, Arteterapia y empoderamiento en el ámbito penitenciario

61,5 2.905,13€ 2.614,62€ (90%)

SETEM Hego Haizea

Enfrentando las violencias machistas: Aprendizaje organizacional colectivo para prevenir, identificar e intervenir dentro de nuestras organizaciones

72 2.607,70€

2.346,93€ (90%)

Cruz Roja Álava

Talleres de Mejora de la Empleabilidad para Mujeres

62 3.000€ 2.700€ (90%)

Asociación Colombia-Euskadi

Fomento de los principios de Igualdad al interior de la asociación Colombia Euskadi

54,75 2.610€ 2.088€ (80%)

Asociación Alavesa de Mujeres con cáncer de mama y ginecológico (ASAMMA)

Violencia y Cáncer de Mama 63,5 7.675€ 2.700€ (90%)

ON:GIZ Berdintasunaren Aldeko Elkartea

GIZ:ONAK Intervención con hombres a favor de la igualdad

66,75 2.995€ 2.695,5€ (90%)

Asociación AMA

Curso de cuidado a bebés para hombres

56,5 1.540€ 1.232€ (80%)

Comisión Ciudadana Anti-Sida de Álava

Comunicación con Perspectiva de Género

63,5 3.000€ 2.700€ (90%)

2 Se ha ajustado el presupuesto presentado por la asociación al valor del mercado (art.31.1 de Ley General de

Subvenciones).

3 Se minora el presupuesto en 560,00€ , imputados a la cobertura de los gastos de coordinación del proyecto por no considerarse personal especialista ( apartado 11.3.b de las bases).

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Asociación Cultural La Vía Láctea

Cine bajo arresto

56,5 3.000€ 2.400€ (80%)

Asociación Mujeres en la Diversidad

Acogida, formación y sensibilizaciónincidencia en materia de género e interculturalidad

56,5 1.093,10€ 874,48€ (80%)

TOTAL 36.638,23€

A continuación se relacionan los proyectos con puntuaciones inferiores a 50 puntos:

Tabla 2: PROYECTOS CON PUNTUACIONES INFERIORES A 50 PUNTOS

ASOCIACIÓN PROYECTO PUNTUACIÓN TOTAL OBTENIDA

Salburua Burdinbide Elkartea. AAVV Salburua

Parámetros implícitos en la carrera a pie tras la maternidad: guía para una práctica deportiva saludable. Escuela de running para madres

32,5

Asociación Kuéntame La comunicación como herramienta para construir la igualdad32

Asociación Kuentame Sexismo no es igualdad 32

Centro de Infancia, Juventud y Mujer de Euskadi María Cambrils

Quisieron vivir felices y se les atragantaron las perdices

49

Asociación AMA Grupos de Mujeres +Kmadres 46,5

Asociación Solidaridad Vasco Ecuatoriana

Amorfinos en Igualdad 46

El proyecto presentado por la Fundación Fondo Formación (“Taller de prevención y sensibilización en materia de violencia contra las mujeres”) NO puede acceder a esta convocatoria por NO CUMPLIR uno de los requisitos especificados en el apartado 4.3 de la Convocatoria al haber sido presentado por una Fundación y no por una asociación. Visto que a fecha de hoy existe suficiente consignación en el presupuesto de gastos vigente, partida 0160.2381.481.39: 50.000 euros. La Concejala-Delegada del Departamento de Alcaldía y Relaciones Institucionales, en virtud del Decreto de Alcaldía sobre Delegación de Competencias de fecha 19 de junio de 2015, así como del artículo 5.1 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones y del artículo 127.1.g) de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, eleva a la Junta de Gobierno Local la siguiente: PROPUESTA DE ACUERDO: PRIMERO.- APROBAR la concesión de subvención para actividades a realizar en torno al 8 de marzo a las siguientes asociaciones, para los proyectos indicados y por los siguientes importes con cargo a la partida 0160.2381.481.39 del presupuesto de gastos vigente para 2016:

ASOCIACIÓN PROYECTO SUBVENCIÓNCONCEDIDA

Forum Feminista María de Maeztu Proyecto “Taller: ¿Violencias machistas cuando consumimos?1.345,50€

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Asociación Jalgi-Surgir Proyecto “Recital de poesía“ 395,00€

Asociación Gizarterako Proyecto “Conferencia: Africanas y migrantes: el empoderamiento como vía para alcanzar la igualdad efectiva”

288,58€

Asociación de Mujeres por la Igualdad de Derechos MUIDProyecto “Conferencia: El viaje de las mujeres pakistaníes”150,00€

Asociación Mujeres Sin Fronteras Proyecto “Work Café: Nosotras mujeres protagonistas de la historia487,63€4

Niksquash Club Deportivo FemeninoProyecto. “I Open femenino de squash Gasteiz- 1.420,00€

TOTAL DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS

4.086,71€

SEGUNDO. - Aprobar la concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades y proyectos en materia de igualdad de mujeres y hombres en el municipio de Vitoria-Gasteiz a las siguientes asociaciones para los proyectos indicados y por los siguientes importes con cargo a la partida 0160.2381.481.39 del presupuesto de gastos 2016: Tabla 1: Proyectos subvencionados

ASOCIACIÓN PROYECTO PUNTUACIÓN TOTAL OBTENIDA

SUBVENCIÓN SOLICITADA

SUBVENCIÓN CONCEDIDA

AMPA IES Francisco de Vitoria

Ciclo de Cine para la Igualdad 8 de Marzo

50,5 2.200€ 1.760€ (80%)

AI LAKET!!

Emakumeentzako Festarako Arrisku Murrizketa Gida

65 2.985€ 2.686,5€ (90%)

INSOLA, Asociación de Inserción Social Reeducativa de Álava

Hacia la Igualdad de Género56 840€ 672€ (80%)

A.G.L.E Asociación Alavesa de Trabajo Social

Contra la desigualdad y una vida sin violencia” mujeres mayores de 65 años

54 1.750€ 1.400€ (80%)

Asoc. ALDARTE Centro de atención a Gays y Lesbianas

Grupo de Referencia MujeresTrans

64 3.000€ 2.700€ (90%)

Clara Campoamor

Sé lo que publicaste el último minuto

50,5 2.850€ 2.175€5

1.740€ (80% de 2.175€)

Txintxarrinak Naturzale Elkartea

Taller de ecofeminismo 61,5 1.258€ 698€6

628,20€ (90% de 698€)

4 se minora el presupuesto en 352,00€ imputados a la cobertura de la nómina y Seguridad social de la administrativa por no considerarse personal especialista. (apartado 11.3.b de las bases).

5 Se ha ajustado el presupuesto presentado por la asociación al valor del mercado (art.31.1 de Ley General de

Subvenciones).

6 Se minora el presupuesto en 560,00€ , imputados a la cobertura de los gastos de coordinación del proyecto por no considerarse personal especialista ( apartado 11.3.b de las bases).

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Eginaren Eginez

Las mujeres somos inteligentes y muy válidas/ Emakumeak admientsuak eta oso baliogarriak gara

73,25 3.000€ 2.700€ (90%)

Asociación de Ayuda a Personas Presas (ADAP)

Género, Arteterapia y empoderamiento en el ámbito penitenciario

61,5 2.905,13€ 2.614,62€ (90%)

SETEM Hego Haizea

Enfrentando las violencias machistas: Aprendizaje organizacional colectivo para prevenir, identificar e intervenir dentro de nuestras organizaciones

72 2.607,70€

2.346,93€ (90%)

Cruz Roja Álava Talleres de Mejora de la Empleabilidad para Mujeres

62 3.000€ 2.700€ (90%)

Asociación ColombiaEuskadi

Fomento de los principios de Igualdad al interior de la asociación Colombia Euskadi

54,75 2.610€ 2.088€ (80%)

Asociación Alavesa de Mujeres con cáncer de mama y ginecológico (ASAMMA)

Violencia y Cáncer de Mama63,5 7.675€ 2.700€ (90%)

ON:GIZ Berdintasunaren Aldeko Elkartea

GIZ:ONAK Intervención con hombres a favor de la igualdad

66,75 2.995€ 2.695,5€ (90%)

Asociación AMA Curso de cuidado a bebés para hombres

56,5 1.540€ 1.232€ (80%)

Comisión Ciudadana Anti-Sida de Álava

Comunicación con Perspectiva de Género

63,5 3.000€ 2.700€ (90%)

Asociación Cultural La Vía Láctea

Cine bajo arresto

56,5 3.000€ 2.400€ (80%)

Asociación Mujeres en la Diversidad

Acogida, formación y sensibilización-incidencia en materia de género e interculturalidad

56,5 1.093,10€ 874,48€ (80%)

TOTAL 36.638,23€

TERCERO.-NO CONCEDER subvención a las asociaciones que se indican a continuación por obtener una puntuación inferior a 50 puntos: Tabla 2: PROYECTOS CON PUNTUACIONES INFERIORES A 50 PUNTOS

ASOCIACIÓN PROYECTO PUNTUACIÓN TOTAL OBTENIDA

Salburua Burdinbide Elkartea. AAVV Salburua

Parámetros implícitos en la carrera a pie tras la maternidad: guía para una práctica deportiva saludable. Escuela de running para madres

32,5

Asociación Kuéntame La comunicación como herramienta para construir la igualdad

32

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Asociación Kuentame Sexismo no es igualdad 32

Centro de Infancia, Juventud y Mujer de Euskadi María Cambrils

Quisieron vivir felices y se les atragantaron las perdices

49

Asociación AMA Grupos de Mujeres +Kmadres 46,5

Asociación Solidaridad Vasco Ecuatoriana

Amorfinos en Igualdad 46

CUARTO.- No admitir la solicitud presentada por la Fundación Fondo Formación (“Taller de prevención y sensibilización en materia de violencia contra las mujeres”) por no cumplir uno de los requisitos especificados en el apartado 4.3 de las bases, al haber sido presentado por una Fundación y no por una asociación. QUINTO.- Notificar el presente acuerdo a los interesados haciéndoles saber que pone fin a la vía administrativa y contra él puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se produzca la desestimación presunta del recurso. SEXTO.- Ordenar la publicación de las subvenciones concedidas en la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, con indicación del beneficiario, cantidad otorgada y demás información exigida en el artículo 14 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Publicar asimismo la información que proceda en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de mayo de 2016.

LA CONCEJALA DELEGADA DEL DEPARTAMENTO DE ALCALDÍA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 4

ASUNTO: RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS O SERVICIOS DIRIGIDOS A LA JUVENTUD A DESARROLLAR EN EL AÑO 2016. El Servicio de Juventud puso en marcha la convocatoria de subvenciones para proyectos o servicios dirigidos a la juventud a desarrollar en el año 2016, que fue publicada el día 8 de abril de 2016 en el BOTHA nº 39. La convocatoria que se propone corresponde a la promoción de proyectos dirigidos al colectivo joven que se desarrollen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2016. A la vista de las solicitudes recibidas, una vez realizada la valoración de las mismas, en informe de 20 de mayo de 2016 los servicios técnicos proponen: 1º.- Conceder una subvención a los siguientes proyectos, por los importes que se señalan:

SOLICITANTE

PROYECTO

PUNTUACIÓN

SUBVENCIÓN CONCEDIDA

SUBVENCIÓN SOLICITADA

PROYECTO

OREKA DANCE Oreka Festival de danza urbana

77

3.000

4.207

7.612,22

AJEBASK Etorkizuna garatzen

62

2.727

2850

3030

ASOC. T.L. CARMELITAS

Proyecto Fomento Voluntariado juvenil

62

1.354,5

1.505

1.505

AILAKET Boluntariotza hedatuz

62

3.000

5.062,81

10.132,40

EGINAREN EGINEZ

Ocio inclusivo para tod@s

61

2.700

3.000

3.000

JIMMY JAZZ Gazte Talent

61

3.000

7.500

9.650

GAZTEOK XXI Revista Gazteen Berriak

58

3.000

3.000

8.100

GAZTEOK XXI Semana de cine Ikusiz Ikasi

55

1.000

1.000

8.500

AMPA FRANCISCO DE VITORIA

Grupo de debate y revista “Hausnartu-El Pilar”

50

1.900

1.900

2.400

ASPACE Mejora de la formación del programa de voluntariado

50

2.500

2500

3.500

TOTAL A SUBVENCIONAR 24.181,50 € 2º.- Desestimar la subvención a los siguientes proyectos :

SOLICITANTE PROYECTO PRESUPUESTO SOLICITUD OBSERVACIONES ASOCIACIÓN CULTURAL VALINOR

Actividades anuales Asociación

7.944 4.344 No es objeto de esta convocatoria, en la que están excluidos aquellos proyectos cuyo fin primordial sea la programación anual de actividades.

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

SOLICITANTE PROYECTO PRESUPUESTO SOLICITUD OBSERVACIONES AZANEA AFRICA

Expectativas y esperanza para la prevención de la guetización y el etnopolio

3.000 3.000 No alcanza la puntuación.

Vistas las bases que rigen esta convocatoria, aprobadas por Junta de Gobierno Local de 11 de marzo de 2016. CONSIDERANDO lo regulado en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, en el artículo 23 y siguientes del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y en la Ordenanza Municipal de Subvenciones aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz el día 17 de junio de 2005 y publicada en el B.O.T.H.A. nº 5 de 13 de enero de 2006. Visto el Decreto de Alcaldía sobre Delegación de Competencias de fecha 19 de junio de 2015, así como el artículo 5.1 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones y el artículo 127.1.g) de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, el Concejal-Delegado del Servicio de Juventud eleva a la Junta de Gobierno la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO: Primero.- Aprobar la concesión de subvenciones para la realización de proyectos dirigidos a jóvenes, durante el año 2016, para los proyectos indicados y por los siguientes importes con cargo a la partida 2016/0116 2371 48935 del presupuesto de gastos vigente para 2016:

SOLICITANTE

PROYECTO

PUNTUACIÓN

SUBVENCIÓN CONCEDIDA

SUBVENCIÓN SOLICITADA

PROYECTO

OREKA DANCE Oreka Festival de danza urbana

77

3.000

4.207

7.612,22

AJEBASK Etorkizuna garatzen

62

2.727

2850

3030

ASOC. T.L. CARMELITAS

Proyecto Fomento Voluntariado juvenil

62

1.354,5

1.505

1.505

AILAKET Boluntariotza hedatuz

62

3.000

5.062,81

10.132,40

EGINAREN EGINEZ

Ocio inclusivo para tod@s

61

2.700

3.000

3.000

JIMMY JAZZ Gazte Talent

61

3.000

7.500

9.650

GAZTEOK XXI Revista Gazteen Berriak

58

3.000

3.000

8.100

GAZTEOK XXI Semana de cine Ikusiz Ikasi

55

1.000

1.000

8.500

AMPA FRANCISCO DE

Grupo de debate y revista

50

1.900

1.900

2.400

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

VITORIA

“Hausnartu-El Pilar”

ASPACE Mejora de la formación del programa de voluntariado

50

2.500

2500

3.500

TOTAL A SUBVENCIONAR 24.181,50 € Segundo: Desestimar la subvención a los siguientes proyectos:

-“Actividades Anuales Asociación”, de la Asociación Cultural Valinor, por no ser objeto de esta convocatoria aquellos proyectos cuyo fin primordial sea la programación anual de actividades. - “Expectativas y esperanza para la prevención de la guetización y el etnopolio”, de la Asociación AZANEA AFRICA, por no alcanzar la puntuación mínima exigida (50 puntos). Tercero.- Notificar el presente acuerdo a los interesados haciéndoles saber que pone fin a la vía administrativa y contra él puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se produzca la desestimación presunta del recurso. Cuarto.- Ordenar la publicación de las subvenciones concedidas en la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, con indicación del beneficiario, cantidad otorgada y demás información exigida en el artículo 14 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Publicar asimismo la información que proceda en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

No obstante, Uds. decidirán lo que estimen pertinente.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de mayo de 2016

EL CONCEJAL DELEGADO DEL SERVICIO DE JUVENTUD

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

DEPARTAMENTO DE CULTURA, EDUCACIÓN Y DEPORTE

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 5

ASUNTO: CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA ASOCIACIÓN MARATLON PARA LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DEL “VITORIA-GATEIZ TRIATLÓN 2016”.

El Servicio de Deportes del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, consciente de la importancia de la celebración del “Vitoria-Gasteiz Triatlón 2016”, el próximo día 10 de julio de 2016 en Vitoria-Gasteiz, estima de interés la celebración de dicha prueba como vehículo idóneo para la promoción de la actividad físico-deportiva y presenta el expediente para la formalización del Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y la asociación Maratlón, entidad organizadora del citado evento.

El artículo 1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local,

reconoce la autonomía local en la gestión de los intereses propios de las correspondientes colectividades, lo que se traduce en la amplia capacidad de obrar en el cumplimiento de sus fines y en el ámbito de sus competencias, tal como se establece en el artículo 5 del mismo cuerpo legal.

La Ley 14/1998, de 11 de junio, reguladora del Deporte en el País Vasco,

concibe el deporte como actividad social de interés público y en su artículo 2.3 establece los criterios en los que los poderes públicos, en el ámbito de sus respectivas competencias, deben basar la política deportiva. Entre tales criterios se cuentan el fomento del deporte de competición, la colaboración responsable en materia deportiva entre las distintas administraciones públicas y entre éstas y las federaciones deportivas y/o cualesquiera otras entidades deportivas, así como la adopción de medidas que incentiven el patrocinio privado del deporte como complemento de la actuación pública.

El deporte en su vertiente competitiva constituye una actividad social que

suscita gran interés en la ciudadanía y ha de ser promocionada y potenciada por los poderes públicos de acuerdo con los criterios mencionados.

Por otra parte, la celebración de pruebas deportivas de relevancia

coadyuva a la proyección de los lugares en los que las mismas se celebran. La Asociación Maratlón organiza el “Vitoria-Gasteiz Triatlón 2016” a

realizar el 10 de julio de 2016 en Vitoria-Gasteiz. Por todo lo expuesto, Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 24 de mayo de 2016

sobre Delegación de Competencias, la Concejala Delegada del Departamento de Cultura, Educación y Deporte, eleva a la Junta de Gobierno Local la siguiente

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

PROPUESTA DE ACUERDO: PRIMERO: Aprobar el expediente sobre la suscripción del convenio de

colaboración con la Asociación Maratlón para la organización del “VITORIA-GASTEIZ TRIATLÓN 2016” a celebrar el día 10 de julio de 2016 en Vitoria-Gasteiz.

SEGUNDO: Aprobar el texto del precitado Convenio, facultando a la

Concejala Delegada del Departamento de Cultura, Educación y Deporte para su firma.

TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado, determinando día y

fecha para su formalización. No obstante, Uds. decidirán como mejor estimen.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de junio de 2016

LA CONCEJALA DELEGADA DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA, EDUCACIÓN Y DEPORTE

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 6

ASUNTO: APROBACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ Y LA ASOCIACIÓN GURE TXOSNAK-TXOSNEN BATZORDEA ELKARTEA PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FESTIVOS CULTURALES EN EL ENTORNO DE LAS FIESTAS PATRONALES DE LA VIRGEN BLANCA.

El AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ, dentro de su política de

promoción de la participación popular en las fiestas considera que el espacio de txosnas se ha consolidado como un espacio festivo-cultural en las fiestas patronales de la Virgen Blanca, lo cual es debido, en parte, a los años de colaboración existentes entre el Ayuntamiento y las txosnas.

Que el objetivo del Ayuntamiento es mantener su participación para la

promoción de las actividades desarrolladas por la asociación GURE TXOSNAK-TXOSNEN BATZORDEA ELKARTEA, en las fiestas de la Virgen Blanca.

Que con fecha 11 de marzo de 2016 se aprobó la convocatoria del

Departamento de Empleo y Desarrollo Económico Sostenible para la instalación de las txosnas durante las fiestas de la Virgen Blanca, habiéndose presentado 11 solicitudes

Que la asociación GURE TXOSNAK-TXOSNEN BATZORDEA ELKARTEA

engloba la totalidad de las txosnas solicitantes en dicha convocatoria. CONSIDERANDO que la Asociación Gure Txosnak aparece inscrita en el

Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz con el número 104.

CONSIDERANDO que existe consignación adecuada y suficiente para hacer

frente al pago de los espectáculos indicados en el texto del Convenio, por importe máximo de 51.000 euros IVA incluido, en la partida 231203.3381.226.61 del presupuesto de gastos vigente.

Visto lo anterior, la Concejala Delegada de Cultura, Educación y

Deporte, en virtud del Acuerdo de la Junta de gobierno Local de 24 de mayo de 2016, sobre Delegación de competencias, eleva a la consideración de la Junta de gobierno Local la siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDO APROBAR el Convenio entre el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y la

Asociación GURE TXOSNAK-TXOSNEN BATZORDEA ELKARTEA para el desarrollo de programas festivos culturales en el entorno de las fiestas patronales de la Virgen Blanca.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella puede

interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de su notificación o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente Resolución,

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de su notificación y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta del recurso.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de mayo de 2016

LA CONCEJALA DELEGADA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y DEPORTE

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

DEPARTAMENTO DE HACIENDA

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 7

ASUNTO: PROPUESTA DE ACUERDO DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA PARA LA FIRMA DE UN CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ, LA DFA Y EL PARQUE TECNOLOGICO DE ALAVA PARA EL TRANSPORTE DE VIAJEROS.

EXPEDIENTE Nº 28/16

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, tiene intención de firmar un Convenio de colaboración con la Diputación Foral de Álava y el Parque Tecnológico de Álava para la mejora del Transporte de viajeros entre Vitoria-Gasteiz y el Parque Tecnológico, por importe de 20.000,00€

El artículo 13.1 de la Norma Municipal de Ejecución, Presupuestaria 2016 establece que “Las subvenciones nominativas serán aquellas previstas nominativamente en el Presupuesto General aprobado. Las altas nuevas, la individualización con identificación de beneficiario, así como la variación al alza de las cuantías previstas como nominativas en el Presupuesto aprobado, exigirán la correspondiente modificación presupuestaria aprobada en todo caso por el Pleno”.

Por lo tanto, en aplicación de la legislación vigente en materia presupuestaria, esta Concejala del Departamento de Hacienda, eleva a la Junta de Gobierno Local la siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDO

1º Aprobar el presente expediente de Modificación de Crédito a través de una Transferencia de Crédito por un importe de VEINTE MIL EUROS -20.000,00€- , entre las partidas presupuestarias que se detallan a continuación:

PARTIDA QUE CEDE CRÉDITO: 04.10 0111 330.00 “Intereses y comisiones deuda plazo” 20.000,00€

PARTIDA QUE SE CREA Y RECIBE CRÉDITO:

04.10 4411 471.22 “Conv. con DFA y Parque Álava para el transporte de viajeros” 20.000,00€

2º Dar traslado del presente Acuerdo al Pleno de la Corporación para

su dictamen, tramitación y aprobación a través de la Comisión competente. Vitoria-Gasteiz, a 3 de junio de 2016

Itziar Gonzalo de Zuazo

CONCEJALA DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 8

Nº Expediente: 2010/CONPCO0006

ASUNTO: REVISIÓN DE LA RENTA Y DE LAS TARIFAS DEL APARCAMIENTO DEL NUEVO EDIFICIO DE OFICINAS MUNICIPALES SITO EN EL BARRIO DE SAN MARTÍN (PINTOR TEODORO DUBLANG, 25)

Por la Junta de Gobierno Local, con fecha 24 de septiembre de 2010, se

acordó adjudicar definitivamente el contrato de CESIÓN DE UN DERECHO DE SUPERFICIE PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN EDIFICIO DE OFICINAS MUNICIPALES Y SU EXPLOTACIÓN MEDIANTE ARRENDAMIENTO AL AYUNTAMIENTO a LEPAZAR XXI, de conformidad con lo especificado en su oferta y en las condiciones del Pliego de Condiciones Técnicas y Administrativas del expediente y de la Memoria presentada en la Proposición.

l acta de puesta a disposicón del edificio de oficinas municipales e

infraestructuras asociadas fue suscrita el 1 de junio de 2015. Con fecha 23 de mayo de 2016, por LEPAZAR XXI, se solicita la revisión

de la renta y de las tarifas del aparcamiento. El día 26 de mayo de 2016, por el Servicio de Contabilidad se emite un

informe en el que se hace constar lo siguiente: “La empresa LEPAZAR S.A presenta, según recoge el Pliego, la Revisión

de la Renta del Edificio de oficinas, con la parte de la Renta destinada a gastos operativos y de mantenimiento separada, y las tarifas del aparcamiento exterior del edificio para el periodo que va desde 01/06/2016 a 31/05/2017.

La entrega en arrendamiento operativo del Edificio de Oficinas al

Ayuntamiento se realizó el 01/06/2015. En dicha fecha, se puso en marcha el arrendamiento operativo para 30 años con la empresa LEPAZAR S.A.

Se procede, según el Pliego, a revisar la Renta anual y las Tarifas del

aparcamiento en rotación para el segundo año del contrato. Se aplica a la Renta y a las tarifas del año anterior la variación del I.P.C (INE) resultante entre el 30/04/2015 y el 30/04/2016 del -1,05%, redondeada a dos decimales.

Para calcular la nueva Renta, al importe de la Renta del año anterior, se

aplica la variación del I.P.C (INE) con el coeficiente ß ofertado por la empresa del 0,999 y obtenemos la Renta anual para el año siguiente.

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Concepto Renta año

anterior Coefic.

Resultante Renta nuevo

ejercicio Renta nuevo

ejercicio

Sin IVA Con todos los decimales

Sin IVA Con IVA

Renta edificio 2.033.146,44 0,9895105 2.011.819,75 2.011.819,75 Renta mantenimiento y operativo

859.102,56 0,9895105 850.091,00 1.028.610,11

Total 2.892.249 2.861.910,75 3.040.429,86 Según el Pliego, para calcular las nuevas tarifas del aparcamiento en

superficie; se aplicará a las tarifas del año anterior la variación del I.P.C. (INE) obtenida entre el 30/04/2015 y 30/04/2016 del -1,05 % y obtenemos las tarifas para el año siguiente.

Precio año

anterior I.P.C (INE) (Coef.

Revisión) Precio nuevo

ejercicio Precio nuevo

ejercicio Sin iva Sin iva Con IVA

Tarifa minuto 0,0230 0,9895 0,0228 0,0275 Los resultados obtenidos de la Revisión de Precios por el Servicio están de

acuerdo con los resultados transmitidos por la empresa LEPAZAR S.A. Es cuanto informamos de la Revisión de Precios de la Renta del Edificio, la

Renta de gastos operativos y mantenimiento del Edificio y las tarifas del aparcamiento en rotación del Nuevo Ayuntamiento de San Martín para el ejercicio entre el 01/06/2016 y 31/05/2017.”

Visto lo anterior, la Concejala Delegada del Departamento de Hacienda a

la Junta de Gobierno Local, formula la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO: 1. Aprobar la revisión, para el periodo comprendido entre el 1 de

junio de 2016 y el 31 de mayo de 2017, de la renta y de las tarifas del aparcamiento del nuevo edificio de oficinas municipales sito en el Barrio de San Martín, con los siguientes importes:

RENTA EDIFICIO:

Concepto Renta año anterior

Coefic. Resultante

Renta nuevo ejercicio

Renta nuevo ejercicio

Sin IVA Con todos los decimales

Sin IVA Con IVA

Renta edificio 2.033.146,44 0,9895105 2.011.819,75 2.011.819,75 Renta mantenimiento y operativo

859.102,56 0,9895105 850.091,00 1.028.610,11

Total 2.892.249 2.861.910,75 3.040.429,86 TARIFAS APARCAMIENTO:

Precio año anterior

I.P.C (INE) (Coef. Revisión)

Precio nuevo ejercicio

Precio nuevo ejercicio

Sin iva Sin iva Con IVA Tarifa minuto 0,0230 0,9895 0,0228 0,0275

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

2. Notificar el presente acuerdo a LEPAZAR XXI, S.A., haciendo constar que frente al mismo podrá interponerse reclamación previa a la vía judicial civil ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de tres años desde su notificación y si la Administración no notificara su decisión en el plazo de tres meses, podrá considerar desestimada su reclamación al efecto de formular la correspondiente demanda judicial ante los tribunales competentes.

Vitoria-Gasteiz, 3 de junio de 2016.

LA CONCEJALA DELEGADA DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Nº 9

Número de Expediente: 2016/CONOOR0043

ASUNTO: APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE OBRAS DE REFORMA EN LA ZONA DE TAQUILLAS DE LA ESTACIÓN DE AUTOBUSES EN LA CIUDAD DE VITORIA-GASTEIZ

Por los Servicios Técnicos del Departamento de Mantenimiento de Edificios, se ha elaborado el proyecto para la contratación de las OBRAS DE REFORMA EN LA ZONA DE TAQUILLAS DE LA ESTACIÓN DE AUTOBUSES EN LA CIUDAD DE VITORIA-GASTEIZ, en el que se justifica la necesidad de la misma para resolver el problema de reverberación acústica, elevando el cierre existente de acero inoxidable hasta el forjado, manteniendo el criterio estético del Arquitecto Director de la obra y sustituyendo el techo existente de pladur por un techo continuo, con mayor absorción acústica.

El contrato se estima idóneo para la consecución de su objeto. La naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse con el contrato y la idoneidad del objeto del contrato y su contenido para satisfacerlas se detallan en la Memoria que obra en el expediente

El presupuesto del referido contrato asciende a la cantidad de 171.829,08 euros IVA incluido.

La duración prevista del contrato será de 60 días naturales desde la fecha que se fije en el acta de comprobación del replanteo.

Este expediente de contratación se adjudicará a través del procedimiento negociado sin publicidad por ser el presupuesto del contrato inferior a las cantidades indicadas en el articulo 177.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En el pliego de cláusulas administrativas particulares se establecen los siguientes criterios de valoración de ofertas:

1. CRITERIOS DE VALORACIÓN CUANTIFICABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULA MATEMÁTICA: HASTA 90 PUNTOS:

1.1. PRECIO: HASTA 70 PUNTOS:

VALORACION CUANDO EL NÚMERO DE OFERTAS ADMITIDAS SEA IGUAL O SUPERIOR A CINCO:

La valoración de las ofertas económicas se realizará de la siguiente forma:

1. Al PRESUPUESTO DE LICITACIÓN se le asignará cero puntos.

2. A la oferta que proponga la mayor de las BAJAS, se le asignará la puntuación máxima, esto es 70 puntos .

3. El resto de ofertas obtendrán la puntuación de manera lineal teniendo en cuenta la pendiente de la recta que se forme entre la mayor de las BAJAS y el PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.

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VALORACION CUANDO EL NÚMERO DE OFERTAS ADMITIDAS SEA INFERIOR A CINCO

Cuando el número de ofertas a valorar en este apartado SEA INFERIOR A CINCO la valoración se realizará de la siguiente forma:

1.- Al PRESUPUESTO DE LICITACIÓN se le asignará cero puntos.

2.- El resto de ofertas se valorarán con la aplicación de la siguiente fórmula:

=

Baja

BajaxPuntuaciónPuntuación

máxima

ofertamáximaoferta

Siendo:

Puntuación oferta = Puntuación de la oferta

Puntuación maxima = Puntuación máxima posible a obtener

Baja oferta= Porcentaje de baja de la oferta a valorar

Baja máxima= Mayor porcentaje de baja de las ofertas presentadas.

Cuando el mayor porcentaje de baja ofertado por las ofertas admitidas sea inferior a un 10% el valor de este parámetro será 10%

1.2 ESTUDIO DE PRECIOS: HASTA 10 PUNTOS:

- Si presentan un estudio de todos los precios de la oferta descompuestos se puntuará con 10 puntos

- Si presentan un estudio con al menos un 40% de los precios de la oferta descompuestos, calculado sobre el importe que representan los epígrafes aportados sobre el precio total de la oferta, se puntuará con 5 puntos

- Si por el contrario solo presentan precios unitarios, se puntuará con 2,5 puntos.

Estos estudios de precios solamente justifican la viabilidad de la oferta. Nunca serán de aplicación en el contrato, el cual se liquidará de acuerdo a los precios del proyecto y la baja ofertada.

No puntuarán las ofertas que no presenten la totalidad de las unidades ni tampoco aquellas cuyos precios no sumen el mismo importe del presentado en la oferta según punto 1.1.

1.3. REDUCCIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN: HASTA 10 PUNTOS

Se valorará 1 punto por cada día natural de mejora en el plazo, hasta un máximo de 10 días. El plazo deberá expresarse en días naturales

En caso de empate de puntuaciones, se aplicará lo dispuesto en el punto PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN de la Carátula del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Este expediente de contratación se adjudicará a través del procedimiento NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD con varios criterios de adjudicación ya que, dada la naturaleza de las prestaciones objeto de este contrato, resulta de interés para esta Administración adjudicarlo a la proposición más ventajosa sin atender exclusivamente al precio.

En el pliego de cláusulas administrativas particulares se establecen las siguientes penalidades:

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Penalidades por incumplimiento del plazo de ejecución

El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo fijado para la realización del mismo, así como los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.

En caso de incumplimiento del plazo de ejecución se impondrán las penalidades previstas en el artículo 212.4 del Texto Refundido de Ley de Contratos del Sector Público.

Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.

Esta misma facultad tendrá el órgano de contratación respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.

La imposición de penalidades no excluye la indemnización a que pueda tener derecho este Ayuntamiento por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.

Si las obras sufrieran un retraso en su ejecución, y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos, se concederá por el órgano de contratación un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 213.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, regulándose su petición por lo establecido en el artículo 100 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Penalidades por cumplimiento defectuoso

Se impondrán penalidades por cumplimiento defectuoso si al tiempo de la recepción, los trabajos objeto de este contrato no se encuentran en estado de ser recibidos por causas imputables al contratista. Como regla general, su cuantía será del 1% del importe de adjudicación, IVA incluido, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar un 5% o hasta el máximo legal del 10% del importe de adjudicación, IVA incluido, respectivamente. En todo caso, la imposición de las penalidades no eximirá al contratista de la obligación que legalmente le incumbe en cuanto a la reparación de los defectos.

Penalidades por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución de inserción socio-laboral.

En el caso de que se hayan establecido en el punto 17 de la carátula, de producirse su incumplimiento se impondrán las penalidades establecidas en la cláusula 41 de este pliego

Penalidades por incumplimiento de otras condiciones especiales de ejecución del contrato.

En el caso de que se hayan establecido en el punto 17 de la carátula, de producirse su incumplimiento, su cuantía, como regla general, será del 1% del importe de adjudicación, IVA incluido, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar un 5% o hasta el máximo legal del 10% del importe de adjudicación, IVA incluido, respectivamente.

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Penalidades por incumplimiento de los criterios de adjudicación y por incumplimiento de las obligaciones establecidas en los pliegos que rigen el contrato

Se impondrán penalidades por este concepto si durante la ejecución del contrato o al tiempo de su recepción, se aprecia que, por causas imputables al contratista, se ha incumplido alguno o algunos de los compromisos asumidos en su oferta, los asumidos en relación con los criterios de adjudicación o las obligaciones establecidas en los pliegos que rigen el contrato. Como regla general, su cuantía será del 1% del importe de adjudicación, IVA incluido, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar un 5% o hasta el máximo legal del 10% del importe de adjudicación, IVA incluido, respectivamente. En todo caso, la imposición de las penalidades no eximirá al contratista del cumplimiento de los compromisos asumidos ni del cumplimiento de las obligaciones establecidas en los pliegos que rigen el contrato

Penalidades por incumplimiento de las condiciones para proceder a la subcontratación previstas en el artículo 227.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público o del límite máximo especial establecido para la subcontratación en el punto 11 de la carátula de este pliego

Se impondrán penalidades hasta un 50% del importe del subcontrato

El importe a abonar a la empresa BABESTU PREINCO, S.L., empresa adjudicataria del contrato de asistencia técnica en materia de Seguridad y Salud de las obras promovidas por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de septiembre de 2010, asciende a la cantidad de 559,30 euros. Dicha cantidad será abonada a BABESTU PREINCO, S.L. en concepto de coordinación en materia de seguridad y salud durante las mencionadas obras, teniendo en cuenta que el presupuesto de ejecución material es de 119.334,03 euros.

Habiéndose incorporado al expediente certificado de existencia de crédito del Interventor Municipal, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el informe del titular de la Asesoría Jurídica.

Visto el artículo 110. del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP).

Vista la Disposición adicional segunda del TRLCSP, la Concejala-Delegada del Departamento de Hacienda a la Junta de Gobierno Local presenta la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:

− Aprobar el Proyecto y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que obran en el expediente.

− Aprobar el expediente de contratación de OBRAS DE REFORMA EN LA ZONA DE TAQUILLAS DE LA ESTACIÓN DE AUTOBUSES EN LA CIUDAD DE VITORIA-GASTEIZ, con un presupuesto de 171.829,08 euros IVA incluido.

− Aprobar como forma de adjudicación el Procedimiento NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, justificándose la elección de dicho procedimiento por ser el presupuesto del contrato inferior a las cantidades indicadas en el articulo 177.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

− Ordenar la apertura del procedimiento NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, a cuyo efecto deberán remitirse invitaciones al menos a 3 empresas capacitadas para la ejecución del objeto del contrato.

No obstante, ustedes decidirán como mejor estimen.

Vitoria-Gasteiz, a 3 de mayo de 2016

LA CONCEJALA-DELEGADA DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 10

ASUNTO: RENUNCIA AL EJERCICIO DEL DERECHO DE TANTEO Y RETRACTO SOBRE LA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL IDENTIFICADA COMO PASEO DE BERLÍN Nº 6

ASUNTO RESERVADO

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 11

ASUNTO RENUNCIA AL EJERCICIO DEL DERECHO DE TANTEO Y RETRACTO SOBRE LA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL IDENTIFICADA COMO AVDA. DE LOS DERECHOS HUMANOS Nº 11

ASUNTO RESERVADO

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 12

ASUNTO RENUNCIA AL EJERCICIO DEL DERECHO DE TANTEO Y RETRACTO SOBRE LA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL IDENTIFICADA COMO OCÉANO PACÍFICO Nº 21

ASUNTO RESERVADO

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 13

Número de Expediente: 2016/CONOEX0042

ASUNTO: APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN PARA LA ENAJENACIÓN EN DOS LOTES, A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE UN 28,5824 % DE LA PARCELA RC-06 DEL SECTOR 16 “ARMENTIA OESTE” Y UN 11,68 % DE LA PARCELA C4 DEL SECTOR 53 “ZUAZO DE VITORIA”, PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ Y DESTINADAS A USO RESIDENCIAL.

Por los Servicios Técnicos de los Departamentos de Hacienda y Urbanismo se presenta la documentación preceptiva para la ENAJENACIÓN EN DOS LOTES, A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE UN 28,5824 % DE LA PARCELA RC-06 DEL SECTOR 16 “ARMENTIA OESTE” Y UN 11,68 % DE LA PARCELA C4 DEL SECTOR 53 “ZUAZO DE VITORIA”, PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ Y DESTINADAS A USO RESIDENCIAL, en la que se justifica la necesidad de la misma para obtener ingresos para el PMS de este Ayuntamiento.

Dichas parcelas de carácter patrimonial responden a la siguiente descripción:

LOTE 1: El 28,5824 % de la PARCELA RC-06 del Sector 16 “Armentia Oeste”

Descripción.- PARCELA Nº 45. Urbana, sita en el término de Armentia, Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Parcela R.C.-06 del Sector nº 16 Armentia-Oeste del PGOU de Vitoria-Gasteiz, destinada a uso residencial colectivo. Tiene una extensión superficial de tres mil quinientos catorce metros cuadrados (3.514 m²). Linda: Nordeste, parcela V.L.-1 destinada a viario local y parcela R.C.-05 destinada a uso residencial colectivo; Sur, parcela ELP-12 destinada a espacio libre y zona estancial; y al Oeste, con parcela ZV-5 destinada a zona verde.

A esta parcela le corresponde un aprovechamiento de dos mil cuatrocientos diez metros cinco decímetros cuadrados (2.410,05 m²) para uso residencial colectivo libre.

Título.- Le pertenece al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz un 28,5824% del pleno dominio de la citada parcela, por título de Compensación Urbanística, formalizada en certificación administrativa de fecha 23 de marzo de 2005, expedida en Vitoria-Gasteiz por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

Cargas.- Libre de cargas.

Inscripción Registral.- Registro de la Propiedad nº 3 de Vitoria-Gasteiz, al Tomo 4224, Libro 506, Folio 78, Finca 21.148, Inscripción 1ª.

Referencia Catastral.- 59-1871-4390-7-1-1.

LOTE 2: El 11,68 % de la PARCELA C4 del Sector 53 “Zuazo de Vitoria”

Descripción.- PARCELA Nº C4. Urbana, sita en Zuazo de Vitoria, Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Parcela señalada con la referencia “C4” de la relación de fincas resultantes en el Proyecto de Compensación del Sector nº 53 Zuazo de Vitoria del PGOU de Vitoria-Gasteiz, destinada a uso residencial. Tiene una extensión superficial de seiscientos veintiséis metros cuadrados (626 m²). Linda: Norte, con espacio libre denominado ES.ZV-3; Sur, con vial denominado VL-3; Este, con espacio libre denominado ES.ZV-3; y Oeste, con parcela resultante C3.

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Esta parcela tiene la calificación urbanística de residencial, y le corresponde una edificabilidad de doscientos metros cuadrados (200,00 m²).

Título.- Le pertenece al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz un 11,68% del pleno dominio de la citada parcela, por título de Compensación Urbanística en ejecución del Sector 53 Zuazo de Vitoria.

Cargas.- Libre de cargas.

Inscripción Registral.- Registro de la Propiedad nº 3 de Vitoria-Gasteiz, al Tomo 4284, Libro 555, Folio 1, Finca 22.510, Inscripción 1ª.

Referencia Catastral.- 59-2251-1321-5-1-1.

Obra en el expediente la siguiente documentación:

a) Notas Simples Informativas del Registro de la Propiedad nº 3 en relación con las parcelas RC-06 de Armentia Oeste y C4 de Zuazo de Vitoria, respectivamente.

b) Certificado del Inventario General de Bienes y Derechos del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz en relación con la titularidad municipal de ambas parcelas.

c) Información Topográfica de las parcelas RC-06 y C4: Plano Parcelario y Plano de situación de las redes de servicio, de cada una de las parcelas.

d) Informes Urbanísticos de las parcelas RC-06 y C4.

e) Informe de Valoración de las parcelas RC-06 y C4.

f) Informe de la Intervención municipal en relación con las parcelas RC-06 y C4.

El precio base, tipo de licitación, mejorable al alza por los licitadores, se corresponde con las valoraciones urbanísticas de los proindivisos correspondientes a cada uno de los solares y son los siguientes, IVA no incluido:

LOTE 1.- 532.694,13 € (QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS CON TRECE EUROS).

LOTE 2.- 17.262,15 € (DIECISIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS CON QUINCE CÉNTIMOS)

En el pliego de cláusulas administrativas particulares se establecen los siguientes criterios de valoración de ofertas:

La forma de adjudicación es el procedimiento abierto, conforme a los siguientes criterios de valoración:

LOTE 1: Proindiviso en parcela RC-06 del Sector 16 Armentia Oeste

Incremento de la oferta correspondiente al LOTE 1

Las ofertas económicas correspondientes al LOTE 1, podrán mejorarse mediante la adición de cuantos tramos completos de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros) considere el licitador. Sólo se considerarán los incrementos económicos que resulten de las fracciones completas de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros).

Criterios de valoración correspondiente al LOTE 1

La puntuación de cada una de las ofertas se realizará conforme al siguiente criterio:

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Importe del

pago inicial

Importe del pago

1er trimestre

Importe del pago

2º trimestre

Importe del pago

3er trimestre

Importe del pago

4º trimestre

--------------- +

----------------------- +

---------------------- +

----------------------- +

----------------------- = PUNTUACIÓN

19.600 19.700 19.800 19.900 20.000

La puntuación correspondiente a cada apartado, así como la total final obtenida se realizará con expresión de tres decimales.

LOTE 2: Proindiviso en parcela C-4 del Sector 53 Zuazo de Vitoria

Incremento de la oferta correspondiente al LOTE 2

Las ofertas económicas correspondientes al LOTE 2, podrán mejorarse mediante la adición de cuantos tramos completos de 500,00 € (quinientos euros) considere el licitador. Sólo se considerarán los incrementos económicos que resulten de las fracciones completas de 500,00 € (quinientos euros).

Criterios de valoración correspondiente al LOTE 2

La puntuación de cada una de las ofertas se realizará conforme al siguiente criterio:

Importe del

pago inicial

Importe del pago

1er trimestre

Importe del pago

2º trimestre

Importe del pago

3er trimestre

Importe del pago

4º trimestre

--------------- +

----------------------- +

---------------------- +

----------------------- +

----------------------- = PUNTUACIÓN

1.900 1.970 1.980 1.990 2.000

La puntuación correspondiente a cada apartado, así como la total final obtenida se realizará con expresión de tres decimales.

En caso de empate de puntuaciones se celebrará un sorteo.

Habiéndose incorporado al expediente el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el informe del titular de la Asesoría Jurídica y del Interventor municipal.

Visto el artículo 110. del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP).

Vista la Disposición adicional segunda del TRLCSP, la Concejala-Delegada del Departamento de Hacienda a la Junta de Gobierno Local presenta la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:

- Aprobar el expediente de contratación de ENAJENACIÓN EN DOS LOTES, A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE UN 28,5824 % DE LA PARCELA RC-06 DEL SECTOR 16 “ARMENTIA OESTE” Y UN 11,68 % DE LA PARCELA C4 DEL SECTOR 53 “ZUAZO DE VITORIA”, PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ Y DESTINADAS A USO RESIDENCIAL. El precio base, tipo de licitación, mejorable al alza por los licitadores, se corresponde con las valoraciones urbanísticas de los proindivisos correspondientes a cada uno de los solares y son los siguientes, IVA no incluido:

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

LOTE 1.- 532.694,13 € (QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS CON TRECE EUROS).

LOTE 2.- 17.262,15 € (DIECISIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS CON QUINCE CÉNTIMOS)

− Aprobar como forma de adjudicación el Procedimiento ABIERTO.

− Ordenar la publicación del pliego de condiciones aprobado y su exposición al público y la apertura del procedimiento de adjudicación ABIERTO a cuyos efectos deberá publicarse en los Boletines Oficiales.

No obstante, ustedes decidirán como mejor estimen.

Vitoria-Gasteiz, a 3 de junio de 2016

LA CONCEJALA-DELEGADA DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO SOSTENIBLE

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 14

ASUNTO: CONVOCATORIA II EDICIÓN PREMIOS “PACTO VERDE” PARA RECONOCER LAS MEJORES PRÁCTICAS MEDIOAMBIENTALES QUE LAS EMPRESAS ADHERIDAS A LA INICITIVA HAN PUESTO EN MARCHA PARA REDUCIR EL IMPACTO AMBIENTAL DE SU ACTIVIDAD Y MEJORAR SU RELACIÓN CON EL ENTORNO.

Pacto Verde se contempla como una plataforma de municipal de difusión y sensibilización de las ventajas de la gestión medioambiental como medio para la mejora de la rentabilidad de las empresas. Es un pacto de empresas del municipio de Vitoria-Gasteiz por la sostenibilidad. Su objetivo es la creación de un tejido empresarial profesional y comprometido con la gestión medioambiental. Se concibe como una oportunidad para que las empresas, independientemente de su sector de actividad o su tamaño, avancen en sus compromisos medioambientales y enfoquen su actividad hacia una forma de producir, de distribuir y de consumir más eficiente.

El objetivo de estos Premios, es reconocer y difundir públicamente los esfuerzos que, en beneficio del medio ambiente, realizan las empresas adheridas a la Comunidad Pacto Verde. En definitiva dar a conocer y mostrar ejemplos de utilidad práctica en el ámbito empresarial relacionado con Buenas Prácticas Medioambientales.

Considerando muy interesante continuar dando a conocer en 2016 dicha actividad, mediante informe del Servicio municipal a Empresas, de fecha 18 de mayo de 2016, se propone organizar y convocar una IIª edición de los Premios Pacto Verde a las mejores prácticas medioambientales puestas en marcha en la Ciudad durante el periodo 2015-2016, con el objeto de:

§ Premiar, reconocer y difundir públicamente los esfuerzos que, en beneficio del medio ambiente, realizan las empresas adheridas a Comunidad Pacto Verde.

§ Dar a conocer y mostrar ejemplos de actuaciones de utilidad práctica en el ámbito empresarial que puedan funcionar como guías y modelos a seguir, y que sean transferibles a otras empresas.

§ Conseguir la implicación, la motivación, y la conciencia medioambiental, tanto de las gerencias como de toda la plantilla de las empresas.

§ Fomentar el respeto al medio ambiente e incentivar acciones a favor del fomento del desarrollo sostenible, en relación a todo tipo de actividad empresarial.

A tal efecto, se propone convocar tres premios a las mejores prácticas medioambientales puestas en practica, según el tamaño de las empresas, dotado con 2.000,00 € cada uno de ellos, lo que hace un total de 6.000,00 € impuestos y retenciones a cuenta incluidas. Así mismo, se contempla la posible concesión de menciones de honor, sin dotación económica, en reconocimiento al trabajo desarrollado.

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Comprobada la existencia de crédito adecuado y suficiente en la Partida 0821.4331.489.85 denominada “Premios Pacto Verde” del presupuesto municipal aprobado para el año 2016.

Resultando que la competencia para la concesión de premios y subvenciones reside en la Junta de Gobierno Local, en virtud de lo establecido en el artículo 127,1, g) y 2 de la Ley de Bases de Régimen Local en su redacción dada por la Ley 57/2003, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local , y en el artículo 5º 1) de la Ordenanza Municipal de Subvenciones, como órgano que tiene atribuida la función de desarrollo de la gestión económica y, por tanto de la ejecución del Plan Estratégico Municipal de Subvenciones.

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 25,1 y 28 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local y demás concordantes del mismo texto legal, la Concejala delegada del Departamento de Empleo y Desarrollo Económico Sostenible, a la Junta de Gobierno Local eleva la siguiente,

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO.- Dentro de las actividades municipales organizadas para el fomento, en las empresas del municipio, de las buenas practicas medioambientales, aprobar la 2ª edición de los “PREMIOS PACTO VERDE” a los mejores proyectos de mejora medioambiental, dotado de los siguientes premios:

- Un premio dotado con 2.000,00 € en la Categoría de Microempresa (Empresas con plantilla de 1 a 9 personas).

- Un premio dotado con 2.000,00 € en la Categoría de Pequeña Empresa (Plantilla de 10 a 49 personas).

- Un premio dotado con 2.000,00 € en la Categoría de Mediana y Gran Empresa (Plantilla igual o superior a 50 personas).

SEGUNDO.- Aprobar las Bases, que han de regir dicha convocatoria, ordenando su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, en prensa, página web municipal y tablón de anuncios municipal.

TERCERO.- En el caso de que, en cualquiera de las tres categorías convocadas, los premios se quedaran vacantes, los mismos podrán pasar a engrosar los de otra categoría, a criterio mayoritario de los miembros que componen el Jurado nombrado al efecto.

CUARTO.- Autorizar el gasto propuesto de hasta 6.000,00 €, con cargo a la Partida 0821.4331.489.85 denominada “Premios Pacto Verde” del presupuesto municipal aprobado para el año 2016.

QUINTO.- Nombrar al jurado de la 1ª edición de los Premios Pacto Verde, que estará compuesto por:

- Dña. Teresa Ugalde, en su calidad de Jefa del Servicio municipal a Empresas del Departamento de Empleo y Desarrollo Económico Sostenible, o persona en quién delegue.

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

- Dña. Kristina Apiñaniz, en su calidad de Directora General de la Asociación Cluster de Industrias de Media Ambiente de Euskadi – ACLIMA, o persona en quien delegue.

- D. Iñaki Arriba, en su calidad de responsable de la Agencia Energética, del Departamento de Medio Ambiente y Salud Pública del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

SEXTO.- Delegar en Dña. Nerea Melosa Vega en su condición de miembro de esta Junta de Gobierno Local y Concejala delegada del Departamento de Empleo y Desarrollo Económico Sostenible, la concesión nominativa de los premios a la vista de las propuestas técnicas de los miembros del Jurado.

SEPTIMO:- Publicar la presente convocatoria, para general conocimiento, en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, así como, en la página web municipal No obstante, ustedes decidirán como mejor estimen. Vitoria-Gasteiz, a 18 de mayo de 2016. LA CONCEJALA DELEGADA DEL DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO SOSTENIBLE

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

ASESORÍA JURÍDICA

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 15

ASUNTO: EJERCICIO DE ACCIONES DE DEFENSA DEL AYUNTAMIENTO EN EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 167/16

ASUNTO RESERVADO

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 16

ASUNTO: EJERCICIO DE ACCIONES DE DEFENSA DEL AYUNTAMIENTO EN EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 170/16

ASUNTO RESERVADO

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

FUERA DEL ORDEN DEL DIA

Se trataron los siguientes asuntos

DEPARTAMENTO DE CULTURA, EDUCACIÓN Y DEPORTE

...//...

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 1

Número de Expediente: 2016/CONASO0151

ASUNTO: SELECCIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA Y REQUERIMIENTO AL LICITADOR SELECCIONADO EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE PATROCINIO DEL AZKENA ROCK FESTIVAL 2016

En sesión EXTRAORDINARIA celebrada por la Junta de Gobierno Local en la fecha de 16 de mayo de 2016, se aprobó el expediente de contratación de PATROCINIO DEL AZKENA ROCK FESTIVAL 2016.

El presupuesto aprobado al efecto fue de 260.000,00 euros IVA incluido.

El plazo de ejecución es de 17 Y 18 DE JUNIO DE 2016.

El procedimiento de adjudicación aprobado fue NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.

En el mismo se presentaron las siguientes proposiciones:

ARF VITORIA-GASTEIZ S.L., presenta completa la documentación exigida en los pliegos de condiciones y presenta una oferta de 260.000,00 euros IVA incluido.

La mesa de contratación, con fecha 1 de junio de 2016 , previo informe de los servicios técnicos, propone como oferta económicamente mas ventajosa a la presentada por la empresa ARF VITORIA GASTEIZ, S.L..

Visto el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 noviembre,la Concejala, declara no estar incurso en ninguna causa de abstención en este procedimiento.

Vista la Disposición adicional segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), el Concejal Delegado del Departamento de Cultura, Educación y Deporte a la Junta de Gobierno Local formula la siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDO

1. Seleccionar como oferta económicamente mas ventajosa en el procedimiento de licitación para la contratación de PATROCINIO DEL AZKENA ROCK FESTIVAL 2016 a la empresa ARF VITORIA GASTEIZ, S.L. con C.I.F. B01478841, en la cantidad de 260.000 euros, IVA incluido, con un plazo de ejecución de 17 y 18 de junio de 2016, en las condiciones del Pliego de Condiciones Técnicas y Administrativas del expediente y de la Memoria presentada en la Proposición.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 151 del TRLCSP, el licitador seleccionado en el plazo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de notificación de este requerimiento deberá:

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

2.1. Entregar en el Servicio de Administrativo del Departamento de Cultura, Educación y Deporte, sito en Palacio de Villa Suso, Plaza del Machete s/n, 1ª planta:

2.1.1 Alta referida al ejercicio corriente o el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento de este impuesto presentará declaración responsable haciendo constar tal circunstancia.

2.2. En caso de que no se cumplimente adecuadamente este requerimiento en el plazo señalado anteriormente se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de junio de 2016

LA CONCEJALA DELEGADA DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA, EDUCACIÓN Y DEPORTE

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 2

Número de Expediente: 2015/CONASP0399

ASUNTO: ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO EN EL MUNICIPIO DE VITORIA-GASTEIZ

En sesión ORDINARIA celebrada por la Junta de Gobierno Local en la fecha de 14 de diciembre de 2015, se aprobó el expediente de contratación de CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO EN EL MUNICIPIO DE VITORIA-GASTEIZ.

El presupuesto aprobado al efecto fue de 2.323.809,57 euros IVA incluido.

El plazo de ejecución es de UN AÑO, DESDE FORMALIZACION CONTRATO.

El procedimiento de adjudicación aprobado fue ABIERTO.

En el mismo se presentaron las siguientes proposiciones:

• Plica Número 1 Suscrita por AZTERTZEN SERVICIOS ASISTENCIALES SL., presenta completa la documentación exigida por los Pliegos de Condiciones. Ofrece un precio /hora de 21,56 euros IVA incluído.

• Plica Número 2 Suscrita por CLECE S.A. , presenta completa la documentación exigida por los Pliegos de Condiciones. Ofrece un precio/ hora de 21,67 euros IVA incluído.

• Plica Número 3 Suscrita por MEDITERRANEA GESTION S.A no se abre el Sobre A con la oferta económica por haber superado la puntuación mínima exigida en la valoración del proyecto.

Por la Junta de Gobierno Local, con fecha 16 de mayo de 2016 y previa propuesta de la Mesa de Contratación, se seleccionó como oferta mas ventajosa a la presentada por la empresa AZTERTZEN SERVICIOS ASISTENCIALES SL..

El resultado de valoración de ofertas fue el siguiente:

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Por la empresa AZTERTZEN SERVICIOS ASISTENCIALES SL. se ha procedido a la entrega de la documentación a la que hace referencia el segundo párrafo del artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP).

Vista la Disposición adicional segunda del TRLCSP, la Concejala-Delegada del Departamento de Políticas Sociales a la Junta de Gobierno Local formula la siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDO

3. Adjudicar el contrato de CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO EN EL MUNICIPIO DE VITORIA-GASTEIZ a la empresa AZTERTZEN SERVICIOS ASISTENCIALES SL. con C.I.F. B 20779468, en la cantidad 21,5642€/hora, IVA incluido, con un plazo de ejecución de 1 año desde la formalización del contrato, en las condiciones del Pliego de Condiciones Técnicas y Administrativas del expediente y de la Memoria presentada en la Proposición.

4. En el supuesto de que así se establezca en el pliego de cláusulas administrativas particulares, la empresa adjudicataria, en el plazo de días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de este acuerdo deberá entregar en el Servicio de Compras y Soporte a la Contratación del Departamento de Hacienda, sito en C/Pintor Teodoro Dublang 25, bajo, 01008 Vitoria-Gasteiz, copia de la póliza de seguro.

El adjudicatario para dar cumplimiento a la Condición Especial de Ejecución de Inserción Sociolaboral establecida en la carátula del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares deberá entregar, en el plazo citado, en Departamento de POolíticas Sociales y Salud Pública sito en calle Pablo Neruda nº 7 declaración responsable en la que se ponga de manifiesto lo siguiente:

CRITERIOS de

EVALUACIÓN

Máximo 100

puntos

EMPRESAS

CLECE AZTERTZEN

1. Criterios sujetos a JUICIO DE VALOR

Máximo 50

puntos

37,04 42,60

2. Criterios valorables de FORMA AUTOMÁTICA

Máximo

5 0 puntos

23 22,50

Total 60,04 65,1

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

- Relación justificada de los puestos de trabajo que tenga previsto destinar a la ejecución del objeto del contrato, desglosada, en su caso, por categorías profesionales y estimación del número de jornadas correspondiente a cada trabajador.

Deberá explicitarse así mismo cuántos y cuáles de dichos puestos serán cubiertos por trabajadores fijos de su plantilla, dados de alta en la empresa con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas.

Sin perjuicio de lo expuesto, el Ayuntamiento podrá, en cualquier momento, comprobar la veracidad de la información facilitada y/o solicitar aquella otra adicional que considere necesaria a los mismos efectos.

- Indicación de una persona de referencia para la interlocución con el Ayuntamiento de las cuestiones que puedan surgir en relación con el cumplimiento de la condición especial de ejecución.

Si el adjudicatario no presentara la documentación sobre las citadas condiciones especiales de ejecución en el plazo arriba establecido, y consecuencia de dicho retraso el contrato no se pudiera formalizar en los plazos y de conformidad con el procedimiento establecido en el articulo 140 de la Ley de Contratos del Sector Publico, se podrá proceder a la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso, hubiere correspondido.

5. La empresa adjudicataria, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de este acuerdo, deberá presentar, respecto al personal que vaya a destinar a la prestación de este servicio, certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.

6. La firma del contrato tendrá lugar en el plazo de 15 días hábiles a contar desde la notificación de esta resolución. Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.

7. El incumplimiento de este plazo, por causa imputable al contratista constituirá incumplimiento contractual, y podrá dar lugar a la resolución del contrato.

8. En caso de incumplimiento del contrato se impondrán las penalidades previstas el pliego de cláusulas administrativas particulares .

9. La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se deberá notificar a los interesados y publicarse en el perfil del contratante del órgano ed contratación.

10. RECURSOS

a) Contra este acuerdo, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se reciba la presente notificación, potestativamente, podrá interponerse recurso especial en materia de contratación, ante el órgano administrativo de recursos contractuales de la CAPV, previsto y regulado en los artículos 40 y siguientes del RDL 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Todo aquél que se proponga interponer el mencionado recurso, deberá anunciarlo previamente ante el órgano de contratación en el plazo previsto para la interposición del recurso, mediante escrito especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo.

b) Directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativa de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses contados a partir del dia siguiente al de la notificación.

c) En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCSP, se podrá plantear la interposición de la cuestión de nulidad contractual, en el plazo de 30 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 39 del TRLCSP.

Todo ellos sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente conforme a lo previsto en el artículo 58.2 de la Ley 30/92, de RJAP y PAC.

11. Advertir a las licitadoras que agotados los plazos para interponer recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que se acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados/as. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por las licitadoras cuando éstas no hayan procedido a su retirada.

No obstante, ustedes decidirán como mejor estimen

Vitoria-Gasteiz, 3 de junio de 2016

El CONCEJAL-DELEGADO DEL DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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DEPARTAMENTO DE HACIENDA

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 3

ASUNTO: CESIÓN EN ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA MUNICIPAL EN LA C/ ANTONIO MACHADO, 36

ASUNTO RESERVADO

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 4

ASUNTO: PROPUESTA DE ACUERDO DEL PROYECTO DE CREACION DE CRÉDITO DE COMPROMISO PARA EL IMPULSO DE LA ACTIVIDAD EN EL AEROPUERTO DE FORONDA.

EXPEDIENTE Nº 5 COMPRO/16

Las tres instituciones participantes en el Consejo de VIA (Gobierno Vasco, Diputación Foral de Álava y Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz), así como la Cámara de Comercio de Álava tienen la intención de impulsar la actividad en el aeropuerto de Foronda, promoviendo la existencia tanto de vuelos charter como regulares.

Para ello, el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz se compromete a dotar un importe de 1.040.000,00€ en los próximos ejercicios, con las siguientes anualidades para cada uno de ellos:

Año 2016: 40.000,00 € Año 2017: 250.000,00 € Año 2018: 250.000,00 € Año 2019: 250.000,00 € Año 2020: 250.000,00 €

En el estado de gastos del Presupuesto de 2016 se ha consignado la aplicación presupuestaria 2016/08.21 4331 481.80 “Transferencias a VIA” con un crédito de pago definitivo de 40.000 €.

Se propone el proyecto de creación de un crédito de compromiso para iniciar el expediente para el impulso de la actividad del aeropuerto de Foronda, en la partida presupuestaria 08.21 4331 481.80 “Transferencias a VIA” con arreglo a las siguientes anualidades:

Año 2017: 250.000,00 € Año 2018: 250.000,00 € Año 2019: 250.000,00 € Año 2020: 250.000,00 €

La financiación de las anualidades correspondientes al año 2017, 2018, 2019 y 2020 (la anualidad de 2016 no se modifica), serán con cargo a recursos propios del Ayuntamiento.

El art. 22.2 de la Norma Foral 3/2004 de 09/02, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Álava, y el art. 17.1 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria disponen que el estado de créditos de compromiso indicará para cada uno de ellos su cuantía total y los ejercicios previstos para su ejecución.

El art. 22.7 de la Norma Foral 3/2004 de 09/02, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Álava, y el art. 17.4 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria establecen que serán objeto de adecuada e independiente contabilización, que permita el seguimiento de su ejecución.

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Por lo tanto, en aplicación de la legislación vigente en materia presupuestaria, esta Concejala del Departamento de Hacienda, eleva a la Junta de Gobierno Local la siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDO

1º Aprobar la propuesta de acuerdo del proyecto de creación del crédito de compromiso para impulsar la actividad del aeropuerto de Foronda, con arreglo a lo siguiente:

CREDITO DE COMPROMISO QUE SE CREA: 08.21 4331 481.80 “Transferencias a VIA”

Anualidades Importe Año 2017: 250.000,00 € Año 2018: 250.000,00 € Año 2019: 250.000,00 € Año 2020: 250.000,00 €

2º Dar traslado del presente Acuerdo al Pleno de la Corporación a través de la Comisión competente para su tramitación y aprobación.

Vitoria-Gasteiz, a 3 de junio de 2016

Itziar Gonzalo de Zuazo

CONCEJALA DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

DEPARTAMENTO DE FUNCIÓN PÚBLICA

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Nº 5

MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO/CATÁLOGO DE PUESTOS DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA LUIS ARAMBURU UDAL MUSIKA ESKOLA.

Visto El informe del Director de la Escuela Municipal de Música, con la propuesta aprobada por el Consejo Rector de la Escuela, en la que se justifica la necesidad de modificar la definición del puesto de Director y aumentar la jornada del profesorado, sin incrementar el número de contratados y estando previsto en el Presupuesto de este Organismo Autónomo para el ejercicio 2016.

El Consejo Rector del Organismo Autónomo, en sesión celebrada el día 05 de Mayo de 2016 tal como consta en el acta levantada al efecto, aprobó realizar las citadas modificaciones en la Relación de Puestos de Trabajo, ante las nuevas necesidades de la actividad de la Escuela.

La relación de puestos de trabajo es el instrumento mediante el cual las Administraciones Públicas racionalizan y ordenan sus estructuras internas, determinan sus necesidades de personal, definen los requisitos exigidos para su desempeño y clasifican cada uno de ellos.

Asimismo, indica para cada uno de éstos su denominación, departamento al que se halla adscrito, régimen de dedicación, requisitos exigidos para su desempeño, grupo, escala y subescala, nivel de complemento de destino, sistema de provisión y complemento específico.

En este sentido, el artículo 74 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, señala que las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.

Por su parte, el artículo 18.1 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca señala que “la creación, modificación o supresión de puestos de trabajo se realizará a través de las relaciones de puestos”.

La potestad autoorganizativa de la Administración Pública le atribuye la facultad de organizar los servicios en la forma que estime más conveniente para su mayor eficacia, en consonancia con el mandato contenido en el artículo 103.1 de la Constitución, adoptando formas de organización más adecuadas para la satisfacción de sus intereses.

Así, en la búsqueda de esta eficacia y derivada de la necesidad de realizar las adaptaciones necesarias en los puestos de la Escuela de Música Luis Aramburu consistentes en la modificación del puesto de Director de la Escuela de Música e incremento en las jornadas del profesorado, se propone la Modificación del vigente Catálogo o Relación de Puestos de trabajo del Organismo Autónomo.

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

La consignación presupuestaria derivada de esta modificación, ha sido informada favorablemente por la Intervención General.

Ante lo expuesto, y tomando como base el informe anteriormente mencionado y suscrito por el Director de la Escuela Municipal de Música Luis Aramburu, en el que se acredita la cobertura presupuestaria de esta modificación en el Presupuesto General del ejercicio 2016 definitivamente aprobado, se considera adecuado proponer las modificaciones a practicar en la actual Relación de Puestos de Trabajo que se indican en el Anexo:

PROPUESTA DE ACUERDO:

1º. APROBAR LA MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO VIGENTE/CATALOGO DE PUESTOS DE LA ESCUELA DE MUSICA LUIS ARAMBURU UDAL MUSIKA ESKOLA, QUE SE RELACIONAN EN EL ANEXO

2º. ESTA MODIFICACIÓN SURTIRÁ EFECTOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU APROBACIÓN POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

3º. ORDENAR AL LA ESCUELA DE MUSICA LA TRAMITACIÓN DE LOS EXPEDIENTES NECESARIOS PARA LA MODIFICACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO AFECTADOS.

4º. PUBLICAR ESTE ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA.

Vitoria-Gasteiz, a 03 de junio de 2016

D. IÑAKI PRUSILLA MUÑOZ CONCEJAL DELEGADO

QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

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Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levantó la sesión siendo las 9:00 horas, de todo lo que yo, el Secretario, certifico.

D I L I G E N C I A.- Para hacer constar que la presente Acta de la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 3 de junio de 2016 consta de 69 folios.

Eta ez zegoenez beste gairik aztertzeko, bukatutzat eman da bilkura, 9:00etan. Neuk, idazkariak, hala egiaztatzen dut.

D I L I J E N T Z I A.- Tokiko

Gobernu Batzarrak 2016ko ekainaren 3an egindako ohiko bilkuraren akta honek 69 orri dituela jasota uzteko.

EL SECRETARIO / IDAZKARIA,