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EXPEDIENTE: RR.SIP.1333/2015 OSCAR GILBERTO CÁRDENAS LARA FECHA RESOLUCIÓN: 13/enero/2015 Ente Obligado: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN MOTIVO DEL RECURSO: Inconformidad con la respuesta emitida por el ente obligado SENTIDO DE LA RESOLUCIÓN: con fundamento en los artículos 82, fracción I y 84, fracción V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se SOBRESEE el presente recurso de revisión.

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EXPEDIENTE:

RR.SIP.1333/2015

OSCAR GILBERTO CÁRDENAS

LARA

FECHA RESOLUCIÓN:

13/enero/2015

Ente Obligado: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

MOTIVO DEL RECURSO: Inconformidad con la respuesta emitida por el ente obligado

SENTIDO DE LA RESOLUCIÓN: con fundamento en los artículos 82, fracción I y 84, fracción V

de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se

SOBRESEE el presente recurso de revisión.

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: OSCAR GILBERTO CÁRDENAS LARA

ENTE OBLIGADO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.SIP.1333/2015

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

En México, Distrito Federal, a trece de enero de dos mil dieciséis.

VISTO el estado que guarda el expediente identificado con el número

RR.SIP.1333/2015, relativo al recurso de revisión interpuesto por Oscar Gilberto

Cárdenas Lara, en contra de la respuesta emitida por la Delegación Álvaro Obregón, se

formula resolución en atención a los siguientes:

R E S U L T A N D O S

I. El veintidós de junio de dos mil quince, a través del sistema electrónico “INFOMEX”,

mediante la solicitud de información con folio 0401000109515, el particular requirió en

medio electrónico gratuito:

“… 5. Información solicitada (anote de forma clara y precisa)(4) anexo peticion de los ultimos 5 años de la desconcentrada (Se turna a la Delegación Álvaro Obregón y de manera específica a la Contraloría General en relación al punto I de la solicitud) Datos para facilitar su localización archivos delegacionales e informes …” (sic)

Asimismo, el particular adjuntó un archivo electrónico denominado “peticion dao.docx”,

mismo que contenía la siguiente información:

“… SOLICITO INFORMACION DE:

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1.-EN PRIMER LUGAR EL AVANCE COMPARATIVO DEl CESAC EN EL PERIODO SEÑALADO DE CINCO AÑOS A LA FECHA DE FORMA GENERAL Y DESGLOSADO POR AÑO EN PORCENTAJE DE ACUERDO A LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA POR DIERCCION GENERAL , DIRECCION COORDINACIONES Y JEFATURAS DE UNIDAD INVOLUCRADAS EN LAS DEMANDAS CIUDADANAS, ASI COMO EL AREA DE ASESORES , JEFATURA DELEGACIONAL Y LA MISMA OFICINA DE INFORMACION PUBLICA, EN DONDE SE ESPECIFIQUE EL TIEMPO DE ATENCION PROMEDIO POR DIRECCION GENERAL DIRECCION JEFATURTAS DE UNIDAD COORDINACIONES , ASESORE , JEFATURA DELEGACIONAL Y OFICINA DE INFORMACION PUBLICA. 2.-SOLICITO INFORMACION DE: a) LICENCIAS DE CONSTRUCCION CUANTAS SE DEMANDARON Y AUTORIZARON POR COLONIA. b) SOLICITUD DE ESTABLECIMIENTOS Y GIROS MERCANTILES AUTORIZADOS Y SUS SOLICITUDES EN NUMERO. C) QUEJAS ATENDIDAS RFERENTES A VIA PÚBLICA EN EL RUBRO DE PUESTOS FIJOS Y SEMIFIJOS EN LA DELEGACION POR COLONIA SU REGULARIZACION Y AUTORIZACION RESPECTIVA. Ch) QUEJAS ATENDIDAS REFERENTE A FRANELEROS Y EL NÚMERO AUTORIZADO DE ELLOS Y SU UBICACIÓN. d) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN REPARACION Y MODERNIZACION DE BANQUETAS POR COLONIA, ALUMBRADO PUBLICO ESPECIFICANDO EL NUMERO DE LUMINARIAS REPARADAS Y DE NUEVAS LUMINARIAS INSTALADAS POR COLONIA. e) GASTO PUBLICO EN LA TENCION DE PARQUES Y JARDINES INCLUYENDO JARDINERAS ALUMBRADO PUBLICO COLOCADAS O REPARADAS, ASI COMO REPARACION Y MANTENIMIENTO DE LAS MISMAS, E IGUAL PARA JUEGOS INFANTILES, ASI COMO DE CAMELLONES INCLUYENDO SU ALUMBRADO PUBLICO Y EL GASTO DE INVERSION EN LA REMODELACION DEL PARQUE DE LA JUVENTUD Y DEPORTIVO BATALLON DE SAN PATRICIO Y DE OFICINAS INSTALADAS DENTRO DE ESTOS PARQUES CITADOS. f) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN EL MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS PUBLICOS COMO LO SON LOS MERCADOS DELEGACIONALES, ESCUELAS PRIMARIAS SECUNDARIAS, CADIS, CENDIS, LUDOTECA, BIBLIOTECAS, DEPORTIVOS, OFICINAS ADMINISTRATIVAS COMO EDIFICIO DELEGACIONAL, EDIFICIOS DE LAS TERITORIALES QUE COMPONEN LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA, GASTO DE

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MANTENIMIENTO Y OPERACIÓN DE ALBERCAS ( G3, PLATEROS , CAPULA , LA CUESTA), ASI COMO GASTO APLICADO A TELEFONIA FIJA Y CELULAR DE TODAS LAS AREAS DELEGACIONALES INCLUYENDO EL MISMO MANTENIMIENTO EN AREAS COMO SERVICIOS GENERALES, E INTENDENCIA Y EDIFICIO DE JEFATURA DELEGACIONAL SEÑALANDO EL GASTO QUE SE DERIVA DE LA PRESTACION DE SERVICIOS DE LIMPIEZA CON LA COMPAÑÍA RESPECTIVA , ASI COMO EL GASTO EROGADO A LA EMPRESA COMETRA. g) GASTO PÚBLICO EJERCIDO EN LA INSTALACION DE LOS VIERNES CIUDADANO EN LAS DIFERENTES COLONIAS DE LA DEMARCACION ASI COMO EN LA SEDE DELEGACIONAL; ASI COMO EL NUMERO D EDEMANDA CIUDADANA ATENDIDA EN DICHOS DIAS Y SU COMPARATIVO CON LAS INGRESADAS EN CESAC. h) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN EL MANTENIMIENTO DEL TEATRO DE LA JUVENTUD, CASAS DE CULTURA, CENTROS SOCIALES, CASA DEL ADULTO MAYOR, TALLERES CULTURALES (CITA DENTRO DEL PARQUE DE LA JUVENTUD), ASI COMO EL MANTENIMIENTO DE LOS PUENTES PEATONALES UBICADOS EN DICHO PARQUE QUE CONECTAN CON EL DEPORTIVO BATALLON DE SAN PATRICIO E DE IGUAL MANERA DEL PUENTE PEATONAL UBICADO ENLA SEDE DELEGACIONAL. i) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN EL MANTENIMIENTO DEL EDIFICIO DENOMINADO OFICINAS SINDICALES, ASI COMO DEL GASTO PUBLICO EJERCIDO EN LA ACTUALIZACION DEL ATLAS DE RIESGOS DE LA DELEGACION j) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN EL AREA DE MEDIO AMBINTE REPORTANDO PODAS POR AÑO REALIZADAS, ASI COMO DEL GASTO PUBLICO APLICADO A LA RECUPERACION DE BARRANCAS Y SU LIMPIEZA EN ESTE SENTIDO NUMERO DE UNIDADES DE LIMPIA EN OPERACIÓN INDICANDO CUANTAS UNIDADES SON DE RESIENTE ADQUISICION Y SU INVERCION, ASI COMO DEL MANTENIMIENTO DE ELLAS , INDICANDO EL GASTO PUBLICO EJERCIDO EN EL TALLER DELEGACIONAL Y SU EQUIPAMIENTO Y OPERACIÓN Y LOS LOGROS ALCANSADOS EN LA RECUPERACION DE FLORA Y FAUNA ENDEMICAS DE LA DEMARCACION QUE INCLUYA PROGRAMAS AL RESPECTO. k) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN LA MODERNIZACION ADMINISTRATIVA E INVERCION POR AREA, ASI COMO EL GASTO PUBLICO EJERCIDO PARA EL EQUIPAMIENTO DE LA DIRECCION DE SEGURIDAD, INCLUYENDO EL NUMERO Y TIPO DE UNIDADES ADQUIRIDAS O DOTADAS EN DICHA DIERCCION ( DESDE PATRULLAS HASTA CAMARAS), ASI COMO LA INVERCION EN PROTECION CIVIL INDICANDO LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO UNIDADES E IMPLEMENTACION DE PROGRAMAS DE PROTECCION CIVIL A LA COMUNIDAD.

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l) GASTO PUBLICO EN SERVICIOS MEDICOS INDICANDO LA INVERCION EN LA CLINICA DE LA MUJER, LA ADQUISICION DE MATERIAL Y UNIDADES DENTALES EN DICHA AREA INDICANDO ULTIMA ADQUISICION DE DICHAS UNIDADES Y EQUIPO, ASI COMO EL GASTO PUBLICO EJERCIDO EN LA DOTACION DE MATERIAL EN LAS BRIGADAS DELEGACIONALES. m) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN LOS EVENTOS CULTURALES DE LA DELEGACION QUE INCLUYA DESDE CONFERENCIAS Y CURSOS HASTA EVENTOS MASIVOS Y FERIAS CULTURALES Y EL GASTGO PUBLICO EJERCIDO EN TURISMO Y SU DIFUCION, ASI COMO DE LA FERIA DE LAS FLORES. n)GASTO PUBLICO EJERCIDO EN EL MANTENIMIENTO DE LA RED DE AGUA POTABLE Y DRENAJE, INCLUYENDO LA INVERCION EN LA AMPLIACION DE DICHAS REDES DE LA DEMARCACION, ASI COMO EL GASTO PUBLICO EN EL MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS HISTORICOS DE LA DEMARCACION. Ñ)GASTO PUBLICO EJERCIDO EN INFORMATICA Y DEL MANTENIMIENTO DE LA PAGINA DE INTERNET DE LA DELEGACION, QUE INCLUYA EL GASTO POR RUBRO DE MEDIOS EN EL AREA DE COMUNICACIÓN SOCIAL, ASI COMO LA INVERCION EN LOS DIFERENTES MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE LA JEFATURA DELEGACIONAL Y SU IMAGEN. o) GASTO PUBLICO INVERTIDO EN IMAGEN URBANA QUE INCLUYA LAS MEDIDAS DE PROTECCION Y MANTENIMIENTO DE LOS MURALES EFECTUADOS BAJO PUENTE DE CALLE 10 Y CALLE CUATRO, ASI COMO DE LAS PINTURAS DE LOS PUENTES PEATONALES Y DE LAS DIFERENTES PINTURAS EFECTUADAS EN ESPACIOS PUBLICOS DE LA DEMARCACION, ASI COMO DE PROYECTOS VIALES Y EQUIPAMIENTO URBANO QUE INCLUYA CESTOS DE BASURA PARABUSES, ASFALTADO, GASTO DE INVERCION EN REPARACION Y PINTURA DE FACHADAS DE COLONIAS Y BALISAMIENTO. p) GASTO PUBLICO EJRCIDO Y CALIDAD DE EQUIPAMIENTO PARA EFECTUAR LOS TRABAJOS A LA COMUNIDAD POR PARTE DEL PERSONAL DELEGACIONAL, ES DECIR DOTACION DE MATERIAL Y EQUIPO A TRABAJADORES DELEGACIONALES QUE INCLUYA EL GASTO EN EQUIPO DE SEGURIDAD, ASI COMO GASTO PUBLICO EJERCIDO EN LA DIRECCION DE APOYO A LA COMUNIDAD Y EN GRUPOS VULNERABLES , LOGROS Y AVANCES PROGRAMATICOS. q) INVERCION DE LOS RECURSOS GENERADOS POR COBROS EXTRAORDINARIOS EN EL AREA DE MERCADOS ( USO DE SANITARIOS ) PARQUES Y JARDINES ( USO DE SANITARIOS ) COBROS DE ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS ( EN DEPORTIVOS, ALBERCAS Y GIMNACIOS) Y RENTA DE CANCHAS DE FUTBOL A LAS DIFERENTES LIGAS QUE OPERAN EN LA DEMARCACION, ASI COMO LA INVERCION ESPECIFICA DE DEPORTE Y DE LOS EQUIPOS DELEGACIONALES (

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REPRESENTATIVOS) QUE INCLUYA LA INVERCION EN LAS CLINICAS MEDICAS QUE SE UBICAN EN EL INTERIOR DE LOS GIMNACIOS COMO DE PLATEROS Y EL G 3. r) GASTO PUBLICO EJERCIDO A LOS TRABAJADORES DELEGACIONALES QUE INCLUYA EL PAGO DE HORAS EXTRAS LABORADO Y LOS RECURSOS NO EJERCIDOS CUANDO LOS TRABAJADORES FALTAN O ESTAN DE VACACIONES O CARECEN DE PAGO DE HORAS EXTRAS PERO FALTAN, ACLARANDO EN QUE SE INVIERTE ESTE RECURSO, ASI COMO EL GASTO EJRCIDO EN PASAJES Y VIATICOS QUE INCLUYA A LOS MANDOS SUPERIORES (DESDE DIRECTORES GENERALES HASTA LIDERES COORDINADORES) Y PERSONAL EVENTUAL. HONORARIOS, BASE Y SINDICALIZADO. s) EL ACERVO TOTAL DE LIBROS EN LA RED DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS, Y DE SU MATERIAL DE DESCARTE ASI COMO LA OPERACIÓN DE DICHA RED EN SUS AREAS DE INTERNET Y DE EDUCACION A DISTANCIA INCLUYENDO EL NUMERO DE EQUIPOS DE COMPUTO EN CADA BIBLIOTECA Y AREA DE LA COORDINACION DE BIBLIOTECAS ASI COMO EL FUNCIONAMIENTO DE SU AREA ADMINISTRATIVA TANTO EN FOMENTO A LA LECTURA ESPECIFICANDO POR AÑO SUS ACTIVIDADES Y LOGROS, ASI COMO EL DE LA OFICINA DE CONTROL DE GESTION DE LA RED DE BIBLIOTECAS. t) GASTO PUBLICO E INVERCION EN EL AREA DE CAPACITACION DE RECURSOS HUMANOS QUE INCLUYA LOS AVANCES EN ELLA Y LOS GASTOS DE OPERACIÓN DE LAS DIFERENTES INSTITUCIONES QUE EFECTUARON LA CAPACITACION Y AREAS DE APLICACIÓN. u) GASTO PUBLICO EN EL PAGO DE PRESTACIONES A PERSONAL DE NOMINA 8 Y SU COMPARATIVO CON LAS ANTIGUAS DENOMINACIONES DE HONORARIOS, EVENTUALES ORDINARIOS, EVENTUALES EXTRAORDINARIOS, AUTOGENERADOS Y DE PERSONAL BASE Y DE BASE SINDICALIZADO. v)PLANTILLA COMPARATIVA POR AÑO DE LA DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS QUE INCLUYA ALTAS Y BAJAS DE CINCO AÑOS A LA FECHA QUE INCLUYA MOVIMIENTOS ESCALAFONARIOS CON PUESTOS Y DENOMINACIONES Y PLAZAS POR DEFUNCION OTORGADAS, ASI COMO ASIGNACION DE PLASZAS POR JUBILACION Y PENSION. w) PLANTILA GENERAL POR AREA DE LA TOTALIDAD DE EMPLEADOS DE GOBIERNO (DESDE ACTUAL JEFE DELEGACIONAL HASTA TRABAJADOR BASE) QUE INCLUYA PERSONAL DE INTERINATO SEÑALANDO LA ANTIGÜEDAD LABORAL DE LOS INTERINATOS.

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x) CURRICULAR DE LOS DELEGADOS, DIRECTORES GENERALES, DIRECTORES, COORDINADORES, LIDERES COORDINADORES, Y JEFES DE UNIDAD QUE INCLUYA AL DELEGADO ACTUAL. DE CINCO AÑOS A LA FECHA INDICANDO QUIENES PERMANECEN EN ELLOS O EN LA ADMINISTRACION DELEGACIONAL. y) PUESTOS DESEMPEÑADOS POR LA C. MARIA ANTONIA HIDALGO TORRES CURRICULAR GRADO ACADEMICO MAXIMO Y EGRESOS EN LOS AÑOS LABORADOS EN LA DEPENDENCIA HASTA SU SEPARACION, QUE INCLUYA FECHA DE INICIO LABORAL Y DE TERMINACION DE ACTIVIDAD Y FUNCION. z) GASTO TOTAL EJERCIDO POR LA DESCONCENTRADA Y SU COMPARTIVO CON EL AUTORIZADO POR EL AREA CENTRAL Y LA SAMBLEA DE REPRESENTANTES, DE FORMA GENERAL Y EL GASTO NO EJERCIDO EN LOS ULTIMOS CINCO AÑOS INDICANDO EL MOTIVO DEL NO EJERCICIO. I.-REFERENTE A LA CONTRALORIA EL NÚMERO DE QUEJAS LEVANTADAS Y ATENDIDAS O CONCLUIDAS EN LOS ULTIMOS CINCO AÑOS DE MANERA GENERAL. II.-LOS NOMBRES Y GRADO MAXIMO DE ESTUDIOS DE LOS DIRECTORES GENERALES, DIRECTORES, LIDERES COORDINADORES, JEFES DE UNIDAD Y COORDINADORES DE TODAS LAS AREAS DELEGACIONALES. III.-DE TODO LO ANTERIOR DE 5 AÑOS A LA FECHA …” (sic)

II. El nueve de julio de dos mil quince, y previa ampliación del plazo para dar respuesta,

el Ente Obligado notificó al particular nueve archivos denominados “109515 Consulta

Directa.pdf”, “104715 JOJD CESAC Of.37.pdf”, “104715 DGODU UDMLCA Of.224.pdf”,

“104715 DGG UDEM Of.146.pdf“, “104715 DGODU UDOV Of.488.pdf“, “109515 DGA

DRF Of.0912.pdf”, “104715 DGODU UDOH Of.540.pdf”, “104715 JOJD CI Of.66.pdf” y

“109515 DGA DRH Of.2971.pdf”, los cuales contenían la siguiente información:

OFICIO SIN NÚMERO DEL NUEVE DE JULIO DE DOS MIL QUINCE: “… Reciba por este medio un cordial saludo, al tiempo que en atención a su solicitud de Información Pública No. 0401000109515 de fecha 22 de junio de 2015, se da contestación

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a la misma, en los siguientes términos: “1.-EN PRIMER LUGAR EL AVANCE COMPARATIVO DEl CESAC EN EL PERIODO SEÑALADO DE CINCO AÑOS A LA FECHA DE FORMA GENERAL Y DESGLOSADO POR AÑO EN PORCENTAJE DE ACUERDO A LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA POR DIERCCION GENERAL , DIRECCION COORDINACIONES Y JEFATURAS DE UNIDAD INVOLUCRADAS EN LAS DEMANDAS CIUDADANAS, ASI COMO EL AREA DE ASESORES , JEFATURA DELEGACIONAL Y LA MISMA OFICINA DE INFORMACION PUBLICA, EN DONDE SE ESPECIFIQUE EL TIEMPO DE ATENCION PROMEDIO POR DIRECCION GENERAL DIRECCION JEFATURTAS DE UNIDAD COORDINACIONES , ASESORE , JEFATURA DELEGACIONAL Y OFICINA DE INFORMACION PUBLICA.” (SIC). RESPUESTA.- Al respecto, le remito el oficio DAO/JOJD/DAC/CESAC/37/2015 emitido por la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana, sírvase ver archivo adjunto denominado “104715 JOJD CESAC Of.37”. “2.-SOLICITO INFORMACION DE: a) LICENCIAS DE CONSTRUCCION CUANTAS SE DEMANDARON Y AUTORIZARON POR COLONIA.” (SIC). RESPUESTA.- Le remito el oficio CDU/JUMCLA/224/2015, signado por el jefe de la unidad departamental de Manifestaciones, Licencias de Construcción y Anuncios, Arq. Miguel Ángel Segura Guzmán, sírvase ver archivo adjunto denominado “104715 DGODU UDMLCA Of.224”. “b) SOLICITUD DE ESTABLECIMIENTOS Y GIROS MERCANTILES AUTORIZADOS Y SUS SOLICITUDES EN NUMERO.” (SIC). RESPUESTA.- Le remito el oficio DAO/DGG/DGOB/CFG/UDEM/146/2015, signado por el jefe de la unidad departamental de Establecimientos Mercantiles, Lic. Raúl Felipe Arenas Tello, sírvase ver archivo adjunto denominado “104715 DGG UDEM Of.146”. En ese sentido, la información se proporcionara en el estado en que se encuentra en los sus respectivos archivos, con fundamento en el artículo 11, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que a la letra dice "...La información se proporcionara en el estado en que se encuentre en los archivos del ente obligado...", en virtud de que el generarla en los términos requeridos obstaculiza el buen desempeño del área, por lo que a fin de que se allegue de la información de su interés se pone a su disposición para su consulta directa de la información los días 13, 14 y 15 de julio de 2015, en un horario de 12:00 a 14:00 horas, en la Coordinación de Transparencia e Información Pública y/o la Unidad Departamental de Establecimientos Mercantiles ubicada dentro de las instalaciones de este Sede Delegacional con domicilio en

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Calle 10 esquina Canario, Colonia Tolteca, en la cual podrá acceder una persona para la extracción de la información pública requerida, ya que únicamente estará a su disposición un servidor, quien lo acompañara durante el acto para la dudas que surjan, asimismo a fin de salvaguardar la información de acceso restringido contenida en los expedientes y/o documentos a consultar.

“C) QUEJAS ATENDIDAS RFERENTES A VIA PÚBLICA EN EL RUBRO DE PUESTOS FIJOS Y SEMIFIJOS EN LA DELEGACION POR COLONIA SU REGULARIZACION Y AUTORIZACION RESPECTIVA. Ch) QUEJAS ATENDIDAS REFERENTE A FRANELEROS Y EL NÚMERO AUTORIZADO DE ELLOS Y SU UBICACIÓN.” (SIC). RESPUESTA.- Le remito el oficio DAO/JOJD/DAC/CESAC/37/2015 emitido por la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana, sírvase ver archivo adjunto denominado “104715 JOJD CESAC Of.37”. “d) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN REPARACION Y MODERNIZACION DE BANQUETAS POR COLONIA, ALUMBRADO PUBLICO ESPECIFICANDO EL NUMERO DE LUMINARIAS REPARADAS Y DE NUEVAS LUMINARIAS INSTALADAS POR COLONIA.” (SIC). RESPUESTA.- Le remito el oficio No. DAO/DGA/DRF/0912/2015 emitido por la Dirección de Recursos Financieros adscrita a la Dirección General de Administración, sírvase ver archivo adjunto denominado “109515 DGA DRF Of.0912”. De igual forma, le remito el oficio Dao/DGODU/DO/COI/UDOV/488/2015 emitido por la Unidad Departamental de Obras Viales, sírvase ver archivo adjunto denominado “104715 DGODU UDOV Of.488”. Finalmente, conforme lo notificado por la Coordinación de Alumbrado Público, la información se proporcionara en el estado en que se encuentra en los sus respectivos archivos, con fundamento en el artículo 11, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que a la letra dice "...La información se proporcionara en el estado en que se encuentre en los archivos del ente obligado...", en virtud de que el generarla en los términos requeridos obstaculiza el buen desempeño del área, por lo que a fin de que se allegue de la información de su interés se pone a su disposición para su consulta directa de la información los días 13, 14 y 15 de julio de 2015, en un horario de 12:00 a 14:00 horas, en la Coordinación de Transparencia e Información Pública ubicada dentro de las instalaciones de este Sede Delegacional con domicilio en Calle 10 esquina Canario, Colonia Tolteca, en la cual podrá acceder una persona para la extracción de la información pública requerida, ya que únicamente estará a su disposición un servidor, quien lo acompañara durante el acto para la dudas que surjan, asimismo a fin de salvaguardar la información de acceso restringido contenida en los expedientes y/o documentos a consultar.

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“e) GASTO PUBLICO EN LA TENCION DE PARQUES Y JARDINES INCLUYENDO JARDINERAS ALUMBRADO PUBLICO COLOCADAS O REPARADAS, ASI COMO REPARACION Y MANTENIMIENTO DE LAS MISMAS, E IGUAL PARA JUEGOS INFANTILES, ASI COMO DE CAMELLONES INCLUYENDO SU ALUMBRADO PUBLICO Y EL GASTO DE INVERSION EN LA REMODELACION DEL PARQUE DE LA JUVENTUD Y DEPORTIVO BATALLON DE SAN PATRICIO Y DE OFICINAS INSTALADAS DENTRO DE ESTOS PARQUES CITADOS. f) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN EL MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS PUBLICOS COMO LO SON LOS MERCADOS DELEGACIONALES , ESCUELAS PRIMARIAS SECUNDARIAS, CADIS, CENDIS, LUDOTECA, BIBLIOTECAS, DEPORTIVOS, OFICINAS ADMINISTRATIVAS COMO EDIFICIO DELEGACIONAL, EDIFICIOS DE LAS TERITORIALES QUE COMPONEN LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA, GASTO DE MANTENIMIENTO Y OPERACIÓN DE ALBERCAS ( G3, PLATEROS , CAPULA , LA CUESTA), ASI COMO GASTO APLICADO A TELEFONIA FIJA Y CELULAR DE TODAS LAS AREAS DELEGACIONALES INCLUYENDO EL MISMO MANTENIMIENTO EN AREAS COMO SERVICIOS GENERALES, E INTENDENCIA Y EDIFICIO DE JEFATURA DELEGACIONAL SEÑALANDO EL GASTO QUE SE DERIVA DE LA PRESTACION DE SERVICIOS DE LIMPIEZA CON LA COMPAÑÍA RESPECTIVA , ASI COMO EL GASTO EROGADO A LA EMPRESA COMETRA.” (SIC). RESPUESTA.- Le remito el oficio DAO/DGA/DRF/0912/2015 emitido por la Dirección de Recursos Financieros adscrita a la Dirección General de Administración, sírvase ver archivo adjunto denominado “109515 DGA DRF Of.0912”. Asimismo, mediante lo notificado por la Unidad Departamental de Mantenimiento y Conservación de Escuelas y Edificios Públicos, se le sugiere consultar la información pública disponible en las siguientes direcciones electrónicas:

http://187.174.194.246/transparencia/obligaciones/art_14/XIX/

http://187.174.194.246/transparencia/obligaciones/art_14/XXI/index_infraestructura.html

Asimismo, conforme lo manifestado por la Coordinación de Imagen e Infraestructura Urbana, respecto a juegos infantiles y remodelación del Parque de la Juventud y Deportivo Batallón de San Patricio, y la Unidad Departamental de Mantenimiento y Conservación de Escuelas y Edificios Públicos, la información se proporcionara en el estado en que se encuentra en los sus respectivos archivos, con fundamento en el artículo 11, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que a la letra dice "...La información se proporcionara en el estado en que se encuentre en los archivos del ente obligado...", en virtud de que el generarla en los términos requeridos obstaculiza el buen desempeño del área, por lo que a fin de que se allegue de la información de su interés se pone a su disposición para su consulta directa de la información los días 13, 14 y 15 de julio de 2015, en un horario de 12:00 a

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14:00 horas, en la Coordinación de Transparencia e Información Pública ubicada dentro de las instalaciones de este Sede Delegacional con domicilio en Calle 10 esquina Canario, Colonia Tolteca, en la cual podrá acceder una persona para la extracción de la información pública requerida, ya que únicamente estará a su disposición un servidor, quien lo acompañara durante el acto para la dudas que surjan, asimismo a fin de salvaguardar la información de acceso restringido contenida en los expedientes y/o documentos a consultar. “g) GASTO PÚBLICO EJERCIDO EN LA INSTALACION DE LOS VIERNES CIUDADANO EN LAS DIFERENTES COLONIAS DE LA DEMARCACION ASI COMO EN LA SEDE DELEGACIONAL; ASI COMO EL NUMERO D EDEMANDA CIUDADANA ATENDIDA EN DICHOS DIAS Y SU COMPARATIVO CON LAS INGRESADAS EN CESAC.” (SIC). RESPUESTA.- Le remito el oficio DAO/JOJD/DAC/CESAC/37/2015 emitido por la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana, sírvase ver archivo adjunto denominado “104715 JOJD CESAC Of.37”. De igual forma, el oficio DAO/DGA/DRF/0912/2015 emitido por la Dirección de Recursos Financieros adscrita a la Dirección General de Administración, sírvase ver archivo adjunto denominado “109515 DGA DRF Of.0912”. “h) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN EL MANTENIMIENTO DEL TEATRO DE LA JUVENTUD, CASAS DE CULTURA, CENTROS SOCIALES, CASA DEL ADULTO MAYOR, TALLERES CULTURALES (CITA DENTRO DEL PARQUE DE LA JUVENTUD), ASI COMO EL MANTENIMIENTO DE LOS PUENTES PEATONALES UBICADOS EN DICHO PARQUE QUE CONECTAN CON EL DEPORTIVO BATALLON DE SAN PATRICIO E DE IGUAL MANERA DEL PUENTE PEATONAL UBICADO ENLA SEDE DELEGACIONAL. i) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN EL MANTENIMIENTO DEL EDIFICIO DENOMINADO OFICINAS SINDICALES, ASI COMO DEL GASTO PUBLICO EJERCIDO EN LA ACTUALIZACION DEL ATLAS DE RIESGOS DE LA DELEGACION.” (SIC). RESPUESTA.- Le remito el oficio DAO/DGA/DRF/0912/2015 emitido por la Dirección de Recursos Financieros adscrita a la Dirección General de Administración, sírvase ver archivo adjunto denominado “109515 DGA DRF Of.0912”. Asimismo, mediante lo notificado por la Unidad Departamental de Mantenimiento y Conservación de Escuelas y Edificios Públicos, se le sugiere consultar la información pública disponible en las siguientes direcciones electrónicas:

http://187.174.194.246/transparencia/obligaciones/art_14/XIX/

http://187.174.194.246/transparencia/obligaciones/art_14/XXI/index_infraestructura.html

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En ese sentido, conforme lo manifestado por la Unidad Departamental de Mantenimiento y Conservación de Escuelas y Edificios Públicos, la información se proporcionara en el estado en que se encuentra en los sus respectivos archivos, con fundamento en el artículo 11, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que a la letra dice "...La información se proporcionara en el estado en que se encuentre en los archivos del ente obligado...", en virtud de que el generarla en los términos requeridos obstaculiza el buen desempeño del área, por lo que a fin de que se allegue de la información de su interés se pone a su disposición para su consulta directa de la información los días 13, 14 y 15 de julio de 2015, en un horario de 12:00 a 14:00 horas, en la Coordinación de Transparencia e Información Pública ubicada dentro de las instalaciones de este Sede Delegacional con domicilio en Calle 10 esquina Canario, Colonia Tolteca, en la cual podrá acceder una persona para la extracción de la información pública requerida, ya que únicamente estará a su disposición un servidor, quien lo acompañara durante el acto para la dudas que surjan, asimismo a fin de salvaguardar la información de acceso restringido contenida en los expedientes y/o documentos a consultar. “j) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN EL AREA DE MEDIO AMBINTE REPORTANDO PODAS POR AÑO REALIZADAS, ASI COMO DEL GASTO PUBLICO APLICADO A LA RECUPERACION DE BARRANCAS Y SU LIMPIEZA EN ESTE SENTIDO NUMERO DE UNIDADES DE LIMPIA EN OPERACIÓN INDICANDO CUANTAS UNIDADES SON DE RESIENTE ADQUISICION Y SU INVERCION, ASI COMO DEL MANTENIMIENTO DE ELLAS, INDICANDO EL GASTO PUBLICO EJERCIDO EN EL TALLER DELEGACIONAL Y SU EQUIPAMIENTO Y OPERACIÓN Y LOS LOGROS ALCANSADOS EN LA RECUPERACION DE FLORA Y FAUNA ENDEMICAS DE LA DEMARCACION QUE INCLUYA PROGRAMAS AL RESPECTO.” (SIC). RESPUESTA.- Le remito el oficio DAO/DGA/DRF/0912/2015 emitido por la Dirección de Recursos Financieros adscrita a la Dirección General de Administración, sírvase ver archivo adjunto denominado “109515 DGA DRF Of.0912”. También el oficio No. DAO/DGSU/DL/184/2015 que emite la Dirección de Limpia, sírvase ver archivo adjunto denominado “109515 DGSU DL Of.184”. Asimismo, le transmito lo manifestado por la Dirección de Preservación y Conservación del Medio Ambiente: “En relación a las podas realizadas durante los últimos 5 años, como es de su conocimiento a partir del año 2013, el área ejecutora que es la Coordinación de Parques y Jardines fue incorporada a esta Dirección, por lo que solo se cuenta con información a partir de ese año, misma que por el volumen, su importancia y toda vez que se encuentra en medio impreso, el proporcionarla en los términos requeridos obstaculizaría el buen desempeño del área, por lo tanto esta podrá ser consultada por el interesado (…) Respecto a las barrancas como es sabido por usted, estas fueron declaradas Áreas de Valor Ambiental, por lo que su administración y manejo se encuentran a cargo de la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal, a través de la Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental, sin embargo la Coordinación de Ecotecnologías, área adscrita a esta Dirección coadyuvando con dicha

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Secretaría y con Sistema de Aguas de la Ciudad de México, han realizado trabajos de limpieza, información que puede ser consultada (…)” (Sic). En ese sentido, la información se proporcionara en el estado en que se encuentra en los sus respectivos archivos, con fundamento en el artículo 11, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que a la letra dice "...La información se proporcionara en el estado en que se encuentre en los archivos del ente obligado...", en virtud de que el generarla en los términos requeridos obstaculiza el buen desempeño del área, por lo que a fin de que se allegue de la información de su interés se pone a su disposición para su consulta directa de la información los días 13, 14 y 15 de julio de 2015, en un horario de 12:00 a 14:00 horas, en la Coordinación de Transparencia e Información Pública ubicada dentro de las instalaciones de este Sede Delegacional con domicilio en Calle 10 esquina Canario, Colonia Tolteca, en la cual podrá acceder una persona para la extracción de la información pública requerida, ya que únicamente estará a su disposición un servidor, quien lo acompañara durante el acto para la dudas que surjan, asimismo a fin de salvaguardar la información de acceso restringido contenida en los expedientes y/o documentos a consultar. “k) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN LA MODERNIZACION ADMINISTRATIVA E INVERCION POR AREA, ASI COMO EL GASTO PUBLICO EJERCIDO PARA EL EQUIPAMIENTO DE LA DIRECCION DE SEGURIDAD, INCLUYENDO EL NUMERO Y TIPO DE UNIDADES ADQUIRIDAS O DOTADAS EN DICHA DIERCCION ( DESDE PATRULLAS HASTA CAMARAS), ASI COMO LA INVERCION EN PROTECION CIVIL INDICANDO LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO UNIDADES E IMPLEMENTACION DE PROGRAMAS DE PROTECCION CIVIL A LA COMUNIDAD. l) GASTO PUBLICO EN SERVICIOS MEDICOS INDICANDO LA INVERCION EN LA CLINICA DE LA MUJER, LA ADQUISICION DE MATERIAL Y UNIDADES DENTALES EN DICHA AREA INDICANDO ULTIMA ADQUISICION DE DICHAS UNIDADES Y EQUIPO, ASI COMO EL GASTO PUBLICO EJERCIDO EN LA DOTACION DE MATERIAL EN LAS BRIGADAS DELEGACIONALES.” (SIC). “m) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN LOS EVENTOS CULTURALES DE LA DELEGACION QUE INCLUYA DESDE CONFERENCIAS Y CURSOS HASTA EVENTOS MASIVOS Y FERIAS CULTURALES Y EL GASTGO PUBLICO EJERCIDO EN TURISMO Y SU DIFUCION, ASI COMO DE LA FERIA DE LAS FLORES.” (SIC). RESPUESTA.- Le remito el oficio DAO/DGA/DRF/0912/2015 emitido por la Dirección de Recursos Financieros adscrita a la Dirección General de Administración, sírvase ver archivo adjunto denominado “109515 DGA DRF Of.0912”. “n) GASTO PUBLICO EJERCIDO EN EL MANTENIMIENTO DE LA RED DE AGUA POTABLE Y DRENAJE, INCLUYENDO LA INVERCION EN LA AMPLIACION DE

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DICHAS REDES DE LA DEMARCACION, ASI COMO EL GASTO PUBLICO EN EL MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS HISTORICOS DE LA DEMARCACION.” (SIC). RESPUESTA.- Le remito el oficio No. DAO/DGA/DRF/0912/2015 emitido por la Dirección de Recursos Financieros adscrita a la Dirección General de Administración, sírvase ver archivo adjunto denominado “109515 DGA DRF Of.0912”. Asimismo, el oficio DAO/DGODU/DO/COI/UDOH/540/2015 signado por la Unidad Departamental de operación Hidráulica, sírvase ver archivo adjunto denominado “104715 DGODU UDOH Of.540”. Finalmente, mediante lo notificado por la Unidad Departamental de Mantenimiento y Conservación de Escuelas y Edificios Públicos, se le sugiere consultar la información pública disponible en las siguientes direcciones electrónicas:

http://187.174.194.246/transparencia/obligaciones/art_14/XIX/

http://187.174.194.246/transparencia/obligaciones/art_14/XXI/index_infraestructura.html

Finalmente, conforme lo manifestado por la Unidad Departamental de Mantenimiento y Conservación de Escuelas y Edificios Públicos, la información se proporcionara en el estado en que se encuentra en los sus respectivos archivos, con fundamento en el artículo 11, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que a la letra dice "...La información se proporcionara en el estado en que se encuentre en los archivos del ente obligado...", en virtud de que el generarla en los términos requeridos obstaculiza el buen desempeño del área, por lo que a fin de que se allegue de la información de su interés se pone a su disposición para su consulta directa de la información los días 13, 14 y 15 de julio de 2015, en un horario de 12:00 a 14:00 horas, en la Coordinación de Transparencia e Información Pública ubicada dentro de las instalaciones de este Sede Delegacional con domicilio en Calle 10 esquina Canario, Colonia Tolteca, en la cual podrá acceder una persona para la extracción de la información pública requerida, ya que únicamente estará a su disposición un servidor, quien lo acompañara durante el acto para la dudas que surjan, asimismo a fin de salvaguardar la información de acceso restringido contenida en los expedientes y/o documentos a consultar. “Ñ)GASTO PUBLICO EJERCIDO EN INFORMATICA Y DEL MANTENIMIENTO DE LA PAGINA DE INTERNET DE LA DELEGACION, QUE INCLUYA EL GASTO POR RUBRO DE MEDIOS EN EL AREA DE COMUNICACIÓN SOCIAL, ASI COMO LA INVERCION EN LOS DIFERENTES MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE LA JEFATURA DELEGACIONAL Y SU IMAGEN.” (SIC). RESPUESTA.- Al respecto, le remito el oficio DAO/JOJD/CGE/66/2015 emitido por la Coordinación de Gobierno Electrónico, sírvase ver archivo adjunto denominado “104715 JOJD CI Of.66”.

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“o) GASTO PUBLICO INVERTIDO EN IMAGEN URBANA QUE INCLUYA LAS MEDIDAS DE PROTECCION Y MANTENIMIENTO DE LOS MURALES EFECTUADOS BAJO PUENTE DE CALLE 10 Y CALLE CUATRO, ASI COMO DE LAS PINTURAS DE LOS PUENTES PEATONALES Y DE LAS DIFERENTES PINTURAS EFECTUADAS EN ESPACIOS PUBLICOS DE LA DEMARCACION, ASI COMO DE PROYECTOS VIALES Y EQUIPAMIENTO URBANO QUE INCLUYA CESTOS DE BASURA PARABUSES, ASFALTADO, GASTO DE INVERCION EN REPARACION Y PINTURA DE FACHADAS DE COLONIAS Y BALISAMIENTO.” (SIC). RESPUESTA.- Le remito el oficio DAO/DGA/DRF/0912/2015 emitido por la Dirección de Recursos Financieros adscrita a la Dirección General de Administración, sírvase ver archivo adjunto denominado “109515 DGA DRF Of.0912”. Asimismo, conforme lo manifestado por la Coordinación de Imagen e Infraestructura Urbana, respecto a balizamiento, la información se proporcionara en el estado en que se encuentra en los sus respectivos archivos, con fundamento en el artículo 11, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que a la letra dice "...La información se proporcionara en el estado en que se encuentre en los archivos del ente obligado...", en virtud de que el generarla en los términos requeridos obstaculiza el buen desempeño del área, por lo que a fin de que se allegue de la información de su interés se pone a su disposición para su consulta directa de la información los días 13, 14 y 15 de julio de 2015, en un horario de 12:00 a 14:00 horas, en la Coordinación de Transparencia e Información Pública ubicada dentro de las instalaciones de este Sede Delegacional con domicilio en Calle 10 esquina Canario, Colonia Tolteca, en la cual podrá acceder una persona para la extracción de la información pública requerida, ya que únicamente estará a su disposición un servidor, quien lo acompañara durante el acto para la dudas que surjan, asimismo a fin de salvaguardar la información de acceso restringido contenida en los expedientes y/o documentos a consultar. “p) GASTO PUBLICO EJRCIDO Y CALIDAD DE EQUIPAMIENTO PARA EFECTUAR LOS TRABAJOS A LA COMUNIDAD POR PARTE DEL PERSONAL DELEGACIONAL, ES DECIR DOTACION DE MATERIAL Y EQUIPO A TRABAJADORES DELEGACIONALES QUE INCLUYA EL GASTO EN EQUIPO DE SEGURIDAD, ASI COMO GASTO PUBLICO EJERCIDO EN LA DIRECCION DE APOYO A LA COMUNIDAD Y EN GRUPOS VULNERABLES , LOGROS Y AVANCES PROGRAMATICOS. q) INVERCION DE LOS RECURSOS GENERADOS POR COBROS EXTRAORDINARIOS EN EL AREA DE MERCADOS ( USO DE SANITARIOS ) PARQUES Y JARDINES ( USO DE SANITARIOS ) COBROS DE ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS ( EN DEPORTIVOS, ALBERCAS Y GIMNACIOS) Y RENTA DE CANCHAS DE FUTBOL A LAS DIFERENTES LIGAS QUE OPERAN EN LA DEMARCACION, ASI COMO LA INVERCION ESPECIFICA DE DEPORTE Y DE LOS EQUIPOS DELEGACIONALES ( REPRESENTATIVOS) QUE INCLUYA LA INVERCION

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EN LAS CLINICAS MEDICAS QUE SE UBICAN EN EL INTERIOR DE LOS GIMNACIOS COMO DE PLATEROS Y EL G 3. r) GASTO PUBLICO EJERCIDO A LOS TRABAJADORES DELEGACIONALES QUE INCLUYA EL PAGO DE HORAS EXTRAS LABORADO Y LOS RECURSOS NO EJERCIDOS CUANDO LOS TRABAJADORES FALTAN O ESTAN DE VACACIONES O CARECEN DE PAGO DE HORAS EXTRAS PERO FALTAN, ACLARANDO EN QUE SE INVIERTE ESTE RECURSO, ASI COMO EL GASTO EJRCIDO EN PASAJES Y VIATICOS QUE INCLUYA A LOS MANDOS SUPERIORES ( DESDE DIRECTORES GENERALES HASTA LIDERES COORDINADORES) Y PERSONAL EVENTUAL . HONORARIOS, BASE Y SINDICALIZADO.” (SIC). RESPUESTA.- Le remito el oficio DAO/DGA/DRF/0912/2015 emitido por la Dirección de Recursos Financieros adscrita a la Dirección General de Administración, sírvase ver archivo adjunto denominado “109515 DGA DRF Of.0912”. “s) EL ACERVO TOTAL DE LIBROS EN LA RED DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS, Y DE SU MATERIAL DE DESCARTE ASI COMO LA OPERACIÓN DE DICHA RED EN SUS AREAS DE INTERNET Y DE EDUCACION A DISTANCIA INCLUYENDO EL NUMERO DE EQUIPOS DE COMPUTO EN CADA BIBLIOTECA Y AREA DE LA COORDINACION DE BIBLIOTECAS ASI COMO EL FUNCIONAMIENTO DE SU AREA ADMINISTRATIVA TANTO EN FOMENTO A LA LECTURA ESPECIFICANDO POR AÑO SUS ACTIVIDADES Y LOGROS, ASI COMO EL DE LA OFICINA DE CONTROL DE GESTION DE LA RED DE BIBLIOTECAS.” (SIC). RESPUESTA.- Conforme lo notificado por la Unidad Departamental de Atención a Centro Educativos y Culturales, la información se proporcionara en el estado en que se encuentra en los sus respectivos archivos, con fundamento en el artículo 11, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que a la letra dice "...La información se proporcionara en el estado en que se encuentre en los archivos del ente obligado...", en virtud de que el generarla en los términos requeridos obstaculiza el buen desempeño del área, por lo que a fin de que se allegue de la información de su interés se pone a su disposición para su consulta directa de la información los días 13, 14 y 15 de julio de 2015, en un horario de 12:00 a 14:00 horas, en la Coordinación de Transparencia e Información Pública ubicada dentro de las instalaciones de este Sede Delegacional con domicilio en Calle 10 esquina Canario, Colonia Tolteca, en la cual podrá acceder una persona para la extracción de la información pública requerida, ya que únicamente se estará a su disposición un servidor, quien lo acompañara durante el acto para la dudas que surjan, asimismo a fin de salvaguardar la información de acceso restringido contenida en los expedientes y/o documentos a consultar. “t) GASTO PUBLICO E INVERCION EN EL AREA DE CAPACITACION DE RECURSOS HUMANOS QUE INCLUYA LOS AVANCES EN ELLA Y LOS GASTOS DE OPERACIÓN

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DE LAS DIFERENTES INSTITUCIONES QUE EFECTUARON LA CAPACITACION Y AREAS DE APLICACIÓN. u) GASTO PUBLICO EN EL PAGO DE PRESTACIONES A PERSONAL DE NOMINA 8 Y SU COMPARATIVO CON LAS ANTIGUAS DENOMINACIONES DE HONORARIOS, EVENTUALES ORDINARIOS, EVENTUALES EXTRAORDINARIOS, AUTOGENERADOS Y DE PERSONAL BASE Y DE BASE SINDICALIZADO.

v)PLANTILLA COMPARATIVA `POR AÑO DE LA DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS QUE INCLUYA ALTAS Y BAJAS DE CINCO AÑOS A LA FECHA QUE INCLUYA MOVIMIENTOS ESCALAFONARIOS CON PUESTOS Y DENOMINACIONES Y PLAZAS POR DEFUNCION OTORGADAS, ASI COMO ASIGNACION DE PLASZAS POR JUBILACION Y PENSION. w) PLANTILA GENERAL POR AREA DE LA TOTALIDAD DE EMPLEADOS DE GOBIERNO (DESDE ACTUAL JEFE DELEGACIONAL HASTA TRABAJADOR BASE) QUE INCLUYA PERSONAL DE INTERINATO SEÑALANDO LA ANTIGÜEDAD LABORAL DE LOS INTERINATOS. x) CURRICULAR DE LOS DELEGADOS, DIRECTORES GENERALES, DIRECTORES, COORDINADORES, LIDERES COORDINADORES, Y JEFES DE UNIDAD QUE INCLUYA AL DELEGADO ACTUAL. DE CINCO AÑOS A LA FECHA INDICANDO QUIENES PERMANECEN EN ELLOS O EN LA ADMINISTRACION DELEGACIONAL. y) PUESTOS DESEMPEÑADOS POR LA C. MARIA ANTONIA HIDALGO TORRES CURRICULAR GRADO ACADEMICO MAXIMO Y EGRESOS EN LOS AÑOS LABORADOS EN LA DEPENDENCIA HASTA SU SEPARACION, QUE INCLUYA FECHA DE INICIO LABORAL Y DE TERMINACION DE ACTIVIDAD Y FUNCION.” (SIC). RESPUESTA.- Le remito el oficio DAO/DGA/DRH/2971/2015 emitido por la Dirección de Recursos Humanos adscrita a la Dirección General de Administración, sírvase ver archivo adjunto denominado “109515 DGA DRH Of.2971”. En ese sentido, la información se proporcionara en el estado en que se encuentra en los sus respectivos archivos, con fundamento en el artículo 11, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que a la letra dice "...La información se proporcionara en el estado en que se encuentre en los archivos del ente obligado...", en virtud de que el generarla en los términos requeridos obstaculiza el buen desempeño del área, por lo que a fin de que se allegue de la información de su interés se pone a su disposición para su consulta directa de la información los días 13, 14 y 15 de julio de 2015, en un horario de 12:00 a 14:00 horas, en la Coordinación de Transparencia e Información Pública y/o la Dirección de Recursos Humanos ubicada dentro de las instalaciones de este Sede Delegacional con domicilio en Calle 10 esquina Canario, Colonia Tolteca, en la cual podrá acceder una persona para la extracción de la información pública requerida, ya que únicamente estará a su disposición un servidor,

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quien lo acompañara durante el acto para la dudas que surjan, asimismo a fin de salvaguardar la información de acceso restringido contenida en los expedientes y/o documentos a consultar. “z) GASTO TOTAL EJERCIDO POR LA DESCONCENTRADA Y SU COMPARTIVO CON EL AUTORIZADO POR EL AREA CENTRAL Y LA SAMBLEA DE REPRESENTANTES, DE FORMA GENERAL Y EL GASTO NO EJERCIDO EN LOS ULTIMOS CINCO AÑOS INDICANDO EL MOTIVO DEL NO EJERCICIO.” (SIC). RESPUESTA.- Le remito el oficio DAO/DGA/DRF/0912/2015 emitido por la Dirección de Recursos Financieros adscrita a la Dirección General de Administración, sírvase ver archivo adjunto denominado “109515 DGA DRF Of.0912”. “I.-REFERENTE A LA CONTRALORIA EL NÚMERO DE QUEJAS LEVANTADAS Y ATENDIDAS O CONCLUIDAS EN LOS ULTIMOS CINCO AÑOS DE MANERA GENERAL.” (SIC). RESPUESTA.- Respecto a este numeral, se le sugiere presentar su solicitud ante la Contraloría General del Distrito Federal, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Oficina de Información Pública, para lo cual se proporciona la siguiente información:

“II.-LOS NOMBRES Y GRADO MAXIMO DE ESTUDIOS DE LOS DIRECTORES GENERALES, DIRECTORES, LIDERES COORDINADORES, JEFES DE UNIDAD Y COORDINADORES DE TODAS LAS AREAS DELEGACIONALES.” (SIC).

RESPUESTA.- Le remito el oficio DAO/DGA/DRH/2971/2015 emitido por la Dirección de Recursos Humanos adscrita a la Dirección General de Administración, sírvase ver archivo adjunto denominado “109515 DGA DRH Of.2971”. En ese sentido, la información se proporcionara en el estado en que se encuentra en los sus respectivos archivos, con fundamento en el artículo 11, de la Ley de Transparencia y Acceso a la

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Información Pública del Distrito Federal, que a la letra dice "...La información se proporcionara en el estado en que se encuentre en los archivos del ente obligado...", en virtud de que el generarla en los términos requeridos obstaculiza el buen desempeño del área, por lo que a fin de que se allegue de la información de su interés se pone a su disposición para su consulta directa de la información los días 13, 14 y 15 de julio de 2015, en un horario de 12:00 a 14:00 horas, en la Coordinación de Transparencia e Información Pública y/o la Dirección de Recursos Humanos ubicada dentro de las instalaciones de este Sede Delegacional con domicilio en Calle 10 esquina Canario, Colonia Tolteca, en la cual podrá acceder una persona para la extracción de la información pública requerida, ya que únicamente estará a su disposición un servidor, quien lo acompañara durante el acto para la dudas que surjan, asimismo a fin de salvaguardar la información de acceso restringido contenida en los expedientes y/o documentos a consultar. Finalmente resulta precisar que respecto a la consulta pública referida en los diversos incisos que conforman su solicitud, la misma es propuesta en apego a lo establecido en el artículo 4 fracción I, 54, 55 y 56 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, así como en el artículo 52 del Reglamento de la misma Ley, que a la letra dicen: “Artículo 4. Para los efectos de esta Ley se entiende por: I. Consulta Directa: La prerrogativa que tiene toda persona de allegarse información pública, sin intermediarios;” (Sic) “Artículo 54. La obligación de dar acceso a la información se tendrá por cumplida cuando, a decisión del solicitante, la información se entregue por medios electrónicos, cuando se ponga a su disposición para consulta en el sitio en que se encuentra… En el caso de que la información solicitada ya se encuentre al público en medios impresos, se le hará saber al solicitante por escrito la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información, sin que ello exima al Ente Público de proporcionar la información en la modalidad en que se solicite.” (Sic) “Artículo 55. En la consulta directa se permitirán los datos o registros originales, sólo en el caso de que no se hallen almacenados en algún medio magnético, digital en microfichas o que su estado lo permita.” (Sic) “Artículo 56. Bajo ninguna circunstancia se prestará o permitirá la salida de registros o datos originales de los archivos en que se hallen almacenados.” (Sic) “Artículo 52. (…)

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Cuando la información solicitada implique la realización de análisis, estudios o compilaciones de documentos u ordenamientos, la obligación de dar acceso a la información se tendrá por cumplida poniendo a disposición del solicitante dichos documentos u ordenamientos para su consulta directa en el sitio en que se encuentre, protegiendo la información de carácter restringido. Cuando se solicite información cuya entrega o reproducción obstaculice el buen desempeño de la unidad administrativa del Ente Obligado, en virtud del volumen que representa, la obligación de dar acceso a la información se tendrá por cumplida cuando se ponga a disposición del solicitante en el sitio en que se encuentre para su consulta directa, protegiendo la información de carácter restringido. El Ente Obligado establecerá un calendario en que se especifique lugar, días y horarios en que podrá realizarse la consulta directa de la información. En caso de que el solicitante no asista a las tres primeras fechas programadas, se levantará un acta circunstanciada que dé cuenta de ello, dándose por cumplida la solicitud.”(Sic) No omitiendo hacer de su conocimiento que en caso de que derivado de la consulta directa usted requiera allegarse de información en formato de copia simple, la misma se proporcionará en apego a lo establecido en el artículo 51 quinto párrafo de la Ley de la materia, asimismo, en caso de que dicha información contenga información de acceso restringido en la modalidad de Confidencial o Reservada, previo a la entrega de la misma se seguirá el procedimiento estipulado en los artículos 50 y 61, fracción IV de la ley de la materia, igualmente se procederá conforme lo señalado en el artículo 33 del Reglamento de la misma Ley; por lo anterior, cito textualmente el fundamento antes referido: “Artículo 51. (…) El Ente Público que responda favorablemente la solicitud de información, deberá notificar al interesado sobre el pago de derechos. (…) Una vez que el solicitante compruebe haber efectuado el pago correspondiente, el Ente Público deberá entregar la información dentro de un plazo que no deberá exceder de tres días hábiles. Después de treinta días hábiles de haberse emitido la respuesta operará la caducidad del trámite.(…)” (Sic) “Artículo 33. (…) En el caso de que la modalidad seleccionada implique costos, una vez que el solicitante acredite el pago de los derechos correspondientes, la unidad administrativa procederá a elaborar la versión pública correspondiente en los términos aprobados en la resolución del

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Comité de Transparencia, remitiéndola a la OIP para que por su conducto sea notificada al solicitante” (Sic) Cabe hacer mención que la Oficina de Información Pública de la Delegación Álvaro Obregón se encuentra a su disposición para cualquier aclaración sobre esta solicitud o subsecuentes, sita en Calle Canario y Calle 10 s/n Col. Tolteca, en un horario de las 9:00 a las 15:00 horas de lunes a viernes. Teléfono 52 76 68 27. Asimismo, hago de su conocimiento que de acuerdo con lo establecido por el artículo 78 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, de existir inconformidad con la respuesta a su solicitud de información, podrá interponer Recurso de Revisión de manera directa o por medios electrónicos ante el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, dentro de los 15 días hábiles contados a partir en que surta sus efectos la notificación de la entrega de respuesta. …” (sic)

OFICIO DAO/JD/DAC/CESAAC/37/2015: “… En atención a su solicitud de acceso a la información pública Folio número 0401000 104715, de fecha 13 de junio de 2015, me permito remitirle las preguntas que corresponden a el Centro de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC). En relación al numeral 1, le informo que no se cuenta con un "avance comparativo del CESAC", no obstante se le proporciona las demandas ciudadanas ingresadas, pendientes y finalizadas correspondientes a los años 2013, 2014 y lo que va del 2015 (anexo l). . Asimismo, respecto al tiempo de atención, este se encuentra contemplado en el "Catálogo General de Temas y Acciones" (anexo 2) En el numeral 1 inciso g), le comento que la Audiencia Pública llamada "Viernes vecinal", como su nombre lo indica es una audiencia que da el Jefe Delegacional a los vecinos que así lo soliciten, CESAC es el encargado de organizar dicho evento con recursos humanos y materiales propios del área. Asimismo, en CESAC no entra demanda exclusiva del Viernes Vecinal, ya que únicamente se captura demanda en sus oficinas y estas se encuentran abiertas a todos los vecinos. Por lo cual no se cuenta con la información en los términos requeridos.

Con respecto al numeral 3: "Solicitud de Retiro de Franeleros y Solicitud de Permisos en Vía Pública", se remite cuadro con las solicitudes ingresadas por los dos rubros (anexo 3). …” (sic)

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ANEXO 1:

“…

…” (sic)

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ANEXO 2: “…

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…” (sic)

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ANEXO 3: “…

…” (sic)

OFICIO CDU/JUDMLCA/224/2015: “… En atención al acuse de recibo de solicitud de acceso a la información pública número de folio 0401000104715, de fecha 13 de Junio de 2015, enviada a la Coordinación de Desarrollo Urbano para su atención con el número de turno 1986 el día 17 de junio del año en curso, realizada por el C. Oscar Gilberto Cárdenas Lara, quien solicita la siguiente información: “Anexo petición de los últimos 5 años de la desconcentrada Datos para facilitar su localización Archivos delegacionales e informes” (sic). Al respecto y en respuesta a lo que compete a esta Unidad Departamental de Manifestaciones, Licencias de Constricción y Anuncios, envió a usted listado donde se señala el número de Registros de Manifestación de Construcción que se ingresaron a través de la Ventanilla Única de los últimos 5 años, por año y por Colonia: …” (sic)

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ARCHIVO ADJUNTO AL OFICIO CDU/JUDMLCA/224/2015: “…

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…” (sic)

OFICIO DAO/DGG/DGOB/CFG/UDEM/146/2015: “… En respuesta al oficio DAO/DGG/059/2015 de fecha 23 de junio de 2015, recibido en esta unidad departamental el mismo día, mediante el cual refiere la solicitud de información pública 04010000109515, realizada por el C. Oscar Gilberto Cárdenas Lara, en la cual requirió: “B) SOLICITUD DE ESTABLECIMIENTOS Y GIROS MERCANTILES AUTORIZADOS Y SOLICITUDES EN NUMERO”. Al respecto me permito informarle: El padrón de Establecimientos Mercantiles consta aproximadamente de 26,000 registros; por ser un volumen muy amplio de Establecimientos, se pone a su disposición para consulta directazos días 13, 14 y 15 de julio del presente año, en un horario de 12:00 a 14:00 horas, en la oficina del titular del área de Establecimientos Mercantiles. Esta Autoridad Administrativa, actúa bajo el principio de Buena Fe, por lo que las manifestaciones vertidas por el interesado, se deberán hacer en apego a lo señalado por el Artículo 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo vigente para el Distrito Federal. Así se resolvió, con fundamento en lo establecido en los artículos 8, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º, 3º, 4º, 9º y 11 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 9º fracción V y IX,

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14 y demás relativos y aplicables de la Ley de Establecimientos Mercantiles vigente del Distrito Federal; 1º, 2º, 36 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 124 fracción IX del Reglamento Interior de la Administración Pública vigente para el Distrito Federal.

…” (sic)

OFICIO DAO/DGODU/DO/COI/UDOV/488/2015: “… En atención al oficio DAO/DGODU/COI/536/2015 de fecha 17 de Junio de 2015 enviado por el M. en C. Alfredo Alanís Alcántara, Coordinador de Obras e Infraestructura y donde se me solicita proporcionar la información solicitada a la Oficina de Enlace de Información Pública en la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, para atender la solicitud mediante Sistema INFOMEXDF, con Folio No. 04010000104715, de fecha 13 de Junio del año en curso, donde el C. Oscar Gilberto Cárdenas Lara, solicita lo siguiente: d) Gasto Público ejercido en reparación y modernización de Banquetas por colonia. De lo anteriormente expuesto le informo lo siguiente:

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…” (sic)

OFICIO DAO/DGA/DRF/O912/2015: “… Con fundamento en el artículo 11 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que a la letra dice “… La información se proporcionará en el estado en que se encuentre en los archivos del ente obligado…”. Al respecto, le comento que para los incisos d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r) y z), se anexan 24 hojas simples del formato denominado Evaluación Programático Presupuestal de Actividades Institucionales (EVPP-1) de los ejercicios 2010, 2011, 2012 y 2013, así como el denominado Avance Programático-Presupuestal de Actividades Institucionales (APP) del ejercicio 2014, en el cual se registra el presupuesto asignado y ejercido a nivel actividad institucional de esta Delegación; cabe señalar que, dicha información se encuentra disponible en el link http://www.finanzas.df.gob.mx/egresos/cp2014/lindex.htlm;. Asimismo para los incisos a), b), c), ch), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s),

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y z) y Punto I, le comento que para conocer el detalle, se le sugiere solicitar dicha información a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, Dirección General de Servicios Urbano, Dirección General de Jurídica, Contraloría Interna de esta Sede Delegacional y Dirección General de Cultura, Educación y Deporte, de este Órgano Político Administrativo, lo anterior con fundamento en el Artículo 47 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que a la letra señala, “…Si la solicitud es presentada ante un Ente Obligado que no es competente para entregar la información; o que no la tenga por no ser de su ámbito de competencia…” (sic)

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…” (sic)

OFICIO DAO/DGODU/DO/COI/UDOH/540/2015: “… En atención al oficio numero DAO/DGODU/DO/COI/537/2015, mediante el cual solicita se atienda la petición realizada por el C. Oscar Gilberto Cárdenas Lara, a través del sistema INFOMEXDF No. 04010000104715, donde requiere la siguiente información. Solicita información de los últimos 5 años de la desconcentrada (se anexa copia de la relación) En atención a su solicitud, le envió los datos correspondientes a los recursos ejercidos que competen a esta Unidad Departamental por programa y año, y que continuación se relacionan.

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…” (sic)

OFICIO DAO/JOJD/CGE/66/2015: “… En atención a la solicitud electrónica número 0401000104715 del Sistema INFOMEX del Distrito Federal, realizada por el C. Oscar Gilberto Cárdenas Lara, informo a usted lo siguiente: Gasto público ejercido en informática y del mantenimiento de la página de internet de la Delegación, que incluya el gasto por rubro de medios en el área de comunicación social, así como la inversión en los diferentes medios de comunicación de la jefatura Delegacional y su imagen. Respuesta Por ser un desarrollo interno, que se creó con personal y con recursos propios de la Delegación, no tienen ningún costo el mantenimiento de la página de Internet de la Delegación. Sobre el particular, tengo a bien informar que esta Coordinación dentro de sus actividades no maneja el gasto público ejercido de la información solicitada. …” (sic)

OFICIO DAO/DGA/DRH/CI/2971/2015: “… Referente a la solicitud electrónica No. 04010001095-15-002, de fecha 24 de junio del presente año, realizada por el C. Oscar Gilberto Cardenas Lara, mediante la cual requiere lo siguiente:

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Por medio del presente, me permito enviar a usted información y/o documentación, correspondiente a esta Dirección de Recursos Humanos, siendo la siguiente: GASTO PÚBLICO E INVERSIÓN EN EL ÁREA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS QUE INCLUYA LOS AVANCES EN ELLA Y LOS GASTOS DE OPERACIÓN DE LAS DIFERENTES INSTITUCIONES QUE EFECTUARON LA CAPACITACIÓN Y ÁREAS DE APLICACIÓN. Se anexa relación con la información solicitada en la forma y términos requeridos. No omito señalar que la misma se proporciona de conformidad con el Artículo 11 Párrafo Cuarto última parte de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del D.F. “En el caso de no estar disponible en el medio solicitado, la información se proporcionará en el estado que se encuentre en los archivos del Ente Público” GASTO PÚBLICO EN EL PAGO DE PRESTACIONES A PERSONAL DE NÓMINA 8 Y SU COMPARATIVO CON LAS ANTIGUAS DENOMINACIONES DE HONORARIOS, EVENTUALES ORDINARIOS, EVENTUALES EXTRAORDINARIOS, AUTOGENERADOS Y DE PERSONAL BASE Y BASE SINDICALIZADO. Se anexa el monto del gasto público de las prestaciones al personal de la nómina 8 del ejercicio 2015 el cual asciende $96´439,556.00, asimismo le informo que no existe comparativo con las anteriores denominaciones, toda vez que en los ejercicios anteriores no existió nómina 8. No omito señalar que la misma se proporciona de conformidad con el Artículo 11 Párrafo Cuarto última parte de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del D.F. “En el caso de no estar disponible en el medio solicitado, la información se proporcionará en el estado que se encuentre en los archivos del Ente Público” PLANTILLA COMPARATIVA POR AÑO DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS QUE INCLUYA LATAS Y BAJAS DE CINCO AÑOS A LA FECHA QUE INCLUYA MOVIMIENTOS ESCALAFONARIOS CON PUESTOS Y DENOMINACIONES Y PLAZAS POR DEFUNCIÓN OTORGADAS, ASÍ COMO ASIGNACIONES DE PLAZAS POR JUBILACIÓN Y PENSION. Le informo a usted que conforme a las cargas de trabajo que existen en esta área y derivado del volumen de los justificantes de las personas contratadas por eventuales y operativo base que integran este Órgano Político; generarla y/o clasificarla en los términos que usted requiere obstaculizaría el buen desempeño de esta Dirección de Recursos Humanos, por lo que, a fin de cumplir con el principio de máxima publicidad previsto en el artículo 2 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y a fin de que se allegue de la información de su interés se pone a su disposición para su consulta directa de la información los días 13, 14 y 15 de julio de 2015, en

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un horario de 12:00 a 14:00 horas, en la Dirección de Recursos Humanos ubicada dentro de las instalaciones de este Sede Delegacional con domicilio en Calle 10 esquina Canario, Colonia Tolteca, en la cual podrá acceder el C. Oscar Gilberto Cárdenas Lara, (una sola persona) para la consulta directa requerida, ya que únicamente se designará a un servidor público y/o servidoras públicas, quienes lo acompañaran durante el acto para las dudas que surjan, asimismo a fin de salvaguardar la información de acceso restringido contenida en los expedientes y/o documentos a consultar, todo ello conforme lo establecido en el artículo 4 fracción I, 54, 55 y 56 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, así como en el artículo 52 del Reglamento de la misma Ley, que a la letra dicen: … PLANTILLA GENERAL POR ÁREA DE LA TOTALIDAD DE EMPLEADOS DE GOBIERNO (DESDE ACTUAL JEFE DELEGACIONAL HASTA TRABAJADOR DE BASE) QUE INCLUYA PERSONAL DE INTERINATO SEÑALANDO LA ANTIGÜEDAD LABORAL DE LOS INTERINATOS. Sobre el particular, me permito señalar a usted que en la página de Internet de la Delegación Álvaro Obregón www.dao.gob.mx, puede consultar la información requerida en el apartado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del D.F. artículo 14 Fracción VI. CURRICULAR DE LOS DELEGADOS, DIRECTORES GENERALES, DIRECTORES, COORDINADORES, LÍDERES COORDINADORES, Y JEFES DE UNIDAD QUE INCLUYA AL DELEGADO ACTUAL. DE CINCO AÑOS A LA FECHA INDICANDO QUIENES PERMANECEN EN ELLOS O EN LA ADMINISTRACIÓN DELEGACIONAL. Sobre el particular, me permito señalar a usted que en la página de Internet de la Delegación Álvaro Obregón www.dao.gob.mx, puede consultar la información requerida en el apartado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del D.F. artículo 14 Fracción VI. No omito señalar que la misma se proporciona de conformidad con el Artículo 11 Párrafo Cuarto última parte de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del D.F. “En el caso de no estar disponible en el medio solicitado, la información se proporcionará en el estado que se encuentre en los archivos del Ente Público” PUESTOS DESEMPEÑADOS POR LA C. MARÍA ANTONIA HIDALGO TORRES, CURRICULAR GRADO ACADEMICO MÁXIMO Y EGRESOS EN LOS AÑOS LABORADOS EN LA DEPENDENCIA HASTA SU SEPARACIÓN, QUE INCLUYA FECHA DE INICIO LABORAL Y DE TERMINACIÓN DE ACTIVIDAD Y FUNCIÓN. Se anexa la curricula versión pública.

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No omito señalar que la misma se proporciona de conformidad con el Artículo 11 Párrafo Cuarto última parte de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del D.F. “En el caso de no estar disponible en el medio solicitado, la información se proporcionará en el estado que se encuentre en los archivos del Ente Público” LOS NOMBRES Y GRADOS MÁXIMO DE ESTUDIOS DE LOS DIRECTORES GENERALES, DIRECTORES, LÍDERES COORDINADORES, JEFES DE UNIDAD Y COORDINADORES DE TODAS LAS ÁREAS DELEGACIONALES. Sobre el particular, me permito señalar a usted que en la página de Internet de la Delegación Álvaro Obregón www.dao.gob.mx, puede consultar la información requerida en el apartado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del D.F. artículo 14 Fracción VI. …” (sic)

ANEXOS DEL OFICIO DAO/DGA/DRH/CI/2971/2015: “…

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…” (sic)

III. El veintiocho de septiembre de dos mil quince, el particular presentó recurso de

revisión, manifestando lo siguiente:

“… al no recibir informacion requerida se vio afectado mi derecho de acceso a la informacion publica establecido en la constitución …” (sic)

IV. El veintinueve de septiembre de dos mil quince, se recibió en la Unidad de

Correspondencia de este Instituto un escrito de la misma fecha, por medio del cual el

particular manifestó lo siguiente:

“… me entregan un oficio diferente que habla del uso del Parque Fco. P requerido para una fiesta infantil …” (sic)

V. El cinco de octubre de dos mil quince, la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo de

este Instituto previno al particular a efecto de que:

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Exhibiera copia de la respuesta entregada por el Ente Obligado previo pago de derechos.

Exhibiera la constancia de notificación de la respuesta entregada por el Ente Obligado previo pago de derechos que pretendía impugnar o, bajo protesta de decir verdad, señalara la fecha en la que había tenido conocimiento de la misma.

Expresara de manera clara y precisa los hechos y agravios que le causaba el acto que pretendía impugnar, los cuales deberían guardar relación con el contenido de la respuesta emitida por el Ente Obligado, indicando de manera clara y precisa el por qué se lesionaba su derecho de acceso a la información pública.

Lo anterior, apercibido de que en caso de no desahogar la prevención en los términos

señalados se tendría por no interpuesto el recurso de revisión.

VI. El doce y quince de octubre de dos mil quince, se recibieron en en la Unidad de

Correspondencia de este Instituto correos electrónicos de la misma fecha, por medio de

los cuales el particular desahogó la prevención que le fue formulada, señalando lo

siguiente:

“… 5.- De acuerdo al requerimiento señalado en la respuesta de la OIP para consultar la información los días citados en el numeral 3 de esta respuesta de prevención se acudió en tiempo y forma levantándose un acta una vez concluido el proceso de consulta, pues a solicitud del área de cultura esta se pospuso para primeramente el 16 de julio en el centro cultural san ángel y luego a petición de la OIP delegacional, puesto que el día 16 no llego la encargada del área, se propuso para el día 20 del mes de julio a las 13 horas, reunión efectuada en el salón de delegados del edificio delegacional, estando presentes el titular del área de la OIP, la encargada de Bibliotecas su auxiliar y el suscrito, terminada la reunión de consulta se procedió a levantar el acta correspondiente ( Anexo 14 con Dos Fojas Útiles), en donde solicite copias de información de mi interés ( Relacionado con punto C). 6.- El día 29 de Julio a través del Sistema INFOMEX se emitió la orden de pago al Banco HSBC ( Anexo 15 consistente en 1 foja útil), procediendo a pagar dicha orden el 31 de Julio como lo señala el matasellos del Banco ( Anexo 16 consistente en una foja) ( Esto esta relacionado a su requerimiento señalado en este ocurso con letra a).

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7.- El original del pago me fue recogido el día 04 de agosto de 2015 en la OPI Delegacional según consta en el sello en la parte inferior a las 12:17 hrs.( Anexo 17 consistente en 1 foja) relacionada con letra a). 8.- Es hasta el día 4 de Septiembre del año en curso que la OIP Delegacional me entrega la información requerida ( Relacionada con letra b), atraves del oficio DAO/DJ/JOJD/DAC/CTIP/453/2015 (Anexo 18 consistente en una foja útil), dando respuesta al folio al rubro citado y al 0401000104715, folio duplicado de la misma información ingresado al sistema INFOMEX el dia 13 de Junio de 2015 a las 13:49 P.M. con la misma petición ( Anexo 19 consistente en 7 Fojas Utiles) 9.- Anexo a la respuesta referida en el numeral anterior ( relacionada letra b), se incluyeron los oficios DAO/DGODU/DO/COI/UDM/CEEP/554/2015 de fecha 06 de agosto de 2015 signado por el Jefe de Mantenimiento y Conservación de Escuelas y Edificios Publicos el Lic. Andrés Huitron Perez ( Anexo 20 consistente en 16 Fojas), Oficio DAO/DGSU/454/2015 de fecha 07 de Agosto de 2015 signado por el Titular de la Direccion General de Servicios Urbanos Jesus Garcia Landero ( Anexo 21 Consistente en una foja útil) y sus complementos Oficio DAO/DGSU/DSU/CAP/133/2015. Signado por el Coordinador de alumbrado publico Ing. Jose Luis Barron Borrego de fecha 07 de Agosto ( Anexo 22 consistente en 17 fojas), Oficio DAO/DGSU/DPCMA/CPYJ/439/2015 de fecha 6 de Agosto Signado por la Coordinador de Parques y Jardines ( Anexo 23 consistente en 3 Fojas), Oficio DAO/DGSU/DPCMA/CE/069/2015 ( Anexo 24 consistente en 2 fojas) signado por la Coordinadora de Ecotectegnologias R. Berenice Torres Ayala de fecha 05 de Agosto de 2015 Oficio DAO/DGC/DGOB/CFG/UDEM/183/2015 DE FECHA 6 DE AGOSTO DE 2015 SIGNADO POR EL JEFE DE LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES LIC.RAUL FELIPE ARENAS TELLO / ANEXO 25 CONSISTENTE EN 19 FOJAS) Y OFICIO DAO/DGCEYD/0060/15 DE LA DIRECCION GENERAL DE CULTURA EDUCACION Y DEPORTE signado por el Director General Lic. Jorge de la Cruz Amieva de fecha 05 de Agosto, consistente en una foja útil (Anexo 26), donde venían adjuntos Oficio DAO/DGCEYD/0116/ de fecha 24 de abril signado por el Director General Guillermo Diaz Madrid haciendo referencia a la solicitud con número folio 032015-88416 que no es mia, solicitando el Parque Francisco P. Miranda para efectuar fiesta Infantil ( Anexo 27) y no relacionado con mi petición, oficio sin numero de fecha 28 de marzo de 2012, signado por el C. Olvera Gomzalez Antonio, la C. Perez Calzada Lina Cristina, C Rofriguez Laura Angelica. C. Lopez Martinez Zurita Ma. Jesus Concepcion, C. Lopez Martinez Zurita Lizbeth, C. Hernandez Negrete Maria Cinthya, C Monroy Muñoz Lucila, C. Pablo Huerta Cervantes y Ramos Torres Antonio ( Anexo 28 Consistente en 3 Fojas utiles ) y un reglamento interno para el personal de las Bibliotecas de Alvaro Obregon sin fecha y sin firmas ( Anexo 29 Consistente en una foja) sin ninguna relación a lo solicitado y acordado en el acta señalada en ele numeral 5 ( relacionado letra c). 10.- Al revisar la documentación en comento en el punto anterior manifesté primeramente en la misma OIP que no era el documento de cultura el que yo solicitaba y el que se había acordado en el acta y sobre todo el que me habían exhibido por lo que acudí a una

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orientación para saber como proceder, así ingrese mediante los folios 8396 y 8647 con las fechas indicadas de los días veintiocho y veintinueve de septiembre del año en curso el recurso de revisión ( relacionado punto c). 11.- El señalado en el punto S de mi petición, como lo indico en el folio 8396 y en el punto 5 del acta levantada el 20 de julio numeral 5 de esta respuesta, no me fue entregado, pues en dicha exposición que el ente Obligado puso a mi disposición por parte de la encargada de la Red de Bibliotecas públicas de la desconcentrada y de su auxiliar la C. Michel, se me mostraron documentos de los descartes de 2011 y 2012 firmados por el encargado de la Red de Bibliotecas Públicas en turno donde se informaba de la quema de dicho material ( El cual es de carácter federal) por medidas de higiene en la instalación de la Biblioteca Central Delegacional Batallon de San Patricio la firma es del C. Pablo Huerta y constaba de 5 fojas anexas este documento esta dirigido a otro ente del GDF del cual no recuerdo si es a la secretaria de salud del GDF o a la Dirección de Recursos Humanos de la Dependencia pues ella depende el área de seguridad e Higiene en el trabajo, esta es la información que yo requiero y que el OIP DELEGACION TOMO NOTA Y LA CUAL NO FUE ENTREGADA. … Quiero aclarar que la demás información entregada corresponde a lo solicitado, menos el área de Bibliotecas…” (sic)

VII. El quince de octubre de dos mil quince, la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo

de este Instituto admitió a trámite el recurso de revisión interpuesto, así como las

constancias de la gestión realizada en el sistema electrónico “INFOMEX” a la solicitud

de información.

Del mismo modo, con fundamento en el artículo 80, fracción II de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se ordenó requerir

al Ente Obligado el informe de ley respecto del acto impugnado.

VIII. El veintiocho de octubre de dos mil quince, se recibió en la Unidad de

Correspondencia de este Instituto un correo electrónico de la misma fecha, por medio

del cual el Ente Obligado adjuntó el oficio DAO/JD/JODJ/DAC/CTIP/546/2015, a través

del cual rindió el informe de ley que le fue requerido, en el que además de describir la

gestión realizada a la solicitud de información, informó lo siguiente:

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63

- El nueve de julio de dos mil quince, la Coordinación de Transparencia conformó una respuesta con base en las respuestas emitidas por las áreas competentes, a través de la cual proporcionó parte de la información y el resto se puso a consulta directa.

- El veinte de julio de dos mil quince, una vez llevada a cabo la consulta directa por parte del particular, se procedió a levantar el Acta correspondiente, en la cual se acotó puntualmente la información de la cual deseaba allegarse, siendo la misma revisada y aprobada por el ahora recurrente.

- El cuatro de agosto de dos mil quince, al tener acreditado el pago de derechos por

proporcionó la información de interés del particular mediante los oficios DAO/DGODU/DO/COI/UDMCEEP/554/2015,DAO/DGSU/454/2015 y DAO/DGG/DGOBCFG/UDEM/183/2015, así como el DAO/DGCEyD/0060/15.

- Respecto de sus agravios, en los que manifestó lo siguiente:

“… El señalado en el punto S de mi petición, como lo indico en el folio 8396 y en el punto 5 del acta levantada el 20 de julio numeral 5 de esta respuesta, no me fue entregado, pues en dicha exposición que el ente Obligado puso a mi disposición por parte de la encargada de la Red de Bibliotecas públicas de la desconcentrada y de su auxiliar la C. Michel, se me mostraron documentos de los descartes de 2011 y 2012 firmados por el encargado de la Red de Bibliotecas Públicas en turno donde se informaba de la quema de dicho material ( El cual es de carácter federal) por medidas de higiene en la instalación de la Biblioteca Central Delegacional Batallon de San Patricio la firma es del C. Pablo Huerta y constaba de 5 fojas anexas este documento esta dirijido a otro ente del GDF del cual no recuerdo si es a la secretaria de salud del GDF o a la Dirección de Recursos Humanos de la Dependencia pues ella depende el area de seguridad e Higiene en el trabajo, esta es la información que yo requiero y que el OIP DELEGACION TOMO NOTA Y LA CUAL NO FUE ENTREGADA. … SE INDIQUE A LA DESCONCENTRADA CUMPLA CON LO SENALADO EN EL ACTA QUE SE LEVANTO EN LA OIP ES DECIR NUMERAL 5 Y LETRA S DE MI PETICION.

Al respecto, notificó al correo electrónico proporcionado por el recurrente una respuesta complementaria mediante el oficio DAO/JD/JOJD/DAC/CTIP/545/2015, al cual adjuntó el diverso DAO/ DGCEyD/DDCyE/JUDACEC/192/15 para satisfacer sus agravios, en el que manifestó lo siguiente:

EXPEDIENTE: RR.SIP.1333/2015

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

64

OFICIO DAO/DGCEyD/ DDCyE/CFCyE/JUDACEC/192 /15:

“… MANUEL ENRIQUE PAZOS RASCON COORDINADOR DE TRANSPARENCIA E INFORMACION PUBLICA PRESENTE En atencion y respuesta al EXPEDIENTE RR.SIP.1333/2015 derivada de la solicitud con número de folio 0401000109515 de fecha 15 de octubre del presente ario, en relaci6n al recurso de revisi6n interpuesto por el C. Oscar Gilberto Cárdenas Lara, me permito informar 10 siguiente:

En el Acta Circunstanciada de fecha 20 de julio de dos mil quince, misma que fue signada por el C. Oscar Gilberto Cárdenas Lara, fue requerida copia simple del oficio No.

DAO/DGCEyD/116/15 el cual fue entregado al C. Oscar Gilberto Cardenas Lara, tal como fue requerido, mismo que consta de una foja sin anexos.Se anexa copia del oficio citado (Anexo 1). Por lo que respecta al escrito sin numero de fecha 28 de marzo de 2012, en el cual

aparecen las firmas de los Ciudadanos: Olivera Gonzalez Antonio, Perez Calzada Lina Cristina, Rodriguez Laura Angelica, Lopez Martinez Zurita, Ma. de Jesus Concepcion, Lopez Martinez Zurita Lizbeth. Hernandez Negrete María Cinthhya, Monroy Muñoz Lucila, Pablo Huerta Cervantes y Ramos Lopez Antonio, asi como documento con el reglamento interno para el personal de Bibliotecas en Álvaro Obregón sin fecha y sin firma, esta Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Centros Educativos y Culturales, declara categóricamente que en ningún momento anexo copia de los documentos durante el desarrollo del evento de Consulta Directa del dia 20 de julio de dos mil quince o

posteriormente en cumplimiento de los compromisos del Acta de Hechos del día veinte de julio de dos mil quince, por lo cual se desconoce el medio o la forma por la cual C. Oscar Gilberto Cárdenas Lara obtuvo dichos documentos. Por lo que respecta a las siguientes preguntas:

• "Acervo total de libros en la Red de bibliotecas públicas". El total del volumen de libros de la Red de Bibliotecas es de 52,823 libros ( cincuenta y dos mil ochocientos veintitrés). Cabe hacer mención que dicha información fue entregada con anterioridad por este medio en la respuesta NO. 0401000116815 realizada por el C. Oscar Gilberto Cárdenas en el mes de julio del presente año.

• "Material de descarte".-Se informa que existen 70 cajas.

EXPEDIENTE: RR.SIP.1333/2015

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

65

• "La operación de la Red en sus areas de internet y de Educación a Distancia incluyendo el número de equipos de computo en cada biblioteca".

Se informa que existen 384 equipos de compute. de los cuales solo opera la biblioteca Publica Barrio Norte "Preconcreto" para ecucacion a distancia. Referente a las preguntas:

• "Área de la Coordinaci6n de Bibliotecas asi como el funcionamiento de su área

administrativa tanto en fomento a la lectura especificando por afio sus actividades y logros" Se informa lo siguiente

OCTUBRE 2012

2013 2014 SEPTIEMBRE 2015

CURSOS 789

CURSOS 1128 CURSOS 1117 CURSOS 491

USUARIOS 9,016

USUARIOS 8,248 USUARIOS 10,325 USUARIOS 3,675

• Actividades anuales desarrolladas durante estos años:

-Feria Anual Del Libro En Álvaro Obregón -Concursos De Poesfa

• Actividades permanentes: -Seguimiento De La Sala De Braile De La Biblioteca Publica Batallón De San Patricio - Talleres De Cartonería -Grupo Representativo De Guitarra (Tercera Edad) -Cursos De Computación. …” (sic)

Asimismo, adjunto a su informe de ley, el Ente Obligado anexó un disco compacto de

cual se desprendían diversas documentales mismas que ya se encontraban en el

expediente en que se actúa, así como la constancia de notificación de la respuesta

complementaria al correo electrónico del ahora recurrente.

EXPEDIENTE: RR.SIP.1333/2015

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Teléfono: 56 36 21 20

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IX. El tres de noviembre de dos mil quince, la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo

de este Instituto tuvo por presentado al Ente Obligado rindiendo el informe de ley que le

fue requerido, así como con una respuesta complementaria.

Del mismo modo, con fundamento en el artículo 80, fracción IV de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se ordenó dar

vista al recurrente con el informe de ley y la respuesta complementaria del Ente

Obligado para que manifestara lo que a su derecho conviniera.

X. El nueve de noviembre de dos mil quince, se recibieron en la Unidad de

Correspondencia de este Instituto dos correos electrónicos del ocho de noviembre de

dos mil quince, por medio del cual el recurrente manifestó lo que a su derecho convino

respecto del informe de ley y la respuesta complementaria del Ente Obligado, reiterando

su inconformidad presentada en su recurso de revisión y presentando pruebas.

XI. El doce de noviembre de dos mil quince, la Dirección Jurídica y Desarrollo

Normativo de este Instituto dio vista al Ente Obligado a efecto de que en un término de

tres días hábiles se pronunciara de las manifestaciones y pruebas expuestas por el

recurrente.

Por otro lado, con fundamento en el artículo 80, fracción IX de la Ley de Transparencia

y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se concedió a las partes un plazo

común de tres días hábiles para que formularan sus alegatos.

XII. El veinticuatro de noviembre de dos mil quince, se recibió en la Unidad de

correspondencia de este Instituto el oficio DAO/JD/JOJD/DAC/CTIP/567/2015, por

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medio del cual el Ente Obligado formuló sus alegatos, manifestando que en todo

momento dio atención a la solicitud de información y que con la intención de satisfacer

el agravio del recurrente, el veintiocho de octubre de dos mil quince le notificó el diverso

DAO/DGCEyD/DDCyE/CFCyE/JUDACEC/192/15, mediante el cual emitió una

respuesta complementaria.

XIII. El veintiséis de noviembre de dos mil quince, la Dirección Jurídica y Desarrollo

Normativo de este Instituto tuvo por presentado al Ente Obligado formulando sus

alegatos, no así al recurrente, quien no realizó consideración alguna al respecto, por lo

que declaró precluído su derecho para tal efecto, lo anterior, con fundamento en el

artículo 133 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación

supletoria a la ley de la materia.

Finalmente, se decretó el cierre del periodo de instrucción y se ordenó elaborar el

proyecto de resolución correspondiente.

En razón de que ha sido debidamente substanciado el presente recurso de revisión y

de que las pruebas agregadas al expediente consisten en documentales, las cuales se

desahogan por su propia y especial naturaleza, con fundamento en el artículo 80,

fracción VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito

Federal, y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. El Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos

Personales del Distrito Federal es competente para investigar, conocer y resolver el

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presente recurso de revisión con fundamento en los artículos 6, párrafos primero,

segundo y apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1,

2, 9, 63, 70, 71, fracciones II, XXI y LIII, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82 y 88 de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 2, 3, 4, fracciones

I y IV, 12, fracciones I y XXIV, 13, fracción VII y 14, fracción III de su Reglamento

Interior.

SEGUNDO. Previo al análisis de fondo de los argumentos formulados en el presente

recurso de revisión, este Instituto realiza el estudio oficioso de las causales de

improcedencia, por tratarse de una cuestión de orden público y de estudio preferente,

atento a lo establecido por la Jurisprudencia número 940, publicada en la página 1538,

de la Segunda Parte del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1988,

la cual señala:

IMPROCEDENCIA. Sea que las partes la aleguen o no, debe examinarse previamente la procedencia del juicio de amparo, por ser una cuestión de orden público en el juicio de garantías.

Analizadas las constancias que integran el presente recurso de revisión, se observa que

el Ente Obligado no hizo valer causal de improcedencia y este Órgano Colegiado

tampoco advirtió la actualización de alguna de las previstas por la Ley de Transparencia

y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal o su normatividad supletoria.

Sin embargo, al rendir su informe de ley, el Ente Obligado informó que emitió una

respuesta complementaria en la cual atendió la solicitud de información, por lo tanto,

consideró que se actualizaba la causal de sobreseimiento prevista el artículo 84,

fracción V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito

Federal, la cual prevé.

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Teléfono: 56 36 21 20

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TÍTULO TERCERO

DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL

CAPÍTULO II

DEL RECURSO DE REVISIÓN

Artículo 84. Procede el sobreseimiento, cuando: … V. Cuando quede sin materia el recurso;

Del precepto legal transcrito, se desprende que la causal de sobreseimiento prevista en

la fracción V, del artículo 84 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública del Distrito Federal procede cuando quede sin materia el recurso de revisión, es

decir, que se haya extinguido el acto impugnado con motivo de un segundo acto del

Ente recurrido que deje sin efectos el primero y que restituya al particular su derecho de

acceso a la información pública transgredido, quedando subsanada y superada la

inconformidad del recurrente.

Ahora bien, para determinar si en el presente caso se actualiza la causal de

sobreseimiento prevista en la fracción V, del artículo 84 de la Ley de Transparencia y

Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, es necesario establecer los hechos

que dieron origen a la presente controversia, así como los suscitados de forma posterior

a la interposición del recurso de revisión.

En ese sentido, resulta necesario analizar si las documentales agregadas al expediente

en que se actúa son idóneas para demostrar que se reúnen los requisitos mencionados,

por lo que resulta conveniente esquematizar la solicitud de información, el agravio

formulado por el recurrente y la respuesta complementaria emitida por el Ente Obligado,

en los siguientes términos:

EXPEDIENTE: RR.SIP.1333/2015

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Teléfono: 56 36 21 20

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SOLICITUD DE INFORMACIÓN

AGRAVIO RESPUESTA COMPLEMENTARIA DEL ENTE OBLIGADO

“Anexo petición de los últimos 5 años de la desconcentrada … (Solicitud descrita en resultando segundo de la presente resolución)” (sic)

“… El señalado en el punto S de mi petición, como lo indico en el folio 8396 y en el punto 5 del acta levantada el 20 de julio numeral 5 de esta respuesta, no me fue entregado, pues en dicha exposición que el ente Obligado puso a mi disposición por parte de la encargada de la Red de Bibliotecas públicas de la desconcentrada y de su auxiliar la C. Michel, se me mostraron documentos de los descartes de 2011 y 2012 firmados por el encargado de la Red de Bibliotecas Públicas en turno donde se informaba de la quema de dicho material ( El cual es de carácter federal) por medidas de higiene en la instalación de la Biblioteca Central Delegacional Batallon de San Patricio la firma es del C. Pablo Huerta y constaba de 5 fojas

“Por lo anterior, le transmito lo manifestado por la Jefa de la Unidad Departamental de Atencion a Centros Educativos y Culturales, a través del oficio DAO/DGCEYD/DDCyE/CFCyE/JUDACEC/192/15, que a la letra precisa: “ Acervo total de libros en la Red de bibliotecas públicas” El total del volumen de libros de la red de Bibliotecas es 52,823 libros ( cincuenta y dos mil ochocientos veintitrés). Cabe hacer mención n que dicha información fue entregada con anterioridad por este medio en la respuesta No. 0401000116815 realizada por el C. Oscar Gilberto Cárdenas en el mes de julio del presente año. “Material de descarte” .- Se informa que existen 70 cajas La operación de la Red en sus áreas de Internet y de Educación a Distancia incluyendo el número de equipos de cómputo en cada biblioteca”. Se informa que existen 384 equipos de cómputo, de los cuales sólo opera la biblioteca Pública Barrio Norte “ Preconcreto” para educacion a distancia. Referente a las preguntas: Área de la Coordinacion de Bibliotecas así como el funcionamiento de su área administrativa tanto en fomento a la lectura especificando por año sus actividades y logros” Se informa lo siguiente:

EXPEDIENTE: RR.SIP.1333/2015

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

71

Lo anterior, se desprende de las documentales consistentes en el formato denominado

“Acuse de recibo de solicitud de acceso a la información pública”, del acuse de correo

del veintiocho de octubre de dos mil quince, del oficio

DAOIDGCEyDIDDCyE/CFCyE/JUDACEC/192/ 115 del veintitrés de octubre de dos mil

quince y del “Acuse de recibo de recurso de revisión”, a las cuales se les concede valor

probatorio en términos de lo dispuesto por los artículos 374 y 402 del Código de

anexas este documento esta dirijido a otro ente del GDF del cual no recuerdo si es a la secretaria de salud del GDF o a la Dirección de Recursos Humanos de la Dependencia pues ella depende el area de seguridad e Higiene en el trabajo, esta es la información que yo requiero y que el OIP DELEGACION TOMO NOTA Y LA CUAL NO FUE ENTREGADA. … SE INDIQUE A LA DESCONCENTRADA CUMPLA CON LO SENALADO EN EL ACTA QUE SE LEVANTO EN LA OIP ES DECIR NUMERAL 5 Y LETRA S DE MI PETICION.” (sic)

OCTUBRE 2012 2013 2014 SEPTIEMBRE 2015

CURSOS 789 USUARIOS 9,016

CURSOS 1128 USUARIOS 8,248

CURSOS 1117 USUARIOS 10,325

CURSOS 491 USUARIOS 3, 675

Actividades anuales desarrolladas durante estos años:

- Feria Anual del Libro En Álvaro Obregón

- Concursos de Poesía Actividades Permanentes :

- Seguimiento De La Sala de Braile de la Biblioteca Pública Batallón De San Patricio

- Talleres de Cartoneria

- Grupo Representativo de Guitarra (

Tercera Edad)

- Cursos de Computación …” (sic).

EXPEDIENTE: RR.SIP.1333/2015

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

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Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria a la ley de la

materia, así como con apoyo en la siguiente Tesis de Jurisprudencia emitida por el

Poder Judicial de la Federación, la cual dispone:

Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: III, Abril de 1996 Tesis: P. XLVII/96 Página: 125 PRUEBAS. SU VALORACIÓN CONFORME A LAS REGLAS DE LA LÓGICA Y DE LA EXPERIENCIA, NO ES VIOLATORIA DEL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL (ARTÍCULO 402 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL). El Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, al hablar de la valoración de pruebas, sigue un sistema de libre apreciación en materia de valoración probatoria estableciendo, de manera expresa, en su artículo 402, que los medios de prueba aportados y admitidos serán valorados en su conjunto por el juzgador, atendiendo a las reglas de la lógica y de la experiencia; y si bien es cierto que la garantía de legalidad prevista en el artículo 14 constitucional, preceptúa que las sentencias deben dictarse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica, y a falta de ésta se fundarán en los principios generales del derecho, no se viola esta garantía porque el juzgador valore las pruebas que le sean aportadas atendiendo a las reglas de la lógica y de la experiencia, pues el propio precepto procesal le obliga a exponer los fundamentos de la valoración jurídica realizada y de su decisión. Amparo directo en revisión 565/95. Javier Soto González. 10 de octubre de 1995. Unanimidad de once votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Luz Cueto Martínez. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el diecinueve de marzo en curso, aprobó, con el número XLVII/1996, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a diecinueve de marzo de mil novecientos noventa y seis.

Ahora bien, antes de analizar el sobreseimiento del presente recurso, este Órgano

Colegiado puntualiza que el recurrente al momento de interponer el recurso de revisión,

el recurrente únicamente expresó inconformidad por que el Ente Obligado no dio

respuesta a su requerimiento s, es decir, no le informó s) EL ACERVO TOTAL DE

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Teléfono: 56 36 21 20

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LIBROS EN LA RED DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS, Y DE SU MATERIAL DE DESCARTE

ASI COMO LA OPERACIÓN DE DICHA RED EN SUS AREAS DE INTERNET Y DE

EDUCACION A DISTANCIA INCLUYENDO EL NUMERO DE EQUIPOS DE COMPUTO EN

CADA BIBLIOTECA Y AREA DE LA COORDINACION DE BIBLIOTECAS ASI COMO EL

FUNCIONAMIENTO DE SU AREA ADMINISTRATIVA TANTO EN FOMENTO A LA

LECTURA ESPECIFICANDO POR AÑO SUS ACTIVIDADES Y LOGROS, ASI COMO EL DE

LA OFICINA DE CONTROL DE GESTION DE LA RED DE BIBLIOTECAS.

En ese sentido, no hizo referencia a los requerimientos a, b, c, ch, d, e, f, g, h, i, j, k, l,

m, n, ñ, o, p, q, r, t, u, v, w, x, y y z, por lo que se entiende que la atención que se

brindó a dichos requerimientos y la información ofrecida por el Ente fue consentida por

el particular, lo anterior, con apoyo en la manifestacion descrita en el desahogo de la

prevencion en la que mencionó que unicamente se inconformaba del diverso s, por lo

que la controversia unicamente tratará sobre el análisis de la atención brindada a dicho

cuestionamiento.

Sirve de apoyo a lo anterior, las siguientes Jurisprudencias emitidas por el Poder

Judicial de la Federación, las cuales disponen:

No. Registro: 204,707 Jurisprudencia Materia(s): Común Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta II, Agosto de 1995 Tesis: VI.2o. J/21 Página: 291 ACTOS CONSENTIDOS TÁCITAMENTE. Se presumen así, para los efectos del amparo, los actos del orden civil y administrativo, que no hubieren sido reclamados en esa vía dentro de los plazos que la ley señala.

EXPEDIENTE: RR.SIP.1333/2015

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SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Amparo en revisión 104/88. Anselmo Romero Martínez. 19 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Álvarez. Amparo en revisión 256/89. José Manuel Parra Gutiérrez. 15 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Amparo en revisión 92/91. Ciasa de Puebla, S.A. de C.V. 12 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Álvarez. Amparo en revisión 135/95. Alfredo Bretón González. 22 de marzo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca. Amparo en revisión 321/95. Guillermo Báez Vargas. 21 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca.

No. Registro: 190,228 Jurisprudencia Materia(s): Laboral, Común Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XIII, Marzo de 2001 Tesis: I.1o.T. J/36 Página: 1617 ACTOS CONSENTIDOS. SON LAS CONSIDERACIONES QUE NO SE IMPUGNARON AL PROMOVERSE ANTERIORES DEMANDAS DE AMPARO. Si en un anterior juicio de amparo no se impugnó alguna de las cuestiones resueltas por el tribunal laboral en el laudo que fue materia de ese juicio constitucional, resulta improcedente el concepto de violación que en el nuevo amparo aborde la inconformidad anteriormente omitida. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 4521/99. Crescencio Payro Pereyra. 18 de marzo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Pallares y Lara. Secretario: Guillermo Becerra Castellanos. Amparo directo 11481/99. Petróleos Mexicanos. 10 de junio de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Rivas Pérez. Secretario: Carlos Gregorio Ortiz García. Amparo directo 20381/99. Autotransportes La Puerta del Bajío, S.A. de C.V. 30 de septiembre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Rivas Pérez. Secretario: Carlos Gregorio Ortiz García. Amparo directo 25761/2000. Instituto Mexicano del Seguro Social. 23 de noviembre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Pallares y Lara. Secretario: Sergio Darío Maldonado Soto. Amparo directo 22161/2000. Ferrocarriles Nacionales de México. 18 de enero de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Pallares y Lara. Secretario: Sergio Darío Maldonado Soto. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo V, Materia del Trabajo, página 628, tesis 753, de rubro: "CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INATENDIBLES CUANDO LAS VIOLACIONES SE PRODUJERON EN LAUDO ANTERIOR Y NO SE HICIERON VALER AL IMPUGNARLO."

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Teléfono: 56 36 21 20

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Precisado lo anterior, se advierte que el motivo de inconformidad del recurrente

consistió en lo siguiente:

“… El señalado en el punto S de mi petición, como lo indico en el folio 8396 y en el punto 5 del acta levantada el 20 de julio numeral 5 de esta respuesta, no me fue entregado, pues en dicha exposición que el ente Obligado puso a mi disposición por parte de la encargada de la Red de Bibliotecas públicas de la desconcentrada y de su auxiliar la C. Michel, se me mostraron documentos de los descartes de 2011 y 2012 firmados por el encargado de la Red de Bibliotecas Públicas en turno donde se informaba de la quema de dicho material ( El cual es de carácter federal) por medidas de higiene en la instalación de la Biblioteca Central Delegacional Batallon de San Patricio la firma es del C. Pablo Huerta y constaba de 5 fojas anexas este documento esta dirijido a otro ente del GDF del cual no recuerdo si es a la secretaria de salud del GDF o a la Dirección de Recursos Humanos de la Dependencia pues ella depende el area de seguridad e Higiene en el trabajo, esta es la información que yo requiero y que el OIP DELEGACION TOMO NOTA Y LA CUAL NO FUE ENTREGADA. … SE INDIQUE A LA DESCONCENTRADA CUMPLA CON LO SENALADO EN EL ACTA QUE SE LEVANTO EN LA OIP ES DECIR NUMERAL 5 Y LETRA S DE MI PETICION.” (sic)

Ahora bien, al rendir su informe de ley, el Ente Obligado manifiestó que mediante el

oficio DAO/DGCEyD/DDCyE/CFCyE/JUDACEC/192/15 del veintitrés de octubre de

dos mil quince, el Director de Información Pública emitió una respuesta complementaria

a través de la cual, con fundamento en el artículo 11 de la Ley de Transparencia y

Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, informó lo siguiente:

EXPEDIENTE: RR.SIP.1333/2015

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

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De lo anterior, se desprende que el Ente Obligado manifestó que en el Acta

Circunstanciada del veinte de julio de dos mil quince, misma que fue suscrita por el

recurrente, se requirió copia simple del oficio DAO/DGCEyD/116/15, el cual fue

entregado al mismo.

Asimismo, respecto al escrito sin número del veintiocho de marzo de dos mil doce, en el

cual aparecían firmas de los ciudadanos Olivera González Antonio, Pérez Calzada Lina

Cristina, Rodríguez Laura Angélica, López Martínez Zurita, María de Jesús Concepción,

López Martínez Zurita Lizbeth. Hernández Negrete María Cinthya, Monroy Muñoz

Lucila, Pablo Huerta Cervantes y Ramos López Antonio, así como un documento con el

Reglamento Interno para el Personal de Bibliotecas en Álvaro Obregón sin fecha y sin

firma, la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Centros Educativos y

Culturales del Ente Obligado declaró categóricamente que en ningún momento anexó

copia de los mismos durante la consulta directa llevada a cabo el veinte de julio de dos

mil quince o posteriormente, por lo que desconocía el medio o la forma por el cual el

recurrente se allegó de los mismos.

Por otra parte, informó que el volumen del acervo total de libros en la red de bibliotecas

públicas era de cincuenta y dos mil ochocientos veintitrés, respecto al material de

descarte indicó que existían setenta cajas, sobre la operación de la red en sus áreas de

Internet y de educación a distancia, incluyendo el número de equipos de cómputo en

cada biblioteca, indicó que existían trescientos ochenta y cuatro equipos de cómputo,

operando únicamente la Biblioteca Pública Barrio Norte Preconcreto para educación a

distancia.

EXPEDIENTE: RR.SIP.1333/2015

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

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Del mismo modo, respecto del área de la coordinación de bibliotecas, así como el

funcionamiento de su área administrativa y el fomento a la lectura especificando por año

sus actividades y logros informó lo siguiente:

“…

OCTUBRE 2012

2013 2014 SEPTIEMBRE 2015

CURSOS 789 CURSOS 1128 CURSOS 1117 CURSOS 491 USUARIOS 9,016

USUARIOS 8,248 USUARIOS 10,325 USUARIOS 3,675

• Actividades anuales desarrolladas durante estos años:

-Feria Anual Del Libro En Álvaro Obregón -Concursos De Poesfa

• Actividades permanentes: -Seguimiento De La Sala De Braile De La Biblioteca Publica Batallón De San Patricio - Talleres De Cartonería -Grupo Representativo De Guitarra (Tercera Edad) -Cursos De Computación.” (sic)

Ahora bien, de la información proporcionada por el Ente Obligado en la respuesta

complementaria, se advierte que manifestó que lo proporcionado era de conformidad

con lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal, el cual señala lo siguiente:

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 11. … …

EXPEDIENTE: RR.SIP.1333/2015

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

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Quienes soliciten información pública tienen derecho, a su elección, a que ésta les sea proporcionada de manera verbal o por escrito y a obtener por medio electrónico o cualquier otro, la reproducción de los documentos en que se contenga, sólo cuando se encuentre digitalizada y sin que ello implique procesamiento de la misma. En caso de no estar disponible en el medio solicitado, la información se proporcionará en el estado en que se encuentre en los archivos del ente obligado, y en los términos previstos del artículo 48 de la presente Ley. …

Del precepto legal transcrito, se desprende que los particulares tienen derecho a elegir

la modalidad de la entrega de la información siempre y cuando dicha entrega no

implique el procesamiento de la misma y, en caso de no estar disponible en el medio

solicitado, el Ente Obligado puede proporcionarla en el estado en que se encuentre en

sus archivos.

Ahora bien, cabe mencionar que mediante el recurso de revisión y en el desahogo de la

vista que se le dio con el informe de ley y la respuesta complementaria, el recurrente

manifestó su inconformidad al indicar que la información proporcionada respecto al

requerimiento s y numeral 5 del acta del veinte de julio de dos mil quince, la cual es

importante citar:

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Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

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Ahora bien, del numeral 5 del Acta anterior se desprende que el particular solicitó “…5.-

El C. Oscar Gilberto Cárdenas Lara, solicita le sea proporcionada copia simple de oficio

DAO/DGCEyD/116/15 y sus anexos, mismo que fue exhibido por la Dirección General

de Cultura, Educación y Deporte, y consta de 5 fojas”.

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Al respecto, el Ente Obligado, a través de su Dirección de Cultura, Educación y

Deporte, dio atención y proporcionó copia simple del oficio de interés del particular, de

acuerdo a la siguiente constancia:

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Por otra parte, dentro de las constancias remitidas por el Ente Obligado para acreditar

la emisión de la respuesta complementaria, se encuentran las impresiones de pantalla

del correo electrónico del veintiocho de octubre de dos mil quince notificado a la cuenta

de correo electrónico autorizada por el recurrente para oír y recibir notificaciones, por

medio del cual notificó la respuesta complementaria.

A dicha documental, se le concede valor probatorio en términos de lo dispuesto por los

artículos 374 y 402 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de

aplicación supletoria a la materia, así como con apoyo en la Tesis de Jurisprudencia

emitida por el Poder Judicial de la Federación, cuyo rubro es PRUEBAS. SU

VALORACIÓN CONFORME A LAS REGLAS DE LA LÓGICA Y DE LA

EXPERIENCIA, NO ES VIOLATORIA DEL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL

(ARTÍCULO 402 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO

FEDERAL), transcrita anteriormente.

En ese sentido, resulta que con un segundo acto el Ente Obligado dejó sin efectos el

primero, restituyendo al particular su derecho de acceso a la información pública

transgredido, quedando subsanada y superada la inconformidad del recurrente.

Por lo anterior, se advierte que la respuesta complementaria atendió en sus términos el

agravio del recurrente, en virtud de que además de la investigación efectuada por este

Instituto en su portal de Internet y de las constancias que integran el expediente en que

se actúa, no se logró ubicar elemento que haga inferir lo contrario, por lo que se

advierte que la actuación realizada por la Delegación Álvaro Obregón se rigió por el

principio de veracidad contemplado en el artículo 2 de la Ley de Transparencia y

Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, así como por el principio de buena

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fe previsto en los artículos 5 y 32, de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito

Federal, de aplicación supletoria a la ley de la materia, los cuales señalan:

LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Artículo 2. En sus relaciones con los particulares, los órganos Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Autónomos por Ley, así como aquellos Entes Obligados del Distrito Federal que ejerzan gasto público, atenderán a los principios de legalidad, certeza jurídica, imparcialidad, información, celeridad, veracidad, transparencia y máxima publicidad de sus actos.”

LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL

TITULO SEGUNDO

DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

CAPITULO PRIMERO

DE LOS ELEMENTOS Y REQUISITOS DE VALIDEZ DEL ACTO ADMINISTRATIVO Artículo 5. El procedimiento administrativo que establece la presente Ley se regirá por los principios de simplificación, agilidad, información, precisión, legalidad, transparencia, imparcialidad y buena fe.

TITULO TERCERO

DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

CAPITULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 32. … Las manifestaciones, informes o declaraciones rendidas por los interesados a la autoridad competente, así como los documentos aportados, se presumirán ciertos salvo prueba en contrario, y estarán sujetos en todo momento a la verificación de la autoridad. Si dichos informes, declaraciones o documentos resultan falsos, serán sujetos a las penas en que incurran aquellos que se conduzcan con falsedad de acuerdo con los ordenamientos legales aplicables. La actuación administrativa de la autoridad y la de los interesados se sujetarán al principio de buena fe.

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Sirve de apoyo a lo anterior, la siguiente Tesis aislada emitida por el Poder Judicial de

la Federación, la cual dispone:

Registro No. 179660 Localización: Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXI, Enero de 2005 Página: 1723 Tesis: IV.2o.A.120 A Tesis Aislada Materia(s): Administrativa BUENA FE EN LAS ACTUACIONES DE AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS. Este principio estriba en que en la actuación administrativa de los órganos de la administración pública y en la de los particulares, no deben utilizarse artificios o artimañas, sea por acción u omisión, que lleven a engaño o a error. La buena fe constituye una limitante al ejercicio de facultades de las autoridades, en cuanto tiene su apoyo en la confianza que debe prevalecer en la actuación administrativa, por lo que el acto, producto del procedimiento administrativo, será ilegal cuando en su emisión no se haya observado la buena fe que lleve al engaño o al error al administrado, e incluso a desarrollar una conducta contraria a su propio interés, lo que se traduciría en una falsa o indebida motivación del acto, que generaría que no se encuentre apegado a derecho. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCU ITO. Amparo directo 11/2004. Profesionales Mexicanos de Comercio Exterior, S.C. 28 de septiembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: José Carlos Rodríguez Navarro. Secretaria: Rebeca del Carmen Gómez Garza.

Por lo expuesto, es incuestionable para este Órgano Colegiado que la respuesta

complementaria es valida, al constituir una forma correcta de restituir al ahora

recurrente su derecho de acceso a la información pública, dejando así sin efectos el

agravio invocado, quedando subsanada y superada su inconformidad.

En tal virtud, este Instituto determina que el presente recurso de revisión ha quedado

sin materia, ya que el agravio del recurrente ha quedado insubsistente al ser subsanado

por el Ente Obligado, aunado a ello, se confirma la existencia de constancias que lo

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acreditan. Sirve de apoyo a lo anterior, la siguiente Jurisprudencia emitida por la

Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual dispone:

Novena Época No. Registro: 200448 Instancia: Primera Sala Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta II, Octubre de 1995 Materia(s): Común Tesis: 1a./J. 13/95 Página: 195 INEJECUCIÓN DE SENTENCIA. QUEDA SIN MATERIA EL INCIDENTE CUANDO LOS ACTOS DENUNCIADOS COMO REPETICIÓN DE LOS RECLAMADOS HAN QUEDADO SIN EFECTO. Cuando los actos denunciados como repetición de los reclamados en un juicio de garantías en que se concedió el amparo al quejoso, hayan quedado sin efecto en virtud de una resolución posterior de la autoridad responsable a la que se le atribuye la repetición de dichos actos, el incidente de inejecución de sentencia queda sin materia, al no poderse hacer un pronunciamiento sobre actos insubsistentes. Incidente de inejecución por repetición del acto reclamado 11/38. Servicios Fúnebres "La Estrella" y otro. 2 de octubre de 1989. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot. Incidente de inejecución por repetición del acto reclamado 101/93. Enrique Leal Hernández. 19 de mayo de 1995. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan N. Silva Meza, previo aviso a la Presidencia. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Norma Lucía Piña Hernández. Incidente de inejecución por repetición del acto reclamado 39/93. Alicia Ferrer Rodríguez de Rueda. 4 de agosto de 1995. Cinco votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Rosa Elena González Tirado. Incidente de inejecución por repetición del acto reclamado 37/93. Guillermo Ramírez Ramírez. 22 de septiembre de 1995. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Humberto Manuel Román Franco. Incidente de inejecución por repetición del acto reclamado 129/93. Luis Manuel Laguna Pándula. 22 de septiembre de 1995. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo, previo aviso a la Presidencia. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Indalfer Infante Gonzales. Tesis de Jurisprudencia 13/95. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de seis de octubre de mil novecientos noventa y cinco, por unanimidad de cuatro votos de los Ministros: presidente Juventino V. Castro y Castro, José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan N. Silva Meza y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ausente el Ministro Humberto Román Palacios, previo aviso a la Presidencia.”

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En consecuencia, este Órgano Colegiado determina que se actualiza la causal de

sobreseimiento prevista en el artículo 84, fracción V de la Ley de Transparencia y

Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

Por lo expuesto en el presente Considerando, y con fundamento en los artículos 82,

fracción I y 84, fracción V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

del Distrito Federal, resulta procedente sobreseer el presente recurso de revisión.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, este Instituto de Acceso a la Información

Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal:

R E S U E L V E

PRIMERO. Por las razones expuestas en el Considerando Segundo de la presente

resolución, y con fundamento en los artículos 82, fracción I y 84, fracción V de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se SOBRESEE el

presente recurso de revisión.

SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 88, tercer párrafo de la Ley

de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se informa al

recurrente de que en caso de estar inconforme con la presente resolución, puede

interponer juicio de amparo ante los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en

el Distrito Federal.

TERCERO. Notifíquese la presente resolución al recurrente en el medio señalado para

tal efecto y por oficio al Ente Obligado.

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Así lo resolvieron, por unanimidad, los Comisionados Ciudadanos del Instituto de

Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal

Mucio Israel Hernández Guerrero, David Mondragón Centeno, Elsa Bibiana Peralta

Hernández, Luis Fernando Sánchez Nava y Alejandro Torres Rogelio, en Sesión

Ordinaria celebrada el trece de enero de dos mil dieciséis, quienes firman para todos los

efectos legales a que haya lugar.

MUCIO ISRAEL HERNÁNDEZ GUERRERO COMISIONADO PRESIDENTE

DAVID MONDRAGÓN CENTENO COMISIONADO CIUDADANO

ELSA BIBIANA PERALTA HERNÁNDEZ

COMISIONADA CIUDADANA

LUIS FERNANDO SÁNCHEZ NAVA COMISIONADO CIUDADANO

ALEJANDRO TORRES ROGELIO COMISIONADO CIUDADANO