Sociedad de Garantía Recíproca
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UNIVERSIDAD DE LOS ANDES
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES
MÉRIDA, EDO. MÉRIDA
SOCIEDAD DE GARANTÍA RECÍPROCA
Mérida, 06 de febrero de 2011.
BACHILLER:Camargo Geraldin CI 20.716.806Castro Yessica CI 20.395.439
INDICE
PAG.
INTRODUCCIÓN 3
SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA………………………………………….5
DEFINICIÓN……………………………………………………………………...5POR QUÉ NACEN…………………………………………………….………….6 IMPORTANCIA-BENEFICIOS………………………………...…....…………..7PERJUICIOS………………………………………………………………………7PARTICULARIDADES…………………………………………………………..8BENEFICIOS A LOS SOCIOS PROTECTORES………………………………………..8
SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍAS RECÍPROCAS (SNGR)……………………9
FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS RECÍPROCAS PARA LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA (FONPYME)…………………………………………………….9
OBJETIVOS DEL FONPYME……………………………………………………………9
DECRETO-LEY QUE REGULA LAS SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA.10
CLASIFICACIÓN………………………………………………….………………10COMO ESTAN CONSTITUIDAS……………………………….………………..10BENEFICIARIOS……………………………………………….…………………11TIPOS DE ACCIONISTAS………………………………………………………..11FONDO DE RESERVA DE LAS SGR……………………………………………12REQUISITOS PARA UNA FIANZA……………………………………………...12CONTABILIDAD………………………………………………………………….12LIMITACIONES…………………………………………………………………...13DISPOSICIONES………………………………………………………………….13QUE SERVICIOS Y/O PRODUCTOS PRESTA………………………………….14TIPOS DE FIANZAS………………………………………………………………15
SGR SECTORIALES EN FUNCIONAMIENTO…………………………………………15
CÓMO AFILIARSE A UNA SGR………………………………………………………...16
COMO FUNCIONA EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍAS……………………17
CONCLUSIÓN…………………………………………………………………………….19
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS……………..………………………………………20
INTRODUCCIÓN
La pequeña y mediana empresa es el motor impulsor de las economías a nivel
mundial, no hay país que pueda desarrollarse económicamente, si no apoya a las micros,
pequeñas y medianas empresas (Pymes). En el mundo las pymes aportan la mayor parte de
la fuerza de trabajo y gran parte del PIB de las naciones, en Venezuela las Pymes Emplean
al 98% de la fuerza laboral activa del país y aportan más del 55% del PIB.
La Pymes en todo el mundo tiene un gran barrera y es la dificultad para conseguir
financiamiento, tanto para sus operaciones, como para impulsar nuevos proyectos; este es el
obstáculo mas importantes que se les presenta, pues, no les permite mantenerse operativas y
mucho menos crecer, las Pymes venezolanas no escapan a esta realidad y es por esto que se
observa en el país que la gran mayoría de estas fracasa.
El problema del financiamiento a las Pymes viene dado por que las instituciones
financieras valoran a las Pymes como empresas de alto riesgo para invertir, pues estas en su
mayoría no poseen grandes inversiones, ni poseen activos de gran valor, que pudieran
servir de garantía a los entes financieros.
Los países en el mundo al entender la gran importancia que representan las Pymes
para las economías han optado por crear entes de financiamiento gubernamentales, pero
estos en su mayoría, terminan siendo ineficientes por la corrupción y burocracia que
presentan los estados, y en algunos casos no poseen la capacidad financiera que permita
apoyar a este sector.
Se puedo observar que las Pymes son amenazadas entonces por el no
financiamiento del sector privado y por la ineficiencia de los entes financieros
gubernamentales, en búsqueda de una solución se han creado de las Sociedades de Garantía
Reciproca.
En Venezuela las Sociedades de Garantía Reciproca son normalizas por Decreto-
Ley que regula el sistema nacional de garantías reciprocas para la pequeña y mediana
empresa, demás todas actúan y forman parte del Sistema Nacional de Garantías Recíprocas
(SNGR), conjuntamente con El Fondo Nacional de Garantías Recíprocas para la Pequeña y
Mediana Empresa (Fonpyme).
SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA
DEFINICIÓN
Rossiga y Reineri (2.007) define a las SGR como instituciones cuyo objetivo
principal es facilitar a las Pymes el acceso al financiamiento mediante el otorgamiento de
garantías que respalda la devolución del crédito y el pago de los intereses en caso de
incumplimiento.
En Venezuela los organismos estatales tienen una definición muy clara de lo que es
una SGR, por ejemplo, Fonpyme define a la Sociedad de Garantías Reciprocas como una
empresa que afianza a sus Socios ante el sector financiero y otras empresas, para respaldar
el crédito otorgado o el servicio.
La Ley que Regula el Sistema Nacional de Garantías para la Pequeña y Mediana
Empresa en su Artículo 10, estable que las sociedades de garantías recíprocas: “son
institucionales que tienen como objeto garantizar mediante avales o fianzas, el reembolso
de los créditos que sean otorgados a sus socios beneficiarios por instituciones financieras o
entes crediticios públicos o privados (…)”. Al mismo tiempo que hace una clasificación
señalada en el Artículo 11: “Las sociedades de garantías reciprocas podrán ser nacionales o
regionales, según la cobertura geográfica de sus operaciones o, sectoriales o
multisectoriales, dependiendo de la actividad económica a la cual se dediquen sus socios
beneficiarios”
Una vez analizadas las distintas definiciones sobre las Sociedades de Garantía
Recíproca realizadas por autores Venezolanos y extranjeros, se ha encontrado que estas
definiciones no distan mucho, por lo que es muy fácil tener claro su definición. Todos los
autores señalan la existencia de dos características muy importantes de que poseen las
SGR:
Institucionales cuyo fin es facilitar el acceso al financiamiento a la Pymes
Otorgan avales o fianzas, que garantizan el reembolso de los créditos que sean
otorgados a sus socios beneficiarios
POR QUÉ NACEN.
Desde sus inicios las pequeñas y medianas empresas (Pymes) han tenido dificultad a
la hora de conseguir financiamiento, ya sea, para mantener sus operaciones normales, como
para la inversión en nuevos proyectos o en compra de nueva tecnología, debido a los
requisitos de garantía sobre el préstamo, ya que las Pymes por lo general no cuentan con
grandes inversiones, ni poseen activos de gran valor, que les permita cumplir ese requisito.
Yáñez (2.007), sostiene que el tamaño de la empresa afecta la cantidad y calidad de
la información financiera, haciéndola no comparable con los segmentos empresariales de
mayor tamaño, lo anterior, origina procesos de racionamientos crediticios (restrictivos), que
afectan fundamentalmente a las Pymes, y que se caracterizan por: montos menores de
crédito y limitaciones de tipos de productos; plazos más cortos; tasas de interés más altas; y
exigencias mayores de constitución de garantías.
Las SGR nacen para permitirle a las Pymes acceder a los financiamientos y
posibilitar este en mejores condiciones de plazo y tipos de interés, a través del otorgamiento
de avales o fianzas, que garanticen el pago del crédito otorgado por los entes financieros.
El problema que tienen las Pymes para acceder al financiamiento, podemos
observarlo en un estudio realizado por las Cámaras de Comercio de España (2.009) que
comprobaron que el 78,3% de las pequeñas y medianas empresas que se habían dirigido a
entidades financieras ha tenido problemas para acceder a la financiación.
En este estudio las Cámaras de Comercio Españolas encontraron que al 24,5% de
las empresas que han obtenido financiamiento no se les ha concedido la totalidad de lo
solicitado. Sobre el financiamiento a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), un 28%
del total de las pymes demandantes de créditos ha solicitado estas líneas, pero el 57,1%
encontró obstáculos para la concesión de financiación, porcentaje más de quince puntos
inferior a los registrados en enero y febrero.
En Venezuela no existen cifras oficiales, ni investigaciones que aporten datos para
el análisis del problema de financiamiento de las Pymes en el país, podemos encontrar
algunas cifras en la revista VenEconomía (2.004), en su sección Economía y Finanzas
donde muestra que “la microempresa representa en Venezuela15% del PIB, pero que a
pesas de ello, sólo 15% de ella es atendida por entidades de microcréditos y, únicamente
4,5% reciben productos financieros”, de acuerdo a lo señalado podemos observar que
Venezuela no escapa al problema de financiamiento en el sector de la micro, pequeña y
mediana empresa.
IMPORTANCIA-BENEFICIOS
Las Sociedades de Garantía Reciproca de acuerdo a Rossiga y Reineri (2.007),
beneficios en gran manera a las pymes por permitirle el financiamiento de entes privados o
gubernamentales, además señalan: “(…) se pudo demostrar que se reduciría el costo del
financiamiento debido a: i) la disminución del costo de operación de las SGR por la
transferencia de recursos del socio protector para la evaluación del riesgo crediticio, ii) la
reducción de los costos de las entidades financieras por la disminución de los
requerimientos de capitales mínimos y el régimen de previsionamiento, y iii) la mayor
eficiencia en la calificación de riesgo del cliente en el caso de las SGR cerradas.
Con esto podemos deducir, que las Pymes no solo se beneficiaran al poder acceder a
financiamiento por la disminución de los requerimientos por parte de las entidades
financieras, sino, que también les permitirá tener acceso a crédito con un costo de
financiamiento menor.
PERJUICIOS
Ademas de la importancia y ventajas que Rossiga y Reineri (2.007) identifican que
tienen las SGR, afirman también, que: “este hecho podría afectar negativamente la tasa de
interés, ya que podría impedir la exclusión exitosa de los malos proyectos”. Poniendo en
evidencia que si bien la existencia de estas sociedades tiene ventajas para las Pymes,
también podría traducirse la facilidad del acceso a créditos en la disminución de las tasas de
interés, sobre todo en los proyectos de muy difícil o dudosa ejecución.
PARTICULARIDADES
Rossiga y Reineri (2.007), establecen que las SGR tienen ciertas particularidades respecto a
otros sistemas de garantías, y es que estas están constituidas por dos tipos de socios: uno,
los participantes titulares de las Pymes y exclusivos beneficiarios de los avales que otorgan
las SGR, y el otro, los socios protectores que realizan aportes al capital social y al fondo de
riesgo.
BENEFICIOS A LOS SOCIOS PROTECTORES
Anteriormente ya se han señalado y estudiado los beneficios que obtienen los socios
participantes (Pymes), a continuación se muestran los beneficios tienen los socios
protectores directos de acuerdo a lo que establecen Rossiga y Reineri (2.007), en su trabajo
que dice los beneficios: “son que los aportes al capital social y al fondo de riesgo son
deducibles de las utilidades imponibles para la determinación del impuesto a las ganancias
en sus respectivas actividades. Esta deducción impositiva operará si el aporte permanece en
el fondo por lo menos dos años y si, como mínimo, se otorgan garantías en promedio
durante ese período por el ochenta ciento (80%) del aporte.
Estos beneficios el Estado los concede con la finalidad de que el socio protector
inmovilice capital en el fondo de riesgo y asuma las pérdidas por el default de los socios a
los que otorga avales. Además de la deducción ya referida, los socios protectores pueden
beneficiarse con la ganancia por intereses sobre el capital invertido en el fondo de riesgo.
Los beneficios que exponen Rossiga y Reineri son los que se determinan de acuerdo
a la legislación Argentina, en Venezuela el tratamiento es muy similar, pues la ley en su
Artículo 55, expresa que: Los aportes de capital y los aportes al fondo de riesgo que
efectúen los socios de apoyo y los socios beneficiarios son deducibles de la renta imponible
para la determinación del Impuesto sobre la Renta de las respectivas sociedades. De igual
forma estarán exentos de dicho impuesto los dividendos devengados en razón de la tenencia
de las respectivas acciones.
SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍAS RECÍPROCAS (SNGR)
En Venezuela las Sociedades de Garantías Recíprocas están constituidas en una red,
y en conjunto con el Fondo Nacional de Garantías Recíprocas para la Pequeña y Mediana
Empresa (Fonpyme) conforman el Sistema Nacional de Garantías Recíprocas (SNGR), este
sistema pretenden brindar nuevas opciones de afianzamiento a las pequeñas y medianas
empresas.
FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS RECÍPROCAS PARA LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA (FONPYME)
El Fondo Nacional de Garantías Recíprocas para la Pequeña y Mediana Empresa es
una sociedad mercantil, constituida con aportes de organismos públicos, que promueve e
incentiva el desarrollo y crecimiento de las cooperativas, micros y pymes, facilitando su
acceso a la banca y permitiéndoles participar en licitaciones, a través de las fianzas
financieras y técnicas.
OBJETIVOS DEL FONPYME
Reafianzar, hasta en un 50%, los montos de los avales otorgados por las SGR.
Insertar a las cooperativas, micros y pymes en la dinámica del sistema bancario.
Brindarle a las cooperativas, micros y pymes la oportunidad de participar en
licitaciones con diversos entes contratantes públicos y privados, a través de la figura
de la fianza.
Una vez definido que es una Sociedad de Garantía Reciproca (SGR), y analizado
las conclusiones de distintos autores sobre el porque nacen, importancia, ventajas,
perjuicios, ventajas para los socios participantes y ventajas para los socios protectores, se
continuará a tratar los aspectos mas importantes a que hace referencia el Decreto con
Fuerza de Ley que Regula el Sistema Nacional de Garantías para la Pequeña y Mediana
Empresa.
A CONTINUACIÓN SE PRESENTARÁN LOS PUNTOS MAS RELEVANTES TRATADOS EN EL DECRETO-LEY:
SGR DEFINICIONSEGÚN LA COBERTURA GEOGRÁFICA
Nacionales Si algunos de puntos abajo descrito no se cumple, se considerará que la SGR es Naciona.
Regionales Tener su asiento principal en zonas fuera del área metropolitana de Caracas
Tener a la mayoría de los miembros de su junta administradora residenciados en alguna de las entidades federales que conforman la región que les sirva de sede
Tener el noventa por ciento (90%) de sus socios beneficiarios, domiciliados en alguna de las entidades federales que conforman la región que les sirva de asiento
SEGÚN LA ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sectoriales Se consideran sociedades de garantías recíprocas sectoriales, aquellas que otorguen garantías para una sola actividad económica
Multisectoriales Multisectoriales, aquellas que otorguen garantías para dos o más actividades económicas.
CLASIFICACIÓN DE LAS SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA
COMO ESTAN CONSTITUIDAS
Las SRG estarán constituidas bajo la forma de sociedades anónimas, cuando la SGR
tenga carácter nacional deberá contar con no menos de 120 socios beneficiarios y un
capital social mínimo equivalente a no menos de Bs.1.100.000.000, 00; y cuando tengan
carácter regional no menos de 60 socios beneficiarios y un capital social mínimo de Bs.
550.000.000,00.
Asimismo deberán tener como socios de apoyo, al menos, la representación de los
gremios empresariales de la pequeña y mediana empresa, una entidad bancaria y un ente
público nacional, regional o municipal.
La participación de los socios de apoyo, vinculados a la República o a los entes
públicos regionales o municipales, no podrá exceder 85% del capital social. La
participación de cada socio beneficiario no podrá superar el 0,833% del mismo. Otros
socios de apoyo podrán tener participación ilimitada. Sea cual fuere la participación, cada
socios solo tendrá un cinco por cierto 5% de los votos de la Asamblea de Accionistas.
BENEFICIARIOS
Sólo podrán ser socios beneficiarios las personas calificadas como pertenecientes al
sector de la pequeña y mediana empresa del respectivo sector económico
Sólo podrán otorgar fianzas o avales a favor de los socios beneficiarios, y éstos
serán destinatarios exclusivos de los programas de asistencia técnica y asesoría financiera y
de gestión establecidos por la sociedad, dándole preferencia a las empresas productoras de
mercancías.
TIPOS DE ACCIONISTAS
SOCIOS DESCRIPCIÓN
CLASE A Socio de apoyo Gubernamental
CLASE B: Socio de apoyo del sector financiero.
CLASE C Socio de apoyo del sector gremial
CLASE D Socio beneficiario del sector productivo
FONDO DE RESERVA DE LAS SGR
El fondo de reserva para riesgos, se formará con el ochenta por ciento (80%) del
capital pagado, y el fondo operativo se formará con el veinte por ciento (20%) restante, en
esta misma proporción, también podrán ser destinados los recursos que la sociedad reciba
por concepto de subvenciones, donaciones u otros aportes.
REQUISITOS PARA UNA FIANZA
En el otorgamiento de fianzas o avales y en las operaciones de otorgamiento de
segundo aval por parte de los fondos de garantías recíprocas de la pequeña y mediana
empresa, se deberá cumplir, según el caso, con los siguientes requisitos:
1. Documento que constituye una fianza o aval, debe dejarse constancia expresa de la
resolución que trate la aprobación de su otorgamiento;
2. Deberá establezca la subrogación de los derechos, acciones y garantías del acreedor
principal contra el deudor;
3. Se debe determinar el monto máximo de cobertura de la misma y su duración, la cual no
deberá exceder el 80% para Pymes, en el caso de microempresas, asociaciones civiles y
cooperativas la cobertura podrá ser hasta 100% del monto del crédito otorgado y de
cincuenta por ciento 50% en el caso de segundo aval, prestado por los fondos de garantías
recíprocas.
CONTABILIDAD
La contabilidad se llevará conforme a lo establecido por la Superintendencia de
Bancos y Otras Instituciones Financieras. Los fondos nacionales de garantías recíprocas y
las sociedades de garantías recíprocas deberán presentar ante la Superintendencia de
Bancos y Otras Instituciones Financieras, en la forma y oportunidad en qué ésta disponga,
un balance de sus actividades durante el trimestre inmediato anterior.
LIMITACIONES
Las SGR y los fondos nacionales de garantías recíprocas, no podrán:
a) Otorgar avales o fianzas a sus socios de apoyo;
b) Recibir depósitos de ahorro a la vista o a plazos;
c) Efectuar operaciones de intermediación financiera;
d) Realizar cualquier otra operación no prevista en el presente Decreto-Ley, sin la previa
autorización de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras.
e) Celebrar contratos de aval o fianza a favor de un solo socio beneficiario, por un monto
que exceda del veinte por ciento (20%) de su capital pagado y reservas.
DISPOSICIONES
Los fondos nacionales de garantías recíprocas donde el Estado tenga participación
accionaria mayor al cincuenta (50%) por ciento, quedan exentos del pago de todos los
impuestos, tasas, y contribuciones parafiscales, nacionales, estadales o municipales,
incluidos timbre fiscal y arancel judicial por registro y notaría.
Los aportes de capital y los aportes al fondo de riesgo que efectúen los socios de apoyo y
los socios beneficiarios son deducibles de la Renta de las respectivas sociedades. De igual
forma estarán exentos de dicho impuesto los dividendos devengados en razón de la tenencia
de las respectivas acciones.
QUE SERVICIOS Y/O PRODUCTOS PRESTA
PRODUCTOS OBJETIVO
FIANZAS FINANCIERAS
Otorgadas a los socios beneficiarios (firmas
personales, cooperativas, micros, Pymes) a fin de
que éstas accedan a los créditos de las instituciones
bancarias.
Capital de Trabajo.
Activos Fijos.
Otros.
FIANZAS TÉCNICAS
Dirigidas a respaldar a empresas en procesos
licitatorios.
Fiel Cumplimiento
Licitaciones
Anticipo
Buena calidad
Otros
ASESORÍA TÉCNICAOrientación para elaboración y/o reformulación de
proyectos.
TIPOS DE FIANZAS
El Decreto con Fuerza de Ley que Regula el
Sistema Nacional de Garantías para la Pequeña y
Mediana Empresa expresa estos puntos,
aclarados en lo anterior.
SGR SECTORIALES EN
FUNCIONAMIENTO
a. Microfinanciero (SOGAMIC)
b. Industrial (SOGAMPI)
c. Agropecuaria (SOGARSA)
CÓMO AFILIARSE A UNA SGR
1. Diríjase a la Sociedad de Garantías Recíprocas más cercana.
2. Solicite la planilla de afiliación de socios, escriba en ella los datos de su empresa o
cooperativa y consigne los siguientes documentos:
Copia del documento constitutivo y de los estatutos sociales actualizados.
Copia de las actas de las asamblea de la empresa. En especial la que nombra la junta
directiva vigente
Copia del RIF de la cooperativa o empresa.
Copia de la cédula de identidad de los miembros de la junta directiva.
Estados financieros de los tres (3) últimos años, visados por el colegio de contadores y
firmados por un contador público colegiado. (Si tu empresa o cooperativa está
comenzando debes consignar solamente el balance de apertura).
Copia de la declaración del impuesto sobre la renta de los tres (3) últimos años.
Síntesis curricular de los socios de la empresa y los miembros de la junta directiva.
Declaración jurada de conformidad con el artículo 4 de las normas de promoción,
constitución y funcionamiento de los fondos y sociedades de garantías recíprocas. (Ésta
es una planilla que le facilitará la SGR).
Declaración del origen de los fondos que se aportarán en la compra de acciones de la
sociedad de garantías recíprocas. (Ésta es una planilla que le facilitará la SGR).
Suscriba y pague las acciones correspondientes a su afiliación, un mínimo de 25
acciones por empresa o cooperativa (el valor de cada acción es de Bs. 10,00).
COMO FUNCIONA EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍAS
SOLICITA FINANCIAMIENTO CON FIANZA AUTOMATICA
EVALUA SOLICITUD, APRUEBA FINANCIAMIENTO CON FIANZA AUTOMATICA, NOTIFICA LA APROBACION
El Socio Beneficiario se dirige a una Institución Financiera a solicitar un crédito
con fianza automática, la Institución esta evalúa y aprueba o no la solicitud, si la aprueba,
notifica la aprobación a la SGR a la que pertenezca el Socio Beneficiario, la SGR, estudia
condiciones de financiamiento y emite la fianza correspondiente a la Institución
Financiera, esta a su vez documenta el crédito y liquida los recursos al socio beneficiario.
Fonpyme muestra en su pagina web un análisis sobre las Sociedades de garantía
reciprocas que existen en Venezuela, además de su ubicación y el estatus que estas presenta
actualmente, como podemos observarlo en el siguiente mapa.
DOCUMENTA EL CRÉDITO, CONSTITUYE CONTRAGARANTIAS A FAVOR DE LA SGR Y LIQUIDA RECURSOS
EMITE CERTIFICACIÓN DE LA FIANZA
Podemos observar que actualmente existen 9 Sociedades de Garantía Reciproca
(SGR) en funcionamiento, 4 en promoción, 4 que ya fueron aprobadas y 1 que esta por
aprobarse, además existe una SGR sectorial en promoción, que es la SGR SOGARTICET.
CONCLUSIÓN
Las Sociedades de Garantía Reciproca son la garantía del desarrollo de las pequeñas
y medianas empresas, sin estas sociedades el futuro de muchas de las Pymes existentes en
el país fuese incierto, ya que este es el medio mas efectivo para conseguir financiamiento, y
además las ventajas de conseguir el financiamiento bajo esta modalidad implica menos
costos de capital.
Para que la economía del país pueda crecer es necesario que las Pymes tengan
apoyo financiero, tanto de entes gubernamentales, como de las instituciones financieras
publicas y privadas, pues son las Pymes el motor principal de toda economía. Las Pymes a
través de las SGR pueden asegurar el financiamiento para sus proyectos o simplemente
para mejorar sus operaciones.
El Sistema Nacional de Garantías reciprocas es de vital importancia, para mantener
operativas a las Pymes y para apoyar el crecimiento de estas, cada uno de los elementos que
componen este sistema son de vital importancia para la economía nacional, pues aportaran
al sector industrial mas celeridad en cuanto a financiamiento de proyectos industriales se
refiere.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
DECRETO CON RANGO Y FUERZA DE LEY QUE REGULA EL SISTEMA
NACIONAL DE GARANTÍAS RECIPROCAS PARA LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA 1.999
Yáñez, Álvaro Alexis (2.009). Serie Técnica de Estudios - N° 009 SUPERVISIÓN DE
LAS SOCIEDADES DE GARANTÍA RECÍPROCA (SGR) EN CHILE. SBIF , Santiago
de Chile
Rassiga, Fernando y Reineri, Néstor (2.000). SOCIEDADES DE GARANTÍA
RECÍPROCA EN ARGENTINA: ¿ORGANIZACIONES PARA EL DESARROLLO DE
LAS PYMES O DE LAS GRANDES EMPRESAS? ARGENTINA
VenEconomía (2.004), Economía y Finanzas Vol. 22 No. 3
http://ve.globedia.com/pyme-tenido-problema-acceder-financiacion-camara
http://www.fonpyme.gob.ve/