Sociedades en Comandita

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SOCIEDADES EN COMANDITA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE I.- DEFINICIÓN Es la sociedad personalista dedicada, en nombre colectivo y con responsabilidad limitada para unos socios, e ilimitada para otros, a la explotación de una industria mercantil. En este tipo de sociedad existen dos tipos de socios, los socios comanditarios, que son los que intervienen en calidad de inversionistas y responsables sólo por el monto de su aporte; y los socios colectivos, que actúan como administradores y tienen responsabilidad ilimitada. Es una sociedad personalista donde los socios se seleccionan y son conocidos por sus cualidades personales; en el caso de los socios comanditarios, las cualidades personales no importan ya que están excluidos de la gestión. Características del Socio comanditario: Aportan un capital determinado. Responden sólo hasta el límite de su aporte. No reciben a cambio de sus aportes título alguno. No participan en la administración de la sociedad. Características del Socio Colectivo: Son responsables solidaria e ilimitadamente respecto de las deudas sociales, responden con sus propios bienes. Dirigen las operaciones sociales. II.- REGULACIÓN NORMATIVA Ley N° 26887, Ley General de Sociedades

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SOCIEDADES EN COMANDITASOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLECONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLEI.- DEFINICIÓNEs la sociedad personalista dedicada, en nombre colectivo y conresponsabilidad limitada para unos socios, e ilimitada para otros, a laexplotación de una industria mercantil.En este tipo de sociedad existen dos tipos de socios, los socios comanditarios,que son los que intervienen en calidad de inversionistas y responsables sólopor el monto de su aporte; y los socios colectivos, que actúan comoadministradores y tienen responsabilidad ilimitada.Es una sociedad personalista donde los socios se seleccionan y son conocidospor sus cualidades personales; en el caso de los socios comanditarios, lascualidades personales no importan ya que están excluidos de la gestión.Características del Socio comanditario:Aportan un capital determinado.Responden sólo hasta el límite de su aporte.No reciben a cambio de sus aportes título alguno.No participan en la administración de la sociedad.Características del Socio Colectivo:Son responsables solidaria e ilimitadamente respecto de las deudas sociales,responden con sus propios bienes.Dirigen las operaciones sociales.II.- REGULACIÓN NORMATIVALey N° 26887, Ley General de Sociedades• Art. 278° (referido a la responsabilidad de la sociedad en comandita)• Art. 279° (referido a la razón social)• Art. 280° (referido al contenido que debe contener la escritura de constitución)• Art. 281° (referido a las reglas propias de la sociedad en comandita simple)D.S. N° 008-2004-JUS: TUPA de la SUNARPResolución N° 200-2001-SUNARPSN, del 24.07.2001: Reglamento delRegistro de Sociedades.• Art. 92° (referido a las normas aplicables)• Art. 93° (relativo a la indicación de la modalidad de la sociedad en comandita)III.- REQUISITOS1. Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.2. Pago de los derechos registrales.

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3. Copia simple del documento de Identidad del presentante, con la constanciade haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensarespectiva.4. Escritura Pública que contenga el pacto social y el estatuto.IV.- ASPECTOS CALIFICABLES• Se aplican las disposiciones relativas a la sociedad colectiva, siempre quesean compatibles.• La Escritura pública de constitución deberá presentarse en la OficinaRegistral correspondiente al domicilio de la sociedad.ESTIPULACIONES DEL PACTO SOCIALLos nombres, apellidos, domicilio, estado civil y demás datos de identidad delos socios que sean personas naturales, y la denominación o razón social encaso el socio sea una persona jurídica.Se requiere un acuerdo de voluntades que exprese el ánimo de los socios deasociarse con la finalidad de obtener beneficios, mediante el desarrollo de unaactividad económica. Debe constar la voluntad de los socios de constituir lasociedad en comandita, con expresa mención de la clase adoptada (simple opor acciones).Capital Social. (art. 281° LGS) se debe señalar el monto del capital y la formaen que se encuentra dividido. Las participaciones en el capital no pueden estarrepresentadas por acciones ni por cualquier otro título negociable. Deberáindicarse el número de participaciones atribuidas a cada socio comanditario,así como las reglas de transmisión y enajenación de las mismas.Los aportes de los socios comanditarios sólo pueden consistir en bienes enespecie o en dinero. El aporte de los socios colectivos puede ser dinerario, debienes en especie, derechos o trabajo.Nombramiento de los primeros administradores de la sociedad, quienes nopueden ser socios comanditarios, salvo pacto en contrario.Sí los socios colectivos son varios la administración corresponde a todos ellos,los cuales pueden realizarla de manera conjunta o separada.ESTIPULACIONES DEL ESTATUTORazón Social. (art. 279° L.G.S.) La sociedad en comandita realiza susactividades bajo una razón social que se integra con el nombre de todos lossocios colectivos, o de alguno o algunos de ellos, agregándose la expresión“Sociedad en Comandita” o su sigla S. en C.El socio comanditario que consienta que su nombre figure en la razón socialresponde frente a terceros por las obligaciones sociales como si fueracolectivo.

Duración.- El plazo de duración debe ser fijo.

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La descripción detallada del objeto social.Domicilio de la sociedad.El régimen de las participaciones sociales, así como los supuestos especialesde restricciones a su transmisibilidad, con arreglo a las reglas propias de cadatipo de sociedad en comandita.Los procedimientos y mecanismos para la modificación del pacto social, deacuerdo al tipo de sociedad en comandita, y para la formación de la voluntadsocial.El régimen de administración de la sociedad; las facultades, derechos yobligaciones de los administradores, así como las responsabilidades que paraellos se deriven.Los controles que ejercen los socios no administradores respecto de quienesadministran la sociedad.Las consecuencias del fallecimiento de alguno de los socios comanditarios ocolectivos.Las obligaciones de los socios comanditarios o colectivos para con la sociedad.Las reglas para la revisión periódica de la gestión social y del balance anual.Las reglas para la determinación de las remuneraciones que correspondan alos socios.La forma de distribución de las ganancias y de asunción de las pérdidas.Las causales y procedimientos para la separación y exclusión de los socios.Las cláusulas de arbitraje, cuando se consideren convenientes.

Artículo 92°.- Normas aplicablesSon aplicables, a las inscripciones correspondientes a las sociedades en comandita simple, las disposiciones de este Reglamento para las sociedades colectivas, en lo que sean pertinentes. En el caso de las sociedades en comandita por acciones, son aplicables las disposiciones de este Reglamento para las sociedades anónimas, en lo que sean pertinentes. Artículo 93°.- Indicación de la modalidad societaria En el asiento de inscripción del pacto social debe indicarse la modalidad de la sociedad en comandita, el nombre de los socios y su respectiva condición de socios colectivos o comanditarios.

TITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 278º.- Responsabilidad

En las sociedades en comandita, los socios colectivos responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones sociales, en tanto que los socios comanditarios

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responden solo hasta la parte del capital que se hayan comprometido a aportar. El acto constitutivo debe indicar quienes son los socios colectivos y quienes los comanditarios.

La sociedad en comandita puede ser simple o por acciones.

Articulo 279º.- Razon social

La sociedad en comandita realiza sus actividades bajo una razon social que se integra con el nombre d todos los socios colectivos, o de algunos o alguno de ellos, agregandose, segun corresponda, las expresiones "Sociedad en Comandita" o "Sociedad en Comandita por Acciones", o sus respectivas siglas "S. en C." o "S. en C. por A.". El socio comanditario que consienta que su nombre figure en la razon social responde frente a terceros por las obligaciones sociales como si fuera colectivo.

Articulo 280º.- Contenido de la escritura de constitucion

El pacto social debe contener las reglas particulares a la respectiva forma de sociedad en comandita que se adopte y ademas puede incluir los mecanismos, procedimientos y reglas, asi como otros pactos licitos, que a juicio de los contratantes sean necesarios o convenientes para la organizacion y funcionamiento de la sociedad, siempre que no colisionen con los aspectos sustantivos de la respectiva forma de sociedad en comandita.

TITULO II - REGLAS PROPIAS DE LA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE

Articulo 281º.- Sociedad en comandita simple

A la sociedad en comandita simple se aplican las disposiciones relativas a la sociedad colectiva, siempre que sean compatibles con lo indicado en la presente Seccion.

Esta forma societaria debe observar, particularmente, las siguientes reglas:

1. El pacto social debe señalar el monto del capital y la forma en que se encuentra dividido. Las participaciones en el capital no pueden estar representadas por acciones ni por cualquier otro titulo negociable;

2. Los aportes de los socios comanditarios solo pueden consistir en bienes en especie o en dinero;

3. Salvo pacto en contrario, los socios comanditarios no participan en la administracion; y,

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4. Para la cesion de la participacion del socio colectivo se requiere acuerdo unanime de los socios colectivos y mayoria absoluta de los comanditarios computada por capitales. Para la del comanditario es necesario el acuerdo de la mayoria absoluta computada por persona de los socios colectivos y de la mayoria absoluta de los comanditarios computada por capitales.