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TALAVERA DE LA REINA Y LA CONSTITUCIÓN DE 1812. TRES MOMENTOS PARA RECORDAR EN EL BICENTENARIO DE “LA PEPA”

Luis Fco. Peñalver Ramos

1. Talavera de la Reina jura la Constitución de 18121

Al igual que en otros pueblos de la provincia de Toledo, y del restode la nación, en Talavera también se procedió a jurar la Constitución de1812, la conocida popularmente como La Pepa, por haber sido sancionadapor las Cortes de Cádiz el 19 de marzo de ese año, día de San José. Sin em-bargo, tal jura y las celebraciones correspondientes, estuvieron condicio-nadas en la por entonces villa talaverana por los acontecimientos de laGuerra de la Independencia

El Supremo Consejo de Regencia dispuso por los decretos de 18 demarzo y 22 de mayo que se jurara y se diera a conocer; sin embargo, no sepudo llevar a cabo en muchos pueblos y ciudades hasta que quedaron li-bres de enemigos; esta circunstancia se dio en la zona centro peninsulartras la batalla de Arapiles (22 de julio de 1812)

La Junta Superior de Toledo fue la que se encargó que en todos lospueblos de la provincia se procediera tanto a la lectura como a su jura-mento; para ello designó a varios de sus miembros para que actuarancomo comisionados, a modo de “maestros de ceremonias”, en las dife-rentes localidades donde se efectuaran los actos correspondientes. En el

1 Este tema fue tratado por el autor en la publicación colectiva que vio la luz con motivodel Bicentenario de la Batalla de Talavera (PEÑALVER RAMOS, Luis Fco. y AAVV: Tala-vera 1809, la Batalla, la Ciudad, sus Gentes. Ed. Ayuntamiento de Talavera, Talavera de laReina, 2009, págs. 55 a 58.

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caso de Talavera recayó en el vocal de la Junta don Manuel Orgaz –ante-riormente había sido regidor perpetuo del Ayuntamiento de Toledo-.

El historiador Fernando Jiménez de Gregorio2 estudió en su mo-mento la similitud de los actos que se vinieron realizando en los diferen-tes pueblos de la provincia por este motivo. El comisionado llegaba alpueblo donde era recibido en las afueras por las autoridades civiles y ecle-siásticas, una cabalgadura portaba un retrato grande del rey Fernando VII;el gentío acompañaba a la comitiva por las calles, en un ambiente festivo,abundando el repique de campanas, las dulzainas y tambores, además delos cohetes de pólvora, expresión de júbilo en un período de guerra que ex-citaría los ánimos de los pobladores, los cuales contribuían adornando losbalcones y las ventanas con colgaduras y telas preciosas, o iluminarias porla noche.

El cortejo recorría las principales calles del pueblo, llegando al Ayun-tamiento. Nos imaginamos la algarabía y el sentido de patriotismo, dandogritos de “mueras” al “intruso”, o a los invasores franceses, y “vivas” al reyFernando VII o la propia Constitución.

En cada localidad, bien fuera en la plaza principal, frente a las CasasConsistoriales, como ocurrió en Talavera, o delante de la iglesia, se alzabaun tablado ricamente ornamentado con telas lujosas, cubierto de alfom-bras, sillas y bancos, un dosel para las autoridades, y en un lugar privile-giado el cuadro del Rey, con frases como “Viva el Rey y la Constitución”.

Los actos duraban tres días, el primero se centraba en la lectura dela Constitución, el segundo era el de la jura, mientras que el tercero se de-dicaba a actos lúdicos y de entretenimiento: corridas de novillos, repre-sentaciones teatrales, mascaradas, etc. También durante este último día lasautoridades visitaban la cárcel, y tal como había dispuesto la orden del Su-premo Consejo de Regencia, se procedía al indulto de presos.

Con similares características, como a continuación vamos a exponer,se llevó a cabo en Talavera la lectura y juramento de la Constitución du-rante los días 8, 9 y 10 de agosto del mencionado año 1812.

El Ayuntamiento había recibido a principios de ese mes la orden alrespecto de parte del vocal de la Junta Superior de Toledo, el citado don

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2 JIMÉNEZ DE GREGORIO, Fernando: Los pueblos de Toledo juran la Constitución de 1812,IPIET, Toledo, 1984.

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Manuel Orgaz. Seguidamente, el 5 de agosto el Consistorio dispuso unaserie de medidas para que los actos se celebrasen lo más lucidos posibles;entre éstas figuraban la limpieza del local del Ayuntamiento y de las callespor donde pasaría la comitiva, para lo cual mediante un bando se exhor-taba a los vecinos para que colaboraran en esta tarea, aseando y colgandoornamentos en balcones y ventanas; la construcción de un tablado pegadoa la fachada del Consistorio, y la iluminación general y repique de cam-panas.

El corregidor de la villa envió un escrito al vicario eclesiástico en elque se comunicaba que en el día 8 de agosto se publicara con solemnidada las circunstancias la Constitución Nacional Española, para ello dispusoque ello fuera anunciado en “esta noche y las dos siguientes por el repique ge-neral de campanas, de parroquias y conventos, desde las nueve a las diez de cadauna”3.

En el día elegido se concentraron en la Plaza del Pan numeroso pú-blico ansioso de ver el acontecimiento. He aquí como nos lo relata el es-cribano Manuel Cándido Baeño:

“Manuel Cándido Baeño, escribano del Ayuntamiento de la muynoble y leal villa de Talavera, doy fe. Que habiéndose anunciado porbando y por edicto a todos sus habitantes de orden del Señor DonManuel Orgaz, caballero de la Real y Distinguida Orden Españolade Don Carlos Tercero, vocal de la Junta Superior de esta provincia,en quien se halla reasumida la Real Jurisdicción, la publicación de laConstitución política de la Monarquía Española, sancionada por lasCortes Generales y Extraordinarias del Reino, mediante el Decretoexpedido en Cádiz a dieciocho de marzo de este año y circulado porReal Cédula del Consejo de Regencia del siguiente diecinueve, y se-ñalado para tan augusta ceremonia con acuerdo de su Ayuntamientolos días ocho, nueve y diez del presente mes, el primero para cele-brarse en acto público, y los otros dos privadamente en cada una delas iglesias parroquiales de ella, acompañado de los individuos dedicho Ayuntamiento, de las personas condecoradas y de distincióndel pueblo, convidadas para tan plausible acto, y de una multitud devecinos y moradores a quienes estimulaba al regocijo público, su

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3 AMTR. Contribuciones,..., sig. 977: “Publicación de la Constitución en Talavera”.

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“Publicación de la Constitución en Talavera”. Agosto 1812. Sig. 977.

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misma libertad y la fidelidad a su legítimo soberano, se constituyóen las Casas Consistoriales situadas en la Plaza Mayor del Pan, y sa-liendo de ellas con el mismo acompañamiento se dirigió por las callesmás principales de la población llevando yo el presente escribano demanifiesto el libro de la Constitución y volviendo a dicha PlazaMayor en donde se hallaba construido a la fachada del consistorio uneminente tablado con sus alfombras, adornado de diferentes colga-duras y con un rico dosel en medio del cual se hallaba el busto denuestro legítimo soberano el Señor Don Fernando 7º que Diosguarde, y subiendo a el dicho señor vocal los regidores e individuosdel Ayuntamiento y tomando la Constitución en sus manos a pre-sencia del concurso tan numeroso que se había congregado a tan so-lemne acto y llamando la atención de todos con las repetidas voces deoíd y escuchad, principió su lectura en voz alta y perceptible, poralgún tiempo hasta que me mandó continuarla como lo hice hasta suconclusión observando todos silencio y rodeado el tablado de tropasde infantería y caballería que igualmente había asistido y acompa-ñado al paseo público; concluido el acto se entró dicho vocal en lasCasas Consistoriales con el mismo acompañamiento y a presencia detodos tomando el libro de los Santos Evangelios y poniendo sobre élsus manos hizo de rodillas el más solemne juramento por Dios y porlos Santos Evangelios de guardar y hacer guardar la expresada Cons-titución política de la Monarquía Española que acaba de publicarsey la debida fidelidad a nuestro legítimo Rey enseguida recibió jura-mento a todos los concurrentes según el método que prescribe paraestos y todos y cada uno respondieron a una voz con señales nadaequívocas del mayor júbilo que así lo juraban […]”4.

Durante el domingo 9 de agosto, un día después, tendría lugar elacto protocolario de la jura de la Carta Magna en las parroquias de SantaMaría, Santa Leocadia, San Pedro y Santiago para lo cuál se celebraría unamisa solemne:

“[...] Al siguiente día señalado para el juramento en las cuatro pa-rroquias de Santa María, San Pedro, Santa Leocadia y Santiago, porno haber suficientes ejemplares para todos se constituyó dicho señor

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4 AMTR. Gobierno. Autoridades Supramunicipales, sig. 575.

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vocal, acompañado del mismo Ayuntamiento y de otras personas dedistinción, en la primera que sirve de iglesia Colegial a las diez de sumañana, y precedidos de los repiques de campanas, se principió unamisa solemne a que asistieron su cabildo también los feligreses de laparroquia y otros infinitos extraños a ella, y al ofertorio precedidauna descarga a sus puertas por la tropa, se leyó la Constitución en elpúlpito por el presbítero maestro de ceremonias de dicha Colegiata, yenseguida se pronunció en el mismo sitio una ligera exhortación porel Presidente análoga a las circunstancias, continuó la misa y con-cluida ésta, dicho señor vocal se puso en el presbiterio en la primeragrada y teniendo en las manos la Constitución exigió a todos los asis-tentes el juramento que previene respondiendo todos sí juramos, ydándose otra descarga se principió a cantar el Te Deum con toda so-lemnidad, a cuya conclusión se dio tercera descarga, y concluido elacto, en estos términos se retiró su Señoría a sus casas con muchoacompañamiento pidiéndome lo pusiese todo por testimonio y es elpresente que signo y firmo con su Señoría”5.

Durante el día 10 se repetiría el acto en las otras cuatro parroquias;también los diferentes miembros de organismos nacionales representadosen la villa (administrativos de Correos, jefes y oficiales de las Rentas) lo ha-rían en semanas posteriores.

Es muy probable que fuera a partir de estos días, y tal como ocurrióen otros pueblos de la provincia de Toledo, cuando la Corporación deci-diera el cambio de denominación de la plaza del Pan, por el de la Consti-tución, topónimo que estuvo vigente hasta el año 1814, en el que tras lavuelta del Deseado, se renombró como plaza del Rey Fernando VII.

El Ayuntamiento restaurado, 1814. Quema de la ConstituciónHemos hecho referencia a la jura de la Constitución de 1812, nos pa-

rece oportuno incluir un apartado en el que tratemos sobre los aconteci-mientos vividos dos años más tarde en ese mismo marco urbano ya citado,la Plaza del Pan de Talavera, donde se había proclamado solemnementenuestra primera Carta Magna, y que ahora sería testigo mudo de otra ce-lebración en sentido inverso, su anulación y desaparición, sobre todo de loque ella representaba.

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5 Ídem.

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Terminada la guerra comienza una etapa de normalización institu-cional que se concreta en la restauración monárquica de Fernando VII, ElDeseado. Apoyado por los partidarios del absolutismo, y alentado por lapercepción personal de que el pueblo optaba por el restablecimiento deldespotismo, conspira abiertamente contra un liberalismo poco arraigado.

Tras el Tratado de Valançay, y el regreso a España del Rey, los repre-sentantes de la trama absolutista le presentaron en Valencia el conocidoManifiesto de los persas (12 de abril de 1814), en el que justificaban la vueltaal régimen absoluto desacreditando la labor de las Cortes gaditanas.

El día 4 de mayo Fernando VII promulgaba el decreto que dejaba sinefecto la Constitución de 1812. Durante los meses posteriores se fue des-mantelando la obra jurídica, institucional y administrativa que se habíaido generando por dichas Cortes, y el restablecimiento del Antiguo Régi-men; también se recuperaron las instituciones existentes en 1808.

Talavera y sus habitantes no fueron ajenos a estos acontecimientos.Las primeras noticias que vaticinaban el final de la guerra aparecieron a fi-nales de 1813 tras la caída de San Sebastián y Pamplona, y ya por enton-ces comenzó a hablarse de preparativos con vistas al regreso del Rey. Enla villa de Talavera, el sector eclesiástico, casi todos los notables y granparte de la élite administrativa, comenzaron a tomar posiciones, mante-niéndose a la expectativa con la única intención de agradar al monarca yconservar sus cargos y prebendas.

En la sesión del Ayuntamiento del 16 de marzo de 1814 se tuvo no-ticia de que Fernando VII estaba próximo a cruzar la frontera, sin pérdidade tiempo ve la luz una proclama marcadamente conservadora que aúndenota cierta ambigüedad política, pues no se sabe de forma clara quécariz acabará tomando el nuevo Gobierno. Un suceso explica bien la acti-tud de estos primeros momentos. Talavera desconocía aún la anulaciónreal de la Constitución, publicada el día 11 de mayo en Aranjuez, cuandoapareció borrado durante las ferias el rótulo de la “Plaza de la Constitu-ción”; el alcalde, Ildefonso Martín Gutiérrez, ordenó su reposición inme-diata frente a la postura del procurador síndico José Mª de la PazRodríguez, más proclive a esperar para adoptar una resolución6:

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6 Sobre los acontecimientos que se producen en Talavera en torno a la llegada de FernandoVII a España, y las medidas que toma el Ayuntamiento en torno a las disposiciones regiasde anular la Constitución de 1812, ver el trabajo de PEÑALVER RAMOS, Luis Fco. (“Tala-

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“Que en cuanto a la concurrencia de haber borrado el zócalo de laConstitución está muy lejos el procurador síndico de sospechar queningún vecino de un pueblo tan quieto y pacífico como es el de Tala-vera de la Reina y que espera de la rectitud y justificación de suamado y deseado monarca el Señor Don Fernando Séptimo la solu-ción de este problema político [...] que con una ocurrencia numerosade gentes como la que actualmente existe en Talavera con el motivode las Ferias, haya habido alguno que con fines siniestros haya co-metido tal atentado por lo cual y por no hallarse este Ayuntamientocon ninguna fuerza militar le parece que será los más acertado espe-rar a que pasados estos días de concurso de gentes se tomen otras pro-videncias más adaptables a las circunstancias y que no exalte losanimo de los perturbadores del orden publico, que siempre es necesa-rio reprimir en cuya consecuencia resolverá el Ayuntamiento lo queestime mas acertado”7.

El 12 de mayo los miembros del Consistorio talaverano tenían no-ticia por la Gaceta Extraordinaria de Madrid el decreto de anulación de laConstitución. Dos días después se reunían en sesión de Ayuntamiento paradar lectura a dicho decreto. Ahora quedaba clara la actitud del monarca, apartir de entonces los regidores sabían hacia donde orientar sus actuacio-nes. Entre los acuerdos que tomaron esa tarde del día 14 de mayo, desta-camos la eliminación de la placa con el nombre de Plaza de la Constitución(la actual plaza del Pan) por otra con la inscripción de Plaza Real de Fer-nando VII, también que el pregonero quemara la Constitución en la “plazapública”, que se recogieran los ejemplares de la Abeja Madrileña y demás pe-riódicos subversivos, y que cesara el dictado Constitucional del Ayuntamientoasí como el nombre de nacional o nacionales en sus escritos:

“Que se queme la Constitución en medio de la Plaza pública pormano del pregonero, como que atienta contra la soberanía jurada alSr. D. Fernando VII, y que se publique bando para que todos entre-guen los ejemplares que tengan de ella, a fin de que mañana mismo

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vera de la Reina, mayo de 1814: ¡Que se queme la Constitución!”, Cuaderna, nº 14/15, Ta-lavera, 2006/2007, pp. 79 a 94).Esta cuestión también fue tratada en Talavera 1809…, op, cit. págs. 58 a 61.7 AMTR. Libro de acuerdos de 1814, sesión 8 de mayo, fol. 120 r. Citado por PEÑALVERRAMOS (“Talavera de la Reina,...”, op. cit. p. 85).

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“Espíritu público de la villa de Talavera d la Reina, ó rasgos de su lealtad, amor y fideli-dad. Al Sr. D. Fernando VII, Su Soberano…”. Imprenta de Collado, 1814.

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sean igualmente quemados; a cuyo efecto ser formará un tablado altodelante de las Casas Consistoriales, para que ese acto pueda ser vistopor todo el Pueblo, y le autorizará con su presencia el Ayuntamiento,adornado y colgando sus balcones, y fachada lo mejor que sea posi-ble”8.

Este clima favoreció que se produjeran actuaciones de carácter re-presivo contra aquellos individuos que manifestaron su talante liberal. Elloocurrió durante la noche del 14 al 15 de mayo con el director la Real Fá-brica de Sedas, Juan Francisco de Aparicio, que fue momentáneamente se-parado de sus funciones después de ser acusado por sus expresionesliberales y su adhesión pública a la Constitución. También comienzan lostrámites para reintegrar en sus cargos a quienes componían el Ayunta-miento de 1808, y de forma inmediata es reinstaurado el Concejo de laMesta.

El día 15 tuvo lugar la sesión de juramento a Fernando VII del Ayun-tamiento restaurado, presidido por el corregidor Agustín de Cuadros. Talcomo se había acordado se quemó la Constitución y demás papeles consi-derados subversivos. Para dejar constancia de la nueva situación, el Con-sistorio editó en junio un opúsculo titulado Espíritu Público de la Villa deTalavera de la Reina, o rasgos de su lealtad, amor y fidelidad al Sr. D. FernandoVII, su soberano9. En él se recogían a lo largo de veintidós páginas palabrasde halago y adulación al Rey, a la vez que se describían los actos que se lle-varon a cabo con motivo de su llegada. El objetivo del mismo era funda-mentalmente participar al monarca de la sintonía de los componentes delAyuntamiento de Talavera acordes con la nueva ideología dominante porentonces, esto es, la simpatía a todas luces por los principios absolutistas.

3. Nueva jura de la Constitución: 1820, inicio del Trienio LiberalEl 1 de enero de 1820 el teniente coronel Rafael de Riego dio un pro-

nunciamiento militar en el pueblo sevillano de Cabezas de San Juan,

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8 Citado por PEÑALVER RAMOS (“Talavera de la Reina,..”., op. cit. p. 87).9 Ibídem, p. 82. El título completo es Espíritu público de la villa de Talavera d la Reina, ó rasgosde su lealtad, amor y fidelidad. Al Sr. D. Fernando VII, Su Soberano/Dalo a luz la Diputacion desu muy ilustre Ayuntamiento, para cumplimentar á S.M. y AA. en este Villa de Madrid, con el mo-tivo de su feliz arribo á sus Dominios”, Imprenta de Collado, 1814. En el AMTR existe un ejem-plar cosido al libro de acuerdos de 1814 (ver fol. 162 r.). También en la Biblioteca Nacional(Sig. VC/2686/12).

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donde se encontraba al frente de una expedición dispuesta a salir haciaAmérica para combatir a los insurgentes. Enseguida proclamó la Consti-tución de 1812, también se llevó a cabo el restablecimiento de las antiguasautoridades constitucionales. El levantamiento militar se extendió por todaEspaña consiguiendo imponerse ante las fuerzas gubernamentales.

De esta forma culminaba el llamado período del “Sexenio absolu-tista”, en el que Fernando VII, tras la abolición de la Constitución, habíaobviado en su gobierno los principios liberales que habían inspirado a lasCortes gaditanas del doce. Ahora se iniciaba una nueva etapa, el llamado“Trienio Liberal”, para otros “Trienio Constitucional”, etapa en la que losliberales españoles restablecieron las antiguas autoridades constituciona-les, y la propia Constitución, como decíamos antes.

El 9 de marzo Fernando VII se veía obligado a jurar la Carta Magna,el poder recayó entonces en una Junta Provisional, presidida por Luis deBorbón, arzobispo de Toledo, apartando a los revolucionarios que habíanprotagonizado el golpe. La Junta realizó la convocatoria de Cortes, y res-tauró los derechos de reunión y de expresión.

A Talavera de la Reina llegó, por medio de la Gaceta de Madrid, lanoticia de que Fernando VII había jurado la Constitución. De la misma sehicieron eco los miembros del Ayuntamiento reunidos el día 17 de marzo10.No tenían muy claro los regidores qué actuaciones llevar a cabo, y mien-tras que llegaban las oportunas órdenes de la Junta, acordaron encargaruna lápida con la inscripción “Plaza de la Constitución”.

Ahora, de nuevo, y como ocurriría en posteriores periodos históri-cos, la “moda” constitucional cobraba relevancia. La Carta Magna gadi-tana, antaño defenestrada y condenada a la hoguera, quedaba plasmadasu memoria en una placa de mármol, recuerdo de la otrora placa, la de la“Plaza de la Constitución” que pasó a llamarse “Plaza de Fernando VII”en 1814, nos referimos a nuestra popular plaza mayor o “Plaza del Pan”.Seis años más tarde se recupera el topónimo, pero su ubicación será dis-tinta, la nueva “Plaza de la Constitución” sustituirá en su denominación ala también popular y tradicional “Plaza del Comercio”, la que los talave-ranos conocen como “Plaza del Reloj”. Además los regidores previeron laerección de una pirámide donde se insertaría la lápida proyectada:

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10 AMTR. Libro de acuerdos de 1820, sesión 17 de marzo, fol. 81 r.

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“Mediante las noticias recibidas por las Gacetas de haber juradoNuestro Rey el Sr. Don Fernando el Séptimo la Constitución de laMonarquía Española, hizo presente el Sr. Corregidor Presidente queaunque no se ha recibido orden de lo que se ha de hacer, a fin de estarprevenido este Ayuntamiento para realizarlo luego que comunique,se acordó dar comisión a los Sres. Don Francisco Plazuela, AlguacilMayor y Procurador Personero, para que disponga se haga la lápidacon la inscripción de Plaza de la Constitución, la que colocada en unapirámide en la Plaza que hoy del Comercio”.

Un día después, el 18 de marzo, el Consistorio toma conocimiento detres Reales Decretos de la Real Chancillería de Valladolid, fechados el día11 de ese mes, por los que sus miembros quedan informados oficialmentede que el Rey había jurado la Constitución, además la Junta Provisionalinstaba al nuevo nombramiento de Alcaldes y Ayuntamientos acorde a loregulado en la Constitución de 181211.

En esta misma sesión se acordó “que en el día de mañana y hora de lasocho y media de ella jure esta Corporación en las Casas Consistoriales la Consti-tución política de la Monarquía Española sancionada en Cádiz, y que con el ob-jeto de que el pueblo preste igual juramento por el orden que se manda en Decretode S. M. de nueve del corriente referente al de las Cortes generales y extraordina-rias de dieciocho de marzo de mil ochocientos doce”.

Durante el día 19 se juraría la Constitución en Talavera, y a seme-janza de lo que ocurrió en agosto de 1812, ahora también se levantaría untablado, en este caso en la Plaza Pública -antaño fue en la Plaza del Pan ode Santa María-, colocando en dicho tablado, y en esto también hay para-lelismo con el acto de entonces, “el retrato del Rey Don Fernando Séptimo bajoel Dosel de esta Corporación, dirigiéndose a estas Casas Consistoriales con el au-xilio justicia competente con toda ceremonia y música a dicho sitio y estando el élse lea por el infrascrito [el escribano] dicha Constitución al pueblo y verificadase le reciba el competente juramento en la forma que en ella se indica”.

Efectivamente, durante el día 19 se procedió a la lectura de la Cons-titución por parte de Francisco Montemayor Córdoba, escribano del Ayun-tamiento, para que posteriormente tanto el corregidor, Don Juan Pérez deMarure, como los regidores, la juraran. A continuación, y con acompaña-

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11 AMTR. Libro de acuerdos de 1820, sesión 18 de marzo, fols. 82 r. a 83 v.

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miento de la tropa del Regimiento de Caballería Calatrava y la banda demúsica, los miembros del Consistorio se desplazaron desde el Ayunta-miento (sito en la por entonces Plaza del Rey Fernando VII –Plaza del Pan-), hasta la Plaza Pública, donde se había levantado el tablado12:

“Por mí el Escribano de mandato de los Sres. se leyó la ConstituciónPolítica de la Monarquía Española promulgada en Cádiz. El Sr. Co-rregidor Presidente en manos del Sr. Regidor D. Pedro Aceituno,prestó el juramento que en ella se previene, y posteriormente losdemás Sres. hicieron el mismo juramento en manos del Sr. Corregi-dor; y concluido, con el auxilio de tropa del Regimiento Caballeríade Calatrava, y acompañado de música se dirigieron con toda cere-monia a la Plaza pública en la que hallándose construido un tabladopuesto en él el dosel de esta corporación, y el retrato del Rey Fernandoel Séptimo, colocados en los asientos designados por el orden respec-tivo, por mí el Escribano se leyó al pueblo….”.

Tras estos actos se procedió al juramento de la Constitución por partedel pueblo en cada una de las parroquias de la villa. Para tal efecto, elAyuntamiento había designado un día antes los regidores que debían acu-dir a las diferentes parroquias acompañados del escribano respectivo, elcual daría fe del acto. El cura párroco correspondiente leería antes del ofer-torio el texto constitucional, dando paso posteriormente al juramento delos asistentes13:

“[…] pasándose oficio al Sr. Vicario Eclesiástico para que se sirvadisponer que en dicho día de mañana se celebre misa solemne en cadauna de las parroquias de esta villa, asistiendo a ellas los Sres. Regi-dores como presidente para que se verifique la lectura de la Consti-tución por el párroco antes del ofertorio de la misa, y concluida, dichoSr. Regidor Presidente reciba el juramento del pueblo bajo la fórmulaprevenida”.

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12 AMTR. Libro de acuerdos de 1820, sesión de 19 de marzo, fols. 85 r. y v.13 AMTR. Libro de acuerdos de 1820, sesión de 18 de marzo, fol. 82 v. En cada parroquia de-bían concurrir los Sres. Regidores, escribanos y notarios siguientes: Corregidor a Santa Maríacon el infrascrito escribano. Sr. D. Pedro Aceituno a Santiago, con D. Fernando Rosal. Sr. D. Ma-nuel Montero a San Miguel con D. Francisco Rosal. Sr. D. Francisco Urnuela, El Salvador con An-tonio Humanes. Sr. D. Moisés de Quijana, San Clemente con D. Francisco Prados notario. Sr. D.Joaquín Sobrinos, Santa Leocadia, con D. Joaquín Recuero, notario.

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Fernando VII jura la Constitución en 1820.

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Puesto que la lápida aún no estaba concluida, el Ayuntamiento de-cidió colocar un letrero “provisional” con el nombre de “Plaza de la Cons-titución”; los actos se completaron con la iluminación de balcones yventanas durante tres días, además del oportuno repique de campanas:

“Que enseguida repasar la Constitución en el Ayuntamiento, se pu-blique ésta en dicha Plaza Pública, llamándose en lo sucesivo Plazade la Constitución, en la que se colocará una lápida con la misma ins-cripción y ínterin se forma la lápida se ponga un letrero provisional.Que haya iluminación por tres noches desde el día de mañana, altoque de ánimas, y repique general de campanas anunciándose asípor edicto y pregón; y que a las Ave-Marías de dicho día se toque lacampana del reloj de esta villa”.

Pero una cosa son las intenciones, y otra es la realidad de un Ayun-tamiento con recursos económicos ajustados. Dos días más tarde el Con-sistorio decidía que los mil doscientos reales que costaba la lápida sehabrían de obtener de los fondos destinados a matadero y carnicería, y conla condición de reintegrarlos cuando los ingresos por propios así los posi-bilitara14:

“No se tienen fondos de los propios para poner la lápida de la Cons-titución con sus adornos y lo demás proyectado. Que se saque el fondodel matadero y carnicería, pero con la condición de reintegro del depropios cuando venzan. Se acuerda entregar mil doscientos reales”.

Hasta aquí el protagonismo que cobró en la villa de Talavera laConstitución nacida en las Cortes de Cádiz, en plena guerra contra losfranceses. Ahora, en 1820, eran otros los conflictos y los intereses de ca-rácter internacional. El siglo XIX iba abandonando su “infancia”, esos pri-meros años, caracterizados de una explosiva turbulencia relacionada conlas campañas napoleónicas, dando paso a un equilibrio internacional quedependía en gran parte de los acuerdos derivados del Congreso de Viena,y, especialmente, en la obstinación de las potencias por mantener el ordenante nuevas convulsiones, el miedo a renovados experimentos revolucio-narios perpetuados en el recuerdo de lo que supuso la Revolución Fran-cesa y la independencia de los Estados Unidos de América.

Luis Fco. Peñalver Ramos 127

14 AMTR. Libro de acuerdos de 1820, sesión de 21 de marzo, fol. 85 r. y v.

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Los países de la Santa Alianza, luego Cuádruple Alianza, coaligadoscon la intencionalidad de restaurar el “Antiguo orden” y frenar cualquierbrote de carácter revolucionario liberal intervendrán en España tras el con-greso realizado en Verona (22 de noviembre de 1822), para lo cual deter-minaron el envío de una fuerza militar, los llamados Cien Mil Hijos de SanLuis. Este ejército, al mando del Duque de Angulema, penetró en Españael 7 de abril de 1823 sin apenas encontrar resistencia. El régimen liberalcayó, y la represión contra sus líderes fue inmediata, entre otros se ejecutóa Riego en la plaza de la Cebada de Madrid (7 de noviembre de 1823).

Fernando VII decretó a primeros de octubre la derogación de la nor-mativa promulgada durante el Trienio, ahora volvía a reinar de forma ab-soluta, se inauguraba un nuevo período de su monarquía, el conocidocomo “Década ominosa”. A partir de entonces, la Constitución de 1812quedó como punto de referencia para el futuro, prolongándose en el es-píritu de algunos liberales decimonónicos, otras veces modificada en losartículos de las diferentes Constituciones que a lo largo de doscientos añosse han venido promulgando en España.

Talavera guarda en su memoria los actos derivados en torno al jura-mento o derogación de la Constitución gaditana, tres fechas para tres hitoshistóricos, 1812, 1814 y 1820. Tres períodos plasmados en la pequeña villatoledana que trataba de iniciar sus andaduras, de recobrar la normalidadtras la desastrosa guerra de la Independencia. Actos en uno u otro mo-mento en consonancia con lo que venía ocurriendo en el resto de la na-ción, perpetuados en la memoria histórica de la ciudad y sus habitantestanto en los documentos que en parte aquí hemos utilizado, como en lahistoria toponímica de las plazas más importantes de ella.

Coincidiendo con el año conmemorativo del bicentenario de su pro-mulgación, nos permitimos un gesto de cariño, un emotivo recuerdo im-pregnado de cierta nostalgia hacia nuestra primera Carta Magna, lo querepresentó en su momento, y por ello, como aquellos ciudadanos de en-tonces, gritamos: ¡Viva la Pepa!

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