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REPRESENTANTES DE EL PODER LEGISLATIVO, EJECUTIVO Y JUDICIAL. En el federal. El legislativo: Cámara de diputados y senadores. Ejecutivo: Presidente de la República. Judicial: Suprema Corte de Justicia de la Nación, Tribunales de Circuito, Tribunales Unitarios, Jueces de Distrito, Tribunal Electoral. En el Estatal . Legislativo: Congresos de los estados (cámara de diputados) Ejecutivo: Gobernador del Estado Judicial: Tribunales Superiores de los estados, Jueces de primera instancia (puede haber especializados como penales, civiles y familiares) En el municipal. Ejecutivo: Presidente municipal. Judicial: Jueces municipales. Legislativo: no hay propiamente dicho, pero de acuerdo a las facultades que tienen el cabildo, y propiamente los regidores, para reglamentar se podría pensar que ellos tienen una facultad legislativa, pero como reglamentar de acuerdo a BENIGNO BRIAN VAZQUEZ GONZALEZ

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REPRESENTANTES DE EL PODER LEGISLATIVO, EJECUTIVO Y JUDICIAL.

En el federal. El legislativo: Cámara de diputados y senadores. 

Ejecutivo: Presidente de la República. 

Judicial: Suprema Corte de Justicia de la Nación, Tribunales de Circuito,

Tribunales Unitarios, Jueces de Distrito, Tribunal Electoral. 

En el Estatal. Legislativo: Congresos de los estados (cámara de diputados) 

Ejecutivo: Gobernador del Estado 

Judicial: Tribunales Superiores de los estados, Jueces de primera instancia (puede

haber especializados como penales, civiles y familiares) 

En el municipal. Ejecutivo: Presidente municipal. 

Judicial: Jueces municipales. 

Legislativo: no hay propiamente dicho, pero de acuerdo a las facultades que tienen

el cabildo, y propiamente los regidores, para reglamentar se podría pensar que

ellos tienen una facultad legislativa, pero como reglamentar de acuerdo a nuestro

sistema es facultad del ejecutivo se puede decir que técnicamente es legislar pero

no es un poder en ese ámbito. 

Otro caso es cuando las constituciones de los estados facultan a los municipios

para crear sus leyes de ingresos y egresos, esa sería otra facultad legislativa, pero

no se puede considerar un poder legislativo, sino que siendo el caso de que su

constitución lo permita tenga algunas facultades. 

Espero te sirva, esto es para México, si eres de otro lugar pues no sé.

BENIGNO BRIAN VAZQUEZ GONZALEZ