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Tramites administrativos tras el nacimiento de un hijo.

0. Índice de contenidos.

1. Introducción.2. En el hospital.3. Solicitud del certificado de empresa.4. Alta en el Registro Civil.5. Alta en la Seguridad Social.6. En el ambulatorio.7. Informe de maternidad.8. Recogida de los certificados de empresa.9. Bajas de de maternidad y paternidad.10. Hacienda: solicitud de prestaciones económicas.11. Alta en el padrón municipal.12. Conclusiones.

1. Introducción

En Autentia estamos ampliando plantilla y, como somos muy previsores, también invirtiendo en lacantera ;). Han sido 5 los bebés nacidos este año, fruto del amor de sus padres y de otro tipo deplaceres más mundanos, y la previsión, hasta la fecha, es de un nuevo nacimiento, enhorabuenas!!!.

La llegada de un bebé genera obligaciones legales y da derecho a diversas prestaciones económicas.Si el protagismo, durante todo el embarazo, es indudablemente para la madre, su barriga y el bebé,los días posteriores al parto el padre cobra un protagonismo inesperado al erigirse en una grancruzada: realizar todos los trámites administrativos tras el nacimiento del bebé. Lo normal es quedichas tareas las realice la pareja, puesto que la madre estará aún recuperándose del parto.

En este tutorial vamos a revisar todas las pruebas a realizar dentro de la gymkana que és, el caminopara que tu hijo exista, no solo en el mundo real, sino también en el ámbito de las administracionespúblicas.

Vamos a analizar cada tarea como si se tratasen una serie de fases de un proyecto común, que haycumplir por el orden establecido.

Los trámites los hemos realizado todos en la Comunidad de Madrid, quizás alguno pueda variar en

19.170Fecha de publicación del tutorial: 2008-12-10

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función del lugar de nacimiento.

Y, para comenzar, haremos un par de recomendaciones generales:

lleva siempre a mano la tarjeta sanitaria y el DNI de la madre, junto con el tuyo,haz un par de fotocopias de todos los documentos que vayas recopilando.

(Actualizado a septiembre de 2011): después de pasar una segunda vez por la realización detodos estos trámites y teniendo en cuenta que este año han sido 3 los peques nacidos en Autentia,actualizamos, ampliamos la información sobre algunos de los pasos y revisamos enlaces, dando laenhorabuena de nuevo a los padres!!!

2. En el hospital.

Objetivos.

Obtener el certificado de nacimiento del bebé y el informe de alta de la madre.

Requisitos.

El nacimiento del bebé.

Descripción.

En el hospital te dan un "papelito amarillo" que es el de certificación del nacimiento del bebé, a las 24horas de nacer o en el momento del alta del bebé por parte de pediatría. Además te pueden dar otro"papelito" certificando que el hospital no se va a encargar de registrar el nacimiento de tu hijo/a, noes estrictamente necesario y va más encaminado a partos que tienen lugar fuera de la localidad deresidencia de los padres.

Con el alta de la madre se entrega un informe, en el formato del hospital, "papelito azul".

Entregables.

El certificado de nacimiento del bebé, el "papelito amarillo". Comprueba que no solo constansus datos, también deben constar los de la madre y el padre, si no es así, rellénalos paraahorrar tiempo en el Registro Civil.El alta hospitalaria de la madre, "papelito azul".El documento de salud infantil del bebé, en el que consta la fecha de la primera vacuna, quenecesitarás para las siguientes, y la fecha de realización de la primera prueba del talón.Una cartulina y un sobre para la realización de la segunda prueba del talón. La cartulina latendrás que entregar en la primera visita al pediatra y el sobre sirve para enviar la muestrapor correo.

3. Solicitud del certificado de empresa.

Objetivos.

Solicitar un certificado de empresa en el que consten las bases de cotización del mes anterior alnacimiento.

Requisitos.

El nacimiento del bebé.

Descripción.

Las empresas deben facilitar un certificado, en formato oficial, en el que aparezcan reflejadas lasbases de cotización del mes anterior al nacimiento del bebé. Dichas bases de cotización son las quese tomarán como base del cálculo para las prestaciones durante las bajas de maternidad ypaternidad.

En dicho certificado debe constar también el periodo de baja o permiso:

el de la madre es de 16 semanas y comienza en la misma fecha del parto,el del padre son 13 días a los que hay que sumar los días de permiso según convenio, quesuelen ser 2; por eso se dice que son 15 días de permiso, de los cuales:

los dos primeros son a cargo de la empresa, y son los dos inmediatamente después delparto,los trece restantes son a cargo de la seguridad social y se pueden disfrutar en cualquiermomento dentro del periodo de baja de la madre, eso sí, de forma ininterrumpida.

Lo normal es que se disfruten todos seguidos pero, por ejemplo, si el parto se produce unjueves. El jueves y viernes serían de permiso por convenio y el permiso de paternidad lopodrías comenzar perfectamente el lunes siguiente, si el fin de semana no trabajas.

Junto al certificado de empresa, solicita la nómina del mes anterior, si no la tienes, para comprobarcúanto te retienen de IRPF.

Dichas solicitudes las puedes realizar por teléfono, las empresas se demorarán un par de días entener el certificado (depende si lo lleva una gestoría) y necesita el sello y firma del administrador dela empresa. Cuando lo tengan listo tendrás que acercate a las empresas a recogerlo.

Entregables.

Ningún tangible, solo la confirmación que el certificado va a ser gestionado.

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4. Alta en el Registro Civil.

Objetivos.

Llevar a cabo la inscripción del nacimiento en el Registro Civil.

Requisitos.

que hayan transcurrido 24 horas después del nacimiento y no más de 8 días.estar en posesión:

del certificado de nacimiento del hospital.del libro de familia.el DNI del padre y de la madre.

Descripción.

La inscripción da fe del hecho del nacimiento, la fecha, la hora y el lugar del mismo, y también delsexo y la filiación de la persona inscrita.

En Madrid el registro central está en la calle Pradillo 66, el horario es de 9:00 a 14:00. Si vas allí, esimportante nada más acceder al edificio pasarse por información, ahí te darán el número con el queluego te atienden en el registro de nacimiento y una estadística que tendrás que rellenar para el ine,que entregarás al administrativo que te atienda.

Lo planteado es aplicable a hijos nacidos dentro del matrimonio, si no estais casados se requiere lapresencia de la madre con una declaración del estado civil de la misma.

Entregables.

El libro de familia con la hoja nuevo miembro completa, sellada y firmada. Haz un par de fotocopiasde todo el libro.

El certificado de nacimiento del hospital se lo quedan.

5. Alta en la Seguridad Social.

Objetivos.

Poner a tu hijo/a como beneficiario de uno de vosotros de la Seguridad Social.

Requisitos.

El alta de hijo/a en el registro civil.Estar en posesión:

del libro de familia, con la hoja del nuevo miembro rellena,tarjeta de la Seguridad Social o tarjeta sanitaria del beneficiario de la Seguridad Socialcon quien se vaya a inscribir el bebé.el DNI del mismo beneficiario.

Descripción.

La teoría es que el trámite se realiza en la Tesosería General de la Seguridad Social, en la práctica ami me lo gestionaron directamente en una oficina de Atención al ciudadano del Instituto Nacional dela Seguridad Social.

Hay que rellenar por duplicado una tarjeta en la que consten los datos de titular de la tarjeta de laSeguridad Social y la relación de beneficiarios a su cargo (parentesco, nombre, fecha de nacimientoy DNI, el bebé aún no lo tendrá).

Si queréis que el bebé conste como beneficiario de la madre, se requiere su firma, con lo que,depende de lo majo que sea quién te toque para gestionarlo, te tocará o no volver a casa para que lamadre firme.

Esta tarjeta hay que guardarla como oro en paño, es con la que podréis llevar a cualquier centroambulatorio u hospitalario al bebé, y será la que os "reclamarán" en una segunda inscripción de unnuevo miembro a la familia.

Preguntar por la documentación necesaria para tramitar las bajas de paternidad y maternidad, paraconfirmar la documentación necesaria del punto 9.

Entregables.

La tarjeta de beneficiarios de la Seguridad Social en la que conste tu hijo/a.

6. En el ambulatorio.

Objetivos.

Son dos:

la asignación de pediatra para la realización de la segunda prueba del talón, debe realizarseentre el 5º y el 10º día de vida.pedir cita con el médico de cabecera de tu mujer para que te facilite la baja o informe dematernidad.

completados hasta elpunto #6 los trámitesadministrativos tras elnacimiento de Mario,viahttp://t.co/ugpef8CY,habrá que actualizarlo;)3 days ago · reply · retweet ·favorite

@rcanalesmora a mimujer le hubiesegustado ir alconcierto pero yasabes ha sido cosa defuerza mayor ;)disfrutarlo!!!6 days ago · reply · retweet ·favorite

Creación de un

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Requisitos.

El alta del bebé en la Seguridad Social.Estar en posesión:

del libro de familia, con la hoja del nuevo miembro rellena,la tarjeta sanitaria del beneficiario de la Seguridad Social con quien se ha inscrito albebé.el DNI del mismo.la tarjeta de beneficiarios de la Seguridad Social en la que conste el bebé.

Descripción.

Entre el 5º y el 10º día de vida hay que realizar al bebé la segunda prueba del talón, de ahí laimportancia de ser ágil con los prímeros trámites. Hay que solicitar la asignación de pediatra y citacon el mismo.

Del mismo modo, hay que solicitar una segunda cita, con el médico de cabecera para que nos expidael informe de maternidad.

Entregables.

día y hora para la realización de la segunda prueba del talón,día y hora para la cita con el médico de cabecera,un documento para la emisión de tarjeta sanitaria, puesto que la tarjeta física llegará a casapor correo.

7. Informe de maternidad.

Objetivos.

Obtener el informe de maternidad para las bajas de la Seguridad Social.

Requisitos.

El alta de la madre del hospital.Estar en posesión de:

informe del alta del hospital, "papelito azul",del libro de familia, con la hoja del nuevo miembro rellena,el DNI de la madre,la tarjeta sanitaria de la madre.

Descripción.

El médico de cabecera debe expedir un informe en el que conste la fecha del parto, que será la quese tome en consideración para las bajas de la Seguridad Social.

Si la madre ha requerido baja médica, los últimos meses de embarazo, tendrá que expedir el alta dela baja de enfermedad, además de la baja por maternidad.

Entregables.

El informe de maternidad del médico de cabecera. Son tres copias:

una para cada empresa, yuna para el INSS.

8. Recogida de los certificados de empresa.

Objetivos.

Obtener los certificados de empresa.

Requisitos.

Haberlo solicitado con anterioridad.Estar en posesión de:

informe de maternidad,del libro de familia, con la hoja del nuevo miembro rellena.

Descripción.

Hay que ir a las empresas a recoger el certificado que solicitamos por teléfono en el punto 3.

Las empresas requierán del informe de maternidad expedido por el médico de cabecera.

Debemos preguntar la fecha de incorporación en la empresa tras las bajas. Si tenéis pensado llevar acabo una acumulación de los días de lactancia debéis comunicarlo para que hagan el cálculo y debéispresentar un pequeño escrito informando de ello a la empresa.

También podemos pedir ya la actualización de la retención al IRPF por la nueva situación familiar,rellenando el modelo 145. Aunque este modelo 145 también se rellena al entregar las bajas en laSeguridad Social.

Entregables.

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Los certificados de empresa de ambos, en los que consten las bases de cotización.Las nóminas del último mes de ambos.

9. Bajas de de maternidad y paternidad.

Objetivos.

Tramitar las bajas de maternidad y paternidad en la Seguridad Social.

Requisitos.

el certificado de empresa de ambos,una de las copias del informe de maternidad expedido por el médico de cabecera,fotocopias y originales de los DNI. Las fotocopias en en la misma cara, para que se puedancompulsar y ser escaneados1 fotocopia y original del libro de familia,formulario de solicitud de prestación de maternidad y paternidad, ya relleno para agilizar eltrámite,

Descripción.

El trámite se realiza en una oficina de Atención al ciudadano del Instituto Nacional de la SeguridadSocial.

La baja es de 16 semanas para la madre y 13 días para el padre. Los días son naturales y durantelas mismas el pagador será la Seguridad Social, a mes vencido.

Al rellenar los formularios de solicitud prestad atención en rellenar la parte de retenciones, para ello,tened en consideración lo que os retienen en las nóminas del mes anterior. Lo ideal es que laSeguridad Social retenga lo mismo que os retiene la empresa, por omisión no se realiza retenciónalguna.

El trámite también se puede realizar online con un certificado válido a través de la página de laseguridad social, la documentación la podemos escanear en formato pdf y adjuntar a la solicitud oelegir la entrega en mano en una delegación física. Realizar este trámite online nos ahorrará esperasinnecesarías.

Entregables.

Las copias selladas de toda la documentación entregada. Si en el formulario indicáis vuestrosnúmeros de móvil, la Seguridad Social te remite un SMS cuando la solicitud ha sido tramitada.

10. Hacienda: solicitud de prestaciones económicas.

Ahora la prestación solo es una:

deducción por maternidad para madres trabajadoras de 100 euros al mes durante los 3primeros años

Para ello podemos entregar, en cualquier registro general, el documento de solicitud relleno (modelo140) o realizar una llamada al número 901. 200. 345. Dicha llamada debe realizala la madreteniendo a mano:

el DNI,la tarjeta de la Seguridad Social o la tarjeta sanitaria,la copia de la declaración del IRPF del año anterior,el número de cuenta en el que quieres que hagan ambos ingresos.

Además de las prestaciones generales (las que establece el Estado) cada Comunidad Autónomapuede establecer prestaciones específicas. En la Comunidad de Madrid teníamos el llamado chequebebé, un pago único de 100 !. Si bien ahora la prestación requiere de unos requisitos de renta, unasituación de madre en paro o de familia numerosa, que reducen el ámbito generalista de laprestación anterior. Para más información, mejor llamar al 012 en el momento de solicitarlo.

11. Alta en el padrón municipal.

Lo normal es que el alta en el padrón se haga de oficio con la información recibida del Registro Civil,pero algunos ayuntamientos requieren que sean los interesados quienes acudan. Solicitarán el librode familia y el DNI del solicitante.

12. Conclusiones.

Sigue siendo una gymkana, aunque cada vez son más los trámites que podemos hacer a través deinternet con certificado electrónico ;)

Concluyo el tutorial con una dedicatoria doble: a mis hijos Pablo y Mario.

Un saludo.

Jose

mailto:[email protected]

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