TEMA 15: LA SEGUNDA REPÚBLICA LA NIÑA...

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TEMA 15: LA SEGUNDA REPÚBLICA LA NIÑA BONITA España, en aquellos primeros días esplendorosos de la República, estaba rebosante de alegría -una alegría espontánea, como la de la naturaleza en primavera. La revolución había sido tan limpia, tan sin tacha, tan pura de todos esos excesos que con demasiada frecuencia empañan los momentos dramáticos de la historia humana, tan libre de toda intervención militar, tan clara expresión de una opinión pública sin asomo de violencia, que la primera emoción que su triunfo causó en el pecho de los republicanos fue una ufana alegría. España había demostrado al mundo cómo una de las monarquías seculares de Europa podía caer a golpe del hacha mental de la democracia sin que se rompiera en todo el país ni tan sólo un cristal. Bien había merecido la República, por su llegada sonriente y apacible, el nombre que sus fieles conspiradores le daban cariñosamente durante todo el siglo XIX: la niña bonita. S. MADARIAGA, España. Ensayo de historia contemporánea, 1942 LOS PROBLEMAS DE LA NUEVA REPÚBLICA La República advino en plena crisis. Paralización de los negocios, barreras aduaneras, restricción del comercio exterior. (...) Bastantes explotaciones mineras se cerraron. Otras como las del carbón vivían en quiebra. Las industrias del hierro y del acero, aunque modestas, se habían equipado bien durante la guerra europea, pero ya no tenían apenas otro cliente que el Estado. Los ferrocarriles, en déficit crónico, vinieron a peor, no sólo por la competencia del transporte del automóvil, sino por la decadencia general del tráfico. (...) El Estado tuvo que intervenir, si no para encontrar remedio definitivo, que no estaba a su alcance mientras la crisis azotara a los pueblos más poderosos, para acudir a lo muy urgente. Todas las intervenciones del Estado en los conflictos de la economía eran mal miradas, considerándolas como los avances de un estatismo amenazador. M. AZAÑA: Causas de la guerra de España, 1939-1940.

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TEMA 15: LA SEGUNDA REPÚBLICA

LA NIÑA BONITA

España, en aquellos primeros días esplendorosos de la República, estaba rebosante de alegría -una alegría espontánea, como la de la naturaleza en primavera. La revolución había sido tan limpia, tan sin tacha, tan pura de todos esos excesos que con demasiada frecuencia empañan los momentos dramáticos de la historia humana, tan libre de toda intervención militar, tan clara expresión de una opinión pública sin asomo de violencia, que la primera emoción que su triunfo causó en el pecho de los republicanos fue una ufana alegría. España había demostrado al mundo cómo una de las monarquías seculares de Europa podía caer a golpe del hacha mental de la democracia sin que se rompiera en todo el país ni tan sólo un cristal. Bien había merecido la República, por su llegada sonriente y apacible, el nombre que sus fieles conspiradores le daban cariñosamente durante todo el siglo XIX: la niña bonita.

S. MADARIAGA, España. Ensayo de historia contemporánea, 1942

LOS PROBLEMAS DE LA NUEVA REPÚBLICA

La República advino en plena crisis. Paralización de los negocios, barreras aduaneras, restricción del comercio exterior. (...) Bastantes explotaciones mineras se cerraron. Otras como las del carbón vivían en quiebra. Las industrias del hierro y del acero, aunque modestas, se habían equipado bien durante la guerra europea, pero ya no tenían apenas otro cliente que el Estado. Los ferrocarriles, en déficit crónico, vinieron a peor, no sólo por la competencia del transporte del automóvil, sino por la decadencia general del tráfico. (...) El Estado tuvo que intervenir, si no para encontrar remedio definitivo, que no estaba a su alcance mientras la crisis azotara a los pueblos más poderosos, para acudir a lo muy urgente. Todas las intervenciones del Estado en los conflictos de la economía eran mal miradas, considerándolas como los avances de un estatismo amenazador.

M. AZAÑA: Causas de la guerra de España, 1939-1940.

Dos opiniones de la época (1931)

«Las leyes, en síntesis, no son nada. Se cumplen o no se cumplen. Esa es la cuestión. Un buen pueblo, un pueblo bueno, no necesita leyes. Aquí el problema, más que de política es de educación. Hay que educar pronto, rápidamente, a los de abajo... ¡Y a los de arriba! Si me apuran, diré que andan más faltos de ella los de arriba que los de abajo. Al fin y al cabo, en España, lo más discreto y lo más sano es el pueblo. Ahora bien: mientras no se eduque, con leyes buenas o con leyes malas, el país seguirá igual».

Jacinto Benavente

«Los problemas básicos de España son de educación y de trabajo. Educación para el pueblo... ¡Ah!, y también para el no pueblo. Hay muchos que al socaire de la casta se creen superiores y no lo son. ¡Trabajo...! Muy sencillo: que trabajen algo los que nunca trabajaron, y trabajen un poco menos los que trabajaron siempre. Vivimos un minuto desbocado. Creo que a la postre se impondrá lo más razonable. La forma actual del gobierno tiene mis mayores esperanzas».

Concha Espina

ESPAÑA HA DEJADO DE SER CATÓLICA

(...) Me refiero a esto que llaman problema religioso. La premisa de este problema, hoy político, la formulo yo de esta manera: España ha dejado de ser católica; el problema político consiguiente es organizar el Estado de tal forma que quede adecuado a esta fase nueva e histórica del pueblo español. Yo no puedo admitir, señores diputados, que a esto se le llame problema religioso. El auténtico problema religioso no puede exceder de los límites de la conciencia personal, porque es en la conciencia personal donde se formula y se responde la pregunta sobre el misterio de nuestro destino. Éste es un problema político, de constitución del Estado, y es ahora precisamente cuando este problema pierde hasta las semejas de religión, de religiosidad, porque nuestro Estado, a diferencia del Estado antiguo, que tomaba sobre sí la tutela de las conciencias (...) incluso contra su voluntad, por el camino de su salvación, excluye toda preocupación ultraterrena (...). Se trata simplemente de organizar el Estado español con sujeción a las premisas que acabo de establecer. (...)

Discurso de Azaña en el Congreso de los Diputados, 1931.

LA IRONÍA DE LAS IZQUIERDAS

Acabó ya aquello de un hombre, un voto. Ahora ocurrirá lo siguiente: un hombre soltero, un voto. Un casado en armonía con su esposa, dos votos. Un casado discrepante con su mujer, una papeleta en blanco (si no se neutralizan). Un soltero simpático y mujeriego, varios votos. Mauricio Chevalier*, infinidad de votos. Un confesor, muchos más votos que Chevalier. Varios confesores, un triunfo electoral.

El Heraldo de Madrid (diario liberal-republicano),

2 de octubre de 7937. • Maurice Chevalier fue un actor y cantante francés muy popular.

LA DEFENSA DEL VOTO FEMENINO

Yo no creo, no puedo creer que la mujer sea un peligro para la República, porque yo he visto a la mujer reaccionar frente a la Dictadura y con la República. (...) Resolved lo que queráis, pero afrontando la responsabilidad de dar entrada a esa mitad del género humano en la política, para que la política sea cosa de dos, porque sólo hay una cosa que hace un sexo solo: alumbrar. Las demás, las hacemos todos en común, y no podéis aquí vosotros venir a legislar, a votar impuestos, a decir deberes, a legislar sobre la raza humana, sobre la mujer y sobre el hijo, aislados, fuera de nosotras.

Discurso de Clara Campoamor (diputada del Partido Radical). Agosto de 1931.

LA CONSTITUCIÓN DE 1931

Art. 1. España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo. La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y de las Regiones. (. .. ) Art. 3. El Estado no tiene religión oficial. Art. 8. El Estado español, dentro de los límites irreductibles de su territorio actual, estará integrado por municipios mancomunados en provincias y por las regiones que se constituyen en régimen de autonomía. Art. 12. Para la aprobación del Estatuto de la región autónoma se requieren las siguientes condiciones: Que lo proponga la mayoría de sus ayuntamientos (...). Que lo acepten (...) por lo menos las dos terceras partes de los electores. Que lo aprueben las Cortes. Art. 13. En ningún caso se admite la federación de regiones autónomas. (...) Art. 25. No podrán ser fundamento de privilegios jurídicos la naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas, las creencias religiosas. (...) Art. 26. Todas las confesiones religiosas serán consideradas como asociaciones sometidas a una ley especial (...). Las demás órdenes religiosas se someterán a una ley especial votada por estas Cortes Constituyentes y ajustadas a las siguientes bases: 1. ° Disolución de las que, por sus actividades, constituyan un peligro para la seguridad del Estado. (...) 4. ° Prohibición de ejercer la industria, el comercio o la enseñanza (...). Art. 27. La libertad de conciencia y el derecho de profesar y practicar libremente cualquier religión quedan garantizados en todo el territorio español. (...) Art. 29. Nadie podrá ser detenido ni preso sino por causa de delito. Todo detenido será puesto en libertad o entregado a la autoridad judicial dentro de las 24 horas siguientes al acto de detención. (...) Art. 31. Todo español podrá circular libremente por todo el territorio español. (...) Art. 32. Queda garantizada la inviolabilidad de la correspondencia. (...) Art. 34. Toda persona tiene derecho a emitir libremente sus opiniones, valiéndose de cualquier medio de difusión y sin someterse a censura previa. (...) Art. 36. Los ciudadanos de uno y de otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes. Art. 38. Queda reconocido el derecho de reunirse pacíficamente. (...) Art. 39. Los españoles podrán asociarse o sindicarse libremente. (...) Art. 51. La potestad legislativa reside en el pueblo, que la ejerce por medio de las Cortes o Congreso de los Diputados. Art. 52. El Congreso de los Diputados se compone de los representantes elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto. Art. 90. Corresponde al Consejo de Ministros, principalmente, elaborar los proyectos de ley que haya de someter al Parlamento, dictar decretos, ejercer la potestad reglamentaria. (...) Art. 94. La Justicia se administra en nombre del Estado. (...) Los jueces son independientes en su función. Sólo están sometidos a la ley.

La división de la sociedad española

Puntos programáticos de la Falange Española «Nuestro Estado será un instrumento totalitario al servicio de la integridad patria (...). Nadie participará a través de los partidos políticos. Se abolirá (...) el sistema de los partidos políticos con todas sus consecuencias (...). Nos afanaremos por triunfar en la lucha con solo las fuerzas sujetas a nuestra disciplina. Pactaremos muy poco. Solo en el empuje final para la conquista del Estado gestionará el mando las colaboraciones necesarias, siempre que esté asegurado nuestro predominio».

F. Díaz-Plaja: La guerra de España en sus documentos. Plaza & Janés, Barcelona, 1972.

Manifiesto publicado en el órgano socialista Claridad, 19/ marzo /1936 «El partido socialista tiene por aspiración (...) la conquista del poder político por la clase trabajadora (...) la transformación de la propiedad privada individual o corporativa de los instrumentos de trabajo en propiedad colectiva, social o común. En el período de transición de la sociedad capitalista a la socialista la forma de Gobierno será la dictadura del proletariado, organizada como democracia obrera. Medidas políticas: Confederación de las nacionalidades ibéricas (...) y reconocimiento de su derecho a la autodeterminación política en todo instante, incluso a la independencia. Medidas económicas: control obrero en todos los establecimientos de la industria y el comercio. Medidas financieras: nacionalización de toda la Banca, abolición de todos los impuestos indirectos. Impuesto progresivo sobre las rentas y beneficios mayores de 6000 ptas. Tributación de las tierras y solares no por lo que producen, sino por lo que deben producir (...). Supresión del presupuesto al clero, confiscación de todos sus bienes y disolución de todas las órdenes religiosas».

Claridad, 19 de marzo de 1936.

Algunas frases de personajes de la época

«Cuando llegue el momento, el Parlamento se somete o desaparece. La democracia será un medio, pero no un fin. Vamos a liquidar la revolución ».

José María Gil-Robles

«Ahora no podemos sustraernos al influjo corporativo y fascista (...). Tengo por evidente que este Parlamento será el último de sufragio universal por luengos años». José Calvo Sotelo «Vamos legalmente hacia la revolución de la sociedad. Pero, si no queréis, haremos la revolución violentamente». Francisco Largo Caballero

LA POLARIZACIÓN SOCIAL

Uno de los motivos para venirnos a Barcelona era que en el pueblo mi padre había sido objeto de amenazas tanto desde la derecha como desde la izquierda (entre ellas, las de un familiar, casado con una sobrina). [...] En una aldea de apenas quinientos habitantes había dos médicos (el de la gente de derechas y el de la gente de izquierdas), dos farmacias, dos comadronas, dos barberías, dos cafés, dos fondas, dos relojeros, cada uno tratando de subsistir y odiando al otro, con la clientela políticamente diferenciada, y religiosamente en dos grupos: los que iban a la iglesia y los que no.

E. PINILLA DE LAS HERAS, La memoria inquieta, 1996

PROGRAMA DEL FRENTE POPULAR

El programa mínimo aceptado por todos los partidos que intervenían en él, incluía los siguientes puntos fundamentales: 1.- Amnistía total para los insurrectos de 1934 y para todos los acusados de atentados político-sociales desde 1933 (…) 2.- Reposición en sus puestos de todos los trabajadores y empleados públicos despedidos por causas políticas y compensación plena de todas las pérdidas sufridas por ellos. 3.- Reforma del Tribunal de Garantías Constitucionales para excluir la influencia conservadora; reforma del sistema judicial con el objeto de establecer su independencia, promulgar la justicia social y acelerar su rapidez y eficacia. 4.- Restauración de la autoridad de todos los apartados de la constitución republicana (…) 5.- Continuación de la reforma agraria; arrendamientos menores y mayor seguridad para los pequeños propietarios; reducción de los impuestos y de las tasas de intereses a los pequeños propietarios; (…) 6.- Protección de los pequeños productores y los pequeños empresarios; reforma de los impuestos y las tarifas industriales; estímulo a la producción; ampliación de las obras públicas. 7.- Sujeción del funcionamiento del Banco de España al interés público; reglamentación y mejora del funcionamiento de los bancos y las instituciones de ahorro. 8.- Restauración de toda la legislación social de 1931-33; aumento de salarios; amplio programa de viviendas sociales; extensión de la educación a todos los niveles.

LOS PLANES GOLPISTAS

Se tendrá en cuenta que la acción ha de ser en extremo violenta, de modo que se reduzca lo antes posible a un enemigo fuerte y bien organizado. Desde luego, serán encarcelados los dirigentes de los partidos políticos, sociedades y sindicatos desafectos al movimiento y se les aplicarán castigos ejemplares para estrangular los movimientos de rebeldía o huelga.

Circular del general Mola a sus subordinados, julio de 1936

Las mujeres en la República española - Clara Campoamor. Diputada por el partido Radical, participó en la redacción de la Constitución y en la reforma del Código Civil. Defendió en el Congreso el derecho de las mujeres al voto. - Dolores Ibarruri. Afiliada al Partido Comunista de España, creó el Comité de Mujeres contra la Guerra y el Fascismo y la asociación Pro-Infancia. Fue diputada por Asturias con el Frente Popular (1936). - Victoria Kent. Afiliada al Partido Radical Socialista, fue directora general de prisiones. Reformó el ordenamiento jurídico de las prisiones y creó el cuerpo femenino de prisiones. Se opuso a que votaran las mujeres. - Federica Montseny. Afiliada a la Confederación Nacional del Trabajo (CNT), dentro del sector defensor del comunismo libertario, fue ministra de Sanidad y Asistencia Social en el Gobierno de Largo Caballero.

El bienio de las derechas según los historiadores La izquierda llegó a contemplar el «Bienio Negro» (diciembre de 1933-febrero de 1936) como un período de gobierno casi fascista. [...] Se trató de un «período estéril» dedicado a realizar un cambio completo de la obra de la coalición azañista, desde el volver a pagar salarios a los sacerdotes hasta el despido del personal de limpieza del ministerio. [...] Quizás el síntoma más revelador de un período en el que los gobiernos les permitieron todo a los terratenientes sea el fuerte descenso de los salarios rurales y el aumento de los desahucios.

R. CARR, España: de la Restauración a la democracia, 1875-1980

El triunfo de la derecha en 1933 -en una República izquierdista y laica- abrió una etapa de expectativas e incertidumbre. La CEDA era un partido católico y confesional [...] cuya indiferencia en materia de gobierno y su respeto a la legalidad republicana no suponían en modo alguno la aceptación de la República. La CEDA aspiraba no sólo a revisar la legislación del período azañista, sino a rectificar sustancialmente el rumbo del régimen: a proceder, por tanto, a una ruptura radical con el sistema democrático de 1931 desde la propia legalidad republicana, para ir a un tipo de Estado desde luego conservador y católico y posiblemente corporativista y autoritario. [...] La política de la nueva etapa se definiría ante todo por su negatividad. Entre diciembre de 1933 y abril de 1934 (gobierno Lerroux) se acordaron medidas como la devolución de tierras a la nobleza, la dotación de un presupuesto para el clero y la amnistía para los colaboradores de la dictadura de Primo de Rivera [...].

J. P. FUSI y J. PALAFOX, España: 1808-1996.El desafío de la modernidad

COMENTARIO DE LA CONSTITUCIÓN DE 1931 CARACTERÍSTICAS LOS PODERES EL VOTO LA CONFIGURACIÓN TERRITORIAL LOS DERECHOS LA SEPARACIÓN IGLESIA-ESTADO

Configuraba un régimen democrático, parlamentario y laico, descentralizado y en el que se recogía la función social de la propiedad. El origen de la soberanía era «el pueblo». La primacía la tenía el poder legislativo unicameral, representado por las Cortes o Congreso de los Diputados. Sometido a este se encontraba el poder ejecutivo (el jefe del Gobierno y el presidente de la República). El presidente de la República contaba con cierto margen para elegir o deponer al jefe del Gobierno pero, a su vez, en determinadas ocasiones, podía ser destituido por las Cortes. El Tribunal de Garantías Constitucionales era una institución nueva que debía declarar la constitucionalidad de las leyes que se aprobasen. Se estableció el sufragio universal para elegir a los diputados a Cortes. Por primera vez en la historia de España se permitió votar a las mujeres (1933). El presidente de la República era designado de forma indirecta a través de compromisarios. Las corporaciones municipales también eran elegidas por sufragio universal. La ley electoral beneficiaba a las mayorías, por ello, los partidos se unieron en bloques o coaliciones para obtener la victoria electoral. Se permitía la aprobación de estatutos de autonomía en las regiones, para lo cual debían presentar un proyecto, aprobado en referéndum primero en su región y luego en las Cortes. También se preveía la formación de cabildos insulares en Canarias y Baleares. Además de una extensa serie de derechos individuales, la más completa hasta la fecha, también se reconocía un conjunto de derechos sociales: acceso a la seguridad social, protección del trabajo infantil y de las mujeres, limitación de la jornada laboral, salario mínimo, etc. Se limitó el derecho a la propiedad, ya que esta era susceptible de expropiación forzosa por motivo de utilidad social, aunque con indemnización. Se establecía, así mismo, la posibilidad de nacionalizar algunos servicios de interés común o públicos (transportes, telefonía...). La tajante separación entre Iglesia y Estado terminaba con el subsidio al clero y prohibía ejercer la enseñanza a las órdenes religiosas, también se las privaba de inmunidad fiscal. Se disolvía la Compañía de Jesús, sin citarla, por obedecer a «autoridad distinta de la legítima del Estado», es decir, al papado. Se admitía la posibilidad del divorcio; los cementerios debían ser comunes para todos, y se establecía la igualdad de trato, por parte del Estado, hacia las confesiones religiosas. La discusión de estos artículos de la Constitución fue muy polémica. La medida era similar a la adoptada en Francia y Alemania; con ella se pretendía reducir a la Iglesia al ámbito exclusivamente religioso y privado, desligándola de la política y de la economía nacional. Era un paso adelante en la política laica promovida primero por los ilustrados y después por los liberales, desde Carlos III a Canalejas. Sin embargo, no se suprimieron las órdenes religiosas, como se había hecho en el siglo XIX en tiempos de Mendizábal. En cualquier caso, las consecuencias de la cuestión religiosa fueron muy graves y provocaron la oposición radical de toda la derecha católica y la Iglesia, que no se identificaron con el régimen ni con la Constitución a partir de ese momento. Esto explica, en cierta manera, la ambigüedad mostrada por algunos partidos de la derecha española (CEDA) para aceptar el régimen republicano. La posición política de la Iglesia incrementó el anticlericalismo popular, que consideraba a los religiosos aliados naturales de la derecha antiliberal.