TEMA 5 FAG

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 1 1. EL MERCADO Para que el empresario su actividad se abastezca de los elementos necesarios para ejercer son necesarias dos condiciones: Que existan empresas que lo comercialicen Que lo hagan en las condiciones que los clientes estén dispuestos a aceptar El conjunto de todos los vendedores que ofrecen sus servicios, junto con el de todos los compradores dispuestos a adquirir esos bienes y servicios, forman el mercado. Si las condiciones en las que los vendedores están dispuestos a vender coinciden con aquellas en las que los compradores lo están a comprar, se producirá el acuerdo y se realizará la operación de compraventa. Si existe competencia, los compradores acudirán a aquellos vendedores que mejor servicio global ofrezcan en relación con los demás. Esto significa que, a igualdad de cantidad y de servicio, comprarán el producto de menor precio, y en productos con precios similares elegirán proveedor al que les ofrezca mayores ventajas en calidad en servicio. Si los signos (-) y (l) indican las condiciones en que cada comprador y cada vendedor están dispuestos a comprar y vender, y los signos (+) los acuerdos, respectivamente, entre ambas partes, se puede representar el mercado mediante la siguiente figura:

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 1

1. EL MERCADO

Para que el empresario su actividad se abastezca de los elementos necesarios para ejercer son

necesarias dos condiciones:

Que existan empresas que lo comercialicen

Que lo hagan en las condiciones que los clientes estén dispuestos a aceptar

El conjunto de todos los vendedores que ofrecen sus servicios, junto con el de todos los

compradores dispuestos a adquirir esos bienes y servicios, forman el mercado.

Si las condiciones en las que los vendedores están dispuestos a vender coinciden con aquellas en las

que los compradores lo están a comprar, se producirá el acuerdo y se realizará la operación de compraventa.

Si existe competencia, los compradores acudirán a aquellos vendedores que mejor servicio global

ofrezcan en relación con los demás. Esto significa que, a igualdad de cantidad y de servicio, comprarán el

producto de menor precio, y en productos con precios similares elegirán proveedor al que les ofrezca

mayores ventajas en calidad en servicio.

Si los signos (-) y (l) indican las condiciones en que cada comprador y cada vendedor están

dispuestos a comprar y vender, y los signos (+) los acuerdos, respectivamente, entre ambas partes, se puede

representar el mercado mediante la siguiente figura:

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2. PROVEEDORES.

Se denomina proveedores a quienes suministran a las empresas los bienes objeto de su

actividad.

Entre la empresa compradora y el proveedor se establecen las condiciones del aprovisionamiento (por

mutuo acuerdo) y que ambas partes se obligan a cumplir.

Condiciones que se establecen por el acuerdo:

Elementos objeto del suministro.

Cantidad. .

Fecha del suministro.

Lugar de entrega.

Precio.

Forma de pago.

Todas las que se consideren conveniente

En su relación con los proveedores, a la empresa se le plantean varias cuestiones a las que tiene que dar

respuesta y que estudiaremos a continuación:

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 3

1º. Búsqueda de proveedores.

2º. Evaluación de los mismos.

3º. Elección

2.1. BÚSQUEDA DE PROVEEDORES.

La empresa debe acudir a aquellos lugares donde los posibles proveedores dan a conocer su

existencia. No hay que olvidar que el proveedor es otro empresario que procura ser conocido por el

mayor número de compradores.

Lugares de información comunes para todo tipo de empresas

Guía telefónica, páginas amarillas.

Publicidad en prensa y en medios audiovisuales.

Registros en entes públicos

o Ayuntamientos.

o Delegaciones Provinciales de Industria, Comercio, etcétera.

o Departamentos de comunidades autónomas.

Registros en entidades oficiales

o Cámaras de Comercio.

o Asociaciones de empresarios

Lugares de información específicos de determinadas actividades

Publicaciones especializadas, donde se dan publicidad empresas relacionadas con la actividad.

Asociaciones, gremios empresariales por sectores de actividad.

Ferias, lugares donde se dan a conocer las empresas con sus productos y sus servicios.

0tras actividades de búsqueda

Visitas a polígonos industriales donde se concentran gran cantidad de empresas.

Viajes a otras ciudades.

Viajes al extranjero Para conocer proveedores ubicados fuera del país.

Investigación de las empresas competidoras con el fin de conocer a sus proveedores.

2.2. EVALUACIÓN DE LOS PROVEEDORES

La empresa deberá elegir a sus proveedores, seleccionando a aquellos que mejor satisfagan sus

necesidades, comparándolos según una serie de criterios:

Analizando las características del proveedor.

Estudiando su comportamiento una vez realizadas las operaciones comerciales.

Análisis de las características del proveedor

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La empresa tendrá en cuenta determinados aspectos que puedan serle ventajosos, como son

fundamentalmente, la relación proveedor-empresa y la organización interna de la empresa proveedora.

Relación proveedor-empresa

Algunas de las cuestiones a tener en cuenta son: cercanía, rapidez del suministro, precio,

descuentos y bonificaciones, forma de pago y solvencia.

Organización interna de la empresa proveedora

La calidad del servicio que los proveedores van a poder ofrecer a la empresa está condicionada

por su propia organización interna.

El conocimiento de la situación empresarial de los proveedores va a facilitar su correcta

selección. Aunque esta información es difícil de conseguir, es conveniente visitar a los

proveedores.

Valoración de las experiencias adquiridas en las relaciones comerciales

La empresa realiza la valoración más exacta a través de las experiencias acumuladas en las relaciones

comerciales ya efectuadas.

Además, tendrá en cuenta el grado de cumplimiento del proveedor en cuanto a:

Rapidez del suministro

Devoluciones: la empresa devolverá la mercancía cuando esta no reúna las condiciones

acordadas con el proveedor respecto a calidad, cantidad, pazo de entrega.

Calidad

Mercancía deteriorada

Pedidos no servidos

Algunos de estos conceptos pueden ser medidos comparando sus importes con el global de las

operaciones.

2.3. ELECCIÓN DE PROVEEDORES

Por último, se procederá a elegir a aquellos proveedores que se consideren más convenientes

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 5

Evaluación de ofertas

Una vez recibidas todas las ofertas de los proveedores seleccionados llega el momento de compararlas y

de elegir la más conveniente, analizando aspectos como precio, descuentos, transporte hasta la empresa

y condiciones de pago.

3. LA OPERACIÓN DE COMPRA-VENTA

Una vez elegidos los proveedores, la empresa se comunica con ellos a fin de llegar a un acuerdo

sobre las condiciones en las que se realizará el aprovisionamiento.

3.1. MARCO LEGAL DE LAS OPERACIONES DE COMPRAVENTA

Normas Mercantiles

El acuerdo genera unas obligaciones y unos derechos para ambas partes:

El vendedor se obliga a entregar el bien o prestar el servicio:

- En la cantidad y calidad acordadas.

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- En el plazo previsto y en el lugar designado.

El comprador debe:

- Recibir la mercancía.

- Pagar el precio en el momento acordado.

También puede suceder que una de las partes incumpla lo acordado.

Así, podemos preguntarnos:

¿La pérdida ocasionada por el incumplimiento de una de las partes se le podrá exigir al

culpable?

¿Existe alguna norma legal que regule estas situaciones?

Si tenemos que contestar con un (no) a estas preguntas significa que los contratantes se encuentra

indefensos unos ante el incumplimiento de los otros, en una situación de inseguridad que va a hacer

inviable la relación ce compra-venta.

Para evitar situaciones de inseguridad, existen unas normas que regulan las actividades mercantiles en

general y otras de forma particular, son los contratos de compraventa. Sin embargo son las partes que

intervienen (comprador y vendedor) quienes disponen de autonomía para acordar lo que estimen

conveniente.

Las operaciones de compraventa entre empresarios están reguladas en los artículos del 325 al 345 del

Código de Comercio.

Normas Fiscales.

En su aspecto fiscal, las operaciones de compraventa están sujetas a la normativa del IVA.

Conceptos Básicos de los Impuestos.

Hecho imponible. Es la operación causante de la obligación de contribuir.

Sujeto pasivo. Es la persona física o jurídica sobre la que recae las obligaciones tributarias.

Base imponible. Es la cuantificación monetaria de las operaciones sujetas del impuesto.

Tipo impositivo. Es la cuantía proporcional o progresiva que se aplica sobre la base para

calcularla cuota.

Cuota. Es el importe que el sujeto pasivo ha de satisfacer a la Hacienda Pública. Generalmente

es el resultado de aplicar a la base imponible un tipo impositivo.

Deuda tributaria. Es la cuantía que el sujeto pasivo ha de ingresa en Hacienda. Se calcula

restando a la cuota las deducciones y añadiendo a la misma los recargos (sanciones, intereses de

demora).

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Devengo del impuesto. Es el momento en que se origina la obligación de pago de la deuda

tributaria.

Concepto de valor añadido

La mayoría de los bienes y servicios no llegan directamente al consumidor final; un gran número de ellos se

entregan a otras empresas para que estas los transformen en productos aptos para su uso o consumo.

El ciclo puede se puede representar de la siguiente forma:

Donde una empresa transmite a otra:

Medios necesarios para producir: Maquinaria, energía, etc. Son bienes indirectos no aptos para

el consumo directo de los particulares debido a que su destino es producir otros bienes.

Bienes para transformar. Mercaderías, materias primas.

El proceso productivo va incrementando el valor de los bienes al incorporar:

Materiales

Mano de obra

Desgaste de la inversión

Beneficio del empresario

0tros elementos

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4. ESTUDIO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

4.1. CONCEPTO

El IVA está regulado por la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, y su Reglamento, aprobado por Real

Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre.

Es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y que grava las siguientes operaciones:

Las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios o profesionales

realizadas en el ámbito espacial del impuesto por empresarios o profesionales.

Las adquisiciones intracomunitarias de bienes, esto es, las adquisiciones realizadas en países

pertenecientes a la Unión Europea.

Las importaciones de bienes.

4.2. CARACTERÍSTICAS.

a) El IVA es un impuesto de carácter indirecto, es decir grava el consumo de bienes y servicios,

recayendo sobre el consumidor final.

b) Grava cada una de las fases por las que pasa el proceso de producción y comercialización.

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c) Neutralidad. A diferencia de lo que ocurre con otros sistemas de imposición indirecta, el impuesto

sobre el valor añadido tiene un carácter neutral hacia las empresas, al no suponer para ellos ni gasto

ni ingreso, en la medida en que los bienes adquiridos en la producción o distribución sean

empleados en su proceso de producción o comercialización. La neutralidad se rompe cuando se

produce el consumo final de los bienes. El empresario o profesional es responsable de la correcta

aplicación de la mecánica impositiva del IVA, convirtiéndose en recaudador del Estado, por la parte

de gravamen correspondiente al valor generado o agregado en su fase de producción. En

consecuencia está obligado a auto-liquidar el impuesto mediante la presentación de las

correspondientes declaraciones trimestrales.

El mecanismo de funcionamiento es el siguiente: el empresario cuando vende calcula y factura a sus

clientes el impuesto (impuesto repercutido, IVA repercutido) que corresponde a las ventas

efectuadas por aplicación del tipo impositivo que corresponda al producto vendido. Cuando el

empresario va a presentar su declaración con las cuotas repercutidas en el periodo correspondiente,

deduce de éstas el importe del impuesto que le hayan repercutido a él (impuesto soportado, IVA

soportado) en todas sus compras e ingresa por tanto la diferencia entre unas y otras. Si el resultado

de la declaración es negativo porque en el periodo objeto de declaración las cuotas soportado han

sido superiores a las repercutidas, el empresario puede compensar en periodos posteriores, con el

límite de cuatro años, las cuotas o también solicitar la devolución de las mismas.

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4.3. ÁMBITO DE APLICACIÓN

El territorio de aplicación del impuesto se extiende al territorio peninsular español, las islas Baleares

y las islas adyacentes a ambos territorios. No es de aplicación en las islas Canarias, y las ciudades

autónomas de Ceuta y Melilla. En Canarias se aplica un impuesto de naturaleza similar denominado

Impuesto General Indirecto Canario (IGIC).

La creación del Mercado Interior en la UE determina el territorio intracomunitario con la supresión de

fronteras fiscales en este ámbito formado por los territorios de todos los Estados miembros.

4.4. HECHO IMPONIBLE

Están sujetas al impuesto las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por

empresario o profesionales a título oneroso, con carácter habitual u ocasional. Para igualar la carga

tributaria de todas las mercancías, también se someten a gravamen las importaciones tanto de países de

la Unión Europea, en cuyo caso se denominan adquisiciones intracomunitarias, como las de fuera,

denominadas importaciones en el impuesto.

4.5. OPERACIONES NO SUJETAS

La ley no considera estas operaciones como constitutivas de hecho imponible. Son entre otras las

siguientes transmisiones de bienes y derechos:

1º. La transmisión del patrimonio empresarial o profesional del sujeto pasivo, en favor de un

solo adquirente cuando éste continúe con la actividad del transmitente.

2º. Las entregas gratuitas de muestras de mercancías sin valor comercial estimable, con

fines de promoción de las actividades empresariales o profesionales.

3º. Las prestaciones de servicios de demostración a título gratuito efectuadas para la

promoción de las actividades empresariales o profesionales.

4º. Las entregas sin contraprestación de impresos u objetos de carácter publicitario.

5º. Los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia derivado de

relaciones administrativas o laborales, incluidas en estas últimas las de carácter especial.

6º. Los servicios prestados a las cooperativas de trabajo asociado por los socios de las

mismas y los prestados a las demás cooperativas por sus socios de trabajo.

7º. Las operaciones de autoconsumo, siempre que no se hubiese atribuido al sujeto pasivo

el derecho a efectuar la deducción total o parcial del Impuesto sobre el Valor Añadido

efectivamente soportado con ocasión de la adquisición de los bienes.

8º. Las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas directamente por los Entes

públicos sin contraprestación o mediante contraprestación de naturaleza tributaria.

9º. Las entregas de dinero a título de contraprestación o pago.

4.6. DEVENGO DEL IMPUESTO

Es el momento en que se origina la obligación de pago.

Entrega de bienes. Se devenga el impuesto cuando estas se ponen a disposición del adquirente.

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Prestaciones de servicios. El devengo se produce cuando se prestan, ejecutan o efectúan las operaciones

gravadas.

Existen algunas reglas especiales sobre el devengo, de las cuales podemos destacar:

En caso de operaciones con pago anticipado (o anterior al hecho imponible), el impuesto se

devengará en el momento de cobro total o parcial del precio por el importe efectivamente

percibido.

En los arrendamientos, que se realiza sin interrupciones como un suministro eléctrico, el

devengo se produce en el momento que resulte exigible la parte del precio que comprenda cada

percepción.

4.7. SUJETO PASIVO

Generalmente el sujeto pasivo es el empresario que efectúa las entregas de bienes o las

prestaciones de servicio. Éste también es el obligado a presentar las declaraciones y al pago.

4.8. REPERCUSIÓN DEL IVA

Los sujetos pasivos deberán repercutir íntegramente el importe del Impuesto sobre aquél para quien

se realice la operación gravada, quedando éste obligado a soportarlo.

Forma de Repercutir.

La repercusión del impuesto deberá efectuarse mediante factura o documento sustitutivo, en las

condiciones y con los requisitos que se determinen reglamentariamente.

A estos efectos, la cuota repercutida se consignará separadamente de la base imponible, incluso en el

caso de precios fijados administrativamente, indicando el tipo impositivo aplicado.

Momento de repercutir.

La repercusión del impuesto deberá efectuarse al tiempo de expedir y entregar la factura o documento

sustitutivo correspondiente.

Se perderá el derecho a la repercusión cuando haya transcurrido un año desde la fecha del devengo.

El destinatario de la operación gravada por el Impuesto sobre el Valor Añadido no estará obligado a

soportar la repercusión del mismo con anterioridad al momento del devengo de dicho Impuesto.

4.9. EXENCIONES

Las exenciones constituyen un hecho imponible, pero la ley las excluye de la obligación de tributar y

son una excepción dentro de la aplicación del IVA.

La operación exenta implica no repercutir el IVA al destinatario de la entrega del bien o prestación

del servicio. La exención se concede sobre determinadas operaciones y no sobre sujetos pasivos.

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Los sujetos pasivos que realicen operaciones exentas no tienen derecho a deducirse del total del IVA

soportado en sus compras. Están exentas las siguientes actividades:

Servicio públicos postales

Asistencia sanitaria

Transporte de pasajeros

Prestaciones de la Seguridad Social, excepto la entrega de medicamentos o de material sanitario

por cuenta de este organismo.

Asistencia social

Educación y enseñanza

Instituciones religiosas cundo realicen actividades de naturaleza sanitaria, social y de enseñanza.

Organismos sin finalidad de lucro

Deporte y cultura. La exención no se extiende a los espectáculos, exhibición…

Operaciones de seguro

Efectos y timbrado: exentos los sellos de correos y efectos timbrados.

Operaciones financieras:

o Depósitos de efectivo

o Concesión de créditos y préstamos

o Transferencias, giros y cheques

o Transmisión de efectos y órdenes de pago

o Operaciones con valores mobiliarios

No están exentas:

o Gestión de cobro de créditos, letras de cambio, recibos y otros documentos

o Gastos de custodia o depósito y gestión de valores

o Alquileres de cajas de seguridad.

Operaciones inmobiliarias. Están exentas las segundas y ulteriores entregas de edificaciones,

incluidos los terrenos donde se enclavan (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales)

4.10. EXPORTACIÓN

Todas las operaciones de exportación están exentas del IVA. Como consecuencia de la creación del

Mercado Único Europeo, el término exportación se refiere a los envíos de bienes a terceros países, así

como Canarias, Ceuta y Melilla.

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4.11. BASE IMPONIBLE

La base imponible está constituida por el importe de la contraprestación de las operaciones sujetas

al impuesto, procedente del destinatario o de terceras personas.

Se incluirán en la base imponible.

El importe de la contraprestación

Las comisiones, los transportes, los seguros, los envases, los embalajes.

Las subvenciones vinculadas al volumen de operaciones.

Los tributos que recaigan sobre la operación (excepto el IVA)

Retenciones por resolución del contrato.

Deudas asumidas por el destinatario.

No se incluirán en la base imponible.

1.- Las indemnizaciones: las cantidades percibidas por razón de indemnizaciones que no estén

relacionadas con la entrega de bienes o prestación deservicios ni se deban a penalizaciones por

la rescisión de contratos.

2.- Los descuentos o vinificaciones: que se ajusten y se concedan previa o simultáneamente al

momento de la operación, y que deben ser consignados separadamente en la factura.

3.- Las cantidades pagadas por cuenta y nombre de un cliente por mandato del mismo.

Reglas especiales.

Contraprestación en especie. En las operaciones cuyo pago no se haga en dinero se considerará

como base imponible el valor de mercado.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 14

Modificaciones de la base imponible

La base imponible se reducirá en los conceptos y cuantías siguientes:

1.- Por los envases y embalajes devueltos. Puesto que se les incluyó el IVA, al devolverlos se

minorará el importe de este impuesto.

Se aplica el mismo criterio en el caso de devolución de mercaderías.

2.- Por los descuentos y bonificaciones otorgados con posterioridad al momento en que se realice la

operación.

También se modificará la base imponible cuando:

- Queden sin efecto las operaciones gravadas

- Se altere el precio después del momento en que la operación se haya efectuado

3.- Por la cantidad correspondiente, cuando el destinatario no haya hecho efectivo el pago de la

cuota repercutida por el sujeto pasivo y siempre que se den las siguientes circunstancias:

- Que con fecha posterior al devengo de la operación, se declare judicialmente en quiebra

o suspensión de pagos al destinatario.

- Que lo autorice la Administración tributaria previa solicitud del interesado.

- Que la deuda no esté garantizada y no exista vinculación entre el sujeto pasivo y el

destinatario.

En los casos de modificaciones de la base imponible, se debe expedir y enviar al destinatario una

nueva factura en la que se rectifique la cuota repercutida.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 15

4.12. TIPOS IMPOSITIVOS EN EL IVA.

Se establecen tres tipos:

General u ordinario 18 %

Reducido 8 %

Superreducido 4 %

Son tipos que pueden ser modificados cada año mediante las leyes de los Presupuestos Generales

del Estado.

Tipo ordinario 18 %

El tipo ordinario se aplicará a todos aquellos casos en los que no sean válidos los tipos reducido y superreducido. No obstante, los automóviles, aeronaves y determinadas embarcaciones de recreo tributan además por un impuesto de matriculación.

Tipo reducido 8 %

Entrega de bienes - Alimentación en general, excepto

bebidas alcohólicas y tabaco. Aguas para alimentación y riego.

- Elementos para la producción agraria, excepto maquinaria y herramientas.

- Productos farmacéuticos de veterinaria. - Material médico, prótesis y gafas

graduadas. - Viviendas - Vehículos de 2 ó 3 ruedas de cilindrada

inferior a 50 cm3

Prestaciones de servicios - Transporte de viajeros y sus equipajes - Hostelería - Servicios accesorios agrícolas,

ganaderos y forestales. - Servicios de intérpretes, artistas,

directores y técnicos - Limpieza, recogida de basuras,

tratamiento de residuos - Entradas a espectáculos recreativos

culturales - Servicios de radiodifusión y televisión

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 16

- Flores y productos de origen vegetal para su obtención

- Gas butano

- Servicios de asistencia social no exentos - Servicios funerarios - Asistencias sanitaria dental no exenta - Espectáculos deportivos de carácter

aficionado - Exposiciones y ferias de carácter

comercial - Servicios de peluquería - Obras de albañilería

Tipo superreducido 4 %

- Pan común y cereales - Leche, queso y huevos - Frutas y verduras, hortalizas, legumbre y tubérculos naturales - Libros, periódicos y revistas, excepto los dedicados a la publicidad - Medicamentos - Coches y prótesis para minusválidos - Viviendas de protección oficial de régimen especial

4.13. DEDUCCIONES

Los empresarios y profesionales que sean sujetos pasivos del IVA podrán deducir de las cuotas

devengadas por las operaciones gravadas en cada periodo de liquidación las cuotas soportadas en las

adquisiciones que hayan realizado en el mismo periodo.

Derecho a deducir

Tendrán derecho a deducir los sujetos pasivos del impuesto que cumplan con los siguientes requisitos:

- Tener la condición de empresario o profesional

- Haber presentado la declaración de comienzo de actividad

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 17

- Haber iniciado ya la actividad de la empresa

Cuotas deducibles.

Serán deducibles las cuotas devengadas en el interior del país (península e Islas Baleares) soportadas por

repercusión directa (repercutidas al sujeto pasivo por sus proveedores) mediante las siguientes

operaciones:

1.- Las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por otro sujeto pasivo del

impuesto.

2.- Las importaciones de bienes

3.- Las entregas de bienes y prestaciones de servicio gravadas por pasar a otra actividad

económica distinta a la que estaba afecta.

4.- Las adquisiciones intracomunitarias de bienes.

Los empresarios y profesionales solamente podrán deducir las cuotas soportadas por la adquisición de

bienes y servicios que estén directa y exclusivamente afectados por sus actividades empresarial o

profesional.

4.14. COMPENSACIÓN Y DEVOLUCIÓN

Procedimiento para la devolución

Las cuotas soportadas en cada periodo de liquidación se deducirán de las devengadas durante el mismo

periodo en las declaraciones presentadas.

El derecho a la deducción sólo se podrá ejercitar al efectuar la declaración-liquidación: del periodo en

que se soportaron las cuotas deducibles. En los sucesivos periodos, siempre que no hayan transcurrido

cuatro años desde la fecha del nacimiento del derecho.

Cuando las cuotas soportadas sean mayores que las devengadas o repercutidas, Hacienda es deudora

del sujeto pasivo, quién podrá optar por: solicitar la devolución o compensar la diferencia en las

declaraciones-liquidaciones posteriores, durante un plazo de cuatro años.

4.15. LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO.

El periodo de liquidación coincide con el trimestre natural, las liquidaciones se presentan de la forma

siguiente:

Para empresas con un gran volumen de operaciones, se establece el periodo de liquidación mensual.

También puede realizar esta liquidación cualquier empresa, independientemente del volumen de sus

operaciones, que se acoja al sistema de devolución mensual del IVA.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 18

Declaración resumen anual.

Junto a la declaración liquidación del último periodo, se presentará una declaración resumen anual. La

declaración se realiza en el modelo 303, tanto para la liquidación mensual como la trimestral.

Presentación telemática de autoliquidaciones.

Se puede presentar de manera telemática el modelo 303, si el declarante cumple, entre otras, las

siguientes condiciones: disponer de NIF y figurar en el Censo de Empresas y tener instalado en el

navegador un certificado de usuario admitidito por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede//Inicio/Inicio.shtml

4.16. OBLIGACIONES FORMALES

Los sujetos pasivos del IVA están obligados a:

1.- Presentar declaraciones relativas al comienzo, modificación y cese de actividades.

2.- Expedir y entregar facturas o documentos equivalentes y conservar duplicados de los mismos y

conservar las facturas recibidas.

3.- Llevar la contabilidad y libros de registro establecidos

La contabilidad debe de permitir determinar:

a. El importe del IVA repercutido

b. El importe del IVA soportado

4.- Presentar periódicamente o a requerimiento de la Administración, información relativa a sus

operaciones económicas con terceras personas.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 19

5.- Presentar las declaraciones-liquidaciones correspondientes e ingresar el importe del impuesto

resultante, así como una declaración resumen anual.

4.17. DECLARACIÓN CENSAL.

Los sujetos pasivos que comiencen a desarrollar en territorio peninsular español e Islas Baleares

actividades empresariales o profesionales deberán comunicar a la Administración tributaria el comienzo,

las modificaciones y el cese de tales actividades.

Plazo de presentación.

- En las declaraciones de comienzo, al inicio de actividad

- En las de modificación y cese, un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca

la modificación o el cese.

La declaración censal se presenta en el modelo 036, como ya vimos en la Unidad 2.

4.18. LIBROS DE REGISTRO OBLIGATORIOS

Los empresarios y profesionales sujetos al IVA deberán de llevar los siguientes libros:

- Libro de registro de facturas expedidas

- Libro de registro de facturas recibidas

- Libro de registro de bienes de inversión

- Libro de registro de determinadas operaciones intracomunitarias

Estos libros pueden llevarse de manera informatizada.

Libro de facturas expedidas

Se anotarán las operaciones sujetas al IVA, debidamente separadas. Se inscribirán, una por una, las

facturas o documentos emitidos reflejando:

- Número

- Fechas de expedición

- Fecha de realización

- Destinatario; nombre y apellidos o razón social

- NIF del destinatario

- Base imponible

- Tipo impositivo

- Cuota repercutida

Libro de facturas recibidas

Se debe numerar correlativamente todas las facturas y documentos de aduanas correspondientes a

los bienes adquiridos o importados. Se anotarán, una por una, las facturas recibidas reflejando:

- Número correlativo de recepción

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 20

- Fecha de expedición

- Fecha de realización

- Expedidor: nombre y apellidos o razón social

- NIF del expedidor

- Base imponible

- Tipo impositivo

- Cuota

4.19. REGÍMENES ESPECIALES

Con el fin de adaptar el IVA a las distintas peculiaridades de los diversos sectores económicos, se

establecen diversos regímenes especiales:

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 21

La inclusión en estos regímenes especiales se determina de distintas formas:

1.- Sujeción obligatoria.

Se da en los siguientes regímenes especiales:

- Agencia de viajes

- Recargo de equivalencia

- Oro de inversión

2.- Sujeción voluntaria.

Se da en el resto de los regímenes especiales y su aplicación se realizará de dos maneras.

a. No ejercitando la renuncia:

- Simplificado

- Agricultura, ganadería y pesca

b. El régimen de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección se

aplicará salvo renuncia.

Régimen especial de recargo de equivalencia.

Se aplicará de forma obligatoria a comerciantes minoristas que sean personas físicas, las cuales

operen en determinados sectores. Se entiende por comerciantes minoristas aquellos empresarios

que realicen habitualmente ventas de bienes muebles sin haberlos sometido a proceso alguno de

transformación.

No se considera transformación:

- Clasificación y envasado de alimentos

- Colocación de marcas o etiquetas, así como preparación y corte previos a la venta

- Lavado, troceado, molido o limpieza de productos alimenticios

- Procesos de refrigeración, congelado, troceado de carnes y pescados

- Adaptación de prendas de vestir

- Confección y colocación de cortinas y visillos.

Particularidad

Los minoristas sometidos a este régimen no están obligados a efectuar liquidaciones ni al pago del

impuesto, ni podrán deducir el IVA soportado en sus compras con excepción de los bienes de

inversión y adquisiciones intracomunitarias donde el comerciante minorista efectuará liquidación e

ingreso del impuesto.

El proveedor del minorista está obligado a repercutir a este, además del tipo que se haya de aplicar,

un recargo adicional que ingresará en Hacienda.

El recargo representa la cuota que debe ingresar el comerciante por diferencia entre el IVA

repercutido y el soportado por él. Al ser una cantidad fijada por la Administración, puede ocurrir que

no represente la realidad de las operaciones minoristas.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 22

* Artículos al tipo general del 18%: recargo del 4%

* Artículos al tipo general del 8%: recargo del 1%

* Artículos al tipo general del 4%: recargo del 0,5%

* Tabaco: recargo al 1,75%

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 23

5. EL PROCESO DE LA COMPRA

5.1. EL PEDIDO

Por medio del pedido el comprador informa el vendedor de los detalles de la compra.

Forma de emitir el pedido

A comunicación que entre el comprador y el vendedor se establece a través del pedido se puede

llevar a cabo de varias formas.

Visita del vendedor o de su representante al comprador

Page 24: TEMA 5 FAG

Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 24

Comunicación telefónica

Carta comercial

Fax

Correo electrónico.

El documento lo puede realizar cualquiera de las partes:

El comprador y se lo envía al vendedor

El vendedor recogiendo los datos dados por el comprador

Contenido del pedido

El pedido debe recoger:

Los datos que identifiquen a ambas partes

Número de pedido

Fecha de emisión

Descripción de los géneros solicitados, cantidad, precio, etc

Lugar de la entrega de las mercancías

Plazo de entrega

Forma de envío de los géneros

A cargo de quién son los portes

Forma de pago

Firma de quien lo emite

5.2. LA RECEPCIÓN DE LAS MERCANCÍAS

El proveedor, bien directamente, bien a través de terceros, hará llegar la mercancía a la empresa.

El empresario recibe la mercancía y comprueba que cumple con las condiciones pactadas. Si es así, la

acepta y firma un documento, presentado por quien le hace la entrega, que sirve como justificante.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 25

Con su firma, el comprador expresa su conformidad con la operación realizada, y tanto çel como el

vendedor conservan una copia del documento aceptado.

El comprador debe examinar las mercancías para, en el caso de que se encuentren deterioradas o no

se ajusten a lo acordado, reclamar ante el vendedor.

Según el artículo 336 del Código de comercio puede ocurrir:

Que el deterioro sea apreciable a la vista: se debe reclamar en el momento de recibir la

mercancía; de no hacerlo se pierde el derecho a denunciarlo.

Que las mercancías, por su estado (embalaje, etc) no permitan su examen en el momento de

la recepción: el plazo de reclamación es de cuatro días.

Que el fallo o deterioro sea interno, y por tanto, imposible de apreciar al realizar el examen:

el plazo de reclamación asciende a treinta días.

Estos plazos pueden ser modificados por los contratantes.

La operación de compraventa genera unos documentos que vamos a analizar a continuación.

5.2.1. ALBARÁN

El albarán es un documento que acredita la entrega de las mercancías con detalle de las

mismas. El vendedor lo realiza por duplicado, entregando una copia al comprador, quie lo firma al

recibir dichas mercancías.

5.2.2. FACTURA

La factura es un documento que recoge detalladamente toda la información que origina la

operación de compraventa. Además, la factura sirve como justificante y prueba de la operación

realizada.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 26

Se realiza por duplicado, quedándose cada parte con un ejemplar y constituye una fuente de

información respecto a la empresa en lo que se refiere a:

Bienes adquiridos y vendidos

Número de unidades y precio

Forma y plazo de pago

Identificación del proveedor y del cliente

La legislación mercantil por medio del código de Comercio, y la legislación fiscal, a través del

reglamento del IVA, regulan distintos aspectos referidos a la factura.

5.2.3. NORMAS MERCANTILES: CÓDIGO DE COMERCIO

El valor de la factura como prueba.

Nos lo expresa el C. de Co. En su artículo 31: “el valor probatorio de los libros de los

empresarios y demás documentos contables será apreciado por los Tribunales conforme a

las reglas del Derecho”

Conservación de la factura.

Hay que conservarlas durante al menos 6 años.

Requisitos del contenido de la factura

Deben figurar los datos siguientes:

- Domicilio

- Datos identificadores de su inscripción en el Registro Mercantil

- Forma jurídica, si son sociedades.

Estas normas son válidas para aquellas empresas de inscripción obligatoria en el Registro

Mercantil.

5.2.4. NORMAS FISCALES

Para considerar válida a efectos fiscales una factura, sean personas físicas o jurídicas, están

obligados a expedir facturas por las operaciones que realicen en el desarrollo de su actividad.

Quien debe emitir las facturas.

Los empresarios y profesionales, sean personas físicas o jurídicas, están obligados a

expedir facturas de operaciones que realicen en el desarrollo de su actividad.

Quién puede expedir facturas.

La obligación de expedir y entregar facturas puede ser cumplida por el empresario, el

cliente destinatario de la factura o un tercero pero, en todo caso el responsable del

Page 27: TEMA 5 FAG

Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 27

cumplimiento de todas las obligaciones será el empresario sujeto pasivo y han de

cumplirse los siguientes requisitos:

- Debe haber un acuerdo previo por escrito ente el empresario y el destinatario por

el que autoriza a este la expedición de las facturas.

- Cada factura debe ser aceptada por el empresario

- El destinatario que expide la factura deberá remitir una copia al empresario que la

aceptará en un plazo de quince días. La rechazada se tiene por no expedida.

La factura será expedida en nombre y por cuenta del empresario

Operaciones que deben ser facturadas.

Deben ser objeto de facturación la totalidad de las entregas de bienes y prestaciones de

servicios realizadas por los empresarios y profesionales en el ejercicio de su actividad, con

las excepciones que a continuación se enumeran. No será obligatorias la facturación, entre

otras, en las siguientes operaciones:

a. Las realizadas por sujetos pasivos del IVA acogidos al Régimen de recargo de

equivalencia, salvo que tributen en estimación directa del IRPF.

b. Algunas operaciones exentas.

No obstante, los empresarios o profesionales estarán siempre obligados a expedir facturas

cuando el destinatario de la operación así lo exija para poder practicar las deducciones que

le corresponden en los tributos de los que sea sujeto pasivo.

5.2.5. REQUISITOS DE LA FACTURA

Toda la factura y sus copias contendrán al menos, los siguientes datos:

1. Número y en su caso, serie. La numeración de las facturas debe ser correlativa.

2. Datos de tipo general.

Nombre y apellidos de la persona física o denominación social de la persona jurídica.

Número de identificación fiscal

Domicilio tanto del expedidor como del destinatario

Excepciones:

a. Cuando el destinatario sea una persona física que no desarrolle actividades

empresariales o profesionales, bastará que, con respecto a ella, consten:

Nombre y apellidos

Número de identificación fiscal

b. En las operaciones realizadas para quienes no tienen la condición de

empresarios o profesionales actuando en el desarrollo de su actividad, no será

obligatorio consignar en la factura datos de identificación del destinatario

cuando:

El importe de la contraprestación sea inferior a 100 €

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 28

En los casos que autorice la Administración tributaria

3. Descripción de la operación, con detalle de los bienes y servicios que se transmiten y su

contraprestación total.

En las operaciones sujetas y no exentas del IVA se deberán consignar:

En los datos para determinar la base imponible

El tipo tributario

La cuota repercutida

Si la cuota incluye en el precio, se indicará: el tipo tributario aplicado y la expresión IVA

incluido, si está autorizado.

4. Lugar y fecha de su emisión. Cuando la factura recoja bienes con distintos tipos impositivos

se deberá diferenciar la parte de la operación que corresponda a cada tipo.

5.2.6. MODELO DE FACTURA

La factura, si cumple con los requisitos ya analizados pueden tomar la forma, estructura,

color, tamaño, que la empresa elija.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 29

5.2.7. DOCUMENTOS SIGNIFICATIVOS DE LAS FACTURAS

La ley permite sustituir las facturas por talonarios de vales numerados o tickets expedidos

por máquinas registradoras en determinadas operaciones, siempre que su importe no exceda de

3005 €.

Conservación de las facturas.

Las normas fiscales obligan a conservar las facturas durante cuatro años.

Rectificación de facturas: las facturas rectificativas.

Las facturas rectificativas son facturas que se realizan para corregir o rectificar las facturas

originales cuando ocurren errores o hechos que hacen necesaria su rectificación.

El empresario debe expedir una factura rectificativa:

- Cuando la factura original no cumpla alguno de los requisitos obligatorios

- Cuando se hubieran determinado incorrectamente las cuotas del IVA en la factura

original.

- Cuando se den las circunstancias del Art. 80 de la Ley del IVA (envases, embalajes,

descuentos, bonificaciones…)

Sin embargo, no será obligatoria la expedición de factura rectificativa cuando se produzca una

devolución y exista un posterior suministro al mismo destinatario.

Las facturas rectificativas tendrán las siguientes características:

- Debe cumplir todos los requisitos que se establecen para las facturas originales

- Debe constar su condición de factura rectificativa y la causa que motiva la rectificación

- Será obligatorio que tengan una serie específica de numeración

- Se podrá efectuar la rectificación de varias facturas en una única factura rectificativa,

siempre que se identifiquen las facturas rectificadas. En los supuestos de descuento o

bonificaciones por volumen de operaciones, no será necesaria la identificación de las

facturas rectificadas, siendo suficiente la identificación del periodo al que se refieran.

- Tienen que describir la operación, el tipo o tipos impositivos y la cuota tributaria.

Facturas expedidas por medios electrónicos.

Las facturas podrán expedirse por medios electrónicos siempre que el destinatario haya dado su

consentimiento y los medios electrónicos utilizados garanticen la autenticidad del origen y la

integridad de su contenido. Son sistemas que acreditan esta garantía:

- La firma electrónica

- El intercambio electrónico de datos (EDI)

- Elementos propuestos por los interesados y autorizados por la Agencia Tributaria

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 30

Conservación de facturas electrónicas. Se permite siempre que exista un derecho de acceso a

favor de la Administración.

Comprobación de facturas. Recibida la factura debe revisarse cotejándola con el pedido y el

albarán de entrada. Debe comprobarse el tipo de mercancía, cantidad y calidad, precio y

operaciones aritméticas.

5.3. EL COSTE DE LAS COMPRAS.

El cálculo del coste que supone la operación de compra es el paso siguiente a la recepción de las

mercaderías. El conocimiento de esta información le va a ser necesario a la empresa por diferentes

motivos:

Para calcular el precio de cada artículo

Para conocer el valor de todos los artículos que posee

Para comprar con ofertas de otros proveedores

Para establecer el precio de venta

Para establecer el precio de venta

El precio de venta unitario del proveedor se verá modificado por otros elementos que intervienen en la

formación del precio. Los vemos a continuación.

5.3.1. COMPONENTES QUE INTERVIENEN EN EL PRECIO

- Establecidos por el proveedor.

- Precio unitario

- Descuentos. Son rebajas sobre el precio unitario que realiza el proveedor.

Descuentos comerciales. Se realizan en función del producto. Se aplican

a determinados productos atendiendo a sus características o a

situaciones especiales.

Descuento por pronto pago. El vendedor incentiva el hecho de que se le

pague sin aplazamiento. No implica que el pago se realice al contado,

sino que se aplica si el comprador paga antes del vencimiento

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 31

establecido. Se pagan a mes vencido todas las operaciones realizadas

durante dicho mes.

Descuento por volumen. (rappel). Incentiva las compras que supongan

una mayor cantidad de artículos. Se establece para un periodo

determinado, a su finalización el vendedor abona el importe

correspondiente.

Los descuentos por pronto pago y por volumen se aplican después de haber

descontado el comercial.

- Gastos distintos del precio del proveedor.

La operación de compra, además del precio que se paga al proveedor, ocasiona otra

serie de gastos que se añaden al importe de compra, como son:

- Transporte. Gasto originado por el traslado del producto hasta el lugar

designado por el comprador.

- Seguro. Cantidad destinada a cubrir las posibles pérdidas ocurridas durante el

traslado.

- Los impuestos sobre las compras, a excepción del IVA.

- Los envases y embalajes, si forman parte del precio y no se ha convenido su

devolución.

- Y en general, todos aquellos gastos realizados para situar los bienes en poder de

la empresa y que sean a cargo de esta.

Page 32: TEMA 5 FAG

Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 32

6. LAS EXISTENCIAS

Si te fijas en algún comercio a tu casa, observarás que dispone de varios ejemplares de cada artículo.

Las razones por las cuales la empresa dispone permanentemente de mercancías son las siguientes:

a. Los flujos de entradas de estas no coinciden en el tiempo con las salidas que representan las ventas

o consumos.

b. Es necesario mantener unas reservas para poder atender la demanda del consumo a causa de las

siguientes razones:

Variaciones en la demanda que suponga un aumento no previsto del consumo

En ocasiones, el tiempo que tardan en llegar a la empresa los artículos pedidos es superior

al periodo en que se venden o consumen.

Si las empresas no mantienen una reserva de materias primas, materiales productos

acabados, mercaderías, etc., no podrán satisfacer la demanda de los usuarios o clientes al no

disponer de los artículos solicitados.

Estos artículos que forman la reserva reciben el nombre de existencias o stocks.

6.1. REPRESENTACIÓN GRÁFICA DE LA EVOLUCIÓN DEL NIVEL DE EXISTENCIAS.

6.2. CLASIFICACIÓN DE LAS EXISTENCIAS

Según el tipo de materiales, los stocks pueden ser:

De materias primas adquiridas al exterior, a la espera de ser transformadas en producto

acabado apto para su uso o consumo.

De productos semiterminados o en curso de fabricación, mientras dure el proceso de

transformación.

De mercaderías o productos acabados, hasta su distribución o venta.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 33

De repuestos, piezas cuyo destino es sustituir a otras ya deterioradas en los equipos o máquinas

utilizados por la empresa en el ejercicio de su actividad.

6.3. ALMACÉN

Los medios que utiliza la empresa para clasificar, colocar y custodiar todos los artículos dispuestos

para su posterior distribución o consumo, en perfecto estado de conservación, reciben el nombre de

almacén.

Funciones del almacén.

1º. Recibir los materiales procedentes del exterior efectuando un control cuantitativo y cualitativo.

Aquellos que no cumplan las condiciones acordadas en el pedido efectuado al proveedor se

devolverán.

2º. Colocar los elementos recibidos de forma organizada en el interior del almacén, de manera que

se conozca el lugar de emplazamiento de cada artículo y se pueda acceder a él de forma

inmediata. Para el traslado de los artículos, es preciso ubicar los de mayor movimiento lo más

cerca posible de las entradas-salidas.

3º. Conservar los artículos en perfecto estad, utilizando los métodos de protección adecuados,

mantenerlos a cubierto, mediante temperatura, envases y embalajes idóneos.

4º. Llevar un registro de las existencias en almacén que permita conocer el número de cada uno de

los artículos almacenados y comprobar periódicamente que las exigencias recogidas en la ficha

coinciden con las reales.

El recuento de todos los artículos existentes en el almacén se denomina inventario.

5º. Entregar los artículos a los destinatarios cuando estos los soliciten.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 34

6.4. VALORACIÓN DE LAS EXISTENCIAS

Valoración de las entradas.

El Plan General Contable, en su norma de valoración 13.a señala que la valoración de las existencias

se hará al precio de adquisición.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 35

Se entiende por precio de adquisición el consignado en factura más todos los gastos adicionales que

se produzcan hasta que los bienes se hallen en el almacén, como transportes, aduanas, seguros…

Valoración de las salidas y existencias finales.

Para la valoración de las salidas de almacén y de las existencias finales hay diversos métodos

teóricos.

Vamos a estudiar aquí los métodos admitidos por la normativa contable para la valoración de

existencias, que son:

- FIFO

- Precio Medio Ponderado

FIFO (primera entrada – primera salida)

Este método supone que las existencias que salen del almacén son siempre las más antiguas,

quedando en las últimas que entraron.

Precio Medio Ponderado

El precio medio ponderado es el resultado del cociente entre el importe total y el número de

unidades. Este precio varía cada vez que se produce una nueva entrada. Las salidas de

mercaderías se valoran al precio resultante después de la última operación.

En el siguiente cuadro mostramos la comparativa entre ambos métodos y la valoración de las

existencias en periodos de subida de precios.

Valor de las existencias

Valor de las mercaderías consumidas

FIFO Importe más alto Importe más bajo

PMP Importe más bajo Importe más alto

Veamos la operativa de ambos métodos mediante un ejemplo.

Page 36: TEMA 5 FAG

Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 36

Como vemos en este ejemplo, el valor de las existencias será distinto si utilizamos un método u otro de

valoración:

Método FIF0. Valor de existencias: 23700 €

Método PMP. Valor de las existencias 23460 €

En periodos de inflación, como en el caso planteado en el ejemplo, el método FIFO valora las existencias por

el importe más alto y el PMP por el más bajo.

6.5. COSTE DE APROVISIONAMIENTO.

Por lo que hemos analizado hasta este momento, la función de aprovisionamiento ha generado

varios tipos de gastos:

Al emitir los pedidos

Por la operación de compra, que termina cuando las mercancías se encuentran en poder de

la empresa

Por mantener un determinado nivel de existencias en el almacén.

El coste de aprovisionamiento lo integran:

Page 37: TEMA 5 FAG

Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 37

El coste de compra. Es el coste de compra del proveedor, más los gastos necesarios hasta su

llegada al almacén. Depende del número de productos.

Coste de pedido. Es el coste que origina el pedido; incluye preparación, impresos, teléfono,

recepción, etc. Depende del número de pedidos.

Coste de almacenaje. Depende del nivel de stocks. Incluye los costes siguientes:

- Coste de inventario

- Coste financiero

- Coste recursos materiales y humanos

- Obsolescencia

6.6. GESTIÓN DE EXISTENCIAS

Si las existencias no se gestionan correctamente pueden suceder custro cosas principalmente:

- Que se pierdan o deterioren

- Que no se conozca: su número, su valor, el lugar donde están colocadas

- Que no se realicen el pedido en el momento oportuno, con el riesgo de que se agoten las

existencias y no se puedan atender los pedidos de los clientes.

- Que la cantidad solicitada no sea la adecuada, con el consiguiente incremento de los costes de

almacenamiento, si se adquieren más artículos de los necesarios, o del coste de repetir pedidos,

si se compra de mensos.

En todos los casos, la empresa se ve afectada negativamente:

Para solucionar los problemas que ocasiona el mantenimiento de la existencia, la gestión de stocks

debe dar respuesta a las siguientes cuestiones.

Qué nivel o cantidad de existencias hay que mantener.

Cuándo, en qué momento hay que realizar el pedido para reaprovisionar

Cuánto, qué cantidad es necesario provisionar.

Si el tratamiento de las existencias no supusiera coste alguno, la solución sería sencilla, bastaría con:

a. Disponer de un inmenso almacén donde siempre hubiese de todo, y de este modo nunca se

desatendería de demanda de los clientes.

b. Llevar un control diario de todos los productos, para conocer siempre su número, situación.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 38

Sin embargo, la realidad es bien distinta:

La empresa no posee recursos ilimitados, no puede disponer de un almacén y medios para su

gestión sin límites para poder proporcionar todos los posibles productos que los usuarios o

consumidores demanden.

El objetivo de la gestión de stocks es: dar el máximo servicio al menor coste posible.

Se trata de aplicar a la gestión de los stocks una serie de métodos que permitan conseguir el objetivo

fijado de alcanzar el mayor servicio al menor coste posible.

Estos métodos de gestión van a ser aplicados a las siguientes cuestiones:

- Control de inventario

- Nivel de existencias

- Punto de pedido

- Cantidad que se va a pedir

6.7. CONTROL DE INVENTARIOS

6.7.1. PROBLEMÁTICA QUE SE PLANTEA

Por medio del control de inventarios la empresa está informada de modo permanente de la

situación de sus existencias, pues conoce en cada momento: su número actual y su valor monetario,

las unidades compradas y su importe, las unidades consumidas y su valor monetario, y las fechas de

entrada y salida.

Un control exhaustivo destinado a conocer los datos mencionados de todos los artículos implica

unos elevados gastos en personal y medios dedicados a él.

6.7.2. CLASIFICACIÓN ABC

Sin embargo, todos los artículos no tienen la misma importancia económica para la empresa

sino que se observa que se cumple la siguiente regla.

Un pequeño grupo que representa el mayor valor económico, un número mediano de artículos con

valor económico medio y un numeroso grupo de artículos que poseen escaso valor.

Esta distribución se da en cualquier tipo de almacén. La división del almacén en te clases de artículos

se llaman clasificación ABC, y nace de comparar el valor de sus consumos, clasificándolos de mayor a

menor:

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 39

6.7.3. REPRESENTACIÓN GRÁFICA DE LA CLASIFICACIÓN ABC

Veamos el siguiente ejemplo:

6.7.4. GESTIÓN DE INVENTARIO CON LA AYUDA DE LA CLASIFICACIÓN ABC

Reconocer que todos los artículos no tienen la misma importancia implica utilizar métodos

distintos en su gestión y control. El gasto debe ser proporcional a la importancia económica de cada

artículo.

6.7.5. NIVEL DE EXISTENCIAS

Se entiende por nivel de existencias la cantidad de ellas que la empresa mantiene

habitualmente en sus almacenes.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 40

Problema que se plantea. Un elevado nivel de existencias permite satisfacer la demanda de

los clientes o usuarios del almacén, pero a su vez implica unos costes de almacenaje

elevados. Por otra parte, un bajo nivel de stocks reduce los costes de almacén, pero

aumenta el número de pedidos no servidos, con las consiguientes pérdidas que este hecho

ocasiona.

Calidad de servicio. La calidad de servicio de un almacén se mide por el grado de

cumplimiento que es capaz de dar a los pedidos que recibe.

Ejemplo:

6.7.6. ROTURA DE STOCKS

Se produce cuando el almacén no es capaz de atender a la demanda, al no disponer de los

artículos que le soliciten.

Una alta calidad de servicio obliga a disponer de muchos artículos, y ello conlleva un

aumento de los costes de almacenaje. La rotura de servicio supone un coste para la empresa por las

pérdidas que ocasiona.

6.7.7. CONSECUENCIAS QUE SE DERIVAN DEL MANTENIMIENTO DE UN NIVEL ALTO DE EXISTENCIAS

Trae consigo un aumento de los costes de almacenaje en lo que se refiere a:

Page 41: TEMA 5 FAG

Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 41

Recursos humanos: personal dedicado a su gestión y conservación.

Materiales: local, instalaciones etc.

Recursos financieros: dinero empleado en comprar las existencias, que queda inmovilizado

sin poder ser utilizado para cubrir otras necesidades de la empresa o en actividades de

mayor rentabilidad.

Coste de oportunidad: representa el coste de recursos que supone el que estos no puedan

destinarse a otra alternativa por estar asignados al almacén.

Obsolescencia: se corre el riesgo de que los artículos almacenados largo tiempo, debido a

modas, cambios tecnológicos, no sean solicitados por nadie, a pesar de encontrarse en

perfecto estado, por lo que la empresa carga con la pérdida originada.

A este tipo de artículos se le debe dar una salida acorde con su situación: venta como subproducto,

chatarra, reciclaje. Los costes del almacenaje que ocasiona un artículo son proporcionales al tiempo

que este permanece en el almacén.

6.7.8. ROTACIÓN DE LOS INVENTARIOS

Mide la frecuencia de salida de los artículos almacenados. Se calcula comparando el stock

medio del artículo que permanece en almacén con sus consumos (salidas de almacén).

Si de un artículo se han consumido durante todo el año 1000 unidades y el nivel medio de stock

almacenado ha sido de 50 artículos, esto quiere decir que: 1000/50 = 20. El artículo ha sido renovado

20 veces a lo largo del año. Los artículos obsoletos presentan un índice de rotación muy bajo. Lo

idóneo es alcanzar un índice de rotación de las existencias lo más alto posible. Esto se puede

conseguir acelerando los consumos o disminuyendo las cantidades compradas cuando las salidas del

almacén se hacen más lentas.

6.7.9. CONSECUENCIAS QUE SE DERIVAN DE LA ROTURA DE SERVICIO

La rotura de stocks produce los siguientes efectos:

1) Descenso de las ventas por falta de existencias, con el peligro que supone la pérdida de

clientes, que adquirirán el producto en otra empresa.

2) Descenso de la producción por falta de materias primas.

3) Interrupción de la actividad por falta de repuestos que sustituyan a piezas deterioradas que

son utilizadas por los equipos e instalaciones empleados en el desarrollo de la actividad

empresarial.

De entre todos los

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 42

géneros almacenados, exige un grupo que, por su importancia para la empresa y por las graves

consecuencias que originaría, nunca debe padecer rotura de servicio. Para evitarlo la empresa

debe mantener un stock de seguridad.

6.7.10. STOCK DE SEGURIDAD

Es el nivel de existencias que la empresa debe mantener para evitar el riesgo de quedarse sin

artículos debido a: 1) un retraso en el suministro, 2) una modificación del plazo de

aprovisionamiento por alguna causa ajena a la empresa y 3) un aumento de la demanda no previsto

Si el nivel de existencias se encuentra por debajo de la cantidad considerada como stock de

seguridad, se corre el riesgo de sufrir una rotura de stock.

La cantidad considerada como stock de seguridad va a depender de dos factores

fundamentalmente:

El grado de consumo del artículo

El plazo de aprovisionamiento

6.7.11. PLAZO DE APROVISIONAMIENTO

Es el tiempo que transcurre desde que se da la orden de pedido hasta que las mercancías se

encuentran en el almacén. Es deseable que dicho plazo sea lo más corto posible, ya que reduce el

nivel de existencias para asegurar el servicio.

6.7.12. REPRESENTACIÓN GRÁFICA DEL STOCK DE SEGURIDAD

Lo trataremos con el siguiente ejemplo:

6.7.13. GESTION DE STOCKS APLICADO AL NIVEL DE EXISTENCIAS

Para conseguir una calidad de servicio perfecta es necesario contar con un almacén donde se

encuentren todos los artículos que en cualquier momento pueden ser solicitados.

Page 43: TEMA 5 FAG

Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 43

Si tenemos en cuenta los problemas ocasionados por un exceso de existencias y la rotura de servicio,

la decisión que hay que tomar consiste en elegir en qué artículos debe la empresa invertir sus

recursos para mantener un nivel de existencias adecuado, que tenga el menor coste posible y que

evite las roturas de stocks. El criterio que se debe seguir se basa en la importancia que el artículo

tiene por su valor económico, estratégico y su porcentaje de participación en el volumen total de la

empresa. Hay que tener en cuenta que no tiene la misma importancia:

Una pieza de repuesto cuyo fallo paraliza una cadena de producción, con plazo de

aprovisionamiento de tres meses.

Un artículo de escaso consumo y de aprovisionamiento inmediato.

Mientras que en el primer caso nunca se debe producir la rotura, no tiene apenas importancia que

ocurra en el segundo.

Punto de pedido

Es el nivel de existencias en el que se hace necesario el almacén.

Contesta a la pregunta ¿Cuándo pedir?, haciendo referencia a un nivel de existencias. Cuando los

stocks disminuyen por debajo de la cantidad considerada punto de pedido, hay que emitir un nuevo

pedido.

El punto de pedido depende:

Del grado de consumo del bien

Del plazo de aprovisionamiento

Del stock de seguridad

Page 44: TEMA 5 FAG

Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 44

Si suponemos que durante el tiempo que tarda en llegar el pedido se van a consumir 20 artículos y el

stock de seguridad es de 15, el punto de pedido será:

El pedido se emitirá cuando el nivel de existencias alcance los 35 artículos.

6.8. CANTIDAD QUE SE DEBE PEDIR

Se trata de elegir la cantidad de artículos que se debe demandar para que la compra sea más

económica.

Cada vez que se efectúa un pedido se originan unos costes de emisión, recepción. Desde este

perspectiva, lo interesante es reducir los pedidos al máximo, solicitando una mayor cantidad de cada

uno, aunque esta decisión incrementa los costes de almacenaje al mantener mayor número de artículos.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 45

La empresa debe buscar la solución compatibilizando estas dos variables, de tal forma que os costes

totales, suma de ambos, sean mínimos.

6.9. LA INFORMÁTICA APLICADA A LA GESTIÓN DE STOCKS

De lo analizado hasta ahora, se desprende que es condición indispensable para gestionar

correctamente las existencias: conocer, tratar y conservar una gran cantidad de información. El acceso a

dicha información debe ser, además, rápido, para que las decisiones al ser tomadas a tiempo, sean

efectivas.

Los medios informáticos ofrecen hoy las prestaciones que la gestión de stocks exige, facilitando la

labor del gestor, que difícilmente se podría desarrollar con métodos tradicionales.

6.9.1. INFORMACIÓN A SOLICITAR A UN PROGRAMA INFORMÁTICO DE GESTIÓN DE STOCKS

a) Sobre la localización de los productos en el almacén. En la información registrada referida

a cada producto, debe figurar su ubicación.

b) Nivel de inventarios. Información sobre el movimiento de los materiales en número de

unidades: entradas, salidas, saldos, etc.

c) Clasificación ABC. Nos debe mostrar listados ordenados de mayor a menor sobre valor de

los consumos, números de unidades, precio, etc.

d) Productos obsoletos y muertos. Informe sobre artículos que no han registrado

movimientos en un determinado periodo de tiempo.

e) Rotura de stock. Envíe n mensaje de aviso cuando la cantidad de un artículo se encuentre

por debajo de stock de seguridad.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 46

7. EL PROCESO DE PAGO

El ciclo de aprovisionamiento concluye con el pago a los proveedores como contrapartida de las

mercancías entregadas a la empresa.

El pago es la obligación más importante que asume el comprador al contratar la compra.

El comprador que no efectúe el pago en el momento acordado, deberá entregar una cantidad adicional para

compensar al vendedor por el retraso en el pago sobre el plazo convenido:

7.1. MOMENTO DE PAGO

Se establece por acuerdo entre las partes. Podemos distinguir entre:

a) Pago al contado. La empresa efectúa el pago en el momento de recibir la mercancía o en breve

plazo de tiempo.

b) Pago aplazado o a crédito. El pago se realiza con posterioridad a la entrega.

Los créditos se clasifican en función del plazo de aplazamiento:

Créditos a corto plazo: cuando el tiempo aplazado es como máximo un año

Créditos a largo plazo: la duración del aplazamiento es superior a un año.

El crédito que conceden los proveedores se enmarca dentro de los de corto plazo y no suponen

un coste alguno para la empresa compradora.

Cuando el aplazamiento es a largo plazo, al precio inicial se le añaden uso intereses de recargo.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 47

7.1.1. Efectos que produce el momento de pago

- Pago aplazado. Supongamos el caso de una empresa que en este momento no

dispone de liquidez para adquirir las mercancías que necesita, aunque sí las poseerá

en breve, cuando venza el plazo de cobro de ventas ya realizadas.

o Las soluciones que se pueden plantear son:

i. Renunciar a la compra, hasta tener el dinero

ii. Buscar el dinero fuera de la empresa

iii. Adquirir mercancías, aplazando el pago hasta que disponga de

liquidez

o Si analizamos las soluciones vemos que:

i. La opción primera implica poder satisfacer la demanda de los

clientes con las pérdidas que la rotura de stocks conlleva.

ii. La opción segunda supone un aumento de los costes, debido a que

el dinero prestado devenga intereses y gastos.

iii. La tercera opción permite adquirir las mercancías sin suponer coste

añadido para la empresa.

o Beneficios generados por el crédito del proveedor:

i. LA empresa recibe las mercancías sin tener que desembolsar su

importe durante un periodo de tiempo.

ii. Es un crédito concedido por el proveedor al comprador durante el

periodo de aplazamiento, sin incrementar el precio.

iii. Disminuye el coste de almacenaje: el coste de los recursos

inmovilizados en existencias se traspasa al proveedor, permitiendo a

la empresa destinar a otros usos el dinero liberado.

iv. Si la empresa no dispone de liquidez:

- Evita el desabastecimiento al permitir comprar sin pagar en

el momento.

- Elimina gastos ocasionados por recibir dinero prestado.

- Pago al contado. Si se dispone de liquidez, esta opción se tendrá en cuenta cuando

los descuentos conseguidos por pronto paro sean superiores al ahorro que supone el

aplazamiento.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 48

7.2. FORMA DE REALIZAR LOS PAGOS

Por la forma en que se efectúan el pago, podemos distinguir entre pago sin documentar y

documentado.

- Pago sin documentar.

Significa que no se crea un documento distinto de la factura o su equivalente para ejecutar la

acción de pago.

- Pago documentado.

El pago se realiza mediante un documento distinto de la factura: letra de cambio, cheque,

recibo.

7.3. LETRA DE CAMBIO

Letra de cambio es el documento en el que una persona ordena de forma incondicional a otra pagar

una cantidad determinada a un tercero o a su propia orden en un plazo estipulado.

7.3.1. Elementos que intervienen

i. Librador. Es la persona que emite la letra.

ii. Librado. Es la persona a quien va dirigida la orden de pagar la letra a su tenedor en la fecha

que señale su vencimiento. Una vez aceptada la letra el librado queda obligado a pagarla a

su vencimiento.

iii. Tomador. Es la persona señalada por el librador para cobrar la letra. Es el primer poseedor

de la letra, que mediante el endoso puede transmitirla antes de su vencimiento.

iv. Endosante. Es la persona que siendo poseedor de la letra, la transmite a otra por medio del

endoso.

v. Avalista. Respalda a quien debe pagar la letra. Si este no paga, el avalista lo hará en su lugar.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 49

7.3.2. Hechos causales de la emisión de la letra.

La letra se emite atendiendo a un hecho anterior: compraventa, préstamo.

a. Si la causa es una operación comercial (letra comercial). Normalmente en una relación

de confianza entre el vendedor y su cliente las letras comerciales no se aceptan, el

vendedor no las presenta a la aceptación. Como la aceptación supone una mayor

garantía de cobro, esta se exigirá en los casos en que el vendedor así lo crea oportuno.

b. Si la causa es un crédito concedido por bancos o entidades financieras: el librador es el

banco que ordena el pago al cliente mediante la aceptación. El banco figura como

tenedor.

7.3.3. Requisitos esenciales de la letra de cambio.

i. Requisitos fiscales.

La letra de cambio está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos

Documentados. La base imponible de la letra es la cantidad girada.

Obligaciones. Se extenderá en papel especial, donde se incluye el timbre (impuesto), que es

proporcional al importe de la letra.

ii. Requisitos recogidos en la Ley Cambiaria y del Cheque.

1. Requisitos esenciales.

La letra de cambio deberá contener:

- La denominación de letra de cambio, expresada en el idioma empleado para

su redacción.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 50

- El manda puro, y simple de pagar una suma determinada. Siempre

prevalecerá la escrita en letra.

- El nombre del librado o persona que ha de pagar. No está obligado hasta

que no acepte la letra.

- El nombre de la persona a quien se ha de hacer el pago o a cuya orden se ha

de efectuar. Se denomina tenedor o tomador y puede ser el propio librador.

- Fecha en que la letra se emite.

- Firma de quien emite la letra.

Si falta algún requisito esencial, la letra pierde su valor ejecutivo.

2. Otros requisitos

- Indicación del vencimiento. Si no se especifica nada, a la vista. A la vista: se paga

a su presentación.

- Indicación del lugar de pago. Si no se especifica se entiende el lugar designado

junto al librado. Si no se especifica el lugar, la letra no existe como tal.

- Indicación del lugar de emisión de la letra. Si se omite el lugar, se entiende el

que figure junto al librador.

7.3.4. Vencimiento de la letra de cambio.

No es un requisito esencial, porque si se omite se presume que es pagadera a la vista,

La ley establece cuatro tipos:

i. A fecha fija. La letra se paga en la fecha expresada en la misma.

ii. A un plazo contado desde la fecha. Se toma la fecha de emisión como inicio del

cómputo, que se puede fijar:

- Por meses.

- Por días. El día de emisión no se computa y se computan los días inhábiles.

iii. A la vista. La letra de cambio a la vista será pagadera a su presentación, con las

siguientes matizaciones:

- Presentar el pago antes del año siguientes a su fecha.

iv. A un plazo contado desde la vista. Se toma como inicio del cómputo la fecha en la que la

letra es aceptada, o en el caso de no aceptarse, la fecha en que se proteste o se haga una

declaración equivalente.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 51

7.3.5. Aceptación

Por la aceptación, el librado se obliga a pagar la letra de cambio a su vencimiento.

La presentación es voluntaria para el librador, porque a él le corresponde indicar si la letra

deberá o no presentarse a la aceptación.

Será necesaria la aceptación de letras giradas a un plazo desde la vista.

La forma de expresar la aceptación será mediante firma del documento por parte del librado

indicando la fecha de aceptación en las letras giradas a una fecha desde la vista.

7.3.6. Endoso

Por medio del endoso su actual tenedor (endosante) transmite la letra a otra persona

(endosatario), que se convierte en el nuevo tenedor y adquiere todos los derechos resultantes

de la letra de cambio. Esta persona podrá volver a endosarla de nuevo.

La letra no es transmisible por endoso cuando en ella figuren las palabras no a la orden.

i. Forma de expresar el endoso. Se debe de escribir en la letra e irá firmado por el

endosante.

7.3.7. Efecto económico de la transmisión de la letra.

La letra de cambio supone un derecho de cobro para su titular, derecho de cobro que forma

parte del activo de la empresa, junto a los demás bienes y derechos de los cuales sea titular, y

que en un corto plazo de tiempo se convertirá en dinero.

Esta característica le permite ser utilizada de los siguientes modos:

Para pagar una deuda que su titular tenga contraída con otra persona, dada su

rápida conversión en dinero.

Supongamos que:

Por otra parte, A es titular de un letra cuyo librado es su cliente C.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 52

Orden de pagar:

A puede liquidar la deuda con su proveedor B transmitiéndole mediante endoso el

derecho de cobro que supone la letra de cambio girada a su cliente C.

Permite cobrar la letra a su vencimiento.

El derecho de cobro que representa la letra se hace efectivo en la fecha de

vencimiento en ella indicada. No obstante, puede ocurrir que el titular del derecho

desee adelantar la fecha de pago porque necesita dinero en un determinado

momento. En este caso, puede negociar con un tercero para que le entregue en dicho

momento parte del importe de la letra para que posteriormente el tercero cobre el

importe íntegro que debe pagar el librado a su vencimiento.

El tercero obtiene como beneficio:

La diferencia entre el importe íntegro de la letra que cobrará al librado y la cantidad,

inferior al importe de la letra, que entrega al tenedor.

Beneficio para el tenedor de la letra:

Recibe el dinero en el momento 0 sin esperar al vencimiento en el momento 2.

Coste: recibe 90 € en el momento 0 en lugar de 100 en el momento 2.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 53

Beneficio para el tercero:

Paga en el momento 0 al tenedor 90 € y cobra 100 € del librado en el momento 2.

7.3.8. El aval

Por el aval se garantiza el pago de la letra.

Avalista. Es la persona que garantiza el cumplimiento de la obligación.

Avalado. Es la persona a quien se garantiza.

El avalista responde en el caso de que no lo haga el avalado.

Se debe indicar quién es la persona avalada; en caso de no hacerlo, se entiende que está

avalado el aceptante y, en defecto de éste, el librador.

Forma de expresar el aval. Debe figurar en la letra o en su suplemento. S expresará mediante

las palabras por aval o equivalentes, e irá firmada por el avalista.

7.3.9. Pago de la letra.

Presentación al pago. El tenedor debe presentar la letra al librado para su pago en: el día de su

vencimiento; en uno de los dos días hábiles siguientes.

Lugar de presentación. Es el lugar fijado para el pago. Si no se especifica, se entiende que es el

domicilio del librado. Normalmente, el domicilio de pago es una cuenta bancaria donde el

librado dispone de fondos.

Cantidad que se paga. La cantidad señalada en la letra, pero el tenedor no puede rechazar un

pago parcial.

7.3.10. Acciones cambiarias.

Vamos a analizar qué ocurre en el caso de que la letra no se pague en los términos estipulados

en ella. En tal caso, el acreedor cambiario actuará para intentar cobrar el deudor.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 54

La letra va transmitiéndose por endoso hasta llegar al tenedor 3, que es el último.

La transmisión ha podido ser utilizada:

a. Como pago de deudas que los intervinientes tenían entre sí.

b. Para adelantar el cobro sin esperar a la fecha de vencimiento.

El librador salda su deuda con tenedor 1 mediante la transmisión de un derecho de cobro

que supone la letra de cambio. El tenedor 1, a su vez, endosa la letra al tenedor 2 por

idéntica razón, y lo mismo sucede entre tenedor 2 y el último, tenedor 3.

a. Exigir el pago al librado si la letra fue aceptada.

b. Volver hacia atrás y pedir cuentas a quien mediante endoso le ha transmitido con la letra

un derecho de cobro que se ha comprobado que no es tal.

Quien le endosó la letra, tenedor 2, deberá responder ante tenedor 3 de la validez del

derecho transmitido.

Pero a su vez, el tenedor 2 actuará de idéntica forma con el tenedor 1, responsable

igualmente de la realidad del derecho transmitido. Por último, el tenedor 1 exigirá lo

mismo a su endosante que no es otro que el librador.

El librador exigirá el pago al librado-aceptante.

7.3.11. Clases de acciones cambiarias.

La ley recoge dos tipos: directa y de regreso.

Directa. Es la acción cambiaria correspondiente al aceptante o sus avalistas.

i. Causa: la falta de pago.

ii. Requisito: que la letra haya sido aceptada.

iii. La ejecuta: el tenedor contra el aceptante o sus avalistas.

iv. La acción consiste en: reclamar, tanto por la vía ordinaria como por la

ejecutiva, el pago de la deuda.

El importe de la reclamación será la suma de:

- El importe de la letra

- Los intereses devengados durante el periodo de demora

- Los gastos ocasionados

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 55

De regreso. Se puede ejecutar antes o después del vencimiento.

i. Una vez vencida la letra por falta de pago, contra los endosantes, el librador y

las demás personas obligadas.

ii. Antes del vencimiento cuando se haya negado la aceptación.

Las cantidades que se pueden reclamar son las ya vistas en el punto anterior. Para

ejercitar la acción de regreso será necesario protestar la letra.

7.3.12. Acciones no cambiarias.

Son acciones que se pueden ejercitar por causas ajenas a la letra de cambio. Su origen está en

la causa que ha producido la letra de cambio.

- Venta de bienes o prestación de servicios

- Créditos concedidos.

Estas operaciones generan unos justificantes: facturas o documentos equivalentes, recibos,

contratos, etc, que serán utilizados como prueba en el ejercicio de las acciones.

7.3.13. Protesto de la letra y tipos.

El protesto es el acto por el que se hace constar la falta de aceptación o la falta de pago.

Necesidad de realizar el protesto: es requisito necesario para ejercitar la acción cambiaria de

regreso.

El protesto puede ser:

i. Una declaración que conste en la propia letra, fechada y firmada por el librado, o en su

caso, por el domiciliatario o la cámara de Compensación, en la que se deniegue la

aceptación o el pago.

ii. Notarial. Consiste en un acta levantada por el notario declarando protestada la letra

en la que se copiará o reproducirá esta. En dos días hábiles, el notario ha de notificar

que la letra se ha protestado para que, antes de las catorce horas del segundo día hábil

desde la notificación, este se pase por la notaría para pagar, aceptar o manifestar lo

que se estime conveniente.

Plazos de protesto.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 56

- Si es por falta de aceptación: dentro de los plazos fijados para la presentación a la

aceptación o de los cinco días hábiles siguientes a su terminación.

- Si es por falta de pago: Si la letra es pagadera a la vista, el plazo es igual que el

señalado por falta de aceptación. Si la letra es pagadera a fecha fija, el protesto deberá

hacerse en uno de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento de la misma.

Los gastos del protesto corren a cargo del librado.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 57

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 58

7.4. EL CHEQUE

El cheque es un documento que contiene una orden incondicional de pagar una determinada

cantidad de dinero.

El librador emite la orden incondicional al librador de pagar a la vista al tenedor del documento una

cantidad determinada. El librado ha de ser un banco, donde el librador debe disponer de fondos. El

cheque puede no ser aceptado. Ha de emitirse a la vista, por tanto, se pagará a su presentación.

7.4.1. Función económica del cheque.

El cheque sirve como medio de pago. El librador puede retirar, para sí o a favor de un

tercero, todos o parte de los fondos que posee en poder del librado. Si el cliente del banco retira

fondos de su cuenta, esto significa que librador y tenedor son la misma persona. Lo normal es que el

tenedor sea un acreedor del librador, quien por medio del cheque efectúa el pago.

Al ser pagadero a la vista, el librador se ve obligado a disponer de fondos en el banco desde el

momento de la emisión. El uso del cheque como medio de pago evita el tener que manejar y

trasladar grandes sumas de dinero, reduciendo así el riesgo de sustracción y pérdida.

7.4.2. Requisitos del cheque.

i. La denominación de cheque inserta en el texto del título.

ii. El mandato puro y simple de pagar una suma determinada.

iii. El nombre de quien debe de pagar, librado, que necesariamente ha de ser un banco o

entidad de crédito.

iv. El lugar de pago

v. La fecha y lugar de emisión del cheque. La fecha se consignará en letra.

vi. La firma del que expide el cheque, librador.

El título que carezca de alguno de los requisitos señalados no se considerará como cheque.

7.4.3. Formas de emisión.

La forma de emitir el cheque determina quién es su tenedor. La designación de la persona a

quien hay que pagar puede hacerse de tres formas:

a) Al portador. Se puede hacer mediante la expresión al portador o dejando en blanco el

nombre del tenedor.

b) A la orden. Indicando una persona determinada, con o sin cláusula a la orden. Se puede

transmitir por endoso.

c) Nominativo. Se emite a favor de una persona determinada. Se transmite por endoso. Si

además lleva la cláusula no a la orden se transmite mediante una cesión ordinaria.

7.4.4. Cheques especiales.

La Ley cambiaria contempla dos modalidades de cheque que persiguen este objetivo:

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 59

i. Cheque cruzado. El librador o el tenedor de un cheque puede cruzarlo por medio de dos

barras paralelas y en diagonal sobre el anverso.

a. General. No contiene designación alguna o no especifica un banco determinado

entre las barras paralelas. El librado solo puede pagar el cheque cruzado general a

un banco o a un cliente de aquel.

b. Especial. Designa un banco determinado entre las barras. El librado solo puede

pagar el cheque cruzado especial al banco designado, o, si este es el mismo librado,

a un cliente suyo.

ii. Cheque para abonar en cuenta. El librador o el tenedor del cheque pueden prohibir su pago

en efectivo insertando en el anverso la expresión para abonar en cuenta o equivalente. El

librador no puede abonar el cheque en efectivo, solo lo puede pagar mediante el ingreso en

una cuneta bancaria.

iii. Cheque conformado. Aquel que el banco librado, mediante una mención en él, acredita la

existencia de fondos en la cuenta del librador, lo que implica una mayor garantía para el

tenedor. El librado retendrá la cantidad necesaria para el pago del cheque a su presentación.

7.4.5. Pago del cheque.

El pago se produce cuando el tenedor legítimo presenta el cheque al banco librado. Aunque

el librador emita el cheque datándolo en fecha posterior al momento de emisión, igualmente es

pagadero si se presenta con anterioridad a la fecha expresada.

7.4.6. Plazos de presentación al pago.

El cheque deberá presentarse en el plazo de:

- Si es emitido y pagadero en España, 15 días

- Si es emitido en Europa y pagadero en España, 20 días

- Si es emitido fuera de Europa y pagadero en España, 60 días

Contados a partir de la fecha de emisión expresada en él.

7.4.7. Efectos que produce el incumplimiento del plazo.

El retraso perjudica al tenedor en los siguientes aspectos:

- El librador, una vez vencido el plazo sin que el cheque haya sido presentado, puede revocar

la orden de pago, hasta ese momento la orden es irrevocable.

- Pierde la acción de regreso contra los endosantes, en el caso de que existan.

- Si el banco-librado se queda sin fondos por insolvencia del librador, el tenedor pierde la

acción contra este.

7.4.8. Acción contra el impago del cheque.

El tenedor tiene una acción de regreso contra los endosantes y el librador que solo se pierde

en caso de insolvencia de este después de transcurrido el plazo de presentación. Para ejercer la

acción de regreso contra los endosantes y sus avalistas es necesario: presentar el cheque al cobro en

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 60

el plazo correspondiente y acreditar la falta de pago mediante protesto o una declaración

equivalente.

Cantidad que se puede reclamar.

- El importe del cheque no pagado

- Los interese devengados desde el día de la presentación del cheque

- Los gastos ocasionado por el impago

- El 10% del importe no pagado del cheque y una indemnización si el librador ha emitido un

cheque sin disponer de fondos.

Cheque falso o falsificado.

La ley imputa al librado el daño ocasionado por el pago de un cheque falso, a no ser que el librador

haya sido negligente en la custodia del talonario de cheques o actúe de forma culpable.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 61

7.5. OTROS MEDIOS DE PAGO

i. Recibo. Documento que acredita el pago de la cantidad señalada en él.

ii. Ingreso en cuenta. El pago se realiza ingresando directamente el importe en una cuenta

bancaria del acreedor. El banco entrega el justificante del ingreso realizado.

iii. Transferencia. Se efectúa el pago mediante el traspaso de fondos de una cuenta bancaria a

otra. La transferencia supone un coste para quien la ordena.

iv. Por correo. El pago se realiza a través de los servicio de correo. El dinero se envía mediante

giro postal o telegráfico.

v. Contra reembolso. Se realiza el pago al recibir la mercancía. Tiene cada día más importancia

por el aumento de las ventas por correo en todas sus modalidades.

vi. Tarjeta de crédito. Es un instrumento de pago que se materializa en forma de tarjeta de

plástico. su titular la utiliza para pagar los bienes y servicios que adquiere.

7.6. TIPOS DE RECIBO

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 62

8. CONTABILIZACIÓN DE LAS OPERACIONES DE APROVISIONAMIENTO

Grupo 3. Existencias

Comprende las cuentas que reflejan el valor de inventario al cierre del ejercicio económico.

Grupo 6. Compras y gastos

Recoge, entre otros conceptos, el coste que supone a la empresa los aprovisionamientos de mercaderías y

demás elementos inventariados en el grupo 3 junto a todos los gastos del ejercicio.

- Cuenta 600. Compra de mercaderías.

Recoge el importe de los productos, materiales y demás elementos que adquiere la empresa para su

venta sin transformación.

Recoge el coste de adquisición, compuesto por el precio de la mercancía deducidos los descuentos y

bonificaciones incluidos en factura e incrementado por los gastos generados hasta situarla en el

almacén de la empresa.

Si los envases y embalajes forman parte del precio de adquisición, también se incluyen en esta

cuenta.

No se recogen en la cuenta de compras de mercaderías:

El IVA soportado deducible que se carga en la cuenta 472 HP, IVA soportado

Los descuentos por pronto pago efectuados con posterioridad a la factura, se abonan a la cuenta

606 Descuentos sobre compras por pronto pago. Los descuentos cuyo origen sea el haber

alcanzado un determinado volumen se abonan a la cuenta 609 rappels por compras.

Los descuentos que se reciban con posterioridad a la factura y su origen sea un incumplimiento

en las condiciones del pedido se abonan a la cuenta 608 Devoluciones de compras y

operaciones similares.

Las devoluciones de compras se abonan también a la cuenta 608 Devoluciones de compras y

operaciones similares.

Si los envases y embalajes:

o Se quedan en la empresa para ser utilizados y pasa a formar parte del inventario, se

cargan a la cuenta 602 compras de otros aprovisionamientos.

o Si van a ser devueltos al proveedor, se cargan a la cuenta 406 envases y embalajes a

devolver a proveedores.

- 601 compra de materias primas

- 602 compras de otros aprovisionamientos

Grupo 4. Acreedores y deudores por operaciones comerciales.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 63

Recoge las cuentas personales y efectos comerciales que tiene su origen en las operaciones

habituales que la empresa realiza, así como las cuentas con las Administraciones Públicas.

- 400 proveedores.

Esta cuenta recoge las deudas que mantiene la empresa con:

Los suministradores de mercancías y de los demás bienes en el grupo 3. Los prestadores de

servicios utilizados en el proceso productivo.

Esta cuenta figura en el pasivo del balance. Se abona al recibir y aceptar las mercancías.

Se carga del siguiente modo:

Al efectuar el pago; al disminuir el importe debido a descuentos, bonificaciones, devoluciones,

etc; al aceptar una letra girada el proveedor con abono a la cuenta 401 proveedores , efectos a

pagar.

- 406 envases y embalajes a devolver a proveedores.

Recoge el importe de los envases y embalajes cargados en factura por los proveedores, con

facultad de devolución a estos.

- 407 anticipos a proveedores.

Entregas a proveedores a cuenta de suministros futuros.

8.1. PROVEEDORES DE INMOVILIZADO.

El grupo 4 del PGC recoge las deudas que mantiene la empresa con los suministradores de las

existencias recogidas en el grupo 3 y de otros servicios no utilizados en el proceso productivo.

Existe otro tipo de proveedores, que son los que suministran a la empresa los bienes del inmovilizado,

aquellos que van a permanecer un periodo mayor de tiempo: edificios, maquinaria, vehículos…

- 173 proveedores de inmovilizado a largo plazo.

- 175 efectos a pagar a largo plazo.

- 523 Proveedores de inmovilizado a corto plazo

- 525 Efectos a pagar a corto plazo

8.2. CONTABILIZACIÓN DEL IVA

- 472 HP IVA soportado.

Esta cuenta recoge el IVA soportado y deducible en las adquisiciones de bienes y servicios que

realice la empresa.

El IVA soportado no deducible forma parte del precio de adquisición de los bienes y servicios. El

saldo de esta cuenta es deudor.

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Tema 5. Aprovisionamiento. Parte 2. FAG. 64

- 477 HP IVA repercutido.

Esta cuenta recoge los IVA que la empresa repercute en la entrega de bienes y prestación de

servicios.

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