Teoria Del Órgano

download Teoria Del Órgano

of 3

Transcript of Teoria Del Órgano

  • 7/25/2019 Teoria Del rgano

    1/3

    Concepto de rgano

    Las personas jurdicas, como el Estado, deben expresar su voluntad cuando

    desarrollan los cometidos para los que fueron creadas, esto es, por ejemplo,

    cuando realizan un contrato . Entonces corresponde preguntarse cmo la

    voluntad de uno o varios hombres valdr como voluntad de esos conjuntos debienes ! personas. "e dnde puede extraerse que las consecuencias de su

    accionar recaern sobre la persona colectiva ! no sobre sus propios autores. #e

    han ensa!ado m$ltiples teoras al respecto siendo las ms importantes las que

    siguen

    %& 'eora del mandato. "e acuerdo a esta teora existe un mandato donde las

    personas humanas tienen un mandato de la persona jurdica para expresar su

    voluntad. (ero esta teora es fcilmente refutable cuestionando el inicio de la

    situacin, esto es, cmo act$a la persona jurdica para otorgar el mandato

    )& 'eora de la representacin donde la persona humana act$a como

    representantes de la persona jurdica. La situacin es similar a lo expuesto

    respecto a la teora del mandato

    *& +inalmente, la aceptada es la 'eora del rgano. Las personas jurdicas

    expresan su voluntad por rganos que la integran . La teora del rgano es de

    origen alemn ! explica el procedimiento de imputacin de la voluntad humana a

    la persona jurdica.

    o es dable hablar de mandato o representacin porque supone dos sujetos de

    derecho frente a frente- mandante ! mandatario. En realidad existe una sola

    persona ! la cuestin es slo de organizacin interna.

    #e han intentado diversos conceptos de rgano. s encontramos-

    %& /n concepto sociolgico. Los grupos colectivos tienen una vida similar a ladel hombre.

    Los cultores de esta teora comparan los rganos de las personas jurdicas con los

    que dan vida a las personas fsicas. Con el respeto que se merece la opinin

    ajena la 0gura es ms literaria que jurdica

    )& 1tros identi0can el rgano con la persona que act$a expresando la

    voluntad de la

  • 7/25/2019 Teoria Del rgano

    2/3

    persona jurdica. "e esta forma el (residente de la 2ep$blica o el (rimer

    3inistro, son rganos del Estado. Esta teora deja de lado la caracterstica

    fundamental de la teora del rgano esto es , despersonalizar el soporte

    4enti5ndase la persona fsica que ocupa el cargo& del rgano del mismo rgano.

    o olvidemos que, en todo caso, el rgano permanece ! el hombre que lo ocupa,generalmente, no contin$a en su ejercicio sino por un plazo limitado en el

    tiempo. Lo expuesto no olvida los rganos con cargos hereditarios que se

    ejercen, de principio, de por vida .

    *& La ma!ora de la doctrina estima que el rgano es una institucin que

    comprende un c$mulo de funciones ! las personas llamadas a ejercerlas.

    Ese complejo de voluntades, formas ! atribuciones, reconocido como unidad por

    el "erecho, constitu!e el instrumento de accin de las colectividades

    personi0cadas, sus rganos.

    (or lo expuesto el rgano es la (orcin t5cnica del Estado a la que se atribu!en

    funciones ! cometidos de0nidos ! los correspondientes cargos .

    (orcin re0ere a una fraccin o parte del Estado entendido en sentido amplio !

    como aparato, estructurada instrumental ! sistemticamente

    Es t5cnica en el sentido de que no vincula sujetos de derechos. #i existiera ese

    vnculo nos encontraramos con relaciones intersubjetivas que el rgano, de

    principio, no desarrolla

    o debe confundirse el rgano con el cargo. El rgano es la (residencia de la

    2ep$blica, ! (residente de la 2ep$blica es el cargo, ocupado por una persona

    fsica a la que se denomina soporte . La teora del rgano, aplicada

    correctamente, permite la distincin que se realiza que se estima fundamental.

    3ientras el rgano permanece, el soporte del rgano que ocupa el cargo, varade acuerdo a la forma de designacin.

    "ebe tenerse presente que los rganos no son sujetos de "erecho. 6ntegran las

    personas jurdicas que s son sujetos de "erecho !, por eso, asumen

    obligaciones ! poseen derechos

    http-77888.ilustrados.com7tema79:):7'eoria;rgano.html

    *. 'eora de la funcin administrativa

    http://www.ilustrados.com/tema/7828/Teoria-rgano.htmlhttp://www.ilustrados.com/tema/7828/Teoria-rgano.html
  • 7/25/2019 Teoria Del rgano

    3/3

    diferencia de la legislativa ! de la jurisdiccional que se pueden considerar

    funciones p$blicas intermitentes, la funcin administrativa requiere de ejercicio

    permanente ! constante< prueba de ello es que los rganos legislativos se re$nen

    slo durante sus periodos de sesiones, ! los rganos judiciales act$an dentro de

    ciertos horarios de determinados das de la semana en ejercicio de sus funciones,en tanto que las funciones administrativas se desempe=an permanente !

    constantemente, as las corporaciones policiales, por ejemplo, act$an en el

    mantenimiento del orden p$blico ! de la seguridad p$blica las veinticuatro horas

    de los *>? o *>> das del a=o.:

    Empero, la funcin administrativa resulta ser de mu! difcil acotamiento !

    precisin, lo cual ha llevado a algunos autores a tratar de de0nir por exclusin de

    la funcin legislativa ! de la jurisdiccional, al decir que ser administrativa toda

    funcin p$blica diferente de la legislativa ! judicial,@ lo que dista mucho dedeterminar su g5nero prximo ! diferencia espec0ca, aunado a lo cual, la

    aparicin de funciones administrativas emergentes, como la contralora, la

    electoral, la de regulacin monetaria ! la registral, hacen actualmente

    inaceptable ese procedimiento de0nitorio.

    La funcin administrativa, como todas las funciones p$blicas tiene por objeto la

    satisfaccin de necesidades p$blicas, distintas de las necesidades de carcter

    general, suma de muchas necesidades individuales, en las que podemos

    identi0car o escindir nuestra propia necesidad< el ejercicio de la funcin

    administrativa implica el cumplimiento del mandato legal con miras al logro de

    los 0nes del Estado, concretamente del bien p$blico, del establecimiento !

    mantenimiento de la paz ! del orden p$blicos< en este sentido Aans Belsen

    a0rma- "efnese la administracin como aquella actividad del Estado

    encaminada al cumplimiento de los 0nes ! tareas del mismo, especialmente los

    0nes de poder ! de cultura.%D

    En principio, la funcin administrativa pertenece formalmente al rgano

    depositario del (oder Ejecutivo, sin perjuicio de que los depositarios de los otros

    poderes la ejerciten materialmente, como ocurrira si el Congreso determinaracambiar la residencia de los supremos poderes de la +ederacin, o como

    acontece cuando la #uprema Corte de usticia de la acin nombra a su

    secretario general de acuerdos ! dems funcionarios a que se re0ere la fraccin

    F6G del artculo %% de la Le! 1rgnica del (oder udicial de la +ederacin.

    http-77888.juridicas.unam.mx7publica7rev7boletin7cont7@@7art7art%.htm