Teorías del desarrollo psicológico del...
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Contextualización
Las relaciones de trabajo son el
pilar fundamental en el desarrollo
de las empresas, es por ello que
resulta indispensable conocer
sus elementos constitutivos y la
manera en que la ley nos obliga a
darles formalidad.
Introducción
En la medida en que los contratos
sean legales, las empresas tendrán
menos problemas con sus
trabajadores, y en caso de conflictos
les servirán para fortalecer su defensa,
asimismo, los trabajadores que tengan
el contrato, podrán conocer
perfectamente todos los derechos y
obligaciones que se encuentran
regulados en sus propias relaciones
de trabajo.
¿Cómo incide la
empresa en las
diversas áreas del
derecho que la
regulan?
Al no poseer autonomía como rama del derecho, el derecho corporativo actúa mediante la recopilación de una serie de ordenamientos jurídicos de diversas áreas, esto quiere decir que toma lo que es necesario de cada materia y lo aplica a las necesidades de la empresa para poder llevar a cabo sus actividades, esto conlleva la conjugación de diversas regulaciones que proveen a la empresa de un marco jurídico suficiente.
¿Qué es el
Derecho
Laboral?
Estudia las normas que regulan las relaciones que directa e indirectamente derivan de la prestación libre, subordinada y remunerada de servicios personales, cuya función es producir el equilibrio de los factores en juego, mediante la realización de la justicia social, que implica la regulación de las relaciones entre obreros y patrones.
Buenas prácticas laborales
Una inmediación en el trato con el personal
Tener políticas de puertas abiertas
Reglamentos y códigos de ética y conducta transparentes
Fiscalización del cumplimiento laboral de contratos y servicios
Adoptar la negociación como una posibilidad de solución de conflictos
Crear comités internos de solución de conflictos
Brindar beneficios flexibles en los paquetes salariales
Incentivos por productividad, voluntariado laboral, etc.
Relación de
trabajo
A decir de Cavazos Flores (2004)
la relación de trabajo “…se inicia
en el preciso momento en que se
empieza a prestar el servicio; en
cambio, el contrato de trabajo se
perfecciona por el simple acuerdo
de voluntades”. (p. 102).
De ello se desprende que puede
existir un contrato de trabajo sin
que exista relación laboral,
ejemplo: cuando se celebra un
contrato y se pacta que el
servicio se preste posteriormente.
Contrato individual de trabajo
Borrel (2006) define el contrato individual de trabajo desde el punto de vista de
la doctrina civilista, diciendo:
…es un acto jurídico oneroso y conmutativo, realizado entre dos personas.
Oneroso porque significa carga o gravamen recíproco y conmutativo, que
quiere decir trueque, cambio o permuta de una cosa por otra, en el que cada
parte contratante da una equivalencia por lo que recibe, por lo que podemos
considerar que se cambia la fuerza de trabajo por una remuneración
económica que llamamos salario. También es de tracto sucesivo, porque sus
efectos no se agotan en el acto mismo de su celebración, sino que continúan
durante toda su vigencia o durante toda la prestación del servicio y además es
conmutativo pues las prestaciones que se deben las partes son
inmediatamente ciertas y conocidas, por lo que cada parte puede apreciar
desde su celebración el beneficio o la pérdida que su cumplimiento implica.
Asimismo podemos afirmar que es un contrato sinalagmático y bilateral, ya
que establece derechos y obligaciones mutuas y por intervenir dos partes, el
patrón y el trabajador.” (p.197).
Duración de las relaciones de
trabajo
Las relaciones de trabajo pueden ser
para obra o tiempo determinado o por
tiempo indeterminado. En los dos
primeros casos, si el contrato se
celebró por tiempo fijo, y vencido el
término que se hubiere fijado,
subsiste la materia del trabajo, la
relación queda prorrogada por el
mismo tiempo que subsista.
(Cavazos, 2004).
Relaciones
colectivas de
trabajo
El concepto de derecho
colectivo del trabajo intenta
resumir la idea de que los
organismos representativos
de las clases que integran la
relación laboral pueden crear
sus propias normas jurídicas,
cuya finalidad esencial es
lograr un equilibrio.
Contrato
colectivo de
trabajo
Convenio celebrado entre uno
o varios sindicatos de
trabajadores, uno o varios
patrones o uno o varios
sindicatos de patrones, con
objeto de establecer las
condiciones según las cuales
debe prestarse el trabajo en
una o más empresas o
establecimientos.
Conclusión
El Derecho Individual del Trabajo regula las relación de trabajo entre
patrón y trabajador, protegiendo a este último de forma individual,
haciendo énfasis en el derecho del hombre a la existencia. A través del
derecho laboral el trabajador debe acceder a una vida digna, asegurando
su acceso a la salud, la libertad, la recreación, derecho a vacaciones, así
como capacitación. El trabajador deberá ser considerado igual que
cualquier otro sin ninguna descriminación derivada de raza, color, sexo,
religión, preferencias políticas o religiosas, etc.
El trabajo que desempeñe tendrá que ser un trabajo decente, que deberá
desarrollar en las mejores condiciones posibles, tales como medidas de
seguridad, condiciones de higiene, etc.
Referencias
García, P. (2012) Derecho laboral. México: UNAM
Guerrero, E. (1983). Manual de derecho del trabajo 13ª ed. México: Porrúa
Rocha, S. (2006). Documento de trabajo. Modalidad Abierta y a distancia SUA – FCA México: UNAM.
Sanromán, R. & Cruz, A. (2008). Derecho corporativo y la empresa. México: Cengage Learning Editores S.A. de C.V.
Legislativas
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión (2012).Ley Federal del Trabajo. México: Diario Oficial de la Federación
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión (2013). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. México: Diario Oficial de la Federación
Referencias
Cibergrafía
Dávalos, R. (s/a). Algunas consecuencias del incumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de seguridad social. Comisión de Seguridad social, disponible en el sitio web: http://www.ccpm.org.mx/avisos/boletines/19%20%20%20880%20%20SEG%20SOC%20%20Obligcs.pdf.
Factores clave para solucionar los conflictos laborales en las empresas (2013). Consultado el 13 de agosto de 2013, disponible en el sitio web: http://normacontable.org/2013/01/factores-clave-para-solucionar-los-conflictos-laborales-en-las-empresas/
Secretaría de economía (2010) Estados financieros de las empresas. Recuperado el 11 de agosto de 2013 del sitio web: http://www.tuempresa.gob.mx/-/estados-financieros-de-las-empresas?redirect=http%3A%2F%2Fwww.tuempresa.gob.mx%2Fasesoria%2Flegal%2Ffiscal%3Fp_p_id%3D101_INSTANCE_FqQp0lBZ7y0E%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn-2%26p_p_col_count%3D1