TESIS DE MAESTRÍA · política oficial o posición de la Procuraduría General de la República,...

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CONSEJO DE DEFENSA NACIONAL INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS ESTRATÉGICOS CURSO DE MAESTRÍA EN PLANIFICACIÓN Y CONDUCCIÓN ESTRATÉGICA NACIONAL TESIS DE MAESTRÍA MODERNIZACIÓN Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICALic. GABRIELA MARTHA KRUG RINKE PROMOCIÓN XLV AÑO 2013 Asunción, Paraguay

Transcript of TESIS DE MAESTRÍA · política oficial o posición de la Procuraduría General de la República,...

CONSEJO DE DEFENSA NACIONAL INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS ESTRATÉGICOS

CURSO DE MAESTRÍA EN PLANIFICACIÓN Y CONDUCCIÓN

ESTRATÉGICA NACIONAL

TESIS DE MAESTRÍA

“MODERNIZACIÓN Y FORTALECIMIENTO

INSTITUCIONAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL

DE LA REPÚBLICA”

Lic. GABRIELA MARTHA KRUG RINKE

PROMOCIÓN XLV AÑO 2013 Asunción, Paraguay

CONSEJO DE DEFENSA NACIONAL INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS ESTRATÉGICOS

CURSO DE MAESTRÍA EN PLANIFICACIÓN Y CONDUCCIÓN

ESTRATÉGICA NACIONAL

TESIS DE MAESTRÍA

“MODERNIZACIÓN Y FORTALECIMIENTO

INSTITUCIONAL DE LA PROCURADURÍA

GENERAL DE LA REPÚBLICA”

Lic. GABRIELA MARTHA KRUG RINKE

Tesis de Maestría presentado en el Instituto de Altos Estudios Estratégicos, como

requisito parcial para la obtención del Título de Magíster en Planificación y

Conducción Estratégica Nacional

Asesor

Cnel. DEM HERMINIO GILL MOLINAS

Asunción – Paraguay Noviembre, 2013

ii

Trabajo de Investigación Individual, presentado al Instituto de Altos Estudios

Estratégicos, del Consejo de Defensa Nacional, y aprobado por la Mesa Examinadora

conformada por los siguientes profesores.

……………………………….

……………………………….

Presidente de Mesa

……………………………….

………………………………

Miembro de Mesa

……………………………….

……………………………….

Miembro de Mesa

Acta Nº ………….. del …. de noviembre de 2013.

Calificación final: ……………….. (…….)

iii

ACLARACIÓN

Los puntos de vista expresados en esta Tesis, pertenecen a la autora y no reflejan la

política oficial o posición de la Procuraduría General de la República, ni del Instituto

de Altos Estudios Estratégicos; siendo el contenido de la misma, una posición

personal basada en la investigación individual, y por tanto, no refleja la postura de

ente público o privado alguno, conforme a lo establecido en el Manual del Cursante.

iv

Dedicatoria

A mis padres, Harald y Luisa Ernestina luchadores incansables, quienes me

legaron el ejemplo del trabajo tesonero a fin de conseguir los mejores objetivos

personales y generales.

A mi hija Rosa Alejandra, quien es la razón principal de mis logros, y quien

le da sentido y felicidad a mi vida.

A mis compatriotas, que al igual que yo, deseamos un país digno para

heredar a generaciones futuras.

v

Agradecimientos

Al Todopoderoso, que nos bendice, cuida y guía por este sendero de la

superación constante.

A quienes me dieron el respaldo necesario para realizar esta Maestría y

culminar con éxito el desarrollo de este trabajo.

Al Plantel Directivo, Académico y Administrativo del Instituto de Altos

Estudios Estratégicos, por otorgarme el privilegio de realizar el Curso de Maestría

en Planificación y Conducción Estratégica Nacional, que me permitió adquirir

conocimientos acabados para ser activa partícipe del desarrollo y la defensa

nacional.

Al Cnel.D.E.M. Herminio Gill Molinas, quien en calidad de Asesor de la

Tesis, acompañó este trabajo.

A todos y cada uno de mis compañeros cursantes, por la experiencia

adquirida como grupo humano con un objetivo en común.

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MODERNIZACIÓN Y FORTALECIMIENTO

INSTITUCIONAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL

DE LA REPÚBLICA

Autora: Lic. GABRIELA MARTHA KRUG RINKE

Tutor: Cnel. DEM Herminio Gill Molinas

RESUMEN

Se desarrolló este trabajo, con el objetivo general de sugerir la modernización y el

fortalecimiento de la Procuraduría General de la República (PGR), reasignándole las

funciones que desempeñan otros entes y otras dependencias estatales, que son

inherentes a la función que debe cumplir esta Institución. Por su finalidad, el estudio

es básico, no experimental, con enfoque cualicuantitativo; siendo descriptivo con

componente explicativo, sustentado en fuentes primarias y secundarias. El diseño

adoptado fue del tipo transeccional y los datos fueron colectados de marzo a octubre

del año 2013. Se utilizó el método observacional participativo, apoyado en las

técnicas de la encuesta y la entrevista, siendo la selección muestral por el método

aleatorio simple, de las autoridades y funcionarios de la PGR, de funcionarios de

otros entes estatales, y de ciudadanos en general, tomados al azar; y con entrevistas a

autoridades de la PGR. Los aspectos examinados fueron: el grado de participación de

la PGR en los asuntos de interés ciudadano; la influencia de la modernización, el

fortalecimiento y el rediseño de responsabilidad de la PGR, en la eficacia y la

eficiencia estatal; el alcance de la redefinición de funciones de la PGR, desde la

precepción de los funcionarios de la institución y de la ciudadanía en general; la

incidencia y el impacto que tendrá la reformulación de atribuciones de la PGR, desde

la percepción de los niveles estratégicos, en función a las instituciones y

dependencias estatales existentes; y el diseño e implementar nuevas funciones en la

PGR que reglamente esta figura constitucional. Se demostró que es posible la

modernización y fortalecimiento de la PGR, a fin de proceder a aglutinar las

dependencias estatales que cumplen funciones inherentes a la PGR, optimizando sus

funciones.

Palabras clave: modernización, fortalecimiento, institución, Procuraduría General,

eficacia, eficiencia, asesoría jurídica, servicios comunitarios,

Desarrollo Nacional, Defensa Nacional.

vii

MODERNIZATION AND INSTITUTIONAL

STRENGTHENING OF THE GENERAL ATTORNEY'S

OFFICE OF THE REPUBLIC.

Author: Lic. GABRIELA MARTHA KRUG RINKE

Advisor: Cnel. DEM Herminio Gill Molinas

ABSTRACT

This work is developing, with the overall objective of suggest the modernization and

the strengthening of the Office of the Attorney General (PGR), assigning the duties

of other entities and other state agencies, which are inherent in the function that

should fulfill this institution. By its purpose, the study is basic, non-experimental,

with qualitative and quantitative approach; being descriptive explanatory component,

based on primary and secondary sources. The design was of the type transactional

and data were collected from March to October 2013. We used the observational

method participatory, supported in the techniques of the survey and interview, being

the selection of the sample by a simple randomized method, of the authorities and

officials of the institution, staff from other state entities, and citizens in general,

taken at random; and interviews with authorities of the institution. The topics of

discussion were: the degree of participation of the institution in matters of public

interest; the influence of modernization, the strengthening and the new design of

responsibility of the institution, on the effectiveness and efficiency of state; the scope

of the new definition of functions, from the perception of the officers of the

institution and of the citizenry in general; the incidence and impact of the new

formulation of authority, from the perception of the strategic levels, depending on the

institutions and existing state agencies; and the design and implementation of new

functions that regulate this figure constitutional.

Key words: modernization, strengthening, institution, Attorney General,

effectiveness, efficiency, legal counsel, community services,

National Development, National Defense.

viii

TABLA DE CONTENIDO

I. INTRODUCCIÓN …………………………………………………….

II. REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA ……………………………………….

2.1. Marco Conceptual …………………………………………………….

2.1.1. Procuraduría General .…………………..……………………...

2.1.2. Fortalecimiento Institucional ….……………………………….

2.1.3. Modernización Institucional ….……………….……………….

2.1.4. Institución Pública …....……………………………………......

2.1.5. Servicio Público ….…………………………………………….

2.1.6. Desarrollo y Defensa Nacional…….……………………….......

2.2. Marco Teórico ………………………………………………………...

2.2.1. Centralización de la Asesoría Jurídica de la Escribanía y

Notaría en la Administración Pública ………………………….

2.2.2. La Procuraduría como Órgano Asesor de la Presidencia de la

República ……………………………………………………….

2.2.3. La PGR en Cooperación y Asuntos Internacionales …………...

2.2.4. La Contraloría General dependiente de la PGR ……………......

2.2.5. La PGR encargada de Anticorrupción …………………………

2.2.6. Derechos Humanos a cargo de la PGR ………………………...

2.2.7. La Función Pública dependiente de la PGR …………………...

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2.2.8. PGR a cargo de Medioambiente y Recursos Naturales ………..

2.2.9. Patrimonio Cultural a cargo de la PGR ………………………..

2.2.10. Servicios Ciudadanos …………………………………………

2.3. Marco Histórico ……………………………………………………....

2.3.1. Época Precolombina ……………………………..……….........

2.3.2. Época de la Conquista .………………………………………....

2.3.3. Época de la Colonia …………………… ……………...………

2.3.4. Época Independiente .…………………………………...……...

2.3.5. Antecedente a mediados del Siglo XX …..…………………….

2.3.6. Creación de la PGR ………………..…………………………...

2.4. Marco Legal …………………………………………………………..

2.4.1. Constitución Nacional ………..………………………………...

2.4.2. Carta Orgánica ……………….………………………………...

2.5. Marco Referencial ……………………………………………………

2.5.1. Argentina ………………………………………........................

2.5.2. Brasil ……………………………………………..…………….

2.5.3. Bolivia …………….……………………………………………

2.5.4. Costa Rica …………….…………………………………...…...

2.5.5. Colombia ………………………………………………...……..

2.5.6. Ecuador …………………………………………..…………….

2.5.7. Guatemala ……………………………………………………...

2.5.8. México …………………………………………………………

2.5.9. Nicaragua ……………………………………………………...

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2.5.10. República Dominicana ……………………...………………...

2.5.11. Panamá ……………………………………………………......

2.5.12. Perú …………………………………………………………...

2.5.13. Paraguay ………………………………………………………

III. METODOLOGÍA ……………………………………………………..

IV. RESULTADOS Y DISCUSIÓN ……………………………………...

4.1. Resultado de las Encuestas …………………………………………...

4.1.1. Participación de la PGR en asuntos ciudadanos ……………….

4.1.2. Influencia del Rediseño de funciones de la PGR en la eficiencia

y eficacia estatal ………………………………………………..

4.1.3. Alcance del rediseño de funciones de la PGR desde la

percepción de los funcionarios de la Institución ……………….

4.1.4. Incidencia e impacto de funciones de la PGR desde la

percepción de los niveles estratégicos ………………………….

4.1.5. Diseño e implementación de las nuevas funciones de la PGR ...

4.2. Resultados de las Entrevistas …………………………………………

4.2.1. Participación de la PGR en asuntos ciudadanos …….…………

4.2.2. Influencia del Rediseño de funciones de la PGR en la eficiencia

y eficacia estatal ………………………………………………..

4.2.3. Alcance del rediseño de funciones de la PGR desde la

percepción de los funcionarios de la Institución ……………….

4.2.4. Incidencia e impacto de funciones de la PGR desde la

percepción de los niveles estratégicos ………………………….

4.2.5. Diseño e implementación de las nuevas funciones de la PGR ...

4.3. Contrastación …………………………………………………………

4.4. Propuesta del rediseño de funciones de la PGR ………...….…………

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4.4.1. La PGR como Institución ……………………………………...

4.4.2. Talento Humano ……………………………………………….

4.4.3. Misión de la PGR ……..……………………………………......

4.4.4. Visión de la PGR ……………………………………………....

4.4.5. Integración de funciones de dependencias estatales …………...

4.4.5.1. Propuesta de organización de la PGR …………………

4.4.5.1.1. Procuraduría Jurídica y Asesoría Legal ......…......

4.4.5.1.2. Escribanía Mayor del Estado ….………………...

4.4.5.1.3. Asesoría del Presidente de la República ………...

4.4.5.1.4. Asuntos Internacionales ...………………………

a) Cooperación Internacional ……………………...

b) Tratados Internacionales ……………………….

4.4.5.1.5. Contraloría General …………………………….

a) Contraloría ……………………………………...

b) Anticorrupción …………………………………

c) Delitos Económicos ……………………………

d) Crimen Organizado …………………………….

4.4.5.1.6. Derechos Humanos …………………..................

a) Defensoría del Pueblo ……………..……………

4.4.5.1.7. Función Pública ………………………………...

4.4.5.1.8. Medioambiente …………………………………

a) Recursos Naturales ……………………………..

4.4.5.1.9. Patrimonio Cultural …………………………….

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a) INDI ……………………………………………..

4.4.5.1.10. Servicios Ciudadanos ………………………….

a) Defensa al Consumidor …………………………

b) Protección a Víctimas y Testigos ……………….

c) Programa de Recompensas ……………………...

d) Personas Extraviadas ……………………………

e) Procesos Extrajudiciales ………………………...

- Negociación ………………………………

- Mediación ………………………………...

- Conciliación ………………………………

- Arbitraje …………………………………..

4.4.6. Estructura Organizacional …………………………………..

4.4.7. Aspecto Legal ……………………………………………….

V. CONCLUSIONES ……………………………………………………..

VI. RECOMENDACIONES ………………………………………………

6.1. Poder Ejecutivo ……………………………………………………….

6.2. Poder Legislativo ……………………………………………………..

6.3. Tribunal Superior de Justicia Electoral ……………………………….

6.4. Asamblea Nacional Constituyente ……………………………………

6.5. Procuraduría General de la República ………………………………..

6.6. Poder Judicial …………………………………………………………

BIBLIOGRAFÍA ………………………………………………………….

APÉNDICE ………………………………………………………………..

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Apéndice 1. Instrumentos de recolección de datos …………………….

Apéndice 1.1. Cuestionario para Encuesta ………..................................

Apéndice 1.2.Cuestionario para Entrevista a autoridades de la PGR ….

Apéndice 1.3.Cuestionario para Entrevista a autoridades de otras

instituciones …………………………………………...

Apéndice 2. Tabulación de Datos ……………………………………...

Apéndice 3. Fotografías captadas durante el trabajo de campo ………..

ANEXO ……………………………………………………………………

Anexo 1. Organigrama actual de la PGR ………………….…………...

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LISTA DE FIGURAS

Figura 1. Contraposición de intereses ciudadanos con los patrimoniales

del Estado ………………………………………………………………….

Figura 2. Protección de los intereses de la ciudadanía por la PGR ………

Figura 3. Ciudadanía como contralora del Patrimonio Estatal …………....

Figura 4. Nexo entre la PGR y la ciudadanía en general ………………….

Figura 5. Conocimiento sobre servicios ciudadanos que brinda la PGR en

otros países ………………………………………………………………...

Figura 6. Servicios ciudadanos que debe prestar la PGR …………………

Figura 7. La PGR como Órgano Extrapoder totalmente independiente …..

Figura 8. La PGR cumple con las funciones para las cuales fue creada …..

Figura 9. Superposición de funciones de la PGR y otros entes estatales ….

Figura 10. Factibilidad del rediseño de funciones y atribuciones de la

PGR ………………………………………………………………………………………………..

Figura 11. La PGR como Órgano con superpoderes sobre la cosa pública .

Figura 12. La PGR trabajando con otros entes y a la vez prestando

servicios comunitarios …………………………………………………….

Figura 13. Posibilidad de achicar el Estado al integrar Instituciones y

dependencias a la PGR …………………………………………………….

Figura 14. Reducción de gastos del Estado al integrar Instituciones y

dependencias a la PGR …………………………………………………….

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Figura 15. Desburocratización del Estado al integrar Instituciones y

dependencias a la PGR …………………………………………………….

Figura 16. Posibilidad de unificar criterios sobre la cosa pública ………...

Figura 17. Mayor control sobre el Patrimonio del Estado con el rediseño

de la PGR ………………………………………………………………….

Figura 18. Nivel de conocimiento de dependencias de la PGR en otros

países ………………………………………………………………………

Figura 19. Instituciones y dependencias estatales que deben formar parte

de la PGR ………………………………………………………………….

Figura 20. PGR a cargo de intereses patrimoniales del Estado y de la

ciudadanía …………………………………………………………………

Figura 21. Factibilidad que la PGR preste Servicios Ciudadanos ………...

Figura 22. La PGR cumple con la totalidad de las funciones para las

cuales ha sido creada ………………………………………………………

Figura 23. Instituciones y dependencias estatales con funicones iguales a

las de la PGR ………………………………………………………………

Figura 24. Posibilidad de integrar instituciones y dependencias estatales a

la PGR ……………………………………………………………………..

Figura 25. Factibilidad de integrar instituciones y dependencias estatales a

la PGR ……………………………………………………………………..

Figura 26. Incidencia e impacto que se logrará con el rediseño de

funciones de la PGR ……………………………………………………….

Figura 27. Incluir como función de la PGR la preservación de bienes e

intereses comunes …………………………………………………………

Figura 28. Necesidad de incluir nuevos servicios ciudadanos como

funciones de la PGR ……………………………………………………….

Figura 29. Propuesta de Estructura Organizacional de la PGR …………

Figura 30. Organigrama actual de la PGR …………………………….…..

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LISTA DE TABLAS

Tabla 1. Instrumentos de Recolección de Datos …………………………..

Tabla 2. Nivel de contraposición de intereses ciudadanos con los

patrimoniales del Estado …………………………………………………..

Tabla 3. Intereses de la ciudadanía deben ser protegidos por la PGR …….

Tabla 4. Ciudadanía con acceso para ser contralora del Patrimonio Estatal

Tabla 5. PGR con nexo cercano con la ciudadanía en general ……………

Tabla 6. Conocimiento de los servicios ciudadanos prestados por la PGR

en otros países ……………………………………………………………..

Tabla 7. Servicios ciudadanos que deben ser prestados por la PGR ……...

Tabla 8. PGR como Órgano extra poder totalmente independiente ………

Tabla 9. PGR cumple con las funciones para las cuales fue creada ………

Tabla 10. Superposición de funciones entre la PGR y otros entes ………..

Tabla 11. Factibilidad en rediseño de funciones y atribuciones de la PGR .

Tabla 12. PGR como un Órgano con súper poderes al cuidado de la cosa

pública ……………………………………………………………………..

Tabla 13. Trabajar la PGR con otros entes y a la vez prestar servicios

comunitarios ……………………………………………………………….

Tabla 14. Achicar el Estado al integrar Instituciones y dependencias

afines a la PGR …………………………………………………………….

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Tabla 15. Reducción de gastos del Estado al integrar Instituciones y

dependencias afines a la PGR ……………………………………………..

Tabla 16. Desburocratización del Estado al integrar Instituciones y

dependencias afines a la PGR ……………………………………………..

Tabla 17. Unificación de criterios sobre la cosa pública con el rediseño de

funciones de la PGR ……………………………………………………….

Tabla 18. Mayor control sobre el Patrimonio Estatal con el rediseño de

funciones de la PGR ……………………………………………………….

Tabla 19. Conocimiento de dependencias de la PGR en otros países …….

Tabla 20. Instituciones y dependencias estatales que deben formar parte

de la PGR ………………………………………………………………….

Tabla 21. PGR a cargo de intereses patrimoniales del Estado y de los

ciudadanos …………………………………………………………………

Tabla 22. Factibilidad que la PGR preste Servicios Ciudadanos ………….

Tabla 23. La PGR cumple con la totalidad de las funciones para las cuales

fue creada ………………………………………………………………….

Tabla 24. Instituciones y dependencias estatales con funciones iguales a

las de la PGR ………………………………………………………………

Tabla 25. Posibilidad de integrar instituciones y dependencias estatales a

la PGR ……………………………………………………………………..

Tabla 26. Factibilidad de integrar instituciones y dependencias estatales a

la PGR ……………………………………………………………………..

Tabla 27. Incidencia e impacto que se logrará con el rediseño de

funciones de la PGR ……………………………………………………….

Tabla 28. Incluir como función de la PGR la preservación de bienes e

intereses comunes …………………………………………………………

Tabla 29. Nuevos servicios ciudadanos prestados por la PGR ……………

Tabla 30. Cálculo del Tamaño de la Muestra ……………………………..

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LISTA DE FOTOGRAFÍAS

Foto 1. Encuesta a una funcionaria de la PGR …………………………….

Foto 2. Encuesta a un funcionario de la PGR ……………………………..

Foto 3. Encuesta a una funcionaria de la PGR …………………………….

Foto 4. Encuesta a una funcionaria de la PGR …………………………….

Foto 5. Encuesta a un funcionario de la PGR ……………………………..

Foto 6. Encuesta a un funcionario de la PGR ……………………………..

Foto 7. Encuesta a una funcionaria de la PGR …………………………….

Foto 8. Encuesta a una funcionaria de la PGR …………………………….

Foto 9. Encuesta a una funcionaria de la PGR …………………………...

Foto 10. Encuesta a una funcionaria de la PGR …………………………...

Foto 11. Encuesta a una funcionaria de la PGR …………………………...

Foto 12. Encuesta a un funcionario de la PGR ……………………………

Foto 13. Encuesta a una funcionaria de la PGR …………………………...

Foto 14. Encuesta a un funcionario de la PGR ……………………………

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LISTA DE SIGLAS

AGU Abogacía General de la Unión

CGR Contraloría General de la República

DC Defensa al Consumidor

DP Defensoría del Pueblo

INDI Instituto Nacional del Indígena

NTICs Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación

PGE Procuraduría General del Estado

PGN Procuraduría General de la Nación

PGR Procuraduría General de la República

SEAM Secretaría del Ambiente

SENAC Secretaría Nacional Anticorrupción

1

I. INTRODUCCIÓN

Los bienes e intereses patrimoniales del Estado Paraguayo en general, sean

éstos tangibles e intangibles, deben ser representados y defendidos por la

Procuraduría General de la República (PGR), ente dependiente de la Presidencia de

la República, creado a partir de la Constitución Nacional vigente; que no cuenta aún

con su Carta Orgánica, la cual está en estudio en el Congreso Nacional; y tampoco

cuenta con Presupuesto ni local propio.

A nivel regional, la Procuraduría General de cada país, cuenta con su Carta

Orgánica y posee funciones amplias y bien definidas, entendiéndose como bienes e

intereses a ser defendidos, no solamente lo que corresponde a los bienes materiales

de la Nación, sino a los bienes y recursos públicos y a los derechos de los

ciudadanos, que en definitiva conforman uno de los elementos esenciales de cada

Estado. Teniendo además, un excelente relacionamiento con la ciudadanía, estando al

servicio de la misma, dentro del marco de respeto irrestricto a los Derechos

Humanos.

A nivel mundial, la Procuraduría General posee otra función, como en los

EE.UU., que “esta oficina representa al Gobierno de Estados Unidos, en los casos

que se presentan al Tribunal Supremo y supervisa la gestión de los juicios en

nombre del Gobierno, en todos los tribunales de apelación”1.

Si se hace un paralelo de las funciones que le competen a la PGR en el

Paraguay, y al no existir una Ley reglamentaria o la Carta Orgánica que defina sus

tareas específicas, se tiene que las mismas se reducen a intervenir en procesos

1 EE.UU., 2009, “El Tribunal Supremo de Estados Unidos”, P. 5.

2

judiciales en los cuales una de las partes es el Estado Paraguayo, ya sea como

demandante o demandado, siendo una función mínima, comparada con las que tienen

en México, Costa Rica, Rca. Dominicana, Argentina, Venezuela, Guatemala,

Bolivia, Chile, Brasil, Nicaragua y Uruguay, entre otros. Países estos que en su

mayoría tienen a la Procuraduría General, como Institución que encabeza el

Ministerio Público, además de otras funciones que hoy día en el Paraguay, están a

cargo de otros entes o dependencias estatales.

En países de Latinoamérica, la Procuraduría General es un ente

independiente de los tres Poderes del Estado, que tiene como misión principal

representar al Estado en casos judiciales y extrajudiciales, como así también, asesorar

jurídicamente a todas las instituciones públicas. En su mayoría, además de estar al

frente del Ministerio Público, también tiene a su cargo entre otras dependencias:

Notaría y Escribanía Mayor, Derechos Humanos, Combate al Crimen Organizado,

Delitos Económicos, Cooperación Internacional, Secretaría del Ambiente, Secretaría

Anticorrupción, Función Pública, Defensa al Consumidor y servicios varios a la

ciudadanía, tales como: Personas Extraviadas, Protección a Víctimas y Testigos, y

Programa de Recompensas, entre otras funciones.

Pero en general, es competencia de la Procuraduría General, la protección

de los derechos de la ciudadanía y la defensa del interés público. Aunque las

funciones específicas varíen de un Estado a otro; porque si en la generalidad está

asociado a la Asesoría Jurídica de entes públicos, a la Defensoría del Pueblo y al

Ministerio Público, no es menos cierto que en varios Estados se ampliaron estas

funciones y facultades.

Según la Presentación Institucional (PGR, 2012)2, este ente es el “órgano

asesor del Poder Ejecutivo, del cual depende, actualmente. Su principal función

consiste en representar y defender judicial o extrajudicialmente, los intereses

patrimoniales de la República, así como la de asesorar jurídicamente a la

administración pública”. Pero es sabido que actualmente, su única función se

circunscribe a representar al Estado en los procesos judiciales en los cuales es parte,

2 PARAGUAY, 2012, “Procuraduría General de la República”. P. 6.

3

como demandante o demandado. Por lo cual, se colige que a falta de una Carta

Orgánica que reglamente sus atribuciones y facultades, no solamente no cumple con

todas las funciones para las cuales fue creado este ente, sino que otras instituciones o

dependencias estatales están realizando las tareas inherentes a la PGR.

Este trabajo contribuirá a replantear las funciones y atribuciones de la PGR,

dando paso a una ordenada, moderna y fortalecida Institución, que sea real y

totalmente independiente del Poder Ejecutivo, del Legislativo y del Judicial, y que no

solamente ejerza la representación del Estado Paraguayo en las causas judiciales en

las cuales es parte, sino que se erija en único Asesor Jurídico de todas las

instituciones estatales; y que además, cumpla con el importante rol de garantizar la

defensa de los bienes y recursos públicos, como así también de los derechos

ciudadanos, a través del aglutinamiento de instituciones y dependencias estatales,

que actualmente desempeñan sus actividades en compartimentos estancos. De este

modo se logrará achicar el Estado Paraguayo, redefiniendo funciones y ordenando

las tareas inherentes de la PGR de acuerdo al concierto de las naciones a nivel

regional; dejando de ser vista solamente como representante legal en litigios

judiciales y extrajudiciales, para convertirse en una Institución que en general vele

por los intereses ciudadanos, redituando en beneficio del Desarrollo y la Defensa

Nacional.

Ayudará a llenar un hueco que fue dejado poco más de dos décadas atrás,

cuando la figura de la PGR fue incluida en la Constitución Nacional vigente, sin que

hasta la fecha se haya reglamentado la Ley. Pero principalmente, se podrán redefinir

las funciones inherentes a esta Institución, mucho más cercana a la ciudadanía y

prestando servicios que logren no solamente proteger, defender y representar los

intereses públicos, sino que en el seno institucional se puedan resolver numerosos

litigios, sin que los mismos tengan que llegar a estrados judiciales; dando la garantía

que al Estado Paraguayo le interesa cuidar de sus bienes e intereses, tanto como de

los derechos humanos de sus ciudadanos.

En un plazo no mayor de cinco años, servirá como instrumento para analizar

datos, estudiando los cambios positivos en la población; no solamente en lo que

respecta al achicamiento del Estado y su mayor eficiencia y eficacia, sino su enorme

4

influencia en el contexto del Desarrollo y la Defensa Nacional; porque con funciones

bien definidas, la PGR dejará de ser contraparte de algunos ciudadanos y organismos

en esfera judicial, para convertirse en una institución moderna, fortalecida y en

estrecha relación con la población, pudiendo mediar y ser árbitro, conciliando

perfectamente los intereses de cada parte, en la seguridad que siempre obrará

conforme a Derecho.

En el Paraguay, la PGR cumple solamente la función de representar al

Estado Paraguayo en los procesos judiciales, sin tener en cuenta que

constitucionalmente, su principal función es la de asesorar jurídicamente a las

instituciones públicas; responsabilidad ésta que no se cumple, porque cada ente

cuenta con sus asesores y direcciones jurídicas, quienes se encargan de realizar sus

funciones en compartimientos estancos, delegándose la tarea a la PGR, solamente

una vez que algún caso llega a esfera judicial. Y siempre se tiene a la Institución

como la encargada en el ámbito judicial, de velar por los intereses patrimoniales del

Estado Paraguayo, aún en detrimento de los Derechos Humanos de los ciudadanos,

cuando la verdadera función debería ser la de conciliar los derechos de las partes,

teniendo muy presente que los derechos de los ciudadanos, como elemento esencial

del Estado, deben ser resguardados de manera irrestricta.

Las posibles causas por las cuales la PGR no desempeña las tareas que le

competen, son varias; y se dan por ausencia de una normativa que reglamente sus

funciones, debilidad estatal en la optimización de las instituciones públicas,

inexistente coordinación interinstitucional, falta de voluntad para converger los

intereses y patrimonio del Estado con los de la ciudadanía, inexistente política de

planificación estatal y debilidad de las instituciones afectadas.

Y de continuar la situación actual, se pronostica un deficiente control estatal

de los verdaderos intereses nacionales, instituciones estatales alejadas de la

ciudadanía, ente encargado de casos judiciales en su etapa final, pagos de sumas

exorbitantes como honorarios profesionales a asesores jurídicos de diversos entes

estatales, diversas instituciones con funciones repetidas, falta de unificación de

criterios sobre un mismo tema, dispersión de instituciones y dependencias estatales

que persiguen fines comunes, falta de instancias extrajudiciales para solución de

5

conflictos, falta de responsabilidad del Estado ante hechos punibles cometidos por

los funcionarios públicos, inexistente achicamiento del Estado, escaso servicio a la

ciudadanía en general, falta de centralización en el control de la Cooperación

Internacional, entre otros.

A fin de superar esta problemática actual y a modo de control del

pronóstico, se presentan como opciones la reglamentación de la figura constitucional

de la PGR, adecuado rediseño de funciones y atribuciones acorde al concierto

regional, achicamiento del Estado, centralización de la asesoría jurídica y notaría

estatal, eficiencia en coordinación de acciones interinstitucionales, planificación

estatal adecuada que permita el control general del patrimonio nacional y de los

recursos públicos, control para el combate a la corrupción y el crimen organizado,

centralización en asuntos de Cooperación Internacional, contralor y responsable de la

Función Pública, protección a la ciudadanía en sus derechos integrales, servicio de

árbitro, mediador y conciliador extrajudicial.

Por lo expuesto, surgen las siguientes interrogantes:

- ¿Cuál es el grado de participación de la PGR en los asuntos de interés ciudadano?

- ¿De qué manera influiría la modernización, el fortalecimiento y el rediseño de

responsabilidad de la PGR en la eficacia y la eficiencia estatal?

- ¿Qué alcance tendría la redefinición de funciones de la PGR, desde la percepción

de los funcionarios de la institución y de la ciudadanía en general?

- ¿Qué incidencia y qué impacto tendrá la reformulación de atribuciones de la PGR,

desde la percepción de los niveles estratégicos, en función a las instituciones y

dependencias estatales existentes?

- ¿Es posible diseñar e implementar nuevas funciones en la PGR que reglamente esta

figura constitucional?

Para responder a estas interrogantes, se plantean otros cuestionamientos:

- ¿De qué manera puede el Estado mantener un nexo más estrecho y directo con la

6

ciudadanía, para la defensa de sus derechos?

- ¿Cuáles son los servicios ciudadanos que puede prestar la PGR?

- ¿Los Derechos Humanos de los ciudadanos, deben ser protegidos por la PGR,

aunque vaya en contra de los intereses patrimoniales del Estado?

- ¿Qué es lo que impide la eficacia y eficiencia estatal con respecto a sus bienes e

intereses patrimoniales?

- ¿De qué manera se pueden centralizar los entes y dependencias estatales con

funciones similares?

- ¿Qué se lograría con la modernización y el fortalecimiento institucional de la PGR?

- ¿De qué manera la ciudadanía podría constituirse en efectiva contralora del manejo

de los bienes del Estado?

- ¿Se podría optimizar la canalización de la Cooperación Internacional a través de la

PGR?

- ¿Actualmente se tiene un control de los recursos públicos, que hagan referencia al

patrimonio estatal?

- ¿De qué manera se lograría la total y real independencia de la PGR con respecto a

los tres Poderes del Estado?

- ¿Podrían converger los intereses estatales y ciudadanos en una sola institución

pública?

- ¿Cuáles son las funciones específicas que debe cumplir la PGR, en consonancia con

el sistema regional?

- ¿Cuáles son las instituciones y dependencias estatales que se verían afectadas?

- ¿De qué manera se puede contribuir al achicamiento del Estado, con la

reformulación de responsabilidades de la PGR?

7

- ¿De qué manera influiría en el Presupuesto General de Gastos de la Nación, la

redefinición de tareas de la PGR?

Teniendo en cuenta estas interrogantes, el Objetivo General de este trabajo,

es: “Reformular las funciones y atribuciones de la PGR con la centralización de

funciones de entes y dependencias estatales, a través de la modernización y el

fortalecimiento institucional, para lograr efectivizar el control, la defensa y la

protección de los bienes e intereses patrimoniales y de los recursos naturales y

públicos, como así también, de los servicios a la ciudadanía”.

Permitieron concretar este objetivo, otros Objetivos Específicos:

- Describir el grado de participación de la PGR en los asuntos de interés ciudadano.

- Conocer de qué manera influiría la modernización, el fortalecimiento y el rediseño

de responsabilidad de la PGR, en la eficacia y la eficiencia estatal.

- Determinar el alcance de la redefinición de funciones de la PGR, desde la

precepción de los funcionarios de la institución y de la ciudadanía en general.

- Analizar la incidencia y el impacto que tendrá la reformulación de atribuciones de

la PGR, desde la percepción de los niveles estratégicos, en función a las

instituciones y dependencias estatales existentes.

- Diseñar e implementar nuevas funciones en la PGR que reglamente esta figura

constitucional.

Frecuentemente tenemos conocimiento del pago de exorbitantes sumas de

dinero en concepto de honorarios profesionales, a funcionarios públicos que prestan

servicios en las direcciones jurídicas de entes públicos; y se trata de casos en los

cuales la PGR no tuvo participación. Además, se tiene el errado concepto de que la

Institución debe velar sola y exclusivamente por los bienes del Estado, cuando en

realidad las funciones deben ir mucho más allá, incluso velar por la irrestricta

defensa de los Derechos Humanos de la ciudadanía en general.

El interés consiste en estudiar y conocer los motivos por los cuales existe

8

tanta desidia por parte de las autoridades, para organizar los entes públicos,

centralizando las tareas afines que reditúe en el achicamiento del Estado; así como

crear un nexo directo con la ciudadanía en general, para protegerla en sus derechos y

prestándole servicios varios, que perfectamente puedan converger con los intereses

públicos; con el fin de diseñar una organización moderna y fortalecida, que permitan

llevar a cabo este cambio tan importante para lograr la optimización de la Institución.

Este trabajo no ha sido propuesto antes, y demostrará que con los resultados

de la investigación, se podrá contar con una Institución moderna y fortalecida, que

logre conciliar los intereses estatales con los particulares y comunitarios de los

ciudadanos. Constituirá un profundo cambio en la organización estatal, con miras al

apuntalamiento de la democracia, con una ciudadanía que se sienta protegida en sus

derechos y que esté dispuesta a ser activa contralora de los bienes e intereses

patrimoniales y recursos públicos, en la seguridad que estará beneficiando y

contribuyendo al Desarrollo y a la Defensa Nacional.

Del estudio de la Revisión Bibliográfica, se orientó la investigación, en base

al planteamiento de la siguiente hipótesis: “Una Institución pública organizada,

fortalecida y orientada a preservar los bienes, intereses y recursos patrimoniales

públicos, y a la vez a conciliar con el servicio ciudadano velando por sus derechos en

general, será el pilar fundamental en el sostén de la democracia como forma de

Gobierno y como forma de vida colectiva, iniciando y sustentando el Desarrollo y la

Defensa Nacional”.

9

II. REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA

2.1. MARCO CONCEPTUAL

2.1.1. Procuraduría General

Se entiende a la Procuraduría General, como la Institución estatal “que

posee múltiples competencias para la protección de los derechos de los pobladores y

la defensa del interés público”3. En el Paraguay, es uno de los Órganos

Constitucionales Autónomos, u Órganos Extrapoderes, “… que se emplea para

referirse a órganos estatales no situados en la órbita de alguno de los tres poderes

clásicos del Estado (Legislativo, Ejecutivo y Judicial)”4.

Pero dependiendo del Estado, las funciones van variando; como por

ejemplo, en países como los EE.UU., la Procuraduría está ligada al Tribunal

Supremo, representando al Estado cuando es parte en un juicio; pero también cuando

no lo es, “la Oficina del Procurador General participa a menudo en condición de

amicus curiae (amigo del tribunal) y asesora al mismo sobre el posible impacto del

caso en los intereses de Estados Unidos a largo plazo”5.

También la Procuraduría General está ligada exclusivamente a la Justicia, a

las Cortes, como sucede en España, donde existe el Consejo General de

Procuradores, que es un órgano colegiado encargado de representar a los ciudadanos

en casos judiciales ante las Cortes. “… el procurador en Cortes que es el que

representa a varias comunidades y regiones en la citada institución gubernamental,

3 DICCIONARIO, 2009, “¿Qué es, Significado y Concepto”, P. 1.

4 PARAGUAY, Corte Suprema de Justicia, 2007, “Órganos Constitucionales. Constitución Nacional. Los Órganos Constitucionales. Reglamentación”, P. II

5 EE.UU., 2009, “El Tribunal Supremo de los EE.UU.”, P. 5

10

el síndico general que es el que en los ayuntamientos se encarga de defender los

derechos de los pueblos, o el antiguamente conocido como procurador del Reino”6.

En España, “el Procurador de los Tribunales, quien posee una Licenciatura en

Derecho, representa a las partes en conflicto ante un Juzgado o un Tribunal. … el

Procurador, que debe trabajar en conjunto con el Abogado, debe garantizar al

normalidad de los procedimientos”7.

En varios países Latinoamericanos, Ministerio Público, Defensoría del

Pueblo, Asesoría Jurídica, Notaría y Escribanía Mayor, Contraloría General, Función

Pública, Anticorrupción, Patrimonio Cultural, Cooperación Internacional,

Comunidades Indígenas, Medioambiente y Derechos Humanos, forman parte de la

Procuraduría General; conjugando perfectamente la tarea de preservar los bienes, el

patrimonio, los intereses y los recursos públicos, con los derechos de los ciudadanos;

existiendo un nexo estrecho con la población, como elemento fundamental del

Estado, a la cual no solamente brinda servicios varios, sino que la orienta y la hace

partícipe activa como permanente contralora de la administración estatal. De modo

que la población toda, tiene a través de esta Institución, el ejercicio de la soberanía y

su representación, y a la vez, la protección en sus derechos elementales.

Y si bien en las diferentes naciones puede variar el nombre, así sea

Procuraduría General de la República, del Estado, de la Nación, o Contraloría

General, o simplemente Procuraduría General, la esencia es la misma.

2.1.2. Fortalecimiento institucional

Se entiende al Fortalecimiento Institucional, como “aquellos proyectos

destinados a modernizar y optimizar la capacidad institucional de los entes

estatales”8

. Y también se define como “creación y desarrollo de habilidades y

capacidades, institucionales e individuales, para la solución de problemas y cumplir

6 DICCIONARIO, 2009, Op. Cit., P. 1

7 Ibíd., P. 1

8 MÉXICO, 2011, “Programa de Fortalecimiento Institucional”, P. 1.

11

de manera efectiva con la misión institucional, en un escenario de largo plazo y de

sostenibilidad”9.

Sin embargo, y justamente por la falta de implementación de estos

proyectos, no se ha podido hasta hoy día modernizar y optimizar a la Procuraduría

General de la República, como ente estatal de suma importancia, que tiene como

prioridad la defensa del patrimonio del Estado; y que por ende, tampoco puede lograr

que cada funcionario que presta servicios en esta Institución, pueda de modo

individual ni grupal, llegar a la efectividad para cumplir a cabalidad con la misión

para la cual fue creada.

“El fortalecimiento institucional es el resultado de una serie de acciones

que implícita o explícitamente pretenden encontrar la mayor coherencia posible

entre los tres planos (Proyecto, Organización y Recursos), y sobre todo, generar un

saber colectivo (apropiación) al respecto. Por ello no existen „recetas de

fortalecimiento institucional‟”10

. Y en el caso de la PGR, no existe coherencia entre

los tres planos de la Institución, porque si bien existen proyectos, los mismos no

fueron llevados a cabo hasta la fecha; como tampoco se cuenta con la Carta Orgánica

que permita una organización perfecta, y se precisan de recursos en general, llámese

presupuesto, locales propios y personal suficiente para desempeñar a cabalidad con

el importante rol que le corresponde en la sociedad paraguaya.

Si bien la PGR desarrolla su tarea principal, que consistente en asumir la

defensa en juicio de los bienes estatales, no es suficiente, porque esta Institución

debe expandir sus funciones, a todo lo que haga referencia a la representación del

Estado, entendiéndose como a la preservación de sus bienes materiales y recursos

públicos, que comprende a su territorio y a su población, teniendo en especial

consideración a la defensa irrestricta de los Derechos Humanos.

Por eso, es necesario que la PGR, se aboque al esbozo de planes y

proyectos, que involucre para su elaboración a la totalidad de sus funcionarios y a

9 REY M., Dora I., 2005, “Fortalecimiento Institucional de Entidades del Estado para la Gestión de las Infraestructuras de Datos Espaciales”, P. 2.

10

ALATORRE, Gerardo, 1995, “Fortalecimiento Institucional. ¿Qué es? ¿A quién le sirve y para qué?”, P. 1

12

aquellos de otros entes con quienes la Institución trabaja de manera directa y

coordinada, de modo a obtener como producto, planes que sean necesarios, que se

ajusten a nuestra realidad y que principalmente sean realizables, para que como

Institución, cumpla con la misión constitucional que le fue asignada, con planes a

corto, mediano y largo plazos, que otorguen sostenibilidad al sistema democrático.

Pero primordialmente se debe tener en cuenta “la idea del fortalecimiento

institucional como un cambio radical del planteamiento de la ayuda al desarrollo,

como una evolución que debe identificar resultados sostenibles más allá de los

proyectos y de las intervenciones en relación al ejercicio de los derechos políticos,

económicos y sociales, bajo la asunción también de deberes cívicos y ciudadanos de

esas mismas personas, sin dejar por ello de identificar responsabilidades en el

ámbito de las administraciones públicas y considerar a la persona como

protagonista principal de propio progreso y bienestar”11

. Y es eso lo que se busca

con este trabajo; conjugar la defensa de patrimonio, intereses y recursos estatales,

con los derechos de los ciudadanos, a través de una Institución moderna y

fortalecida, muy cercana y abierta a la ciudadanía que debe ser permanente

contralora de la administración pública.

Y realizando una definición global, se puede concluir que el fortalecimiento

institucional, constituyen “aquellas acciones destinadas a apoyar procesos de

asimilación y práctica social de valores y principios inscritos en normas y reglas,

formales e informales (institucionales) que rigen el comportamiento de los agentes y

actores sociales (organizaciones) más influyentes para encauzar el desarrollo, tanto

en su propio financiamiento, de modo que les permita aumentar sus capacidades

organizacionales (estructurales), así como también en sus relaciones cotidianas con

el resto de la sociedad, concebida como aquel conjunto de personas (ciudadanos)

sujetos de derechos y deberes políticos”12

. Siendo esta relación estrecha entre la

PGR y la ciudadanía toda, la que se persigue con este trabajo de investigación, con el

fin último de prestar servicios ciudadanos que humanicen más a esta Institución

11

BEDOYA, Jesús: UGARTE, Álvaro, 2012, “Experiencias prácticas de fortalecimiento institucional”, P. 8

12

Ibíd., P. 11

13

estatal.

Pero principalmente se debe tener muy presente, que ningún proyecto de

fortalecimiento institucional trabaja en un entorno cerrado, estático y plano; y se

necesita de un amplio conocimiento de la realidad, la necesidad y la idiosincrasia de

la sociedad; por lo que “recetas” importadas no podrían funcionar, si son aplicadas

exactamente tal fueron implementadas en otros países.

2.1.3. Modernización Institucional

Se entiende por Modernización Institucional, “un proceso político–técnico

cuyo fin principal es fortalecer las capacidades institucionales de las organizaciones

públicas”13

; porque lo técnico y lo político deben ir de la mano, fortaleciendo las

instituciones públicas, a través de políticas públicas que logren cumplir con las

necesidades y expectativas de la ciudadanía. Por eso, podemos agregar que “una

institución moderna es aquella que identifica e internaliza los requisitos del

ciudadano en su accionar, entregando servicios acorde a sus expectativas y

promoviendo la mejora continua de nuestros procesos”14

.

Es la modernización institucional “un proceso continuo y sistemático en el

cual se busca aplicar a la realidad de una organización pública, técnicas e

instrumentos novedosos, que incidan en la normativa, tecnología, gestión,

infraestructura, recursos humanos y estructura, para satisfacer las demandas de los

habitantes del país”15

. Por lo cual, cuando se habla de modernizar una institución

pública, engloba todo lo que corresponde a la parte jurídica, el rediseño de sus

atribuciones y funciones, personal especializado e idóneo, infraestructura edilicia y

técnica y la implementación de NTICs.

Modernizar una institución es “orientar el diseño de organizaciones

modernas, innovadoras, flexibles y abiertas al entorno, alineadas a las estrategias,

13

ARGENTINA, 2013, “Proyecto de Modernización del Estado”, P. 1 14

COMISIÓN EUROPEA, 2012, Eurosocial, “Modernización como un desafío institucional”, P. 4 15

COSTA RICA, 2013, “Lineamientos Generales para Reorganizaciones Administrativas”, P. 5

14

estructuras y procesos definidos para el logro de los propósitos y resultados que de

ellas se esperan”16

; porque siempre se orienta a una entidad que esté con un nexo

cercano a la ciudadanía, y que a la vez, esté inmersa en cambios continuos,

adecuándose a las circunstancias cambiantes de un mundo que presenta constantes

oportunidades, y que siempre cumpla las expectativas que se generen.

2.1.4. Institución Pública

Institución es “cualquier organismo o grupo social que, con unos

determinados medios, persigue la realización de unos fines o propósitos”17

. Y se

entiende por Institución Pública “como el comportamiento organizado de aquellos

ciudadanos que sin buscar lucros (sin intereses económicos) y sin buscar poder (sin

intereses políticos), pretende salvaguardar los intereses de los individuos

particulares frente al Estado y frente al Mercado”18

; porque éste debe ser el

propósito principal, cual es, la defensa de los derechos de los ciudadanos, como fin

primordial. Entendiéndose que la población es elemento esencial del Estado, y que

por tanto, todo bien, interés y recurso estatal, finalmente pertenece a su población.

Una Institución Pública debe ser dinámica y comprende tres planos: su

misión, su estructura organizativa y el conjunto de recursos humanos, materiales,

financieros y la infraestructura en general (BEDOYA y UGARTE, 2012). Porque los

cambios continuos son necesarios a fin de adecuarse a los requerimiento de cada

época y de cada circunstancia que se de en la sociedad.

Y esos cambios deben ser integrales; dándose “en un marco de racionalidad

de asignación de recursos, eficiencia y eficacia en el uso de los mismos; con

capacidad de transformarse, adaptarse y responder en forma ágil y oportuna a las

demandas y necesidades de la comunidad, para el logro de los objetivos del

16

RUIZ, Laura, 2013, “Modernización Institucional”, P. 1 17

MIRÓ R., Pablo, 2011, “Concepto de Institución”, P. 1 18

BEDOYA CH., Jesús: UGARTE U., Álvaro, 2012, “Experiencias prácticas de fortalecimiento institucional”, P. 24

15

Estado”19

. Porque se debe tener en cuenta que la única forma de avanzar hacia la

construcción de sociedades más justas y humanas, es que todos los ciudadanos tomen

real conciencia de dicha necesidad, anteponiendo el bien común y el desarrollo de las

instituciones públicas; porque siempre la razón de las mismas, debe ser servir al

desarrollo de la sociedad, de la cual es producto (FLORES GODOY, 2008).

2.1.5. Servicio Público

Servicio Público, es “una actividad exclusiva del Estado, organizada

conforme a disposiciones legales reglamentarias vigentes, con el fin de satisfacer de

manera continua, uniforme y regular, las necesidades de carácter colectivo y, por

ende, de interés general, que se realiza por medio de la administración pública”20

.

Por tanto, es un servicio ofrecido exclusivamente por el Estado, normado, para todos

en general, dando una respuesta a las necesidades de la población; y lo que siempre

se debe perseguir, es que los servicios públicos estén dados dentro del marco de la

calidad.

Además, se debe tener presente que “las demandas de los ciudadanos deben

ser atendidas de manera rápida y ágil pero, a su vez, brindando prestaciones de

calidad. En este sentido, resulta esencial la percepción que los ciudadanos tengan

respecto a los servicios que se brindan para mejorar los sistemas de beneficios

rápidos, incorporar un mayor número de trámites a la guía de procedimientos on–

line y la transparencia de las compras que realiza el Estado, entre otros”21

; porque

se deben desburocratizar las instituciones públicas, y se deben palpar los resultados

en forma rápida, por parte de la ciudadanía; y que a su vez, ésta sea contralora

permanente de la administración de la cosa pública.

Por eso es necesario conocer a profundidad, cuáles son las verdaderas

necesidades y expectativas de la ciudadanía, porque es ése el servicio que debe

19

RUIZ, Laura, 2013, Op. Cit., P. 1 20

ARGENTINA, 2011, “La Calidad en los Servicios Públicos”. P. 11 21

ARGENTINA, 2013, “Proyecto de Modernización del Estado”, P. 3

16

prestar la institución pública, a fin de lograr el objetivo del Estado, con miras al bien

común (GADEA, 2000).

Se debe tener muy presente, que “hoy la Administración Pública, presta

servicios públicos concretos en el marco de amplias políticas generales,

persiguiendo que las prestaciones se adapten a cada necesidad en particular y que,

en determinados casos, potencien la igualdad de oportunidades de las personas,

para que todas ellas alcancen con plenitud el goce de los derechos y libertades

fundamentales, que la Constitución, los tratados internacionales y las leyes les

reconocen”22

. Y con esto, se tiene que siempre el Estado debe priorizar los derechos

elementales de la ciudadanía, porque solamente gozando plenamente de los mismos,

se puede palpar y gozar del servicio que la Administración Pública preste, en forma

general y siempre buscando dar seguridad integral a la población.

2.1.6. Desarrollo y Defensa Nacional

Es el “proceso continuo que permite a la población desenvolverse

armónicamente, alcanzando crecientes niveles de Bienestar General y Seguridad

Integral, en condiciones psicosociales, económicas, políticas, militares y científico-

tecnológicas”23

. Porque solamente una ciudadanía que se sienta protegida y a la vez

representada en sus derechos, podrá estar en condiciones de vivir con bienestar,

alcanzando el desarrollo comunitario y ejerciendo la soberanía nacional.

Y esto únicamente puede lograrse contando con una Procuraduría General

modernizada y fortalecida, con amplias funciones; en sintonía con el concierto e

intereses de la Región, con la población que participe activamente y sea consciente

que debe contribuir en el control de la administración pública, para el logro del

Desarrollo y la Defensa Nacional.

22

ARGENTINA, 2011, Op. Cit. P. 26 23

CUENCA ROTELA, Oscar, 2009, “Reflexiones sobre Política y Estrategia”, P. 35-39.

17

2.2. MARCO TEÓRICO

2.2.1. Centralización de la Asesoría Jurídica, de la Escribanía y

Notaría en la Administración Pública

Es muy importante centralizar en la PGR, la Asesoría Jurídica en la

Administración Pública en general y sin excepciones, de modo que esta Institución

esté empapada de la totalidad de los temas jurídicos desde su inicio, haciendo un

seguimiento exhaustivo, y de ese modo se puedan arbitrar los medios necesarios para

la efectiva defensa de los bienes, intereses y recursos públicos, así como preservar

los derechos elementales de los ciudadanos, tal y como ocurre en el Brasil, si se tiene

en cuenta que “es función de la AGU orientar y ejercer la supervisión técnica de los

órganos jurídicos de autarquías y fundaciones públicas”24

.

En el Paraguay, “otra de las funciones constitucionales encomendadas a la

Procuraduría General de la Republica, es la de asesorar a la administración

pública, esto se traduce en la producción de dictámenes, cuyo carácter -vinculante o

no – refuerza la necesidad de reglamentación de la normativa constitucional, a fin

de dar acabado cumplimiento al mandato constitucional que arroga a la institución

la noble misión de custodio del patrimonio estatal”25

. Pero mientras no exista la

reglamentación correspondiente, cada institución pública seguirá contando con su

respectiva Asesoría Jurídica, donde además de impedir la centralización de esta

función, se sigue contando con una enorme cantidad de funcionarios estatales,

quienes finalmente no solo perciben un elevado salario y demás beneficios, sino que

perciben honorarios profesionales que siguen desangrando a las arcas del Estado. Y

finalmente, cuando existen reveses en el campo judicial, en última instancia se

recurre a la PGR, o en el peor de los casos, el Fisco sigue desangrándose al abonar

indemnizaciones que bien pudieron evitarse, de estar centralizado el sistema Asesoría

Jurídica a la Administración Pública.

En Costa Rica, “Los dictámenes y pronunciamientos de la Procuraduría

General constituyen jurisprudencia administrativa, y son de acatamiento obligatorio

24

BRASIL, 2011, “Abogacía General de la Unión”, P. 1 25

PARAGUAY, 2012, “Procuraduría General de la República”, P. 10

18

para la Administración Publica”26

. Lo cual indica que existe unidad de criterio,

desde el momento que se centraliza esta función fundamental. Y lo mismo se observa

en el Ecuador, donde corresponde a la PGE “asesorar legalmente a los entes

públicos, emitiendo pronunciamientos con carácter vinculante que garanticen la

seguridad jurídica”27

.

Y si se tiene en cuenta que la Escribanía Mayor del Estado desempeña un

papel fundamental, es de vital importancia que esta dependencia forme parte y

dependa de la PGR, tal y como sucede en otros países, como en Costa Rica, donde

“las funciones de Notario del Estado serán ejercidas por los Procuradores que

requiera el buen servicio”28

. Y también en Nicaragua, donde “la Notaría del Estado

es el órgano que tiene a su cargo el Protocolo del Estado para el otorgamiento de

escrituras referente a actos y contratos en que sea parte el Estado”29

. Porque en la

actualidad, en cada institución pública se requieren los servicios de Notarios y

Escribanos Públicos, que con sus honorarios profesionales siguen desangrando a las

arcas del Estado, cuando lo correcto debería ser que la totalidad de los actos de la

Administración Pública, que requieran del concurso de un profesional, sean

realizados por la Escribanía Mayor del Estado.

2.2.2. La Procuraduría como Órgano Asesor de la Presidencia de la

República

En el Brasil, la AGU “es el órgano más elevado de asesoramiento del

Poder Ejecutivo. … asesora al presidente de la República en asuntos de naturaleza

jurídica y en el control interno de la legalidad de los actos de la administración,

además de sugerir medidas de carácter jurídico exigidas por el interés público”30

.

La PGR debe ser el Órgano Asesor de la Presidencia de la República, porque debe

26

COSTA RICA, 1982, “Ley Nº 6815 Orgánica de la Procuraduría General de la República”, Art. 2º, 27

ECUADOR, 2013, “Procuraduría General del Estado”, P. 1 28

COSTA RICA, 1982, OP. Cit., Art. 15º 29

NICARAGUA, 2013, “Procuraduría General de la República”, P. 1 30

BRASIL, 2011, Op. Cit., P. 1

19

existir unidad de criterio con respecto a los asuntos de interés público; y porque

además, todo tema jurídico debe estar alejado de influencias políticas.

El Procurador General no debe ser tenido en cuenta como el Abogado del

Presidente de la República, sino como el Abogado del Estado (GORDILLO, 2006); y

por ello mismo, la Institución bajo su responsabilidad, debe ser la que brinde el

asesoramiento exclusivo en materia jurídica, siempre con miras a preservar los

bienes y los intereses del Estado.

2.2.3. La PGR en Cooperación y Asuntos Internacionales

Es necesario que como interés público, sea la PGR la Institución que tenga a

su cargo los temas inherentes a la Cooperación Internacional, como así también a los

Asuntos Internacionales. En el Brasil, la AGU es el órgano que “interpreta la

Constitución, las leyes, los tratados y otros actos normativos. Esa interpretación

tiene que ser seguida uniformemente por órganos y entidades de la

administración de la nación, para que la jurisprudencia administrativa en Brasil sea

unificada”31

. Y es aquí donde se hace hincapié en la necesidad de la unidad de

criterio con respecto a cada caso en particular, y que sea la PGR la encargada de

realizar el estudio correspondiente a los tratados, convenios y préstamos

internacionales, a través de su personal técnico, de modo a prever lo concerniente a

la parte jurídica, y evitar situaciones engorrosas al momento de defender los intereses

nacionales.

En México, se cuenta con la Sub Procuraduría de Asuntos Internacionales

(México, 2013). Y la PGR “actúa de forma coordinada con las instituciones de los

tres órdenes de gobierno, para fortalecer las acciones de investigación y

persecución del delito, así como para dar a la actuación institucional la solidez y la

robustez jurídica que la cooperación internacional exige”32

. Mientras que en el

Ecuador, está a cargo de la PGE “Garantizar un eficaz y eficiente patrocinio del

31

BRASIL, 2011, Op. Cit., P. 1 32

MÉXICO, 2013, “Procuraduría General de la República”, P.1

20

Estado, en el ámbito nacional e internacional, ejerciendo su representación judicial

y el control de la legalidad de los actos y contratos que este celebre”33

. Siendo de

mucha importancia que todos los actos del Estado, con organismos internacionales,

sean revisados, evaluados y asesorados jurídicamente por la PGR.

2.2.4. La Contraloría General dependiente de la PGR

En varios países, la CGR es una dependencia de la PGR; porque a la

primera corresponde velar por el manejo transparente del patrimonio público,

mientras que a la segunda corresponde representar la defensa de los bienes e

intereses del Estado. Por tanto, ambas cumplen funciones similares sobre la cosa

pública; y no deberían trabajar en compartimentos estancos, y deben orientarse a la

unificación de criterios. Costa Rica es uno de esos ejemplos y “en el ejercicio de

estas funciones, la Procuraduría podrá inspeccionar oficinas públicas, sin previo

aviso, y requerir de ellas documentos e informaciones necesarias para el adecuado

cumplimiento de sus atribuciones contraloras”34

.

Además, si se tiene en cuenta que la ciudadanía debe ser contralora

permanente de la gestión pública, especialmente del uso y destino de sus bienes, es

importante que la CGR tenga dependencia de la PGR, porque “la incidencia de

control en políticas públicas es un reaseguro a la eficiencia y eficacia de la cultura

del control y del aseguramiento de una vida digna y garantizada en sus derechos

humanos a todas las personas, …”35

; porque debe siempre haber una gran

interacción entre la sociedad civil y los entes de fiscalización superior, debiendo

primar la transparencia en la administración pública, y el Pueblo Soberano debe tener

la atribución de conocer el destino y el uso de sus bienes.

Cabe citar también que el 10 de noviembre de 2010, se firmó un Convenio

de Cooperación y Apoyo Interinstitucional entre la PGR y la CGR, con el propósito

33

ECUADOR, 2013, Op. Cit., P. 1 34

COSTA RICA, 1982, Op. Cit., Art. 3º inc. k) 35

ABC COLOR, 2013, “Entes contralores buscan abrirse más a la ciudadanía”, P. 4

21

de “establecer líneas de acción que permitan a ambas instituciones afrontar de

manera más eficiente y eficaz la lucha contra la corrupción, a través de una mejor

coordinación, con énfasis en la cooperación interinstitucional y en el fortalecimiento

de los sistemas institucionales de trabajo, con base en la Convención Interamericana

Contra la Corrupción”36

. Y se puede notar que incluso se menciona la necesidad de

trabajar conjuntamente en la lucha anticorrupción, cuando injustificadamente, hoy

día existe una Secretaría Anticorrupción, agigantando el Estado y superponiendo

tareas iguales en varias dependencias públicas.

2.2.5. La PGR encargada de Anticorrupción

La Secretaría Anticorrupción en el Paraguay, tiene a su cargo el diseño y la

aplicación de mecanismos de control contra la corrupción en los organismos

estatales, como ser: malversación, tráfico de influencias, abuso de funciones y

enriquecimiento ilícito, entre otros; debiendo recibir denuncias contra funcionarios

públicos y dar trámites legales ante las instituciones pertinentes (PARAGUAY,

2013). Y es aquí donde se evidencia una vez más la superposición de tareas, de la

PGR con la CGR, la Secretaría de la Función Pública y la Secretaría Anticorrupción.

En otros países, se centraliza en la PGR todo lo que haga referencia a

malversación, mal desempeño de funciones, delitos económicos y crimen

organizado, así sea por parte de funcionarios públicos, como de la ciudadanía en

general, porque la corrupción ataca a los órganos estatales y perjudica al patrimonio

del Estado.

En la Rca. Dominicana, la PGR cuenta entre sus dependencias, con la

Dirección Nacional de la Persecución de la Corrupción Administrativa, que tiene a su

cargo “fortalecer de manera integral las investigaciones y acusaciones de los casos

de Lavado de Activos y otras infracciones graves y procurar las sanciones que

correspondan a la luz de la ley 72-02 sobre lavado de activos provenientes del

tráfico ilícito de drogas, sustancias controladas y otras infracciones graves, evitando

36

PARAGUAY, 2010, “Convenio de Cooperación y Apoyo Interinstitucional”, P. 1

22

así la impunidad y al mismo tiempo garantizar que este tipo de crimen no afecten la

economía dominicana”37

. Teniendo así la Institución, que representar al Estado en

estos casos de comisión de hechos punibles, en los cuales se afecta al patrimonio

nacional.

En Nicaragua, la PGR se encarga de “Dirigir, coordinar y supervisar, en

representación del Estado, procesos judiciales por incumplimiento de obligaciones

tributarias o fiscales”38

; teniendo en cuenta que la evasión fiscal es un hecho punible

contra las arcas estatales. Mientras que en México, se cuenta con la Sub Procuraduría

de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (MÉXICO, 2013) y “la

PGR combate decididamente al fenómeno delictivo y a la delincuencia organizada

nacional y transnacional con estricto respecto a los derechos humanos”39

.

Y en Rca. Dominicana, “el Departamento contra el Tráfico Ilícito de

Migrantes y Trata de Personas de la Procuraduría General de la República

Dominicana, hace cumplir la Ley 137-03, que sanciona los delitos de Tráfico Ilícito

de Migrantes y Trata de Personas”40

. Demostrándose de este modo, que todo tipo de

hechos punibles que atente contra las arcas estatales y contra los derechos esenciales

de la ciudadanía, se centralizan en la PGR, como Institución que vela por los bienes,

intereses y recursos estatales, además de los Derechos Humanos de los ciudadanos en

general.

2.2.6. Derechos Humanos a cargo de la PGR

En México, en la Ley Orgánica se establece que “corresponde a la

Procuraduría General de la República: … Velar por el respeto de las garantías

individuales y los derechos humanos en la esfera de su competencia. En el ejercicio

de esta atribución la Procuraduría General de la República deberá: a) Fomentar

37

RCA. DOMINICANA, 2010, “Procuraduría General de la República”, P. 1 38

NICARAGUA, 2013, Op. Cit., P. 1 39

MÉXICO, 2013, Op. Cit., P.1 40

RCA. DOMINICANA, 2010, Op. Cit., P. 1

23

entre sus servidores públicos una cultura de respeto a las garantías individuales y

los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano y los tratados

internacionales en que los Estados Unidos Mexicanos sea parte; …”41

. Y para el

efecto, cuenta con la Sub Procuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito

y Servicio a la Comunidad (México, 2013); que comprende la capacitación a la

totalidad de los funcionarios públicos del país, de modo que los ciudadanos en

general sean preservados en sus derechos elementales.

Es “la primera institución en México en llevar a cabo la implementación

del Protocolo de Estambul, como política pública de prevención y erradicación de la

tortura y el maltrato en la investigación de los delitos”42

; porque de ese modo se

evitan casos de demandas contra el Estado, por violación de los derechos inherentes

a todo ser humano. Y “la Procuraduría constituyó como línea estratégica de acción,

el fomento y difusión de la cultura de la protección a los derechos humanos e

implantó el programa permanente de promoción, fortalecimiento y capacitación en

esta materia; dentro del cual se establecen las siguientes acciones: promover,

fomentar, arraigar y capacitar al personal de la Institución en la cultura de la

protección a los derechos humanos; generar confianza en la sociedad de que en sus

acciones la Institución respeta los derechos humanos y atacar decididamente y

prevenir las causas de violaciones a derechos humanos”43

.

Porque es muy común escuchar decir que solamente se respetan los

Derechos Humanos de los delincuentes y criminales, y no así de las víctimas; cuando

en realidad, estos derechos elementales solamente pueden ser violentados por parte

de funcionarios públicos que actúen en nombre y representación del Estado. Porque

cuando es un particular quien comete un hecho punible, están los resortes legales

donde acudir a fin de obtener Justicia. Y se ha demostrado que la PGR puede

perfectamente converger en sus funciones la protección y defensa del patrimonio

estatal, con los Derechos Humanos de los ciudadanos en general.

41

MÉXICO, 2012, “Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República”, Art. 5º, V, P. 7 42

MÉXICO, 2007, Op. Cit., P. 1 43

MÉXICO, 2013, Op. Cit., P. 1

24

2.2.7. La Función Pública dependiente de la PGR

En Colombia, la PGN “tiene como principal objetivo el llevar a cabo el

control, la gestión, la vigilancia y la supervisión de la función pública que realizan

los empleados del Estado. En concreto, desde la misma se deja patente que tiene tres

funciones: preventiva, de intervención y disciplinaria”44

. La prevención se realiza

controlando el desempeño de los funcionarios públicos, y advirtiendo sobre las

sanciones en caso de violación de las normas. La intervención que no es facultativa

sino imperativa, realiza en esfera Contencioso-Administrativa, Constitucional, Civil,

Penal, Penal Militar, Laboral, Familiar, Agraria y Ambiental. Mientras que la

disciplinaria es a efectos de investigar y fallar en cuanto al desempeño en las

responsabilidades de los funcionarios públicos.

Y aquí entra a tallar también lo que corresponde a la superposición de

funciones con la CGR, la Secretaría Anticorrupción y Derechos Humanos, porque se

encarga en forma íntegra de los temas inherentes al desempeño en general de los

funcionarios públicos, porque “conformada por 3.400 servidores, la Procuraduría

tiene autonomía administrativa, financiera y presupuestal en los términos definidos

por el Estatuto Orgánico del Presupuesto Nacional. Es su obligación velar por el

correcto ejercicio de las funciones encomendadas en la Constitución y la Ley a

servidores públicos, …”45

.

También en Costa Rica, “son atribuciones de la Procuraduría General de la

República … defender a los servidores del Estado, cuando se siga acción penal

contra ellos por actos o hechos en que participaren en el ejercicio de sus funciones.

En ningún caso podrá defenderse a servidores que hayan cometido delito en contra

de los intereses de la Administración Pública, o que hayan violado los derechos

humanos”46

. Y es aquí donde la PGR se vuelve protectora de los funcionarios

públicos, siempre y cuando, los mismos no hayan cometido hechos punibles de

corrupción o violación de derechos fundamentales. Y marca una diferencia sustancial

44

DICCIONARIO, 2009, Op. Cit., P. 1 45

COLOMBIA, 2011, “Procuraduría General de la Nación”, P. 1 46

COSTA RICA, 1982, Op. Cit., Art. 3º inc. g), P. 2

25

con la PGR de Paraguay, porque aquí se defiende al patrimonio del Estado en casos

de violaciones a los Derechos Humanos, cuando perfectamente se puede conjugar la

defensa del patrimonio estatal con los derechos fundamentales de la ciudadanía en

general, y ser los primeros en condenar hechos de lesa humanidad cometidos por

funcionarios públicos. Porque definitivamente el Estado debe ser responsable de los

actos cometidos por sus funcionarios, teniendo en cuenta que debe ser responsable

desde el momento mismo en que se nombra o contrata a un personal, que obrará en

nombre y representación de la Nación.

En un Congreso reciente, el titular de la CGR manifestó que “… la

institución está comprometida en liderar la implementación de la cultura del control

en todos los servidores públicos y así generar la revalorización de la administración

pública, en toda su amplia dimensión, y con ello lograr que los usuarios de los

servicios, los ciudadanos, estén satisfechos por los servicios o bienes recibidos”47

;

intenciones éstas muy plausibles, porque el Pueblo Soberano debe ser contralor

permanente del desempeño de los funcionarios públicos. Pero una vez más, se

superponen funciones en diferentes entes estatales, porque compete a la Función

Pública el evalúo del contrato y nombramiento de éstos, además de llevar adelante el

sumario Administrativo en caso de denuncias por mal desempeño de funciones;

como compete a la CGR el uso de los bienes del Estado y a la PGR velar por los

intereses de la Nación.

En Bolivia, la PGE tiene como una de sus funciones, “requerir a la máxima

autoridad ejecutiva de las entidades públicas el enjuiciamiento de las servidoras

públicas o los servidores públicos que, por negligencia o corrupción, ocasionen

daños al patrimonio del Estado”48

. Mientras que en Costa Rica, la PGR actúa con

especial tutela en materia de la ética pública (COSTA RICA, 2007). Por lo cual se

aprecia que en diferentes países, esta Institución reúne en su seno, todo lo que haga

referencia a los funcionarios públicos, desde su ingreso, pasando por el control, la

gestión, la capacitación, la vigilancia, la supervisión, la defensa, y hasta la solicitud

del enjuiciamiento para quienes cometen hechos de corrupción.

47

ABC COLOR, 2013, “Contraloría aboga por la cultura de la transparencia”, P.8 48

BOLIVIA, 2011, “Procuraduría General del Estado”, P. 1

26

2.2.8. PGR a cargo de Medioambiente y Recursos Naturales

Porque el Medioambiente y los Recursos Naturales forman parte del

patrimonio estatal, en Costa Rica la PGR actúa con especial tutela en materia

ambiental (COSTA RICA, 2007); y “son atribuciones de la Procuraduría General

de la República … Actuar en defensa del patrimonio nacional, de los recursos

existentes en la zona marítimo-terrestre, … Tomar las acciones legales procedentes

en salvaguarda del medio, con el fin de garantizar el derecho constitucional de toda

persona a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado … coordinar acciones con

instituciones públicas y privadas, especialmente con municipalidades, asociaciones

de desarrollo comunal y organismos ambientales de carácter no gubernamental, a

fin de poner en marcha proyectos y programas de información jurídica sobre la

protección del ambiente, … mediante actividades preventivas que involucren a las

comunidades del país.”49

.

Y es aquí donde nuevamente se hace necesario que en el Paraguay, la

Secretaría del Ambiente forme parte de la PGR, porque tanto el Medioambiente

como los Recursos Naturales en general, como bienes comunes, deben ser cuidados y

preservados como patrimonio estatal.

También en Rca. Dominicana, la PGR tiene a su cargo “Vigilar, Promover

el cumplimiento de la Legislación Ambiental y de los Recursos Naturales, mediante

la realización de actos de autoridad (Inspección, Verificación y Vigilancia) en forma

directa a través de su personal, o en forma concurrente con la sociedad u otras

instancias del gobierno, así como calificar y aplicar sanciones sobre actos ilícitos en

la materia para poder contribuir al aprovechamiento duradero de los Recursos

Naturales renovables y la preservación y mejoramiento del ambiente y estimular el

cumplimiento voluntario de la Legislación Ambiental que permita una mejor vida

para todos”50

.

En el Perú, “La Contraloría General de la República inicia sus actividades

en materia de auditoría ambiental, de manera formal, con la emisión de la Ley …

49

COSTA RICA, 1982, Op. Cit., Art. 3º inc. h), P. 2 50

RCA. DOMINICANA, 2010, OP. Cit., P. 1

27

que le otorga la atribución legal para efectuar auditorías ambientales e informar

sobre sus resultados periódicamente al Congreso de la República. Su instalación

como unidad orgánica se produce a partir de la emisión del Reglamento de

Organización y Funciones, aprobado por Resolución de Contraloría … “51

.

Estableciéndose como su función y atribución, “Efectuar las acciones de control

ambiental y sobre los recursos naturales, … informando semestralmente sobre el

resultado de las mismas y sobre los procesos administrativos y judiciales; si los

hubiere, a las Comisiones competentes del Congreso de la República”52

.

En Nicaragua, la PGR tiene también como misión, “Incidir de forma

efectiva en la gestión ambiental garantizando el aprovechamiento racional de los

recursos naturales y la disminución de actividades que generan impactos negativos

significativos para el ambiente”53

.

En Guatemala, la PGN “representa al Estado cuando existe vulneración de

las normas ambientales o al sistema ambiental del país, ejercitando las acciones

legales correspondientes ante los órganos jurisdiccionales o administrativos

competentes logrando el resarcimiento ambiental o pecuniario del daño ocasionado.

Le corresponde la conservación, preservación y restauración ambiental”54

. Y es de

este modo como el Estado se hace presente no solo para cuidar un bien común, sino

para obligar a su restauración y a una multa en caso que se violenten las normas,

teniendo en cuenta que se perjudica a lo que debe ser considerado como de interés

patrimonial.

2.2.9. Patrimonio Cultural a cargo de la PGR

En el Perú, la CGR tiene a su cargo “Efectuar las acciones de control …

sobre los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación, informando

51

PERÚ, 2013, “Contraloría General de la República”, P. 1 52

Ibíd. 53

NICARAGUA, 2013, Op. Cit., P. 1 54

GORDILLO G., Mario E., “Exposición en Colombia en el SIDIE”, P. 1

28

semestralmente sobre el resultado de las mismas y sobre los procesos

administrativos y judiciales; si los hubiere, a las Comisiones competentes del

Congreso de la República. … la CGR viene contribuyendo al fortalecimiento de la

gestión ambiental y cultural de las entidades gubernamentales competentes, a través

de acciones y actividades de control, a efecto de coadyuvar con el desarrollo

sostenible de la Nación, así como con la identidad cultural nacional”55

. Y tiene

como principales funciones, planear, organizar, dirigir, ejecutar acciones y

actividades de control, así como formular metodologías y procedimientos para el

control del patrimonio cultural (PERÚ, 2013).

El Patrimonio Cultural debe ser entendido como un patrimonio estatal,

porque es de interés de todos en general; y dentro del Patrimonio Cultural, debe

tenerse presente a la defensa y la preservación de los indígenas, por lo cual, el INDI

debería también tener dependencia de la PGR.

2.2.10. Servicios Ciudadanos

En varios países, la PGR en constante y cercano nexo con la sociedad civil,

tiene a su cargo innumerables servicios ciudadanos, haciendo las veces de la

Defensoría del Pueblo y Defensa al Consumidor, que de hecho forman parte de la

Institución; con atención a denuncias varias, asesoría ciudadana, programas de

protección a víctimas y testigos, denuncia y seguimiento a casos de personas

extraviadas, programas de recompensa, y los casos de conciliación, mediación y

arbitraje, que logran solucionar conflictos antes que lleguen a esferas judiciales.

En lo referente a atención a denuncias varias, en México, se ha creado en el

seno de la PGR el Centro de Denuncia y Atención Ciudadana, que tiene a su cargo

orientar en materia jurídica, social y psicológica, además de atender denuncias y

quejas, y asesorar con respecto a otros servicios que presta la Institución (MÉXICO,

2013). Y como un servicio a la comunidad, tiene a su cargo fomentar la denuncia

ciudadana, para la cual “se implementaron las campañas „Denuncia Anónima de

55

PERÚ, 2013, Op. Cit., P. 1

29

Delitos Federales‟, especialmente los referentes a la salud, y „Abre los Ojos, pero no

Cierres la Boca‟ acerca de la prostitución y pornografía infantil”56

. Mientras que en

Nicaragua, “la Oficina de Denuncia Ciudadana atiende a la Ciudadanía que se

presenta a la Procuraduría General de la República y cuenta con un equipo de

profesionales del derecho, cuya función principal es brindar una atención cómoda,

cálida, rápida, veraz y eficiente”57

.

En lo que respecta a las víctimas de violencia en general, en la Rca.

Dominicana, en el seno de la PGR se encuentra la Dirección Nacional de Atención a

Víctimas, que tiene a su cargo “dirigir, coordinar y articular los esfuerzos de las

instituciones y organismos comprometidos con la protección, atención, intervención

y/o seguimiento de las víctimas de violencia, además de prevenir la violación de sus

derechos”58

.

Referente a la desaparición de personas, la Sub Procuraduría de Derechos

Humanos, Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad de México, cuenta con el

Programa “Apoyo a familiares de personas extraviadas, sustraídas o ausentes”, con el

objetivo de coadyuvar en la búsqueda y localización de las mismas (MÉXICO,

2013).

Con respecto al programa de recompensas, la PGR de México tiene como

atribución “ofrecer y entregar recompensas en numerario, en un solo pago o en

exhibiciones periódicas, a personas que aporten información útil relacionada con

las investigaciones y averiguaciones que realice, así como a aquéllas que colaboren

en la localización y detención de probables responsables de la comisión de delitos,

en los términos y condiciones que mediante acuerdo determine el Procurador

General de la República; …”59

. Y de este modo, siendo el dinero del Estado el que

se utiliza para estos casos, debería estar a cargo exclusivo de la PGR el programa que

además reglamente este tipo de acciones, y que contemple la protección de los

56

MÉXICO, 2013, Op. Cit., P. 1 57

NICARAGUA, 2013, Op. Cit., P. 1 58

RCA. DOMINICANA, 2010, Op. Cit., P. 1 59

MÉXICO, 2012, Op. Cit., Art. 5º, XI, P. 8

30

informantes.

En lo que respecta a la atención ciudadana en conflictos que pueden

resolverse por conciliación, mediación o arbitraje, evitando que lleguen a instancias

superiores, en el Ecuador, la PGE tiene como objetivo estratégico, “fomentar la

mediación como fórmula de solución de conflictos”60

. Y en Panamá, la Procuraduría

de la Administración, tiene a su cargo, “Promover la mediación como una

alternativa para la solución pacífica de los conflictos comunitarios, con la finalidad

de prevenir la violencia, reducir los litigios en el ámbito administrativo, fomentar

una cultura de la paz y garantizar el acceso a la justicia”61

.

2.3. MARCO HISTÓRICO

2.3.1. Época Precolombina

En esta época, los nativos estaban divididos en grandes comunidades, y cada

grupo poseía exclusividad sobre una extensa área territorial y cada familia poseía un

lote de tierra en las plantaciones en común, y cada esposa su huerta particular

(CARDOZO, 1996). De modo que solamente los objetos de uso personal eran de

cada uno o “Ava mba‟e” y la propiedad era comunal o “Tupa mba‟e”, estando la

administración de los bienes comunales a cargo del Jefe o Cacique de cada tribu.

2.3.2. Época de la Conquista

En esta época, “la colonia se impuso en la medida en que consiguió, por

las buenas o las malas, avanzar sobre el terreno y apropiarse de los territorios

indígenas. … en el mundo colonial hubo algunas políticas y leyes, que defendieron a

los pueblos indígenas y permitieron que mantuvieran sus territorios. Los tres

pueblos misioneros de los franciscanos y los treinta y dos jesuíticas fueron un

relativo triunfo de humanidad en aquel contexto. Los guaraníes que en ellas

60

ECUADOR, 2013, Op. Cit., P. 1 61

PANAMÁ, 2012, Procuraduría de la Administración”, P. 1

31

vivieron, si bien colonizados en muchos aspectos, retuvieron tres aspectos esenciales

de su cultura: la lengua, el sistema económico de reciprocidad, sin entrada ni

circulación de moneda y un amplísimo territorio continuo, donde la entrada de los

colonos estaba muy restringida”62

.

2.3.3. Época de la Colonia

En esta época, “el Gobernador era el jefe superior de los pueblos guaraníes

y de él dependía el nombramiento de los administradores, … la resolución del

Consejo de Indias estableció el cargo del administrador como el responsable de la

solvencia económica de los pueblos. … era llamado también „propietario del pueblo‟

… se le permitía el manejo casi absoluto de los bienes, con o sin consenso del

Gobernador”63

.

2.3.4. Época Independiente

El 1 de marzo de 1814, por Ley, el Dr. Francia decretó que todos los bienes

de los españoles o extranjeros que fallecieran en país y aunque tuvieran herederos,

debían quedar directamente en propiedad al Estado paraguayo; y además, expropió

tierras de la Iglesia, prohibió la extracción de metales preciosos y monopolizó el

comercio exterior, mientras que la propiedad de la tierra pasó progresivamente a

manos del Estado (CARDOZO, 1996). De modo que la preservación y control de los

bienes estatales estaban a cargo exclusivo del dictador.

En 1844, durante la presidencia de Don Carlos Antonio López, con la

promulgación de la Constitución Nacional de 1844 más conocida como “Ley que

establece la administración política de la República del Paraguay, y demás que en

ella se contiene”, la administración y cuidado de los bienes del Estado estaban a

cargo del Ministerio de Hacienda (CARDOZO, 1996).

62

CENTRO CULTURAL DE ESPAÑA JUAN DE SALAZAR, “Pueblos Indígenas en el Paraguay”. 2011, P. 5

63

SUSNIK, Branislava, 1965, “El Indio Colonial del Paraguay”, P. 1

32

2.3.5. Antecedente a mediados del siglo XX

El Decreto-Ley Nº 6623/1944 “Que reglamenta las Demandas contra el

Estado”, de fecha 31 de diciembre de 1994, es el antecedente con el cual se cuenta,

con respecto a normar las funciones de lo que hoy día es la actual PGR. Y por dicho

Decreto-Ley se estableció el procedimiento que se debía observar para las demandas

en contra del Estado paraguayo (PARAGUAY, 2007).

2.3.6. Creación de la PGR

Con la Constitución Nacional promulgada en el año 1992, “se sentaron las

bases de separación y control recíproco de poderes, favorable a la mayor

transparencia de la gestión pública, …”64

. Y es así que se creó la figura

constitucional de la PGR, y “se adscribió al diseño que separa y diferencia la

función de la custodia del interés patrimonial estatal, por una parte, haciendo de

ella una de sus funciones esenciales; …”65

.

2.4. MARCO LEGAL

2.4.1. Constitución Nacional

La Constitución Nacional hace referencia a la Institución, disponiendo que

“La Procuraduría General de la República está a cargo de un Procurador General y

de los demás funcionarios que determine la ley”66

.

Y también establece “De los requisitos y del nombramiento. El Procurador

General de la República debe reunir los requisitos exigidos para ser Fiscal General

del Estado, es nombrado y removido por el Presidente de la Republica. Las

64

PARAGUAY, 2012, Op. Cit., P. 4 65

Ibíd., P. 5 66

CONSTITUCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, Art. 244º

33

incompatibilidades serán establecidas en la ley”67

.

Dispone además, “De los deberes y atribuciones. Son deberes y

atribuciones del Procurador General de la Republica: a. representar y defender,

judicialmente o extrajudicialmente los intereses patrimoniales de la República. b.

dictaminar en los casos con los efectos señalados en las leyes. c. asesorar

jurídicamente a la Administración Pública en la forma que determine la ley, y d. los

demás deberes y atribuciones que fije la ley”68

.

2.4.2. Carta Orgánica

La Carta Orgánica de la PGR se encuentra en estudio en el Parlamento

Nacional, en las Comisiones de Asuntos Constitucionales, Defensa Nacional y

Fuerza Pública, y en la Comisión de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.

Por tanto, no está aún reglamentado su funcionamiento, deberes y atribuciones.

2.5. MARCO REFERENCIAL

Con el fin de demostrar la objetivo general de este trabajo, es necesario

realizar un paralelismo entre las principales funciones y atribuciones de la

Institución, denominada Procuraduría General de la República, del Estado, de la

Nación, o Contraloría General, de otros países de América, con respecto a las que

actualmente cumple la PGR de Paraguay.

2.5.1. Argentina

En la Argentina, la PGN tiene como dependencias principales, la encargada

de Delitos contra la Administración Pública, de Trata de Personas, de Delitos

67

CONSTITUCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, Art. 245º 68

Ibíd., Art. 246º

34

Tributarios y Contrabando y la Unidad Fiscal de Derechos Humanos. Y se debe tener

en cuenta que “el Procurador General de la Nación, es quien está al frente del

Ministerio Público Fiscal”69

.

2.5.2. Brasil

En el Brasil “la Abogacía General de la Unión (AGU) es el órgano más

elevado de asesoramiento del Poder Ejecutivo. La Constitución de la

Nación brasileña la clasifica como esencial a la Justicia. Por eso, el órgano asume

la posición de órgano de dirección superior y no está vinculado a ninguno de los

Tres Poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). … asesora al Presidente de la

República en asuntos de naturaleza jurídica y en el control interno de la

legalidad de los actos de la administración, además de sugerir medidas de carácter

jurídico exigidas por el interés público”.70

. El Procurador General representa a la

Unión mediante el Superior Tribunal de Justicia en las cuestiones civiles y laborales;

y el Procurador General de la Economía Nacional, en la ejecución de la deuda activa

de naturaleza tributaria.

2.5.3. Bolivia

En Bolivia, “la Procuraduría General del Estado es un órgano

independiente de representación jurídica del Estado, que promueve, defiende y

precautela los intereses y el patrimonio del pueblo boliviano, especialmente en

materia de inversiones, derechos humanos y medio ambiente”71

. Entre sus

principales funciones también están las de Atención a Denuncias y Reclamos

Ciudadanos en casos que afectan el patrimonio estatal y la de requerir el

enjuiciamiento de funcionarios públicos que sean corruptos o que dañen el

patrimonio del Estado.

69

DICCIONARIO, 2009, OP. Cit., P. 1 70

BRASIL, 2011, Op. Cit., P. 1 71

BOLIVIA, 2011, Op. Cit., P. 1

35

2.5.4. Costa Rica

En Costa Rica “la Procuraduría General de la República es el órgano

superior consultivo, técnico - jurídico, de la Administración Pública, y el

representante legal del Estado en las materias propias de su competencia. Tiene

independencia funcional y de criterio en el desempeño de sus atribuciones”72

.

Además, es “asesor de la Sala Constitucional; Notario del Estado; y facilitador de

información jurídica a la sociedad. Actuamos con especial tutela en materia

ambiental y de la ética pública”73

. Cuenta entre sus dependencias, con el Área de la

Función Pública, el Área Ambiental y la Notaría del Estado.

2.5.5. Colombia

En Colombia, esta institución tiene como atribuciones “vigilar el

cumplimiento de la Constitución y la Ley, promover la protección de los derechos

fundamentales, el respeto de los deberes ciudadanos y proteger el patrimonio

público, siendo referente de eficiencia, eficacia y valoración ética en el ejercicio de

la función pública. … La Procuraduría General de la Nación, es la Entidad que

representa a los ciudadanos ante el Estado. Es el máximo organismo del Ministerio

Público, conformado además por la Defensoría del Pueblo, la Personería”74

.

Entre sus dependencias se encuentran la Unidad Anticorrupción, la de

Derechos Humanos, la División Centro de Atención al Público, el Centro de

Atención al Servidor, la Vigilancia de la Función Pública, la Conciliación

Extrajudicial Contencioso-Administrativa, Asuntos Ambientales y Agrarios,

Disciplina para la Defensa de los Derechos Humanos y Protección de Grupos

Étnicos.

72

COSTA RICA, 1982, Op. Cit., Art. 1º, P. 1 73

COSTA RICA, 2007, “Procuraduría General de la República”, P. 1 74

COLOMBIA, 2011, Op. Cit., P. 1

36

2.5.6. Ecuador

En el Ecuador, la PGE cuenta entre sus atribuciones, con la representación

judicial del Estado, el patrocinio del mismo y de la totalidad de las dependencias

públicas, el asesoramiento legal y la absolución de consultas jurídicas a los

organismos y entidades del sector público con carácter vinculante (ECUADOR,

2008). La Institución “es un organismo público, técnico jurídico, con autonomía

administrativa, presupuestaria y financiera, dirigido y representado por la

Procuradora o Procurador General del Estado, designado para un período de

cuatro años”75

. Teniendo como misión “defender judicial y extrajudicialmente al

Estado; absolver consultas legales con criterio vinculante; y, ejercer el control de la

legalidad de los actos y contratos del sector público, en beneficio de los objetivos

nacionales”76

.

2.5.7. Guatemala

En Guatemala “la Constitución le reconoce a la Procuraduría la función de

asesoría y consultoría de los órganos y entidades estatales y su organización y

funcionamiento se legislará por Ley Orgánica”77

. Entre sus funciones más

importantes, se encuentran la Abogacía Civil, la Penal y la Laboral del Estado; la

Unidad del Medioambiente, además de “ejercer la representación del Estado de

Guatemala dentro y fuera del territorio nacional sosteniendo los derechos de la

Nación en todos los juicios en que fuera parte, … Así también interviene en trámites

administrativos y negocios en que estuviere interesado el Estado, formalizando los

actos y suscribiendo los contratos que sean necesarios para el cumplimiento de tal

fin”78

.

La PGN en Guatemala, “es una institución pública de carácter técnico

75

ECUADOR, 2008, “Constitución de la República del Ecuador”, Art. 235º, P. 119 76

ECUADOR, 2013, OP. Cit., P. 1 77

GUATEMALA, 2011, “Procuraduría General de la Nación”, P. 1 78

Ibíd.

37

jurídico, creada por mandato constitucional, a quien se encomienda la personería

jurídica del Estado de Guatemala, de la niñez y de la juventud, así como las

funciones de asesoría y consultoría jurídica de la Administración Pública, y otras

específicas que las leyes establecen, …”79

.

2.5.8. México

En México, la PGR tiene como misión “contribuir a garantizar el Estado

democrático de Derecho y preservar el cumplimiento irrestricto de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante una procuración de justicia

federal eficaz y eficiente, apegada a los principios de legalidad, certeza jurídica y

respeto a los derechos humanos, en colaboración con instituciones de los tres

órdenes de gobierno y al servicio de la sociedad”80

. Y entre sus principales

dependencias se encuentran: Combate a la Corrupción, Cooperación Internacional,

Derechos Humanos, Programa de Recompensas, Personas Extraviadas y Servicios a

la Comunidad.

2.5.9. Nicaragua

En Nicaragua, la PGR tiene como función “ejercer la representación legal

y defensa de los intereses del Estado, rescatando una cultura de honestidad,

legalidad, justicia, equidad social, creando un ambiente óptimo para el desarrollo

socio económico de la nación. … Consolidarse como institución líder en la defensa

del Estado de Derecho, la lucha contra la corrupción, en la seguridad jurídica del

derecho de la propiedad, y la promoción del control social a la gestión pública

sirviendo permanentemente a la población, con eficiencia y eficacia para generar

una actitud de confianza y respeto a la Ley”81

.

79

GUATEMALA, 2011, Op. Cit., P. 1 80

MÉXICO, 2013, Op. Cit., P. 1 81

NICARAGUA, 2013, Op. Cit., P. 1

38

Entre sus principales atribuciones, están la representación del Estado, la

Asesoría de los Órganos del Estado, velar por los intereses de la Hacienda Pública,

supervisar el Estado de Derecho, la defensa del Ambiente, y la Notaría y custodia de

Escrituras y Títulos (NICARAGUA, 2013). Mientras que sus dependencias

principales son la Procuraduría para la Defensa del Medioambiente y de los Recursos

Naturales, la Notaría del Estado, Procuraduría de la Propiedad y Bienes del Estado,

la Unidad Anticorrupción, la Unidad contra Delitos Económicos, la Unidad contra el

Crimen Organizado, la Unidad de Asuntos Internacionales, Derechos Humanos y

Humanitarios.

2.5.10. República Dominicana

La PGR en Rca. Dominicana, es “la institución rectora, representante del

Estado en el ejercicio de la acción pública, comprometida en la formulación e

implementación de la política contra la criminalidad, la investigación penal, la

administración del sistema penitenciario y correccional, la protección y atención de

víctimas y testigos, persecución de la corrupción y el fraude, así como proveedora de

los servicios jurídicos administrativos requeridos por las leyes”82

.

Su Misión es “ejercer, como institución responsable, la acción penal

pública, la investigación de los hechos punibles, la representación y defensa del

interés público y social, así como la vigilancia y cumplimiento de las normas del

debido proceso legal; garantizando la protección de las víctimas y los testigos y el

respeto a los derechos humanos”83

. Entre sus dependencias más importantes, cuenta

con la Dirección Nacional de Atención a Víctimas, los Departamentos de Gestión de

Servicios al Ciudadano, de Asuntos Internacionales, de Tráfico Ilícito y Trata de

Personas; como así también la Procuraduría General del Medio Ambiente, y la

Dirección General de Prevención de la Corrupción Administrativa.

82

RCA. DOMINICANA, 2010, “Procuraduría General de la República”, P. 1 83

Ibíd.

39

2.5.11. Panamá

En Panamá, “la Procuraduría de la Administración es una institución que,

mediante una gestión de calidad desarrollada dentro del marco constitucional y

legal, defiende los intereses del Estado y de los municipios; promueve la legalidad,

la competencia y la ética en las actuaciones de los servidores públicos; brinda

orientación ciudadana y contribuye a formar una cultura de paz a través de la

mediación comunitaria, para fortalecer el Estado democrático de Derecho”84

. Entre

sus principales dependencias se encuentran la Unidad de Mediación Comunitaria y la

Unidad de Ética Pública.

2.5.12. Perú

En Perú se denomina Contraloría General de la República y su principal

misión es “promover el desarrollo de una gestión eficaz y moderna de los recursos

públicos en beneficio de todos los peruanos”85

. Entre sus principales funciones está

la Contraloría General y el Medioambiente y el Patrimonio Cultural.

2.5.13. Paraguay

La Constitución Nacional paraguaya, “define las funciones que encomienda

a la Procuraduría General de la República, asignándole la de la defensa, judicial o

extrajudicial, de los intereses patrimoniales de la República; la de la realización de

dictámenes en la forma y con los alcances a ser determinados en una ley posterior; y

a realizar el asesoramiento jurídico de la administración pública”86

.

Se debe tener en cuenta que “en nuestro diseño constitucional, el

Procurador General de la Republica ejerce la representación y defensa de los

intereses patrimoniales de la Republica, sea judicial o extra judicialmente. Esta 84

PANAMÁ, 2012, Op. Cit., P. 1 85

PERÚ, 2013, Op. Cit., P. 1 86

PARAGUAY, 2012, Op. Cit., P. 5

40

función de rango constitucional se traduce en la posibilidad de intervención procesal

en todo juicio o litigio donde estuviere involucrado el patrimonio estatal, así como

también, la participación extrajudicial en todo proceso en donde el Estado

comprometa de alguna u otra manera el patrimonio del Estado paraguayo”87

.

Pero es necesario recalcar que la PGR no posee aún Carta Orgánica, y su

función actual se reduce a representar al Estado en causas judiciales donde es parte;

sin que tome intervención en la Asesoría Jurídica de los entes públicos, lugares éstos

donde cada repartición cuenta con su propia Asesoría o Dirección Jurídica.

Tampoco tiene participación en los Asuntos y Cooperación Internacional,

donde igualmente están en juego los bienes e intereses nacionales. Y lo mismo puede

decirse con respecto a la Secretaría Anticorrupción y Delitos Económicos.

En el mismo sentido, no tiene injerencia en la Secretaría de la Función

Pública y en Derechos Humanos, que en la mayoría de los casos “van de la mano”,

teniendo en cuenta las demandas de indemnización por daños y perjuicios que

soporta el Estado por graves violaciones de los Derechos Humanos.

Al tener a su cargo la defensa de los bienes patrimoniales del Estado, es

ilógico que no tenga injerencia en la Escribanía Mayor de Gobierno y en la

Contraloría General de la República; como tampoco tiene injerencia en lo que hace a

la preservación del Medioambiente, del Patrimonio Cultural y de la cultura de las

etnias indígenas en particular.

Y mucho menos posee una dependencia que preste Servicios Ciudadanos,

donde converjan la Defensoría del Pueblo, la Defensa al Consumidor, la Protección a

Víctimas y Testigos, un Programa de Recompensas, un Servicio de Conciliación,

Mediación y Arbitraje, y Ayuda en Búsqueda de Personas Extraviadas; porque se

debe tener presente que la población en general, como elemento fundamental del

Estado, debe estar protegida y preservada en sus derechos fundamentales, como

prioridad de una Nación que vive y se maneja dentro del marco del Estado de

Derecho..

87

PARAGUAY, 2012, Op. Cit., P. 9

41

III. METODOLOGÍA

De acuerdo a la finalidad de este trabajo de investigación, es un estudio

básico, no experimental, con enfoque cualicuantitativo, porque trata de la

centralización de funciones de los entes y dependencias públicas que tienen como fin

último el control, el cuidado y la representación de los bienes, intereses y recursos

naturales y públicos, como así también la preservación de los derechos elementales

de los ciudadanos, y la importancia de modernizar y fortalecer a la Institución estatal

encargada, además de crear nexos más cercanos con la ciudadanía, a fin de contribuir

al Desarrollo y la Defensa Nacional.

Según su profundidad, es un estudio descriptivo, con componente

explicativo, sustentado en fuentes primarias y secundarias. Y el diseño adoptado es

del tipo transeccional, teniendo en cuenta que los datos fueron colectados de marzo a

agosto del año 2013.

El trabajo abarca como objeto de estudio y población enfocada, a los

funcionarios y autoridades de la PGR; como así también, a las autoridades de las

instituciones y dependencias estatales involucradas. Mientras que la población

accesible incluyó a funcionarios públicos de Asunción.

En cuanto al método, por tratarse de un estudio descriptivo, se utilizó el

método observacional participativo, apoyado en las técnicas de la encuesta y la

entrevista. En el primer caso, participaron funcionarios públicos de la PGR. Y para el

segundo caso, las entrevistas fueron realizadas a las autoridades de la PGR, la CGR,

la Secretaría del Ambiente, la Secretaría Nacional Anticorrupción, la Defensoría del

Pueblo, la Defensa al Consumidor, la Escribanía Mayor de Gobierno, el INDI, la

42

Secretaría Nacional de Cultura y la Secretaría de la Función Pública.

La selección muestral, fue por el método aleatorio simple, quedando

conformada de la siguiente manera:

Encuesta 48 Personas

Entrevista 17 Personas

Total 65 Personas

En dicha muestra, fueron incluidas las personas, según los siguientes

criterios:

- Funcionarios Públicos de la PGR, que aceptaron participar en forma voluntaria, en

la Capital, en el momento que se realizó la encuesta.

- Autoridades de la PGR, que aceptaron participar voluntariamente, de la entrevista.

- Autoridades de la CGR, la Secretaría del Ambiente, la Secretaría Nacional

Anticorrupción, la Defensoría del Pueblo, la Defensa al Consumidor, la Escribanía

Mayor de Gobierno, el INDI, la Secretaría Nacional de Cultura y Secretaría de la

Función Pública, que aceptaron participar voluntariamente, de la entrevista.

Fueron excluidos de la muestra, quienes no son funcionarios o autoridades

de la PGR y de las demás instituciones y dependencias estatales involucradas. Y

fueron objeto del estudio:

- El grado de participación de la PGR en los asuntos de interés ciudadano.

- La influencia de la modernización, el fortalecimiento y el rediseño de

responsabilidad de la PGR, en la eficacia y la eficiencia estatal.

- El alcance de la redefinición de funciones de la PGR, desde la precepción de los

funcionarios de la institución y de la ciudadanía en general.

- La incidencia y el impacto que tendrá la reformulación de atribuciones de la PGR,

desde la percepción de los niveles estratégicos, en función a las instituciones y

43

dependencias estatales existentes.

- El diseño y la implementación de nuevas funciones en la PGR que reglamente esta

figura constitucional.

En este trabajo, se estudiaron las variables principales:

- Centralización de funciones afines: integración de un conjunto de instituciones y

dependencias que tienen funciones afines, en un proceso de achicamiento del

Estado, logrando el ordenamiento del mismo, a fin de desburocratizar el servicio

público, y a la vez, conseguir mayor eficiencia y eficacia estatal, como también la

unificación de criterios.

- Servicios a la ciudadanía: conjunto de asistencia exclusivamente estatal, destinada a

la población en general, que además de preservar los derechos humanos de la

ciudadanía, la colectividad pueda gozar de los beneficios, se sienta protegida

integralmente, y posea un nexo estrecho con sus autoridades, quienes deben

facilitar además la convergencia entre los intereses del Estado con los colectivos.

- Contraloría ciudadana: actitud que asume la población consciente en que los bienes,

intereses y recursos naturales y públicos pertenecen a todos; y que ejercitan sus

deberes, derechos, obligaciones y atribuciones ciudadanos, al tener activa

participación en el control de la cosa pública, y a la vez, se convierta en una

colectividad contralora permanente del desempeño de los funcionarios en la

administración.

En cuanto a los instrumentos de recolección de datos, fue diseñado un

cuestionario que fue aplicado durante la encuesta a los funcionarios públicos de la

PGR de Asunción (Apéndice 1.1.). Mientras que para las entrevistas con las

autoridades de la PGR, CGR, la SEAM, la SENAC, la Defensoría del Pueblo, la

Defensa al Consumidor, la Escribanía Mayor de Gobierno, el INDI, La Secretaría

Nacional de Cultura y Secretaría de la Función Pública, se diseñaron dos guías de

entrevistas (Apéndice 1.2 y 1.3.).

44

INSTRUMENTO CANTIDAD

Encuesta a los funcionarios de la PGR en general 48

Entrevista a autoridades de la PGR 8

Entrevista a autoridades de las instituciones y dependencias públicas

involucradas, de la Capital

9

TOTAL GENERAL 65

Tabla 1. Instrumentos de recolección de datos

Para la elaboración del marco teórico, se empleó la técnica de análisis-

síntesis de contenido, basado en la revisión bibliográfica en todo tipo de soporte,

utilizándose las fichas y descripciones de la bibliografía, como instrumento de

recolección de datos. El control y calidad de los datos y resultados se realizó

mediante el análisis de contenido. Y como procedimiento para garantizar los

aspectos éticos en esta investigación, la encuesta fue anónima y no remunerada,

porque se realizó a las personas que aceptaron voluntariamente someterse a la

misma. Y para las entrevistas se mantuvo en reserva la identidad de las autoridades,

que así lo requirieron, a fin que puedan dar su opinión real y no limitada por el cargo

que ocupan.

El estudio se desarrolló principalmente analizando los mecanismos

implementados en la totalidad de los entes y dependencias estatales involucrados en

este proceso, ubicados en la Capital. Se realizó en tres etapas. En primer lugar, la

Revisión Bibliográfica, en los meses de abril, mayo y junio; la segunda etapa con el

Trabajo de Campo, llevada a cabo en los meses de julio y agosto; y la tercera etapa

fue el Análisis de los Resultados y la Discusión, desarrollada en los meses de

septiembre y octubre del presente año.

Los datos recogidos fueron procesados en tablas con el Programa Excel,

45

agrupando los datos en función a cada variable estudiada. El análisis de dichos

resultados se realizó aplicando la estadística descriptiva con el uso de medidas de

frecuencia y tendencia. Y los resultados fueron expuestos a través de gráficos.

El cálculo del tamaño de la muestra, tiene un nivel de confianza del 97%,

con un margen de error del 12,2% en la encuesta a funcionarios públicos de la PGR,

y del 15,2% en las entrevistas a autoridades de la PGR y demás instituciones y

dependencias involucradas (Tabla 30 del Apéndice 2).

46

IV. RESULTADOS Y DISCUSIÓN

Los resultados del trabajo de campo, están dados en función de los datos

que arrojó la encuesta a 48 (cuarenta y ocho) funcionarios de la PGR, en Asunción.

Asimismo, de acuerdo a los resultados de las entrevistas realizadas a 8 (ocho) altas

autoridades de la PGR, y a 9 (nueve) altas autoridades, una de cada una de las

Instituciones, como ser: CGR, la SEAM, la SENAC, la Defensoría del Pueblo, la

Defensa al Consumidor, la Escribanía Mayor de Gobierno, el INDI, La Secretaría

Nacional de Cultura y la Secretaría de la Función Pública.

4.1. RESULTADO DE LAS ENCUESTAS

4.1.1. Participación de la PGR en asuntos ciudadanos

29%

71%

SI se contrapone NO se contrapone

Figura 1 Contrapòsición de intereses ciudadanos con los patrimoniales del Estado

A la pregunta referente a si los intereses comunes de la ciudadanía se

contraponen con los patrimoniales del Estado, o si ambos pueden converger

47

perfectamente como funciones de la PGR, el 29% de los funcionarios encuestados

contestó que se contraponen; mientras que el 71% contestó no se contraponen

(Figura 1); demostrándose que existe un alto porcentaje de servidores públicos que

comprenden que los intereses comunes también forman parte de los intereses del

Estado. Y por otro lado, ante la consulta con respcto a que si los intereses de la

ciudadanía deberían ser protegidos por la PGR, el 67% de los encuestados respondió

que deben ser protegidos por la Institución, mientras que el 33% respondió que no

deben ser protegidos por este ente estatal (Figuna 2), lo cual refiere que la gran

mayoría de los funcionarios están conscientes de la importancia de tener dentro de

las funciones de la PGR, la protección de la sociedad en general.

Figura 2 Protección de los intereses de la ciudadanía por la PGR

En lo que hace referencia a si la ciudadanía en general tiene acceso para

convertirse en contralora del manejo del Patrimonio Estatal, el 31% de los

funcionarios encuestados respondió que la ciudadanía sí tiene acceso al control,

mientras que el 69% respondió que no (Figura 3); comprobándose que la gran

mayoría es consciente que la ciudadanía en general, finalmente en su calidad de

última propietaria, no tiene acceso a los datos que puedan existir con respecto al

manejo de los bienes e intereses del Estado. Y por otro lado, ante la consulta de si la

PGR tiene un nexo cercano con la ciudadanía en general, el 29% de los funcionarios

encuestados respondió que sí existe ese nexo cercano, mientras que el 71% respondió

que no (Figura 4), indicando que esa mayoría de servidores públicos, está consciente

48

que la Institución no posee ese relacionameinto tan necesario con el Pueblo

Soberano.

Figura 3 Ciudadanía como contralora del Patrimonio Estatal

Figura 4 Nexo entre la PGR y la ciudadanía en general

Ante la consulta de si es que los funcionarios de la PGR tienen

conocimiento de los servicios que esta Institución presta a la ciudadanía en otros

países, el 35% de los encuestados respondió que sí conoce, mientras que el 65%

respondió que no conoce (Figura 5), lo cual refiere que existe poca información de la

gestión que este ente estatal puede brindar a la ciudadanía en general.

49

Figura 5 Conocimiento sobre servicios ciudadanos que brinda la PGR en otros países

Figura 6 Servicios ciudadanos que debe prestar la PGR

Y finalmente, ante la consulta de cuáles son los servicios ciudadanos que

debe brindar la PGR, el 100% de los funcionarios encuestados, manifestó que la PGR

50

debe brindar a la ciudadanía en general, los servicios de Conciliación, Mediación,

Arbitraje, Protección a Víctimas y Testigos y Denuncias contra Funcionarios

Públicos; mientras que el 96% refirió que debe tener a su cargo la defensa de los

Derechos Humanos; el 58% respondió que se debe implementar la Contraloría

Ciudadana; el 31% mencionó que se debe incluir el Programa de Recompensas; el

23% manifestó que se debe disponer de un Programa de Seguimiento a Personas

Extraviadas; el 15% refirió que deben implementarse todos los servicios

mencionados anteriormente, mientras que ninguno de los encuestados manifestó que

no se debe brindar servicios a la ciudadanía (Figura 6); lo cual indica que la mayoría

de los funcionarios públicos que prestan servicios en la PGR, comprende

perfectamente la necesidad que esta Institución preste estos servicios a la ciudadanía

en general, y que perfectamente estas funciones van de la mano con la preservación y

defensa de los bienes e intereses patrimoniales estatales.

4.1.2. Influencia del Rediseño de funciones de la PGR en la

eficiencia y eficacia estatal

Ante la consulta de si la PGR es un Órgano Extrapoder totalmente

independiente, el 21% de los funcionarios públicos encuestados, menifestó que sí es

un ente totalmente independiente; mientras que el 79% refirió que no lo es (Figura

7); demostrando que la mayoría está consciente que esta Institución no puede

cumplir sus funciones a cabalidad, mientras tenga dependencia de un Poder del

Estado, en este caso, de la Presidencia de la República, desde el momento que el

titular de la PGR debe ser nombrado y removido por el Titular del Ejecutivo,

convirtiéndose en un alto funcioanrio del Gobierno y no del Estado; y por ende, al

arbitrio de las políticas del Gobierno de turno y no de las Políticas Estatales, a corto,

mediano y largo plazos.

Y por otro lado, ante la consulta de si es que la PGR cumple actualmente

con las funciones para las cuales fue creada, el 44% de los funcionarios públicos

encuestados, manifestó que sí cumple, mientras que el 56% manifestó que no cumple

(Figura 8); refiriendo este dato, que la leve mayoría está consciente con respecto a

que no se cuenta con la Carta Orgánica de la Institución, y que por tanto no se puede

51

establecer a la cabalidad cuáles son las funciones específicas de esta Institución. Y

llama la atención que la leve minoría no comprenda que este ente no está siquiera

teniendo conocimiento de los convenios y tratados que se firman, en donde están en

juego los intereses del Estado.

Figura 7 La PGR como Órgano Extrapoder totalmente independiente

Figura 8 La PGR cumple con las funciones para las cuales fue creada

Y finalmente, ante la consulta con respecto a si existe superposición de

funciones, entre las que cumple la PGR y otras Instituciones del Estado, el 71% de

los funcionarios encuestados manifestó que sí existe superposición, mientras que el

52

29% manifestó que no existe superposición (Figura 9); indicando este dato, que la

mayoría reconoce este inconveniente, que finalmente se debe a la falta de la Carta

Orgánica Institucional que delinee perfectamente las funciones de este ente.

Figura 9 Superposición de funciones de la PGR y otros entes estatales

4.1.3. Alcance del rediseño de funciones de la PGR desde la

percepción de los funcionarios de la Institución

Figura 10 Factibilidad del rediseño de funciones y atribuciones de la PGR

En la Encuesta realizada a los funcionarios de la PGR, ante la consulta de si

sería factible un rediseño de funciones y atribuciones de esta Institución, el 92% de

53

los encuestados dijo que sí es factible, mientras que el 8% dijo que no (Figura 10);

demostrándose que la gran mayoría está dispuesta a un cambio que favorecerá

incluso a la ciudadanía en general, y no solamente a lo que concierne a los bienes e

intereses estatales. Y ante la consulta sobre la posibilidad que la PGR pueda

convertirse en un Órgano con súper-poderes al cuidado de la cosa pública, el 58% de

los encuestados expresó que sí es factible, mientras que el 42% dijo que no es

factible (Figura 11).

Figura 11 La PGR como Órgano con superpoderes sobre la cosa pública

Figura 12 La PGR trabajando con otros entes y a la vez prestando servicios comunitarios

54

Y finalmente, al realizar la consulta con respecto a si es posible que la PGR

pueda trabajar con otros entes y dependencias estatales y a la vez prestar servicios

comunitarios, el 60% respondió que sí es factible, mientras que el 40% mencionó que

no es factible (Figura 12); demostrándose que la mayoría de los encuestados

considera posible y necesario que se puedan converger los intereses generales de la

ciudadanía, con la preservación y defensa de los bienes e intereses estatales, y esta

Institución se convierta en un órgano Extra-poder, que reúna en su seno todos entes u

dependencias con funciones iguales o similares.

4.1.4. Incidencia e impacto de funciones de la PGR desde la

percepción de los niveles estratégicos

Ante la consulta, de si se podría achicar la estructura del Estado, al integrar

Instituciones y dependencias con funciones afines a las que posee la PGR, el 67% de

los funcionarios encuestados, manifestó que sí se achicaría el Estado, mientras que el

33% manifestó que no se lograría (Figura 13); indicando este resultado, que esta

minoría que dio el resultado negativo, no ha tenido en cuenta que al integrarse los

entes con funciones afines, se estarán reduciendo dependencias comunes, como las

de Administración, Talento Humano, Transporte, Comunicaciones y otras.

Figura 13 Posibilidad de achicar el Estado al integrar Instituciones y dependencias a la PGR

Con respecto a la consulta de la reducción de gastos del Estado, al integrarse

55

las Instituciones y dependencias con funciones afines a la PGR, el 65% de los

funcionarios encuestados respondió que se reducirían los gastos, mientras que el 35%

dijo que no (Figura 14); demostrando este dato, que evidentemente al achicarse la

propia organización del Estado, se reducirán los gastos. Y por otro lado, a la consulta

de si se podría desburocratizar el Estado, al integrar Instituciones y dependencias

afines a la PGR, el 54% de los encuestados manifestó que se lograría esa

desburocratización, mientras que el 46% manifestó que no se lograría (Figura 15).

Figura 14 Reducción de gastos del Estado al integrar Instituciones y dependencias a la PGR

Figura 15 Desburocratización del Estado al integrar Instituciones y dependencias a la PGR

56

A la consulta de si sería posible la unificación de criterios sobre la cosa

pública, al realizarse el rediseño de funciones de la PGR, el 88% de los funcionarios

encuestados manifestó que sí se unificarían criterios, mientras que el 12% manifestó

que no (Figura 16); indicando este resultado, que es muy importante que se logre esta

unificación de criterios en todo lo que tenga que ver con los bienes e intereses del

Estado.

Figura 16 Posibilidad de unificar criterios sobre la cosa pública

Figura 17 Mayor control sobre el Patrimonio del Estado con el rediseño de la PGR

Y por último, ante la pregunta de si habría mayor control por parte de la

57

PGR sobre el Patrimonio del Estado, al integrarse las Instituciones y dependencias

afines, el 100% de los funcionarios encuestados manifestó que sí (Figura 17),

indicando este resultado unánime, que es muy necesario integrar las Instituciones y

dependencias, porque no solamente existiría mayor control sobre la cosa pública,

sino que se lograría achicar el Estado y por ende reducir los gastos, como así

también, se podría desburocratizar los trámites y se lograría la unificación de

criterios respecto a los bienes e intereses estatales.

4.1.5. Diseño e implementación de las nuevas funciones de la PGR

Ante la consulta si se tiene conocimiento de las dependencias estatales que

forman parte de la PGR de otros países, el 42% de los funcionarios encuestados,

manifestó que sí tiene conocimiento, mientras que el 56% dijo que no conoce (Figura

18).

Figura 18 Nivel de conocimiento de dependencias de la PGR en otros países

Y finalmente, al consultar a los funcionarios encuestados, con respecto a

cuáles son las Instituciones y dependencias estatales que deben formar parte de la

PGR, a fin que se integren por tener funciones afines, y por ser la tendencia en países

del continente, el 100% de los funcionarios encuestados, manifestó que debe ser la

58

Asesoría Jurídica a la totalidad de los entes públicos; el 88% dijo que debe ser la

Asesoría a la Presidencia de la República; el 83% indicó que debe ser Asuntos y

Tratados Internacionales y la Defensoría del Pueblo; el 79% respondió que debe ser

la Defensa de los Derechos Humanos; el 65% manifestó que debe ser la Secretaría

Anticorrupción; el 50% respondió que debe ser la Cooperación Internacional; el 38%

indicó que debe ser la Escribanía Mayor de Gobierno y la Secretaría del Ambiente.

Figura 19 Instituciones y dependencias estatales que deben formar parte de la PGR

Mientras que el 35% dijo que debe ser el INDI; el 31% manifestó que deben

ser los Recursos Naturales; el 29% refirió que debe ser Defensa al Consumidor y

59

Todas las Citadas; el 25% dijo que debe ser la CGR; el 23% respondió que debe ser

la Secretaría Nacional de Cultura; el 17% indicó que debe ser la Secretaría de la

Función Pública; y el 2% respondió que ninguna de las Instituciones y dependencias

estatales citadas, debe integrarse a la PGR (Figura 19).

4.2. RESULTADOS DE LAS ENTREVISTAS

4.2.1. Participación de la PGR en asuntos ciudadanos

En la entrevista a las altas autoidades de la PGR, ante la consulta de si es

posible proceder al rediseño de funciones de la Institución, acorde a lo adoptado en

otros países, conjugando la defensa de los bienes e intereses patrimoniales del

Estado, con los intereses comunitarios, el 75% respondió que sí es posible, mientras

que el 25% dijo que no es posible (Figura 20); con lo cual, queda demostrado que la

tercera parte del nivel estratégico de este ente estatal, todavía no acepta el nuevo

paradigma, que indica que perfectamente pueden converger ambos intereses, en las

funciones de la PGR.

Figura 20 PGR a cargo de intereses patrimoniales del Estado y de la ciudadanía

Y ante la consulta de si sería factible que la PGR implemente Servicios

Ciudadanos, como: la Conciliación, la Mediación, el Arbitraje, la Protección a

Víctimas y Testigos, el Programa de Recompensas y el Seguimiento a Personas

60

Extraviadas, tal y como se ha implementado en otros países, el 75% respondió que es

factible, mientras que el 25% dijo que no es factible (Figura 21).

Figura 21 Factibilidad que la pGR preste Servicios Ciudadanos

4.2.2. Influencia del Rediseño de funciones de la PGR en la

eficiencia y eficacia estatal

A la consulta de si es que la PGR cumple la totalidad de las funciones para

las cuales fue creada, el 50% de las altas autoridades de la Institución respondió que

sí cumple, mientras que el 50% respondió que no cumple (Figura 22).

Figura 22 La PGR cumple con la totalidad de las funciones para las cuales ha sido creada

61

Este resultado indica, que la mitad de este nivel estratégico, está consiente

que este ente estatal no cumple tan siquiera con la totalidad de las funciones para las

cuales ha sido creada, porque no tiene participación en todos los eventos en los

cuales se trata de los bienes e intereses patrimoniales del Estado. Y por otro lado, en

la entrevista realizada a altas autoridades de los demás entes y dependencias con

funciones afines a la PGR, respecto a si el ente que representa, existen funciones

iguales o similares a las realizadas en la PGR, el 67% indicó que sí cumplen

funciones iguales o similares, mientras que el 33% respondió que no (Figura 23); lo

cual demuestra que se superponen funciones entre las dependencias estatales.

Figura 23 Instituciones y dependencias estatales con funicones iguales a las de la PGR

4.2.3. Alcance del rediseño de funciones de la PGR desde la

percepción de los funcionarios de la Institución

A las altas autoridades de la PGR se les consultó si consideraban posible

integrar a la Institución, todas aquellas dependencias estatales que poseen funciones

iguales, similares o inherentes a lo relacionado al patrimonio estatal, como ser: la

Asesoría Jurídica a la totalidad de las instituciones públicas, la Asesoría a la

Presidencia de la República, la Escribanía Mayor de Gobierno, la CGR, SENAC y la

Secretaría de la Función Pública, el 45% dijo que sí es posible integrar todas las

dependencias citadas; el 33% respondió que solamente algunas de ellas pueden ser

integradas, como la Asesoría a la totalidad de los entes públicos y a la Presidencia de

62

la República; y el 22% indicó que lo que se debe establecer es que los dictámenes de

la PGR deben ser vinculantes en todos los casos, para las demás instituciones; pero

ninguno fue tan tajante como para decir que no es posible integrar todas o algunas de

las dependencias estatales citadas (Figura 24).

Figura 24 Posibilidad de integrar instituciones y dependencias estatales a la PGR

Figura 25 Factibilidad de integrar instituciones y dependencias estatales a la PGR

Ante la consulta de si sería factible, de acuerdo al nuevo paradigma, que

63

formen parte de la PGR otras dependencias estatales que tienen como funciones

preservar bienes e intereses comunes, como la Defensoría del Pueblo, Defensa al

Consumidor, SEAM, Secretaría Nacional de Cultura y el INDI, el 63% de los

entrevistados contestó que sí es factible; el 37% contestó que solamente algunas

debían ser integradas, como la SEAM y Defensa al Consumidor; mientras que

ninguno fue tajante al afirmar que no se debían integrar estas instituciones y

dependencias (Figura 25).

Por otro lado, en la entrevista realizada a las altas autoridades de

Instituciones y dependencias estatales con funciones afines a las que posee la PGR,

ante la consulta de la manera en que podrían complementarse las tareas, la totalidad

respondió que se podrían unificar las dependencias, toda vez que se proceda a una

Reforma Constitucional, y por ende, a las respectivas Leyes Orgánicas de cada

dependencia.

4.2.4. Incidencia e impacto de funciones de la PGR desde la

percepción de los niveles estratégicos

A las altas autoridades de la PGR se les consultó en la entrevista, si con el

rediseño de funciones de la Institución, se podría evitar la superposición de

funciones, se lograría el achicamiento del Estado, la reducción de gastos, la

desburocratización, la unificación de criterios jurídicos y si habría mayor control

sobre la cosa pública, el 75% respondió que se producirán logros significativos,

mientras que el 25% dijo que no se lograrán (Figura 26); lo cual demuestra que es

poca la visión de esa tercera parte que conforma este nivel estratégico institucional,

que además siente temor a los cambios, de acuerdo a los nuevos tiempos que se

viven a nivel mundial.

Y la misma consulta realizada a las altas autoridades de las Instituciones y

dependencias estatales con funciones similares a las de la PGR, arrojó el siguiente

resultado: el 100% respondió que evidentemente el impacto y la incidencia sería

enorme, porque se lograría organizar a las Instituciones y dependencias, en una sola,

lográndose un mayor control sobre el patrimonio estatal.

64

Figura 26 Incidencia e impacto que se logrará con el rediseño de funciones de la PGR

Y al consultárseles qué incidencia e impacto podría tener la reorganización

de funciones de la PGR, invariablemente respondieron que habría mucha incidencia

en la calidad de la gestión, porque se llegaría a la eficiencia y eficacia institucional,

con la unidad en dirección y coordinación de funciones; simplificación de los

trámites; impacto positivo en la población, con la nueva imagen del Estado; se

lograría el ahorro en recursos humanos y económicos, minimizando el Presupuesto

Nacional de Gastos de la Nación; habría un reordenamiento administrativo, se

lograría la autonomía presupuestaria y el Procurador General de la República debería

ser designado de manera similar a la del Fiscal General del Estado, de modo a

mantener la mayor independencia posible de los poderes del Estado.

4.2.5. Diseño e implementación de las nuevas funciones de la PGR

En la entrevista a las altas autoridades de la Escribanía Mayor de Gobierno,

la SEAM, el INDI, la SENAC, la CGR, la SFP, la DP y la DC, con respecto al

rediseño e implementación de nuevas funciones, con la unificación de estas

dependencias e instituciones estatales, a fin de encargarse la PGR también de los

bienes e intereses de la ciudadanía en general, de acuerdo al nuevo paradigma que

fue implementado por otros países con todo éxito, produciendo un mayor

acercamiento del ente estatal con la comunidad, al prestar servicios ciudadanos

65

varios, el 67% respondió que sí es posible y necesario, mientras que el 33% indicó

que no es posible (Figura 27); demostrándose que existe un poco más de la tercera

parte de este nivel estratégico que no está abierto a los cambios necesarios que deben

realizarse dentro de la administración pública, como servicio a la comunidad.

Figura 27 Incluir como función de la PGR la preservación de bienes e intereses comunes

Y finalmente, ante la consulta de si sería factible incluir otros servicios

ciudadanos, que no se están prestando por ente estatal alguno, pero que lograría

arribar a soluciones extrajudiciales de conflictos comunes en la sociedad, el 100%

manifestó estar totalmente de acuerdo (Figura 28).

Figura 28 Necesidad de incluir nuevos servicios ciudadanos como funciones de la PGR

66

4.3. CONTRASTACIÓN

Realizando una contrastación entre el Marco Referencial y los resultados

obtenidos en la encuesta a los funcionarios de la PGR, y las entrevistas a las altas

autoridades de la Escribanía Mayor de Gobierno, la Secretaría de la Función Pública,

la PGR, la CGR, la Defensoría del Pueblo, la Defensa al Consumidor, la SEAM, la

SENAC, la Secretaría Nacional de Cultura y el INDI, se obtiene como resultado que

es totalmente factible y necesario que una Institución como la PGR integre en su

seno a las Instituciones y dependencias estatales que poseen funciones iguales o

similares; como así también, que creen nuevas dependencias que se encarguen de

prestar servicios ciudadanos varios, de modo a poseer un nexo más cercano con la

población, haciéndola sentir protegida en sus derechos y que se llegue a converger en

forma perfecta en la defensa de los bienes e intereses patrimoniales del Estado, como

asimismo, de los que conciernen a la comunidad. Y se puede lograr mediante el

rediseño de funciones que competen a la Institución, de acuerdo a los nuevos

paradigmas, tal y como ya se ha implementado en varios países a nivel continental.

En lo que respecta al grado de participación de la PGR en los asuntos de

interés de la ciudadanía, es evidente que actualmente la Institución no solamente no

tiene entre sus funciones la de prestar servicios a la comunidad, sino que no posee

algún nexo y tampoco está abierta a que sea contralora permanente de la

representación y defensa de los bienes e intereses patrimoniales estatales, teniendo en

cuenta que definitivamente es el Pueblo Soberano el más interesado en que se velen

por ellos. Como así tampoco, la PGR ha podido lograr que converjan perfectamente

los intereses patrimoniales estatales con los comunitarios y hasta individuales de la

población, teniendo en cuenta que hasta hoy día se violentan los derechos humanos,

en nombre de una supuesta defensa del Estado. Y así como se ha implementado con

éxito en varios países, la mayoría de los encuestados y entrevistados han coincidido

en que es totalmente factible que la PGR posea un nexo más cercano con la

comunidad, y preste los servicios ciudadanos que permitan la solución de conflictos

en esfera extrajudicial, teniendo como principal objetivo la defensa de los Derechos

Humanos.

También se ha podido constatar que el rediseño de funciones de la PGR

67

incidirá e impactará de forma positiva en la población, porque actualmente no se

cuenta con Carta Orgánica y no se cumple siquiera con todas las funciones para las

cuales fue creada la Institución; y otros entes y dependencias poseen funciones

iguales y similares, por lo cual se superponen las mismas, y lleva muchas veces a

este ente, a no ser parte en los asuntos de interés del Estado.

Por otro lado, es importante mencionar que el rediseño de funciones de la

PGR, está bien visto por la mayoría de los funcionarios de la Institución, quienes se

muestran abiertos a los cambios, porque consideran son muy positivos; más aún si se

tiene en cuenta que en otros países se ha logrado una experiencia exitosa; que

definitivamente ha beneficiado a la población que no solamente se siente más

protegida por el Estado, sino con un cercano nexo que le permite ser permanente

contralora de la gestión institucional, con respecto a los bienes e intereses

patrimoniales del Estado.

Es muy importante mencionar que en el nivel estratégico de las Instituciones

y dependencias estatales que accedieron a ser entrevistadas, se ha notado muy buena

predisposición para la realización de los cambios necesarios, porque son conscientes

que existe superposición de funciones, mucha burocracia y opiniones diversas sobre

un mismo tema, redundando en un perjuicio para las arcas del Estado.

Y finalmente, se ha demostrado también que es muy necesario el rediseño

de funciones de la PGR, aglutinando a las Instituciones y dependencias estatales con

tareas iguales o similares, como ser: la Contraloría General de la República, la

Defensoría del Pueblo, la Secretaría de la Función Pública, la Secretaría Nacional

Anticorrupción, la Secretaría Nacional de Cultura, el Instituto Nacional del Indígena,

la Secretaría del Ambiente, la Escribanía Mayor de Gobierno y Defensa al

Consumidor; como así también, la creación de otras dependencias, como:

Negociación, Conciliación, Mediación, Arbitraje, Derechos Humanos, Delitos

Económicos, Crimen Organizado, Programa de Recompensas, Seguimiento de Casos

de Personas Desaparecidas, Protección a Víctimas y Testigos, Tratados y Convenios

Internacionales, porque de ese modo se logrará un mejor control, protección y

defensa de los bienes e intereses patrimoniales, de los recursos naturales públicos y

de los servicios a la ciudadanía.

68

4.4. PROPUESTA DEL REDISEÑO DE FUNCIONES DE LA PGR

Con el afán de reformular las funciones y atribuciones de la PGR, a través

de la centralización de funciones de entes y dependencias estatales con iguales o

similares atribuciones, y en base a experiencias recogidas de otros países, en los

cuales con éxito lograron converger en una sola Institución, temas inherentes al

interés estatal y al de la ciudadanía en general, se presenta una propuesta moderna y

acorde a la tendencia impulsada en Latinoamérica, pero totalmente adecuada a la

realidad, la necesidad y la idiosincrasia paraguaya.

4.4.1. La PGR como Institución

La PGR debe ser un Órgano Superior, con independencia de los tres Poderes

del Estado. Y siempre debe ser el referente de la ciudadanía, como una Institución

con credibilidad, confiable, sólidamente organizada, ágil, con un nexo cercano a la

sociedad y al servicio de la misma. Debe contar con su Carta Orgánica, que

comprenda la totalidad de las funciones y atribuciones de la Institución, sin dejar

lagunas que lleven a dudar que tendrá un desempeño eficaz y eficiente. Igualmente,

debe contar con un Presupuesto acorde a las necesidades, además de un local propio

que sea asiento de sus funciones como sede central, y una sede en cada Distrito del

país, tal y como lo poseen el Tribunal Superior de Justicia Electoral y la Dirección

General del Registro del Estado de las Personas, de modo a cumplir a cabalidad con

sus funciones.

4.4.2. Talento Humano

Al constituirse en un ente técnico-jurídico, debe contar con el concurso de

profesionales con elevados principios y valores en la ética pública, que presten un

servicio de calidad, cumpliendo con sus funciones con eficiencia, responsabilidad y

probidad; que estén realmente capacitados y comprometidos con la defensa de los

bienes e intereses patrimoniales, en las áreas profesionales que competa a cada uno

69

de ellos; que sean técnicos experimentados que puedan representar dignamente la

defensa de los bienes e intereses patrimoniales, a nivel nacional e internacional; y

que principalmente tengan en cuenta que son servidores públicos.

4.4.3. Misión de la PGR

La PGR es un Órgano Superior Independiente técnico-jurídico,

comprometido con el control y la defensa judicial y extrajudicial de los derechos,

bienes, intereses y recursos del Estado, que asesora jurídicamente y en estrecha

colaboración con las dependencias de los tres poderes del Estado y demás órganos

constitucionales, y al servicio de la sociedad a la cual se le protege en sus derechos

fundamentales, en beneficio de los objetivos nacionales.

4.4.4. Visión de la PGR

La PGR es una Institución reconocida por la ciudadanía debido a su

posicionamiento estratégico en el sector público, altamente eficiente, confiable y

referente de excelencia, con capital humano capacitado y comprometido en el control

y defensa de los bienes e intereses del Estado, en cercano nexo con la sociedad,

coadyuvando en el Desarrollo y la Defensa Nacional, dentro del marco del Estado de

Derecho.

4.4.5. Integración de funciones de dependencias estatales

Se hace hincapié en la necesidad de aglutinar a las instituciones y

dependencias estatales con funciones y atribuciones iguales o similares, en el seno de

la PGR; porque no solamente tiene como principal función la de defender y

representar judicial y extrajudicialmente los bienes e intereses del Estado, teniendo

en cuenta que sus funciones han ido mucho más allá, de acuerdo a la tendencia

adoptada por varios países a nivel continental. Y si se tiene en cuenta que el

70

patrimonio del Estado comprende el conjunto de elementos materiales e inmateriales,

tanto de dominio público como privado, y que entre los elementos esenciales del

Estado se encuentran su territorio y su población, se considera que también forma

parte de los bienes e intereses estatales, lo que comprenda el medioambiente, los

recursos naturales, su acervo cultural y su población nativa. Teniendo también muy

presente, que para llevar a cabo su cometido debe velar por el excelente servicio

estatal, teniendo a su cargo lo que haga referencia integral a los servidores públicos;

y que su población, debe estar protegida en sus derechos fundamentales y con un

nexo estrecho con la Institución.

4.4.5.1. Propuesta de organización de la PGR

Aglutinando entes y dependencias estatales ya existentes, además de la

creación de otras dependencias necesarias, de acuerdo a la tendencia y exitosa

experiencia de otros países, se presenta el rediseño de funciones de la Institución, que

se basa en su modernización y fortalecimiento, como nueva organización de la PGR.

4.4.5.1.1. Procuraduría Jurídica y Asesoría Legal

La función de la PGR es la de representar y defender judicial y

extrajudicialmente, los intereses patrimoniales del Estado. Y eso debe incluir a la

totalidad de los temas inherentes a la Asesoría Jurídica y también de la totalidad de

las instituciones públicas; porque se debe centralizar la Asesoría Jurídica de los entes

estatales, de modo a unificar criterios; lo cual también redituará en el achicamiento

del Estado y en el hecho de poder evitar que surjan casos judiciales que lleven

finalmente a tener que desangrar las arcas públicas por el pago de indemnizaciones,

por el hecho que como sucede en la actualidad, se tiene un criterio jurídico en una

Institución Pública y se procede en consecuencia, y cuando el caso llega a estrados

judiciales con una demanda contra el Estado Paraguayo, es la PGR la que debe

ejercer la defensa en una causa judicial, en la cual ni siquiera tuvo participación ni

conocimiento del criterio adoptado en su origen.

71

Y se debe tener muy presente, que al centralizar la Asesoría Jurídica de la

totalidad de los entes públicos, en el seno de la PGR, se estará evitando que los

Abogados que prestan servicios como funcionarios públicos, percibiendo un alto

salario mensual, además de otros beneficios, sigan igualmente percibiendo montos

siderales en concepto de honorarios profesionales, por casos judiciales en los cuales

alguna Institución Pública es interesada. Porque al formar parte de la Asesoría

Jurídica Estatal, debe tratarse de profesionales técnicos de primer nivel, con un

salario acorde a las funciones y responsabilidades que asume, porque ya no recibirá

remuneración alguna en concepto de honorarios profesionales, teniéndose presente

que por ese trabajo ya percibe una paga como servidor público.

4.4.5.1.2. Escribanía Mayor del Estado

La Escribanía Mayor de Gobierno fue creada en el año 1993 y tiene más bien

a su cargo lo que se refiere a labrar actas y autorizar los actos protocolares y los

contratos, en los cuales es parte el Poder Ejecutivo; y a guardar y conservar

testimonios de los títulos de propiedad de los bienes del Estado (PARAGUAY, Ley

Nº 223/1993). Pero lo que se busca, es que sea la Escribanía Mayor del Estado y no

del Gobierno; de modo que tenga a su cargo la exclusividad de labrar actas, autorizar

los actos protocolares, encargarse de las transferencias y los títulos de propiedad y

todo lo que haga referencia a los bienes e intereses del Estado Paraguayo.

De este modo, se evitará desangrar a las arcas estatales, teniendo en cuenta

que cada Institución Pública actualmente tiene a su cargo verdaderas “roscas” de

Escribanos, a quienes se reparten los trabajos de Notaría, por los cuales se abonan

elevadas sumas en concepto de honorarios profesionales. Porque al formar parte de la

Escribanía Mayor del Estado, debe tratarse de profesionales Notarios y Escribanos

Públicos, con un salario acorde a las funciones y responsabilidades que asumen,

porque ya no recibirán remuneración alguna en concepto de honorarios

profesionales, teniéndose presente que por ese trabajo ya perciben una paga como

servidores públicos.

72

4.4.5.1.3. Asesoría del Presidente de la República

Si bien, la Presidencia de la República cuenta con su Asesoría Jurídica, es

muy importante tener en cuenta que debe existir una dependencia de la PGR, que se

encargue de la Asesoría Jurídica el Presidente de la República del Paraguay; por el

hecho que debe existir unidad de criterio sobre cada tema en particular, tratándose de

los bienes e intereses del Estado. Tal y como ocurre en otros países que se han

utilizado como referencia en este trabajo de investigación, por el hecho que el titular

del Poder Ejecutivo toma decisiones que competen a la Nación, el Procurador

General debe ser el Asesor del Estado y por ende, el Asesor del Gobierno o el

principal Asesor del Presidente de la República.

4.4.5.1.4. Asuntos Internacionales

Al constituirse en temas referentes a los bienes e intereses del Estado, la

PGR debe contar con una dependencia que se encargue de la Asesoría de Asuntos

Internacionales, y que a su vez, tenga a su cargo como sub-dependencias, la de

Cooperación Internacional y la de Tratados Internacionales; que trabajen en forma

coordinada con las dependencias de los tres Poderes del Estado y que se unifiquen

los criterios sobre cada caso en particular; encargándose de realizar el estudio, la

revisión, la evaluación y la asesoría correspondiente a los tratados, convenios, ayudas

y préstamos internacionales, a través de su personal técnico, dándole robustez y

solidez jurídica, de modo a prever y evitar situaciones engorrosas al momento de

defender los intereses nacionales.

a. Cooperación Internacional

En la actualidad, si bien el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de

la Dirección General de Política Multilateral y de la Dirección de Cooperación

Internacional, se encarga de este tema, que también compete a la Secretaría Técnica

de Planificación y a cada ente o dependencia estatal que se involucre,

73

indefectiblemente la PGR debe contar con una dependencia que se encargue de

Asesorar Jurídicamente, con respecto a la Cooperación Internacional; más aún si se

tiene en cuenta que el Paraguay es un país que recibe mucha ayuda de organismos

internacionales y multilaterales, de origen europeo, asiático y americano

especialmente, traducida en préstamos de inversión pública, apoyo a programas

sociales, suministro y donación de equipos, capacitación y becas, entre otros, que

definitivamente es una asistencia muy importante para el desarrollo del país y de

interés estatal.

b. Tratados Internacionales

En lo que respecta a los Tratados Internacionales, si bien la Cancillería

Nacional, a través de la Dirección de Tratados se encarga del tema, es importante que

la PGR interprete los tratados y actos normativos, unificando criterios con respecto a

lo que haga referencia a los bienes e intereses estatales. Y que tanto a nivel nacional

como internacional, ejerza su representación judicial y el control de la legalidad de

los actos y contratos que se celebren en nombre del Estado Paraguayo.

4.4.5.1.5. Contraloría General

Desde el momento en que la CGR es el Órgano Extra-poder que tiene como

función velar y proteger el patrimonio del Estado, a través de controles sobre los

gastos e inversiones de fondos del sector público, multinacional, nacional,

departamental, municipal y de los organismos en los cuales el Estado Paraguayo es

parte (PARAGUAY, 2010), es indefectible que dependa de la PGR, a fin de unificar

criterios y evitar la duplicación de tareas, como ocurre actualmente; además de evitar

los casos en que municipalidades y otros entes estatales, se oponen a que sean sujetos

de control por esta Institución, vía Acción de Inconstitucionalidad, pasando sus

informes al Tribunal de Cuentas, con el consiguiente abarrotamiento de causas y la

creación de “grupos de entes privilegiados” que no permiten el control a un ente que

fue creado exclusivamente para ese efecto.

74

a. Contraloría

Se puede observar que la CGR es la Institución Pública que mayor similitud

y duplicidad de tareas tiene, con la PGR, con la Secretaría de la Función Pública y

con la Secretaría Nacional Anticorrupción; por lo cual, al integrarse estas

instituciones, se estaría ayudando al achicamiento del Estado y a la unificación de

criterios sobre cada caso en particular. Pero actualmente, al controlar la gestión

pública respecto a los fondos estatales, y al encontrarse una irregularidad, se procede

a presentar la denuncia en las instancias correspondientes, sin que la PGR tenga

injerencia, cuando le corresponde tomar conocimiento desde el inicio, cuando están

en juego los bienes e intereses del Estado. Por lo que se propone que la CGR al

depender de la PGR, se denomine Contraloría General, y que cuente con las cuatro

sub-dependencias denominadas: Contraloría de Bienes, Anticorrupción, Delitos

Económicos y Crimen Organizado.

b. Anticorrupción

La Secretaría Nacional Anticorrupción ha sido creada en noviembre del año

2012 y tiene como función el combate a la malversación de fondos, el tráfico de

influencias y el enriquecimiento ilícito, entre otros, a fin que las instituciones

públicas cuenten con un mayor control interno. Pero se están superponiendo tareas

que competen a la CGR y a la Secretaría de la Función Pública, influyendo no

solamente en el agrandamiento del Estado, sino produciendo confusión con respecto

al momento de tomar intervención en algún caso concreto. Porque de hecho, al

producirse alguno de los casos en los cuales debe intervenir la Secretaría

Anticorrupción, debe dársele intervención a la PGR, a fin que asuma la defensa,

porque están en juego los bienes e intereses del Estado. Y por otro lado, se tiene a la

CGR, que cuenta con una Dirección General de Asuntos Jurídicos, que a su vez

cuenta con sub-dependencias como la Dirección de Control del Personal Público con

el Departamento de Gestión Anticorrupción y la Dirección de Auditoría Forense con

el Departamento de Profundización de Indicios de Hechos Punibles. Mientras que la

Secretaría de la Función Pública cuenta con la Dirección General de Asuntos

75

Jurídicos y la Dirección de Sumarios Administrativos.

Debe evitarse la duplicidad de tareas, que además está a la vista que no ha

dado resultado, puesto que hasta el momento no existen funcionarios públicos

condenados por estos hechos punibles, y mucho menos que se les haya obligado a

reparar el daño perpetrado contra las arcas públicas. Por eso es importante unificar

las instituciones y es muy necesario que lo inherente a la Secretaría Anticorrupción,

se centralice en la PGR, como dependencia de la Contraloría General; y que tenga a

su cargo no solo los hechos cometidos por los funcionarios públicos, sino por la

ciudadanía en general, teniendo que sumarse lo que haga referencia a evasión de

impuestos, delitos económicos y crimen organizado, porque la corrupción ataca a los

órganos estatales y perjudica al patrimonio del Estado.

c. Delitos Económicos

Actualmente, se cuenta con el Departamento de Delitos Económicos y

Financieros de la Policía Nacional, que se encarga de la contraloría técnica en casos

de contrabando, fraudes, fuga de divisas, falsificación de monedas, entre otros; y

también la Unidad de Delitos Económicos del Ministerio Público, que promueve la

acción penal pública en defensa del patrimonio público. Pero no se da participación a

la PGR en lo que respecta a la representación del Estado, en defensa de sus bienes e

intereses; por lo cual se sugiere que una dependencia denominada Delitos

Económicos, integrante de la Contraloría General, forme parte de la PGR.

d. Crimen Organizado

El Crimen Organizado es un flagelo que debe ser desterrado, porque

perjudica a la sociedad, y los Estados se ven afectados, porque en la mayoría de los

casos, se trata de delitos económicos que por sus ramificaciones afectan a varios

países; y por tanto, un ente estatal, en este caso la PGR, debe encargarse de lo haga

referencia a la parte jurídica de estos casos, además de los Tratados Internacionales y

76

de la Cooperación Internacional. Por eso, se sugiere como una sub-dependencia de la

Contraloría General, formando parte de la PGR; porque a la vez de trabajar de cerca

con el Ministerio Público y la Policía Nacional, estaría trabajando en forma interna,

con Asuntos Internacionales, dependencia ésta a ser creada también.

4.4.5.1.6. Derechos Humanos

En el Paraguay, se cuenta con la Defensoría del Pueblo y dentro de la

misma, con la Dirección General de Comisión Verdad, Justicia y Reparación, como

referente oficial; aunque se existen varias organizaciones no gubernamentales que

trabajan por el respeto de los derechos fundamentales de las personas. Pero no existe

una Secretaría de Derechos Humanos, que funcione en forma integral como en otros

países. Y el referente con el cual se cuenta en principio, es la Ley Nº 838/96 “Que

indemniza a víctimas de violaciones de Derechos Humanos durante la Dictadura de

1954 a 1989”, debiéndose realizar todos los trámites ante la Defensoría del Pueblo,

con posterior Dictamen de la PGR (PARAGUAY, 1996). Mientras que el referente

más cercano es la Ley Nº 2225/2003 “Por la cual se crea la Comisión de Verdad y

Justicia”, que tiene como principal misión la de enfocar las investigaciones,

conclusiones y recomendaciones con respecto a la violación de los Derechos

Humanos desde Mayo de 1954 hasta Octubre de 2003, con una duración máxima de

18 (dieciocho) meses (PARAGUAY, 2003). Y finalmente, mediando la Resolución

Nº 179/2009 de la Defensoría del Pueblo, se creó la Dirección General de Verdad,

Justicia y Reparación, a fin de resguardar la integridad de los documentos,

infraestructura, difusión de informes e implementación de las recomendaciones

realizadas (PARAGUAY, 2010).

Pero lo que realmente se precisa, es contar con una Secretaría de Derechos

Humanos, que forme parte de la PGR; porque al ser la población elemento

fundamental del Estado, sus intereses deben ser entendidos como intereses del

Estado, y por tanto, deben ser protegidos integralmente; y jamás pueden colisionar

los Derechos Humanos con los intereses estatales. Y sin embargo, hoy en día se da

esa situación, porque la PGR representa y defiende al Estado Paraguayo, cuando es

77

demandado por indemnización de daños y perjuicios, generalmente cometidos por

violaciones a los Derechos Humanos, sin hacerse cargo de los delitos de lesa

humanidad que comenten los funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones;

cuando el Estado debe ser responsable de las actos llevados a cabo por los servidores

públicos que tiene como funcionarios.

Por eso es muy importante centralizar en la PGR, la Defensoría del Pueblo,

la Secretaría de la Función Pública y la Secretaría de Derechos Humanos que se debe

crear, a fin que una sola Institución del Estado, sea la responsable en la elección y

control de los servidores públicos; y de ese modo, se evitaría contar entre los mismos

a violadores de los Derechos Humanos, y de darse un caso, el Estado tiene la

obligación de resarcir los daños y perjuicios, preservando en primer lugar los

derechos fundamentales de la población. Y debe desterrarse por siempre la idea que

no se debe abonar por indemnizaciones porque se desangran las arcas públicas,

porque de ese modo, el Estado está apañando los hechos de lesa humanidad

cometidos por funcionarios públicos, causando un gran perjuicio en la población, que

se siente indefensa ante este tipo de aberrantes atropellos. Porque finalmente, lo

único que se obtiene es postergar el pago, porque al no encontrarse justicia en el

Paraguay, se recurre a tribunales internacionales que fallan a favor de las víctimas,

dando como consecuencia el obligatorio pago de sumas muy superiores en

indemnización, que finalmente terminan por exprimir las arcas públicas. Y se

propone integrar a la Defensoría del Pueblo, con las actuales funciones que posee.

a. Defensoría del Pueblo

La Defensoría del Pueblo fue la figura constitucional establecida en el año

1992, pero inició sus actividades el 2 de enero de 2002; y tiene como principales

funciones, las de la defensa de los Derechos Humanos, la canalización de los

reclamos populares y la protección de los intereses comunitarios. Sus logros más

importantes han sido el resarcimiento de daños a las víctimas del Gobierno del Gral.

Stroessner, por persecución, prisión, tortura, desaparición y asesinato por fines

estrictamente políticos. Y con la incorporación de este ente como dependencia de

78

derechos Humanos en la PGR, se estaría unificando criterios y ayudando al

achicamiento del Estado.

4.4.5.1.7. Función Pública

La Secretaría de la Función Pública fue creada en el año 2000, teniendo

como rol ser la Institución normativa de la función pública y del desarrollo

institucional de todos los entes estatales (PARAGUAY, 2013). Con una estructura

organizacional enorme y con muy buenas intenciones, pero que no está cumpliendo a

cabalidad con su función, justamente debido a que tiene una dependencia directa de

la Presidencia de la República y porque no se han lineado políticas acordes a lo que

se precisa para seleccionar, admitir, calificar, evaluar, promocionar, controlar,

supervisar, promocionar y sumariar a los recursos humanos del sector público; y

porque además, algunas entes como el Tribunal Superior de Justicia Electoral,

amparados en una Acción de Inconstitucionalidad, están exentos de ser regidos por la

Ley Nº 1626/2000 “De la Función Pública”. Por eso es muy necesario que esta

dependencia estatal forme parte de la PGR, tal y como ocurre en otros países a nivel

continental; debido a que los servidores públicos realizan tareas, utilizan bienes y

manejan intereses públicos, y por tanto, su desempeño en general debe ser

responsabilidad del Estado.

Actualmente, la Secretaría de la Función Pública tiene una Dirección que se

encarga de los Sumarios Administrativos a los servidores públicos, mientras que es la

CGR la que posee el Departamento Anticorrupción y el Departamento de

Profundización de Indicios de Hechos Punibles; y finalmente, está la recientemente

creada Secretaría Nacional Anticorrupción, que tiene funciones similares con

respecto al desempeño de los servidores públicos. Y en caso de darse una situación

que afecte a los mismos, la PGR no tiene injerencia, pese a que están en juego los

bienes e intereses del Estado. Y de unificar la Secretaría de la Función Pública con la

PGR, se estaría no solamente ayudando al achicamiento del Estado, sino que se

evitarían las demandas de indemnización que desangran las arcas públicas, porque se

tendría especial cuidado en la selección y en la supervisión de los recursos humanos,

79

de tal modo que se escoja a los más capacitados y que ante el primer atisbo de una

irregularidad, tanto contra los bienes como con los intereses estatales, sería la PGR la

que intervendría desde el origen mismo de la situación, y no solamente cuando el

Estado es parte en un juicio.

4.4.5.1.8. Medioambiente

Los objetivos prioritarios de interés social, constituyen la preservación, la

conservación, la recomposición y el mejoramiento del ambiente (CONSTITUCIÓN

NACIONAL, 1992); y teniendo en cuenta que afecta y condiciona la vida del ser

humano, es una obligación que todo daño ambiental sea motivo de recomposición e

indemnización; de manera que el cuidado del ambiente debe ser uno de los

principales intereses del Estado. Y es por ello que, al igual que en otros países, la

Secretaría del Ambiente debe formar parte de la PGR, ente éste que debe encargarse

de la gestión ambiental, garantizando también el aprovechamiento racional de los

recursos naturales.

a. Recursos Naturales

Para el aprovechamiento de los Recursos Naturales, debe entrar a funcionar

el control efectivo del Estado para preservar sus intereses, con respecto al

otorgamiento de concesiones a personas o empresas privadas, públicas o mixtas, sean

éstas nacionales o extranjeras, para la prospección, exploración, investigación, cateo

y explotación de yacimientos de los recursos naturales. Porque en la actualidad, la

PGR no tiene injerencia en la concesión que se realiza, que más bien es manejada por

el Viceministerio de Minas y Energía, dependiente del Ministerio de Obras Públicas

y Comunicaciones. Así como el Estado tampoco tiene el control con respecto a la

cantidad de material extraído, y por el cual debe abonarse un canon, como ocurre con

la extracción de oro en Paso Yobai y de yeso en Lagerenza, entre otros. Lo cual va en

detrimento de las arcas públicas, porque no ingresa lo que corresponde al canon

fijado en las concesiones respectivas, teniendo en cuenta la ausencia de las

80

instituciones estatales en los lugares de explotación y extracción, confiándose

solamente en las declaraciones que realizan los concesionarios, con respecto al

mineral extraído. Dando pie también al comercio y tráfico ilegal, especialmente del

oro. Todo lo cual, se repite, va en detrimento de las arcas del Estado, beneficiando a

unos pocos.

Por eso, es muy importante que la PGR tenga a su cargo lo que haga

referencia al Medioambiente e incluir los Recursos Naturales, de modo tal que como

interés prioritario del Estado, los mismos se preserven para asegurar la calidad de

vida actual y de futuras generaciones, como así también, cuidar que los recursos

naturales no sean explotados de manera indiscriminada; y aquellos que posean

concesión estatal, cumplan a cabalidad en el abono del canon fijado, de modo que los

beneficios sean para la población en general. Y la inserción de la Secretaría del

Ambiente en la PGR, ayudará al achicamiento del Estado, y a la vez, a un mejor

control de los intereses estatales.

4.4.5.1.9. Patrimonio Cultural

El Patrimonio Cultural debe ser entendido como un patrimonio estatal

invalorable, porque es de interés de todos en general; y actualmente, la Secretaría

Nacional de Cultura depende de la Presidencia de la República, y una de sus

dependencias, la Dirección General de Patrimonio Cultural, en base a lo establecido

en la Ley Nº 946/1982 “De Protección de los Bienes Culturales”, tiene como función

proteger legal, profesional y registralmente, el patrimonio material e inmaterial del

Paraguay. Tiene a su cargo bienes estatales como la Biblioteca y el Archivo

Nacional, Museos, como la Casa de la Independencia y otros; pero lo importante es

que constituyendo bienes e intereses estatales de gran valor, deben estar a cargo de la

PGR, a fin de unificar criterios, de ayudar al achicamiento del Estado y de la

preservación de los mismos, escogiendo a los mejores profesionales en cada área. Y

se sugiere que dentro de esta dependencia, se contemple al INDI, como sub-

dependencia.

81

a. INDI

El Instituto Nacional del Indígena, si bien es un ente autártico, sigue

teniendo dependencia del Ministerio de Educación y Cultura. Y si se tiene en cuenta

que la Constitución Nacional establece que los pueblos indígenas son grupos de

culturas anteriores a la formación y organización del Estado paraguayo, y que

además, éste está obligado a proveerle gratuitamente para su tierra, es importante que

el INDI dependa de la PGR, porque no solamente se estaría protegiendo a estos

pueblos en lo que se refiere al patrimonio cultural que conforman, sino que a la vez,

se estaría brindando toda la cobertura en lo que haga referencia a sus tierras, que

finalmente es el Estado el responsable de otorgarles y garantizar que las mismas no

sean embargadas, divididas, divididas o transferidas; a la vez de no ser objeto de

contaminación ambiental ni depredación de su hábitat.

Con la incorporación del INDI a la PGR, se estaría unificando criterios

jurídicos para cada caso en particular, especialmente en lo que se refiere a la cesión

de tierras estatales, como así también en la protección a su cultura; además de ayudar

al achicamiento del Estado.

4.4.5.1.10. Servicios Ciudadanos

Se busca la creación de una dependencia en la PGR, que preste servicios

varios a la ciudadanía en general, que tenga que ver con el interés general y que no

solamente cree un nexo cercano con la población, sino que la misma se sienta

protegida por el Estado. Y siguiendo la tendencia de países a nivel continental que

han tenido experiencias muy buenas en ese sentido, la PGR debe tener a su cargo a la

Defensa al Consumidor, con atención a denuncias varias, asesoría ciudadana,

programas de protección a víctimas y testigos, denuncia y seguimiento a casos de

personas extraviadas, programas de recompensa, y los casos de conciliación,

mediación y arbitraje, que logran solucionar conflictos antes que lleguen a esferas

judiciales. Y con esta integración de entes ya existentes y la creación de otras

dependencias que son necesarias, se espera unificar criterios, proteger el dinero

82

público, solucionar conflictos en forma gratuita, descongestionar los Juzgados y

ayudar al achicamiento del Estado.

a. Defensa al Consumidor

Es importante que esta dependencia estatal que actualmente se encuentra en

la organización del Ministerio de Industria y Comercio, forme parte de los Servicios

Ciudadanos en el seno de la PGR, siguiendo la tendencia y la experiencia exitosa de

otros países; porque en forma gratuita presta servicios a la población, mediando en

conflictos entre los consumidores y proveedores; teniendo en cuenta que al ser

elemento fundamental del Estado, deben resguardarse sus derechos integrales.

b. Protección a Víctimas y Testigos

Si bien, por Ley Nº 4083/2011 “Que crea el Programa de Acompañamiento

y Protección a Testigos y Víctimas en Procesos Penales”, con asistencia y protección

a quienes se encuentren en peligro o riesgo de integridad física, psíquica o en sus

bienes, por ser víctima, testigo o imputado en una causa penal, extensivo a sus

familiares cercanos, actualmente es el Ministerio Público el que implementa un

Programa de Protección a Víctimas y Testigos, que incluye seguridad, albergue,

cambio de identidad y sustento económico temporal. Motivo por el cual, debe ser la

PGR la Institución que tenga a su cargo este sistema, porque está en juego, además

de la paz social, la utilización del dinero público; y por tanto, debe existir unidad de

criterio respecto a este sistema.

c. Programa de Recompensas

Si bien en el Paraguay, se han ofrecido recompensas, por parte del Ministerio

del Interior, referente a los que estaban siendo investigados por ser integrantes de

diferentes grupos de secuestradores, sean del autodenominado Ejército del Pueblo

83

Paraguayo, como de nacionales y extranjeros que estuvieron involucrados en este

tipo de hecho punible, no se ha creado un Programa de Recompensas, que esté

reglamentado por Ley y que se dé a conocer a la población, con respecto a cómo

denunciar y dar información sobre el procedimiento. Además, al estar en juego el uso

del dinero público, indefectiblemente debe ser la PGR la Institución que tenga a su

cargo este Programa, como parte de los Servicios Ciudadanos; y abarcaría lo que se

refiere a la parte jurídica, trabajando muy de cerca con la Policía Nacional y el

Ministerio Público.

d. Personas Extraviadas

No existe en el Paraguay una Institución que tenga a su cargo un Programa

de Ayuda a Familiares de Personas Extraviadas, Sustraídas o Ausentes, como ocurre

en otros países; y si bien es la Policía Nacional la que se encarga de investigar, y en

algunos casos con intervención del Ministerio Público, no se realiza un seguimiento a

mediano y largo plazos; constituyéndose en una problemática de gran impacto en la

sociedad. Motivo por el cuál, debe crearse esta dependencia, en cuyo seno se proceda

a la difusión de fotografías de las personas que se buscan y hasta se ofrezcan

recompensas, siempre en trabajo conjunto con la Policía Nacional y el Ministerio

Público.

e. Procesos Extrajudiciales

Actualmente, los Juzgados en el Paraguay están atiborrados de causas que

son conflictos que se han judicializado y que perfectamente pueden ser tratados

extrajudicialmente, ahorrando tiempo y gasto del dinero público. Y como parte de los

Servicios Ciudadanos, siguiendo la tendencia y rica experiencia de otros países,

debería estar a cargo de la PGR, como Órgano Superior independiente, donde puedan

converger los intereses del Estado con los de la población en general; otorgando los

servicios de Negociación, Conciliación, Mediación y Arbitraje, redituando en un

ahorro del gasto público, al descomprimir el número de causas en los Juzgados, y

84

ayudando a construir la cultura de la paz y la convivencia pacífica.

- Negociación

Esta Sub-dependencia debe encargarse principalmente de instruir a los

ciudadanos en general, con respecto a cómo lograr dirimir un conflicto y llegar a un

acuerdo, a través de la Negociación, tras la conversación de las partes, sin

intervención de terceros.

- Mediación

Esta Sub-dependencia, además de encargarse de instruir a los ciudadanos en

general, con respecto a cómo lograr dirimir un conflicto y llegar a un acuerdo, a

través de la Mediación, tras la conversación de las partes, con intervención de un

tercero que es neutral.

- Conciliación

Esta Sub-dependencia, además de encargarse de instruir a los ciudadanos en

general, con respecto a cómo lograr dirimir un conflicto y llegar a un acuerdo, a

través de la Conciliación, tras la conversación de las partes, con intervención de un

tercero que es neutral, que en este caso sería un funcionario de la PGR de profesión

Abogado.

- Arbitraje

Esta Sub-dependencia, además de encargarse de instruir a los ciudadanos en

general, con respecto a cómo lograr dirimir un conflicto y llegar a un acuerdo, a

través del Arbitraje, tras la conversación de las partes, con intervención de por lo

85

menos un Árbitro que tendrá a su cargo emitir su fallo; pero a pedido de las partes,

puede integrarse con tres y hasta con cinco árbitros.

4.4.6. Estructura Organizacional

Figura 29. Propuesta de Estructura Organizacional de la PGR

86

4.4.7. Aspecto Legal

Evidentemente, para llevar a cabo el rediseño de funciones de la PGR y

poder implementar la organización propuesta (Figura 29), es necesario proceder a

una Reforma de la Constitución Nacional, porque son varios los artículos que deben

ser modificados. Y se procede de la siguiente manera:

- Se puede solicitar la Reforma Constitucional, con la petición de por lo menos 20

(veinte) Diputados, o de por lo menos 12 (doce) Senadores; o a solicitud del

Presidente de la República; o a petición de 30.000 (treinta mil) electores.

- Dicha petición se estudia en ambas Cámaras del Congreso, debiendo ser aprobada

por la mayoría absoluta de dos tercios de sus miembros, en cada una de ellas.

- Una vez que el Congreso Nacional realiza la comunicación, el Tribunal Superior

de Justicia Electoral debe llamar a elecciones, en un plazo no mayor a 180 (ciento

ochenta) días, pero no debe coincidir con otros comicios.

- En dichos comicios, se elige a 120 (ciento veinte) Miembros Convencionales de la

Asamblea Nacional Constituyente.

- La Asamblea Nacional Constituyente sesiona hasta tanto se hayan discutido todos

los puntos objetos de la Reforma Constitucional, y sancionada la Constitución

Nacional, queda promulgada de pleno derecho.

Una vez promulgada la Constitución Nacional, es importante reglamentar

los artículos que hagan referencia a la PGR, de modo que cuente con su Carta

Orgánica.

87

V. CONCLUSIONES

Al concluir este trabajo de investigación, se ha respondido a todas y cada

una de las preguntas que se hicieron al inicio, cumpliéndose con el objetivo general y

los objetivos específicos, además de quedar probada la hipótesis de trabajo.

Y es así que se demuestra fehacientemente que el Estado puede mantener un

nexo más estrecho y directo con la ciudadanía en general, a fin de ejercer la defensa

de sus intereses, a través de la PGR que debe prestar servicios varios, tales como la

solución de conflictos mediante conciliación, negociación, mediación y arbitraje.

Como así también, el seguimiento a casos de personas desaparecidas, la efectiva

protección a víctimas y testigos y ante los abusos que sufren a diario como

consumidores. Y principalmente, no olvidar que los Derechos Humanos de los

ciudadanos deben ser prioritarios y protegidos por sobre cualquier otro derecho por

parte de la PGR, aunque vayan en contra de los bienes patrimoniales del Estado.

También se ha podido demostrar en este trabajo, que es totalmente factible

llegar a la eficacia y a la eficiencia estatal, con respecto a los bienes e intereses

públicos, toda vez que se centralicen en la PGR todas las instituciones y

dependencias públicas que tengan a su cargo el control y la defensa del patrimonio

estatal, incluyendo a los recursos naturales.

En cuanto a la manera en que influirá el rediseño de funciones de la PGR,

en la eficacia y la eficiencia estatal, se ha concluido que evidentemente se convertirá

en una Institución con indiscutible calidad de la gestión; en la cual se logrará la

unidad en la dirección, en la coordinación de tareas y en el criterio con respecto a los

bienes e intereses patrimoniales del Estado; pudiendo evitarse la excesiva burocracia

88

con la simplificación de los trámites. Y el impacto será positivo en la población, al

contar en la PGR como una Institución estatal que presta servicios ciudadanos, con

muchos de los cuales nunca contó; como así también, al contribuir con el

achicamiento del Estado, y con una reorganización y modernización de su estructura,

con la nueva imagen que proyectará; logrando el ahorro en recursos humanos y

económicos, minimizando el Presupuesto Nacional de Gastos de la Nación; y habría

un reordenamiento administrativo, logrando la autonomía presupuestaria.

Se podrá además optimizar la canalización de la Cooperación Internacional,

a través de la PGR, porque al ser la Institución que intervenga en la firma de

convenios, y controle que se ejecuten en debida forma para que se cumpla con el

objetivo fijado, se tendrá la certeza que los resultados estarán a la vista para beneficio

de la comunidad. Y lo más importante es que la ciudadanía en general podrá

convertirse en contralora permanente de los bienes del Estado, porque habría total

transparencia en las gestiones; y actualmente no se tiene un control de los recursos

públicos, que hagan referencia al patrimonio estatal. Demostrándose también

fehacientemente que perfectamente pueden converger los intereses estatales con los

ciudadanos.

Pero para el fiel cumplimiento de las funciones de la PGR, la Institución

debe contar con real independencia de los tres Poderes del Estado; debiendo ser un

Órgano Extra-Poder, que pueda representar, fiscalizar y defender los bienes e

intereses patrimoniales del Estado; siendo su titular y sus componentes, profesionales

idóneos y comprometidos con el servicio público, seleccionados de ternas propuestas

por el Consejo de la Magistratura y escogidos en la Cámara de Senadores, tal y como

ocurre con el titular del Ministerio Público.

Y definitivamente, las funciones específicas que debe cumplir la PGR, en

consonancia con el sistema a nivel continental, son: la defensa, la representación y la

contraloría del patrimonio e intereses del Estado y los recursos públicos, la asesoría

jurídica a todas las instituciones y dependencias públicas, la asesoría a la Presidencia

de la República, la escribanía del Estado, los asuntos y tratados internacionales, la

cooperación internacional, los Derechos Humanos, los Recursos Naturales, denuncia

contra funcionarios públicos, protección a víctimas y testigos, programa de

89

recompensas, seguimiento a casos de personas extraviadas, contraloría ciudadana,

negociación, mediación, conciliación y arbitraje. Y se verían afectadas las

instituciones y dependencias estatales, tales como: la Escribanía Mayor de Gobierno,

la Contraloría General de la República, la Secretaría Anticorrupción, la Secretaría del

Ambiente, la Secretaría de la Función Pública, la Secretaría Nacional de Cultura, el

INDI, la Defensoría del Pueblo y la Defensa al Consumidor.

Teniendo en cuenta las conclusiones a las cuales se arribó, totalmente

congruentes con el Objetivo General de este trabajo, es indudable que es totalmente

factible reformular las funciones y atribuciones de la PGR con la centralización de

funciones de entes y dependencias estatales, a través de la modernización y el

fortalecimiento institucional, para lograr efectivizar el control, la defensa y la

protección de los bienes e intereses patrimoniales y de los recursos naturales y

públicos, como así también, de los servicios a la ciudadanía.

Así también, se ha demostrado la hipótesis, con respecto a que una

Institución pública organizada, fortalecida y orientada a preservar los bienes,

intereses y recursos patrimoniales públicos, y a la vez a conciliar con el servicio

ciudadano velando por sus derechos en general, será el pilar fundamental en el sostén

de la democracia como forma de Gobierno y como forma de vida colectiva, iniciando

y sustentando el Desarrollo y la Defensa Nacional.

90

VI. RECOMENDACIONES

Actualmente, la PGR no cumple a cabalidad con el rol que

constitucionalmente le fue asignado, porque tropieza con algunos inconvenientes,

como ser:

- La falta de una Carta Orgánica, que reglamente su funcionamiento.

- La carencia de independencia total de los tres Poderes del Estado.

- No contar con presupuesto propio.

- La necesidad de modernización y actualización en cuanto a las funciones que le

competen, de acuerdo a los nuevos paradigmas implementados con éxito en otros

países a nivel continental.

- La falta de un nexo más estrecho de una institución estatal con la ciudadanía.

Y para una propuesta de solución, se debe tener en cuenta en cada dominio,

los siguientes aspectos:

6.1. Poder Ejecutivo

- Unificar las instituciones y dependencias estatales que poseen similares o iguales

funciones con respecto a bienes e intereses estatales y que dependen de este Poder

del Estado, como: la Escribanía Mayor de Gobierno, la Secretaría Anticorrupción,

la Secretaría del Ambiente, la Secretaría Nacional de Cultura, el INDI y la

Defensa al Consumidor.

91

- Remitir al Congreso Nacional, la solicitud de la Reforma de la Constitución

Nacional.

6.2. Poder Legislativo

- Estudiar la solicitud del Poder Ejecutivo para la Reforma de la Constitución

Nacional, aprobarla por la mayoría absoluta de dos tercios en ambas Cámaras, y

comunicar al Tribunal Superior de Justicia Electoral.

- Estudiar y sancionar la Carta Orgánica de la PGR, de acuerdo al rediseño de las

funciones.

- Otorgar a la PGR un presupuesto acorde a las nuevas funciones que deberá

cumplir.

6.3. Tribunal Superior de Justicia Electoral

- Una vez recibida la comunicación por parte del Congreso Nacional, confeccionar

el cronograma y llamar a elecciones en un plazo no mayor de 180 (ciento ochenta)

días.

- Una vez realizadas las elecciones, proclamar a los electos Miembros

Convencionales de la Asamblea Nacional Constituyente.

6.4. Asamblea Nacional Constituyente

- Otorgar constitucionalmente a la PGR el estatus de Órgano Extra-Poder,

totalmente independiente, con presupuesto propio y con funciones definidas de

acuerdo a la experiencia de otros países a nivel continental.

- Incluir en el seno de la PGR, a otras instituciones afines, tales como: la

Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo.

92

- Establecer como modo de elección del Procurador General de la República y del

Procurador Adjunto, el mismo que es utilizado para la elección del Fiscal General

del Estado.

- Establecer como modo de elección de los Procuradores Delegados, el mismo

utilizado para la elección de Agentes Fiscales.

6.5. Procuraduría General de la República

- Redactar un proyecto de Carta Orgánica incluyendo el rediseño de funciones, y

remitir al Congreso Nacional para su estudio y aprobación.

- Interiorizarse de experiencias de otros países, de modo a repetir los aciertos y

evitar los errores ajenos; pero siempre, teniendo en cuenta la realidad, la

necesidad y la idiosincrasia del pueblo paraguayo.

6.6. Poder Judicial

- Que no resuelva a favor las acciones de inconstitucionalidad que presentan los

entes y dependencias públicas, a fin de impedir que sean controladas y auditadas

sus gestiones por parte de los órganos establecidos constitucionalmente.

93

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97

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http://www.sfp.gov.py

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PARAGUAY, “Secretaría Técnica de Planificación”, Asunción, 2009, Dirección

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PARAGUAY, “Vice Ministerio de Minas y Emergía”, Asunción, 2013, Dirección

Web: http://www.ssme.gov.py

PERÚ, “La Contraloría General de la República”, Lima, 2013, Dirección Web:

http://www.contraloria.gob.pe/

RCA. DOMINICANA, “Procuraduría General de la República”, Santo Domingo,

2010, Dirección Web: http://www.procuraduría.gov.do

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para la Gestión de las Infraestructuras de Datos Espaciales”, Instituto

Geográfico Agustín Codazzi, La Geografía Oficial de Colombia, Bogotá,

Colombia, 2005, 8 p., ISBN: S/N.

RUIZ, Laura, “Modernización Institucional”, Bogotá, 2013, Dirección Web:

http://prezi.com/s_sdjo0aanag/modernizacion-institucional/

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Paraguay, Asunción, 1965, 243 p., Dirección Web: http://www.portalguarani.c

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98

APÉNDICE

99

Apéndice 1

Instrumentos de recolección de datos

100

Apéndice 1.1.

Instrumento de Recolección de Datos Nº 1

ENCUESTA A FUNCIONARIOS DE LA PGR

Hoja 1

¿Se contraponen los intereses ciudadanos con los intereses patrimoniales del Estado?

Si No

¿Los intereses de la ciudadanía deberían ser protegidos por la PGR?

Si No

¿La ciudadanía en general tiene acceso para ser contralora del Patrimonio Estatal?

Si No

¿Considera que la PGR tiene un nexo cercano con la ciudadanía en general?

Si No

¿Conoce los Servicios Ciudadanos que presta la PGR en otros países?

Si No

¿Cuáles de estos servicios ciudadanos considera que debe brindar la PGR?

Conciliación Mediación y Arbitraje

Derechos Humanos Protección a Víctimas y Testigos

Programa de Recompensas Personas Extraviadas

Contraloría Ciudadana Denuncias contra Funcionarios Públicos

Todos los citados Ningún Servicio Ciudadano

¿La PGR es un Órgano Extrapoder totalmente independiente?

Si No

¿Considera que la PGR cumple con las funciones para las cuales fue creada?

Si No

¿Existe superposición de funciones de la PGR con otros entes estatales?

Si No

¿Considera factible un rediseño de funciones y atribuciones de la PGR?

Si No

101

Hoja 2

¿La PGR puede convertirse en un Órgano con superpoderes al cuidado de la cosa pública?

Si No

¿Puede la PGR trabajar con los entes estatales y prestar a la vez servicios comunitarios ?

Si No

Al integrar dependencias afines a la PGR, ¿se achicaría el Estado?

Si No

Con la integración de dependencias afines a la PGR, ¿disminuirán los gastos del Estado?

Si No

Al integrar dependencias afines a la PGR, ¿se desburocratizaría el Estado?

Si No

Con el rediseño de funciones de la PGR, ¿se unificarían criterios sobre la cosa pública?

Si No

Integrando funciones, ¿la PGR tendría mayor control sobre el Patrimonio Estatal?

Si No

¿Conoce las dependencias estatales que forman parte de la PGR en otros países?

Si No

¿Cuáles de estas dependencias estatales deben formar parte de la PGR?

Ases. Jurídica a Entes Púb. Asesoría de la Presidencia de la República

Escribanía Mayor de Gob. Asuntos y Tratados Internacionales

Cooperación Internacional Contraloría General de la República

Secretaría Anticorrupción Derechos Humanos

Secretaría del Ambiente Secretaría de la Función Pública

Recursos Naturales Secretaría de la Cultura

INDI Defensoría del Pueblo

Defensa al Consumidor Todas las citadas

Ninguna de las citadas

102

Apéndice 1.2.

Instrumento de Recolección de Datos Nº 2

ENTREVISTA A AUTORIDADES DE LA

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

1. ¿Considera que la PGR está cumpliendo con la totalidad de las funciones para las

cuales ha sido creada?

2. ¿Se puede proceder al rediseño de funciones de la PGR, acorde al que se ha

adoptado en otros países, conjugando la defensa de los bienes e intereses

patrimoniales del Estado, con los intereses comunitarios?

3. ¿Está de acuerdo en que la PGR reúna en su seno a todas las instituciones y

dependencias estatales que poseen funciones iguales, similares o inherentes a lo

relacionado al patrimonio estatal, como la centralización de la Asesoría Jurídica

de todos los entes públicos, la Asesoría a la Presidencia de la República, la

Escribanía Mayor de Gobierno, la Contraloría General de la República, la

Secretaría Anticorrupción y la Secretaría de la Función Pública?

4. De acuerdo al nuevo paradigma, ¿considera factible que también se integren y

formen parte de la PGR, otras dependencias estatales cuyo objetivo es preservar

bienes e intereses comunes, como la Defensoría del Pueblo, la Defensa al

Consumidor, la Secretaría del Ambiente, la Secretaría Nacional de Cultura y el

INDI?

5. ¿Considera posible que la PGR implemente Servicios Ciudadanos, tal y como se

ha implementado con éxito en otros países, tales como la Conciliación, la

Mediación, el Arbitraje, la Protección a Víctimas y Testigos, el Programa de

Recompensas, y el seguimiento de casos de Personas Extraviadas ?

6. Con el rediseño de funciones de la PGR, considera que se podrá evitar la

superposición de funciones, el achicamiento del Estado, la reducción de gastos, la

desburocratización, la unificación de criterios jurídicos y mayor control de la cosa

pública?

7. ¿Qué incidencia y qué impacto podría tener la reorganización de funciones de la

PGR?

103

Apéndice 1.3.

Instrumento de Recolección de Datos Nº 3

ENTREVISTA A AUTORIDADES DE ESCRIBANÍA MAYOR DE

GOBIERNO, SEAM, INDI, SENAC, CGR, SFP, DP, DC

1. ¿En la Institución que representa, existen funciones similares a las que posee otro

ente del Estado?

2. ¿De qué manera podrían complementarse las funciones institucionales con las de

la PGR?

3. ¿Está de acuerdo en que un solo ente reúna en su seno a todas las instituciones y

dependencias estatales que poseen funciones iguales, similares o inherentes a lo

relacionado al patrimonio estatal, como la centralización de la Asesoría Jurídica

de todos los entes públicos, la Asesoría a la Presidencia de la República, la

Escribanía Mayor de Gobierno, la Procuraduría General de la República, la

Contraloría General de la República, la Secretaría Anticorrupción y la Secretaría

de la Función Pública?

4. De acuerdo al nuevo paradigma, de que las instituciones estatales se encarguen de

los bienes e intereses patrimoniales del Estado y de los intereses ciudadanos,

¿considera factible que también se integren y formen parte de un solo ente estatal,

otras dependencias cuyo objetivo es preservar bienes e intereses comunes, como

la Defensoría del Pueblo, la Defensa al Consumidor, la Secretaría del Ambiente,

la Secretaría Nacional de Cultura y el INDI?

5. ¿Considera posible que la PGR sea el ente estatal que reúna todas las

dependencias citadas anteriormente, preste además Servicios Ciudadanos, tal y

como se ha implementado con éxito en otros países, tales como la Conciliación, la

Mediación, el Arbitraje, la Protección a Víctimas y Testigos, el Programa de

Recompensas, y el seguimiento de casos de Personas Extraviadas ?

6. Considera que se podrá evitar la superposición de funciones, el achicamiento del

Estado, la reducción de gastos, la desburocratización, la unificación de criterios

jurídicos y el mayor control de la cosa pública, unificándose las dependencias

estatales con tareas similares?

7. ¿Qué incidencia y qué impacto podría tener dicha unificación de dependencias

estatales?

104

Apéndice 2

Tabulación de Datos

105

ENCUESTA FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE LA PGR

Nivel de contraposición de intereses ciudadanos con los patrimoniales del Estado

Opciones Fa Fr SI se contrapone 14 29% NO se contrapone 34 71% TOTAL 49 100% Tabla 2. Nivel de contraposición de intereses ciudadanos con los patrimoniales del Estado

Intereses de la ciudadanía deben ser protegidos por la PGR

Opciones Fa Fr SI deben ser protegidos 32 67% NO deben ser protegidos 16 33% TOTAL 48 100% Tabla 3. Intereses de la ciudadanía deben ser protegidos por la PGR

Ciudadanía con acceso para ser contralora del Patrimonio Estatal

Opciones Fa Fr SI es contralora 15 31% NO es contralora 33 69% TOTAL 48 100% Tabla 4. Ciudadanía con acceso para ser contralora del Patrimonio Estatal

PGR con nexo cercano con la ciudadanía en general

Opciones Fa Fr SI posee 14 29% NO posee 34 71% TOTAL 48 100% Tabla 5. PGR con nexo cercano con la ciudadanía en general

Conocimiento de los servicios ciudadanos prestados por la PGR en otros países

Opciones Fa Fr SI conoce 17 35% NO conoce 31 65% TOTAL 48 100% Tabla 6. Conocimiento de los servicios ciudadanos prestados por la PGR en otros países

106

Servicios ciudadanos que deben ser prestados por la PGR

Opciones Fa Fr Conciliación 48 100% Mediación y Arbitraje 48 100% Derechos Humanos 46 96% Protección a Víctimas y Testigos 48 100% Programa de Recompensas 15 31% Personas Extraviadas 11 23% Contraloría Ciudadana 28 58% Denuncia contra Funcionarios Públicos 48 100% Todos los citados 7 15% Ningún servicio ciudadano 0 0% TOTAL 48

Tabla 7. Servicios ciudadanos que deben ser prestados por la PGR

PGR Órgano Extra poder totalmente independiente

Opciones Fa Fr SI es independiente 32 67% NO es independiente 16 33% TOTAL 48 100% Tabla 8. PGR como Órgano extra poder totalmente independiente

La PGR cumple con las funciones para las cuales fue creada

Opciones Fa Fr SI cumple 21 44% NO cumple 27 56% TOTAL 48 100% Tabla 9. La PGR cumple con las funciones para las cuales fue creada

Superposición de funciones entre la PGR y otros entes

Opciones Fa Fr SI existe superposición 34 71% NO existe superposición 14 29% TOTAL 48 100% Tabla 10. Superposición de funciones entre la PGR y otros entes

107

Factibilidad en rediseño de funciones y atribuciones de la PGR

Opciones Fa Fr SI es factible 44 92% NO es factible 4 8% TOTAL 48 100% Tabla 11. Factibilidad en rediseño de funciones y atribuciones de la PGR

PGR como un Órgano con súper poderes al cuidado de la cosa pública

Opciones Fa Fr SI es factible 28 58% NO es factible 20 42% TOTAL 48 100% Tabla 12. PGR como un Órgano con súper poderes al cuidado de la cosa pública

Trabajar la PGR con otros entes y a la vez prestar servicios comunitarios

Opciones Fa Fr SI es posible 29 60% NO es posible 19 40% TOTAL 48 100% Tabla 13. Trabajar la PGR con otros entes y a la vez prestar servicios comunitarios

Achicar el Estado al integrar Instituciones y dependencias afines a la PGR

Opciones Fa Fr SI se achicaría el Estado 32 67% NO se achicaría el Estado 16 33% TOTAL 48 100% Tabla 14. Achicar el Estado al integrar Instituciones y dependencias afines a la PGR

Reducción de gastos del Estado al integrar Instituciones y dependencias afines a la PGR

Opciones Fa Fr SI se reducirían los gastos 31 65% NO se reducirían los gastos 17 35% TOTAL 48 100% Tabla 15. Reducción de gastos del Estado al integrar Instituciones y dependencias afines a la PGR

108

Desburocratización del Estado al integrar Instituciones y dependencias afines a la PGR

Opciones Fa Fr SI se desburocratizará 26 54% NO se desburocratizará 22 46% TOTAL 48 100% Tabla 16. Desburocratización del Estado al integrar Instituciones y dependencias afines a la

PGR

Unificación de criterios sobre la cosa pública con el rediseño de funciones de la PGR

Opciones Fa Fr SI se unificarían criterios 42 88% NO se unificarían criterios 6 12% TOTAL 48 100% Tabla 17. Unificación de criterios sobre la cosa pública con el rediseño de funciones de la PGR

Mayor control sobre el Patrimonio Estatal con el rediseño de funciones de la PGR

Opciones Fa Fr SI habría mayor control 48 100% NO habría mayor control 0 0% TOTAL 48 100% Tabla 18. Mayor control sobre el Patrimonio Estatal con el rediseño de funciones de la PGR

Conocimiento de dependencias de la PGR en otros países

Opciones Fa Fr SI conoce 20 42% NO conoce 28 58% TOTAL 48 100% Tabla 19. Conocimiento de dependencias de la PGR en otros países

109

Instituciones y dependencias estatales que deben formar parte de la PGR

Opciones Fa Fr Asesoría Jurídica a Entes Públicos 48 100%

Asesoría de la Presidencia de la República 42 88%

Escribanía Mayor de Gobierno 18 38%

Asuntos y Tratados Internacionales 40 83%

Cooperación Internacional 24 50%

Contraloría General de la República 12 25%

Secretaría Anticorrupción 31 65%

Derechos Humanos 38 79%

Secretaría del Ambiente 18 38%

Secretaría de la Función Pública 8 17%

Recursos Naturales 15 31%

Secretaría de la Cultura 11 23%

INDI 17 35%

Defensoría del Pueblo 40 83%

Defensa al Consumidor 14 29%

Todas las citadas 14 29%

Ninguna de las citadas 1 2%

TOTAL 48 Tabla 20. Instituciones y dependencias estatales que deben formar parte de la PGR

ENTREVISTA A AUTORIDADES DE LA PGR Y DE LA ESCRIBANÍA

MAYOR DE GOBIERNO, SEAM, INDI, SENAC, CGR, SFP, DP Y DC

PGR a cargo de intereses patrimoniales del Estado y de los ciudadanos

Opciones Fa Fr Si se puede 6 75% No se puede 2 25% TOTAL 8 100% Tabla 21. PGR a cargo de intereses patrimoniales del Estado y de los ciudadanos

Factibilidad que la PGR preste Servicios Ciudadanos

Opciones Fa Fr Si es factible 6 67% No es factible 3 33% TOTAL 9 100% Tabla 22. Factibilidad que la PGR preste Servicios Ciudadanos

110

La PGR cumple con la totalidad de las funciones para las cuales fue creada

Opciones Fa Fr Si cumple 4 50% No cumple 4 50% TOTAL 8 100% Tabla 23. La PGR cumple con la totalidad de las funciones para las cuales fue creada

Instituciones y dependencias estatales con funciones iguales a las de la PGR

Opciones Fa Fr Si existen 7 78% No existen 2 22% TOTAL 9 100% Tabla 24. Instituciones y dependencias estatales con funciones iguales a las de la PGR

Posibilidad de integrar instituciones y dependencias estatales a la PGR

Opciones Fa Fr Si es posible 4 45% Solamente algunas 3 33% Con dictámenes vinculantes 2 22% No es posible 0 0% TOTAL 8 100% Tabla 25. Posibilidad de integrar instituciones y dependencias estatales a la PGR

Factibilidad de integrar instituciones y dependencias estatales a la PGR

Opciones Fa Fr Si es factible 5 63% Solamente algunas 3 37% No es factible 0 0% TOTAL 8 100% Tabla 26. Factibilidad de integrar instituciones y dependencias estatales a la PGR

Incidencia e impacto que se logrará con el rediseño de funciones de la PGR

Opciones Fa Fr Si producirá logros significativos 6 75% No producirá logros significativos 2 25% TOTAL 8 100% Tabla 27. Incidencia e impacto que se logrará con el rediseño de funciones de la PGR

111

Incluir como función de la PGR la preservación de bienes e intereses comunes

Opciones Fa Fr Si se debe incluir 6 67% No se debe incluir 3 33% TOTAL 9 100% Tabla 28. Incluir como función de la PGR la preservación de bienes e intereses comunes

Nuevos servicios ciudadanos prestados por la PGR

Opciones Fa Fr

Si es necesario 9 100%

No es necesario 0 0%

TOTAL 9 100% Tabla 29. Nuevos servicios ciudadanos prestados por la PGR

Margen de error Nivel de confianza

Ciudadanía 48 12% 97%

Autoridades 17 15,70% 97%

Total 65

Tabla 30. Cálculo del Tamaño de la Muestra

112

Apéndice 3

Fotografías captadas durante el trabajo de campo

113

FOTOGRAFÍAS DEL TRABAJO DE CAMPO

Foto 1. Encuesta a una funcionaria de la PGR

Foto 2. Encuesta a un funcionario de la PGR

114

Foto 3. Encuesta a una funcionaria de la PGR

Foto 4. Encuesta a una funcionaria de la PGR

115

Foto 5. Encuesta a un funcionario de la PGR

Foto 6. Encuesta a un funcionario de la PGR

116

Foto 7. Encuesta a una funcionaria de la PGR

Foto 8. Encuesta a una funcionaria de la PGR

117

Foto 9. Encuesta a una funcionaria de la PGR

Foto 10. Encuesta a una funcionaria de la PGR

118

Foto 11. Encuesta a una funcionaria de la PGR

Foto 12. Encuesta a un funcionario de la PGR

119

Foto 13. Encuesta a una funcionaria de la PGR

Foto 14. Encuesta a un funcionario de la PGR

120

ANEXO

121

Anexo 1

Organigrama actual de la Procuraduría General de la República

ORGANIGRAMA ACTUAL

DE LA

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Figura 28. Organigrama actual de la Procuraduría General de la República