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  • 7/25/2019 Test Sin Consentimiento

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    TEST SINCONSENTIMIENTO

    UNIVERSIDAD TCNICA DE AMBATO

    INTEGRANTES:

    Mnica Basantes BriguiteMedina Mariana Ramn

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    El Consentimiento Informado en la praxis de la psicologa

    El Consentimiento Informado en psicologa es un deber del psiclogo y un derecho del usuario.Como deber es la obligacin del profesional de informar a su usuario de manera clara, oportuna,veraz y completa del proceso que seguir en la prestacin de sus servicios en cualquier rea de la

    psicologa, cerciorndose y asegurndose de que el usuario lo ha entendido, siendo un derecho delusuario recibir dicha informacin y dar su consentimiento para la intervencin psicolgica demanera libre y autnoma.

    El consentimiento informado, ms que un derecho y un deber, es un proceso dialgico enrazn a que se establece entre psiclogo y su usuario, un dilogo entre dos partes, y suobjetio es la b!squeda de mecanismos y estrategias psicolgicas en procura delbienestardel usuario y garantizando que pueda ejercer suautonoma"

    e acuerdo con las reglas del derecho, cada vez que se establece una obligacin de una parte,surgen unos derechos de la otra. En ese sentido, las obligaciones del profesional de la psicologa

    son los derechos del usuario, y los deberes del usuario son los derechos del psiclogo.!ecu"rdese que el artculo #$ de la%ey &'(' de )''$establece los deberes del psiclogo con laspersonas ob*eto de su e*ercicio profesional. En consecuencia, las personas ob*eto del e*ercicioprofesional, es decir, los usuarios del psiclogo, son los recipiendarios de los derechos, y comotitulares de ese derecho, al psiclogo no le queda ms que cumplirlos y hacerlos cumplir.

    entro de la informacin que el psiclogo debe proporcionarle a su usuario, en ese procesodialgico, antes de que este de su consentimiento, est la de informarle sobre la intervencinmisma, los previsibles resultados, su efectos deseables y adversos, el uso que se le dar a lainformacin obtenida, las limitaciones al secreto profesional y las consecuencias *urdicas que sepudieran presentar como consecuencia de la intervencin.

    Condiciones para el Consentimiento

    +olo puede presentarse cundo su causa y ob*eto son lcitos. ebe ser voluntario y carente de vicios. Epresar con claridad las condiciones y limitaciones del+ecreto -rofesional En entornos forenses, deber aclarar su derecho a la no declarar en contra de s mismo

    o contra su cnyuge, compaero permanente o parientes dentro del cuarto grado deconsanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.

    +er legalmente capaz de obligarse a s mismo. %as situaciones en las que no puedehacerlo es cundo/o El estado mental del paciente no es normalo El paciente se encuentra en estado de inconscienciao El paciente es menor de edad01er la seccin inferior2

    #enores de edad y personas incapacitadas

    3ntes de abordar la forma en que se debe procesar el consentimiento informado para esta clase depoblacin, se debe aclarar lo que se entiende por menor de edad para la emisin delconsentimiento informado. e acuerdo a la ley los menores de edad se encuentran en el rango delos cero a los dieciocho aos, sin embargo esto tiene subcategoras/

    %lmese infante o nio, todo el que no ha cumplido siete aos4 imp5ber, el que no ha cumplido

    catorce aos, adulto, el que ha de*ado de ser imp5ber4 mayor de edad, o simplemente mayor, elque ha cumplido dieciocho aos, y menor de edad, o simplemente menor, el que no ha llegado a

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    cumplirlos.

    Es por ello que la misma ley ha sealado, que en t"rminos de la capacidad legal, la cual est ligadaa la capacidad de disposicin, de la que a su vez se desprende la capacidad para consentir, esdecir, de dar el consentimiento, no es lo mismo un menor de catorce aos que uno mayor de esta

    edad. En otras palabras, la ley, en t"rminos de la capacidad, ha establecido, una edad lmite a loscatorce aos.

    $rocesos de %ormacin en $sicologa

    6ratndose de los estudiantes de psicologa, estos no son disciplinables por parte del tribunaldeontolgico y bio"tico de psicologa de acuerdo con la %ey &'(' de )''$.Esta %ey slo le esaplicable a los profesionales. Es por ello que esta ley no contempla nada relacionado con laformacin de los estudiantes. El 5nico artculo relacionado con los estudiantes es el que tiene quever con el uso de pruebas psicot"cnicas. El artculo 78 de la mencionada ley seala que el materialpsicot"cnico es de uso eclusivo de los profesionales en -sicologa. %os estudiantes podrnaprender su mane*o con el debido acompaamiento de docentes y la supervisin y vigilancia de la

    respectiva facultad o escuela de psicologa.9ing5n estudiante puede hacer intervenciones sin el acompaamiento del respectivo docente. :esa intervencin se har siguiendo todos los procedimientos de rigor, entre ellos, el procesodialgicodel consentimiento informado, e informndole al usuario tal situacin. El artculo #& de laley mencionada seala que para la presencia, manifiesta o reservada de terceras personas,innecesarias para el acto profesional, tales como alumnos en prcticas o profesionales enformacin, se requiere el previo consentimiento del usuario.

    : en cuanto a que una intervencin se pueda constituir en material didctico, como en el Caso 9o.(, el artculo )( de la norma en comento, prescribe que la eposicin oral, impresa, audiovisual uotra, de casos clnicos o ilustrativos con fines didcticos o de comunicacin o divulgacin cientfica,debe hacerse de modo que no sea posible la identificacin de la persona, grupo o institucin de

    que se trata, o en el caso de que el medio utilizado conlleve la posibilidad de identificacin delsu*eto, ser necesario su consentimiento previo y eplcito.

    $ara la Inestigacin Cientfica

    %a investigacin cientfica slo se debera llevar a cabo previo consentimiento libre, epreso einformado de la persona interesada. %a informacin debera ser adecuada, facilitarse de formacomprensible e incluir las modalidades para la revocacin del consentimiento. %a personainteresada podr revocar su consentimiento en todo momento y por cualquier motivo, sin queesto entrae para ella desventa*a o per*uicio alguno.

    En cuanto al Consentimiento Informado, para ser parte como su*eto en una investigacin se debenseguir los mismos principios y procedimientos ya sealados para la relacin terap"utica, evaluacino de intervencin psicolgica, recordando lo que dispone el artculo 8) de la %ey &'(' de )''$elcual seala que en los procesos de investigacin en dnde los participantes sean menores de edady personas incapacitadas, el consentimiento respectivo deber firmarlo el representante legal delparticipante. 3dicionalmente, al tratarse de menores de edad, esta resolucin determina que,adems de lo dispuesto en cuanto a la capacidad legal, se debe determinar, y tener en cuenta, elgrado de madurez psicolgica del menor de edad

    .

    ;ay otras situaciones en que por las caractersticas de la investigacin, se hace necesario que laspersonas participantes, como su*etos de investigacin, no conozca los detalles de la investigacin y

    por lo tanto, no se puede dar el proceso dialgicodel consentimiento de una manera clara ydirecta, En situaciones as, la obligacin del investigador ser la de informar al comit" deinvestigacin quien dar su visto bueno. En todo caso, una vez finalizada la investigacin, se le

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    darn a conocer a las personas que han intervenido en ella solicitando su consentimiento cuandofuere necesario para efectos de publicacin de resultados o para posteriores fases de lainvestigacin. En ese sentido, la %ey &'(' de )''$al respecto seala, en el artculo 8&, que/

    Es preciso evitar en lo posible el recurso de la informacin incompleta o encubierta. Este slo seusar cuando se cumplan estas tres condiciones/

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    8. a*o ninguna circunstancia el estudiante de pregrado podr hacer la intervencin sinque el formato de consentimiento este firmado por su supervisor de prctica,recordando que el responsable de la intervencin, en este caso, es el docente y noel estudiante.

    7. -ara proyectos de investigacin cientfica o acad"mica/&. Indicar de manera clara y comprensible la *ustificacin y ob*etivos de la

    investigacin.). %os procedimientos a utilizar y su propsito 0incluyendo la identificacin de aquellos

    que son eperimentales, las molestias o los riesgos esperados, los beneficios quepuedan obtenerse, los procedimientos alternativos que pudieran ser venta*osospara el participante2.

    #. %a garanta de recibir respuesta a cualquier pregunta y aclaracin a cualquier dudaacerca de los procedimientos, riesgos, beneficios y otros asuntos relacionados conla investigacin y el tratamiento del participante.

    7. e*ar de manifiesto la libertad que tiene la persona de retirar su consentimiento encualquier momento y de*ar de participar en el estudio sin que por ello se creenper*uicios para continuar su cuidado y tratamiento.

    8. Indicar la seguridad de que no se identificar al participante y que se mantendr laconfidencialidad de la informacin relacionada con su privacidad.$. Comprometerse a proporcionarle al participante en la investigacin la informacin

    actualizada obtenida durante el estudio, aunque esta pudiera afectar la voluntad delparticipante para continuar en el proyecto.

    >. 3clarar la disponibilidad de tratamiento y la indemnizacin a que legalmente tendraderecho, por parte de la institucin responsable de la investigacin, en el caso dedaos causados por la investigacin.

    ?. -ara proyectos conFenores de edad o personas discapacitadasse deber hacereplcita la capacidad de entendimiento, de razonamiento y lgica del menor o de lapersona con discapacidad, certificada por un neurlogo, psiquiatra o psiclogo altenor de los dispuesto en el artculo )8 de la !esolucin ?7#' de &((#de &((#.

    3dicionalmente, en el caso de proyectos de investigacin, contar con la firma delparticipante aun si este es un menor de edad o persona con discapacidad mental,cuando su estado psicolgico le permita comprender las caractersticas de lainvestigacin, eplicndole lo que se pretende hacer.

    C&'C()*I&'E*+

    El Consentimiento Informado en psicologa es un deber del psiclogo y un derecho delusuario. Como deber es la obligacin del profesional de informar a su usuario de maneraclara, oportuna, veraz y completa del proceso que seguir en la prestacin de sus serviciosen cualquier rea de la psicologa, cerciorndose y asegurndose de que el usuario lo ha

    entendido, siendo un derecho del usuario recibir dicha informacin y dar su consentimientopara la intervencin psicolgica de manera libre y autnoma. El consentimiento informado, ms que un derecho y un deber, es un proceso dialgico en

    razn a que se establece entre psiclogo y su usuario, un dilogo entre dos partes, y suob*etivo es la b5squeda de mecanismos y estrategias psicolgicas en procura del bienestardel usuario y garantizando que pueda e*ercer su autonoma.

    I(I&-./%0/+

    http+11eticapsicologica"org

    http+11eticapsicologica"org12i3i1index"php4title5Consentimiento6Informado

    http://eticapsicologica.org/wiki/index.php?title=Consentimiento_Informado#Menores_de_edad_y_personas_incapacitadashttp://eticapsicologica.org/wiki/index.php?title=Consentimiento_Informado#Menores_de_edad_y_personas_incapacitadashttp://eticapsicologica.org/wiki/index.php?title=Consentimiento_Informado#Menores_de_edad_y_personas_incapacitadashttp://www.urosario.edu.co/EMCS/Documentos/investigacion/resolucion_008430_1993/http://eticapsicologica.org/http://eticapsicologica.org/wiki/index.php?title=Consentimiento_Informadohttp://eticapsicologica.org/wiki/index.php?title=Consentimiento_Informado#Menores_de_edad_y_personas_incapacitadashttp://www.urosario.edu.co/EMCS/Documentos/investigacion/resolucion_008430_1993/http://eticapsicologica.org/http://eticapsicologica.org/wiki/index.php?title=Consentimiento_Informado