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SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA TITULAR DEL ORGANISMO DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONALIZACIÓN DE LA ASISTENCIA SOCIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECIFICO DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONALIZACIÓN DE LA ASISTENCIA SOCIAL DICIEMBRE, 2005 Versión dictaminada por el Comité de Mejora Regulatoria Interna (COMERI), el día 6 de diciembre de 2005, la cual entra en vigor a partir del día de su publicación en la Normateca Interna.

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TITULAR DEL ORGANISMO DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONALIZACIÓN DE LA ASISTENCIA SOCIAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECIFICO

DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONALIZACIÓN DE LA ASISTENCIA

SOCIAL

DICIEMBRE, 2005 Versión dictaminada por el Comité de Mejora Regulatoria Interna (COMERI), el día 6 de diciembre de 2005, la cual entra en vigor a partir del día de su publicación en la Normateca Interna.

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ELABORÓ: APROBÓ: VO.BO.:

DIRECTOR GENRAL DE PROFESIONALIZACIÓN DE LA ASISTENCIA SOCIAL MTRO. JAVIER COBOS FERNÁNDEZ

TITULAR DEL ORGANISMO C.P. ANA ROSA PAYÁN CERVERA

COMERI

INDICE I. INTRODUCCION..................................................................................................................................... 3 II. OBJETIVO DEL MANUAL..................................................................................................................... 4 III. ALCANCE DEL MANUAL .................................................................................................................... 5 IV. POLITICAS DE EJECUCIÓN............................................................................................................... 6 V. RESEÑA DEL ÁREA............................................................................................................................. 7 VI. MARCO JURIDICO............................................................................................................................... 8 VII. ATRIBUCIONES ................................................................................................................................ 15 VIII. MISION Y VISION ............................................................................................................................. 17 IX. ESTRUCTURA ORGANICA............................................................................................................... 18 X. ORGANOGRAMA................................................................................................................................ 19 XI. DESCRIPCION DE FUNCIONES....................................................................................................... 20

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I. INTRODUCCION En el marco de las transformaciones institucionales impulsadas por el Gobierno Federal y a partir de la Ley de Asistencia social publicada en el Diario Oficial el 2 de septiembre del 2004, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia se ha dado a la tarea de revisar, reflexionar y actualizar permanentemente su funcionamiento con miras a responder de manera efectiva y eficaz los nuevos retos y necesidades de la población vulnerable de nuestro país. Este escenario ha colocado al Sistema Nacional DIF como la entidad coordinadora y normativa de los esfuerzos del gobierno y la sociedad en el campo de la asistencia social. Acorde con estos propósitos, la Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social (DGPAS) ha asumido la tarea de enfrentar los retos innovadores que requiere el quehacer institucional para responder de manera organizada, expedita y sólida a las demandas de su población objetivo, esto es: las áreas sustantivas del Sistema Nacional DIF, los Sistemas Estatales y Sistemas Municipales DIF, instituciones Públicas y Organismos de la Sociedad Civil. A fin de contar con directrices claras y precisas que le permitan unificar sus acciones en torno a su operación, así como alcanzar un alto grado de desarrollo en una cultura organizacional de calidad y competitividad y lograr un mayor y oportuno aprovechamiento de sus recursos financieros, humanos y materiales, la Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social ha elaborado a partir de un ejercicio de reflexión colectiva de sus áreas, el presente Manual de Organización. Este documento integra la información breve, veraz y actualizada acerca de la organización interna; la descripción de sus atribuciones, objetivos y funciones, niveles de mando, así como el soporte jurídico que regula sus actividades. El Manual de Organización pretende ser una herramienta referente de consulta permanente y un instrumento de su comunicación para orientar al personal de la Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social sobre su proceso de desarrollo y sobre las adecuaciones a su funcionamiento, con base a los cambios inherentes a la institución, sus recursos, lineamientos y atribuciones vigentes, así como facilitar el desempeño de sus funciones administrativas y operativas.

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II. OBJETIVO DEL MANUAL Proporcionar los elementos organizacionales que orienten las funciones y delimiten las responsabilidades del personal, señalando el ámbito de competencia de las distintas áreas para incidir en una cultura de calidad, así como servir de apoyo para la capacitación del personal que ya labora en la Dirección General y para el de nuevo ingreso, ya sean servidores públicos de otras dependencias y entidades y publico en general.

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III. ALCANCE DEL MANUAL Aplica para la Dirección General de Profesionalización de Asistencia Social (DGPAS), la Dirección de Profesionalización y Metodologías para la Asistencia Social, la Subdirección de Desarrollo Institucional de la Asistencia Social, Subdirección de Gestión para la Formación y Certificación de Competencia Laboral de la Asistencia Social, Subdirección de Desarrollo de Modelos de Intervención en Asistencia Social, la Dirección de Normalización, Evaluación e Información en Asistencia Social, Subdirección de Gestión para la Normalización y Verificación de la Asistencia Social, Subdirección de Evaluación Prospectiva de la Asistencia Social, Subdirección de Información y Documentación en Asistencia Social y al resto del personal que integra la DGPAS, dependiente de la Titular del Organismo, del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF)

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IV. POLITICAS DE EJECUCIÓN La Dirección General, Direcciones y Subdirecciones de la DGPAS deberán ejecutar las atribuciones y funciones conforme al presente Manual. Garantizar la calidad en la ejecución de las acciones, buscando la satisfacción total de nuestros clientes. El personal de la Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social se orientará sobre la organización mediante el Manual de Organización Específico. Se debe mantener actualizado el presente Manual, a través de revisiones periódicas y cuando algún área de la Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social o Unidad Administrativa del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia proponga modificaciones al presente Manual, motivados por alguna mejora o cambios en la Estructura Orgánica de la Entidad.

Para que las modificaciones al presente Manual surtan efecto, éstas deberán ser validadas por las áreas competentes y dictaminadas de manera favorable por el Comité de Mejora Regulatoria Interna y, en su caso, autorizadas por la Titular del Organismo del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. En tal situación, se considerará viable la incorporación de los documentos de que se trate a la Normateca Interna de la Institución. Para efecto de la actualización y publicación del presente Manual de Organización en la Normateca del Sistema Nacional DIF, se deberán sujetar a las disposiciones vigentes para su elaboración y al procedimiento establecido para su dictamen por el Comité de Mejora Regulatoria Interna.

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V. RESEÑA DEL ÁREA Los cambios llevados a cabo en el Sistema Nacional DIF tienen como antecedente el proceso de reforma del gobierno federal iniciado en el año de 1995, el cual abarcó a distintas áreas. Estas reformas tuvieron el propósito de eficientar la gestión de algunas instituciones, integrar sus acciones y hacerlas complementarias con las acciones de otras instituciones, así como con la sociedad civil organizada. El Sistema Nacional DIF presentó una serie de transformaciones en su interior cuya esencia fue dejar de ser una institución operativa para convertirse en el eje normativo del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada. De esta manera, una de las principales acciones de la administración fue la desaparición del Instituto Nacional de Salud Mental (INSAME), cuyas acciones estaban directamente relacionadas con la atención médico asistencial. El 1º. Junio de 1999, el Diario Oficial de la Federación publicó el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional DIF, el cual establecía la nueva estructura del Sistema. Uno de los principales puntos incluidos en el mismo fue la creación de la Dirección de Modelos de Atención como una instancia responsable del desarrollo, capacitación y evaluación de modelos de intervención en Asistencia Social. Cabe hacer mención que se propuso en la II Sesión Ordinaria de la Honorable Junta de Gobierno, celebrada el 5 de julio del año 2001, pasar la Dirección de Modelos de Atención a depender de la Titular del Organismo, en lugar de la Subdirección de Atención a Población Vulnerable. La Dirección de Modelos de Atención inicia así sus funciones en un contexto institucional fundamentado en la coordinación del Sistema Nacional DIF hacia la Asistencia Social. Como proceso natural de una Dirección en pleno desarrollo, la misión de la Dirección se reorientó en el año 2004, definiéndose como un área estratégica del Sistema Nacional DIF, encargada de promover e impulsar la profesionalización del quehacer de la asistencia social, a fin de eficientar los servicios, fortalecer el carácter coordinador y normativo del SNDIF y establecer criterios de calidad que permitan responder a las necesidades de la población vulnerable. Actualmente, la Dirección tiene un amplio desarrollo institucional y un fuerte compromiso para desarrollar eficazmente los programas y proyectos. Así también para dar respuesta adecuadamente a los nuevos retos, en el marco de la Ley de Asistencia Social publicada en el Diario Oficial el 2 de septiembre de 2004, la Dirección llevó a cabo un proceso de reestructuración cuyos resultados se formalizaron a través del Oficio No. SSFP/USPRH/412/1778/2005 emitido por la Secretaría de la Función Pública, con vigencia del 1 de enero de 2005 se autoriza el cambio de denominación de la Dirección de Modelos de Atención por el de Dirección de Profesionalización de la Asistencia Social.

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VI. MARCO JURIDICO CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (Diario Oficial de la Federación del 5 de febrero de 1917) La asistencia social tiene su origen legal en el artículo 3o Constitucional, que establece en su párrafo cuarto: “Toda persona tiene derecho de protección a la salud. La ley definirá las bases y modalidad para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del Artículo 73 de esta Constitución.” Artículo 73 Fracción XVI. “1a..- El Consejo de Salubridad General dependerá directamente del Presidente de la República sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país”... LEY GENERAL DE SALUD Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984 Artículo 2 El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades: I. El bienestar físico y mental del hombre, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; II. La prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana; III. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social; IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud; V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población;

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VI. El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud, y VII. El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud. LEY DE ASISTENCIA SOCIAL (Diario Oficial de la Federación del 2 de septiembre de 2004) CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1. La presente Ley se fundamenta en las disposiciones que en materia de Asistencia Social contiene la Ley General de Salud, para el cumplimiento de la misma, garantizando la concurrencia y colaboración de la Federación, las Entidades Federativas, el Distrito Federal y los sectores social y privado. Artículo 2. Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés general, de observancia en toda la República y tienen por objeto sentar las bases para la promoción de un Sistema Nacional de Asistencia Social que fomente y coordine la prestación de servicios de asistencia social pública y privada e impulse la participación de la sociedad en la materia. Artículo 3. Para los efectos de esta Ley, se entiende por asistencia social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. Artículo 4. Tienen derecho a la asistencia social los individuos y familias que por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas o sociales, requieran de servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar. Con base a lo anterior, son sujetos de la asistencia social, preferentemente:

I. Todas las niñas, niños y adolescentes, en especial los que se encuentren en situación de riesgo o afectados por:

a)Desnutrición; b)Deficiencias en su desarrollo físico o mental, o cuando éste sea afectado por condiciones familiares adversas; c)Maltrato o abuso; d)Abandono; ausencia o irresponsabilidad de progenitores en el cumplimiento y garantía de sus derechos; e)Víctimas de cualquier tipo de explotación; f)Vivir en la calle; g)Víctimas del tráfico de personas, la pornografía y el comercio sexual; h)Trabajar en condiciones que afecten su desarrollo e integridad física y mental; i)Infractores y víctimas del delito; j)Ser hijos de padres con enfermedades terminales o en condiciones de extrema pobreza; k)Ser migrantes y repatriados; y

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l)Víctimas de conflictos armados y de persecución étnica o religiosa. Para los efectos de esta ley son niñas y niños las personas hasta los 12 años incompletos, y adolescentes los que tienen entre 12 años cumplidos y 18 años incumplidos, tal como lo establece el artículo 2 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

II. Las mujeres: a) En estado de gestación o lactancia y las madres adolescentes b) En situación de maltrato o abandono c) En situación de explotación, incluyendo la sexual

III. Indígenas migrantes, desplazados o en situación vulnerable; IV. Migrantes; V. Adultos mayores en desamparo, incapacidad, marginación o sujetos a maltrato; VI. Personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales; VII. Dependientes de personas privadas de su libertad, de enfermos terminales, de

alcohólicos o de fármaco dependientes; VIII. Víctimas de la comisión de delitos; IX. Indigentes; X. Alcohólicos y fármaco dependientes; XI. Coadyuvar en la asistencia a las personas afectadas por desastres naturales y; XII. Los demás considerados en otras disposiciones jurídicas aplicables.

Artículo 9. La Secretaría de Salud, en su carácter de autoridad sanitaria, y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, en su carácter de coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada, tendrán respecto de la asistencia social, y como materia de salubridad general, las siguientes atribuciones:

I. Vigilar el estricto cumplimiento de esta Ley, así como las disposiciones que se dicten con base en ella, sin perjuicio de las facultades que en la materia competan a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y a los Gobiernos y entidades de los estados;

II. Formular las Normas Oficiales Mexicanas que rijan la prestación de los servicios de salud

en materia de asistencia social, a fin de garantizar la calidad de los servicios, y los derechos de los sujetos de esta Ley; así como la difusión y actualización de las mismas entre los integrantes del Sistema Nacional de Salud, y del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada;

III. Certificar que los servicios que presten en la materia las instituciones de los sectores

público y privado, cumplan con lo estipulado en las Normas Oficiales Mexicanas señaladas en el artículo anterior;

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IV. Supervisar la debida aplicación de las Normas Oficiales Mexicanas que rijan la prestación de los servicios de salud en esta materia, así como evaluar los resultados de los servicios asistenciales que se presten conforme a las mismas;

V. Apoyar la coordinación entre las instituciones que presten servicios de asistencia social y

las educativas para formar y capacitar recursos humanos en la materia;

VI. Promover la investigación científica y tecnológica que tienda a desarrollar y mejorar la prestación de los servicios asistenciales en materia de salubridad general;

VII. Formar personal profesional en materias relacionadas con la prestación de servicios de

asistencia social;

VIII. Coordinar un Sistema Nacional de Información en materia de asistencia social en

colaboración con el INEGI;

IX. Coordinar, con las entidades federativas, la prestación y promoción de los servicios de salud en materia de asistencia social;

X. Concertar acciones con los sectores social y privado, mediante convenios y contratos en

que se regulen la prestación y promoción de los servicios de salud en materia de asistencia social, con la participación que corresponda a otras dependencias o entidades;

XI. Coordinar, evaluar y dar seguimiento a los servicios de salud que en materia de asistencia

social presten las instituciones a que se refiere el Artículo 34 Fracción II de la Ley General de Salud;

XII. Realizar investigaciones sobre las causas y efectos de los problemas prioritarios de

asistencia social;

XIII. Coordinar, integrar y sistematizar un Directorio Nacional de Instituciones públicas y privadas de asistencia social;

XIV. Supervisar y coadyuvar en el desarrollo de los procesos de adopción de menores, y

XV. Las demás que le otorga la Ley General de Salud.

Capítulo III Servicios de la Asistencia Social Artículo 12 Se entienden como servicios básicos de salud en materia de asistencia social los siguientes:

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I. Los señalados en el Artículo 168 de la Ley General de Salud:

a. La atención a personas que, por sus carencias socio-económicas o por problemas de invalidez, se vean impedidas para satisfacer sus requerimientos básicos de subsistencia y desarrollo;

b. La atención en establecimientos especializados a menores y adultos mayores en estado de abandono desamparo e inválidos sin recursos;

c. La promoción del bienestar del adulto mayor y el desarrollo de acciones de preparación para la senectud;

d. El ejercicio de la tutela de los menores, en los términos de las disposiciones legales aplicables;

e. La prestación de servicios de asistencia jurídica y de orientación social, especialmente a menores, adultos mayores e inválidos sin recursos;

f. La realización de investigaciones sobre las causas y efectos de los problemas prioritarios de asistencia social;

g. La promoción de la participación consciente y organizada de la población con carencias en las acciones de promoción, asistencia y desarrollo social que se lleven a cabo en su propio beneficio;

h. El apoyo a la educación y capacitación para el trabajo de personas con carencias socio-económicas, y;

i. La prestación de servicios funerarios.

II. La promoción del desarrollo, el mejoramiento y la integración familiar; III. La protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, la representación jurídica y la

promoción de su sano desarrollo físico, mental y social; IV. El fomento de acciones de paternidad responsable, que propicien la preservación de los

derechos de la niñez a la satisfacción de sus necesidades y a la salud física y mental; V. La colaboración o auxilio a las autoridades laborales competentes en la vigilancia y

aplicación de la legislación laboral aplicable a la niñez; VI. La atención a niños, niñas y adolescentes en riesgo de fármaco dependencia, fármaco

dependientes susceptibles de incurrir en hábitos y conductas antisociales y delictivas;

VII. La cooperación con instituciones de procuración e impartición de justicia en la protección de los sujetos susceptibles de recibir servicios de asistencia social;

VIII. La orientación nutricional y la alimentación complementaria a población de escasos

recursos y a población de zonas marginadas; IX. Coadyuvar con las autoridades educativas en la prestación de servicios de educación

especial, con base en lo estipulado en el Artículo 41 de la Ley General de Educación;

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X. El apoyo a mujeres en períodos de gestación o lactancia, con especial atención a las

adolescentes en situación de vulnerabilidad; XI. La prevención al desamparo o abandono y la protección a los sujetos que lo padecen;

XII. La prevención de invalidez y la rehabilitación e integración a la vida productiva o activa de

personas con algún tipo de discapacidad; XIII. La promoción de acciones y de la participación social para el mejoramiento comunitario, y

XIV. Los análogos y conexos a los anteriores que tienda a modificar y mejorar las circunstancias

de carácter social que impidan al individuo y familias, su desarrollo integral. Artículo 23. El Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada, en lo sucesivo "El Sistema", tiene como objeto promover y apoyar, con la participación de los sectores público, privado y las comunidades, las acciones en favor de las personas y familias a que se refiere esta Ley. Capítulo VI Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia Artículo 27.El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia es el Organismo Público Descentralizado, con patrimonio y personalidad jurídica propios, a que se refiere el Artículo 172 de la Ley General de Salud. Artículo 28. El Organismo será el coordinador del Sistema, y tendrá las siguientes funciones: f) Proponer para su aprobación a la Secretaría de Salud, la formulación de las Normas Oficiales Mexicanas en la materia y apoyarla en la vigilancia de la aplicación de las mismas; i) Promover la elaboración de Normas Oficiales Mexicanas en materia de asistencia social, a través de un Comité Técnico de Normalización Nacional de Asistencia Social, que se regulará con base en lo establecido en la Ley Federal de Metrología y Normalización; j) Supervisar y evaluar la actividad y los servicios de asistencia social que presten las instituciones de asistencia social pública y privada, conforme a lo que establece la Ley General de Salud y el presente ordenamiento; k) Elaborar y actualizar el Directorio Nacional de las Instituciones Públicas y Privadas de Asistencia Social; l) Organizar el Servicio Nacional de Información sobre la Asistencia Social; m) Organizar, promover y operar el Centro de Información y Documentación sobre Asistencia Social; o) Realizar y apoyar estudios e investigaciones en materia de asistencia social; p) Promover la formación, capacitación y profesionalización del personal encargado de la prestación de los servicios de asistencia social; r) Diseñar modelos de atención para la prestación de los servicios asistenciales;

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Artículo 29. En el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones, El Organismo actuará en coordinación con dependencias y entidades federales, estatales o municipales, de acuerdo con la competencia y atribuciones legales que éstas tengan.

ESTATUTO ORGÁNICO DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA Con base al Oficio No. SSFP/USPRH/412/1778/2005 emitido por la Secretaría de la Función Pública, en el que procede el registro de la modificación organizacional del SNDIF, con vigencia del 1 de enero de 2005, y se autoriza por lo tanto el cambio de la denominación de la Dirección de Modelos de Atención por el de Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social, las atribuciones de la Dirección General serán las que contiene el Estatuto Orgánico Vigente (D.O.F. publicado en el D.O.F. 8 de febrero 2006).

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VII. ATRIBUCIONES

Estatuto Orgánico, publicado en D.O.F. 8 de febrero 2006. ARTICULO 27. Corresponden a la Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social las siguientes facultades:

I. Establecer y ejecutar las políticas en materia de Profesionalización de la Asistencia Social; II. Coordinar las acciones de los grupos de trabajo para la elaboración de propuestas de

anteproyecto de Normas Oficiales Mexicanas en el ámbito de la asistencia social; III. Proponer las normas y lineamientos de carácter interno en materia de metodología para

modelos de asistencia social y modelos de evaluación de la asistencia social así como su actualización y difusión, mismos que las áreas deberán observar;

IV. Coordinar la participación de las áreas que integran el Organismo en los procesos de diseño, desarrollo e instrumentación de modelos de asistencia social, conforme a las materias de sus respectivas competencias;

V. Diseñar e implementar modalidades de formación y capacitación, así como promover la capacitación de recursos humanos en materia de diseño y desarrollo de modelos de asistencia social, entre las instituciones que integran el Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada;

VI. Divulgar los modelos de asistencia social, los referentes normativos de desempeño institucional, los referentes normativos de competencia laboral, los lineamientos internos en materia de metodologías para el desarrollo de modelos de asistencia social así como los modelos de evaluación de la asistencia social;

VII. Organizar, promover y operar el Centro de Información y Documentación sobre la Asistencia Social; la Red Nacional de Información sobre Niñez y Familia, así como el Archivo General del Organismo;

VIII. Elaborar, actualizar y operar el Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social; IX. Promover la profesionalización y el desarrollo institucional de los Sistemas Municipales para

el Desarrollo Integral de la Familia en coordinación con los Sistemas Estatales para el Desarrollo Integral de la Familia, mediante acciones de formación, capacitación y asesoría;

X. Implementar en coordinación con los Sistemas Estatales para el Desarrollo Integral de la Familia acciones de evaluación y seguimiento de la profesionalización y desarrollo institucional de los Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia;

XI. Implementar las acciones de normalización, evaluación y certificación en materia de referentes normativos de desempeño institucional y referentes normativos de competencia laboral en el ámbito de la asistencia social en coordinación con las áreas competentes del Organismo;

XII. Coordinar acciones con las dependencias e instituciones públicas, privadas y sociales en materia de la normalización de referentes normativos de competencias laborales y de desempeño institucional en el ámbito de la asistencia social;

XIII. Coadyuvar en la instrumentación y operación del Servicio Nacional de Información en materia de profesionalización de la asistencia social;

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XIV. Proponer la celebración de acuerdos y convenios de colaboración con los Sistemas Estatales y Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia en materia de profesionalización;

XV. Fungir como Titular de la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Profesionalización de la Asistencia Social; y

XVI. Las demás que le confieran su superior jerárquico y las disposiciones legales aplicables.

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VIII. MISION Y VISION Misión (Mayo de 2004): Generar y promover lineamientos e instrumentos para profesionalizar los servicios de asistencia social del Sistema Nacional DIF, Sistemas Estatales DIF, Sistemas Municipales DIF y Organizaciones de la Sociedad Civil y fortalecer a la familia. Visión (Mayo de 2004): Ser el área especializada del Sistema Nacional DIF que desarrolle e implemente la política de profesionalización de la asistencia social a fin de consolidar el desarrollo institucional de los Sistemas Estatales DIF, Sistemas Municipales DIF y Organizaciones de la Sociedad Civil y fortalecer a la familia

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IX. ESTRUCTURA ORGANICA 207 000 00 Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social 207 100 00 Dirección de Profesionalización y Metodologías para la Asistencia Social

207 101 00 Subdirección de Desarrollo Institucional de la Asistencia Social

207 102 00 Subdirección de Gestión para la Formación y Certificación de la Competencia Laboral en Asistencia Social

207 103 00 Subdirección de Desarrollo de Modelos de Intervención en Asistencia Social 207 200 00 Dirección de Normalización, Evaluación e Información en Asistencia Social 207 201 00 Subdirección de Gestión para la Normalización y Verificación de la Asistencia Social

207 202 00 Subdirección de Evaluación Prospectiva de la Asistencia Social

207 203 00 Subdirección de Información y Documentación en Asistencia Social

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X. ORGANOGRAMA

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XI. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES 207 000 00 Dirección General de Profesionalización de Asistencia Social Objetivo: Diseñar, promover y ejecutar estrategias y líneas de acción del quehacer de la Asistencia Social, en los tres órdenes de gobierno del Sistema DIF, Organismos de la Sociedad Civil e Instituciones Públicas y Privadas, a fin de fomentar la Profesionalización y el Desarrollo Institucional en este ámbito. Funciones:

• Planear, coordinar y evaluar la elaboración y ejecución de los planes, programas y presupuestos correspondientes a la Dirección General de Profesionalización de Asistencia Social y someterlos a la consideración de la Titular del Organismo del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia para su aprobación.

• Establecer, dirigir y evaluar los sistemas y procedimientos para la operación y funcionamiento

de las áreas bajo su responsabilidad e instrumentar las medidas conducentes para el adecuado cumplimiento de sus objetivos y metas.

• Administrar los recursos humanos, materiales y técnicos asignados a la Dirección General y

verificar su optimización y racionalización.

• Planear, organizar, desarrollar y evaluar las acciones dirigidas al diseño y desarrollo de modelos de asistencia social, en los tres órdenes de gobierno, Organismos de la Sociedad Civil e Instituciones Públicas y Privadas.

• Definir y promover las acciones conducentes a la profesionalización en materia de diseño y

desarrollo de modelos de asistencia social.

• Coordinar la difusión de modelos de asistencia social desarrollados, a las instituciones públicas y privadas de asistencia social.

• Planear, organizar, desarrollar y evaluar las acciones en materia del desarrollo institucional de

los Sistemas Municipales DIF en coordinación con los Sistemas Estatales DIF.

• Promover la elaboración y difusión de lineamientos en materia de diseño, desarrollo y evaluación de modelos de asistencia social y como referencia entre las instituciones que integran el Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada.

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• Planear, coordinar y promover las acciones en materia de evaluación y certificación de Normas de Competencia Institucional de la Asistencia Social.

• Organizar, coordinar y difundir el Directorio Nacional de Asistencia Social, conforme a los

lineamientos del organismo.

• Coordinar la promoción de mecanismos y procesos orientados a la elaboración de propuestas de anteproyecto de Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y Normas Técnicas de Competencia Institucional del ámbito de la asistencia social en coordinación con las áreas del Sistema Nacional DIF, Sistemas Estatales DIF, Sistemas Municipales DIF, Organismos de la Sociedad Civil e Instituciones Públicas y Privadas relacionadas con la asistencia social.

• Diseñar, establecer y promover las estrategias y lineamientos en materia de información y

documentación.

• Mantener permanentemente informada a la Titular del Organismo de SNDIF, acerca del desarrollo de sus actividades y de los resultados obtenidos.

• Las demás que le confieran su superior jerárquico y las disposiciones legales aplicables.

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207 100 00 Dirección de Profesionalización y Metodologías para la Asistencia Social Objetivo: Impulsar la profesionalización y desarrollo del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada, a través del acompañamiento, formación de personal en el diseño y desarrollo de modelos en materia de Asistencia Social, así como la realización de acciones tendientes a fortalecer el desarrollo institucional. Funciones:

• Planear, coordinar y evaluar la elaboración y ejecución de los planes, programas y presupuestos correspondientes a la Dirección y someterlos a la consideración de la Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social.

• Establecer, dirigir y evaluar los sistemas y procedimientos para la operación y funcionamiento

de las áreas bajo su responsabilidad e instrumentar las medidas conducentes para el adecuado cumplimiento de sus objetivos.

• Administrar los recursos humanos, materiales y técnicos asignados a la Dirección y verificar su

optimización y racionalización.

• Planear, organizar y evaluar las acciones de formación de personal y asesoría en materia de diseño y desarrollo de modelos de asistencia social, conforme a las prioridades del Sistema Nacional DIF, Sistemas Estatales DIF y Sistemas Municipales DIF, tomando en consideración los requerimientos de instituciones públicas y privadas que lo soliciten.

• Planear, organizar y evaluar las acciones en materia de profesionalización de los Sistemas

Municipales DIF, en coordinación con los Sistemas Estatales DIF y con el apoyo de otras áreas del Sistema Nacional DIF.

• Promover y coordinar la participación de las diversas áreas del organismo en la

instrumentación de acciones tendientes a profesionalizar el quehacer asistencial, en materia de desarrollo de modelos y fortalecimiento de los Sistemas Municipales DIF.

• Planear y coordinar las acciones para el diseño de referentes normativos de competencia

laboral o desempeño institucional.

• Coordinar la participación de las diversas áreas del organismo, las organizaciones públicas y privadas del ámbito de asistencia social, en la instalación del Comité Nacional de Profesionalización de la Asistencia Social en el marco del Consejo Nacional de Asistencia Social.

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• Coordinar, administrar y difundir el Directorio Nacional de Asistencia Social, conforme a los lineamientos del organismo.

• Promover y coordinar la celebración de convenios y acuerdos con especialistas, instituciones

especializadas y de carácter académico, para el estudio y desarrollo de modelos de intervención de asistencia social, así como para fortalecer el desarrollo institucional de los Sistemas Municipales DIF.

• Mantener permanentemente informada a la Dirección General de Profesionalización de la

Asistencia Social acerca del desarrollo de sus actividades y de los resultados obtenidos.

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207 101 00 Subdirección de Desarrollo de Modelos de Intervención en Asistencia Social

Objetivo: Capacitar y asesorar a las organizaciones de asistencia social, públicas y privadas, en el diseño y desarrollo de modelos de intervención, con el fin de dar sustento, congruencia interna, pertinencia y solidez, a las acciones institucionales dirigidas a la población vulnerable.

Funciones:

• Elaborar y ejecutar los planes, programas y presupuestos de la Subdirección y someterlos a consideración de las autoridades respectivas para su aprobación.

• Instrumentar los sistemas y procedimientos requeridos para la operación y funcionamiento de la Subdirección que conlleven al cumplimiento de sus objetivos.

• Administrar los recursos humanos, materiales y técnicos asignados a la Subdirección y supervisar su optimización y racionalización.

• Programar las acciones de sistematización e integración de información teórico -metodológica referente al diseño, aplicación, metodología, validez y pertinencia de modelos de asistencia social.

• Promover y establecer vínculos, acuerdos y acciones de consulta, intercambio, asesoría, estudio e investigación con especialistas, centros académicos e instituciones de investigación, en el campo de intervención de asistencia social.

• Establecer y coordinar las estrategias de gestión y seguimiento de convenios para la formación y asesoría en metodología para el diseño y desarrollo de modelos de asistencia social.

• Coordinar, supervisar y dar seguimiento a las acciones de formación y asesoría para el diseño y desarrollo de modelos de asistencia social.

• Implementar la capacitación y asesoría teórico-metodológica para el diseño y desarrollo de modelos de asistencia social.

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• Coordinar y apoyar la elaboración de documentos y materiales para la formación y asesoría en la metodología para el diseño y desarrollo de modelos de asistencia social.

• Mantener permanentemente informada a la Dirección de Profesionalización y Metodologías

para la Asistencia Social, acerca del desarrollo de sus actividades y de los resultados obtenidos.

• Diseñar modelos de atención para las prestaciones de servicios asistenciales.

• Realizar y apoyar estudios e investigaciones en materia de asistencia social.

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207 102 00 Subdirección de Gestión para la Formación y Certificación de Competencia Laboral en Asistencia social

Objetivo: Establecer un modelo de formación y certificación basado en el enfoque de competencia laboral a fin de profesionalizar a los recursos humanos del ámbito de la asistencia social. Funciones:

• Diseñar e implementar los planes, programas, procedimientos y presupuestos requeridos para el funcionamiento de la Subdirección y someterlos a consideración de las autoridades respectivas para su aprobación.

• Administrar y ejercer los recursos humanos, materiales y técnicos asignados a la Subdirección,

supervisar su óptimo y racional aprovechamiento en el cumplimiento de metas y objetivos. • Recopilar, sistematizar, analizar y ordenar información en materia de formación, normalización

y certificación de competencia laboral a nivel nacional e internacional, para mantener actualizado el marco referencial de la formación y certificación basada en competencias y elaborar el sustento teórico y conceptual de las funciones laborales seleccionadas para su normalización y certificación.

• Impulsar el diseño de referentes normativos de competencia laboral o de desempeño

institucional, a través de la integración de grupos técnicos de expertos, para promover la certificación de la competencia laboral.

• Coordinar la validación de los referentes normativos para dar solidez y representatividad al

proceso de normalización, mediante la revisión, análisis y consenso de un grupo técnico de expertos instalado para tal fin.

• Organizar la aplicación de los instrumentos de evaluación diseñados en el proceso de

normalización, mediante una muestra representativa, a fin de contar con la confiabilidad metodológica para su posterior aplicación en los centros evaluadores.

• Promover la instalación de centros de evaluación y formación de competencias laborales, a fin

de propiciar la certificación de los prestadores de servicios. • Promover la instalación del Comité Nacional de Profesionalización (CONPAS) como

mecanismo necesario para el estudio, propuestas y coordinación de acciones en materia de profesionalización bajo el enfoque de competencia laboral, entre los Sistemas Estatales DIF, Sistemas Municipales DIF y organizaciones públicas y privadas del ámbito de la asistencia social.

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• Planear, diseñar y realizar actividades de difusión para dar a conocer las acciones desarrolladas por el CONPAS en torno a la normalización, evaluación y certificación de competencias laborales en el ámbito asistencial.

• Mantener permanentemente informada a la Dirección de Profesionalización y Metodologías para la Asistencia Social, acerca del desarrollo de sus actividades y de los resultados obtenidos.

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207 103 00 Subdirección de Desarrollo Institucional de la Asistencia Social Objetivo Impulsar el desarrollo institucional de la asistencia social, a través de estrategias de profesionalización, sistematización y administración de la información sobre instituciones, programas, proyectos y servicios para eficientar las acciones de asistencia social que se brindan a la población vulnerable. Funciones:

• Elaborar y ejecutar los planes, programas y presupuestos de la Subdirección y someterlos a consideración de las autoridades respectivas para su aprobación.

• Administrar recursos humanos, materiales y técnicos asignados a la Subdirección y supervisar

su optimización y realización.

• Instrumentar los sistemas y procedimientos requeridos para la operación y funcionamiento de la Subdirección.

• Generar estrategias de Desarrollo Institucional dirigidas a fortalecer las acciones de los

Sistemas Municipales DIF en materia de Asistencia Social.

• Establecer estrategias de coordinación con Sistemas Estatales DIF, Sistemas Municipales DIF, áreas del Sistema Nacional DIF y otras instancias públicas y privadas para la implementación, actualización y desarrollo del programa de Desarrollo Institucional de los Sistemas Municipales DIF.

• Promover, a través de la asesoría a los Sistemas Estatales DIF, mecanismos y estrategias de

formación y capacitación en materia de desarrollo institucional.

• Difundir las estrategias, programas y acciones de Desarrollo Institucional de los Sistemas Municipales DIF.

• Evaluar y monitorear las acciones respecto del desarrollo institucional.

• Elaborar, promover, operar y actualizar el Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia

Social Públicas y Privadas.

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• Mantener coordinación con los Sistemas Estatales DIF y Juntas de Asistencia Privada para la operación del Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social.

• Promover la formación, capacitación y profesionalización del personal encargado de la

prestación de los servicios de la asistencia social.

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207 200 00 Dirección de Normalización, Evaluación e Información en Asistencia Social Objetivo: Impulsar y desarrollar mecanismos y procesos orientados al diseño, desarrollo y promoción de normas, lineamientos y criterios para fomentar la regulación y la evaluación de la intervención de la asistencia social, así como brindar servicios de información especializada en la materia, a fin de coadyuvar en la profesionalización y la calidad del quehacer asistencial. Funciones:

• Planear, coordinar y evaluar la elaboración y ejecución de los planes, programas y presupuestos correspondientes a la Dirección y someterlos a consideración de la Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social para su aprobación.

• Establecer, dirigir y evaluar los sistemas y procedimientos para la operación y funcionamiento

de las áreas bajo su responsabilidad e instrumentar las medidas conducentes para el adecuado cumplimiento de sus objetivos.

• Administrar los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros asignados a la Dirección y

verificar su optimización y racionalización.

• Planear y organizar estrategias para la elaboración de normas, lineamientos y criterios de asistencia social.

• Coordinar la promoción de mecanismos y procesos orientados a impulsar la elaboración de

propuestas de anteproyectos de Normas Oficiales Mexicanas (NOM) del ámbito de la asistencia social.

• Promover y coordinar la participación de las diversas áreas del organismo en la

instrumentación de acciones tendientes a profesionalizar el quehacer de la asistencia social, en materia de evaluación, normalización e información en el Sistema Nacional DIF.

• Programar y coordinar las acciones de asesoría y apoyo técnico requerido por las áreas de la

institución y por los Sistemas Estatales y Municipales DIF, organizaciones de la sociedad civil, instituciones públicas y privadas, en materia de información, normatividad y evaluación de modelos de intervención de asistencia social.

• Desarrollar, ejecutar e implementar estrategias y acciones para fortalecer el proyecto de

información y documentación en asistencia social del SNDIF.

• Promover la difusión de los lineamientos en materia de asistencia social entre las instituciones que integran el Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada.

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• Coordinar y revisar las acciones para la elaboración de lineamientos en materia de información y documentación de asistencia social.

• Promover y coordinar las acciones para la integración y operación del Archivo General del

Sistema Nacional DIF.

• Mantener permanentemente informada a la Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social, acerca del desarrollo de sus actividades y de los resultados obtenidos.

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207 201 00 Subdirección de Gestión para la Normalización y Verificación de la Asistencia Social

Objetivo : Desarrollar propuestas de normas y lineamientos para la intervención de la asistencia social, mediante su diseño, promoción y seguimiento, a fin de contribuir a elevar la calidad y efectividad de los servicios en esta materia.

Funciones:

• Elaborar y ejecutar los planes, programas y presupuestos de la Subdirección y someterlos a consideración de las autoridades respectivas para su aprobación.

• Instrumentar los sistemas y procedimientos requeridos para la operación y funcionamiento de la

Subdirección que conlleven al cumplimiento de sus objetivos.

• Administrar los recursos humanos, materiales y técnicos asignados a la Subdirección y supervisar su optimización y racionalización.

• Desarrollar proyectos de análisis y estudios técnicos sobre las características y fundamentos de

las normas y lineamientos que regulan la intervención de la asistencia social.

• Promover en coordinación con los tres órdenes de gobierno del Sistema DIF, instituciones públicas y privadas y con las organizaciones de la sociedad civil, en el marco de la legislación aplicable en la materia (Ley General de Salud, Ley Federal de Metrología y Normalización y la Ley de Asistencia Social) la elaboración, difusión y aplicación de las normas y lineamientos en materia de intervención de la asistencia social.

• Proponer para su aprobación a la Secretaría de Salud la formulación de Normas Oficiales

Mexicanas en la materia y coadyuvar en la vigilancia y la aplicación de las mismas.

• Asesorar y brindar apoyo técnico requerido por las áreas sustantivas del Sistema Nacional DIF, así como de los Sistemas Estatales y Sistemas Municipales DIF y por las organizaciones de la sociedad civil, en lo relativo a las normas y lineamientos de intervención en materia de asistencia social.

• Promover y difundir las normas y lineamientos que regulan la intervención de la asistencia

social.

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• Establecer vínculos, acuerdos y acciones de consulta, intercambio, asesoría, estudio e investigación con especialistas, centros académicos e instituciones de investigación, públicas y privadas, en materia de normas y lineamientos para la intervención de la asistencia social.

• Mantener permanentemente informada a la Dirección de Normalización, Evaluación e

Información en Asistencia Social, acerca del desarrollo de sus actividades y de los resultados obtenidos.

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207 202 00 Subdirección de Evaluación Prospectiva de la Asistencia Social Objetivo:

Instrumentar y coordinar la evaluación de la intervención en asistencia social, con base a criterios y lineamientos generales en la materia, a efecto de realizar estudios evaluativos que permitan diagnosticar las deficiencias y fortalezas en el funcionamiento de la intervención social de los programas y proyectos de las distintas áreas temáticas del Sistema Nacional de Asistencia Social.

Funciones:

• Elaborar y ejecutar los planes, programas y presupuestos de la Subdirección y someterlos a consideración de las autoridades respectivas para su aprobación.

• Instrumentar los sistemas y procedimientos requeridos para la operación y funcionamiento de la

Subdirección que conlleven al cumplimiento de sus objetivos.

• Administrar los recursos humanos, materiales y técnicos asignados de la Subdirección y supervisar su optimización y racionalización.

• Establecer y ejecutar los criterios en materia evaluación de la intervención en asistencia social.

• Promover la evaluación de la intervención en asistencia social de los diferentes niveles DIF, así

como de los sectores públicos, social y privado.

• Validar con las áreas sustantivas del Sistema Nacional DIF y los Sistemas Estatales DIF, los criterios técnico-metodológicos para la evaluación de la intervención en asistencia social.

• Proporcionar la capacitación, asesoría y el apoyo técnico que en materia de evaluación de la

intervención en asistencia social, sea requerida por las áreas del Sistema Nacional DIF y por los Sistemas Estatales y Municipales DIF, así como por las organizaciones de la sociedad civil.

• Instrumentar y operar estrategias y herramientas para la evaluación de la intervención en

asistencia social de los Sistemas Estatales y Municipales DIF, así como las organizaciones de la sociedad civil.

• Asesorar en la concentración y sistematización de los resultados de las evaluaciones de la

intervención en asistencia social operada por los Sistemas Estatales y Municipales DIF, y por las organizaciones de la sociedad civil.

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• Supervisar los avances en la aplicabilidad de las propuestas de evaluación en materia de evaluación de la intervención en asistencia social.

• Mantener permanentemente informada a la Dirección de Normalización, Evaluación e

Información en Asistencia Social, acerca del desarrollo de sus actividades y de los resultados obtenidos.

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207 203 00 Subdirección de Información y Documentación en Asistencia Social

Objetivo : Administrar los proyectos sustantivos del Sistema Nacional DIF en materia de información y documentación, constituidos por el Centro Nacional de Documentación (CENDDIF), el Archivo General del Sistema Nacional DIF y la Red Nacional de Información sobre Niñez y Familia (RENINF), a fin de contar con un adecuado y eficiente sistema de información en el área de la asistencia social a nivel nacional.

Funciones:

• Elaborar y ejecutar los planes, programas y presupuestos de la Subdirección y someterlos a consideración de las autoridades respectivas para su aprobación.

• Instrumentar los sistemas y procedimientos requeridos para la operación y funcionamiento de la

Subdirección que conlleven al cumplimiento de sus objetivos.

• Administrar los recursos humanos, materiales y técnicos asignados a la Subdirección y supervisar su optimización y racionalización.

• Administrar, gestionar y dar seguimiento a la recopilación, integración y organización de la

información producida en el Sistema Nacional DIF; así como identificar y captar toda aquella que se produzca a nivel nacional e internacional en materia de asistencia social.

• Diseñar y ejecutar las estrategias para el fortalecimiento de los proyectos sustantivos de la

Subdirección.

• Organizar, administrar, promover, operar y actualizar el Centro Nacional de Información y Documentación DIF (CENDDIF).

• Coordinar la integración y adecuado funcionamiento del Archivo General del Sistema Nacional

DIF.

• Supervisar y dar seguimiento a la creación y coordinación de la RENINF.

• Establecer la cooperación y colaboración con instituciones culturales, académicas y de investigación tanto nacionales e internacionales para el intercambio de información en materia de asistencia social.

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• Mantener permanentemente informada a la Dirección de Normalización, Evaluación e Información en Asistencia Social, acerca del desarrollo de sus actividades y de los resultados obtenidos.

• Organizar el Servicio Nacional de Información sobre Asistencia Social.