Trabajo en Alturas

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Entendemos por trabajos en altura aquellos trabajos que son realizados a una altura superior a dos metros. Dentro de éstos podemos citar entre otros: trabajos en andamios, escaleras, cubiertas, postes, plataformas, vehículos, etc., así como trabajos en profundidad, excavaciones, pozos, etc. Son numerosas las actuaciones que requieren la realización de trabajos en altura tales como tareas de mantenimiento, reparación, construcción, restauración de edificios u obras de arte, montaje de estructuras, limpiezas especiales, etc. Se entenderá por trabajo en alturas, toda laboro de desplazamiento que se realice a 1,5 0 metros o más sobre el nivel inferior. NORMATIVIDAD Resolución 3673 de 2008 : Emanada por el Ministerio de la Protección Social, por la cual se establece el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas. Circular 070 de 2009 : Emanada por el Ministerio de la Protección Social, sobre procedimientos e instrucciones para trabajo en alturas. Resolución 1938 de 2009 : Emanada por la Dirección General del SENA, por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución 1486 de 2009. Resolución 1486 de 2009 : Emanada por la Dirección General del SENA, donde se establecen los lineamientos para el cumplimiento de la Resolución 736 de 2009 expedida por el Ministerio de la Protección Social, sobre trabajo seguro en alturas. Resolución 736 de 2009 : Emanada por el Ministerio de la Protección Social, por la cual se modifica la Resolución 3673 de 2008 y se dictan otras disposiciones. Resolución 2291 de 2010 Expedida por el Ministerio de la Protección Social. Por la cual se amplía el plazo establecido en el artículo 4 de La Resolución 000736 de 2009 y se dictan otras disposiciones. ARTICULO 4: Los empleadores, empresas, contratistas y subcontratistas dispondrán hasta el 30 de julio de 2012, para

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Entendemos por trabajos en altura aquellos trabajos que son realizados a una altura superior a dos metros. Dentro de éstos podemos citar entre otros: trabajos en andamios, escaleras, cubiertas, postes, plataformas, vehículos, etc., así como trabajos en profundidad, excavaciones, pozos, etc. Son numerosas las actuaciones que requieren la realización de trabajos en altura tales como tareas de mantenimiento, reparación, construcción, restauración de edificios u obras de arte, montaje de estructuras, limpiezas especiales, etc.

Se entenderá por trabajo en alturas, toda laboro de desplazamiento que se realice a 1,5 0 metros o más sobre el nivel inferior.

NORMATIVIDAD

Resolución 3673 de 2008 : Emanada por el Ministerio de la Protección Social, por la cual se establece el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas.

Circular 070 de 2009 : Emanada por el Ministerio de la Protección Social, sobre procedimientos e instrucciones para trabajo en alturas. Resolución 1938 de 2009 : Emanada por la Dirección General del SENA, por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución 1486 de 2009. Resolución 1486 de 2009 : Emanada por la Dirección General del SENA, donde se establecen los lineamientos para el cumplimiento de la Resolución 736 de 2009 expedida por el Ministerio de la Protección Social, sobre trabajo seguro en alturas.

Resolución 736 de 2009 : Emanada por el Ministerio de la Protección Social, por la cual se modifica la Resolución 3673 de 2008 y se dictan otras disposiciones.

Resolución 2291 de 2010 Expedida por el Ministerio de la Protección Social. Por la cual se amplía el plazo establecido en el artículo 4 de La Resolución 000736 de 2009 y se dictan otras disposiciones.ARTICULO 4: Los empleadores, empresas, contratistas y subcontratistas dispondrán hasta el 30 de julio de 2012, para acreditar la competencia laboral del personal que trabaja en alturas.

Resolución 1409 de 2012 Expedida por el Ministerio de Trabajo. Por la cual se establece el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas.

Y se modifica en la RESOLUCION 2578 DE 2012

FACTORES DE RIESGOS

Los factores de riesgo que puede dar lugar a una caída en altura van hacer muchos, aunque los mas avitualles pueden resumirse así.

Los andamios

Escalas y escaleras :fijas, de mano, otras

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Plataformas, cestas elevadas

Pilares, postes, torres, columnas, y antenas

Posos, zangas, y aberturas

Tejados cubiertas, planos inclinados en muros

Desniveles

Maquinas, equipos de elevación

Depósitos, anques

Huecos de asesores

Rampas

Tuberías de grandes dimensiones

DEFINICIONES

Amortiguador de Impactos: Es un dispositivo diseñado para disipar la energía del impacto en caso de caídas reduciendo la fuerza máxima de suspensión y ampliando la distancia de desaceleración.

Anclaje o punto de anclaje: Es la parte estructural, fuerte o punto seguro el cual se emplea para fijar o conectar cualquier sistema/equipo de protección contra riesgos de caída accidental, tales como: líneas de vida y líneas de sujeción con dispositivo amortiguador de impacto.

Arnés de cuerpo completo: Es un arnés industrial de cuerpo completo o arnés de sujeción para detener la caída libre o severa de una persona, siendo obligación para todo el personal que trabaja en altura a 1.80 metros o más.

Caída a distinto nivel: Palabra con la cual se identifican las personas que trabajan en altura, sobre el nivel del piso y que tienen riesgo de caída.

Colas de Seguridad: Es un accesorio parte del arnés, que utiliza el trabajador en los trabajos de altura, para cambio de posición y de seguridad ante caídas.

Estrobo: Elemento de Conexión de material flexible, el que en conjunto con un amortiguador de impacto, se utiliza como un sistema de conexión en (SPDC)

Línea de Vida: Son componentes de un sistema/equipo de protección de caídas, consistentes en una cuerda de nylon o cable de acero galvanizado instalada en forma horizontal o vertical, estirada

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y sujetada en tres ó dos puntos de anclaje para otorgar movilidad al personal que trabaja en áreas elevadas

Arnes multriproposito dieléctrico

Arnés de cuerpo entero estilo cruzado que proporciona máxima comodidad, fácil uso y libertad de movimiento. Recomendado para aplicaciones como: ascenso y descenso controlado, ascenso de escaleras tipo gato (cuando exista un sistema de línea vertical fijo o portátil) gracias a la argolla - D frontal aislada; para posicionamiento, mediante sus dos argollas -D laterales aisladas a nivel de la cadera, y para detención de caídas o restricción con su anillo dorsal en reata, o su argolla pectoral.*Talla única ajustable.

Amortiguadores para detencion de caídas

Amortiguador de Impactos: Es un dispositivo diseñado para disipar la energía del impacto en caso de caídas reduciendo la fuerza máxima de suspensión y ampliando la distancia de desaceleración.

Mosquetones

Deben soportar 5000 lbs por empleado, O como parte de un sistema de detención de caídas cuyo factor de seguridad sea al menos de dos Ó 3000 lbs al usar fijación o línea de seguridad

autor retráctil (SRL, cable retráctil o “yoyo”) que

limitan la caída libre a 2 pies

• Siempre deben estar en o sobre la altura del

anillo en D

¿Qué es un anclaje seguro?

Un sistema de protección individual“sistema anticaídas” está formado por :

1 Arnés anti caídas.

2 Sistema anti caídas que une el anclaje del arnés a un punto de anclaje seguro.

3 Un anclaje estructural o dispositivo temporal o permanente, sólido, fiable y seguro que soporte un mínimo de 10 KN (1.000 Kg).

LÍNEAS DE VIDA HORIZONTALES

Teniendo por finalidad permitir a un usuario, equipado de un arnés anti caídas y un equipo de protección, el desplazamiento a lo largo del dispositivo de anclaje o línea de vida estando siempre conectado facilitando la prevención de caídas de altura y posibilitar las labores de acceso.

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LÍNEAS DE VIDA VERTICALES

La línea de vida vertical puede estar compuesta de cuerda, carril o cable, por lo que puede variar nuestro elemento de unión a dicha línea de vida.

RECOMENDACIONES ARNES

Deben inspeccionarse (diariamente antes de usarse, mensualmente por una persona competente)

• Nunca deben modificarse

• Deben retirarse inmediatamente del servicio si se han dañado o expuesto a impactos

Conectores (cabos de seguridad)

Los cabos de anclaje Se definen como la parte o elemento del sistema anti caídas destinado a conectar el arnés con un punto de anclaje.

Pueden ser un cabo de cuerda o de cinta de diferentes medidas que en sus extremos cuentan con ojales cosidos mediante técnicas y equipos especiales destinados a los conectores.

Deben revisarse antes de usarse

• No deben atarse a sí mismos (a menos que estén diseñados para ello)

• Deben usarse con el material amortiguador en el anillo en D

• Deben tener las clavijas correctas en los puntos de anclaje

– No use ganchos grandes de izar/barras de refuerzo/escala con “sujetadores”

NORMATIVIDAD NACIONAL TRABAJO EN ALTURAS

MARCO TECNICO LEGAL NACIONAL

Resolución 3673 de 2008 emanada por el Ministerio de la Protección Social, por la cual se establece el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas.

Resolución 736 de 2009 emanada por el Ministerio de la Protección Social, por la cual se modifica la Resolución 3673 de 2008 y se dictan otras disposiciones.

Resolución 1486 de 2009 emanada por la Dirección General del SENA, donde se establecen los lineamientos para el cumplimiento de la Resolución 736 de 2009 expedida por el Ministerio de la Protección Social, sobre trabajo seguro en alturas.

Resolución 1938 de 2009 emanada por la Dirección General del SENA, por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución 1486 de 2009.

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Circular 070 de 2009 emanada por el Ministerio de la Protección Social, sobre procedimientos e instrucciones para trabajo en alturas.

Resolución 2291 de 2010. expedida por el Ministerio de la Protección Social. Por la cual se amplía el plazo establecido en el artículo 4 de La Resolución 000736 de 2009 y se dictan otras disposiciones

MARCO TECNICO Y LEGAL INTERNACIONAL

NTC 1642 HIGIENE Y SEGURIDAD, ANDAMIOS, REQUISITOS GENERALES DE SEGURIDAD.

Establece los requisitos generales de seguridad para los andamios utilizados en la construcción, con el fin de proporcionar el nivel mínimo de seguridad para la vida de las personas que requieren su uso.

NORMATIVIDAD INTERNACIONAL TRABAJO EN ALTURAS PROTECCION CAIDAS OSHA – ANSI Z359.1

NIOSH”, El Instituto Nacional de Salud y Seguridad Ocupacional es la agencia federal encargada de hacer investigaciones y recomendaciones para la prevención de enfermedades y heridas asociadas con el trabajo.

EN”, “CE”, Normas Europeas.

QUE ES OSHA Y QUIEN LA FUNDO?

Administración en Seguridad y Salud Ocupacional.

Estados Unidos:

Los responsables por la Seguridad y la salud del trabajador en los Estados Unidos.

LEY DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

Creo

OSHAS (Administración de Seguridad & Salud Ocupacional).

NIOSH (Instituto Nacional para la Seguridad & Salud Ocupacional).

OSHRC (Comisión de Revisión de Seguridad & Salud Ocupacional).

¿Qué hace OSHA?

Alienta a los empleadores y empleados a reducir los riesgos en el lugar de trabajo e implementa nuevos programas de seguridad y salud ó mejora los ya existentes.

Desarrolla y hace cumplir normas de seguridad y salud laboral obligatorias.

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Mantiene un sistema de informes y registros para monitorear lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo.

Ofrece asistencia, capacitación y otros programas de apoyo para ayudar a empleadores y trabajadores.

¿Cuáles son los derechos de los trabajadores?

Identificar y corregir los problemas en sus lugares de trabajo, trabajando junto con sus empleadores siempre que sea posible.

Presentar una queja a OSHA sobre las condiciones de trabajo que amenacen su salud o seguridad personal por teléfono, fax, mail o electrónicamente a través del sitio de OSHA en la WEB.

La sección 11 (c) de la Ley OSH da a los trabajadores el derecho a procurar condiciones seguras y saludables en el trabajo sin sufrir sanciones disciplinarias ni ser despedidos.

(Ver la página para los trabajadores de OSHA en la web)

Aplicabilidad

Definiciones 1926.32

OHSA:LEYES INTERNACIONALES EN PREVENCION DE CAIDAS

OSHA 1910, Sub-partes D & F, Protección contra caídas para la industria en general.

OSHA 1924.451 Requerimientos Generales líneas de vida horizontales.

OSHA 1926, Seguridad y salud para la industria de la construcción.

OSHA 500 – 503 OSHA 1926.500L

“OSHA”, 500 (a) Protección contra caídas ANDAMIOS Subparte L.

Protección contra caídas en GRUAS Y TORRES DE PERFORACIONES Subparte N.

Protección contra caídas en ESTRUCTURA METALICAS Subparte R.

OSHA 501

1926. 501 (a) (1) Todo empleador está obligado a proporcionar sistemas de protección contra caídas.

La protección dada al trabajador debe cumplir lo establecido en la 1926.502.

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1926. 501(a) (2) El empleador deberá garantizar que las superficies de trabajo, implementadas en trabajo en alturas, tienen la fuerza y la integridad estructural adecuada para estos trabajos.

“ANSI”, American National Standard Institute, Grupo de voluntarios que establecen normas para manufactura. No hacen leyes. .

REQUERIMIENTOS TRABAJO EN ALTURA

ANSI Z359.1

“Requisitos de Seguridad de la Norma Norteamericana para Sistemas Personales, Subsistemas y Componentes de Protección contra Caídas”.

Se publicó originalmente en 1992, y se modificó en 1999(sólo cambios editoriales). El propósito de esta norma era regular la variedad de equipo que estaba siendo elaborado en el rápidamente creciente campo de la Protección contra Caídas.

Cuales son los Cambios (15 Oct 2007)

• ANSI Z359.0 Definiciones y nomenclatura empleada en la protección contra caídas y detención de caídas

• ANSI Z359.1 Requisitos de seguridad para los sistemas personales, subsistemas y componentes para detención de caídas

• ANSI Z359.2 Requisitos mínimos para un programa administrado completo de protección contra caídas.

• ANSI Z359.3 Requerimientos para sistemas de posicionamiento y restricción de desplazamiento.

ANSI Z359.4 Requisitos de seguridad para sistemas, subsistemas y componentes para rescate asistido y auto rescate.

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS ESPECIALES EN ESPAÑA E INSTITUTO NACIONAL DE SUGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO

NTP 72: Trabajos con elementos de altura en presencia de líneas eléctricas aéreas

NTP 669: Andamios de trabajo prefabricados (I): normas constructivas

NTP 670: Andamios de trabajo prefabricados (II): montaje y utilización

NTP 682: Seguridad en trabajos verticales (I): equipos

NTP 683: Seguridad en trabajos verticales (II): técnicas de instalación

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NTP 684: Seguridad en trabajos verticales (III): técnicas operativas

NTP 701: Grúas-torre. Recomendaciones de seguridad en su manipulación

NTP 774: Sistemas anticaídas. Componentes y elementos

NTP 782 y 783: Grúas torre. Recomendaciones de seguridad en el montaje, desmontaje y mantenimiento (I)

NTP 809: Descripción y elección de dispositivos de anclaje