TRANSITOLOGIA POLITICA ESPAÑOLA: LA CONSTITUCION DE 1978

12
UNIDAD 4 DE LA JUSTICIA A LA CIUDADANIA La constitución española de 1978

description

educacion etico civica de 4º de secundaria La constitución española de 1978 Transitología Continuidad y rupturas

Transcript of TRANSITOLOGIA POLITICA ESPAÑOLA: LA CONSTITUCION DE 1978

Page 1: TRANSITOLOGIA POLITICA ESPAÑOLA: LA CONSTITUCION DE 1978

UNIDAD 4

DE LA JUSTICIA A LA CIUDADANIA

La constitución española de 1978

Page 2: TRANSITOLOGIA POLITICA ESPAÑOLA: LA CONSTITUCION DE 1978

La transición política (1)

ANTERIOR REGIMEN

REGIMEN ACTUAL

CONSTITUCION(varios textos)

CONSTITUCION1978

- Principios generales- Fueros o Derechos- Leyes

fundamentales

Page 3: TRANSITOLOGIA POLITICA ESPAÑOLA: LA CONSTITUCION DE 1978

La transición política (2)La definición del régimen

ANTERIOR REGIMEN

REGIMEN ACTUAL

ReinoEstado social de

derecho y democrático

ReinoEstado social y

democrático de derecho

Page 4: TRANSITOLOGIA POLITICA ESPAÑOLA: LA CONSTITUCION DE 1978

La transición política (3)La transitología española

Ley de reforma política

Elecciones generales

Cortes generales unicameral del A. R.

Cortes generalesCONSTITUYENTES

Bicameral

Referendum

Nueva ley electoral

Legalización partidospolíticos

Page 5: TRANSITOLOGIA POLITICA ESPAÑOLA: LA CONSTITUCION DE 1978

La transición política (4)La transitología española

LEGALIDAD Ley de transición

ConstituciónPrincipios generales

Leyes fundamentales

Gobierno

MilitaresIntereses y presiones

internacionales

Reforma política

endógena

Masoneríainternacional

Page 6: TRANSITOLOGIA POLITICA ESPAÑOLA: LA CONSTITUCION DE 1978

La transición política (5)La transitología española

Page 7: TRANSITOLOGIA POLITICA ESPAÑOLA: LA CONSTITUCION DE 1978

LEGITIMIDAD

La transición política (6)La transitología española

Anterior régimen Transición

Valores

Pluralidad ideológica

Compromiso DDHH ONU

Proyecto asociaciones políticas

Estado social de derecho y democrático

Valores

Pluralidad ideológica

Compromiso DDHH

Legalización partidos políticos

Inconstitucionalidad inicial

Fuerza militar

Presión internacional

Constitución aprobada en referendum

Partidos sin legalizar

Page 8: TRANSITOLOGIA POLITICA ESPAÑOLA: LA CONSTITUCION DE 1978

LA DIGNIDAD HUMANAPrincipio rector de los actos del EstadoFundamento del orden político y paz social

El Estado español proclama como principio rector de sus actos el respeto a la dignidad, la integridad y la, libertad de la persona humana, reconociendo al hombre, en cuanto portador de valores eternos y miembro de una comunidad nacional, titular de deberes y derechos, cuyo ejercicio garantiza en orden al bien común. (Fuero de los españoles, titulo preliminar, art. 1)

La dignidad de la persona, los derechos Inviolables que le son Inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social. ( CE 1978, Título I, art. 10.1)

Page 9: TRANSITOLOGIA POLITICA ESPAÑOLA: LA CONSTITUCION DE 1978

EL TRABAJODerecho y deber

Todos los españoles tienen derecho al trabajo y el deber de ocuparse en alguna actividad socialmente útil. FE, Art. 24.

Todos los trabajadores serán amparados por el Estado

en su derecho a una retribuci6n justa y suficiente, cuando menos, para proporcionar a ellos y a sus familias el bienestar que !es permita una vida moral y digna. (FE, art. 27) Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el

derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo. (CE, art 35.1

Page 10: TRANSITOLOGIA POLITICA ESPAÑOLA: LA CONSTITUCION DE 1978

DERECHOS SOCIALES

Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres. CE, art. 41

El Estado español garantiza a los trabajadores Ia seguridad de amparo en el infortunio y les reconoce el derecho a la asistencia en los casos de vejez, muerte, enfermedad, maternidad, accidentes del trabajo, invalidez, paro forzoso y demás riesgos que pueden ser objeto de seguro social. (FE, art. 28)

El Estado mantendrá instituciones de asistencia y amparará y propulsará las creadas por la Iglesia, las Corporaciones y las particulares. (FE, art. 29)

Page 11: TRANSITOLOGIA POLITICA ESPAÑOLA: LA CONSTITUCION DE 1978

LA PROPIEDAD PRIVADAReconocimiento del derecho

l. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.

2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.

3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente Indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.

La propiedad privada como medio natural para el cumplimiento de los fines individuales, familiares y sociales, es reconocida y amparada por el Estado.

Todas las formas de la propiedad quedan subordinadas a las necesidades de la Nación y al bien común. (CE, art. 33)

La riqueza no podrá permanecer inactiva, ser destruida indebidamente ni aplicada a fines ilícitos. FE, art. 30)

El Estado facilitara a todos los españoles el acceso a las formas de propiedad mas íntimamente ligadas a la persona humana: hogar familiar, heredad, útiles de trabajo y bienes de uso cotidiano. (FE, Art. 31)

En ningún caso se impondrá la pena de confiscación de bienes.

Nadie podrá ser expropiado sino por causa de utilidad publica o interés social, previa la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto en las Leyes. (FE, art. 32)

Page 12: TRANSITOLOGIA POLITICA ESPAÑOLA: LA CONSTITUCION DE 1978

EMPRESA Y TRABAJOLa riqueza se subordina al interés generalLos valores económicos se subordinan a los de categoría humana, interés de la nación y bien común

Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación. CE, Artículo 38

Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general. Articulo 128.1

El Estado reconoce en la Empresa una comunidad de aportaciones de la técnica, la mano de obra y el capital en sus diversas formas, y proclama, por consecuencia, el derecho de estos elementos a participar en los beneficios.

El Estado cuidara de que las relaciones entre ellos se mantengan dentro de la mas estricta equidad y en una jerarquía que subordine los valores económicos a los de categoría humana, al interés de la Nación y a las exigencias del bien común. (FE, art. 26).