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    CDIGO TRIBUTARIOCDIGO TRIBUTARIO

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    SESION 4

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    Resultado de los

    Requerimientos

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    Cierre del Requerimiento

    Primer Requerimiento; en la fecha consignada endicho Requerimiento para cumplir con la presentaciny/o exhibicin, salvo prrroga otorgada o se reitere elrequerimiento.

    En los dems Requerimientos; se proceder alcierre vencido el plazo consignado en dicho

    documento, salvo exista prrroga, caso en el cual seentender cerrado en la nueva fecha.

    e no exhibirse o cumplirse con la totalidad de lapresentacin y/o exhibicin de documentosrequeridos, se proceder en dicha fecha a efectuar elcierre del requerimiento.

    RESULTADO DE LOS REQUERIMIENTOS

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    Resultado del Requerimiento

    Por medio de este documento se comunicar:

    !l cumplimiento o incumplimiento de lo solicitado en el

    Requerimiento.

    "os resultados de la evaluacin efectuada a los descargospresentados respecto a las observaciones formuladas einfracciones imputadas en el transcurso del #rocedimiento.

    $i se cumpli o no con el plazo otorgado por $%&'( deacuerdo al art)culo *+ del digo (ributario para que elsu-eto fiscalizado haya presentado o no sus observacioneso haya consignado la evaluacin efectuada por el 'genteiscalizador.

    omunicacin de las conclusiones del #rocedimiento deiscalizacin.

    RESULTADO DE LOS REQUERIMIENTOS

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    ebe constar en forma expresa si el contribuyente cumpli

    o no con lo requerido, deben constar los documentos

    presentados, si son copias u originales, la informacin

    suministrada y las aclaraciones que correspondan.

    RESULTADO DE LOS REQUERIMIENTOS

    Resultado del Requerimiento

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    'rt)culo *+ del (0

    !n estos casos, dentro del plazo que la '(

    establezca en dicha comunicacin el que

    no podr ser menor a tres 123 d)as

    hbiles, el contribuyente o responsable

    podr presentar por escrito sus

    observaciones a los cargos formulados,

    debidamente sustentadas, a efecto que la'dministracin las considere, de ser el

    caso. "a documentacin que se presente

    ante la '( luego de transcurrido el

    mencionado plazo no ser merituada en el

    proceso de fiscalizacin o verificacin.

    Previamente a la emisin de lasresoluiones! la AT "uedeomuniar sus onlusiones#

    RESULTADO DE LOS REQUERIMIENTOS

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    "a no presentacin de las observaciones

    a las que se refiere el art. *+ del ( noconstituye un incumplimiento que

    configure la infraccin del art. 4**,

    numeral 4, del (.

    RESULTADO DE LOS REQUERIMIENTOS

    O$o

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    Cmo finaliza el procedimientode fiscalizacin?

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    CULMINACIN DEL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIN

    Concluye con lanotificacin de

    Resolucin de eterminacin

    Resolucin de 5ulta.

    O$o

    !n tanto no se notifiquen las resolucionesde determinacin y/o de multa, cabeinterponer Recurso de 6ue-a.

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    En qu casos se puede reabrirla fiscalizacin?

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    !n principio, la determinacin de la obligacin tributaria practicada

    como consecuencia de un procedimiento de fiscalizacin es 7nica,integral y definitiva, por lo que 8sta no debe sufrir modificaciones.

    "as 7nicos casos en los que se podr)a emitir una determinacincomplementaria es si se determina con carcter previo alguna de lascausales establecidas en el art)culo 49: del (.

    REAPERTURA DEL PROCECIMIENTO DE%ISCALI&ACI'N

    Reapertura de perodosfiscalizados

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    Qu infracciones se confiuran

    en un procedimiento defiscalizacin?

    IN%RACCIONES EN UN PROCEDIMIENTO DE%ISCALI&ACI'N

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    In(raionesrelaionadason los li)ros!re*istros onta)les + otrosdoumentos

    Art#,-. + ,-- del C#T#

    ,# Omitir llevar los li)ros de onta)ilidad! u otros li)ros+/o re*istros e0i*idos "or las le+es u otros medios deontrol e0i*idos "or las le+es + re*lamentos#

    1# Llevar los li)ros de onta)ilidad! u otros li)ros +/o

    re*istros e0i*idos "or las le+es2 sin o)servar la (orma+ ondiiones esta)leidas en las normasorres"ondientes#

    3# Llevar on atraso ma+or al "ermitido "or las normasvi*entes! los li)ros de onta)ilidad u otros li)ros o

    re*istros e0i*idos "or las le+es! re*lamentos o "orResoluin de Su"erintendenia de la Sunat! que sevinulen on la tri)utain#

    IN%RACCIONES EN UN PROCEDIMIENTO DE%ISCALI&ACION

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    In(raionesrelaionadason los li)ros!re*istros onta)les+ otros doumentosArt#,-. + ,-- del C#T#

    4# No e05i)ir los li)ros! re*istros u otrosdoumentos que la Administrainsoliite#

    .# No "ro"orionar la in(ormain o

    doumentain que sea requerida "or laAdministrain so)re sus atividades o lasde tereros on los que *uarde relain o"ro"orionarla sin o)servar la (orma!"la6os + ondiiones esta)leidas

    7# No om"areer ante la AdministrainTri)utaria o om"areer (uera del "la6oesta)leido "ara ello

    IN%RACCIONES EN UN PROCEDIMIENTO DE%ISCALI&ACI'N

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    Que se haya declarado informacin no conforme conla realidad (dato falso), y;

    Que dicha declaracin hubiera determinado una

    menor obligacin (menor tributo) o un mayor saldo,

    crdito o rdida a fa!or"

    IN%RACCIONES EN UN PROCEDIMIENTO DE%ISCALI&ACI'N

    #ecesariamente deben

    concurrir dos elementos

    8ase de 9lulo "ara a"liar la multa: los tri)utosomitidos! r;ditos + ";rdidas inde)idas

    !nfraccin por declarar cifras o datos falsos"#rt$ %&'( numeral %)

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    PROCEDIMIENTOS

    TRI8UTARIOS$ %os rocedimientos tributarios, adems de los &ue

    se estable'can or ley, son:

    $ 1" Procedimiento de iscali'acin"$ " Procedimiento de *obran'a *oacti!a"

    $ +" Procedimiento *ontencioso-ributario"

    $ ." Procedimiento #o *ontencioso"

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    CO8RAN&A COACTI

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    PROCEDIMIENTO$ l Procedimiento de *obran'a *oacti!a es iniciado or el ecutor

    *oacti!o mediante la notificacin al deudor tributario de la

    3esolucin de ecucin *oacti!a, &ue contiene un mandato de

    cancelacin de las 4rdenes de Pago o 3esoluciones en cobran'a,

    dentro de siete (5) d6as hbiles

    $ %a 3esolucin de ecucin *oacti!a deber contener, baosancin de nulidad:

    $ 1" l nombre del deudor tributario"

    $ " l n7mero de la 4rden de Pago o 3esolucin obeto de la

    cobran'a"

    $ +" %a cuant6a del tributo o multa, seg7n corresonda, as6 como de

    los intereses y el monto total de la deuda"

    $ ." l tributo o multa y er6odo a &ue corresonde"

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    MEDIDAS CAUTELARES = MEDIDACAUTELAR >EN?RICA

    $

    $ a) 8encido el la'o de siete (5) d6as, el ecutor*oacti!o odr disoner se trabe las medidas cautelares

    re!istas en el resente art6culo, &ue considere necesarias"

    /dems, odr adotar otras medidas no contemladas en

    el resente art6culo, siemre &ue asegure de la forma ms

    adecuada el ago de la deuda tributaria materia de lacobran'a

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    RECURSO DE APELACION

    $ #= 9lo desus de terminado el Procedimiento de *obran'a*oacti!a, el eecutado odr interoner recurso de aelacin ante la

    *orte 9uerior dentro de un la'o de !einte (0) d6as hbiles de

    notificada la resolucin &ue one fin al rocedimiento de cobran'acoacti!a"

    $

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    ETAPAS DEL PROCEDIMIENTOCONTENCIOSO=TRI8UTARIO

    $ 9on etaas del Procedimiento *ontencioso

    -ributario:

    $ $ a) %a reclamacin ante la /dministracin

    -ributaria"

    $

    $ b) %a aelacin ante el -ribunal iscal"

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    %ACULTAD PARA INTERPONERRECLAMACIONES

    $ %os deudores tributarios directamente afectados or actos de la

    /dministracin -ributaria odrn interoner reclamacin"

    $

    $ 'R>ANOS COMPETENTES$ *onocern de la reclamacin en rimera instancia:

    $

    $ 1" %a 9#/- resecto a los tributos &ue administre"

    $

    $ " %os obiernos %ocales"

    $

    $ +" 4tros &ue la ley se

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    APELACION @ QUEA

    'R>ANO COMPETENTE$ l -ribunal iscal es el rgano encargado de

    resol!er en 7ltima instancia administrati!a las

    reclamaciones sobre materia tributaria, general ylocal, inclusi!e la relati!a a las aortaciones a

    99/%= y a la 4#P, as6 como las aelaciones

    sobre materia de tributacin aduanera"

    $

    $

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    PRESENTACION DE LA APELACI'N

    $ l recurso de aelacin deber ser resentado ante el rgano &ue dict

    la resolucin aelada el cual, slo en el caso &ue se cumla con los

    re&uisitos de admisibilidad establecidos ara este recurso, ele!ar el

    e2ediente al -ribunal iscal dentro de los treinta (+0) d6as hbilessiguientes a la resentacin de la aelacin" -ratndose de la aelacin

    de resoluciones &ue resuel!an los reclamos sobre sanciones de comiso

    de bienes, internamiento temoral de !eh6culos y cierre temoral de

    establecimiento u oficina de rofesionales indeendientes, as6 como

    las resoluciones &ue las sustituyan, se ele!ar el e2ediente al -ribunal

    iscal dentro de los &uince (1>) d6as hbiles siguientes a la

    resentacin de la aelacin"

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    QUEA$ %a &uea se resenta cuando e2istan actuaciones o rocedimientos

    &ue afecten directamente o infrinan lo establecido en este *digo, en

    la %ey eneral de /duanas, su reglamento y disosiciones

    administrati!as en materia aduanera; as6 como en las dems normas

    &ue atribuyan cometencia al -ribunal iscal"

    $

    $ %a &uea es resuelta or:

    $

    $ a) %a 4ficina de /tencin de Queas del -ribunal iscal dentro del

    la'o de !einte (0) d6as hbiles de resentada la &uea, tratndose de

    &ueas contra la /dministracin -ributaria"

    $ b) l ?inistro de conom6a y inan'as dentro del la'o de !einte

    (0) d6as hbiles, tratndose de &ueas contra el -ribunal iscal"

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    $ %a resolucin del -ribunal iscal agota la !6a

    administrati!a" =icha resolucin odr

    imugnarse mediante el Proceso *ontencioso/dministrati!o, el cual se regir or las

    normas contenidas en el resente *digo y,

    suletoriamente, or la %ey #@ 5>A., %ey &ue

    regula el Proceso *ontencioso /dministrati!o"

    $

    PROCESOS ANTE EL PODER UDICIALDEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATI

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    PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO

    $ $ %as solicitudes no contenciosas !inculadas a la determinacin de la

    obligacin tributaria, debern ser resueltas y notificadas en un la'o no

    mayor de cuarenta y cinco (.>) d6as hbiles siemre &ue, conforme a las

    disosiciones ertinentes, re&uiriese de ronunciamiento e2reso de la

    /dministracin -ributaria"

    $ -ratndose de otras solicitudes no contenciosas, stas sern resueltas

    seg7n el rocedimiento regulado en la %ey del Procedimiento

    /dministrati!o eneral" 9in eruicio de lo anterior, resultan alicableslas disosiciones del *digo -ributario o de otras normas tributarias en

    a&uellos asectos del rocedimiento regulados e2resamente en ellas"

    $

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    TRIBUNAL FISCAL

    rgano especializado del Ministerio de Economa y Finanzas, con autonoma en el ejercicio de sus funcionesResuelve en ltima instancia administrativa las

    reclamaciones sobre materia tributaria general, regional o local as como las reclamaciones sobre tributacin aduanerauede ser considerado un rgano jurisdiccional administrativoLo resuelto por l agota la va administrativaAl resolver deber aplicar la norma de mayor

    Jerarqua Jurisprudencia de Observancia Obligatoria

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    ATRIBUCIONES DEL TRIBUNAL FISCAL

    1) Conocer y resolver en lti! inst!nci! !"inis!as apelaciones contra las resoluciones emitidas pola "dministracin #ributaria $tributos internos y tributoaduaneros

    !as apelaciones contra las resoluciones emitidas p%&'"# , sobre los derec(os aduaneros, clasificacionarancelarias y sanciones previstas en la !ey )eneral"duanas$) Resolver l!s c%estiones "e co&etenci! '%e s en !teri! tri(%t!ri!) Resolver los Rec%rsos "e *%e+!,) Uni-ori.!r l! +%ris&r%"enci! en l!s !teri!s " co&etenci!

    /) 0ro&oner !l EF nor!s &!r! s%&lir l!s "e-icie

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    0ROCEDIIENTOS TRIBUTARIOS

    CDIGO TRIBUTARIO

    1) 0roce"iiento "e Co(r!n.! Co!ctiv!$) 0roce"iiento Contencioso Tri(%t!rio) 0roce"iiento No Contencioso

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    0ROCEDIIENTOS CONTENCIOSO 6 TRIBUTARIO

    ETA0AS

    RECLAACIN ANTE LAADINISTRACIN TRIBUTARIA

    A0ELACIN ANTE ELTRIBUNAL FISCAL

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    RECURSO DE RECLAACI7N

    FACULTADOS A INTER0ONERLO#*eudores tributarios afectados por actos de la "dministracin #ributaria8

    7RGANOS CO0ETENTES 9 en &rier! inst!nci! )#+ %unat respecto a los tributos -ue administre. !os )obiernos locales

    / 0tros -ue la ley se1ale

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    0ROCEDIIENTO DE COBRAN:A COACTI;A

    COBRAN:A COACTI;AFACULTAD DE E

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    0ROCEDIIENTO DE COBRAN:A COACTI;A

    1) E+ec%tor Co!ctivo noti-ic! !l "e%"or tri(%t!rio con l!

    Resol%ci3n "e E+ec%ci3n Co!ctiv! 9contiene !n"!to"e c!ncel!ci3n "e l!s Or"enes "e 0!2o)

    INICIO DEL

    0ROCEDIIENTO DECOBRAN:A COACTI;A

    C!ncel!r en @ "!s

    (iles

    0!2!r cost!s y 2!stos

    "e l! co(r!n.!

    $);enci"o el &l!.o "e "!s &%e"e "is&oner se tr!(e e"i"!s c!%tel!res

    TI0OS DE EDIDAS CAUTELARES#

    8'#ER9E'48' E' RE4"&*"48'*E%8#0 40' 0 %8' E:#R"448' *E ;8E'E%8'%4R848' E' RE)8%#R0%RE#E'48' %0;RE ;8E'E%, 9"!0RE%, F0'*0%,4&E'#"%