Tributo 15 11

download Tributo 15 11

If you can't read please download the document

Transcript of Tributo 15 11

EL SISTEMA TRIBUTARIO.EL IAE y el IVA

En esta unidad aprenders a...

Analizar el sistema tributario espaol.

Clasificar los diferentes tipos de tributos.

Reconocer las obligaciones fiscales de la empresa.

Distinguir las empresas sujetas al pago del IAE.

Identificar las caractersticas generales del IVA y sus principales regmenes.

INDICE

3.1.- EL SISTEMA TRIBUTARIO.3.1.1.- Concepto de tributos.3.1.2.- Normas tributarias.3.1.3.- Elementos del tributo.3.1.4.- Formas de extincin de la deuda tributaria.3.1.5.- Infracciones y sanciones tributarias.

3.2.- OBLIGACIONES FISCALES DE LA EMPRESA.3.2.1.- Declaracin censal.3.2.2.- El impuesto sobre Actividad Econmica.3.3.3.- El impuesto sobre el Valor aadido.

3.1.- El sistema tributario.

La ley 58/2003, General Tributaria establece los principios y las normas jurdicas generales del sistema tributario espaol y es de aplicacin a todas las Administraciones Tributarias.

3.1.1.- La ley define el tributo como:Los ingresos pblicos que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por una Administracin Pblica como consecuencia de la realizacin del supuesto de hecho al que la ley vincula el deber de contribuir, con el fin primordial de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos pblicos.

Principios del sistema tributario espaol.

Nuestro sistema tributario est basado en los siguientes principios:

Justicia.

Generalidad.

Igualdad.

Progresividad.

Distribucin equitativa de la carga tributaria.

No confiscatoriedad.

Fuentes del ordenamiento jurdico tributario.

Las fuentes del ordenamiento jurdico son:

La Constitucin.

Tratados Internacionales.

Normas que dicten la Unin Europea y otros organismos internacionales o supranacionales a los que se atribuyan ejercicio de competencias en materia tributaria.

Leyes.

Disposiciones reglamentarias dictadas en desarrollo de las normas anteriores.

3.1.2.- Normas tributarias.

El artculo 31 de la Constitucin Espaola de 1978 determina que la ordenacin del sistema tributario se basa en la capacidad econmica de las personas obligadas a satisfacer el tributo.La potestad originaria para establecer tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley.Las comunidades autnomas y las entidades locales podrn establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitucin y las leyes.Las normas tributarias no tienen efecto retroactivo y, como el resto de las normas jurdicas, entrarn en vigor a los 20 das naturales de su completa publicacin en el Boletn Oficial que corresponda, si en ellas no se disponen otra cosa, y se aplicarn por plazo indefinido, salvo que fije un plazo determinado.

3.1.3.- ELEMENTOS DEL TRIBUTO

Segn la Ley General Tributaria, todos los tributos tienen unos elementos constitutivos comunes, que son los siguiente:CLASES DE TRIBUTOS

3.1.4.-FORMAS DE EXTINCIN DE LA DEUDAS TRIBUTARIAS.

La deuda tributaria est constituida por la cantidad a ingresar que resulte de la obligacin tributaria. Esa deuda puede extinguirse de las siguientes formas:

Extincin de la deuda tributaria

3.1.5.- Infracciones y sanciones tributarias.

Sern sujetos infractores las personas fsicas o jurdica y las entidades que realicen las acciones u omisiones tipificadas como infracciones en las leyes.Son infracciones tributarias las acciones u omisiones dolosas o culposas que estn tipificadas y sancionadas como tales en las leyes.Las infracciones tributarias se calificarn, de acuerdo con lo dispuesto en cada caso, como: leves, graves o muy graves.

2.- Obligaciones fiscales de la empresa

Las personas fsicas (autnomos), las personas jurdicas (entidades mercantiles) y las entidades sin personalidad jurdica (sociedades civiles y comunidades de bienes) estn sometidas a las siguientes:

Obligaciones fiscales

3.2.1.- Declaracin censal.

Quienes vayan a desarrollar alguna actividad econmica deben solicitar previamente el alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, indicando los datos identificativos de la actividad y los relativos a los IRPF, el regmenes y obligaciones tributarias respecto del IRPF, del Impuesto sobre Sociedades y del IVA.Adems, antes de realizar cualquier entrega, adquisicin o importacin de bienes o servicios, de percibir cobros o abonar pagos o de contratar personal para desarrollar su actividad, deben solicitar el nmero de identificacin fiscal (NIF).

3.2.2.- EL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS.

El Impuesto sobe Actividad Econmica (IAE), es un tributo municipal, directo y de carcter real, cuyo hecho imponible est constituido por el mero ejercicio, en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales o artsticas, se ejerzan o no en local determinado y se hallen o no especificadas en las Tarifas del impuesto.La ley considera que una actividad se ejerce con carcter empresarial, profesional o artstico cuando quien la ejerza utilice, de forma ordenada, recurso humanos o medios de produccin con la finalidad de producir o distribuir bienes o servicios

Elementos del impuesto sobre Actividades Econmicas.

Podemos resumir los elementos integrantes de este tributos en la siguiente tabla.Todas las personas y entidades incluidas en el censo de empresarios, profesionales y retenedores deben declarar las actividades econmica que desarrollen, mediante la declaracin censal de alta, baja o modificacin de la situacin tributaria. Esta obligacin es independiente de que, la entidad pueda estar obligada al pago del IAE.Los modelos de declaracin censal de alta, baja o modificacin de la situacin tributaria en el IAE.- 036/037: sujetos pasivos exentos del IAE por todas sus actividades.- 840: sujetos pasivos no exentos del pago del IAE.

EXENCIONES DEL IAE

Entre otros, estn exentos del pago del impuesto con carcter general:- El Estado, las Comunidades Autnomas y las entidades locales.- Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividades en territorio espaol, durante los dos primeros periodos impositivos del impuesto en que se desarrolle la aquella.- Las personas fsicas, ya sean residentes o no residentes.- Los sujetos pasivos del IS y las sociedades civiles que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000

Clculo de la cuota tributaria

La cuota tributaria se calcula aplicando los distintos elementos que intervienen en su determinacin. Hay que tener en cuenta que los empresarios pueden elegir entre satisfacer la cuota mnima municipal, que habilita para llevar a cabo la actividad en un municipio determinado, cuota provincial (en una provincia) o cuota nacional (en todo el Estado).Los elementos para el clculo de la cuota son:

3.2.3.- EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AADIDO.

El IVA es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava, en la forma y condiciones previstas en la ley, las entrega de bienes y prestacin de servicio efectuadas por empresarios o profesionales, las adquisiciones intracomunitarias de bienes y las importaciones de bienes.Elementos sobre el Valor aadido:

Operaciones no sujetas y exentas.

Algunas entregas de bienes y prestaciones de servicios estn exentas o no sujetas al impuesto:- Operaciones no sujetas: no se produce el hecho imponible.- Operaciones exentas: se produce el hecho imponible, pero, por diversos motivos, no se someten a gravamen.Las principales operaciones son:Hemos de tener en cuenta que las exenciones pueden ser Limitadas o Plenas. En las operaciones Limitadas, la empresa no cobra el IVA al cliente, pero la empresa si que paga IVA por los productos que utiliza en su actividad. En las operaciones Plenas, la empresa ni cobra ni paga IVA, es decir, la empresa no cobra el IVA en ss ventas y en el caso de que realice compras y pague IVA por estas, la Administracin se lo tendr que devolver cuando presente su declaracin.

Base imponible

DETERMINACIN DE LA BASE IMPONIBLE DEL IVA

Conceptos incluidos- Importe de la entrega de bienes o prestacin de servicio.- Gastos de comuniones, portes y transporte, seguros, primas por prestaciones anticipadas y cualquier otro crdito efectivo a favor de de quien realice la entrega y preste el servicio, derivado de la prestacin principal o de las accesorias a esta.- Subvenciones vinculadas directamente al precio de la operaciones sujetas al impuesto.- Tributos y gravmenes, excepto el propio IVA y el impuesto especial sobre matriculacin de determinados medios de transporte.Importe de los envases y embalajes.

Conceptos no incluidos- Los descuentos y las bonificaciones que recaigan sobre la operacin.- Las indemnizaciones que no compensen las operaciones sujetas.- Los suplidos (pago que se realizan por cuenta y en nombre del cliente)

La base imponible del IVA est constituida por el importe total de la contraprestacin de las operaciones sujetas a este, que incluye, entre otros, los siguientes conceptos



Tipos impositivos.

Tipos impositivos.

Si bien el tipo general es del 21%, existe un tipo reducido del 10% y un tipo superreducido del 4%, que se aplica a determinados artculos, segn resume la siguiente tabla:

Cuota

Como en el resto de impuestos, en el IVA la cuota se calcular multiplicando la base imponible por el tipo impositivo aplicable.Clculo de la cuota en el IVA . Casos prcticos.Una empresa vende productos por un importe de 5.000 . En la factura se incluyen adems otros 150 en concepto de transporte, 78 de seguro y 56 envases y embalaje.Solucin:

La base imponible est constituida por el importe total de la contraprestacin de las operaciones sujetas al mismo, por lo tanto:

B. Imp = 5.000 + 150 + 78 + 56 = 5.284

El tipo general del IVA es del 21%, por tanto, para calcular la cuota, habr que multiplicar este tipo por el importe de la base imponible:

Total de la factura 5.284 * 21% = 1.109,64

Liquidacin del IVA

Los sujetos pasivos, empresarios y profesionales, pagan (soportan) IVA por sus compras y cobran (repercuten) IVA por las ventas o prestaciones de servicios que realizan. Por esto se dice que el impuesto es neutral para ellos, ya que en realidad colaboran con la Administracin, cobrando el IVA a los contribuyentes e ingresndolo despus en el Tesoro Pblico.Por tanto, a la hora de realizar sus declaraciones de IVA, los empresarios sumarn el importe de las cuotas que han a sus clientes y se podrn deducir (restar) las cuotas de IVA que han soportado en las entregas y prestaciones de servicios sujetas y no exentas del IVA, las exportaciones y las entregas Intracomunitarias de bienes.La deuda tributaria, por tanto, se calcula segn la siguientes formula: Deuda tributaria = IVA repercutido IVA deducible.

El resultado de esa frmula podr ser positivo a negativo:

Si el resultado es positivo: los sujetos pasivos ingresarn el importe en el Tesoro Pblico.Si el resultado es negativo: su cuanta se compensa en las declaraciones-liquidacin correspondiente al final de ejercicio, se puede optar por solicitar la devolucin o bien compensar el saldo negativo en las liquidaciones del ejercicio siguiente.

Deducciones

Para poder practicar las deducciones se han de cumplir dos requisitos:tener la condicin de empresarios o profesionales y haber iniciado la realizacin habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a sus actividades empresariales o profesionales.No podrn deducir las cuotas soportadas o satisfecha por las adquisiciones o importaciones de bienes o servicios que no afecten, directa y exclusivamente, a su actividad empresarial o profesional.Las deducciones se practicarn en la declaracin correspondiente al periodo de liquidacin en el cual se soportaron las cuotas deducibles o en los sucesivos, siempre que no hubiese que no hubiesen transcurrido ms de cuatro aos contados desde el nacimiento del derecho a deduccin.

Regla de prorrata

Es una regla que se aplican para la liquidacin del IVA, cuando el sujeto pasivo, en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional, efecta conjuntamente entregas de bienes o prestaciones de servicios que originen el derecho a la deduccin y otras operaciones de anloga naturaleza que no habilitan para el ejercicio del citado derecho.Para calcular el porcentaje de prorrata aplicable, se utiliza la siguiente frmula: Importe anual de las operaciones con Derecho a deduccin Porcentaje de deduccin= ----------------------------------------------* 100 Importe anual de todas las operacionesUna vez hallado el porcentaje de deduccin, se multiplica de deduccin, se multiplica este por las cuotas para calcular el IVA deducible

Regmenes Especiales en el IVA

Los regmenes especiales en el IVA son:

Modelos y plazos de la declaracin- liquidacin.

Todos los sujetos pasivos deben presentar declaraciones-liquidaciones en los siguientes plazos y modelos.

Obligaciones en materias de libros de registro

Los empresarios o profesionales, sujetos pasivos del IVA, han de llevar los siguientes libros registros de registro:

- Libro registro de facturas expedidas.- Libro registro de facturas recibidas.- Libro registro de bienes de inversin.- Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias.- Libro registro especiales, en el caso de los regmenes especiales.

Obligaciones contables y en materia de facturacin

La contabilidad deber permitir determinar con precisin el importe total de IVA que el sujeto pasivo haya repercutido a sus clientes, as como el importe total del impuesto soportado por el sujeto pasivo.Las facturas recibidas, los justificantes contables y las copias de las facturas expedidas debern conservarse, incluso por medios electrnicos, durante el plazo de prescripcin del impuesto.Todas las operaciones realizadas por los sujetos pasivos en el ejercicio de sus actividades empresariales o profesionales debern contabilizarse o registrarse dentro de los plazos establecidos para la liquidacin y pago del impuesto