Triptico Derecho de via -Urs[1]

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Es una faja de terreno de ancho variable dentro del cual se encuentra comprendida la carretera, sus obras complementarias, servicios, áreas previstas para futuras obras de ensanche o mejoramiento, y zonas de seguridad para el usuario. Su ancho se establece en cada caso por Resolución Ministerial. Se podrá autorizar el uso del Derecho de Vía para: i) la instalación de dispositivos y obras básicas para el funcionamiento de servicios públicos, ii) obras de infraestructura vial, y iii) obras de infraestructura gestionada por particulares que resulten necesarias para el desarrollo de sus actividades económicas, actividades en beneficio de la comunidad o colectividad o que tengan impacto y/o relevancia económica y/o social. En todos estos casos la autorización se otorgará contando con estudios técnicos específicos concordantes con las normas técnicas aprobadas por el MTC. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones – Provías Nacional, está a cargo de la Red Vial Nacional. Los Gobiernos Regionales, están a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional. Los Gobiernos Locales, están a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural. Solicitud dirigida a PROVÍAS NACIONAL Identificación del solicitante (Nombre o razón social, domicilio legal, DNI del Representante legal, etc.). Expediente Técnico con: Memoria descriptiva, Planos de ubicación, planos generales y topográficos, Especificaciones Técnicas, etc. Lo que corresponde a obras dentro del Derecho de Vía. Diseño Geométrico o Vial del Uso del Derecho de Vía. Para la presentación de estos documentos deben estar debidamente foliados, sellados y firmados por el Ingeniero colegiado de la especialidad en 03 ejemplares. No se puede otorgar una autorización si es que no existe OPINION PREVIA de: En carreteras concesionadas: Concesionario, OSITRAN, Unidad Zonal Lima y Especialista en Derecho de Vía. En carreteras no concesionadas: Unidad Zonal y Especialista en Derecho de Vía. Actividad realizada por el supervisor del tramo. El supervisor previa revisión del expediente técnico, definirá la clase de servicio, tipo de uso que se realizará en el derecho de vía, las posibles afectaciones a las obras de arte y si estos han sido ejecutados al momento de la inspección. Suscribir un acta de inspección donde debe firmar un representante del solicitante y el supervisor. Luego de aprobar los trabajos en Derecho de Vía por Resolución Directoral se procederá a: Aperturar un Cuaderno de Obra. Solicitar al contratista un Plan de trabajo de las actividades a realizar dentro del Derecho de Vía. Exigir al contratista realizar las comunicaciones de la interrupción tanto a las autoridades como a la comunidad en general.

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  • Es una faja de terreno de ancho

    variable dentro del cual se encuentra

    comprendida la carretera, sus obras

    complementarias, servicios, reas

    previstas para futuras obras de

    ensanche o mejoramiento, y zonas de seguridad

    para el usuario. Su ancho se establece en cada

    caso por Resolucin Ministerial.

    Se podr autorizar el uso del Derecho de Va

    para: i) la instalacin de dispositivos y obras

    bsicas para el funcionamiento de servicios

    pblicos, ii) obras de infraestructura vial, y iii)

    obras de infraestructura gestionada por

    particulares que resulten necesarias para el

    desarrollo de sus actividades econmicas,

    actividades en beneficio de la comunidad o

    colectividad o que tengan impacto y/o

    relevancia econmica y/o social. En todos estos

    casos la autorizacin se otorgar contando con

    estudios tcnicos especficos concordantes con

    las normas tcnicas aprobadas por el MTC.

    El Ministerio de Transportes y Comunicaciones Provas Nacional, est a cargo de la Red Vial Nacional.

    Los Gobiernos Regionales, estn a cargo de su

    respectiva Red Vial Departamental o Regional.

    Los Gobiernos Locales, estn a cargo de su respectiva

    Red Vial Vecinal o Rural.

    Solicitud dirigida a PROVAS NACIONAL Identificacin del solicitante (Nombre o razn social, domicilio legal, DNI del Representante legal, etc.). Expediente Tcnico con: Memoria descriptiva,

    Planos de ubicacin, planos generales y

    topogrficos, Especificaciones Tcnicas, etc. Lo

    que corresponde a obras dentro del Derecho de

    Va.

    Diseo Geomtrico o Vial del Uso del Derecho de Va. Para la presentacin de estos documentos deben estar debidamente foliados, sellados y

    firmados por el Ingeniero colegiado de la

    especialidad en 03 ejemplares. No se puede

    otorgar una autorizacin si es que no existe

    OPINION PREVIA de:

    En carreteras concesionadas: Concesionario, OSITRAN, Unidad Zonal Lima y Especialista en

    Derecho de Va.

    En carreteras no concesionadas: Unidad Zonal y Especialista en Derecho de Va.

    Actividad realizada por el supervisor del

    tramo.

    El supervisor previa revisin del expediente

    tcnico, definir la

    clase de servicio, tipo

    de uso que se realizar

    en el derecho de va,

    las posibles

    afectaciones a las obras de arte y si estos han

    sido ejecutados al momento de la inspeccin.

    Suscribir un acta de inspeccin donde debe firmar un representante del solicitante y el

    supervisor.

    Luego de aprobar los trabajos en Derecho de Va por Resolucin Directoral se proceder a:

    Aperturar un Cuaderno de Obra.

    Solicitar al contratista un Plan de trabajo de las

    actividades a realizar

    dentro del Derecho de

    Va.

    Exigir al contratista realizar las

    comunicaciones de la interrupcin tanto a las

    autoridades como a la comunidad en

    general.

  • Exigir la colocacin de las seales preventivas y de seguridad durante la

    ejecucin de la obra.

    Supervisar la colocacin de los materiales que sean de calidad y los procesos

    constructivos.

    Concluido los trabajos en Derecho de Va, la entidad

    licitante deber solicitar la

    conformidad de la obra al

    supervisor designado por

    PROVIAS NACIONAL,

    debiendo adjuntar el Cuaderno de Obra,

    debidamente legalizado, conteniendo la

    secuencia de los trabajos en el Derecho de Va.

    De haber sido afectada la estructura del pavimento, el solicitante adjuntar los

    certificados tcnicos de los resultados de los

    ensayos de compactacin de las capas de la

    estructura del pavimento, as como el control

    de calidad de los materiales para la reposicin

    de la carpeta asfltica.

    Si hay variacin a los trabajos autorizados, el solicitante adjuntar los planos de post

    construccin con la causal debidamente

    sustentada y aprobada por supervisin.

    Con toda esta documentacin se firmar el acta de conformidad de los trabajos

    autorizados y ejecutados en el Derecho de Va,

    suscribiendo el Ing. Supervisor y el Ing.

    Representante de la entidad solicitante.

    PROHIBICIONES!-Colocacin de Avisos

    Publicitarios en D.V

    -Trabajos dentro del D.V sin autorizacin de PVN

    -Destruccin, deterioro, modificacin o

    alteracin de cualquier elemento que

    conforma la infraestructura vial como:

    pavimentos, puentes, tneles, muros, obras de

    drenaje, talud de corte y talud de terrapln.

    Las infracciones graves, con una multa equivalente a

    una (01) unidad impositiva tributaria (UIT) vigente.

    Las infracciones muy graves, con una multa

    equivalente a tres (03) unidades impositivas

    tributarias (UIT) vigente.

    Provas Nacional est facultada

    para realizar las acciones

    legales correspondientes. Por

    R.D. N468-2013-MTC/20, se

    autoriza a los Jefes de las

    Unidades Zonales de PROVAS NACIONAL, para que

    con auxilio de la fuerza pblica, puedan retirar o

    hacer retirar, del derecho de va, sin previo aviso

    cualquier rtulo, seal o marca que afecte o

    constituya peligro para la seguridad de la va o los

    usuarios de la Red Vial Nacional.

    Por Resolucin Ministerial se precisa el Derecho

    de Va de la Red Vial Nacional.

    Jerarquizacin de la Carretera PATIVILCA- CAJATAMBO- OYON Mediante RM N 024-2013-

    MTC/02, del 10-01-2013, se jerarquiza esta va a Red

    Vial Nacional.

    Ms informacin en:

    http://www.proviasnac.gob.pe/frmOperaciones.aspx?idmenu=994

    http://www.proviasnac.gob.pe/frmOperaciones.aspx?idmenu=169

    http://www.proviasnac.gob.pe/frmOficinasZonalesyOtros.aspx?idmenu=1011