Triptico Estado Constitucional de Derecho

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La primacía de la Constitución sobre la ley En el Estado de derecho, si bien es cierto se asemeja el Derecho con la ley o con las normas dictadas en función de una ley, sucedía que frecuentemente se reconocía la significación jurídica de la Constitución, pero sin que se conocieran remedios a sus posibles contravenciones por parte de los poderes públicos  Sólo el Parlamento en cuanto representaba la soberanía popular en el desar rollo de su función legislativa se le reconocía competencia para interpretar de la Constitución, lo cual no evitaba conflictos con otros poderes que habían de resolverse por la vía política. La obediencia a la Constitución de la totalidad de los poderes públicos y de los particulares. Es propio del Estado constitucional de Derecho que todos los poderes públicos particularmente los poderes legislativo, ejecutivo y judicial estén sujetos a la Constitución, es decir, que actúen dentro de los límites fijados por la constitución sin invadir la esfera de autodeterminación de las personas y la de autorregulación de la sociedad, también dentro de los límites de las competencias específicas le señala la Constitución a cada uno de ellos frente a las competencias atribuidas a los demás órdenes constitucionales. “Año de la In  versión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” I.E.E LUIS FABIO XAMMAR JURADO CURSO: FORMACION CIUDADANA Y CIVICA TEMA :ESTADO CONSTITUCIONAL DEL DERECHO PROFESORA: ANA CHANG ALUMNA: TRUCIOS VIZURRAGA ASTRID SANTA MARIA HUACHO INTRODUCCIÓN Los partidos políticos constituyen las correas de transmisión para el ejercicio de la representación en los sistemas democráticos. Su pluralidad asegura la

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  • 5/27/2018 Triptico Estado Constitucional de Derecho

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    La primaca de laConstitucin sobre la ley

    En el Estado de derecho, si bien es

    cierto se asemeja el Derecho con la ley

    o con las normas dictadas en funcin

    de una ley, suceda quefrecuentemente se reconoca la

    significacin jurdica de la Constitucin,

    pero sin que se conocieran remedios a

    sus posibles contravenciones por parte

    de los poderes pblicosSlo elParlamento en cuanto representaba la

    soberana popular en el desarrollo de

    su funcin legislativa se le reconoca

    competencia para interpretar de la

    Constitucin, lo cual no evitaba

    conflictos con otros poderes que

    haban de resolverse por la va poltica.

    La obediencia a laConstitucin de la totalidadde los poderes pblicos y delos particulares.

    Es propio del Estado constitucional deDerecho que todos los poderes

    pblicos particularmente los poderes

    legislativo, ejecutivo y judicial estn

    sujetos a la Constitucin, es decir, que

    acten dentro de los lmites fijados por

    la constitucin sin invadir la esfera de

    autodeterminacin de las personas y la

    de autorregulacin de la sociedad,

    tambin dentro de los lmites de las

    competencias especficas le seala la

    Constitucin a cada uno de ellos frente

    a las competencias atribuidas a los

    dems rdenes constitucionales.

    Ao de la Inversin para el Desarrollo Rural y

    la Seguridad Alimentaria

    I.E.E LUIS FABIO XAMMAR JURADO

    CURSO: FORMACION CIUDADANA Y CIVICA

    TEMA :ESTADO CONSTITUCIONAL DEL

    DERECHO

    PROFESORA: ANA CHANG

    ALUMNA: TRUCIOS VIZURRAGA ASTRID

    SANTA MARIA HUACHO

    INTRODUCCIN

    Los partidos polticos constituyen las

    correas de transmisin para el ejercicio

    de la representacin en los sistemas

    democrticos. Su pluralidad asegura la

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    construccin del inters general, desde

    un proceso intensivo de negociacin

    de intereses y posiciones visibles y

    subyacentes. La capacidad que

    poseen los partidos polticos para

    asegurar el control de puestos de

    eleccin popular y en una segunda

    instancia incidir en la direccin de la

    administracin pblica a nivel nacional

    y local ejemplifica las trincheras de

    actuacin, desde las cuales se van

    perfilando las vocaciones partidarias:

    de gobierno, de oposicin con

    aspiracin a gobierno, de oposicin

    permanente, de bisagra en la

    generacin de mayoras sustentables;

    todas estas en sus vertientes decarcter nacional y local.

    ESTADO CONSTITUCIONALDE DERECHO.

    El Estado de Derecho, que puso fin al

    absolutismo , y dio inicio al poder de la

    Burgesia entre los siglos XVIII y XIX,

    produjo un profundo cambio en la

    humanidad, por cuanto, aparte de

    garantizarse los derechos civiles y

    polticos de todas las personas, se

    someti tambin al poder a un derecho

    vigente, de tal manera que todo acto o

    accin estatal est legitimado por una

    norma, teniendo de esta manera como

    fundamento el principio de legalidad.

    Las caractersticas delEstado Constitucional deDerecho:

    A diferencia del Estado de Derecho

    donde se hacia la distincin clsicaentre los poderes legislativos, ejecutivo

    y judicial en el Estado Constitucional

    de Derecho, la denominada separacin

    de poderes se da dentro de una

    relacin distinta, ya que si bien es

    cierto en ambos casos se mantiene la

    divisin primaria y fundamental entre el

    poder constituyente y los poderes

    constituido.