Unidad 1 segunda parte aspectos legales de los negocios-

40
UNIVERSIDAD CATOLICA DE UNIVERSIDAD CATOLICA DE SALTA SALTA FACULTAD ESCUELA DE NEGOCIOS FACULTAD ESCUELA DE NEGOCIOS CARRERAS CARRERAS : : -T. U. GESTIÓN DE -T. U. GESTIÓN DE MARKETING- MARKETING- -LIC. COMERCIALIZACIÓN- -LIC. COMERCIALIZACIÓN-

Transcript of Unidad 1 segunda parte aspectos legales de los negocios-

UNIVERSIDAD CATOLICA DE UNIVERSIDAD CATOLICA DE SALTASALTA

FACULTAD ESCUELA DE NEGOCIOSFACULTAD ESCUELA DE NEGOCIOS

CARRERASCARRERAS::

-T. U. GESTIÓN DE -T. U. GESTIÓN DE MARKETING-MARKETING-

-LIC. COMERCIALIZACIÓN--LIC. COMERCIALIZACIÓN-

ASPECTOS LEGALESASPECTOS LEGALESDE LOS NEGOCIOSDE LOS NEGOCIOS

PROFESORPROFESOR ADJUNTO A CARGO ADJUNTO A CARGO

MSc. DIEGO EMILIANO VILLAZMSc. DIEGO EMILIANO VILLAZOONN

UNIDAD IUNIDAD I

DERECHO ECONÓMICODERECHO ECONÓMICOY COMERCIALIZACIÓNY COMERCIALIZACIÓN

-Segunda parte--Segunda parte-SUJETOSSUJETOS

CONCEPTO DE COMERCIANTECONCEPTO DE COMERCIANTE

ES TODA ES TODA PERSONA (física)PERSONA (física)

QUE HACE QUE HACE PROFESIÓNPROFESIÓN

DE LA DE LA COMPRACOMPRA

Y Y VENTAVENTA

DE DE MERCADERÍASMERCADERÍAS

CONCEPTO DE COMERCIANTE CONCEPTO DE COMERCIANTE ““EMPRESARIOEMPRESARIO””

EMPRESARIOEMPRESARIO (COMERCIANTE) (COMERCIANTE)

INDIVIDUAL O COLECTIVOINDIVIDUAL O COLECTIVO

QUE SE QUE SE OCUPAOCUPA DE UNA DE UNA

ACTIVIDADACTIVIDAD COMERCIAL O INDUSTRIAL COMERCIAL O INDUSTRIAL

EN FORMA EN FORMA HABITUALHABITUAL

CALIDAD DE COMERCIANTECALIDAD DE COMERCIANTE(ver (ver arts. 1 y 6 CComarts. 1 y 6 CCom))

Es una cuestión fáctica, que se adquiere por parte deEs una cuestión fáctica, que se adquiere por parte de:: a) Una a) Una PERSONA FÍSICAPERSONA FÍSICA (“individuos” no es correcto) (“individuos” no es correcto)b) Con b) Con capacidad legal para contratarcapacidad legal para contratar (preferible: “ (preferible: “capacidad de ejercer el comerciocapacidad de ejercer el comercio”) ”) c) Ejercicio c) Ejercicio por cuenta propiapor cuenta propia, excluye comisionistas (preferible: “, excluye comisionistas (preferible: “en nombre propioen nombre propio”) ”) d) d) ACTOS DE COMERCIOACTOS DE COMERCIO. No todo ejercicio habitual de actos de comercio otorga . No todo ejercicio habitual de actos de comercio otorga

calidad de comerciante. Muchos no son actos jurídicos ni contratos que puedan calidad de comerciante. Muchos no son actos jurídicos ni contratos que puedan celebrarse (ej: nadie puede tener como objeto principal librar letras de cambio. En celebrarse (ej: nadie puede tener como objeto principal librar letras de cambio. En todo caso, puede ser un medio para satisfacer otras actividades negociales)todo caso, puede ser un medio para satisfacer otras actividades negociales)

e) e) PROFESIÓN HABITUALPROFESIÓN HABITUAL. La . La habitualidad habitualidad se refiere a la se refiere a la repetición del actorepetición del acto, en tanto , en tanto que la que la profesiónprofesión alude al alude al medio de vida propio de la personamedio de vida propio de la persona que lo hace que lo hace

• La La inscripción en la matrículainscripción en la matrícula no es necesaria para ser comerciante, pero estar no es necesaria para ser comerciante, pero estar inscripto hace presumir inscripto hace presumir iuris tantumiuris tantum esa condición. No es excluyente la calidad de esa condición. No es excluyente la calidad de comerciante de otras actividades desempeñadas por la misma persona, por ej.: comerciante de otras actividades desempeñadas por la misma persona, por ej.: médicomédico

• Llevar libros en forma legalLlevar libros en forma legal no implica adquirir calidad de comerciante. Tampoco no implica adquirir calidad de comerciante. Tampoco frecuentar bolsas de comercio, obtener marca, o conseguir autorización frecuentar bolsas de comercio, obtener marca, o conseguir autorización administrativa para ejercer el comercio. Por el contrario, si una persona realiza a administrativa para ejercer el comercio. Por el contrario, si una persona realiza a nombre propio y de modo profesional algunos actos de comercio, será considerada nombre propio y de modo profesional algunos actos de comercio, será considerada comerciante, aunque carezca de libros y matrículacomerciante, aunque carezca de libros y matrícula

• No se es comerciante por ser No se es comerciante por ser socio de una sociedadsocio de una sociedad, ya que la personalidad de ésta , ya que la personalidad de ésta es distinta. Las sociedades son comerciales o civiles, pero no comercianteses distinta. Las sociedades son comerciales o civiles, pero no comerciantes

CAPACIDADCAPACIDAD

REGLAREGLA Es Es capazcapaz quien tiene quien tiene libre libre administración de bienesadministración de bienes ( (art. 9art. 9))

MAYOR 18 añosMAYOR 18 años Es plenamente Es plenamente capazcapaz

MUJERMUJER Arts. 13 a 21 C. Com. Arts. 13 a 21 C. Com. Implícitamente derogadosImplícitamente derogados

Ver Ver nota arts. 55 y 57 CCnota arts. 55 y 57 CC

EL COMERCIANTEEL COMERCIANTEa) a) INCOMPATIBILIDADES E INCAPACIDADESINCOMPATIBILIDADES E INCAPACIDADES (Prohibiciones) (Prohibiciones)::

Corporaciones eclesiásticas,Corporaciones eclesiásticas, ClérigosClérigos mientras desempeñen su función clerical, mientras desempeñen su función clerical, Magistrados civiles y judiciales, funcionarios públicosMagistrados civiles y judiciales, funcionarios públicos de de

administración nacional, provincial, o municipal de jerarquía superior, administración nacional, provincial, o municipal de jerarquía superior, (no pueden realizar actos de comercio donde ejerzan su autoridad o (no pueden realizar actos de comercio donde ejerzan su autoridad o jurisdicción). Los jurisdicción). Los juecesjueces tienen, tienen, además, prohibido realizar cualquier además, prohibido realizar cualquier otraotra clase de clase de actividad, exceptoactividad, excepto la la docenciadocencia

b) b) INTERDICTOSINTERDICTOS

c) c) LOS FALLIDOSLOS FALLIDOS

d) d) CORREDORES Y MARTILLEROSCORREDORES Y MARTILLEROS

e) e) ESCRIBANOSESCRIBANOS

PROHIBICIONESPROHIBICIONES

INCAPACIDADINCAPACIDAD Quienes no puedenQuienes no puedenobligarseobligarse ((art.9, 2art.9, 2))

INCOMPATIBILIDADINCOMPATIBILIDAD Corporac. eclesiásticasCorporac. eclesiásticasClérigosClérigosMagistrados, juecesMagistrados, jueces((art. 22art. 22))

INCAPACIDAD LEGALINCAPACIDAD LEGAL InterdictosInterdictosQuebrados Quebrados ((art. 24art. 24))

LOS COMERCIANTESLOS COMERCIANTES

OBLIGACIONESOBLIGACIONES

YY

DERECHOSDERECHOS

1) OBLIGACIONES COMUNES (art. 33 C Com.)

PRÁCTICAPRÁCTICA: incumplimiento casi total de actos del art. 33 CCom. Sin sanción : incumplimiento casi total de actos del art. 33 CCom. Sin sanción algunaalguna

1. 1. MatrículaMatrícula:: ( (art. 25art. 25) obligatoriedad de inscripción. ) obligatoriedad de inscripción. BeneficioBeneficio: : art. 26, inc. 1, C.Comart. 26, inc. 1, C.Com (fe probatoria)(fe probatoria)

2. 2. Contabilidad y librosContabilidad y libros:: ( (arts. 43 al 67 del C.Comarts. 43 al 67 del C.Com) formas en que deben llevar ) formas en que deben llevar contabilidad los comerciantes. (Arts. 61 y sigs. ley 19.550) documentación y contabilidad los comerciantes. (Arts. 61 y sigs. ley 19.550) documentación y contabilidad societaria contabilidad societaria Sanción mercantilSanción mercantil: : falta de valor en juiciofalta de valor en juicio en favor del comerciante a quien en favor del comerciante a quien pertenecen (pertenecen (art. 55 C. Comart. 55 C. Com), y vigencia de prueba en libros del adversario. Sin ), y vigencia de prueba en libros del adversario. Sin perjuicio de responsabilidades penalesperjuicio de responsabilidades penalesLlevar libros es facultativoLlevar libros es facultativo, la ley otorga beneficios, pero no contiene sanciones , la ley otorga beneficios, pero no contiene sanciones directas. Sí indirectas (ej: pérdida de defensas que pueden oponerse en directas. Sí indirectas (ej: pérdida de defensas que pueden oponerse en situaciones de conflicto, como una determinación de oficio por parte de la AFIP)situaciones de conflicto, como una determinación de oficio por parte de la AFIP)

3. 3. CorrespondenciaCorrespondencia:: Plazo mínimo para conservar correspondencia o prueba Plazo mínimo para conservar correspondencia o prueba documental: documental: diez años diez años a contar desde el cierre del negocioa contar desde el cierre del negocio

4. 4. Rendir cuentasRendir cuentas:: corresponde a corresponde a todo el que administre bienes ajenos o gestione todo el que administre bienes ajenos o gestione negocios de otronegocios de otro. Se detallarán los ingresos y egresos con comprobantes . Se detallarán los ingresos y egresos con comprobantes contables que lo justifiquen.contables que lo justifiquen. Debe efectuarse por escrito Debe efectuarse por escrito, admitiéndose en , admitiéndose en ciertos casos la rendición verbal con exhibición de comprobantes. Se hará al ciertos casos la rendición verbal con exhibición de comprobantes. Se hará al finalizar cada negocio o al concluir el ejercicio, en el domicilio comercial del que finalizar cada negocio o al concluir el ejercicio, en el domicilio comercial del que debe rendir, siendo válido el pacto en contrario. Se presume debe rendir, siendo válido el pacto en contrario. Se presume iuris tantumiuris tantum la la aceptación de cuentas pasado un mes de la recepción (aceptación de cuentas pasado un mes de la recepción (art. 73, CComart. 73, CCom) )

MATRÍCULA DE LOS COMERCIANTES

INSCRIPCIÓN EN LA MATRÍCULAINSCRIPCIÓN EN LA MATRÍCULA::

1)1) Lugar Lugar: Registro Público de Comercio de la jurisdicción: Registro Público de Comercio de la jurisdicción2)2) Plazo Plazo: : 15 días15 días desde que se comienza a ejercer el comercio (plazo usual/costumbre) desde que se comienza a ejercer el comercio (plazo usual/costumbre) 3)3) Datos petición Datos petición:: Nombre, estado y nacionalidadNombre, estado y nacionalidad: Si es sociedad, nombre socios y : Si es sociedad, nombre socios y firma social adoptadafirma social adoptada DesignaciónDesignación de la calidad del de la calidad del negocionegocio DomicilioDomicilio del del establecimientoestablecimiento NombreNombre del del gerentegerente

4) 4) Ventajas de la inscripción en la matrículaVentajas de la inscripción en la matrícula:: Presunción Presunción iuris tantumiuris tantum de ser comerciantede ser comerciante Fe de sus librosFe de sus libros ( (art. 63 CComart. 63 CCom))

5) 5) Efectos de la no inscripciónEfectos de la no inscripción:: Si es sociedad: se la considera irregularSi es sociedad: se la considera irregular Si es transferencia de establecim., no es oponible a 3º Si es transferencia de establecim., no es oponible a 3º

2) DERECHOS DE LOS COMERCIANTES

a) a) Limitación de responsabilidadLimitación de responsabilidad: en materia de : en materia de sociedades comerciales se ofrece la sociedades comerciales se ofrece la posibilidad de separar patrimoniosposibilidad de separar patrimonios, y en , y en algunos supuestos (SRL, SA) limitar algunos supuestos (SRL, SA) limitar responsabilidadresponsabilidad

b) b) Organización de comunidad laboralOrganización de comunidad laboral: relación : relación de dependencia regulada por der. laboral de dependencia regulada por der. laboral

c) c) Organización de bienesOrganización de bienes materiales e materiales e inmateriales inmateriales

d) d) Concurrencia libreConcurrencia libre al mercado. Protección al mercado. Protección frente a concurrencia desleal y prácticas frente a concurrencia desleal y prácticas restrictivasrestrictivas

e) e) Someterse al proceso concursalSometerse al proceso concursal

ACTOS DE COMERCIOACTOS DE COMERCIO

OBJETIVAMENTEOBJETIVAMENTE MERCANTILES MERCANTILES(Leer 11 incs. (Leer 11 incs. art. 8 C. Com.art. 8 C. Com.))

MERCANTILES MERCANTILES POR CONEXIÓNPOR CONEXIÓN((realizados realizados por por comerciantescomerciantes))

PRESCRIPCIÓN DE ACTOS DE PRESCRIPCIÓN DE ACTOS DE COMERCIOCOMERCIO

Art. 847 C. Com.Art. 847 C. Com.: plazo general de : plazo general de prescripción de prescripción de 4 años4 años para acciones de para acciones de nulidad o rescisiónnulidad o rescisión

Art. 4.031 CCArt. 4.031 CC: plazo de prescripción de: plazo de prescripción de

2 años2 años

AGENTES AUXILIARESAGENTES AUXILIARES

QUIENES QUIENES COLABORANCOLABORAN DIRECTAMENTE DIRECTAMENTE

EN EN ACTIVIDAD JURÍD.ACTIVIDAD JURÍD. O O CONTRACTUALCONTRACTUAL

DEL DEL EMPRESARIOEMPRESARIO

(Ver (Ver art. 87 C. Com.art. 87 C. Com.))

CLASIFICACIÓNCLASIFICACIÓN

LEGISLADOS en C. ComLEGISLADOS en C. Com

Según ámbitoSegún ámbito::

a) a) internointerno, contrato de , contrato de trabajo (trabajo (factoresfactores, , dependientesdependientes, , empleadosempleados))

b) b) externoexterno, sin contrato , sin contrato ((transportistastransportistas, , barraquerosbarraqueros, , corredorescorredores, , martillerosmartilleros))

NO LEGISLADOS en C. Com.NO LEGISLADOS en C. Com.

a) a) Sin legislarSin legislar:: agentes ventas agentes ventas

b) b) Legislados en otros cuerpos Legislados en otros cuerpos legaleslegales::

1) Con 1) Con relac. dependenciarelac. dependencia ((viajantes de comercioviajantes de comercio))

2) 2) Sin relac. dependenciaSin relac. dependencia ((agentes bolsaagentes bolsa, promotores, , promotores, despachantesdespachantes) )

FACTORESFACTORES

PERSONA A QUIEN UN COMERCIANTE PERSONA A QUIEN UN COMERCIANTE

ENCARGA LA ENCARGA LA ADMINISTRACIONADMINISTRACION

DE SUS DE SUS NEGOCIOSNEGOCIOS O DE UN O DE UN

ESTABLECIMIENTO PARTICULARESTABLECIMIENTO PARTICULAR

CARACTERÍSTICASCARACTERÍSTICAS

Estrecha Estrecha relación de dependenciarelación de dependencia y y subordinación (subordinación (contrato de trabajocontrato de trabajo))

Actúa con Actúa con mandatomandato, , relación doblerelación doble (como (como mandatario y empleado)mandatario y empleado)

Mandato amplioMandato amplio ( (arts. 135, 138, 139 C. arts. 135, 138, 139 C. Com.Com.))

DIF. FACTOR y DEPENDIENTEDIF. FACTOR y DEPENDIENTE

EL EL DEPENDIENTE NODEPENDIENTE NO TIENE LA TIENE LA

FACULTAD DE FACULTAD DE CONTRATACONTRATAR R NINI

OBLIGAOBLIGARSE RSE POR SUS PRINCIPALESPOR SUS PRINCIPALES

DEPENDIENTES y EMPLEADOSDEPENDIENTES y EMPLEADOS

Están Están facultadosfacultados para: para:

a)a) Realizar operaciones específicasRealizar operaciones específicas con autorizac. con autorizac. expresa,expresa,

b)b) Percibir pagosPercibir pagos c)c) Realizar operaciones con personas determinadasRealizar operaciones con personas determinadas

NoNo están están facultadosfacultados para: para:

a)a) Aceptar ni endosarAceptar ni endosar letras, suscribir documentos, letras, suscribir documentos,b)b) Delegar en otrosDelegar en otros, sin autorización por escrito, sin autorización por escrito

TRANSPORTISTASTRANSPORTISTAS

EXCEPCIONALMENTE,EXCEPCIONALMENTE,

LOS TRANSPORTISTAS SON AUXILIARES, LOS TRANSPORTISTAS SON AUXILIARES,

GENERALMENTE SON COMERCIANTESGENERALMENTE SON COMERCIANTES

BARRAQUEROSBARRAQUEROS

ESTÁN MAL INCLUIDOSESTÁN MAL INCLUIDOS

ENTRE LOS AUXILIARES, YA QUEENTRE LOS AUXILIARES, YA QUE

SON COMERCIANTESSON COMERCIANTES

CORREDORESCORREDORES

SON SON INTERMEDIARIOSINTERMEDIARIOS (acercan la OFERTA y la (acercan la OFERTA y la DEMANDA)DEMANDA)

CaracteresCaracteres::1) 1) No No son son subordinadossubordinados de las partes de las partes2) 2) Solo prometen esfuerzoSolo prometen esfuerzo en acercarlas en acercarlas3) 3) No pueden delegarNo pueden delegar tareas tareas4) Actúan con 4) Actúan con contrato de corretajecontrato de corretaje5) Solo es 5) Solo es remunerado si el negocio se remunerado si el negocio se concretaconcreta, o si no se concreta pero no por su , o si no se concreta pero no por su culpaculpa

OBLIGACIONES DEL OBLIGACIONES DEL CORREDORCORREDOR

1) Actuar en forma personal, 1) Actuar en forma personal, no delegarno delegar,,2) Llevar 2) Llevar libroslibros::

a) a) MANUALMANUAL (se anotan operaciones (se anotan operaciones cronológica//, foliadas)cronológica//, foliadas)b) b) REGISTROREGISTRO (especie de libro diario, (especie de libro diario, encuadernado y foliado)encuadernado y foliado)

3) Guardar 3) Guardar secreto profesionalsecreto profesional,,4) 4) Identificar partesIdentificar partes,,5) 5) Constatar capacidadConstatar capacidad de partes, de partes,6) Entregar 6) Entregar minutaminuta (resumen de la operación) (resumen de la operación)7) Ser 7) Ser imparcialimparcial

MARTILLEROSMARTILLEROS

““AGENTE AUXILIAR DEL COMERCIO,AGENTE AUXILIAR DEL COMERCIO,

CUYA CUYA ACTIVIDAD PROFESIONALACTIVIDAD PROFESIONAL CONSISTE EN CONSISTE EN

LA LA VENTA DE BIENESVENTA DE BIENES EN EN PÚBLICA SUBASTAPÚBLICA SUBASTA,,

YA SEA YA SEA JUDICIAL JUDICIAL O O PARTICULARPARTICULAR,,

SUJETÁNDOSE A DETERMINADAS SUJETÁNDOSE A DETERMINADAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES

Y LLEVANDO LOS Y LLEVANDO LOS LIBROSLIBROS QUE LA LEY ESTABLECE” QUE LA LEY ESTABLECE”

CARACTERESCARACTERES

1.1. PROFESIÓN HABITUALPROFESIÓN HABITUAL

2.2. OBLIGACIÓN DE OBLIGACIÓN DE VENTA AL MEJOR VENTA AL MEJOR POSTORPOSTOR

3.3. VENTA VENTA PÚBLICAPÚBLICA

4.4. SUBASTA SUBASTA JUDICIALJUDICIAL O O PARTICULARPARTICULAR

AGENTE DE COMERCIOAGENTE DE COMERCIO

““SUJETO QUE CON SUJETO QUE CON AUTONOMÍAAUTONOMÍA E E INDEPENDENCIA INDEPENDENCIA

DE ACTUACIÓN, EN DE ACTUACIÓN, EN FORMA ORGANIZADAFORMA ORGANIZADA,,

ASUME RIESGOSASUME RIESGOS DE PROMOVER DE PROMOVER

LA LA REALIZACIÓN DE NEGOCIOSREALIZACIÓN DE NEGOCIOS,,

POR POR CUENTA AJENACUENTA AJENA, DE MODO , DE MODO ESTABLEESTABLE Y Y

CONTINUADOCONTINUADO, DENTRO DE , DENTRO DE DETERMINADA ZONADETERMINADA ZONA,,

MEDIANTE EL PAGO DE MEDIANTE EL PAGO DE RETRIBUCIÓNRETRIBUCIÓN””

CARACTERESCARACTERES

A) La A) La relación AGENTE – EMPRESArelación AGENTE – EMPRESA es es contractualcontractual, nunca laboral , nunca laboral (independencia)(independencia)

B) Es B) Es colaboradorcolaborador de la empresa de la empresa

C) C) FormasFormas de actuar: de actuar:IntermediarioIntermediario entre clientela y empresario entre clientela y empresario

RepresentanteRepresentante del fabricante (excepción) del fabricante (excepción)

D) Gralmente. D) Gralmente. venden por cuenta propiavenden por cuenta propia y y por orden del principalpor orden del principal

VIAJANTES DE COMERCIOVIAJANTES DE COMERCIO

““AQUEL QUE AQUEL QUE PERSONALMENTEPERSONALMENTE Y Y

EN EN FORMA HABITUALFORMA HABITUAL

REALIZA REALIZA OPERACIONES MERCANTILESOPERACIONES MERCANTILES

EN EN NOMBRE DE UNO O MASNOMBRE DE UNO O MAS

COMERCIANTES E INDUSTRIALESCOMERCIANTES E INDUSTRIALES,,

RELATIVAS AL NEGOCIO DE SUS REPRESENTADOS, RELATIVAS AL NEGOCIO DE SUS REPRESENTADOS,

CONFORME A CONFORME A ÓRDENES E INSTRUCCIONESÓRDENES E INSTRUCCIONES

DE ÉSTOS, PERCIBIENDO POR ELLO UNA DE ÉSTOS, PERCIBIENDO POR ELLO UNA REMUNERACIÓNREMUNERACIÓN””

CARACTERESCARACTERES

1)1) Desempeño Desempeño personalpersonal,,

2)2) HabitualHabitual,,

3)3) Concertar Concertar negocios relativos al comercio de negocios relativos al comercio de su principalsu principal,,

4)4) Recibir Recibir remuneración especificadaremuneración especificada en el en el contrato,contrato,

5)5) Actuar por Actuar por mandatomandato o ser representante, o ser representante,

6)6) Es Es auxiliar del comercioauxiliar del comercio,,

7)7) No necesita exclusividadNo necesita exclusividad,,

8)8) Gralmente. Gralmente. trabaja fueratrabaja fuera de la empresa de la empresa

Persona de Persona de existencia visibleexistencia visible

que realiza enque realiza en nombre de otros nombre de otros

ante elante el servicio aduanero servicio aduanero

trámites y diligencias relativos a latrámites y diligencias relativos a la importación importación,,

exportación exportación y otras operaciones aduanerasy otras operaciones aduaneras

DESPACHANTE DE ADUANADESPACHANTE DE ADUANA

Persona de Persona de existencia visible existencia visible o idealo ideal

que, en que, en representación derepresentación de los los transportistastransportistas,,

tiene a su cargo tiene a su cargo gestiones gestiones relacionadas con la relacionadas con la presentaciónpresentación

del medio transportador del medio transportador y y de sus cargasde sus cargas

ante el servicio aduaneroante el servicio aduanero

En todos los casos, al momento de la inscripciónEn todos los casos, al momento de la inscripción

se debe indicar la vía de transportese debe indicar la vía de transporte

AGENTE DE TRANSPORTEAGENTE DE TRANSPORTE

Persona de Persona de existencia visibleexistencia visible

que que representa a despachantes de aduanarepresenta a despachantes de aduanay y agentes de transporte aduaneroagentes de transporte aduanero

ante el servicio aduaneroante el servicio aduanero

Un apoderado Un apoderado puede representarpuede representara más de un despachante de aduanaa más de un despachante de aduana

o o a más de un agente de transporte aduaneroa más de un agente de transporte aduanero

APODERADO GENERALAPODERADO GENERAL

Se Se debe acreditardebe acreditar ante el servicio aduanero la ante el servicio aduanero la representación que se invoque mediante:representación que se invoque mediante:

PODER GENERAL PODER GENERAL para gestionar despachospara gestionar despachos

PODER ESPECIALPODER ESPECIAL para gestionar el despacho de la para gestionar el despacho de la mercadería de que se trataremercadería de que se tratare

ENDOSO EN PROCURACION ENDOSO EN PROCURACION del conocimiento o de del conocimiento o de otro documento que autorizare a disponer otro documento que autorizare a disponer jurídicamente de la mercaderíajurídicamente de la mercadería

Representación ejercida por el despachante

1- 1- Mayoría de edadMayoría de edad, , capacidad capacidad para ejercer por sí para ejercer por sí

mismo el comercio e mismo el comercio e inscripción como comercianteinscripción como comerciante

en el Registro Público de Comercioen el Registro Público de Comercio

2-2- Estudios secundarios completos Estudios secundarios completos y aprobar los y aprobar los

exámenes teóricos y prácticosexámenes teóricos y prácticos que se establecieren que se establecieren

3- Acreditar 3- Acreditar domicilio real domicilio real y constituir y constituir domicilio domicilio

especialespecial

4- Acreditar 4- Acreditar solvenciasolvencia necesaria y necesaria y otorgar a favor de otorgar a favor de

la ANA una garantíala ANA una garantía

Requisitos para la inscripción en el Registro respectivo

5- 5- No estar comprendido enNo estar comprendido en los siguientes supuestos: los siguientes supuestos:

a) haber sido a) haber sido condenado porcondenado por algún algún delito aduanerodelito aduanero o o

por la infracción de por la infracción de contrabando menorcontrabando menor

b) haber sidob) haber sido socio ilimitadamente responsable, socio ilimitadamente responsable,

director o administrador dedirector o administrador de cualquier cualquier sociedad o sociedad o

asociaciónasociación condenada por delito aduanero ocondenada por delito aduanero o

contrabando menorcontrabando menor. En este último caso, la inhabilidad . En este último caso, la inhabilidad

se extenderá hasta CINCO (5) añosse extenderá hasta CINCO (5) años a contar desde que a contar desde que

la condena hubiera quedado firmela condena hubiera quedado firme

Requisitos para la inscripción en el Registro respectivo

c) haber sido c) haber sido condenado por delito reprimido con condenado por delito reprimido con

pena privativa de la libertad. Exceptúansepena privativa de la libertad. Exceptúanse delitos delitos

contra las contra las personas, honor, honestidad y estado civilpersonas, honor, honestidad y estado civil, ,

cuando la sentencia hubiera concedido el beneficio cuando la sentencia hubiera concedido el beneficio

de la de la ejecución condicionalejecución condicional de la pena de la pena

d) d) estar procesado judicialmenteestar procesado judicialmente o o sumariado en sumariado en

jurisdicción aduanera por cualquiera de los ilícitos jurisdicción aduanera por cualquiera de los ilícitos

indicadosindicados, mientras no fuere sobreseído o absuelto , mientras no fuere sobreseído o absuelto

por sentencia o resolución firmepor sentencia o resolución firme

Requisitos para la inscripción en el Registro respectivo

e) haber sido e) haber sido condenado con pena accesoria de condenado con pena accesoria de

inhabilitación para ejercer cargos públicosinhabilitación para ejercer cargos públicos, hasta que , hasta que

se produjere su rehabilitaciónse produjere su rehabilitación

f) haber sido f) haber sido sancionado con la eliminación de sancionado con la eliminación de

cualquiera de los demás registroscualquiera de los demás registros hasta que se hasta que se

hallare en condiciones de reinscribirsehallare en condiciones de reinscribirse

g) ser g) ser fallido o concursado civil, hasta 2 años fallido o concursado civil, hasta 2 años

despuésdespués de su rehabilitación; o de su rehabilitación; o 5 5 o o 10 10

respectivamente respectivamente si se trata de si se trata de quiebra o concurso quiebra o concurso

culpable o fraudulentoculpable o fraudulento

Requisitos para la inscripción en el Registro respectivo

h) Encontrarse en h) Encontrarse en concurso preventivo o resolutorioconcurso preventivo o resolutorio, ,

hasta que acreditare el cumplimiento total del hasta que acreditare el cumplimiento total del

acuerdo respectivo acuerdo respectivo

i) Estar i) Estar inhibido judicialmente inhibido judicialmente para administrar o para administrar o

disponer de sus bienesdisponer de sus bienes

j) Ser j) Ser deudor de obligación tributaria aduanera deudor de obligación tributaria aduanera

exigibleexigible, o ser , o ser socio socio ilimitadamente responsable, ilimitadamente responsable,

directordirector o o administradoradministrador de de sociedadsociedad o asociación o asociación

deudora deudora de obligaciones tributarias aduanerasde obligaciones tributarias aduaneras

Requisitos para la inscripción en el Registro respectivo