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    Historia Americana

    Unidad 2

    Clase 4 - La organizacin colonial hispana, lusitana y britnica

    Introduccin

    En la unidad primera establecimos el impacto que implic la conquista para la poblacin americana, sus

    consecuencias generales y sealamos los lineamientos principales de la organizacin de estos territorios

    bajo dominio europeo. En esta clase, la primera de la segunda unidad, nos detendremos en la

    organizacin colonial econmica y administrativa hispano-lusitana y en las caractersticas de la sociedad

    colonial en los siglos XVI y XVII.

    La incidencia de los problemas polticos europeos en Amrica es una constante y en este lapso resulta

    particularmente notoria. El descubrimiento corresponde al reinado de los Reyes Catlicos, las principales

    conquistas al gobierno de Carlos I de Habsburgo quien como Carlos V de Alemania ejerci su poder en

    gran parte del continente europeo. Con su hijo, Felipe II, se consolid el proceso de colonizacin.

    En 1580, durante su gobierno, la corona portuguesa se incorpor a la espaola. Esta

    unin de hondas repercusiones en Amrica se extendi hasta 1640.

    A fines del siglo XVI Espaa entr en bancarrota. La crisis econmica se combin en el

    siglo XVII con una profunda crisis poltica. Una crisis que amenaz con la

    desintegracin del Imperio. Los avances extranjeros sobre las colonias americanas

    recrudecieron a medida que Espaa se debilitaba pues Amrica era una fuente de

    riqueza inigualable.

    La metrpolis aument excesivamente las demandas fiscales sobre los dominios

    americanos que, paralelamente, al incrementar su poblacin requeran cada vez mayor

    proporcin de esos mismos recursos. Para favorecer esa extraccin de las riquezas

    muchas de las ciudades americanas se ubicaron en los centros econmicos ms

    importantes.

    La fundacin de ciudades consolid la presencia europea en el continente. Marcaron zonas de dominio y

    actuaron como agentes de difusin cultural. Su nmero aumento notablemente hasta 1630. Adems de

    las ciudades situadas sobre las antiguas urbes indgenas, como Mxico, se instalaron muchas otras que

    fueron reglamentadas por sucesivas Ordenanzas en 1523, 1573 y 1598. En algunas prim la funcin

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    militar, en otras la poltica para la administracin del territorio o la econmica para la explotacin de las

    riquezas regionales. Tambin cumplieron una funcin social al favorecer la dominacin y cristianizacin

    de los indgenas. Las ciudades constituyeron espacios jerarquizados con zonas definidas de ocupacin.

    Consecuentemente, fue fuera del centro urbano que se ubicaron los pueblos de indios. Las Ordenanzas

    de 1598 establecan que estos poblados deban disponer de aguas y tierras comunales.

    La sociedad en Amrica Latina se caracteriz por ser multirracial y estructurarse dividida

    por raza y funcin. Iglesia, ejrcito, comercio, ganadera generaron categoras sociales que

    se solapaban y conformaban un complejo sistema de estratificacin. La formacin de

    latifundios marc a fuego la historia de estos territorios ms all, incluso, del dominio

    peninsular. Los caciquismos, el criollismo, la rivalidad ante los peninsulares recin

    arribados marcaron la organizacin colonial.

    Diferente es la caracterizacin de la Amrica anglosajona. Est sociedad fue birracial y

    altamente polarizada. La colonizacin de las 13 colonias provino de una Inglaterramodernizante donde la alfabetizacin, la tolerancia, el ahorro, la inversin, la libertad

    econmica, los derechos individuales, tenan cabida. Patrones de pensamiento diferentes

    rigieron en esta colonizacin. Soluciones nuevas surgieron ante los problemas nuevos que

    el dominio de Amrica implicaba. No encontraron culturas indgenas fuertes. La poblacin

    nativa fue eliminada o trasladada a tierras improductivas. No fue la ausente riqueza

    mineral el motor de esta colonizacin. Limitadas a la posesin agrcola de la costa, las

    colonias del norte incorporaron actividades navales y mercantiles. Las del sur se centraron

    en una agricultura de exportacin. Algunos aspectos de esta colonizacin son analizados

    en el segundo apartado.

    En los captulos primero, segundo y sexto del volumen 2 de la Historia de Amrica

    Latina editada por Leslie Bethell encontramos la informacin bsica necesaria para el

    conocimiento y la comprensin de los vnculos establecidos entre Espaa y Amrica, la

    organizacin de estos territorios, la incidencia de la poltica europea en el continente y

    la complejidad del comercio atlntico. Revisamos tambin las caractersticas de la

    implantacin de la Iglesia Catlica en la Amrica espaola y su importancia en el

    proceso colonizador.

    El captulo cuarto analiza, particularmente, la poltica lusitana en relacin con Brasil en

    el mismo perodo. En el tercer apartado revisamos documentos relativos a la

    explotacin de los recursos americanos y la rivalidad entre potencias en torno a esosrecursos.

    Profundizamos en la colonizacin espaola en el rea andina con el texto de Steve

    Stern, Las poblaciones indgenas del Per y el desafo de la conquista Huamanga

    hasta 1640, editado enMadrid por Alianza en 1987 e incluido en la Biblioteca de

    UNTreF Virtual, detenindonos en las relaciones intertnicas.

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    II. Ncleo temtico

    El establecimiento de las colonias britnicas en Amrica se caracteriz por la ausencia de un

    carcter unitario. Por el contrario, su origen diverso y pluriforme marc profundamente su

    organizacin posterior. Esta heterogeneidad deriva de la adecuacin de la accin a las

    posibilidades del territorio, las circunstancias internas de la metrpolis y las condiciones

    objetivas en que se desarrollaron las empresas. La diversidad existente, tambin en el campo

    religioso, requiri para la convivencia de una tolerancia absoluta y una completa libertad

    religiosa y de expresin. El nexo vinculante fue la orientacin fundamentalmente econmica

    del sistema colonial.

    John Cabot en 1497 fue quien abri un camino en la exploracin de Amrica del

    Norte hasta Canad que tuvo en Sir Walter Raleigh su figura ms renombrada. En

    una primera etapa predomin la empresa individual, luego la mercantil y

    finalmente la empresa estatal.

    La primera consisti en una ola expansiva y colonizadora ejecutada por

    determinados individuos.

    La segunda se debi a compaas mercantiles creadas especialmente, como

    la Compaa de Virginia. A la etapa de la empresa estatal se debe la

    fundacin de Georgia como estado-tapn ante la Florida espaola.

    Inicialmente las colonias se caracterizaron como sistema agrcola como una alta

    concentracin de la propiedad de la tierra en un grupo restringido de

    propietarios. La sociedad se conform con terratenientes y comerciantes

    capitalistas por un lado, pequeos campesinos, mercaderes medios y artesanos

    por el otro. Fue en las colonias del sur donde la situacin social fue

    significativamente desigual.

    Los avatares polticos de la metrpolis favorecieron la conformacin de estos

    territorios con caractersticas notoriamente diferentes de las correspondientes

    a las colonias espaolas. Hasta bien avanzado el siglo XVII estas colonias, si

    bien acataban a los gobernantes britnicos, se regan por sus propias leyes,

    defendan su territorio y comerciaban libremente. Incluso establecieron un

    fuerte vnculo con los asentamientos britnicos en el Caribe.

    Ya en 1643 se conform la Confederacin de Nueva Inglaterra para la defensa

    ante el enemigo externo. Esta particular forma de vinculacin constituy uno

    de los elementos propios de la organizacin en los tiempos previos a la

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    Con la Restauracin de los Estuardo se modificaron algunos elementos del vnculo metrpoli-

    colonias. Winston S. Churchill, en su Historia de Inglaterra y los pueblos de habla inglesa,

    opin al respecto:

    En toda la primera mitad del siglo XVII los ingleses haban afluido al continenteamericano. Legalmente las colonias en las que se establecan, eran cuerpos bajo

    concesin, subordinados a la corona, pero la metrpoli se entremeta poco con

    ellas y pronto comenzaron a gobernarse solas. Distrada por la guerra civil, la

    madre patria las dej tranquilas, y aunque la repblica de Cromwell afirm que

    el parlamento posea autoridad suprema sobre todo el mundo ingls, su decreto

    nunca se puso en prctica y la restauracin barri con l. Pero a partir de 1660,

    el gobierno metropolitano apareci con ideas nuevas y definidas. En los

    cincuenta aos que siguieron las administraciones inglesas procuraron imponer

    la supremaca de la corona en las colonias de Amrica y reforzar el poder y

    patrocinio reales en las posesiones de ultramar. Se formaron comisiones para

    tratar con Amrica. Nuevas colonias se fundaron en Carolina y Pensilvania, y les

    conquistaron a los holandeses Nueva Holanda. Tomaron precauciones para

    asegurar la autoridad de la corona en esas adquisiciones. Hubo esfuerzos para

    rescindir o modificar las cartas de concesin de las colonias ms viejas. Todo

    esto conduca a continuos conflictos con las asambleas coloniales, a las que

    ofenda la amenaza de monarquizar y unificar la administracin colonial. Casi

    todas estas asambleas eran cuerpos representativos de dueos de campos, que

    reclamaban y ejercan los mismos derechos, procedimiento y privilegio que el

    parlamento de Westminster(1)

    Los derechos aduaneros proporcionaron ingresos considerables a la corona. Paralelamente, se

    restringi la salida de artesanos y obreros especializados y se promovi la entrada de

    esclavos africanos al fomentarse el criterio de considerar a las colonias fundamentalmente

    como plantaciones. A fines del siglo XVIII este proceso concluy con un abierto

    enfrentamiento entre la metrpolis y las 13 colonias.

    (1) Winston S. Churchill. Historia de Inglaterra y los pueblos de habla inglesa. La era de la

    Revolucin. Buenos Aires: Peuser, 1958, 127-128.

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    III. Lectura crtica

    Lee atentamente los textos transcriptos a continuacin y vincula la informacin que stos

    aportan con la obtenida en la bibliografa correspondiente a esta clase.

    1559- El enviado veneciano en Madrid describe la colonizacin espaola

    en Indias y las rentas del Rey.

    De Nueva Espaa se sacan los productos de las minas de oro y plata y cochinilla,

    pero de Per slo minas. El quinto de lo que se saca es del rey pero como el oro y

    la plata es llevada a Espaa tiene el dcimo de lo que va a la Casa de la Moneda y

    all se afina y se acua de forma que tiene el cuarto de toda la suma que no pasade un total de cuatrocientos o quinientos mil ducados aunque se cuente en

    millones de pesos. No es fcil que se pase demasiado este lmite porque ya no se

    encuentra la cantidad de oro y plata en la superficie del suelo como sola los aos

    pasados y si se quiere penetrar ms adentro en las profundidades hace falta

    mayor fatiga, mayor industria y mayor gasto y la fatiga no quieren hacerla los

    espaoles y los del pas no pueden ser obligados a ello porque el Emperador los

    libr de la obligacin de todo servicio(2), cuando aceptaron la religin cristiana con

    lo que es necesario valerse de esclavos negros los cuales son llevados desde la

    costa de frica y se compran ms caros Los espaoles que van a aquellas

    partes son casi todos hombres fallidos o desesperados o fugitivos de la justicia y

    hay que tener mucho cuidado con hombres parecidos, mxime con el ejemplo de

    las rebeliones pasadas a cuyo peligro se ha previsto en dos maneras; una que

    quien quiere ir a las Indias deje en Espaa como rehenes a su mujer y sus hijos,

    otra que el que va no puede estar ms de tres aos seguidos y lo mismo los que

    tienen el gobierno de las tierras. Y por este concepto no fue nunca aceptado el

    partido que proponan los que estaban all de pagar al rey en tres aos ocho

    millones de oro si S. M se contentaba en darles en feudo las tierras que tienen en

    gobierno. Y si bien muchos de los principales (seores) por la necesidad grande

    que tenan de dinero para la guerra elogiasen (la proposicin) el Arzobispo deToledo no lo consinti jams y el Consejo de y el Emperador se mostraron

    absolutamente contrarios.

    De todos sus reinos tiene S. M al ao cinco millones de ingresos en tiempos de

    paz; uno y medio de Espaa, medio de las Indias, uno de Npoles, otro de Miln y

    Sicilia y otro de Flandes y Pases Bajos, pero tiene que gastar ms de seis millones

    y este exceso se saca de los impuestos extraordinarios la riqueza del rey de

    Espaa est toda en los pueblos y para sacarla suele usar de estos tres caminos:

    subsidios, aumento de aduanas o prstamos de particulares.

    Michele Suriano: Relazioni degli ambasciatori, Serie I, t. 3, pgs. 342-61 en

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    Fernando Daz-Plaja. La historia de Espaa en sus documentos. El Siglo XVI.

    Madrid: Instituto de Estudios Polticos, 1958, 464-465.

    1579-Drake ataca a buques y puertos de Amrica. Los partes de lasautoridades espaolas reflejan la mortfera aventura.

    Carta del Virrey del Per de 18 de febrero y 21 de marzo de 79.

    Que el dicho corsario haba salido de Inglaterra con cinco navos y en ellos 400

    hombres, haba diez y siete meses, e ido, por Cabo Verde y el Brasil y Ro de La

    Plata, el Estrecho de Magallanes, y a la boca de l invernaron seis meses en el

    Puerto de San Julin, y de all sigui su viaje a desembocar el dicho Estrecho con

    los tres navos, dejando los otros dos en el mar del Norte a robar en ella; y que,

    habiendo desembocado los dichos tres navos, con tormenta se apartaron, dejando

    concertado de juntarse en treinta grados, o en dos y medio al Cabo de SanFrancisco, y el navo capitn, en que vena dicho Drake, sigui solo su derrota a

    Chile, y habiendo hecho muchos robos y daos en el puerto y ciudad de Santiago,

    vino al Puerto de Arica, y en l rob de un navo treinta y cuatro barras de plata,

    y quem otro navo y lleg a Chile, donde, por haberse sabido poco antes su

    venida, se puso en cobro lo que haba. Y lleg al puerto de Callao de los Reyes a

    los 13 de Febrero, y cort los cables de los navos que all haba para que diesen al

    travs, y rob un navo que acababa de llegar de Tierra Firme con mercaderas, y,

    sabido esto por el dicho Virrey, envi tras l dos navos armados, y habindose

    stos vuelto con el navo que el dicho ingls llevaba robado, por no ir bienaderezados para poderle seguir, los torn a aderezar y enviar en su seguimiento

    hasta Panam.

    Cartas de 12 y 14 de abril de la Audiencia de Tierra Firme y el presidente de

    ella.

    Refieren lo de arriba y haber robado el dicho ingls, viniendo desde la ciudad de

    los Reyes hacia Panam, una navo de San Juan de Antn en 1 de Marzo, sobre el

    cabo de San Francisco, en el cual venan 360.000 pesos, los 106.000 de S. M., y

    que el da antes haba robado otro que vena que Quito con hasta 14.000 pesos y

    algunas vituallas; y que habiendo llegado all los dos navos que arm el Virrey,sin topar con el dicho corsario, tornaron a despacharlos, y con ellos otro navo

    ms en busca del dicho corsario, y con orden que, si no se hallasen, trajesen la

    plata de S. M. y particulares que hubiese en las provincias de arriba. Que

    publicaba el dicho corsario que haba de volver por los Malucos, navegacin de

    portugueses, o por el dicho Estrecho de Magallanes, o por tierra, por el

    desaguadero de Nicaragua, y as se haba dado aviso de todo a Don Cristbal de

    Eraso y a Don Pedro Vique, para que estuviesen a la mira por la costa de aquella

    provincia y la ensenada de Acla, particularmente, y con los negro cimarrones, que

    ya estaban de paz, se haba dado orden que, si a ellos acudiesen los recogiesen y

    los entregasen con la presa.

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    Cartas del Virrey de las Nueva Espaa de 23 y 24 de abril de 79.

    Que a los 13 del dicho mes de Abril haba llegado el dicho corsario al Puerto de

    Guatulco viniendo hacia Cononate, y all haba robado lo que haba de

    mercaderes, y la justicia haba luego dado aviso a Acapulco para que estuviesen

    apercibidos los de all; y el dicho Virrey luego haba enviado socorro, y si llegase a

    tiempo, y no hubiese el dicho corsario tomado o quemado los navos que all haba,

    de que tena temor, los armara y nos enviara luego de su seguimiento

    C. D. I. H. E., t. 94 pgs. 462-72 en Fernando Daz-Plaja. La historia de Espaa en

    sus documentos. El Siglo XVI. Madrid: Instituto de Estudios Polticos, 1958, 657-

    659.

    (2) Desde Ovando, sucesor de Bobadilla, las rdenes del Emperador fueron tajantes.

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    IV. Gua de estudio

    Al finalizar la lectura de la clase, la bibliografa bsica, las lecturas complementarias y los

    textos seleccionados el alumno deber estar en condiciones de elaborar un discurso propio

    integrador sobre las siguientes cuestiones:

    La colonizacin espaola. Caractersticas. Vas de penetracin. Organizacin

    de los territorios.

    Las relaciones intertnicas.

    La organizacin econmica. Comercio y contrabando.

    El siglo XVII en las colonias espaolas. Continuidades y cambios.

    Brasil: organizacin poltica, econmica, social y cultural. Su vinculacin con

    la metrpolis.

    La formacin de las 13 colonias britnicas. Organizacin poltica, econmica,

    social y cultural. Su vinculacin con la metrpolis.

    Las repercusiones de la poltica europea en Amrica. Los conflictos

    econmicos y territoriales entre potencias.

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    V. Conclusin

    La heterogeneidad original americana qued inserta en la poca colonial en un marco

    institucional uniforme en los territorios bajo dominio espaol. Este marco, la estructura

    jurdica, las lenguas europeas y el cristianismo se impusieron sobre el territorio aunque

    su desenvolvimiento no fue idntico en todas partes. Mltiples instituciones indgenas

    sobrevivieron con mayor o menor intensidad al impacto de la conquista y convivieron

    con las nuevas formas de organizacin.

    Entre 1600 y 1750 la sociedad colonial se transform. Tras un perodo inicial de

    predominio de los conquistadores, la instalacin de las instituciones de gobierno fue

    acentuando el poder y el control por parte de la corona. La consolidacin de una fuerte

    burocracia estuvo ligada a este proceso. Pero la crisis de la monarqua en el siglo XVII

    disminuy su poder centralizador y los contactos comerciales externos legales. Todo

    esto provoc una reorganizacin en la integracin entre diferentes regiones

    americanas. Este repliegue sobre si misma redujo la dependencia de Amrica con

    respecto al exterior. El advenimiento y la consolidacin de los Borbones espaoles dio

    un nuevo impulso en el siglo XVIII al poder centralizador de la corona.

    La composicin tnica de las colonias tambin se fue modificando en este perodo. El

    mestizaje conform una de las caractersticas distintivas de estas sociedades. La

    inmigracin fue continua y notable el crecimiento de los blancos criollos. Ocupaban

    papeles en sectores econmicos claves como la minera y el comercio y se apoderaron

    de considerables extensiones de tierra. En el siglo XVII se produjo su emergencia y

    conformacin como elite. Su papel poltico era menos obvio si bien a fines del XVII y

    principio del XVIII ocupaban puestos importantes locales y regionales

    El nuevo mundo era un elemento vital en la ecuacin europea en el siglo XVII. El

    declive espaol incidi en el funcionamiento institucional y favoreci los avances

    britnicos, portugueses,franceses y holandeses. Las colonias establecidas en Amrica

    por las diferentes potencias se vieron incluidas en repetidas oportunidades en los

    conflictos europeos. Las guerras de la Liga de Ausburgo y de Sucesin Espaola

    sacudieron a Europa y tambin a Amrica. Las consiguientes paces afectaron ambas

    mrgenes del Atlntico

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    El siglo XVIII en Amrica. Las Reformas Borbnicas.

    Las reformas en Brasil. Crisis en los imperios coloniales

    Introduccin

    Al instalarse en el trono espaol tras la Guerra de Sucesin los Borbones

    encontraron a Espaa en una situacin crtica marcada por decadencia,

    desorganizacin y crisis econmica. Estos monarcas ejercieron un gobierno

    centralista, inspirado en el absolutismo francs y se mantuvieron ligados a su

    patria de origen. Vinculados a Francia por los Pactos de Familia firmados en 1733,

    1743 y 1761 participaron en diversas guerras europeas.

    Reordenar la economa peninsular constituy una de sus prioridades. Se propusieron

    restablecer las finanzas, crear manufacturas, fomentar la agricultura, incrementar el comercio

    en general y con Amrica en particular. Paralelamente, acrecentaron el podero militar y

    organizaron la flota. Establecieron en la pennsula el sistema de Intendencias y crearon

    Secretarias de Estado. Gran importancia tuvieron en este proceso varios ministros

    impregnados de la ideologa ilustrada.

    Durante el gobierno de Fernando VI, perodo de paz y neutralidad, Espaa se mantuvo en

    equilibrio entre Francia y Gran Bretaa. Gobernaron ministros, como el marqus de Ensenaday Jos de Carvajal, que mejoraron la industria y la ganadera, generaron supervit comercial

    y optimizaron las vas de comunicacin. Con Carlos III (1759-1788) las reformas llegaron a

    su mxima expresin e implicaron una fuerte modificacin de la poltica colonial. En Amrica

    fueron creados nuevos virreinatos, se aplic el rgimen de intendencias, el sistema comercial

    fue reformado y se expuls a la Compaa de Jess.

    La poltica europea repercuti en las colonias espaolas que eran, paralelamente,

    objeto de avances constantes por parte de otras potencias. La primera ocupacin

    britnica de las Islas Malvinas y la fundacin de Puerto Egmont tuvieron lugar en

    1765. Por otra parte, la firma del Tercer Pacto de Familia arrastr a Espaa a la

    Guerra de los Siete aos y a intervenir activamente en la guerra de

    independencia de las 13 colonias de Amrica del Norte con nefastos resultados.

    Los conflictos con Portugal, particularmente por Colonia del Sacramento, fueron

    constantes.

    Durante el siglo XVIII, especialmente en su segunda mitad, ideologas

    subversivas prosperaron en las universidades americanas a pesar del accionar

    de la Inquisicin. Los peridicos, pasquines y escritos proliferaron tanto en

    Lima como en Buenos Aires. A fines de siglo el secular aislamiento de las

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    diversas regiones americanas tendi a disminuir con la habilitacin de nuevos

    puertos y modificaciones en el trfico comercial.

    Paralelamente se multiplicaron y ampliaron las convulsiones internas. El

    incremento de las exacciones, con los aumentos de los derechos de aduana, laalcabala y otros gravmenes, acentuaron las tensiones polticas y sociales y

    derivaron en episodios tales como la rebelin de los comuneros paraguayos o

    las revueltas de Quito, Arequipa, La Paz, Caracas.

    La sublevacin de Tupac Amar marc el clmax en este proceso que se analiza

    en La rebelin permanente.

    Las revoluciones sociales en Amrica Latina de Fernando Mires editada en

    Mxico por Siglo XXI editores y que consta en la Biblioteca Virtual. La

    lectura previa del captulo tercero de la Historia de Amrica Latina editada

    por Leslie Bethell, seleccionado para esta clase, permite reconocer los

    cambios que las reformas borbnicas implicaron para Hispanoamrica.

    Completamos estos aspectos en elsegundoapartado.

    En el tercero nos centramos en la expulsin de los jesuitas. Los captulos

    quinto y sptimo del mismo volumen de la historia editada por Bethell nos

    remiten a los cambios que la poltica portuguesa gener en Brasil.

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    II. Ncleo temtico

    Los Borbones espaoles reemplazaron los rganos consultivos por ministros que dependan

    directamente del rey. Perdieron de esta manera sus prerrogativas las instituciones americanas

    como el Consejo de Indias.

    En 1714 se cre la Secretaria del Despacho Universal de Marina e Indias. La

    reorganizacin era necesaria pues la estructura formada por virreyes, gobernadores y

    capitanes generales ya no resultaba adecuada.

    Fueron creados en 1739 el Virreinato de Nueva Granada con capital en Santa Fe de

    Bogot y en 1776 el Virreinato del Ro de la Plata con capital en la ciudad de Buenos

    Aires.

    Creaciones contemporneas fueron las Capitanas de Venezuela en 1773 y Chile en

    1778. Estas reformas se completaron con la Real Ordenanza de Intendentes. Los

    Intendentes, que informaban directamente al rey, cumplan atribuciones de justicia,

    hacienda, polica y guerra. Con la introduccin de las intendencias los Borbones

    concretaron una reforma radical de la administracin civil.

    La expansin del comercio colonial fue uno de sus objetivos primordiales. La nueva

    organizacin econmica incluy concesiones limitadas para el comercio britnico en 1713, el

    establecimiento de navos de Registro, la supresin del sistema de dos flotas, fin del sistema

    de puerto nico, la creacin del sistema de correos martimos, el establecimiento del

    Reglamento de Comercio Libre en 1778, el Resguardo, el permiso de entrada de esclavos y

    tiles de labranza libres de derechos aduaneros, la libre entrada de extranjeros para

    comerciar, la posibilidad para Buenos Aires de comerciar con posesiones extranjeras, sin

    impuestos, siempre que ste trfico no perjudicara a Espaa y en 1797 el comercio con

    buques neutrales de mercaderas permitidas en el contexto de la guerra con Inglaterra.

    Las medidas aplicadas, en su conjunto, modificaron la localizacin regional de

    la produccin. Hubo cambios significativos en el intercambio regional deproductos.

    La economa interna, acompaada por un notable aumento demogrfico,

    aumento su importancia considerablemente.

    La defensa territorial fue tambin preocupacin fundamental para estos gobernantes que

    promovieron la adecuada provisin militar. La fundacin del puerto de San Blas, el refuerzo

    militar en Cuba y San Juan de Puerto Rico y el asentamiento de un poder virreinal en Buenos

    Aires formaban parte de una defensa territorial que apuntaba a devolverle a Espaa el poder

    y el prestigio perdidos.

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    III. Lectura crtica

    Lee atentamente el texto transcripto a continuacin. Vincula su contenido con las otras

    reformas borbnicas. Realiza una bsqueda bibliogrfica para determinar las consecuencias

    que tuvo para Amrica la expulsin de los Jesuitas.

    1766- Expulsin de la Compaa de Jess

    Don Carlos por la Gracia de Dios Rey de Castilla etc. [] estimulado de gravsimas

    causas, relativas a la obligacin en la que me hallo constituido, de mantener en

    subordinacin, tranquilidad y justicia mis Pueblos, y otras urgentes, justas y

    necesarias, que reservo en mi Real nimo: usando de la suprema autoridadeconmica, que el Todopoderoso ha depositado en mis manos para la proteccin

    de mis vasallos y respeto de mi corona: He venido en mandar extraar de todos

    mis dominios de Espaa, e Indias, e Islas Filipinas, y adems adyacentes a los

    Regulares de la Compaa, as Sacerdote, como Coadjutores o Legos que hayan

    hecho la primera profesin, y los Novicios que quisieron seguirles; que se ocupen

    todas las temporalidades de la Compaa en mis dominios; para su ejecucin

    uniforme en todos ellos, he dado plena y privativa comisin y autoridad por otro

    mi Real Decreto de veinte y siete de Febrero al Conde de Aranda, Presidente de mi

    Consejo, con facultad de proceder desde luego a tomar las providencias

    correspondientes.

    Y he venido asimismo en mandar, que el Consejo haga notoria en todos estos

    Reinos la citada mi Real determinacin; manifestando a las dems Ordenes

    Religiosas la confianza, satisfaccin y aprecio que me merecen por su fidelidad y

    doctrina, observancia de visa monstica, ejemplar servicio de la Iglesia, acreditada

    instruccin de sus estudios, y suficiente nmero de individuos, para ayudar a los

    Obispos, y Prrocos en el pasto espiritual de las almas y por su abstraccin de

    negocios de Gobierno, como ajenos, y distantes de la vida asctica y monacal.

    Igualmente dar a entender a los Reverendos Prelados Diocesanos, CabildosEclesisticos y dems Estamentos o Cuerpos polticos del Reino, que en mi Real

    persona quedan reservados los justos y graves motivos, que a pesar mo han

    obligado mi Real nimo a esta necesaria providencia: valindome nicamente de la

    econmica potestad, sin proceder por otros medios, siguiendo en ello el impulso de

    mi Real Benignidad, como padre y protector de mis pueblos.

    Declaro, que en la ocupacin de temporalidades de la Compaa se comprenden

    sus bienes y efectos, as muebles, como races, o rentas eclesisticas, que

    legtimamente posean en el Reino; sin perjuicio de sus cargas, mente de los

    Fundadores y alimentos vitalicios de los individuos, que sern de cien pesos,

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    durante su vida, a los Sacerdotes; y noventa a los Legos, pagaderos de la masa

    general, que se forme de los bienes de

    la Compaa.

    En estos alimentos vitalicios no sern comprendidos los Jesuitas extranjeros, queindebidamente existen en mis dominios dentro de sus colegios, o fuera de ellos,

    en casas particulares; vistiendo la sotana, o en traje de Abates, y en cualquier

    destino en que se hallaren empleados: debiendo todos salir de mis Reinos sin

    distincin alguna.

    Tampoco sern comprendidos en los alimentos los Novicios que quisieran

    voluntariamente seguir a los dems, por no estar an empeados con la profesin,

    y hallarse en libertad de separar.

    Declaro, que si algn Jesuita saliere del Estado Eclesistico, (adonde se remiten

    todos) o diere justo motivo de resentimiento a la Corte con sus operaciones oescritos lo cesar desde luego la pensin que va asignada. Y aunque no debo

    presumir que el cuerpo de la Compaa faltando a las ms estrechas y superiores

    obligaciones, intente o permita, que alguno de sus individuos escriba contra el

    respeto y sumisin debida a mi resolucin, con ttulo o pretexto de Apologas o

    Defensorios, dirigidos a perturbar la Paz de mis Reinos, o por medios de emisarios

    secretos conspire al mismo fin; en tal caso; no esperado, cesar la pensin a

    todos ellos.

    De seis en seis meses se entregar la mitad de la pensin anual a los Jesuitas por

    el Banco del Giro, con intervencin de mi Ministro en Roma, que tendr particularcuidado de saber los que fallecen, o decaen por su culpa de la pensin, para

    rebatir su importe.

    Sobre la administracin y aplicaciones equivalentes de los bienes de la Compaa

    en obras pas; como es dotacin de parroquias pobres, seminarios conciliares,

    casas de misericordia, y otros fines piadosos, odos los Ordinarios eclesisticos en

    lo que sea necesario y conveniente: reservo tomar separadamente providencias,

    sin que en nada se defraude la verdadera piedad: ni perjudique la causa pblica, o

    derecho del tercero.

    Prohibido por la ley y regla general, que jams pueda volver a admitirse en todosmis Reinos en particular a ningn individuo de la Compaa, ni en cuerpo de

    Comunidad, con ningn pretexto ni colorido que sea; ni sobre ello admitir el mi

    Consejo, ni otro Tribunal instancia alguna: antes bien tomarn a prevencin las

    justicias las ms severas providencias contra los infractores, auxiliadores y

    cooperantes de semejante intento; castigndolos como perturbadores del sosiego

    pblico.

    Ninguno de los actuales Jesuitas profesos, aunque salga de la Orden con licencia

    formal del Papa, y quede de Secular o Clrigo, o pase a otra Orden, no podr

    volver a estos Reinos sin obtener especial permiso mo.

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    En caso de lograrlo, que se conceder tomadas las noticias convenientes, deber

    hacer juramento de fidelidad en manos del Presidente de mi Consejo; prometiendo

    de buena fe, que no tratar en pblico ni en secreto con los individuos de la

    Compaa, o con su General; ni har diligencias, pasos, ni insinuaciones directa ni

    indirectamente a favor de la Compaa; pena de ser tratado como reo de Estado, y

    valdrn con l las pruebas privilegiadas.

    Tampoco podr ensear, predicar, ni confesar en estos Reinos, aunque haya salido

    como va dicho de la Orden; y sacudido la obediencia del General; pero podr

    gozar rentas eclesisticas que no requieren estos cargos.

    [] Todo lo que mantuviere correspondencia con los Jesuitas por prohibirse

    general y absolutamente, ser castigado a proporcin por su culpa.

    Prohibido expresamente, que nadie pueda escribir, declamar o conmover conpretexto de estas providencias en pro ni en contra de ellas; antes impongo silencio

    en esta materia a todos mis vasallos, y mando que a los contraventores se les

    castigue como reos de lesa Majestad.

    Para apartar alteraciones, o malas inteligencias entre los particulares, a quienes no

    incumbe juzgar, ni interpretar las rdenes del Soberano, mando expresamente,

    que nadie escriba, imprima, ni expenda papeles o obras concernientes a la

    expulsin de los Jesuitas de mis dominios, no teniendo especial licencia del

    Gobierno, e inhibo al Juez de Imprentas, a sus subdelegados, y a todas las

    justicias de mis Reinos, de conceder tales permisos o licencias, por deber corrertodo esto bajo de las ordenes del Presidente y Ministros de mi Consejo, con noticia

    de mi Fiscal.

    [] Ordeno a mi Consejo, que con arreglo a lo que he expresado haga expedir y

    publicar la Real Pragmtica ms estrecha y conveniente, para que llegue a noticia

    de todos mis vasallos y se observe inviolablemente, publique ejecuten por la

    justicias y tribunales territoriales las penas, que van declaradas contra los que

    quebranten estas disposiciones para su puntual, pronto e invariable cumplimiento

    y dar este fin todas las rdenes necesarias con preferencia a otro cualquier

    negocio, por lo que interesa mi Real servicio, en inteligencia, de que a los Consejosde Inquisicin, Indias, Ordenes y Hacienda, he mandado remitir copias de mi Real

    Decreto para su respectiva inteligencia y cumplimiento. Y para su puntual, e

    invariable observancia en todos mis dominios habindose publicado en Consejo

    pleno este da el Real Decreto de 27 de Marzo, que contiene la anterior resolucin,

    que se mand guardar y cumplir segn y cmo en l se expresa, fue acordado

    expedir la presente en fuerza de Ley y Pragmtica sancin, como si fuese hecha y

    promulgada en Cortes, pues quiero se est y pase por ella, sin contravenirla en

    manera alguna, para lo cual siendo necesario, derogo, y anulo todas las cosas que

    sean, o ser puedan contrarias a sta: Por lo cual encargo a los muy Reverendos

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    Arzobispos, Obispos, Superiores de todas las Ordenes Regulares, Mendicantes y

    Monacales, Visitadores, Provisores, Vicarios y dems Prelados y Jueces

    eclesisticos de estos mis Reinos, observen la expresada ley de Pragmtica como

    en ella se contiene, sin permitir que con ningn pretexto se contravenga en

    manera alguna a cuanto en ella se ordena: Y mando a los de mi Consejo,

    Presidentes y Oidores, Alcaldes de mi Casa y Corte y de mis Audiencias y

    Cancilleras, Asistente, Gobernadores, Alcaldes mayores y ordinarios y dems

    Jueces y justicias de todos mis dominios, guarden, cumplan y ejecuten la citada

    ley y Pragmtica sancin y lo hagan guardar y observaren todo y por todo,, dando

    para ello las providencias que se requieran, sin que sea necesaria otra declaracin

    alguna ms de sta, que ha de tener su puntual ejecucin desde el da que se

    publique en Madrid y en las ciudades, villas y lugares de estos mis reinos, en la

    forma acostumbrada, por convenir as a mi Real servicio, tranquilidad, bien y

    utilidad de la causa pblica de mis vasallos. Que as es mi voluntad y que altraslado impreso de esta m Carta, firmado de Don Ignacio Esteban de Higareda,

    mi Escribano de Cmara ms antiguo y de Gobierno de mi Consejo, se le d la

    misma fe y crdito, que a su original. Dada en el Pardo a dos de abril de mil

    setecientos y sesenta y siete aos.

    Yo el Rey. Yo Don Jos Ignacio de Goyeneche, Secretario del Rey nuestro seor, le

    hice escribir por su mandado. El Conde de Aranda. Don Francisco Cepeda. Don

    Jacinto Tud. Don Francisco de Salazar y Agero. Don Jos Manuel Domnguez.

    Registrada, D. Nicols Berdugo, Teniente de Canciller mayor. Don Nicols

    Berdugo.

    En Fernando Daz-Plaja. La historia de Espaa en sus documentos. El Siglo XVIII.

    Madrid: Instituto de Estudios Polticos, 1955, 265-270.

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    IV. Gua de estudio

    Al finalizar la lectura de la clase, la bibliografa bsica, las lecturas complementarias y los

    textos seleccionados el alumno debern estar en condiciones de elaborar un discurso propio

    para las siguientes cuestiones:

    Las Reformas Borbnicas.

    La nueva organizacin poltico-administrativa de las colonias americanas.

    El Virreinato del Ro de la Plata.

    Los cambios econmicos y el Reglamento de Libre Comercio.

    La expulsin de la Orden de Jess.

    Las consecuencias de las reformas borbnicas.

    La rebelin de Tupac Amar.

    Las reformas en Brasil.

    La incidencia de los procesos europeos en Amrica

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    V. Conclusin

    El siglo XVIII estuvo determinado por el ascenso y la consolidacin del poder britnico.

    Considerado el Siglo de las Luces o de la Ilustracin se caracteriz por la nocin de

    progreso y optimismo que se insert en el pensamiento de los pases occidentales. El

    advenimiento de la francesa dinasta borbnica a la corona espaola se dio en ese

    particular marco de pensamiento.

    Los Borbones consideraron a Amrica como colonias y las utilizaron para intentar

    recuperar el poder y el prestigio perdidos por Espaa en el siglo anterior.

    Implementaron reformas administrativas y polticas de largo alcance como defensa del

    territorio ante el avance de otras potencias y para incrementar la recaudacin. En la

    prctica el reemplazo de los corregidores por los intendentes, responsables ante la

    corona, increment el control y provoc choques con los criollos ms prsperos que se

    haban beneficiado con la administracin anterior ms relajada y aprovechado la venta

    de cargos. Ante las reformas, los criollos se volcaron a los cabildos que se

    constituyeron como la base institucional de la autoridad criolla. La prdida de influencia

    en reas sensibles de la administracin gener un gran malestar y fue determinante en

    los procesos posteriores. Las reformas encontraron escollos en su aplicacin y sus

    resultados no fueron los esperados.

    El siglo XVIII en Brasil fue tambin un siglo de cambios y novedades. Desde Lisboa

    Jos II y el marqus de Pombal promovieron una mayor centralizacin que se hizo

    visible en el otorgamiento de mayores atribuciones al Virrey asentado en Ro de Janeiro

    desde 1763 y en el establecimiento de intendencias. En 1775 fue abolida la esclavitud

    de los indgenas en forma definitiva. Esta medida implic un considerable aumento en

    el ingreso de esclavos africanos al territorio.

    Este siglo XVIII concluy con episodios de enorme significacin para Amrica. Al

    avance de la Revolucin Industrial en la segunda mitad del siglo y la consolidacin del

    poder britnico debe agregarse el impacto producido por la independencia de Estados

    Unidos en 1776. La Revolucin Francesa y posteriormente la gran expansin

    encabezada por Napolen Bonaparte tuvieron consecuencias de enorme magnitud para

    Espaa y Portugal y sus colonias americanas.

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    Clase - 6 Estados Unidos: La independencia.

    Organizacin institucional y constitucional. Expansin

    territorial. Revolucin industrial y transformacioneseconmicas

    Introduccin

    En 1763 finaliz con la Paz de Pars la guerra de los Siete aos en la que combatieron

    franceses y britnicos. Los colonos britnicos que participaron de la contienda no recibieron

    los beneficios que su actividad en la guerra provoc. El gobierno britnico encabezado por

    Jorge III Hannover estableci nuevos impuestos y limitaciones al comercio de las colonias. El

    descontento se generaliz. Las asambleas coloniales que mencionamos en la CLASE 4 hicieronor su desacuerdo con los impuestos. Pero apelaron, fundamentalmente, tradiciones

    constitucionales britnicas que impedan nuevas imposiciones sin el consentimiento de los

    sbditos sobre quienes se aplicaran.

    En 1765 delegados de nueve colonias se reunieron en el Congreso de Nueva York y

    rechazaron el principio imposiciones sin representacin. La insurreccin fortaleci la unidad de

    las colonias britnicas. La revolucin estaba en marcha.

    En la guerra de la independencia las colonias contaron con apoyo de Francia

    y Espaa en su enfrentamiento con Inglaterra.

    En 1781 la batalla de Yorktown puso fin a la guerra. En 1783 en la Paz de

    Versalles fue reconocida la independencia de los Estados Unidos desde los

    Grandes Lagos hasta el Mississipi.

    La nueva repblica, organizada como Estado federal, dio inicio a su etapa

    de desarrollo.

    A partir de 1783 creci el comercio con el Reino Unido. Luego tambin las

    inversiones. La asistencia tcnica, comercial y financiera que Londres dio a

    los Estados Unidos no la tuvieron de sus metrpolis las colonias

    peninsulares.

    En 1793 se establecieron las bases de la banca y el mercado de capital. Los

    veinte aos de conflictos europeos beneficiaron la posicin de Estados

    Unidos como transportistas, navieros y comerciantes.

    Los beneficios obtenidos de la reexportacin de azcar, caf y cacao de las

    Antillas reforzaron su infraestructura financiera. El crecimiento de la manufactura

    textil constituy el paso subsiguiente. El sur se concentr en la produccin de

    algodn, en tanto el norte se consolid como centro industrial. Gradualmente

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    ocuparon y colonizaron el Oeste. Estos nuevos territorios expandieron el

    mercado de los artculos del norte industrial. Tambin la esclavitud se extendi

    hacia el oeste. Hasta la guerra de Secesin el crecimiento econmico se debi

    fundamentalmente a factores externos.

    La bibliografa indicada para esta clase se compone de dos textos que estn

    incluidos en la BIBLIOTECA virtual. Willi Paul Adams compil una historia de

    los Estados Unidos de Amrica que se public en 1986. Para esta clase estn

    indicadas las pginas 12 a 61 que estn dedicadas a la comprensin de la

    Revolucin de la Independencia y la posterior organizacin de los Estados

    Unidos.

    El segundo texto, obra de Claude Fohlen, se denomina La Amrica

    anglosajona de 1815 a nuestros das y fue editado en Barcelona en 1967.Este texto posibilita en breves captulos comprender la evolucin histrica de

    Estados Unidos desde fines del siglo XVIII hasta principios del siglo XX.

    Estas lecturas se complementan en los apartados segundo y tercero de esta

    clase.

    En el segundo apartado profundizamos en los aspectos jurdicos de la

    independencia de las 13 colonias con la lectura de la declaracin de

    derechos redactada por George Mason y adoptada por la Asamblea de

    Virginia en 1776.

    La evolucin histrica de Estados Unidos tras la guerra de Secesin es

    analizada en el tercer apartado.

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    II. Lectura crtica

    Lee atentamente el texto, sitalo en su contexto histrico y seala sus aportes.

    Declaracin de derechos formulada por los representantes del buen

    pueblo de Virginia, reunidos en Asamblea Plenaria y libre; derechos que

    pertenecen a ellos y a su posteridad, como base y fundamento del

    gobierno, 12 de junio de 1776.

    1. Que todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes y

    tienen ciertos derechos innatos, de los cuales, cuando entran en un estado de

    sociedad, no pueden privar o desposeer a su posteridad por ningn pacto, a saber:el goce de la vida y la libertad, con los medios de adquirir y poseer la propiedad y

    buscar y obtener la felicidad y la seguridad.

    2. Que todo poder es inherente al pueblo y, en consecuencia, procede de l; que

    los magistrados son los depositarios de su confianza y sus servidores, y en

    cualquier momento responsables ante l.

    3. Que el gobierno es instituido, o debera serlo, para el comn provecho,

    proteccin y seguridad del pueblo, nacin o comunidad; que de todas las formas y

    modos de gobierno, es la mejor la ms capaz de producir el mayor grado de

    felicidad y seguridad, y la que est ms eficazmente asegurada contra el peligro

    de un mal gobierno; y que cuando un gobierno resulta inadecuado o es contrario a

    estos fines, una mayora de la comunidad tiene el derecho indudable, inalienable e

    irrevocable de reformarlo, alterarlo o abolirlo de la manera que se juzgue ms

    conducente al bien pblico.

    4. Que ningn hombre o grupo de hombres tiene el derecho a percibir de la

    comunidad emolumentos o privilegios exclusivos o especiales, debindoseles slo

    por servicios pblicos prestados; los cuales, no pudiendo legarse, hace que

    tampoco sean hereditarios los cargos de magistrado, legislador o juez.

    5. Que los poderes legislativo y ejecutivo del Estado deben ser separados y

    distintos del judicial; que los miembros de los dos primeros (poderes) deben

    mantenerse conscientes de las cargas del pueblo y participar de ellas, y cohibirse

    de imponerle medidas opresivas; que el perodos fijos se les vuelva a su condicin

    privada, al cuerpo (social) de donde procedan, y sus vacantes se llenen mediante

    elecciones frecuentes, ciertas y regulares, en las que pueda volver a elegirse o no

    todos o parte de los antiguos miembros (de dichos poderes), segn lo dispongan

    las leyes.

    6. Que las elecciones de miembros que sirvan de representantes del pueblo en

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    asamblea, deben ser libres; y que todos los hombres que den suficientes pruebas

    de permanente inters comn con la comunidad, y de vinculacin con ella, posean

    el derecho de sufragio y no pueden ser sometidos a contribucin ni privados de su

    propiedad por razones de utilidad pblica, sin su consentimiento, o el de sus

    representantes as elegidos, ni estn obligados por ley alguna a la que, del mismo

    modo, no hayan asentido para el bien pblico.

    7. Que toda facultad de suspender o ejecutar leyes, por cualquier autoridad, sin el

    consentimiento de los representantes del pueblo, es perjudicial a sus derechos y

    no debera ejercerse.

    8. Que en todo proceso criminal, inclusive en los que se pide la pena capital, un

    hombre tiene derecho a pedir la causa y naturaleza de la acusacin, a ser careado

    con sus acusadores y testigos, a pedir pruebas a su favor, y a ser juzgado por un

    jurado imparcial de su vecindad, sin cuyo consentimiento unnime no puedeconsiderrsele culpable; tampoco puede obligrsele a testificar contra s mismo;

    que nadie sea privado de su libertad, salvo por mandato de la ley del pas o por

    juicios de sus iguales.

    9. Que no se exijan fianzas excesivas, ni se impongan multas excesivas, ni se

    inflijan castigos crueles e inusitados.

    10. Que los autos judiciales generales, en los que se mande a un funcionario o

    alguacil el registro de sitios sospechosos sin pruebas de un hecho cometido, o la

    detencin de una persona o personas sin nombrarlas, o cuyo delito no seespecifique claramente y no se demuestre con pruebas, son crueles y opresores y

    no deberan darse.

    11. Que en litigios relativos a la propiedad y en pleitos entre hombre y hombre, el

    antiguo juicio por jurado es preferible a cualquier otro y debera considerarse

    sagrado.

    12. Que la libertad de prensa es uno de los grandes baluartes de la libertad y no

    puede ser restringida jams, a no ser por gobiernos despticos.

    13. Que una milicia bien reglamentada, integrada por cuerpos de personas

    adiestradas en las armas es el arma natural y segura de un Estado libre para la

    defensa propia; que debera evitarse en tiempos de paz, como peligrosos para la

    libertad, los ejrcitos permanentes; y que en todo caso los militares deberan estar

    estrictamente subordinados al poder civil y regidos por l.

    14. Que el pueblo tiene derecho a un gobierno uniforme; y que, en consecuencia,

    no debe erigirse o establecerse dentro de los confines del Gobierno de Virginia,

    ningn gobierno separado de l.

    15. Que a ningn pueblo se le puede preservar una forma de gobierno libre, ni los

    beneficios de la libertad, si no es mediante la firme adhesin a la justicia, la

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    moderacin, la templanza, la frugalidad y la virtud, haciendo empleo constante de

    los principios fundamentales.

    16. Que la religin, o los deberes que tenemos para con nuestro Creador, y la

    manera de cumplirlos, slo puede regirse por la razn y la conviccin, no por lafuerza o la violencia; en consecuencia, todos los hombres tienen igual derecho al

    libre ejercicio de la religin, de acuerdo con los dictados de su conciencia; y que es

    deber recproco de todos el practicar la paciencia, el amor y la caridad cristianos

    para con el prjimo.

    En Miguel Artola. Textos fundamentales para la historia. Madrid: Revista de

    Occidente, 1968, 500-502

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    III. Ncleo temtico

    Tras la Guerra de Secesin, Estados Unidos inici una etapa de extraordinario

    florecimiento econmico a pesar de la crisis acaecida entre 1873 y 1896.

    Esta crisis perjudic sobre todo a los agricultores que sufrieron las

    consecuencias de la baja de precios, de la competencia argentina y rusa, del

    proteccionismo europeo, del elevado precio de la maquinaria y de las tarifas

    ferroviarias.

    Como consecuencia se desarroll una violenta agitacin que no logr grandes

    reformas y que se solucion a partir de 1896 con el aumento de los precios

    agrcolas.

    Al crecimiento natural de la poblacin, se sum una intensa inmigracin que

    super los 25 millones de individuos. El resultado fue que la poblacin pas de

    30 millones en 1870 a 95 millones en 1914.

    Los ferrocarriles transcontinentales abrieron el Oeste a la colonizacin. El

    gobierno ofreci en 1862 por medio del Homestead lotes a quien secomprometiera a cultivarlos por 5 aos, pero la mayora de las tierras fueron

    alquiladas o vendidas a grandes sociedades. Las operaciones ms importantes

    las realizaron las compaas ferroviarias que recibieron tierras a lo largo del

    tendido en las que construyeron silos, estaciones, etc. Al momento de su venta

    los lotes estaban notablemente revalorizados. Para fines de siglo ya no exista la

    frontera, es decir el lmite, pues los indgenas haban sido eliminados o

    desplazados.

    La agricultura del Medio Oeste se caracteriz por ser extensiva, intensamentemecanizada y de monocultivo. En el sur el tabaco y el algodn fueron

    predominantes, mientras que en Florida y California la irrigacin benefici a los

    cultivos frutcolas. A la produccin agrcola se sum la cra extensiva de ganado

    practicada en enormes extensiones para la provisin de carnes y legumbres a los

    centros industriales y el abastecimiento del mercado exterior, en el que Estados

    Unidos lleg a ocupar el primer lugar en produccin agrcola.

    La industria se benefici con la explotacin de inmensos recursos naturales por

    medio de mtodos y tecnologa de avanzada. Ms de 600.000 patentes de

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    inventos se depositaron entre 1860 y 1900, y en 1913 ocuparon el primer puesto

    en la produccin siderrgica. El mercado interno se ampli constantemente por

    el crecimiento demogrfico, al aumento del poder adquisitivo y la proteccin que

    le brindaron las elevadas tarifas aduaneras. Estados Unidos era visto desde el

    exterior como la "tierra prometida".

    El marco de la libre empresa y la competencia que caracteriz a la economa

    norteamericana provoc una extrema concentracin de sociedades y puso de

    relieve a algunos grandes empresarios como Rockefeller, Carnegie, Ford,

    Dupont de Nemuors que amasaron enormes fortunas, formaron los grandes

    poderes econmicos y dieron las bases de la plutocracia americana.

    Esta concentracin y la formacin de holdings se produjeron,

    fundamentalmente, en el perodo crtico comprendido entre 1873 y 1896 y

    provoc la eliminacin de las pequeas empresas poco slidas. El resurgir

    industrial fue acompaado por un fuerte impulso urbano.

    Algunos elementos caractersticos del progreso a fines del siglo XIX y principios del XX, como

    el telfono, nos permiten reconocer el avance de los Estados Unidos en este sentido.

    Eric Hobsbawn en La Era del Imperio, 1875-1914publicado en Buenos Aires por

    Crtica/Grijalbo Mondadori en 1999 presenta en la pgina el cuadro que figura a

    continuacin sobre la cantidad de telfonos cada 100 habitante existentes en

    algunas ciudades y que resulta sumamente til al respecto.

    Ciudad 1895 Puesto 1911 Puesto

    Estocolmo 4.1 1 19.9 2

    Cristiania (Oslo) 3 2 6.9 8

    Los ngeles 2 3 24 1

    Berln 1.6 4 5.3 9

    Hamburgo 1.5 5 4.7 10

    Copenhague 1.2 6 7 7

    Boston 1 7 9.2 4

    Chicago 0.8 8 11 3

    Pars 0.7 9 2.7 12

    Nueva York 0.6 10 8.3 6

    Viena 0.5 11 2.3 13

    Filadelfia 0.3 12 8.6 5

    Londres 0.2 13 2.8 11

    San Petersburgo 0.2 14 2.2 14

    Desde 1894 el balance comercial siempre fue excedentario y se equilibr la relacin con

    Europa. Los Estados Unidos intensificaron en ese momento las inversiones en el resto del

    continente americano. La produccin se multiplic por 10 entre 1861 y 1900 y se duplic

    entre 1900 y 1915. En 1913, Nueva York contaba ya con 5 millones de habitantes.

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  • 7/26/2019 Unidad 2 - Historia Americana

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    IV. Gua de estudio

    Al finalizar la lectura de la clase, la bibliografa bsica, las lecturas complementarias y los

    textos seleccionados el alumno deber estar en condiciones de elaborar un discurso propio

    integrador sobre las siguientes cuestiones:

    La Independencia de las 13 colonias. Causas, caractersticas y desarrollo.

    La organizacin institucional y constitucional de los Estados Unidos.

    La organizacin poltica, econmica, social y cultural. Caracterizacin de las

    diferentes zonas. Economa y esclavitud. La Revolucin Industrial.

    La expansin territorial. La organizacin e incorporacin de los nuevos

    territorios.

    La Guerra de Secesin. Causas y consecuencias.

    Las transformaciones econmicas.

    La poltica exterior. Aislacionismo. Expansionismo.

    Caracterizar la ideologa del Destino Manifiesto

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  • 7/26/2019 Unidad 2 - Historia Americana

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    V. Conclusin

    Encerrados sobre si mismos en sus primeros aos, los Estados Unidos ya consolidados

    territorialmente, iniciaron a fines de siglo un proceso expansionista que se centr

    fundamentalmente en el rea geogrfica continental sin interferir en las lneas

    expansivas europeas y que tuvo motivos econmicos y estratgicos, es decir que

    buscaban tanto abrir mercados para su produccin como establecer bases de apoyo

    naval. Con anterioridad haban forzado la apertura de Japn al mercado mundial, se

    haban opuesto a la intervencin del Imperio Francs en Mxico y haban comprado en

    1867 Alaska a los rusos. En 1898 anexionaron las Islas Hawai y establecieron un

    reparto de reas de dominacin con Japn. Pero el episodio ms contundente se

    produjo con la Guerra con Espaa que, vencida, debi reconocer la independencia de

    Cuba, la cesin de Puerto Rico, Guam y las Filipinas. Por la Enmienda Platt Cuba qued

    bajo dominio poltico norteamericano.

    En 1902, tras el abandono de los franceses, retomaron los trabajos tendientes a la

    construccin de un canal interocenico y forzaron a Colombia a aceptar la creacin del

    Estado de Panam, que otorg a Estados Unidos la soberana a perpetuidad sobre la

    zona del canal. La influencia norteamericana sobre el Caribe se ampli con grandes

    inversiones en el rea sostenidas por la poltica del big stick y la excusa de la

    responsabilidad de los Estados Unidos en el sostenimiento del orden en los pases

    polticamente inestables. El Primer Congreso Panamericano reunido en 1889,

    amparndose en la asociacin para la salvaguarda de la paz y la cooperacin, busc

    asegurar su dominio continental y el mantenimiento de su potencia industrial sobre el

    carcter agrcola del resto de los estados. Al iniciarse la Gran Guerra, Estados Unidos

    se encontraban en una posicin privilegiada y dispuestos a asumir un papel de

    importancia en la historia mundial.

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