Cuasicontrato pago de lo no devido y enriquesimiento sin causa
Unidad 34 Cuasicontrato
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7/23/2019 Unidad 34 Cuasicontrato
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Unidad 34: el cuasicontrato
Evolucin histrica
Derecho romano: Primera poca: 2 fuentes de las obligaciones: contratos y
delitos. Institutas de Gayo: los contratos los delitos y las causa
figurae !" no se ubicaban ni en los contratos ni en los
delitos#. Institutas de $ustiniano: los contratos cuasicontratos
delitos y cuasidelitos.
%onceptoEs la situacin &rca en donde la voluntad de una persona genera
obligaciones como si emanaran de un contrato.'rt. (.()*. +ay contrato cuando varias personas se ponen de
acuerdo sobre una declaracin de voluntad com,n destinada a
reglar sus derechos.El cuasicontrato por el contrario e-cluye el acuerdo de
voluntades y la obligacin surge sin la voluntad del interesado y
a veces en contra de ella.
%omparacin entre el contrato y la ley'mbos generan consecuencias &rcas pero la ley rige con carcter
general mientras " el cuasicontrato se origina en la voluntad
unilateral y rige en particular.
%ritica a la teor/a del cuasicontrato: se la considera una
categor/a hibrida y " no deber/a regularse legalmente. Pero en
nuestro derecho se regulan e-presamente algunas figuras:(. Gestin de negocios.2. Empleo ,til.
). Pago de lo indebido.0. Enri"uecimiento sin causa!para la doctrina es el ms t/pico
de todos los cuasicontratos#
1a gestin de negocios a&enos
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%oncepto
'rt. 2.2. 3oda persona capa4 de contratar "ue se encarga sin
mandato de la gestin de un negocio "ue directa o
indirectamente se refiere al patrimonio de otro sea "ue el due5o
del negocio tenga conocimiento de la gestin sea "ue la ignorese somete a todas las obligaciones "ue la aceptacin de un
mandato importa al mandatario.
%omparacin con el mandato tcito
El mandato tcito resulta de los hechos positivos del mandante y
tb de su inaccin o no impidiendo pudiendo hacerlo cdo sabe "
alguien est haciendo algo a su nombre.Por lo " habr gestin de negocios cdo alguien se encarga de
los negocios de otro sin " este lo sepa o pueda impedir esa
gestin6 y hay mandato tcito si alguien gestiona negocios de
otro y sabindolo o pudindolo impedir permanece en silencio.
Estipulacin por otros sin tener representacin y sin mandato:
'rt. (.(7(. 8inguno puede contratar a nombre de un tercero sin
estar autori4ado por l o sin tener por la ley su representacin.
El contrato celebrado a nombre de otro de "uien no se tenga
autori4acin o representacin legal es de ning,n valor y no
obliga ni al "ue lo hi4o. El contrato valdr si el tercero lo
ratificase e-presamente o e&ecutase el contrato.En la gestin de negocios hay un negocio pree-istente osea un
hecho " determina la intervencin en los negocios de otro. En
cambio en la estipulacin por otro se va a crear un nuevo
negocio &rco invocando un mandato o una representacin " no
se tiene.
9e"uisitos de la gestin de negocios a&enos
(. Debe tratarse de un negocio a&eno y saber " es a&eno.'rt. 2.2. Para "ue haya gestin de negocios es
necesario "ue el gerente se proponga hacer un negocio de
otro y obligarlo eventualmente. El error sobre la persona
no desnaturali4a el acto6 pero no habr gestin de
negocios si creyendo el gestor hacer un negocio suyo
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hiciese los negocios de otro ni cuando en la gestin ha
tenido slo la intencin de practicar un acto de liberalidad.2. Debe efectuarse ,tilmente.). 1a persona " lo efect,a debe tener capacidad de contratar.
0. 8o debe actuar con culpa: 'rt. 2.2(. El gestor denegocios responde de toda culpa en el e&ercicio de la
gestin aun"ue aplicase su diligencia habitual. Pero slo
estar obligado a poner en la gestin del negocio el
cuidado "ue en las cosas propias cuando se encargase del
negocio en un caso urgente o para librar al due5o de
alg,n per&uicio si nadie se encargara de sus intereses o
cuando lo hiciera por amistad o afeccin a l.;. 8o debe haber prohibicin e-presa por el due5o del
negocio: 'rt. 2.)
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admitida respecto a la gestin y a los gastos causados en
ella. 9esponsabilidad del gestor:
'rt. 2.2(. El gestor de negocios responde de toda culpa
en el e&ercicio de la gestin aun"ue aplicase su diligenciahabitual. Pero slo estar obligado a poner en la gestin
del negocio el cuidado "ue en las cosas propias cuando se
encargase del negocio en un caso urgente o para librar al
due5o de alg,n per&uicio si nadie se encargara de sus
intereses o cuando lo hiciera por amistad o afeccin a l.'rt. 2.22. =i el gestor hubiese puesto en la gestin otra
persona responder por las faltas del sustituto aun"ue
hubiese escogido persona de su confian4a.'rt. 2.2). =i fuesen dos o ms los gestores la
responsabilidad de ellos no es solidaria.
'rt. 2.20. El gestor responde aun del caso fortuito si ha
hecho operaciones arriesgadas "ue el due5o del negocio
no ten/a costumbre de hacer o si hubiese obrado ms en
inters propio "ue en inters del due5o del negocio6 o si no
ten/a las aptitudes necesarias para el negocio6 o si por su
intervencin priv "ue se encargara del negocio otrapersona ms apta.
'rt. 2.2;. El gestor no responde del caso fortuito si
probase "ue el per&uicio habr/a igualmente tenido lugar
aun"ue no hubiese tomado el negocio a su cargo o
cuando el due5o del negocio se aprovechase de su
gestin.
>bligaciones del due5o del negocio
'rt. 2.2*. 3oda persona aun"ue sea incapa4 de contratar
cuyos negocios hayan sido atendidos o administrados por un
tercero a "uien ella no hubiese dado mandato al efecto "ueda
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sometida a las obligaciones "ue la e&ecucin del mandato
impone al mandante con tal "ue el negocio haya sido ,tilmente
conducido aun"ue por circunstancias imprevistas no se haya
reali4ado la venta&a "ue deb/a resultar o "ue ella hubiese
cesado.'rt. 2.)
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lo &ustifi"ue en cambio en el empleo ,til se reali4an los gastos
voluntariamente por una persona para beneficiar a otra y tiene
derecho a reclamar la restitucin de esos gastos.
Diferencia con la gestin de negocios: en el empleo ,til no hay
un negocio pree-istente y en la gestin de negocios se continuacon los negocios de otro.
%asos:
'rt 2)